picture_as_pdf 2024-07-17

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO


RESOLUCIÓN Nº 1993


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional” 16 JUL 2024


VISTO:

El Expediente Nº 15201-0096605-5 y su agregado Nº 15201-0140149-2 del Sistema de Información de Expedientes; y


CONSIDERANDO:

Que ha sido detectada una situación de irregularidad respecto la Unidad Habitacional identificada como: VIVIENDA Nº 08 – (Rodolfo Romero Nº 954) - (3D) - Nº DE CUENTA 3041-0008-8 - PLAN Nº 3041 - 40 VIVIENDAS - TOSTADO - (DPTO. 9 DE JULIO), cuyos adjudicatarios son los señores GAITAN, OMAR RENÉ y CORONEL, MIRIAM DEL VALLE, según Boleto de Compra-Venta de fs. 12, consistente en falta de pago y ocupación del bien;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen Nº 134223 (fs. 95/96) manifiesta que la Dirección General de Servicio Social corrobora que en la unidad no residen los adjudicatarios dado que le vendieron la vivienda al grupo familiar de la señora Lezcano, Francisca Aurelia Rita del Rosario y sus hijos;

Que del estado de cuenta glosado a fs. 93 se desprende abultada deuda;

Que se encuentra probado que los adjudicatarios no ocupan la unidad, por lo tanto se configura claramente la situación de abandono de la vivienda y debe recordarse que el “deber de ocupación” constituye una obligación jurídica de cumplimento forzoso que no solo deriva de la reglamentación aplicable vigente, sino también del boleto oportunamente suscripto con los beneficiarios;

Que de igual manera se observa que existe deuda y debe recordarse que si bien este especial régimen habitacional esta destinado a familias de escasos recursos económicos, se asienta en un criterio solidario del recupero de lo invertido, para facilitar el acceso a la vivienda de otras familias;

Que tal como se presenta el caso en el que se ignora el domicilio de los notificados, a los efectos de la notificación del acto deviene aplicable la forma que contempla el Decreto Nº 4174/15, es decir, la notificación por edictos que se publicarán en el Boletín Oficial, Artículos 21 inc. c) y 29. Mediante este procedimiento se estará garantizando a los administrados su derecho de defensa;

Que consecuentemente, con las probanzas apuntadas, dicha Asesoría Jurídica aconseja disponer mediante resolución la rescisión contractual y la desadjudicación de los señores Gaitan, Omar Rene y Coronel, Miriam del Valle, por la transgresión a los Artículos 34 y 39 inc. b) 4- del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso y cláusulas ccdtes. del Boleto de Compraventa. En el mismo decisorio se dispondrá el recupero de la unidad mediante el procedimiento previsto en el Artículo 27 de la Ley Nacional Nº 21.581, a la que adhiere la Provincia por Ley Nº 11.102. En el acto administrativo a dictarse se hará saber a los particulares el derecho a interponer recurso y el plazo para hacerlo conforme a la normativa vigente. Notificar el decisorio en el domicilio contractual y por edictos conforme Artículos 21 inc. c) y 29 del Decreto Nº 4174/15, debiendo la Dirección General de Despacho verificar la efectiva publicación, agregando la constancia correspondiente;

Por ello y de conformidad a las facultades conferidas por el Artículo 8vo.

de la Ley 6690;


EL DIRECTOR PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

Resuelve:


ARTICULO 1º: Desadjudicar la Unidad Habitacional identificada como: VIVIENDA Nº 08 – (Rodolfo Romero Nº 954) - (3D) - Nº DE CUENTA 3041-0008-8 - PLAN Nº 3041 - 40 VIVIENDAS - TOSTADO - (DPTO. 9 DE JULIO), a los señores GAITAN, OMAR RENÉ (D.N.I. Nº 17.114.161) y CORONEL, MIRIAM DEL VALLE (D.N.I. Nº 21.421.199), por transgresión a los Artículos 34 y 39 inc. b) 4- del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso y cláusulas concordantes del Boleto de Compra-Venta oportunamente suscripto, el que se da por rescindido y por modificada en tal sentido la Resolución Nº 0136/98.-

ARTICULO 2º: En caso de no producirse la restitución pacífica del bien inmueble, previa individualización por el Área Social, del grupo familiar que propicie como adjudicatario de la vivienda a recuperar, autorizar a la Jefatura de la Dirección General de Asuntos Jurídicos para que personalmente o a través del profesional que este designe y por aplicación del Artículo 27 de la Ley 21.581 homologada por Ley Provincial Nº 11.102 que expresa:

Quedan facultados los Organismos por medio de los que se hubieran ejecutado o ejecuten programas habitacionales financiados con recursos del FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA, para requerir y obtener el auxilio de la fuerza pública, y éstas obligadas a prestarlo, con el objeto de posibilitar la ejecución inmediata de todas las cláusulas insertas en los boletos de compra-venta, contratos de préstamo de uso o comodato y actos de entrega de tenencia precaria / aprobados por la SECRETARIA DE ESTADO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA que suscriban con los beneficiarios de las viviendas. En tal sentido el auxilio de la fuerza pública podrá ser requerido, también, para producir el lanzamiento de aquellos que hubieren ocupado las viviendas, edificios, construcciones o terrenos, sin estar autorizados para ello por autoridad competente.- Asimismo, para la ejecución de las hipotecas que pudieran constituir a su favor, dichos organismos tendrán la posibilidad de instrumentar el mismo procedimiento que tiene establecido en sus operatorias el BANCO HIPOTECARIO NACIONAL.-

proceda a tomar los siguientes recaudos:

* Remitir un oficio a la seccional de la jurisdicción para que preste el auxilio de la fuerza pública a los fines del desalojo y debida toma de posesión del inmueble.-

* Actuar como oficial del desalojo, con facultad de utilizar cerrajero que proceda a la apertura del acceso a la vivienda, cambio de cerradura y realizar cualquier otra medida que sea conducente para facilitar el cometido.-

ARTICULO 3º: Al efecto de cumplimentar con lo normado por la Ley Nº 12071 se transcribe a continuación el Decreto Nº 4174/15 en sus partes pertinentes- “ARTICULO 42: El recurso de revocatoria podrá interponerse contra cualquier decisión dictada por autoridad pública, en ejercicio de función administrativa, por aquel que acreditare ser titular de derechos subjetivos públicos, intereses legítimos o derechos de incidencia colectiva. El recurso deberá interponerse ante la autoridad administrativa que dictó el acto objeto de impugnación. El plazo para interponer el recurso será de diez (10) días contados a partir de la notificación del decisorio. El recurso de revocatoria podrá interponerse también contra cualquier decisión que dicte la máxima autoridad de los entes descentralizados autárquicamente. La impugnación podrá fundarse en razones de ilegitimidad como de oportunidad, mérito o conveniencia.- ARTICULO 54: El recurso de apelación procede contra las decisiones de las autoridades administrativas de la Administración Centralizada o de las máximas autoridades de los entes descentralizados autárquicamente que resuelvan recursos de revocatoria y puede ser interpuesto por los interesados alcanzados por el acto en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde la notificación respectiva, pudiendo también interponerse subsidiariamente con el recurso de revocatoria. Podrá fundarse en razones de ilegitimidad como de oportunidad, mérito o conveniencia.- ARTÍCULO 58: Podrán interponer este recurso (jerárquico) por ante el Poder Ejecutivo quienes consideren que los órganos competentes de la Administración Centralizada o de los entes descentralizados autárquicamente han denegado tácitamente un derecho postulado o incurrido en retardación indebida en dictar la resolución, siempre que haya estado precedido del correspondiente pedido de pronto despacho.-....”.-

ARTICULO 4º: El presente decisorio se notificará en el domicilio contractual y por edictos conforme Artículos 21 inc. c) y 29 del Decreto N° 4174/15.-

ARTICULO 5º: Regístrese, comuníquese y archívese.-

S/C 43338 Jul. 17 Jul. 19

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POLICIA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE


UNIDAD REGIONAL II – ROSARIO

SECCION SUMARIOS ADMINISTRATIVOS


EDICTO


La Sección Sumarios Administrativos U.R.II, de la Policía de la Provincia de Santa Fe, hace saber por el presente Edicto según aplicación del Artículo 21 inciso c) del Decreto 4174/15; el siguiente decisorio:

CEDULA DE EMPLAZAMIENTO

Rosario, 16 de Julio de 2024.-

SEÑORA: Suboficial de Policía NI. 676.012 – BARBARA ENCCINA.-

Cumplo en llevar a su conocimiento que en esta Sección Sumarios Administrativos U.R.II se instruyen actuaciones administrativas, registradas bajo el Nº 594/22 S.A. , ordenadas por el entonces Señora Jefa de la Policía de la Provincia, a tenor de lo normado en el Art. 37 inc. a) del R.S.A., que se le siguen ante esta esfera; en la cual la instrucción administrativa a dispuesto lo siguiente:

Y VISTOS: ………………….. CONSIDERANDO: …………………………….RESUELVO 1) Art. 1º)ATRIBUIR RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA formulando imputación de la falta prevista en el Artículo 43 inciso f) de la Ley Provincial Nro. 12.521/06 – Decreto Reglamentario 461/15-, a la Suboficial de Policía NI. 676.012 – BARBARA ENCINA, sin perjuicio de ampliarse el plexo imputativo en caso de que eventuales elementos lo hicieren menester.-Art. 2º)EMPLAZAR al imputado a los fines del Articulo Nº 40 del Reglamento para Sumarios Administrativos, aplicando supletoriamente, lo previsto en el Artículo 21 inciso “c” del Decreto 4174/15.-

Ello en relación al informe confeccionado por las autoridades de la Central de Emergencia 911 Rosario, labrado en fecha 22-03-22, mediante el cual dio cuenta de su incomparencia a ser notificada al reintegro a tareas especificas desde el 26-02-22 al 23-05-22.

En consecuencia deberá comparecer Usted por ante esta Sección Sumarios Administrativos U.R.II, el día 25-07-24 a las 10:00 horas bajo apercibimiento, en caso de incomparencia sin causa justificada, de ser declarado en rebeldía de acuerdo a lo normado en el Art. 41 del R.S.A..-

Queda debidamente notificada de la resolución que antecede, haciéndosele saber que esta Sección se halla ubicada en calle Av. Ovidio Lagos 5250, de la ciudad de Rosario, Teléfono 0341-4657348.

Artículo 40 del R.S.A. “El instructor debe emplazar al responsable y recibirle declaración con referencia a los hechos cuya autoría se le atribuye”.

Artículo 41 del R.S.A. “Si el responsable no comparece dentro del término del em­plazamiento sin causa justificada, se continuará el trámite del sumario previa declaración de su rebeldía, la que será notificada por cédula al interesado”.

Firmado: Pablo E. Leguizamón,

Comisario, Jefe de Sumarios Administrativos,

Policía de la Provincia de Santa Fe.-

S/C 43341 Jul. 17

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MINISTERIO DE IGUALDAD Y DESARROLLO HUMANO


DIRECCIÓN PROVINCIAL DE REGULARIZACIÓN DOMINIAL


Por disposición de la Coordinación Ejecutora Provincial para la REGULARIZACIÓN DOMINIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - Ley Nacional 24.374 y su modif. Decr. Prov. 1178/09, se cita, se llama y emplaza para que comparezcan por ante esta dependencia ubicada en calle Salta Nº 3211 de la ciudad de Santa Fe; 27 de febrero 2289 de la ciudad de Rosario; SAN MARTIN Nº1029 - de ciudad de Reconquista; dentro del término de treinta (30) días hábiles y bajo apercibimientos de ley, a fin de que deduzcan formal oposición si correspondiere, en los términos del art. 6 inc. d) de la Ley mencionada, lo que+ se publica a sus efectos en el Boletín oficial y el diario local de la ciudad de Santa Fe (“El Litoral”) en fecha jueves 18 y viernes 19 de julio de 2024, a las siguientes personas:


DEPARTAMENTO CASTELLANOS:LOCALIDAD RAFAELA


01.Dentesano viuda de Amongero Rosa Trinidad- , Matrícula individual, LC:6328.808, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ÁNGEL MARINI N°450 (BARRIO VILLA DOMINGA) de la localidad de RAFAELA, identificado como lote 1-Polígono A,B,C,D,E,A manzana 24-Concesión 234 plano N°249.084/2022, Partida inmobiliaria N°08-24-02-049304/0008-2 inscripto el dominio al T° 253 I F°2.195 N°88.958 año1.979 ,Departamento CASTELLANOS, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE , expte. 01501-0119027-1, iniciador:MEDINA OFELIA.


02.Asociación Mutual de Viviendas Coprovi-, Matrícula individual, Cuit:30-99900902-2, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:LERMO RAFAEL BALBI N°2265(BARRIO VIRGEN DEL ROSARIO)de la localidad de RAFAELA, identificado como lote 203 manzana 11 plano N°202.505/2017, Partida inmobiliaria N°08-24-02-548500/0419-4, inscripto el dominio al T°367 P F°181 N° 3.593 AÑO 1.995, Departamento CASTELLANOS, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0117453-8, iniciador: GONZALEZ SILVIO RAUL.


DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO:LOCALIDAD RECONQUISTA


03.Dalla Fontana Héctor Daniel Carlos,Menini José Luis-, Matrícula individual,LE:6.194.128-LE:2.259.275, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:BOULEVAR LOVATO N°320(BARRIO SARMIENTO) de la localidad de RECONQUISTA, identificado como lote 6 manzana ”F” plano N°106.168/1.984, Partida inmobiliaria N°03-20-00-610883/0034-8, inscripto el dominio al T°129 P F°955 N°24.447 AÑO 1.976, Departamento GENERAL OBLIGADO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0120879-8, iniciador:QUIROZ MARCOS


LOCALIDAD AVELLANEDA


04.Stechina de Viuda de Venturini Maria Mercedes-, Matrícula individual, DNI:2.411.752, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: 118 N° 849(BARRIO BELGRANO) de la localidad de AVELLANEDA, identificado como lote 21 manzana 21-O plano N°131.549/2000, Partida inmobiliaria N°03-19-00-017845/0163-2, inscripto el dominio al T° 204 P F°87 N°4.950 AÑO 1.997, Departamento GENERAL OBLIGADO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0099770-7 iniciador:PAGNUTTI ANGELA ROSA.


DEPARTAMENTO SAN JUSTO:LOCALIDAD SAN JUSTO


05.Orsi Juan e Hijos Limitada Sociedad Anónima, Matrícula individual, DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:Lapacho N°2836 (BARRIO ORSI)de la localidad de SAN JUSTO, identificado como lote 27 manzana “F” plano N°17.962/1.955, Partida inmobiliaria N°06-11-00-030431/0300-2, inscripto el dominio al T° 81 F°602 N°50.251 AÑO 1.951 , Departamento SAN JUSTO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0117975-1, iniciador:CACERES PORFIRIO RAMON .


DEPARTAMENTO LAS COLONIAS:LOCALIDAD PROGRESO


06.Sangalli Gregorio Edelmiro,Sangalli Antonio Ernesto,Sangalli Francisco Benito,Sangalli Raimundo o Reymundo,Sangalli Pedro,Mengratti de Sangalli Isaia Jesefa,Sangalli Juan Carlos-, Matrícula individual, LE:2.397.002, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:ZONA RURAL N°S/N (BARRIO ) de la localidad de PROGRESO, identificado como lote 1-Polígono(ABCDA) manzana S/N plano N.º Duplicado 773/2015, Partida inmobiliaria N°09-09-00-584853/0000-5, inscripto el dominio al T° 98 I F° 172 N°10.953 AÑO 1.946 T°98 I F°172 N°61.366 AÑO 1.949 T°98 I F°172 N°113.568 AÑO 1.981 T98 P F°462 N°25.296 AÑO 1.946, Departamento LAS COLONIAS, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0094246-4, iniciador:LEZCANO GLADYS ESTHER .


DEPARTAMENTO LA CAPITAL:LOCALIDAD SANTA FE


07.LOS ESPOSOS DE PRIMERAS NUPCIAS Berta Orlando Alberto, Banni de Berta Elena Isabel-, Matrícula individual, DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:PASAJE INGENIEROS N°6583(BARRIO JARDÍN MAYORAZ) de la localidad de SANTA FE, identificado como lote 1 Polígono ABCDEFGHIA manzana 6929 “O” plano N°266.352/2023, Partida inmobiliaria N°TEMPORAL 10-11-05-125984/0057-9, inscripto el dominio al T° 289 I F°6 N°35 AÑO 1.970, Departamento LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0120542-5, iniciador:EIER ROBERTO DARIO.


08.Farias Nestor Alfonso, Ferraris Carlos Francisco, Knieper de Berraz Montyn Lydia-, Matrícula individual, DNI:4.881.295, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:VENEZUELA N°10.323 (BARRIO ENTRADA NORTE) de la localidad de SANTA FE, identificado como lote 31 manzana G plano N°4.991Municipal/1.958,Partida inmobiliaria N°10-11-06-133789/1674-4, inscripto el dominio al T°203 P F°501 N°12.004 AÑO 1.957 T°218 I F°1.811 N°43.971 AÑO 1.959 , Departamento LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0115084-8, iniciador: LEZCANO MONICA JUDITH


LOCALIDAD SANTO TOME


09.Cocuzza Mirtha Guadalupe,Cocuzza Nidia Graciela-, Matrícula individual, DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:CENTENARIO N°3467/ ANTES 3411 (BARRIO BRIGADIER LOPEZ) de la localidad de SANTO TOME, identificado como lote 1 manzana 3419”B” plano N°84.586/1.977, Partida inmobiliaria N°10-12-00-142886/0637-7, inscripto el dominio al T°206 P F°2.305 N°23.712 AÑO1.985 , Departamento LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0092800-6, iniciador:ESQUIVEL EFRAIN ORLANDO .


10.Scarafia Nestor Raul,Manzi Vicente,Amdtutz Matias Seguismundo-,Matrícula individual,LE:2.799.753-LE:2.776.418-LE:4.210.355, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: TUCUMÁN N.º 3015(BARRIO SARMIENTO) de la localidad de: SANTO TOME, identificado como lote 4 manzana 1.330”E” plano N.º 88.255/1.977 ,Partida inmobiliaria N° 10-12-00-142700/0036-7, inscripto el dominio al T° 357 P Fº4.096 N°32.056 AÑO 1.977 , Departamento LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0119492-3,iniciador:MOREYRA EMILIO RAMÓN.

S/C 43335 Jul. 17 Jul. 19