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DECRETO N° 0848


SANTA FE. "Cuna de la Constitución Nacional". 19 de junio de 2024


VISTO:

El Expediente N° 00701-0146037-3 del registro del Sistema de Información de Expedientes mediante el cual la Subsecretaría de Energías Renovables y Eficiencia Energética del Ministerio de Desarrollo Productivo inicia la gestión tendiente a la creación del Programa “Academia de las Energías”, y;


CONSIDERANDO:

Que en el marco de las acciones de capacitación destinadas a profesionales, técnicos, instaladores, personas con oficios afines y estudiantes secundarios, las formaciones técnico-profesionales de nivel terciario y universitario, los cursos para docentes de escuelas técnicas y las campañas de difusión orientadas a la comunidad en general sobre dimensionamiento, funcionamiento, instalación, operación y beneficios socioambientales de los sistemas de aprovechamientos de diferentes fuentes renovables de energía impulsadas y llevadas adelante por la ex Secretaría de Estado de la Energía y por el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático, el Ministerio de Desarrollo Productivo de la Provincia de Santa Fe, a través de la Secretaría de Energía, ha trazado como una de sus líneas estratégicas de trabajo la elaboración del Programa “Academia de las Energías” para dar continuidad a las acciones de capacitación en aprovechamiento de las energías renovables disponibles en el territorio santafesino;

Que el programa encuentra su fundamento en considerar a la energía como un sector clave para el desarrollo y crecimiento de la Provincia de Santa Fe, en la búsqueda de la descentralización de la generación energética y la generación de nuevos puestos de trabajo, y a su vez de aprovechar el gran potencial de desarrollo de las fuentes propias de energías renovables que posee la provincia, la gran cantidad de usuarios-generadores de energía eléctrica existentes (la mayor de nuestro país) y las numerosas empresas y emprendimientos relacionados con la producción de energías radicadas en territorio santafesino;

Que en este sentido y a los fines de poder mejorar el alcance y dar respuesta a la creciente demanda en este tipo de formación técnico-profesional, a la vez de complementar la oferta de capacitaciones mencionadas, es que se propone la actualización de la plataforma educativa denominada "Academia de las Energías", integrada al Programa “Aprender, Producción y Trabajo”, la que reunirá y ampliará la oferta disponible, incorporando la modalidad virtual y semi-presencial, lo cual posibilitará una mayor cantidad de participantes. Esta plataforma se articulará a través de dos ejes principales: "Capacitaciones", por un lado, y "Energía para la Comunidad", por el otro;

Que por Ley Nº 14224 se estableció que el Ministerio de Desarrollo Productivo tendrá entre sus competencias "Entender en el fomento de la participación de los particulares en materia de generación, cogeneración y aprovechamiento de los distintos recursos energéticos, tanto convencionales como no convencionales, renovables y no renovables, como así también de nuevas fuentes energéticas";

Que consta en autos la intervención e impulso de la presente gestión por parte de la Secretaría de Energía del Ministerio recurrente;

Que el Ministro de Desarrollo Productivo ha tomado intervención impulsando la continuidad del trámite;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Despacho del Ministerio de Desarrollo Productivo ha dictaminado favorablemente para la continuidad de la gestión;

Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas al Poder Ejecutivo en base a lo dispuesto por el Artículo 72 de la Constitución de la Provincia;

POR ELLO:


EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:


ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Programa “Academia de las Energías” destinado al diseño e implementación de capacitaciones vinculadas al aprovechamiento y los beneficios sociales, ambientales y económicos de las fuentes de energías renovables disponibles en el territorio santafesino, el cual se regirá conforme el Anexo Único que forma parte integrante del presente.

ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

PULLARO

Lic. Gustavo José Puccini

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