picture_as_pdf 2024-09-06

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ROSARIO

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CAMARA DE APELACION


Por disposición de la Cámara Apelaciones Civil y Comercial (Sala I) de la Ciudad de Rosario, se cita y emplaza a los herederos de MIGUEL ANGEL DEZOTTI, DNI N° 6.561.449, a los fines de comparecer a estar a derecho en los presentes autos caratulados CASTILLO SOLVANA EVA c/DEZOTTI MIGUEL ANGEL Y OTROS s/JUICIO DE ESCRITURACION, CUIJ 21-25822906-9, Nº Expediente: 210/2024, por el término y bajo los apercibimientos de ley. (CASTILLO SOLVANA EVA c/DEZOTTI MIGUEL ANGEL Y OTROS s/JUICIO DE ESCRITURACION; CUIJ 21-25822906-9, Nº Expediente: 210/2024). Dra. Ana Paula Alvarez Barthaburu, Prosecretaria.

$ 50 526333 Set. 6 Set. 10

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Por disposición de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, Sala II de la ciudad de Rosario, en los autos: VERON, ALBERTO JUAN c/TOMBOLETTI, ANTONIO s/USUCAPIÓN; CUIJ 21-02925476-9, se hace saber que se ha dictado lo siguiente Acuerdo N° 174. En la ciudad de Rosario, a los 24 días del mes de julio del año dos mil veinticuatro, se reunieron en Acuerdo los jueces de la Sala Segunda de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario, doctores Oscar R. Puccinelli, Gerardo F. Muñoz y María de los Milagros Lotti con el fin de dictar sentencia en los autos caratulados VERON, ALBERTO JUAN c/TOMBOLETTI, ANTONIO s/USUCAPIÓN; (CUIJ 21-02925476-9), en trámite por ante el Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6ª Nominación de Rosario; En mérito de los fundamentos del Acuerdo que antecede, la Sala Segunda de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario, con la abstención de la doctora Lotti, RESUELVE: 1) Desestimar el recurso de nulidad y rechazar el recurso de apelación interpuesto. 2) Imponer las costas de segunda instancia a la parte demandada vencida, las que serán solventadas provisoriamente por el actor. 3) Regular los honorarios de segunda instancia en el 25% de los correspondientes a la primera a la actora y el 10% para el defensor de oficio (art. 19, ley 6767). Insértese, agréguese copia y hágase saber (autos: VERON, ALBERTO JUAN c/TOMBOLETTI, ANTONIO s/USUCAPIÓN; CUIJ 21-02925476-9). Fdo. Dres. OSCAR R. PUCCINELLI; GERARDO F. MUÑOZ; MARÍA DE LOS MILAGROS LOTTI (art. 26, Ley 10.160); ALFREDO R. FARÍAS (Secretario). Rosario. Dra. Ana Paula Alvarez Barthaburu, Prosecretaria.

$ 200 526419 Set. 6 Set. 10

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JUZGADO LABORAL


Por disposición del Juez de Primer Instancia en lo Laboral de la 5ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a JUAN PEDRO GIMENEZ a los efectos de que comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía, dentro de los autos: VEGA SANTIAGO NAHUEL c/AS GASTRONOMIA SAS y Otros s/COBRO DE PESOS - RUBROS LABORALES; (CUIJ 21-04211973-0). Todo bajo apercibimiento que en caso de incomparecencia se designará un defensor ad-hoc en la audiencia a efectivizarse en su oportunidad. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo. Dra. Lorena Spizzirri (Secretaria), Dra. Rini Brisighelli (Jueza).

$ 50 526396 Set. 6 Set. 10

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GÁRCIA OSCAR RUBEN c/GALENO ART S.A. s/LEY 24557; 21-03753794-9. Juzg. 1ª Inst. Laboral 10ª Nom. ROSARIO, 26 de Marzo de 2024; Previo a lo solicitado, atento haber resultado negativo el informe sobre la apertura de la declaratoria de herederos del actor, procédase a citar por edictos a los herederos del Sr. GARCIA OSCAR RUBEN a los efectos de que comparezcan estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Tales edictos se publicarán por un día en el BOLETÍN OFICIAL, venciendo el término para comparecer 30 días después de la publicación. Por disposición del Juez de Distrito en lo Laboral de la 10ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos que se consideren con derecho a los bienes dejados por el Sr. García Oscar Rubén (DNI 6.054.685) por un día, para que Lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: GARCIA OSCAR RUBEN c/GALENO ART S.A. s/LEY 24557; (CUIJ N° 21-03753794-9). Rosario, 27 de Agosto de 2024. Dra. Aldana L. Viele, Secretaria.

$ 50 526387 Set. 6 Set. 10

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TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición del Sr. Juez de Trámite del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 6 de la ciudad de Rosario, en autos: SANDOVAL PABLO NICOLAS c/DAMONTE RICARDO Y OTROS s/DAÑOS; 21-00209611-8, se han dictado las siguientes resoluciones: Rosario, 19 de Abril de 2023 Atento que los demandados DANURA JUAN MANUEL DAMONTE ANDRES, TRANSPORTE MITRE, DAMONTE JUAN PABLO SH, no comparecieron a estar a derecho ni contestaron la demanda, pese a encontrarse debidamente notificados según cédulas conforme cargo Nº 5023, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselo rebelde y désele por decaído el derecho dejado de usar. Fdo. Dr. IGNACIO AGUIRRE Juez y Dra. VALERIA BARTOLOME -Prosecretaria-. ROSARIO, 08 de Agosto de 2024 Atento constancias de autos, revóquese por contrario imperio el decreto de fecha 7 de Febrero de 2024 en la parte que consigna, a comparecer a estar a derecho, debiendo leerse el decreto en tal sentido: Agréguese la cédula acompañada. Atento lo solicitado y constancias en autos, notifíquese al demandado DANURA JUAN MANUEL del decreto de fecha 19 de Abril de 2023 por medio de edictos los que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 67, 69 73 del C.P.C. Dra. Valeria Bartolomé, Prosecretaria.

$ 100 526487 Set. 6 Set. 10

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la 6ª Nominación de la ciudad de Rosario, y dentro de los autos MIGUEZ, MONICA MARIA c/MUNICIPALIDAD DE ROSARIO Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; CUIJ N° 21-11866498-9, se notifica a los herederos de don ALFREDO CACCIAGIONI, del decreto dictado en fecha 15 de Agosto del 2024 que expresa. Atento que los herederos del demandado ALFREDO CACCIAGIONI, no compareció a estar a derecho, pese a encontrarse debidamente notificado según publicación de edictos acompañada, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselos rebeldes y déseles por decaído el derecho dejado de usar. NOTIFIQUESE POR EDICTOS. Firmado: Dr. Ignacio Aguirre (Juez); Dra. Valeria Bartolomé, (Prosecretaria). Rosario, Agosto de 2024.

$ 50 526283 Set. 6 Set. 10

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El Tribunal Colegiado de Familia Nº 3 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, a cargo de la Dra. Ma. José Campanella, Secretaria a cargo del Dr. Fuster, sito en calle Balcarce Nº 1651, de la ciudad de Rosario, hace saber que en los autos caratulados: GODOY MONICA MARTA c/MOLINA JUAN s/DIVORCIO; CUIJ Nº 21-12411107-1, con fecha 26 de abril de 2023 se ha dispuesto: Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, y con patrocinio letrado. Acuérdesele la participación legal que por derecho corresponda. Jueza de Trámite: Dra. María José Campanella. Por Interpuesta petición de divorcio, hágase saber. De lo expuesto sobre los efectos del divorcio: traslado por diez días. Notifíquese por cédula con copia y transcripción del artículo 438 del Código Civil y Comercial. Hágase saber a las partes que ante la falta de contestación del traslado ordenado, las pretensiones vinculadas a los efectos del divorcio deberán ser articuladas por separado y por el trámite correspondiente, previo cumplimiento de la Ley 13.151 deberá requerir de quien lo atienda o de vecinos el informe sobre si el/la mismo/a vive o trabaja allí y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación, Fdo. Dra. Ma. José Campanella, Juez; Dr. Fuster, Secretario y con fecha 18 de abril de 2024. Téngase presente lo manifestado. Atento constancias de autos, se provee: Cítese a la parte interesada a hacer valer sus derechos, por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y HALL DE TRIBUNALES, por tres veces, venciendo e1 emplazamiento cinco días después de la última publicación (arts. 73 CPCC). Fdo. Dra. Ma José Diana, Juez; Dr. Fuster Secretario. Publíquese sin cargo alguno en virtud del patrocinio letrado ejercido por la Defensoría General Zonal Nº 5. Secretaría, de 2024.

S/C 526523 Set. 6 Set. 10

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El Tribunal Colegiado de Familia N° 3 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, a cargo de la Dra. Ma. José Diana, Secretaría a cargo de a Dra. Chiementín, sito en calle Balcarce Nº 1551, de la ciudad de Rosario, hace saber que en los autos caratulados; TERSANO JORGE LUIS FRANCISCO c/LOPEZ BERNARDINA ENCARNACIÓN s/DIVORCIO; CUIJ Nº 21-21410443-1, se ha dictado la siguiente resolución: Nº 3910. Rosario, 26 de junio de 2024. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Declarar e1 divorcio de los cónyuges JORGE LUIS FRANCISCO TERSANO (D.N.I. Nº 14.684.519) y BERNARDINA ENCARNACIÓN LÓPEZ (D.N.I. Nº 13.703.404), contrajeron matrimonio en la ciudad de Rosario, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe, el día 19 de mayo de 1983, inscripto en el Acta N° 138, Año 1983 de la Sección 4ª del Registro Civil de esta ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, por todo lo cual se tiene por acreditado el vinculo invocado. 2) Declarar disuelto el régimen de comunidad de ganancias al día 25 de julio de 1984. 3) Téngase presente lo relativo al convenio regulador de efectos del divorcio presentado. 4) insértese y hágase saber. Fdo. Dra., Ma José Diana, Jueza y Dra. Chiementin, Secretaria. Publíquese sin cargo alguno en virtud del patrocinio letrado ejercido por la Defensoría General Zonal N° 5. Secretaría, de 2024.

S/C 526524 Set. 6 Set. 10

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El Tribunal Colegiado de familia Nº 3 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, a cargo de la Dra. Ma. José Campanella, Secretaría a cargo del Dr. Fuster, sito en calle Balcarce Nº 1651, de la ciudad de Rosario, hace saber que en los autos caratulados: FRANCO JUAN EDUARDO c/FLEITA SOFIA MAILEN s/DIVORCIO; CUIJ Nº 21-11421444-8, con fecha 15 de abril de 2024 se ha dispuesto: Por presentado, domiciliado, en el carácter Invocado, y con patrocinio letrado. Acuérdasele la participación legal que por derecho corresponda Jueza de Trámite: Dra. María José Canipanella. Por interpuesta petición de divorcio y formulada propuesta reguladora. Agréguense las constancias acompañadas. A los efectos de fijar la fecha de retroactividad de la sentencia, especifique la Sra. Fleita día, mes y año en que se produjo la separación de hecho. En caso de existir discordancia y/o incontestación, se aplicará el primer párrafo del art. 480 del CCC. De la petición de divorcio; hágase saber, de la propuesta reguladora: traslado por diez días. Dése intervención al Defensor General Civil (artículo 103 Inciso a) del CCC). Notifíquese por cédula con copia y transcripción del artículo 438 del CCCN. Hágase saber a las partes que la falta de contestación a la propuesta efectuada habilita la articulación por separado y por el trámite correspondiente, previo cumplimiento de la Ley 13.151, de las pretensiones vinculadas a los efectos del divorcio. De no ser hallado el demandado en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien lo atienda o de vecinos si el mismo vive o trabaja allí y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación, bajo apercibimiento de nulidad de la misma, dejando asentado en La diligencia efectuada dicho informe, Y otro decreto de fecha 26 de julio de 2024. Téngase presente lo manifestado. Agréguense las constancias acompañadas. Atento constancias de autos, se provee: Cítese a la parte Interesada a hacer valer sus derechos, por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL Y HALL DE TRIBUNALES, por tres veces, venciendo el emplazamiento cinco días después de la última publicación (arts. 73 CPCC). Fdo.: Dra. Campanella Jueza y Dr. Fuster Secretario. Publíquese sin cargo alguno en virtud del patrocinio letrado ejercido por la Defensoría General Zonal Nº 5. Secretaría, de 2024.

S/C 526522 Set. 6 Set. 10

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En los autos: ANSALDI SEBASTIAN EMANUEL c/GOMEZ RODRIGO Y OTROS s/PROCESOS RESPONSABILIDAD CIVIL Y EXTRAC. CUIJ 21-11891455-1 en trámite por ante el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual - 1ª Nominación, Secretaría 1, de la ciudad de Rosario, se hace saber que se cita y emplaza a los Sres. RODRIGO GOMEZ y MARTINA GOMEZ a los fines de comparecer a estar a derecho en el término de 20 (veinte) días. A continuación, se transcriben los decretos que así lo ordenan: ROSARIO, 04 de Agosto de 2023. Por presentado, domiciliado y por parte a mérito del poder especial que se acompaña y agrega. Acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Agréguese la boleta colegial acompañada. Por iniciada la acción de daños que expresa. Cítese y emplácese a RODRIGO GOMEZ, GOMEZ MARTINA y la citada en garantía RIVADAVIA SEGUROS, para que comparezcan a estar a derecho y contesten la demanda dentro del término de veinte días. Por ofrecida prueba, téngase presente. Téngase presente la reservas formuladas. Concédase al actor el beneficio de litigar sin gastos en los términos del Art. 333 CPCC a tenor de la declaración jurada de pobreza acompañada. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos de Responsabilidad Civil Extracontractual, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe, en el marco de colaboración suscripto con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación establecida por Acordada Nº 7 de fecha 07/03/2019. En dicho marco, téngase presente que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la incomparecencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12851 (ley de aranceles profesionales). Líbrense los oficios al MPA, al PRIOMED, al SIDEAT y al RNPA, a los fines solicitados. Hágase saber a las partes que en su primera presentación deberán informar su mail, teléfono celular y whatsapp. Hágase saber que en oportunidad de celebrarse la Audiencia de Vista de Causa, deberá acompañar: a) el original de la demanda o escrita ratificatorio de la misma; b) originales del poder especial y sellado del mismo, declaración jurada de pobreza, boleta inicial. Para el caso de que hubiera ofrecido documental fundante, deberá acompañarla por SISFE, en el término de tres días. Si hubiese ofrecido sobre con documental, deberá acompañar el mismo personalmente al Tribunal en horario de oficina, en el término de tres días. Si hubiese ofrecido pliego cerrado de posiciones / testimonial / confesional, deberá acompañar el mismo en el término de tres días vía correo electrónico o concurrir personalmente al Tribunal en el horario de 07:15 a 12:45 hs. Notifíquese el presente decreto con copia de demanda y de la documental adjuntada. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá consultar a quien lo atienda, los vecinos, si el mismo se domicilia allí, y sólo en caso afirmativo procederá a practicar la notificación. Jueza de trámite: Dra. Luciana Paula Martínez. Fdo. Dra. LUCIANA P. MARTINEZ, (Jueza); Dra. MARÍA FLORENCIA NETRI (Secretaria Subrogante). OTRO: ROSARIO, 14 de Agosto de 2024; Agréguense las constancias en copia acompañadas por el Dr. Hernández. Por contestado oficio. Téngase presente lo informado y hágase saber. Notifíquese por cédula. Atento lo solicitado y constancias en autos, cítese a los codemandados RODRIGO GOMEZ y MARTINA GOMEZ a comparecer a estar a derecho por medio de edictos, los que se publicarán en el Boletín Oficial por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69 73 y 548 del C.P.C. Fdo. Dra. LUCIANA P. MARTINEZ, (Jueza); Dra. ANDREA G. CHAPARRO, (Secretaria). Rosario, 22 de Agosto de 2024.

$ 100 526280 Set. 6 Set. 10

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Por disposición del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la Sexta Nominación de Rosario, se ha ordenado lo siguiente Atento que la demandada VALERIA PATRICIA DIAZ, no compareció a estar a derecho ni contestó la demanda, pese a encontrarse debidamente notificada según publicación de edictos, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláresela rebelde y désele por decaído el derecho dejado de usar: Autos caratulados CAMPAÑA, GASTON MARCELO c/DARGAN, NILDA INES Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; 21-11882195-2. Fdo. Dra. VALERIA BARTOLOME, Prosecretaria; Dr. IGNACIO AGUIRRE, Juez. Rosario, Julio de 2024.

$ 50 526364 Set. 6 Set. 10

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En autos caratulados: SANCHEZ, CARLOS DAVID c/CITTERIO, DANIEL OMAR y/u otros s/DAÑOS Y PERJUICIOS; (CUIJ N° 21-11686482-4), en trámite por ante el TRIBUNAL COLEGIADO DE RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL DE LA 2ª NOMINACION de esta ciudad de Rosario, se ha decretado lo siguiente: ROSARIO 05/6/2023, Venidos los autos en la fecha se provee Escrito cargo 12458/23 y 12465/23: Atento que el demandado CITTERIO DANIEL OMAR no compareció a estar a derecho pese a encontrarse debidamente notificado según edictos de fs. 148, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselo rebelde. NOTIFÍQUESE POR EDICTOS. Y ROSARIO, 04/07/2023. Hágase lugar a la aclaración solicitada del decreto de fecha 5/06/23 en el sentido que donde se expresa “CITTERIO DANIEL OMAR”, debe decir: “USCUCHAGUA QUISPE CARLOS HUMBERTO”. Notifíquese por cédula conjuntamente con el decreto precedente. Fdo. Dr. EDGARDO BONOMELLI, (JUEZ); Dra. MAYRA IBAÑEZ (SECRETARIA). Rosario, 8 de Agosto de 2024.

$ 50 526328 Set. 6 Set. 10

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Por disposición del Tribunal Colegiado de Instancia Unica de Familia Nº 5 de Rosario en autos caratulados PERALTA NOELIA SOLEDAD c/GARCIA MARIO GASTON s/SUPRESION DE APELLIDO PATERNO, CUIJ 21-11414432-8, se hace saber que NOELIA SOLEDAD PERALTA, DNI 33.986.257, en representación de su bija NATASHA SOLEDAD GARCLA PERALTA, DNI 52.900.134, ha iniciado juicio ut supresión de apellido paterno (GARCIA) y manteniendo el apellido “PERALTA”. Dicho juicio se inicia contra MARIO GASTÓN GARCIA. Se transcribe el decreto que ordenada la publicación de edictos: ROSARIO, 18 de Marzo de 2024. Como solicita, por Secretaria. Asimismo y a fin de evitar futuras nulidades córrase vista al Fiscal. Publíquense edictos en el diario oficial una vez por mes en el lapso de dos meses. Atento la edad de la niña, prescíndase de la información sobre medidas precautorias (70 CCyC). Dese intervención al Registro Civil y Capacidad de las personas conforme lo prescripto por el art. 84 de la Ley N° 26.413. Fdo. Dra. Sabina Sansarricq (Juez de Trámite) y Dra. Agustina Sueiras Munuce, (Secretaria).

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Por disposición del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la 1ª Nominación de la ciudad de Rosario, dentro de los autos caratulados FLORES FIGUEREDO, BANINA J. c/PEREYRA JUAN R. Y OT. s/DAÑOS Y PERJUICIOS; (Expte. Nº 21-11880827-1), se hace saber a SOFFIETTI MAXIMILIANO HECTOR, que se lo ha declarado rebelde y se le ha dado por decaído el derecho dejado de usar, conforme fuera Ordenado mediante Resolución Nº 1310 de fecha 23 de Julio de 2024, la cual se transcribe: VISTO Y CONSIDERANDO: Los presentes caratulados FLORES FIGUEREDO, BANINA JOHANA c/PEREYRA, JUAN ROBERTO Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; Expte. CUIJ 21-11880827-1, registros pertinentes existentes en Mesa de Entradas de los cuales no surge la existencia de escritos sueltos pendientes de agregación a los presentes, lo solicitado y surgiendo de constancias Obrantes que el demandado SOFFIETTI MAXIMILIANO HECTOR no compareció a esta a derecho ni contestó la demanda, pese a encontrarse debidamente notificado según constancia obrante a fs. 137, haciendo efectivos los apercibimientos de ley; RESUELVO: Declarar REBELDE a SOFFIETTI MAXIMILIANO HECTOR y dársele por decaído el derecho dejado de usar. Notifíquese a SOFFIETTI MAXIMILIANO HECTOR mediante EDICTOS, los cuales se publicarán por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibirán en el hall de P.B. de Tribunales conforme lo dispuesto por el art. 73 CPCCSF. Hágase saber que en el cuerpo del edicto deberá hacerse saber al demandado SOFFIETTI MAXIMILIANO HECTOR que se lo ha declarado rebelde y se le ha dado por decaído el derecho estado de usar, debiendo transcribirse en el edicto el presente auto. Insértese y hágase saber. Fdo. por Dra. Mariana Varela (Jueza en Suplencia); Dra. Eliana C. Gutiérrez White (Secretaria). Rosario, 5 de Agosto de 2024.

S/C 526367 Set. 6 Set. 10

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La Señora Jueza de Trámite del Tribunal Colegiado Inst. Unica Civil de Fam. 3ª Nominación de Rosario, ha dispuesto hacer saber que la Señorita Angeles Carolina Medrano, DNI 35.028.622, inició un proceso a los fines de suprimir el apellido paterno. Todo aquel que quiera formular oposición podrá hacerlo dentro de los quince días hábiles contados desde la última publicación. Autos: MEDRANO ANGELES CAROLINA s/OTRAS ACCIONES NO NOMENCLADAS; CUIJ 21-02943186-5. Fdo. Dra. JULIETA BIANCARDI, Prosecretaria. Rosario, Julio de 2024.

$ 50 526365 Set. 6

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Responsabilidad Extracontractual de la 6ª Nominación de Rosario, Dr. IGNACIO V. AGUIRRE, Secretaría de la Dra. VALERIA BARTOLOME, dentro de los autos caratulados: GONZALEZ RUBEN HORACIO c/AGUILERA HUGO DANIEL s/Daños y Perjuicios; (Expte. N° 21-11880180-3), se ha dispuesto; ROSARIO, 11 de Marzo de 2024; Atento lo solicitado y constancias en autos, notifíquese a la demandada MONZON ADRIANA GABRIELA a comparecer a estar a derecho por medio de edictos los que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69 73 y 548 del C.P.C. Fdo. Dra. VALERIA BARTOLOME (Prosecretaria); Dr. IGNACIO V. AGUIRRE (Juez). Rosario, de 2024.

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Por disposición del Sr. Juez del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la 2° Nominación de Rosario, Dr. EDGARDO BONOMELLI Secretaría del Dr. Dra. MAYRA IBAÑEZ, dentro de los autos caratulados: FLORES, PATRICIA GRISELDA c/LEDESMA, LILIANA s/DAÑOS Y PERJUICIOS; (Expte. Nº 21-11883239-3), se ha declarado mediante decreto de fecha 01/05/2024, lo siguiente: ROSARIO, Atento el pedido de rebeldía formulado, no habiendo la demandada LEDESMA LILIANA comparecido a estar a derecho pese encontrarse debidamente notificado, haciendo efectivos los apercibimientos decretados decláresela rebelde. Notifíquese por edictos. Dra. Mayra Ibañez, secretaria Subr.; Dr. Edgardo Bonomelli, Secretaria, Juez).

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Por disposición de la Sra. Jueza Dra. MARIA JOSE DIANA a cargo del Tribunal Colegiado de Familia Nº 3 de Rosario, secretaría de la autorizante, en autos: CORONEL, JESICA MARIEL c/CISNERO, HECTOR Y OTROS s/ALIMENTOS; CUIJ 21-11403712-2, se hace saber que se ha ordenado lo siguiente: ROSARIO, 28 de Noviembre de 2022 Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, con patrocinio letrado. Acuérdasele la participación legal que por derecho corresponda. Jueza de trámite: Dra. María José Diana. Téngase presente lo manifestado, a) A la demanda principal: Atento lo dispuesto en la Ley 13.151, Decreto 1612 del 2 de junio de 2014 y párrafo final del artículo 130 del CPCCSF, previo a todo trámite acompañe acta de finalización del procedimiento de mediación prejudicial obligatoria. b) A la cuota alimentaria provisoria: Traslado a la contraparte, bajo apercibimientos, en caso de silencio y/o incontestación de hacer lugar a la misma, siempre previa vista al Defensor General. Notifíquese con copia. De no ser hallados los demandados en los domicilios denunciados, el notificador deberá requerir de quien lo atienda si los mismos viven o trabajan allí y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación, bajo apercibimiento de nulidad de la misma, dejando asentado en la diligencia efectuada dicho informe. OTRO // ROSARIO, 29 de Febrero de 2024 Agréguense las constancias acompañadas. Téngase presente lo manifestado. Cítese al Sr. Héctor Cisnero, DNI 33.453.050, a hacer valer sus derechos, por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL Y HALL DE TRIBUNALES, por tres veces, venciendo el emplazamiento cinco días después de la última publicación (arts. 73 CPCC). Fdo. Dra. MARIA JOSE DIANA (JUEZA). Dra. DANIA CHIEMENTÍN (SECRETARIA).

$ 100 526427 Set. 6 Set. 10

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Por disposición de los Sres. Jueces del Tribunal Colegiado de Familia Nº 4 de la ciudad de Rosario: Dra. Alicia A. Galletto, Dra. María Paula Mangani y Dr Gustavo Antelo, Secretaría de la autorizante se hace saber que por Resolución N° 18 de fecha 6 de agosto de 2024 se ha dictado lo siguiente: RESUELVE: 1.- Ordenar la destrucción de toda documentación y sobres acompañados a los expedientes iniciados hasta el día 30 de diciembre de 2021. 2.- Fijar como fecha de retiro por la parte que tenga interés en la documentación y sobres que acompañara oportunamente, que podrá ser retirada de este Tribunal hasta el día 30 de septiembre de 2024 inclusive, por la Secretaría que corresponda debiendo presentar un escrito con su petición y el correspondiente recibo. 3.- Ordenar la publicación de edictos por cinco días en el BOLETÍN OFICIAL y dos avisos en el Diario La Capital, a publicarse un día miércoles y domingo, así como se enviará una comunicación al Colegio de Abogados de Rosario, Caja Forense y Caja de Jubilaciones para que sea fijada en las oficinas de atención al público y remitir copia de la presente a la Presidencia de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Rosario. Insértese y hágase saber. Dra. Barbieri, Secretaria.

S/C 526394 Set. 6 Set. 12

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Por disposición de Gustavo Antelo, Juez del Tribunal Colegiado de Familia de la Cuarta Nominación de Rosario, se ha dispuesto notificar a NANCI RAQUEL LEIVA, DNI 23.716.878 lo siguiente: Nº 2984. Rosario, 6 de agosto de 2024. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVE: 1) Ratificar la medida excepcional adoptada por la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2ª Circunscripción respecto del adolescente GEREMIAS URIEL CAMPOS, titular del DNI Nº 48.972.707, dispuesta por Resolución Nº 134/24 de fecha 05.06.2024. II) Comuníquese a la Defensoría del Pueblo a los fines del artículo 38 de la Ley 12967. III) Atento lo dispuesto por el art. 607 inc. c del Código Civil y Comercial requerir a la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2ª Circunscripción, para que regularice la situación al tiempo de disponer la medida excepcional, y conforme el mismo, dictamine sobre la procedencia de la declaración en situación de adoptabilidad o en su caso, otras alternativas de resolución definitiva de la situación del adolescente GEREMIAS URIEL CAMPOS. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Antelo (juez); Dra. Barbieri (secretaria).

S/C 526395 Set. 6 Set. 10

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Por disposición de la Dra. Luciana Paula Martínez, Jueza del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la 1ª Nominación de la ciudad de Rosario, se ha ordenado en las actuaciones ESPINOZA LOPEZ, ALCIDES c/ESTIGARRIBIA, MARCELINO s/DAÑOS Y PERJUICIOS; (CUIJ 21-11893376-9) citar y emplazar a los fines de estar a derecho en el término de 20 (veinte) días a los herederos y sucesores de MARCELINO ESTIGARRIBIA (DNI 5.079.709). Se transcribe decreto que así lo ordena: Rosario, 30 de julio de 2024. Atento lo oportunamente solicitado por el Dr. Tomás Malacalza y lo informado por el Registro de Procesos Universales, cítese por edictos que se publicarán por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibirán en el hall de P. B. de Tribunales a los herederos y sucesores de MARCELINO ESTIGARRIBIA (DNI 5.079.709) a que comparezcan a estar a derecho por el término de ley atento lo dispuesto en el art. 597 CPCC. Hágase saber que en el cuerpo del edicto deberá hacerse saber a los herederos y sucesores de MARCELINO ESTIGARRIBIA (DNI 5.079.709) que se los cita y emplaza a los fines de comparecer a estar a derecho en el término de 20 (veinte) días y que deberá transcribirse en el mismo el presente proveído. Fdo. Dra. Luciana Paula Martínez, Jueza. Rosario, 29 de Agosto de 2024. Dr. Ulises D. Lanza, Prosecretaria.

$ 150 526405 Set. 6 Set. 10

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 de Rosario, Dr. Ezequiel Zabale en autos: ALIVAS, JOSE WALDO s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; 21-02928933-3 (140/2020), se ha dispuesto lo siguiente: ROSARIO, 06/06/2024. A los escritos cargo N° 6509/24 y 6510/24 se provee: Agréguense las constancias acompañadas. Atento haberse solicitado la conclusión por falta de acreedores, a la regulación de honorarios, auto. A la conclusión, oportunamente. Hágase saber a ese fin que previamente deberán encontrarse satisfechos los gastos y costas concursales (art. 229 in fine LCQ), para lo cual, asimismo, deberán encontrarse ratificados los honorarios conforme el art. 272 LCQ. Fdo. Dr. Federico Lema, Secretario; Dr. Ezequiel Zabale, Juez. Otra: Resolución N° 267. Rosario, 6/06/2024. (...) RESUELVO: Regular los honorarios del Dr. SANTIAGO BARBARACH en la suma de $ 1.292.890,56, de la CPN RIVADERA MARIA CECILIA en la suma de $ 1.357.535,10, y del Dr. PEYRANO MARCOS LISANDRO, en la suma de $ 581.800,76, por los trabajos expresados, que serán abonados por quien corresponda. Se hace saber que la tasa a aplicarse será la tasa activa del Banco Nación para operaciones ordinarias, para el caso de existir excedentes conforme lo dispuesto por el artículo 228 LCQ. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Federico Lema, Secretario; Dr. Ezequie1 Zabale, Juez.

S/C 526417 Set. 6 Set. 9

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 de Rosario, Dr. Ezequiel Zabale en autos FARIAS, DANIELA SOLEDAD s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; 21-02978723-6 (57/2024), se ha dispuesto lo siguiente: Resolución N° 381. ROSARIO, 19/08/2024: (...) RESUELVO: 1.) Fijar 2/10/24 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar sus pedidos de verificación al CPN JULIA INÉS PELLEGRINI, con domicilio en calle Av. Pellegrini 1474 10 E de la ciudad de Rosario, Horario de atención de 10 a 18 hs. 2.) Fijar el 5/11/24, para la presentación por el Síndico del informe individual sobre los créditos con las exigencias determinadas en el art. 35, 2ª párr. L.C. 3.) Fijar el 2/12/24, para la presentación del informe general por el Síndico. Ordenar publicar edictos haciendo conocer lo aquí decidido, conjuntamente con la resolución de declaración de quiebra dictada en los presentes, en el BOLETÍN OFICIAL. Tener presente la autorización formulada por la sindicatura, referente a los colaboradores nombrados. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Federico Lema, Secretario; Dr. Ezequiel Zabale, Juez.

S/C 526418 Set. 6 Set. 12

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 6 de Rosario y en autos GONZALEZ, ARIEL JORGE s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; 21-02982509-9, se hace saber que se dicto lo siguiente: N° 926 Rosario 27/08/2024: RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de ARIEL JORGE GONZALEZ, DNI 24.675.296, con domicilio real en calle Montevideo 3072 de la ciudad de Rosario. 2) Calificar la presente causa como pequeña quiebra (artículo 288 de la LCQ). 3) Para sorteo de síndico, ofíciese a la Presidencia de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, enviando correo electrónico por Secretaría. 4) Disponer el desapoderamiento de pleno derecho de los bienes del fallido existentes a la fecha y de los que adquiera hasta su rehabilitación, impidiéndosele el ejercicio de los derechos de disposición y administración (artículo 107 Ley 24.522). 5) Disponer que se comunique la presente sentencia al Registro de Procesos Concursales, al Registro de Licitadores de la Provincia de Santa Fe, al Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, y demás que correspondan, oficiándose a sus efectos. 6) Ordenar se anote la inhibición general de bienes del fallido, a cuyo fin se librarán los respectivos despachos al Registro General de Propiedades, al Registro Prendario y al Registro de la Propiedad Automotor. Asimismo, ofíciese al Servicio de Catastro e Información Territorial (SCIT) para que informen sobre inmuebles en toda la provincia a nombre del fallido. 7) Prohibir la realización de pagos al fallido, bajo apercibimiento de declararlos ineficaces. 8) Intimar al fallido y a los terceros que detenten bienes y documentos del primero, para que los pongan a disposición de la sindicatura. 9) Disponer se intercepte la correspondencia dirigida al fallido, y su posterior entrega a la Sindicatura, oficiándose a tales fines, haciéndole saber a la sindicatura que deberá cumplimentar lo dispuesto en el art. 114 de la LCQ. 10) Hacer saber al fallido que sólo podrá salir del país previa autorización de éste Juzgado y en las condiciones previstas por el art. 103 de la Ley 24.522, ordenando se efectúen las comunicaciones necesarias a los fines del cumplimiento de la citada disposición legal. 11) Proceder a la incautación de los bienes y papeles del fallido poniéndose en posesión de los mismos a la sindicatura, librándose los despachos pertinentes. 12) Ordenando la publicación de edictos prevista por el artículo 89 de la LCQ, en el BOLETÍN OFICIAL. 13) Oficiar a los Juzgados donde tramitaren juicios contra el fallido, a los fines dispuestos por el artículo 132 de la Ley 24.522, librándose los despachos pertinentes a los juzgados en lo Civil y Comercial de Distrito, de Circuito, de Circuito de Ejecución, Laborales, de Responsabilidad Extra contractual, y de Familia, a efectos de hacerles saber de la presente, y requerirles que informen si el fallido es actor o demandado en algún juicio tramitado por ante su dependencia, los datos del expediente, su ubicación actual y, de corresponder, se ordene la remisión a este juzgado. 14) Fijar los días martes y viernes para notificaciones en Oficina y ordenar que todas las notificaciones por cédula se deberán realizar a través de Oficial Notificador, Juez Comunitario de Pequeñas Causas o por el procedimiento previsto en la Ley 22.172, según corresponda, pues por razones de transparencia, eficacia, idoneidad y seguridad, no se autorizará en ningún caso la notificación postal contemplada en el art. 66 del CPCCSF. 15) Notificar a la A.P.I. (a los fines del art. 29 del Código Fiscal), a la AFIP-DGI, a la Municipalidad del domicilio del fallido y demás reparticiones que fuere menester, de la presente resolución. 16) Proceder a la realización de la totalidad de los bienes que componen el activo del fallido, a través del procedimiento que oportunamente informará la sindicatura. 17) Hacer saber al síndico que todos los oficios que ordena cursar la presente resolución (AFIP-DGI, API, Municipalidad del domicilio del fallido, Registro Público de Comercio, Registro de Procesos Universales, Policía Federal, Dirección Nacional de Migraciones, Gendarmería Nacional, Prefectura, Policía de Seguridad Aeroportuaria, Correo Oficial de la República Argentina, Registros de la Propiedad Inmueble y Automotor, y Banco Central de la República Argentina) deberán cumplimentarse de manera inmediata, y las constancias que acrediten su cumplimiento deberán encontrarse agregadas a las actuaciones para la fecha de presentación de los informes individuales, bajo apercibimientos de ley. 18) Librar mandamiento al Oficial de Justicia correspondiente para que conjuntamente con la sindicatura, realice un inventario de la totalidad de los bienes del fallido -que comprenderá sólo los rubros generales- y proceda a la incautación prevista por el art. 177 de la LCQ. Insértese y hágase saber. Dra. SABRINA ROCCI Dr. FERNANDO MECOLI. Dr. Fernando Adrián Bitetti, Prosecretario

S/C 526269 Set. 6 Set. 12

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 de Rosario, Dr. Ezequiel Zabale en autos LEDESMA, MARCELA s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA; 21-02964687-9 (797/2022), se ha dispuesto lo siguiente: Resolución N° 226. ROSARIO, 27/5/2024: (...) RESUELVO: Revocar la parte resolutiva del auto N° 204 del 16/5/24. manteniendo todo lo restante, y en su lugar, regular los honorarios por los trabajos expresados en los presentes autos, del CPN NORBERTO VICTTORE en la suma de $ 905.023,48 del Dr. ALEJANDRO GURFINKEL en la suma de $ 387.867,20, y de los Dres. SANTIAGO BARBARACH y IGNACIO ARROYO en la suma de $ 861.927,12, en proporción de ley, que serán abonados por quien corresponda. Se hace saber que la tasa a aplicarse será la tasa activa del Banco Nación para operaciones ordinarias, resultando aplicable el mismo en sólo en los casos del artículo 228, segundo párrafo de la Ley 24.522. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Federico Lema, Secretario; Dr. Ezequiel Zabale, Juez.

S/C 526542 Set. 6 Set. 9

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El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6ª Nominación de Rosario, ha ordenado la publicación del presente edicto dentro de los autos: BEEF FREE S.R.L. s/Concurso Preventivo - Hoy Quiebra; Expte. CUIJ N° 21-01242628-0, a los efectos de hacer saber que en fecha 25 de julio de 2024, se ha presentado Informe Final y Proyecto de Distribución Adecuado. Rosario, de agosto de 2024. Dra. Sabrina Rocci, Secretaria Subr..

S/C 526507 Set. 6 Set. 9

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 14ª Nominación de Rosario, en autos: MERCAU IBAR EBASTRAIN c/SANATORIO PARQUE S.A. y Otros s/DAÑOS Y PERJUICIOS; 21-01564988-4; Nº Expediente: 264/2015: se ha dictado la siguiente resolución: Rosario, 11 de abril de 2023; Proveyendo el escrito cargo N° 4480/23: Emplácese por edictos a los herederos del codemandado TEJERINA WENCESLAO PEDRO, para que comparezcan a estar a derecho por el término de ley bajo apercibimiento de designar un curador que cumplirá la doble función de curador ad hoc de la herencia y defensor de los herederos rebeldes y con el cual se entenderá la demanda o el procedimiento. Sin perjuicio de ello, notifíquese el presente por cédula al domicilio que consta en la partida de defunción obrante a fs. 88. Fda. Dr. MARCELO QUAGLIA —Juez- Y Dra. MARIA KARINA ARRECHE -Secretaria Subrogante-. En consecuencia, se hace saber que se ha ordenado citar y emplazar a los herederos de TEJERINA WENCESLAO PEDRO, para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el Boletín Oficial, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ley. Rosario, 2 de Agosto de 2024. Dra. Arreche, Secretaria Subr.

$ 100 526485 Set. 6 Set. 10

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 18° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante SRA. LUISA ERNESTINA MOYANO, D.N.I. Nro. 10.87.603, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "MOYANO, LUISA ERNESTINA S/SUCESORIO" Cuij Nro. 21-02985087-6, de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.-

$ 45 Sep. 06

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Egidia Barone (DNI 5.502.176) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "BARONE, EGIDIA S/DECLARATORIA DE HEREDEROS" CUIJ 21-02983026-3. Fdo.

$ 45 Sep. 06

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante DAMIAN OSCAR EDGARDO SILVA, D.N.I 27.744.845 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "SILVA, DAMIAN OSCAR EDGARDO S/DECLARATORIA DE HEREDEROS" CUIJ: 21029730803

$ 45 Sep. 06

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante PFEIFFER, MARIA LUISA D.N.I. 5.436.049 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "PFEIFFER, MARIA LUISA S/Declaratoria de Herederos" CUIJ 21-02984255-5 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Sep. 06

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante CARBONE, OSVALDO ANDRES DNI 11.125.294 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "CARBONE, OSVALDO ANDRES S/Declaratoria de Herederos" CUIJ 21-02984147-8 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Sep. 06

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Odilia Martha Monasterolo, D.N.I. Nº 4.771.422 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "MONASTEROLO, ODILA MARTHA S/SUCESORIO - CYC 1", CUIJ nº 21-02984026-9 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Sep. 06

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Por disposición de la Juez de Distrito Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos , acreedores y todos los que se consideren, con derecho a los bienes dejados por la causante MONICA ILDA VICENS DNI 6.633.347, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos . Autos caratulados : VICENS MONICA ILDA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CUIJ 21- 02982284-8 FDO: Dra. Cintia Alonso Prosecretaria .

$ 45 Sep. 06

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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 5° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante CAMPOS, RAMON NORBERTO (DNI N.º 6.052.983), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "CAMPOS, RAMON NORBERTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS", CUIJ Nº 21-02984725-5. Fdo. Prosecretaría.-

$ 45 Sep. 06

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Alicia Mabel ZANCHETTA, D.N.I. n° 11.969.765, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "ZANCHETTA, ALICIA MABEL S/SUCESORIO CYC 8" CUIJ N° 21-02984771-9 del año 2024.

$ 45 Sep. 06

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 15° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante BELTRAME, JORGE OTMAR D.N.I. 6.182.807 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "BELTRAME, JORGE OTMAR S/ SUCESORIO" (CUIJ N°21-02962136-2). Fdo. Prosecretaria.

$ 45 Sep. 06

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6 Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante (JUAN CARLOS COYOS (DNI 10.755.713), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "COYOS, JUAN CARLOS s/DECLARATORIA DE HEREDEROS", CUIJ 21-02984888-9. Fdo. Prosecretaria.

$ 45 Sep. 06

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ANTONIO ANGEL SALEME (DNI 6.051.339), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "SALEME, ANTONIO ANGEL S/ SUCESORIO CYC 6 (21-02978331-1). OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS, de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Sep. 06

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Por disposición del Señor Juez de 1era. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nom. De Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores, y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante VILA MARIA CRISTINA – DNI 10.727.386, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días.- AUTOS: "VILA MARIA CRISTINA S/DECLARATORIA DE HEREDEROS - CUIJ 21-02983326-2".- Fdo. Dr. Fernando Mecoli.- Rosario, de Setiembre de 2024.-

$ 45 Sep. 06

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante SERGIO AURELIO URIGOITIA (DNI 14.803.437) por un dia para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: " URIGOITIA, Sergio Aurelio s/Sucesorio" (CUIJ 21-02983587-7) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Firmado. Dra Gotlieb (Juez)

$ 45 Sep. 06

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 18° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante OMAR SERGIO SCUDERI (D.N.I. 17.793.288), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "SCUDERI, Omar Sergio s/ SUCESORIO" (CUIJ 21-02984934-7) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Sep. 06

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante CARLOS ALBERTO CIASCHINI (DNI N° 12.523.542) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "CIASCHINI, CARLOS ALBERTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-02984825-1. Fdo. DRA. Vanina C. Grande – Secretaria.-

$ 45 Sep. 06

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10ma Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Liliana Brigida María Hidalgo (DNI 13.972.804), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados “HIDALGO, LILIANA BRIGIDA MARIA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-02984850-2). Fdo. Fernanda I. Virgolini, Prosecretaria

$ 45 Sep. 06

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MARIA DEL CARMEN GONZALEZ, D.N.I. 3.001.766 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “GONZALEZ, MARIA DEL CARMEN S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-02984602-9. Fdo. Fernanda I. Virgolini, Prosecretaria

$ 45 Sep. 06

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JUAN CARLOS RAMON CONSTANCIO D.N.I. 6.139.495 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “CONSTANCIO, JUAN CARLOS RAMON S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-02985140-6). Fdo. Fernanda I. Virgolini, Prosecretaria

$ 45 Sep. 06

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante NESTOR HECTOR CORPACCI, (DNI 13.091.916 ) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “CORPACCI, NESTOR HECTOR S/ SUCESORIO - CYC 14” (CUIJ N°21-02983738-1) .

$ 45 Sep. 06

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Carlos Bartolucci (D.N.I . 6.043.460) , por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “BARTOLUCCI, CARLOS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-02980403-3) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo. Prosecretario

$ 45 Sep. 06

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante LILIANA ALICIA DÍAZ (DNI 14.287.933), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “DIAZ, LILIANA ALICIA S/ SUCESORIO - CYC 11” (CUIJ 21-02983550-8)de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: Prosecretaria.

$ 45 Sep. 06

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ESTER IRENE FRATINI (D.N.I. 12.739.600) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “FRATINI, ESTER IRENE S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-02984991-6). Fdo. Prosecretaría.

$ 45 Sep. 06

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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 17ma° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante MOLINERO, CARLOS ALBERTO (D.N.I. 17.555.663) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “MOLINERO, CARLOS ALBERTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS - CYC 17 21-02984600-3. Fdo. Prosecretaría

$ 45 Sep. 06

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RICARDO GUIDO RUIZ (D.N.I. 6.008.508), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “RUIZ, RICARDO GUIDO S/SUCESORIO” (CUIJ 21-02984646-1) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.-

$ 45 Sep. 06


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CASILDA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº1 de la 1era. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaría de la Dra. Viviana Guida, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de DUGO CARLOS MIGUEL DNI: 16.337.223 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día. (ART. 2340 CCC) (Autos: “Dugo Carlos Miguel s/ declaratoria de herederos" - 367/24).05/09/2024. Fdo. Lucía Belen Ciarpella (Prosecretaria)

$ 45 Sep. 06

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CAÑADA DE GÓMEZ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil Comercial y Laboral del Distrito Judicial N° 6 de la 1era Nominación, de Cañada de Gómez en los autos caratulados LUQUE RAMONA DINA ZULEMA Y GIUSTOZZI UBALDO FRANCISCO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS- SUCESIÓN CUIJ N° 21-26032755-8” se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejado por los causantes LUQUE RAMONA DINA ZULEMA Y GIUSTOZZI UBALDO FRANCISCO, por un día para que los acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL Cañada de Gómez, 04 de Setiembre de 2024, Dra. Carolina Kauffeler

$ 45 Sep. 06

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de Distrito Judicial Nº 6, 2º Nominación de Cañada de Gómez, en los autos caratulados “ALMADA, SEGUNDO PRIMITIVO y Otros s/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-26032856-2), se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes SEGUNDO PRIMITIVO ALMADA (DNI N° 6.169.768) y AMALIA CASTAGNO (DNI N° 6.004.341), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los estrados del Tribunal.

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SAN LORENZO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El Juzgado de Primera Instancia Civil, Comercial de la 2º nominación de la localidad de San Lorenzo ha ordenado citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores o legatarios de Doña Lòpez, Irma Susana D.N.I. nº 17.234.755 en autos “LOPEZ, IRMA SUSANA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” cuij 21-25444680-4, para que en el término y bajo los apercibimientos de ley comparezcan a este tribunal a hacer valer sus derechos por el término de diez días hábiles. San Lorenzo, de septiembre de 2024.

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VILLA CONSTITUCIÓN

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Juez de Primera Instancia Civil y Comercial de la 2 Nominación de Villa Constitución Dra. Griselda Noemi Ferrari, Secretaría del autorizante, dentro de los Autos caratulados: “ Jesse, Hector Antonio s/ Sucesorio” (Cuij:21-25659464-9 ).- se cita a los herederos, acreedores o legatarios de Don Jesse, Hector Antonio , D.N.I 6.126.141., por treinta días para que comparezcan a este tribunal a hacer valer sus derechos.-Secretaria.-

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial Nº 2 de Villa Constitución, se hace saber que en los autos caratulados ANGELOZZI, FANNY ROSA S/ SUCESORIO 21-25659536-9 se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante de estos autos FANNY ROSA ANGELOZZI, por el término de treinta días a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Villa Constitución,

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RUFINO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y del Trabajo de Rufino Nº 9, Dr. LUIS ALBERTO CIGNOLI, Secretaría de la Dr. JORGE ANDRES ESPINOZA, dentro de los autos caratulados: NAZABAL JOSÉ RAUL Y SANTOS HERCILIA ANA S/ SUCESORIOS - 21-26366433-4 se cita y emplaza a herederos, acreedores y/o legatarios de la Sra. HERCILIA ANA SANTOS, DNI 2.382.600 para que comparezcan a estar a derecho por el termino y bajo apercibimientos de ley.- Rufino, septiembre de 2024.-

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y del Trabajo de la ciudad de Rufino Dr. Luis A. Cignoli, secretaría del autorizante Dr. Jorge A. Espinoza, se cita, llama y emplaza a los acreedores, herederos y legatarios de BELARMINO ANICETO PALACIOS, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Dentro de los autos caratulados “PALACIOS, BELARMINO ANICETO S/ SUCESORIO” CUIJ: 21-26367362-7

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y del Trabajo de Rufino Nº 9, Dr. LUIS ALBERTO CIGNOLI, Secretaría de la Dr. JORGE ANDRES ESPINOZA, dentro de los autos caratulados: BARABINO DELIA AGUSTINA S/ SUCESORIO - 21-26367219-1 se cita y emplaza a herederos, acreedores y/o legatarios de la Sra. DELIA AGUSTINA BARABINO, DNI 12.347.802 para que comparezcan a estar a derecho por el termino y bajo apercibimientos de ley.- Rufino, septiembre de 2024.-

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Por disposición del Señor Juez de primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo de Distrito Nº 9 de Rufino, Provincia de Santa Fe, la Secretaría que suscribe cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y a todos cuanto consideren con derecho sobre los bienes de la herencia del SR. BERTAGNINI JUAN DOMINGO DEL CARMEN para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro de los autos "BERTAGNINI JUAN DOMINGO DEL CARMEN S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" - CUIJ 21-26367403-8 Firmado: Dr. Luis Alberto Cignoli (Juez)- Dr. Jorge Andrés Espinoza (Secretario). Rufino, de Agosto de 2024.-

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral Distrito Nro. 9 de Rufino, a cargo del Dr. Luis A. Cignoli –Juez-, Secretaría del Dr. Jorge Espinoza, en autos caratulados: “RIQUELME ROSENDO EVARISTO S. SUCESORIO (CUIJ 21-26367449-6)” se cita, llama y emplaza por el termino de ley a los herederos, acreedores, legatarios y demás personas que se consideren con derechos a los bienes de la herencia de ROSENDO EVARISTO RIQUELME (DNI 6.143.409), para que comparezcan a hacer valer sus derechos bajo apercibimientos de ley.-

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo de Distrito Nº 9 de Rufino, Provincia de Santa Fe, la Secretaría que suscribe cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y a todos cuanto consideren con derecho sobre los bienes de la herencia del Sr. EMERI LUDOVICO BORKOWSKI (D.N.I. Nº05.074.546) para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro de los autos: BORKOWSKI EMERI LUDOVICO S/ SUCESORIO CUIJ: 21-26367382-1 Firmado: Dr. Luis Alberto Cignoli (Juez) - Dr. Jorge Andrés Espinoza (Secretario).- Rufino, de Septiembre de 2024.

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Por disposición del Señor Juez de primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo de Distrito Nº 9 de Rufino, Provincia de Santa Fe, la Secretaría que suscribe cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y a todos cuanto consideren con derecho sobre los bienes de la herencia de la SRA. MILONE LORENA NOELIA para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro de los autos "MILONE LORENA NOELIA S/ SUCESORIO" - CUIJ 21-26367467-4 Firmado: Dr. Luis Alberto Cignoli (Juez)- Dr. Jorge Andrés Espinoza (Secretario). Rufino, de Septiembre de 2024.

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