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DECRETO N° 0774


SANTA FE. "Cuna de la Constitución Nacional", 12 de junio de 2024


VISTO:

El expediente Nº 00201-0267233-4, del registro del Sistema de Información de Expedientes - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD, en cuyas actuaciones la Subsecretaría de Formación y Carrera Policial del Ministerio de Justicia y Seguridad gestiona la rectificación del Artículo 2º del Decreto Nº 0328 de fecha 14 de marzo de 2024; y


CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 0328/24 se establecieron las vacantes por grados y los Jurados para la sustanciación del Concurso de Ascenso Policial 2022, en cumplimiento de lo dispuesto por el Capítulo 5 de la Ley Nº 12521, reglamentado por Decreto Nº 1166/18;

Que la Subsecretaría de Formación y Carrera Policial del Ministerio de Justicia y Seguridad señala que lo requerido obedece a que, en el marco del Concurso de Ascenso Policial 2022, se ha verificado la posibilidad de no cubrir los cupos de las vacantes asignadas para el Escalafón Técnico; y, atento a ello, en caso de ocurrir tal situación surge la necesidad de que dichas vacantes sean cubiertas por el orden de mérito perteneciente al Escalafón General, en todas las jerarquías;

Que a tales fines se requiere la rectificación del Artículo 2º del Decreto Nº 0328/24;

Que ha tomado intervención la Secretaría de Coordinación Técnica y Administración Financiera y la Subsecretaría de Legal y Técnica, ambas del Ministerio de Justicia y Seguridad;

Que se cuenta con la opinión favorable del señor Subsecretario de Seguridad Pública de la Jurisdicción actuante;

Que por lo expuesto, y conforme al Dictamen Nº 2561/24 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y Seguridad, sin objeciones legales que formular, corresponde acceder a lo solicitado y proceder a la rectificación del Artículo 2º del Decreto Nº 0328/24;

POR ELLO:


EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:


ARTÍCULO 1º: Rectifícase el Artículo 2º del Decreto Nº 0328 de fecha 14 de marzo de 2024, el que quedará redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 2º: Prescríbase que en caso de verificarse que no se cubren la totalidad de las vacantes para los Escalafones Profesionales, Técnico y/o Servicios, las mismas serán asignadas para ser cubiertas por el orden de mérito perteneciente al Escalafón General, en todos los grados.” ARTÍCULO 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

PULLARO

Abog. Pablo Cococcioni

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