picture_as_pdf 2024-09-02

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Santa Fe

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

MCP SUSANA RITA FASSETTA


Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de primera Instancia de Circuito N° 3, Dr. Javier Deud, se ha ordenado que en los autos caratulados HAIDAR, EDGAR JOSÉ c/Otro (D.N.I. N° 10.065.807) s/ Ejecución Hipotecaria. CUIJ N° 21-16255623-9”, que la MCP SUSANA R. FASSETTA MAT 284, proceda a vender en pública subasta, el día 13/09/2024, a las 11 horas o el día hábil siguiente a la misma hora, si aquel resultare inhábil, por ante el Juzgado Comunitario de las Pequeñas Causas de la localidad de Recreo, DOS LOTES DE TERRENO BALDÍOS ( LOTE10 Y 23), conjuntamente, con la base del avalúo fiscal de $75,76 (PESOS SETENTA Y CINCO CON SETENTA Y SEIS CENTAVOS), de no existir postores, seguidamente con la retasa del 25%, o sea $ 56,82 (CINCUENTA Y SEIS CON OCHENTA Y DOS), y de persistir la falta de oferentes, sin base y al mejor postor. Con la siguiente descripción: Dominio N° 88219, Tomo 398 Par, Folio 2836, Dpto. La Capital a) LOTE N° 10: doce metros de frente al Norte, empezados a contar desde los setenta y cuatro metros de la esquina Nor-Este de su manzana y en dirección al Oeste, e igual medida en el lado Sud, por cuarenta metros en cada uno de sus costados Este y Oeste, todo lo que forma una superficie total de CUATROCIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS, lindando en su frente Norte, calle Pública de por medio con terrenos de la Manzana 15-10, al Oeste, este y Sud, respectivamente, con los Lotes N° 9, 11 y 23, de su manzana y plano. Informa el Registro General de la Propiedad que posee una Hipoteca, Fecha: 09/04/2015, N° 31239- Monto $39.000. Acreedor: Minchiotti,Luis Alberto. Se deja constancia que según Minuta 293789 del 9/10/19, el Sr. El señor Luis A. Minchiotti cede el crédito Hipotecario a favor del Sr. Edgar José Haydar CUIL 20-6263017-6, Registra dos Inhibiciones Aforo 113527 fecha 27/08/15 fecha de vigencia 27/08/2025 Monto $ 34.689 Expte. Asociación Mutual Club Colón de san Justo c/Otros s/ demanda ejecutiva Juzgado: 1ra. Inst, C y C 11 Nom. Santa Fe. Aforo 134329 fecha 11/05/2021 fecha de vigencia 11/05/2026 Monto $27.300 Expte. Asociación Mutual de Ayuda entre Asoc. Y Adherentes del Football Club recreativo Belgrano c/ Otros s/ Demanda Ejecutiva Juzg. de 1ª. Inst, C y C 8va Nom, Santa Fe. Tres embargos. Fecha 12/02/2016 Aforo 14291 Monto $ 32.032 Expte. Nuevo banco de Sta Fe S.A. c/ Otros sobre ejecutivo CUIJ 21-01959549-5 Juzg. C y C 10ma. Nom. Fecha 06/05/2019 Aforo 124115 Monto $163.817,93 Juicio: Fisco Nacional AFIP c/Otro s/ Ejecución Fiscal Expte. 82.123/2018 Juzg. Federal N° 1 Secret. de ejecuciones Fiscales Sta. Fe. Fecha 08/01/2024 EL DE ESTOS AUTOS. Informa el Reg. Gral. que posee titularidad de Dominio Pleno. API informa: que le corresponde la Partida Inm. N° 10-10-00640043/3025-3 y que adeuda $ 508,11 al 29/07/24. Municipalidad de Recreo Informa que el inmueble ubicado en calle Pública Lote 10, NO registra deuda por Tasa Gral. de Inmueble al 12/06/24, que no registra deuda por contribución de mejoras al 12/06/24. NO registra deuda por derecho de edificación al 12/06/24. Que No registra en Juzgado de Faltas al 12/06/2024. Cooperativa de agua Potable informa en fecha 18/06/24 que NO posee deuda por consumo de gas y Agua potable por No contar con redes en dicha zona. INFORMA SCIT, datos grales. Del Inmueble: Sup. Terreno 480 m2, Sup. edificada: 0 m2, Val. Terreno $ 37,88, Avalúo correspondiente a la Ley N° 11.626/1999. Verificar si la Sup. real edificada es la que se indica en Sup edificada. Si no lo es, debe regularizar la situación ante el SCIT. Descripción del Inmueble. Descripción Literal No disponible. El solicitante del certificado catastral deberá ingresarla al momento de su tramitación. Antecedentes: Empadronada a nombre del demandado. Observaciones: No se registran avalúos rectificados por mejoras. Parcela dentro de zona contributiva administrada por Dción. Pcial. Vialidad. Por el Art. 2 de la ordenanza 2128/2014, se prohíben todo tipo de edificaciones hasta tanto se realicen las obras de Infraestructura de servicios mínimas, salvo las que a juicio del Dpto. Ejecutivo Municipal posibiliten el uso de actividades creativas y/o Públicas. De la CONSTATACIÓN: realizada el día 11/06/2024, surge:…conforme al plano que se acompaña e indicaciones de Catastro Municipal. Constituidas en el lugar se observa que la calle que figura sobre el Lote 10, se encuentra cerrada, no así la que da al Lote 23, ambos de la misma manzana. Los Lotes correspondientes a la manzana no se encuentran delimitados por lo que resultan de difícil individualización, no obstante, toda la manzana se encuentra cubierta de espinillos y vegetación autóctona que dificultan el acceso. No se visualiza construcción alguna. No obstante, la prohibición de construir de la municipalidad ordenada mediante Ordenanza que se acompaña a los alrededores se observan distintas construcciones. No se observan obras de Servicios Públicos en el lugar. Los Lotes se encuentran a una distancia aproximada de 700 m de la ruta setenta y a unos 4 Km aproximados de la Plaza san Martín. Las calles internas no poseen numeración visible y no todas se encuentran abiertas, como abiertas como figuran en el plano. Fdo. Dra. Andrea Zubriggen, Jueza Comunitaria de las pequeñas causas Recreo. Santa Fe. b)LOTE N° 23: con la misma descripción de Dominio que la anterior, con la siguiente descripción: 12 m de frente al Sud, empezados a contar desde los setenta y cuatro metros de la esquina Sud-Este de su manzana y en dirección al Oeste, e igual medida en el lado Norte por cuarenta metros en cada uno de sus costados Este y Oeste, todo lo que forma una superficie total de CUATROCIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS, lindando en su frente al Sud calle Pública de por medio con terrenos de la manzana trece- diez, al Norte, este y Oeste respectivamente y con los Lotes Nros. 10, 22 y 24, de su misma manzana y plano. Con respecto a los informes registrales de formularios 103 y 401 constan las mismas condiciones que las descriptas anteriormente, respecto de embargos, Hipotecas e inhibiciones. API informa que le corresponde la partida Inmobiliaria N° 10-10-00-640043/3026-2, no registra deuda al 22/07/24. Municipalidad de Recreo por Lote 23, informa las mismas condiciones que las descriptas en Lote 10. SCIT, informa por lote 23 , las mismas condiciones descriptas por Lote 10. De la CONSTATACIÓN, realizada en fecha 11 de junio de 2024, resultaron descriptos conjuntamente los dos Lotes. CONDICIONES: quien resulte comprador deberá abonar en dinero efectivo en el acto del remate el 10% a cuenta del precio y la comisión de Ley del Martillero. Se hace saber al Martillero interviniente que el porcentaje a cargo del vendedor procederá en el supuesto de darse lo previsto en el Art. 88 de la Ley 7547. El adquirente deberá efectivizar el pago del saldo de precio indefectiblemente dentro de los 5 (cinco) días de aprobada la subasta, mediante depósito en el Nuevo banco de Santa fe, Agencia Tribunales. Así mismo deberá constituir domicilio en la Jurisdicción del Juzgado e indicar N° de DNI y domicilio real bajo apercibimiento de darlo por notificado de las sucesivas providencias en la forma y oportunidad previstas por el Art. 37 CPCC. Dispónese que no se admitirá la compra en comisión. Publíquense edictos por el término de Ley en el Boletín Oficial y en el Hall del Juzgado (Ley 11.287), en los que constará que el comprador deberá conformarse con los títulos o constancias de autos y que después del Remate no se admitirá reclamación alguna por insuficiencia o falta de título. Previo a la suscripción de los edictos se practicará liquidación de Capital, intereses y costas (ART. 495

CPCC. Autorízase la Publicidad complementaria solicitada, con oportuna rendición de cuentas. Los edictos deberán presentarse con antelación de dos días a la fecha fijada para la subasta. Hágase saber que de corresponder el pago del IVA- que no está incluido en el precio- será a cargo del comprador y se depositará en cuenta judicial del Nuevo banco de Santa Fe S.A. Agencia tribunales, para estos autos y a la orden de este Juzgado. Se hace saber que los impuestos y tasas son a cargo del comprador a partir de la aprobación de la Subasta y que el mismo deberá hacerse cargo de los gastos que irrogue la inscripción del Dominio a su nombre. Mayores informes por Secretaría y/o a la MCP TEL. 342 5030892. Fdo. Dra. Adriana Lorena Benitez (Secretaria). Santa Fe, 29 de Agosto de 2024.----

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