REGISTRADA BAJO EL N.º 14277
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Aprúebase el Convenio suscripto en fecha 19 de abril del año 2024, entre la Caja de Asistencia Social - Lotería de Santa Fe y el Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia de Buenos Aires, inscripto en fecha 10 de mayo del mismo año, en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales, Decreto N° 1767/84, bajo el N° 14.482, F° 051, T° XXXI, aprobado ad referéndum de esta Legislatura por Decreto N° 2760 del 10 de junio de 2024.
El mencionado Convenio se agrega como Anexo y forma parte de esta ley.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.
CLARA GARCIA
PRESIDENTA
CÁMARA DE DIPUTADAS
Y DIPUTADOS
GISELA SCAGLIA
PRESIDENTE
CÁMARA DE SENADORES
MARÍA PAULA SALARI
SECRETARIA PARLAMENTARIA
CÁMARA DE DIPUTADOS
AGUSTIN C. LEMOS
SECRETARIO LEGISLATIVO
CÁMARA DE SENADORES
DECRETO N.º 1590
SANTA FE, “CUNA DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL”, 09 SEP 2024
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede N° 14.277 efectuada por la H. Legislatura;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
PULLARO
Abog. Bastía Fabián Lionel
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