picture_as_pdf 2024-09-11

REGISTRADA BAJO EL N.º 14277


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE


SANCIONA CON FUERZA DE

LEY


ARTÍCULO 1.- Aprúebase el Convenio suscripto en fecha 19 de abril del año 2024, entre la Caja de Asistencia Social - Lotería de Santa Fe y el Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia de Buenos Aires, inscripto en fecha 10 de mayo del mismo año, en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales, Decreto N° 1767/84, bajo el N° 14.482, F° 051, T° XXXI, aprobado ad referéndum de esta Legislatura por Decreto N° 2760 del 10 de junio de 2024.

El mencionado Convenio se agrega como Anexo y forma parte de esta ley.

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.

CLARA GARCIA

PRESIDENTA

CÁMARA DE DIPUTADAS

Y DIPUTADOS

GISELA SCAGLIA

PRESIDENTE

CÁMARA DE SENADORES

MARÍA PAULA SALARI

SECRETARIA PARLAMENTARIA

CÁMARA DE DIPUTADOS

AGUSTIN C. LEMOS

SECRETARIO LEGISLATIVO

CÁMARA DE SENADORES



DECRETO N.º 1590


SANTA FE, “CUNA DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL”, 09 SEP 2024


VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede N° 14.277 efectuada por la H. Legislatura;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

PULLARO

Abog. Bastía Fabián Lionel

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