picture_as_pdf 2024-08-09

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Santa Fe

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA



POR

Pedro Búsico


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Distrito en lo Civil y Comercial de la 10ma. Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos: “ GARRO GABRIEL ALEJANDRO C. s/OTROS s/División de condominio (CUIT 21-02039517-3) se ha dispuesto que el Martillero Pedro Búsico, Mat. N° 435, venda en pública subasta la NUDA PROPIEDAD, del bien inmueble Inscripto en el Registro General bajo el n° 87296, F° 01337 T° 110 Par, Dpto. La Capital, el día 28 de agosto de 2024, a las 18 hs, o el día hábil siguiente a la misma hora si aquél resultare feriado. El remate se llevará a cabo en el Salón de Remates del Colegio de Martilleros de esta ciudad. El bien saldrá a la venta con la base del avalúo fiscal proporcional, $ 9.158,67 de no existir postores seguidamente con la retasa en un 25% y de persistir la falta de oferentes, a continuación, sin base y al mejor postor. Quien resulte comprador, deberá abonar en dinero efectivo en el acto del remate, el 10% a cuenta del precio y la comisión de ley del martillero, 3%. El adquirente deberá efectivizar el pago del saldo de precio indefectiblemente dentro de los 5 (cinco) días de aprobada la subasta, mediante depósito en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Agencia Tribunales. Caso contrario, devengará un interés a la tasa que se estableció en la sentencia dictada en autos, desde la fecha de la subasta hasta su efectivo pago. Asimismo deberá constituir domicilio en jurisdicción del juzgado como así también indicar número de documento de identidad, estado civil y domicilio real, bajo apercibimiento de dar por notificadas las sucesivas providencias en la forma y oportunidad previstas por el art. 37 del C.P.C. y C. Hágase saber que en el supuesto de compra en comisión se deberá dejar constancia en el mismo acto del remate, del nombre y domicilio de la persona para la que se adquiere el bien (comitente) debiendo ser ratificado en escrito firmado por ambos, dentro del plazo de cinco días de aprobado el remate, bajo apercibimiento de tenérselo por adjudicatario definitivo. Si se tratare de una sociedad, deberá acompañar estatutos y poder para comprar. Para el caso que el adquirente planteare la nulidad de la subasta, deberá integrar el saldo de precio a las resultas de la decisión sobre el planteo nulifica tono. Publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL, Hágase saber que de corresponder el pago del IVA —que no está incluido en el precio- será a cargo del comprador y se depositará en el acto del remate en cuenta judicial del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Agencia Tribunales, para estos autos y a la orden de este juzgado. Que, aprobada el acta de remate, deberá depositar el saldo de precio en efectivo en moneda legal vigente (pesos), bajo los apercibimientos establecidos en el art. 497, primer párrafo del C.P.C. y C. Se hace saber que los impuestos y tasas son a cargo del comprador a partir de la aprobación de la subasta y que el mismo deberá hacerse cargo de los gastos que irrogue la inscripción del dominio a su nombre.- El inmueble a subastar es: Una fracción ubicada en esta ciudad de Santa Fe, con frente a la calle Balcarce 2193 y Belgrano 3398 a los setenta y cinco metros cincuenta y cinco centímetros de la intersección con calle General Las Heras, se describe como LOTE A con las siguiente medida superficies ángulos y linderos: mide en su lado norte once metros treinta y cuatro centímetros, línea AB, por donde linda con calle Balcarce, su lado Sur mide once metros con veinte centímetros, línea DC, y linda con Rodolfo R. Preciado , su costado Este nueve metros treinta y tres centímetros, línea BC, linda con Sonia Angela P de Guardia y su lado oeste nueve metros con cincuenta centímetros línea DA, linda con calle Belgrano. Superficie polígona ABCDA, ciento seis metros once decímetros cuadrados. Sus ángulos los siguientes puntos A 89º4´24”, su punto B 90º04´36” su punto C 90°47´10” y su punto D 90°03´50”, posee ochava sobre la intersección de las calles Belgrano y Balcarce con las siguientes medidas cateto lado Oeste cinco metros cateto lado norte cinco metros ocho centímetros, hipotenusa siete metros siete milímetros sobre la superficie destinada a ochava existe servidumbre de no construir a favor de la Municipalidad de Santa Fe. (ord 6628/72).-UNIDAD FUNCIONAL U2- POLIGONO 01-01. PLANTA PRIMER PISO. De titularidad en condominio y partes iguales de María Cecilia Garro, José Andrés Garro y Gabriel Alejandro garro, Propiedad Exclusiva: Unidad Principal sesenta y cuatro metros veinte decímetros cuadrados. Total Propiedad exclusiva: sesenta y cuatro metros veinte decímetros cuadrados. Propiedad Común: De uso exclusivo, cubierta: cuatro metros veintidós decímetros cuadrados. De uso común, cubierta: doce metros noventa y seis decímetros cuadrados. Descubierta, cinco metros cuadrados. Total propiedad común: veintidós metros dieciocho decímetros cuadrados. . Total superficie cubierta y semicubierta: ochenta y un metros treinta y ocho decímetros cuadrados. Porcentaje según valor: treinta y cuatro por ciento (34%).- La unidad descripta se encuentra afectada al régimen de Propiedad Horizontal, y su Reglamento debidamente inscripto se encuentra glosado a estos autos, con sus modificaciones.- Mejoras: Se transcribe la constatación judicial realizada “Informo a SS... me constituí en la fecha en compañía de la MCP Marcia Fernández debidamente autorizada para intervenir en la realización de la presente medida en el inmueble ubicado en calle Balcarce 2193 unidad 2 piso 1. Allí fuimos atendidos por la Srta. Rechman, Ana Inés y el Sr. José Andrés Garro (propietario en un 33%) con DNI 1.932.827 a quienes impuse mi cometido dándoles integra lectura del mandamiento adjunto, accediendo al mismo. Se deja constancia que la Srta. Rechman ocupa el inmueble en carácter de inquilina y exhibe en este acto contrato de locación celebrado con la Sra. Ortenzi, Ana María LC 3.967.267 por 24 meses periodo comprendido desde feb.2024 hasta feb. 2026. (Agregado en copia a estos autos) Seguidamente se constató la existencia de una propiedad desarrollada en condominio (propiedad horizontal) con cuatro unidades independientes edificadas en planta baja, 1er. piso y 2do. piso. El dpto. en el 1er. piso cuenta con paredes revocadas y pintadas, pisos vinílicos/pvc y techos con cielorrasos de yeso. Está compuesto por living/sala de estudio/escritorio, cocina comedora diario (alacena y bajo mesada de madera), lavadero cubierto, dos dormitorios (zona con piso parket) y baño completo con bañera. El Sr. Garro manifiesta que no cuenta con el servicio de gas natural hace aproximadamente más de un año y medio. Los servicios existentes son luz eléctrica, cloacas y agua corriente. Esta unidad se encuentra en muy buen estado de conservación en general, presenta algunas manchas en el techo de aparente humedad. Los inmuebles colindantes son sobre calle Belgrano con numeración catastral 3392 y sobre calle Balcarce con numeración catastral 2183/2 181. Se ubica a una cuadra al sur de Boulevard Pellegrini, al frente con orientación flor-oeste, zona totalmente desarrollada comercialmente con distintas actividades (se destacan los negocios gastronómicos entretenimientos), viviendas en altura (e negocios pavimentada. Es todo cuanto puedo informar. Gravámenes: NO POSEE Embargos: NO POSEEE.- Partida Inmobiliaria n° 10-11-06-127786/0001-7, Deuda: API Impuesto Inmobiliario NO POSEE DEUDA, Municipalidad NO POSEE DEUDA; Aguas Santafecinas NO POSEE DEUDA. Los títulos y de demás constancias se encuentran agregados a los autos, no admitiéndose reclamo alguno por falta o insuficiencia de los mismos. Lo que se publica a los efectos legales en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Fdo.: Dra. María Romina Kilgelmann (Jueza) - María Ester Noé de Ferro (Secretaria). Mas informes en Secretaría del Juzgado o al martillero en su oficina de calle San Lorenzo N° 1533, Tel.: (0342) – 156 142463, Santa Fe. Santa Fe, 5 de Agosto de 2024. María Ester Noé de Ferro (Secretaria).

$ 700 524808 Ag. 9 Ag. 13


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VERA

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA



POR

RICARDO ADRIAN MUSSO


Por diposición de la Sra. Jueza, Titular del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE DISTRITO N° 13 - VERA, SANTA FE, se hace saber que en los autos caratulados: "ORTIZ RODOLFO DANIEL c/CORREA JORGE RAUL s/LABORAL", Expte. N° 139 año 2001 CUIJ: 21-25195981-9, se ha ordenado que el Martillero Publico Ricardo Adrián Mussó, Mat. N 929, proceda vender en Pública subasta el día 14 de agosto del año 2024 a las 10 hs., o el día hábil siguiente si aquel resultare feriado. En el juzgado comunitario de las pequeñas causas de la ciudad de Calchaquí. El inmueble ubicado en calle Roque Sáenz Peña 1707 esquina Salta de la ciudad de Calchaquí, designada con el solar "A" de la manzana N° 82, compuesta de doce metros cincuenta centímetros de frente al oeste e igual contra frente al este por veinticinco metros en sus costados norte y sud, totalizando una superficie de TRESCIENTOS DOCE METROS CINCUENTA DECÍMETROS CUADRADOS Y linda al sud, con lote “1B", al este, con propiedad de Miguel Ángel Figueroa y otra, al Norte calle Salta y al Oeste, calle R.S. Peña. El Inmueble inscripto bajo partida inmobiliaria N.º 02-05-00-006627/000-2, N.º 068431 - F° 1010 - T° 0l54; saldrá a la venta con la base del avalúo fiscal, que asciende a la suma de $ 8.535,54; sino hubiere ofertas por la base, se ofrecerá en 2da. Subasta con retasa del 25%, y luego sin base y al mejor postor (art. 496° del CPCCSF). El Registro General de la Propiedad Informa que el inmueble está inscripto con el Tomo 0154, Folio: 1010, Numero: 068431. Registra medida cautelar de estos mismos autos anotados con el nro.: 210061, por un monto de $ 26.840,02). La API Informa: que el inmueble Partida Inmobiliario n° 02-05-00-006627/0000-2, registra deuda por $ 11474,33. La Municipalidad de Calchaquí informa que el inmueble partida inmobiliaria 02-05-00-006627/0000-2, Padrón Municipal N° 1366U, registra deuda por $ 101,009,74 en concepto de Tasa General de Inmuebles Urbanos y $ 208.056,83 en concepto de obra Red Sanitaria, haciendo un total de $ 309.066,57. De la Constatación Judicial: el Juez Comunitario dice: me constituí en el domicilio Indicado de calle Roque Sáenz Peña 1707 de esta ciudad, donde fuí atendido por una persona que dijo llamarse Correa Gonzalez Raúl, DNI: 32.076.994, a quien impuse de mi cometido dándole fiel e íntegra lectura del presente oficio de constatación. Seguidamente e invitado a ingresar a la vivienda, se constata lo siguiente: Se accede a la misma por una puerta ubicada sobre calle Roque Sáenz Peña, posee un living-comedor de unos 8 metros de largo por 4 metros de ancho, el piso es de cerámico con paredes revocadas y pintura en precario estado de mantenimiento. Contiguo al living-comedor, dividida por una pared se observa una cocina de unos 2 por 3 metros aproximadamente. Hacia el cardinal norte e ingresando por una puerta existen dos habitaciones de unos 3 x 3 metros aproximadamente, ciclo raso de madera y pisos cerámicos, un baño instalado con azulejos y piso de cerámicos. La propiedad se encuentra asentada sobre un terreno de 25 mts. De largo por 12 metros de ancho aproximadamente. Hacia el lado que linda con calle Salta, el perímetro de la propiedad se encuentra cerrado con tejido y el atendiente nos manifiesta que antes existía un tapial que se derrumbó hace unos meses también se observa un portón por el que se accede al patio de la vivienda. La propiedad se encuentra sobre calles asfaltadas, posee los servicios de luz eléctrica, agua y cloacas. Se deja constancia que la propiedad se encuentra en regular a mal estado de conservación. Se deja constancia que en la propiedad habitan el atendiente junto a su esposa y tres hijos, según nos manifiesta. Finalizada la medida no firman Correa González Raúl ni el martillero por no considerarlo necesario. Es todo lo que tenemos por informar. Conste. CONDICIONES DE VENTA: Adjudicado el bien, en el acto se abonara sin excepción el 10% del precio obtenido, la comisión del Martillero del 3% con más los impuestos nacionales y provinciales que correspondan (I.V.A., Impuesto a la transferencia de Bienes, etc). El saldo de precio se abonara una vez ejecutoriado el auto aprobatorio de la subasta e intimado formalmente a su pago, dentro del término de treinta días. Si no se depositara el saldo en el plazo acordado, se dará por decaído el derecho a su adjudicación, siendo responsable de los perjuicios que provoque, con pérdida de lo abonado a cuenta del precio. Serán a cargo del comprador los impuestos, tasas, contribuciones de mejoras o servicios que graven al inmueble a partir del remate. Sí la persona adjudicada compra en comisión, deberá denunciar su comitente para su constancia en el acto de subasta y este último deberá aceptar la compra formalmente en el término de cinco días de la fecha de remate, bajo apercibimiento de tener al comisionado como adquirente. Se hace saber al que resulte adquirente, que deberá conformarse con los títulos y demás constancias de autos y que luego del remate no será admisible reclamación alguna por insuficiencia de ellos (art. 494 inc. 3 ° del CPCCSF). Previo a inscribirse se actualizara el Informe al Registro General a los efectos del art. 506 del CPCCSF si correspondiere. Publíquese edicto por el termino de ley, Boletín Oficia y Puertas del Juzgado. Consulta: Martillero Musso Ricardo Tel. 03483 15440458 - Juan de Garay 1863 - Vera (Santa Fe).

$ 550 524813 Ag. 09 Ag. 13