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RAFAELA
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POR
FERNANDO BREGA
Por estar así dispuesto por el Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Rafaela, en autos: COMUNA DE HUMBERTO 1° C/OTRA S/APREMIO – CUIJ N° 21-24193924-0, se ha ordenado que el martillero público Fernando Brega Matricula 807 CUIT N°. Nº.20-17514888-5, venda en pública por ante las puertas del Juzgado Comunitario de las Pequeñas causas de la localidad de Humberto Primo, el día 26 de SETIEMBRE de 2024 a las 10 horas, o el día siguiente hábil a la misma hora si aquel resultare inhábil, la mitad parte indivisa con la base del avalúo fiscal de $ 120,42 en caso de no haber postores se ofrecerá nuevamente a la venta con la retasa del 25% y de no existir nuevamente postores, saldrá a la venta sin base y al mejor postor, la mitad indivisa del siguiente inmueble: “Una fracción de terreno, ton todo lo clavado, plantado y demás adherido al suelo, que es parte del Solar Letra “d” de la manzana numero doscientos treinta y uno (231) de este pueblo de Humberto Primo (Antes Nueva Roma), y departamento Castellanos, cuya fracción según plano de mensura y subdivisión confeccionado por el Ingeniero Civil don Rodolfo V. Marcante en febrero de este año mil novecientos setenta y cuatro e inscripto en el Departamento Topográfico de la Dirección General de Catastro al número 72.088, se individualiza como lote numero seis (6) y mide: diez metros de frente al Sud, a contar esta medida después de los cuarenta metros de la esquina sudeste del expresado sola y manzana hacia el oeste, por veinticinco metros de fondo o sea de sud a note, lo que encierra una superficie de doscientos cincuenta metros cuadrados, y linda, al Sud calle Sarmiento, al este con el lote numero cinco vendido en la fecha a María Luisa Charas de Monutti, al Norte de parte del lote número dos, vendido en la fecha a Fernando Alberto Lazaro: y al oeste con mas terreno de la mañana de que es parte propiedad de Emilio Karlen. El dominio se encuentra Inscrito a nombre de la demandada bajo el N°. 24413, . 2124, T°. 224 Par Sección Propiedades del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. De los informes de autos surge que registra únicamente el embargo del 21.4.23 bajo el N°. 114660 de $ 377.563,22 trabado en estos autos y que no se registran inhibiciones ni hipotecas. La Comuna de Humberto 1° informa al 10.06.2024 que adeuda por tasa general de inmuebles $ 183.372,64; multas por aplicación art. 13 Ordenanzas Tributarias $ 165.807,30, multas por aplicación art. 14 Ordenanzas Tributarias $ 20.482,52 y por contribución por mejoras obra de pavimento $ 760.042,40 la que hace un total a la fecha de $1.129.704,86. La Cooperativa de Prov. De Agua Potable informa al 1 de abri de 2024 que no se registran deudas. Catastro informa que se encuentra situada dentro de la zona contributiva de la Ley 2406 TO tamo Rafaela-Sunchales, no adeudando suma alguna en concepto de contribución de mejoras. El API informa que por partida N°- 08-03-00-056307/0006-8 deuda $
13.920,46 por periodos 2016 al 2024/02 a 14.06.2024. La EPE informa al 29.05.24 que no existen usuarios activos. El certificado Pre-Catastral que se encuentra agregado al expediente de fecha 25.06.24 que registra una superficie del terreno de 250 m2 y que registra plano N°. 72088 de 1974 y que hay que verificar si la superficie real edificada es la que indica en Sup.Edificada. Si no lo es, debe regularizar la situación. De la constatación de autos surge que: dicho terreno se encuentra sobre calle Sarmiento (Oeste) a esta localidad, entre calles Corrientes (Sur) y Salta (Sur), contando todas arterias antes mencionadas con pavimento; 2) Que dicho terreno tiene otro lindero, encontrándose los mismos sin división, 3) que tiene una longitud aproximada de 10 mts. de frente por 25 mts. de fondo, 4) que se encuentra ubicado a 300 mts. del acceso San Martín, a 400 mts. de la Terminal de ómnibus, a 150 mts de la escuela primaria 6837. 5) Al encontrarse dentro del ejido urbano, la zona cuenta con servicios de cloacas, agua potable, electricidad, y recolección de residuos, 6) Sobre dicho terreno no existe mejora alguna y se encuentra libre de ocupantes. CONDICIONES DE VENTA: Adjudicado el bien, en el acto se abonará sin excepción el 10% del precio obtenido, la comisión del martillero 3%, con más los impuestos nacionales y provinciales que correspondan. El saldo del precio se abonará a la primera oportunidad de: A- al aprobarse la subasta, o B- a los 40 días corridos desde la fecha del remate. En el caso de que no se ingrese el saldo en los momentos indicados, se apercibe al comprador de lo siguiente: a) si no deposita a los 40 días, el saldo devengará intereses con la aplicación de una vez y media la tasa que aplica el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos a 30 días; y b) si no deposita a su intimación por aprobación del acta de subasta, se dará por decaído el derecho a su adjudicación, siendo responsable de los perjuicios que provoque, con pérdida de lo abonado a cuenta del precio. Se hace saber a los posibles compradores que deberán conformarse con los títulos y demás constancias de autos, y que luego del remate no serán admisibles reclamación alguna por insuficiencia de ellos. Serán a cargo del comprador los impuestos, tasas, contribución de mejoras y servicios de aguas del inmueble a partir de la fecha del remate. Si el adjudicado compra en comisión, deberá denunciar su comitente para su constancia en el acta de la subasta; y el comitente deberá aceptar la compra formalmente bajo apercibimiento de tener al comisionado como adquirente. Se hace saber al que resulte adquirente que estará a su cargo los trámites inherentes a la inscripción del dominio, y se le podrá exigir la intervención de un letrado, de estimarlo pertinente o si así lo exige la índole del asunto (art. 323 de la ley 10.160). El día anterior a la subasta de 10 a 12 podrán revisar el inmueble los interesados acompañados por el martillero designado el abogado interviniente en estos autos. Se deja constancia que se desconoce el CUIT de la demandada. El presente edicto se encuentra libre de reposición por ser un Juicio de Comuna, según en Código Fiscal vigente. Publíquense edictos por el término de ley en el Boletín Oficial y Hall de estos Tribunales. Rafaela. 17 de setiembre de 2024.- Dra. Veronica H. Carignano, Secretaria
S/C 527578 Sep. 18 Sep. 20