ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS
NOTA Nº 14/2024 - CG
SANTA FE, 6 de Mayo de 2024
ABRIL 2024
INMOBILIARIO 4.997.672.761,79 3,46%
INGRESOS BRUTOS 125.156.705.551,82 86,64%
APORTES SOCIALES 26.287,04 0,00%
ACTOS JURIDICOS 6.967.566.839,38 4,82%
PATENTE UNICA S/VEHÍCULOS 7.148.065.719,09 4,95%
RECURSOS VARIOS 178.885.849,30 0,12%
TOTAL MENSUAL 144.448.923.008,42 100,00%
ACUMULADA DEL AÑO 2024
PERIODO DESDE EL 01/01/2024 AL 30/04/2024
INMOBILIARIO 23.991.858.573,53 4,45%
INGRESOS BRUTOS 455.339.409.650,52 84,42%
APORTES SOCIALES 599.871.61 0,00%
ACTOS JURIDICOS 26.696.796.246,10 4,95%
PATENTE UNICA S/VEHÍCULOS 32.668.737.998,20 6,06%
RECURSOS VARIOS 682.892.079,60 0,13%
TOTAL ACUMULADO 539.380.294.419,56 100,00%
S/C 42992 Jun. 10
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AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL
RESOLUCIÓN Nº 0021
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 04 JUN 2024
VISTO:
el Expediente Nº 00201 0227652 1 del Sistema de Información de Expedientes mediante el cual la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL solicita la emisión de certificados provisorios de revisión técnica vehicular;
CONSIDERANDO:
Que las actuaciones se inician a los efectos de considerar la viabilidad de utilizar certificados provisorios de Revisión Técnica Obligatoria por parte de los talleres habilitados en la Provincia de Santa Fe, ante la eventualidad de quedarse sin stock de obleas autoadhesivas y certificados preimpresos;
Que en previsión de estas faltantes, desde la Cámara de Centros de Inspección Vehicular plantean la posibilidad de autorización el uso del llamado certificado digital para los Centros de Inspección Vehicular, para ser utilizados hasta tanto la APSV lo reemplace por certificados y obleas definitivos y/o el instrumento que en el futuro se disponga, atendiendo a la meta pública provincial de despapelización;
Que en este contexto, la Agencia Provincial de Seguridad Vial dictó la Resolución N.º 0009 del 27 de marzo de 2024 por medio de la cual prorrogó de manera excepcional y por el plazo de 360 días corridos contados desde el día 23 de marzo de 2024, la utilización de certificados provisorios para la acreditación del cumplimiento de la Revisión Técnica Vehicular, que fuera dispuesta por la Resolución N.º 004/24, aprobando el modelo que certificado provisorio que debería entregarse a tales efectos;
Que con fundamento en los pedidos y reclamos efectuados por los particulares se solicita omitir del certificado la palabra “provisorio” e incorporar la leyenda que diga:“ Este certificado se entrega en el marco de lo dispuesto por la Resolución N.º 0009/24 de la APSV”.
Que en las presentes actuaciones han intervenido la Dirección de Gestión de Sistemas Técnicos y Administrativos y la Coordinación Técnica Jurídica del Organismo, conforme a la competencia inherente a sus áreas;
Que conforme las disposiciones del Decreto Provincial N.º 869/09 y 409/13, y en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Provincial Nº 13.133;
POR ELLO:
El SECRETARIO DE LA AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º: Modifíquese el modelo aprobado por la Resolución N.º 0009/24 para la acreditación del cumplimiento de la Revisión Técnica Obligatoria y que forma parte de la presente Resolución como Anexo I.
ARTICULO 2º: Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.
S/C 42972 Jun. 10 Jun. 12