REGISTRADA BAJO EL N.º 14274
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Autorizase al Poder Ejecutivo a donar a la Comuna de Arroyo Ceibal, departamento General Obligado, los siguientes inmuebles de su propiedad; según Plano N° 21149 del año 1956: LOTE 1: Superficie del terreno 8.000 m2; inscripto en el Registro de la Propiedad al Tomo 89P, Folio 547, Número 50764, de fecha 30/08/1957; Partida de Impuesto Inmobiliario N.º 03-14-00516935/0011. Con destino al funcionamiento del actual Polideportivo Comunal; LOTE 2: Superficie del terreno 8.000 m2, inscripto en el Registro de la Propiedad al Tomo 89P, Folio 547, Número 50764, de fecha 30/08/1957; Partida de Impuesto Inmobiliario N° 03-14-00-516935/0005. Con destino al actual emplazamiento de la plaza General San Martín de la Comuna; LOTE 3: Superficie del terreno 1,0000 Ha, inscripto en el Registro de la Propiedad al Tomo 89P, Folio 547, Número 50764, de fecha 30/08/1957; Partida de Impuesto Inmobiliario N° 03-14-00-516935/0025. Con destino al actual emplazamiento del Cementerio Comunal; y según Plano N° 127124 del año 1997: LOTE 4: Superficie del terreno 439,44 m 2 , inscripto en el Registro de la Propiedad al tomo 89P, Folio 547, Número 50764, de fecha 30/08/1957, Partida de Impuesto Inmobiliario N° 03-14-00-516935/0100. Con destino al actual emplazamiento del predio de maestranza comunal; y según Plano N° 21149 del año 1957: LOTE 5: Superficie del terreno 3.560,56 m 2 , inscripto en el Registro de la Propiedad al Tomo 89P, Folio 547, Número 50764, de fecha 30/08/1957, Partida de Impuesto Inmobiliario N° 03-14-00-516935/0101. Con destino al actual emplazamiento del Edificio Comunal y Salón de Usos Múltiples.
ARTÍCULO 2.- Las donaciones efectuadas deben corresponderse con los cargos especificados para cada inmueble según lo establecido en el artículo precedente.
ARTÍCULO 3.- Facúltase al Poder Ejecutivo a realizar las erogaciones presupuestarias que demande la implementación de las disposiciones presentes.
ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, EL DÍA VEINTISIETE DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.
CLARA GARCIA
PRESIDENTA
CÁMARA DE DIPUTADAS
Y DIPUTADOS
FELIPE MICHLING
PRESIDENTE PROVISIONAL
CÁMARA DE SENADORES
MARIA PAULA SALARI
SECRETARIA PARLAMENTARIA
CÁMARA DE DIPUTADAS
Y DIPUTADOS
AGUSTIN C. LEMOS
SECRETARIO LEGISLATIVO
CÁMARA DE SENADORES
SANTA FE, Cuna de la Constitución Naciona1, 26 JUL. 2024
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.
Fabian Lionel Bastía
Ministro de Gobierno E
Innovación Pública
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