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VILLA CONSTITUCION
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
POR
DAVID BOSCHI
Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 14 de Villa Constituión, Villa Constitución, la Secretaria que suscribe hace saber que en autos: COMUNA DE LA VANGUARDIA c/OTRO s/Ejecutivo; Expte. 21-25657093-6, se ha dispuesto que el Martillero Público Sr. DAVID BOSCHI, (Mat. N° 1929-B-179) venda en pública subasta al último y mejor postor, el día 12 de Septiembre de 2024, a las 10:30 Hs. en las Puertas del Juzgado Comunitario de las Pequeñas Causas de la localidad de Sargento Cabral, con competencia en la Localidad de La Vanguardia, Pcia. de Santa Fe; si el día indicado resultare inhábil, tendrá lugar el día hábil inmediato siguiente sin necesidad de nuevo aviso; los siguientes bienes propiedad del demandado consistentes en: LA TOTALIDAD (100%) de Dos lotes de terreno baldíos, situados en la localidad de LA VANGUARDIA, ubicados en calle San Martín S/Nº (API 19-07-00-410045/0000-1) individualizados como el lotes 9 y 10 (contiguos entre sí) de la manzana 6, compuestos de 10m. de frente al N-E sobre calle San Martín, por 50m. de fondo al S-E, cada uno de ellos. Y cuyo dominio consta inscripto en el Registro General Rosario a nombre del demandado, al Tº 40, F° 620, Nº 41538, depto. Constitución. Registrándose libre de hipotecas, pero si el siguiente Embargo: 1) al T° 131 E, F° 123, N° 46692, de fecha 18/02/2022 por $ 303.863, por los autos que se ejecutan. o. Los inmuebles saldrán a la venta con las siguientes bases: el Lote 9 de $ 5.000.000, y el Lote 10 de $ 6.000.000. En caso de no haber postores por dichos montos con retasa del 25%, y si tampoco hubiere oferentes, saldrá sin base. Los inmuebles saldrán a la venta desocupados. El comprador deberá abonar en el acto del remate el 10% a cuenta de precio con más el 3% correspondiente a la comisión de ley del martillero. El saldo deberá cancelarse antes del término de 30 días de la fecha de la subasta, aprobada o no la misma, bajo apercibimiento de cargar un interés igual a la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central, desde la fecha del remate, y si intimado no efectúa el pago, se deja sin efecto la subasta. Impuestos nacionales, inmobiliarios, tasas comunales (excepto las que fueran objeto de ejecución en los presentes), servicios adeudados y gastos de transferencia e IVA, si correspondiere, a cargo del comprador. En autos se encuentran las copias de título de propiedad advirtiéndose que luego de la Subasta, no se atenderá reclamo alguno por falta y/o insuficiencia de los mismos. Fíjense como días de exhibición del inmueble los dos días hábiles anteriores a la subasta. Todo lo que se publica, a los efectos legales. Villa Constitución,16 de Agosto de 2024. Fdo. Dra. ANALÍA N. VICENTE, SECRETARIA.
$ 600 526298 Set. 3 Set. 5
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POR
MARIA DEL CARMEN MORETTA
Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito de la 2ª Nominación de Villa Constitución, dentro de los autos caratulados: LESCANO ROSA s/Declaratoria de Herederos; CUIJ N° 21-25616017-7. A los fines de la realización de la subasta ordenada en autos, se designa como lugar la sede del presente Juzgado, el día 27 de setiembre de 2024 a las 10:30 hs. o, de resultar inhábil, el día hábil inmediato posterior. El 50% de inmueble cuyo dominio consta inscripto en el Registro General de la Propiedad al Tomo 162, Folio 299, N° 125267, Departamento Constitución, saldrá a la venta en el estado de ocupación en que se encuentran, con la base de $ 17.000.000. Seguidamente, si no hubiere oferentes por este monto, se declara desierta. La subasta se realizará al contado y al mejor postor, no se aceptarán posturas menores a $ 100.000, debiendo abonar quien resulte comprador el 10% del importe de venta, como adelanto a cuenta de mayor cantidad, que se abonará en el acto de subasta por transferencia bancaria a la cuenta judicial abierto para los presentes autos, debiendo cumplimentarse con las comunicaciones del B.C.R.A. “A” 5147 y “A” 5212, según Circular Nº 79/11 C.S.J.P. Además, el 3% de comisión, a la Martillera actuante, que se abonará en el mismo acto por transferencia bancaria a la cuenta que se informe al comprador en el momento de la subasta. El saldo de precio deberá depositarse una vez aprobada la subasta conforme lo normado por los arts. 497 y 499 CPCC y por los medios previstos precedentemente, según el caso. Previo a la aprobación de la subasta deberá oficiarse al Registro General, con copia certificada del acta de remate, a fin de que se tome razón de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente. El martillero deberá informar en el acto de remate los importes actualizados de las deudas que el inmueble posea en concepto de tasas e impuestos, contribuciones y servicios, y/o cualquier otro gravamen que pese sobre el mismo, los que serán a cargo del comprador en su totalidad, así como I.V.A. si correspondiere, los gastos, sellados y honorarios producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, y los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso, todo lo cual deberá ponerse en conocimiento de los interesados previo al acto de remate. Efectúense las comunicaciones del art. 506 del C.P.C.C., librándose los despachos pertinentes, con la debida antelación, debiendo acompañarse las constancias del diligenciamiento antes de la subasta, bajo apercibimiento de suspenderse la misma a costa del martillero, ello sin el perjuicio de lo dispuesto por el art. 503 del C.P.C.C. El expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco días antes de la subasta a los fines de los arts. 494 y 495 del C.P.C.C., con constancias de haberse efectuado las publicaciones edictales y notificaciones ordenadas en el presente proveído, y permanecerá en Secretaría. El inmueble será exhibido los cinco días hábiles anteriores a la subasta, en horarios hábiles, lo que se hará saber a los demandados y/o sus ocupantes a efectos de permitir el acceso y exhibición a los posibles adquirentes, bajo apercibimientos de ley. Publíquense los edictos de ley en el diario “BOLETÍN OFICIAL” de conformidad al art. 492 y c.c. del C.P.C.C. modificado por Ley Provincial N° 11.287, en el Hall de Tribunales y en el diario “La Capital”. Notifíquese por cédula a la demandada titular del dominio.
Dr. Malgeri, secretario. 23 de agosto de 2024.
$ 450 526351 Sep. 3 Sep. 5