picture_as_pdf 2024-06-04

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


INFORMA

ELEVACIÓN DE PROPUESTAS


Atento a lo establecido en el artículo 24° del Decreto N° 854/16, en el concurso múltiple destinado a cubrir las vacantes de Jueces de Cámara de Apelación de Ejecución Penal y Supervisión Carcelaria, se eleva al Poder Ejecutivo la siguiente propuesta conformada con los postulantes que han superado las pautas de evaluación, según orden de mérito sugerido por el Cuerpo Evaluador: Dra. SARRIAS, Mariela, DNI N° 23964815; Clase 1974; Dr. MANFRIN, Ismael Fabian; DNI N° 17849719; Clase 1966; Dr. BUSANICHE, Pablo Osvaldo; DNI N° 17904224; Clase 1966; Dr. LÓPEZ QUINTANA, Gonzalo; DNI N° 22592287; Clase 1972; Dra. ALVAREZ, Paula Eliana; DNI N° 30689778; Clase 1984; Dr. CORIA, Rafael Hernán; DNI N° 25079362; Clase 1976; Dra. CHIABRERA, María Trinidad; DNI N° 25492102; Clase 1976; Dra. HAURIGOT, Valeria Pía; DNI N° 28770865; Clase 1981; Dr. GUEDES, Mario Javier; DNI N° 26149692; Clase 1972; Dr. SALVATIERRA, Raúl Ignacio; DNI N° 22215109; Clase 1971; Dra. MORIELLI, Agustina; DNI N° 29001116; Clase 1981; Dr. PUYRREDON, Horacio Hugo DNI N° 26731878; Clase 1978; Dra. PRUNOTTO, Luciana Beatriz; DNI N° 25648928; Clase 1977; Dr. ROUBINEAU, Rodolfo Agustin; DNI N° 22929879; Clase 1972; Dra. USANDIZAGA, Mariangeles; DNI N° 23344965; Clase 1973; Dr. BROGGI FORCLAZ, Matias Federico; DNI N° 34223787; Clase 1989; Dr. JORDAN, Gonzalo Ignacio; DNI N° 33548485; Clase 1988; Dr. MALAPONTE, Tomás Eugenio; DNI N° 25176883; Clase 1976; Dr. NIGRO, Agustin Maria; DNI N° 31649508; Clase 1985; Dra. YASIN, Paula Roxana; DNI N° 20598680; Clase 1969; Dr. CAULA, Aníbal Gerardo; DNI N° 24559656; Clase 1975; Dra. CARRARA, María Melania; DNI N° 23623633; Clase 1974; Dra. CARROZZA, María Soledad; DNI N° 29517125; Clase 1982; Dra. LUNA, Susana Estela Guadalupe; DNI N° 18602563; Clase 1967.

Dr. Santiago Mascheroni

Presidente del Consejo de Magistratura

Provincia de Santa Fe

S/C 42887 Jun. 04


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MINISTERIO DE IGUALDAD Y DESARROLLO HUMANO


DIRECCIÓN PROVINCIAL DE REGULARIZACIÓN DOMINIAL


Por disposición de la Coordinación Ejecutora Provincial para la REGULARIZACIÓN DOMINIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - Ley Nacional 24.374 y su modif. Decr. Prov. 1178/09, se cita, se llama y emplaza para que comparezcan por ante esta dependencia ubicada en calle Salta Nº 3211 de la ciudad de Santa Fe; 27 de febrero 2289 de la ciudad de Rosario; SAN MARTIN Nº1029 - de ciudad de Reconquista; dentro del término de treinta (30) días hábiles y bajo apercibimientos de ley, a fin de que deduzcan formal oposición si correspondiere, en los términos del art. 6 inc. d) de la Ley mencionada, lo que se publica a sus efectos en el Boletín oficial y el diario local de la ciudad de Santa Fe (“El Litoral”) en fecha jueves 6 Y viernes 7 de junio de 2024, a las siguientes personas:


DEPARTAMENTO:LA CAPITAL, LOCALIDAD DE SANTA FE

01.Cabral de Sanchez Zunilda Elsa,Cabral de Agostinelli Blanca Nelida(Nudas Propietarias), Cabral de Lapairada Luisa(Usufructuaria)- , Matrícula individual, LC:6.119.823, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:VERA MUJICA N°622 de la localidad de SANTA FE, identificado como lote 12”A” manzana S/N plano N°50.583/1.968, Partida inmobiliaria N° 10-11-01-099280/0001-1 inscripto el dominio al T° 334 I F°2.936 N°18.999 año 1.975 T°268 I F°1.446 N°12.571 AÑO 1.967,Departamento LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE , expte. 01501-0097277-5, iniciador:SESMA RODOLFO ARTURO.

02.Lopez Enrique Carlos, Lopez Ángela Elena-, Matrícula individual, DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:RIO GALLEGOS N.º 3841(BARRIO CHALET)de la localidad de SANTA FE, identificado como lote 7 manzana 838 Y/O “F” plano N°55.597/1.969, Partida inmobiliaria N°10-11-01-099699/0185-6, inscripto el dominio al T°178 I F°849bis N° 19.389 AÑO 1.953 T°178 F°849bis N°125 AÑO 1.966 T°178 I F°849 bis N°22.858 AÑO 1.967, Departamento LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0119211-0, iniciador:NARVAEZ ESTEBAN RAMÓN.


LOCALIDAD SANTO TOME

03.Cocuzza Mirtha Guadalupe,Cocuzza Nidia Y/O Lydia Graciela-, Matrícula individual,DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:HUGO WAST N°1987 de la localidad de SANTO TOME, identificado como lote 2 manzana 3519B plano N°84.586/1.977, Partida inmobiliaria N°10-12-00-142886/0672-0, inscripto el dominio al T°206 P F°2.305 N°23.712 AÑO 1.985, Departamento LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0094832-1, iniciador:PONCIO ALBERTO GUILLERMO.


LOCALIDAD SAN JOSE DEL RINCÓN

04.Bauza Francisco Victor, Bauza Filonilla-, Matrícula individual, LE:2.399.397 LC:1.124.431, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:SANTA ROSA KM 8 1/2 (BARRIO LA LONJA) de la localidad de SAN JOSE DEL RINCÓN, identificado como lote 1(Polígono ABCDA) de 1.914-76m² manzana S/N plano Duplicado N°1.785/2008, Partida Inmobiliaria N°10-16-00-735123/0001-6, CONCEDENTE-TEMPORAL 10-16-00-735123/0004-3, inscripto el dominio al T° 222 I F°532 N°13.157 AÑO 1.960 T°272 I F°3.107 N°28.095 AÑO 1.967 T°272 I F°3.109 N°28.096 AÑO 1.967, Departamento LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0120444-8 iniciador:ORIOLI MARIA INES .


DEPARTAMENTO VERA LOCALIDAD TARTAGAL

05.Tancar Guido Apollonio Francesco, Matrícula individual, DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:RADIO URBANO S/N de la localidad de TARTAGAL, identificado como lote letra “L” manzana 70 plano Duplicado Nº 150/1925, Partida inmobiliaria N°02-13-00-015754/0000-6, inscripto el dominio al T° 62 P F°84 N°17.496 AÑO 1.958 , Departamento VERA, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0023416-9,iniciador:SOTELO DIONICIO HECTOR .

06.Oviedo de Centurión Victoria-La Forestal Argentina Sociedad Anónima De Tierras, Maderas y Explotaciones Comerciales e Industriales” (Consta Servidumbre), Matrícula individual, DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:RADIO URBANO S/N de la localidad de TARTAGAL, identificado como lote Solar Lote “K” manzana XX(veinte) plano N°17.264/1.954, Partida inmobiliaria N°02-13-00-015800/0007-1, inscripto el dominio al T° 90 I F°428 N°48.493 AÑO 1.958, T°90 I F°429 N°48.495 AÑO 1.958, Departamento VERA, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0091911-2, iniciador:GONZALEZ MILENA MARCIA.


LOCALIDAD VERA

07.Albarracín Amalia-, Matrícula individual, LC:6.452.126, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:ROSARIO y CATAMARCA N°1194 (BARRIO MARTIN FIERRO)de la localidad de VERA, identificado como lote 1 manzana 45 plano S/N, Partida inmobiliaria N°02-02-00-554703/0000-6, inscripto el dominio al T° 64 F°21. N°2810 AÑO 1.940, Departamento VERA, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0086949-3, iniciador:AGUILAR ELFIO.


DEPARTAMENTO SAN JAVIER:LOCALIDAD SAN JAVIER

08.Miño Alejandro-, Matrícula individual, DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: SAN ROQUE N°1312 (BARRIO SAN ANTONIO) de la localidad de SAN JAVIER, identificado como lote 5 manzana S/N plano Duplicado N.º 509,Partida inmobiliaria N°04-04-00-020928/0000-9, inscripto el dominio al T°72 F°29 N° 8.695 AÑO 1.948, Departamento SAN JAVIER, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0092618-9, iniciador: BLANCHE MANUEL.


DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO: LOCALIDAD RECONQUISTA

09.Instituto Promotor de Desarrollo Habitacional(Ente Autárquico Municipal)-, Matrícula individual, DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:OBLIGADO N°2263(BARRIO CHAPERO) de la localidad de RECONQUISTA, identificado como lote 19 manzana 26D20 plano N°110.947/1.986, Partida inmobiliaria N.º 03-20-00-011106/0442-8, inscripto el dominio al T°172 P F°1.339 N°60.878 AÑO 1.987, Departamento GENERAL OBLIGADO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte. 01501-0092818-7, iniciador:ESCOBAR TERESA YOLANDA.


LOCALIDAD AVELLANEDA

10.Visintini Dora Gladys(1/5 parte indivisa corresponde al punto 1 del Título 1°citado. Cancelado el Usufructo por Minuta 14.0067-Año2018)-Visintini Alfredo Antonio(1/5 parte indivisa. Corresponde Punto 2 del Título 2° citado. Cancelado el Usufructo por Minuta 184.565-Año 2.019)-Visintini Rolando Rodolfo(1/5 parte indivisa corresponde al Punto 2 del Título 3°citado.Cancelado Usufructo por Minuta 14.067-Año 2.018)-Visintini Ana Maria(1/5 parte indivisa. Correspondiente al Punto 5 del Título 4°citado. Cancelado el Usufructo por Minuta 184.565-Año 2.019.)-Visintini Norma Isabel(1/5 parte indivisa. Corresponde al Punto 3 del Título 5° citado. Cancelado el Usufructo por Minuta 14.067-Año2.018), Matrícula individual,DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:119 N°749 de la localidad de AVELLANEDA , identificado como lote 19 manzana 27 plano N° 138.949/2.005,Partida inmobiliaria N°03-19-00-017845/0461-3 , inscripto el dominio al T° 226 I F°1.702 N°107.144 AÑO 2.003 - T°226 I F°1.707 N°107.145 AÑO 2.003 - T°226 I Fº 1.715 N°107.146 AÑO 2.003 Tº 226 I F°1.723 N°107.147 AÑO 2.003, Departamento GENERAL OBLIGADO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de SANTA FE, expte.01501-0095001-6,iniciador:PONTICELLI ONOFRE CEFERINO.

S/C 42885 Jun. 04 Jun. 06

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MINISTERIO DE IGUALDAD Y DESARROLLO HUMANO


RESOLUCIÓN Nº 000538



SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 29 MAY 2024


VISTO :

El Expediente Nº 01501-0123582-8, del Registro del Sistema de Información de Expedientes; y


CONSIDERANDO:

que mediante las presentes actuaciones se propicia la creación del “Programa Nuevos Comienzos Construyendo Autonomía Económica para la Igualdad de Mujeres y Disidencias” de conformidad con las previsiones del Anexo “A” que integra este decisorio;

que la Secretaría de Políticas de Inclusión y Abordajes Sociales de esa Cartera Ministerial señala que esta propuesta pretende generar una política pública específica tendiente a lograr la autonomía económica en mujeres y disidencias en situación de violencia de género para lograr romper con los círculos de violencia;

que la violencia de género es un flagelo social que se profundiza cada vez y en tal sentido resulta necesario e imperioso generar políticas públicas que tiendan a revertir esta situación, generando programas específicos tendientes a lograr la independencia económica de mujeres y disidencias que se encuentren en situación de violencia;

que tal como se fundamenta en las consideraciones que sustentan el presente programa, resultan alarmantes los crecientes índices de femicidio situando a la Provincia de Santa Fe como el segundo estado a nivel nacional con el registro de mayor número de femicidios;

que en tal sentido se pretende desarrollar con este Programa políticas públicas para la igualdad de género a través del otorgamiento de aportes no reintegrables para el apoyo de emprendimientos sociales;

que compete a este Ministerio entender en políticas con perspectiva de género que contribuyan a la equidad y a la superación de diversas formas de discriminación, generando programas que garanticen la igualdad de acceso en el ámbito laboral, en los términos establecidos en el Artículo 21 -Incisos 7 y 9- de la Ley Nº 14224;

que por otra parte, cabe destacar que corresponde a la Secretaría de Políticas de Inclusión y Abordajes Sociales desarrollar de modo sistemático políticas que generen equidad para lograr el acceso a oportunidades, construyendo ciudadanía y concibiendo a los sujetos como titulares de derechos y de obligaciones (Decreto Nº 73/23);

que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Igualdad y Desarrollo Humano, mediante Dictamen Nº 20194 del 30 de abril de 2024, se ha expedido al respecto;

que la Subsecretaría Legal y Técnica aconseja el dictado del presente acto administrativo en ejercicio de las facultades y competencias materiales que corresponden a esta Jurisdicción;

que por todo lo expuesto y en virtud de las disposiciones establecidas en la Ley Nº 14224 y en el Decreto Nº 073/23 y modificatorios;

POR ELLO:


LA MINISTRA DE IGUALDAD Y DESARROLLO HUMANO

RESUELVE:


ARTÍCULO 1°: Aprobar el “Programa Nuevos Comienzos -Construyendo Autonomía Económica para la Igualdad de Mujeres y Disidencias”, de conformidad con las previsiones del “Anexo A” que integra este decisorio.

ARTICULO 2: Establecer que la Secretaría de Políticas de Inclusión y Abordajes Sociales de esa Cartera Ministerial actuará como autoridad de aplicación del referido Programa.

ARTICULO 3°: Aprobar el modelo de convenio a suscribir con las beneficiarias de conformidad con el “Anexo B” que se agrega al presente acto administrativo.

ARTICULO 4°: Facultar a los titulares de la Dirección Provincial de Economía Social y a la Secretaría de Políticas de Inclusión y Abordajes Sociales, de manera indistinta, a suscribir el convenio aprobado en el artículo precedente.

ARTICULO 5: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Fdo. Tec. María Victoria Tejeda.

Ministra de Igualdad y Desarrollo Humano

Provincia de Santa Fe.


ANEXO A”


Programa Nuevos Comienzos”

-Construyendo Autonomía Económica

para la Igualdad de Mujeres y Disidencias-


1. FUNDAMENTACIÓN.

Bajo el lema de ONU Mujeres “Financiar los derechos de las mujeres para acelerar la igualdad”, desde el Ministerio de Igualdad y Desarrollo Humano a través de la Dirección Provincial de Economía Social dependiente de la Secretaria de Políticas de Inclusión y Abordajes Sociales, en coordinación con la Secretaría de Mujeres, Género y Diversidad se elabora este instrumento a fin de contribuir en las políticas para la igualdad de género.

Este plantea el otorgamiento de aportes no reintegrables para el apoyo a emprendimientos como forma de idear, diseñar y gestionar el desarrollo de proyectos de carácter productivo o de servicios por parte de mujeres y disidencias, y de este modo, sumar posibilidades de autonomía económica, fundamental para romper los círculos de violencias machistas.

La violencia de género constituye una violación de derechos humanos, y es la más clara expresión de esta desigualdad e inequidad que basada en la cultura patriarcal que la legitima, naturaliza, tolera y reproduce, afecta particularmente a las mujeres, por el solo hecho de serlo, y personas LGBTIQA+.

La persistencia de relaciones de desigualdad y la inequidad vital, son un grave impedimento al desarrollo de las comunidades y los Estados dificultando, además, el logro de objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente.

Las estadísticas indican que las poblaciones más vulneradas, en nuestra provincia como en el resto del país, están integradas mayoritariamente por mujeres y disidencias.

Por ello se afirma como viene planteando la ONU hace muchos años, que “la pobreza tiene rostro de mujer”.

Los crecientes índices de femicidio son alarmantes. En la Provincia de Santa Fe no se puede desconocer la vinculación de la violencia sexista y el crimen organizado. El narcotráfico enraizado en el territorio eleva exponencialmente la situación de peligro y vulnerabilidad de las mujeres y disidencias.

Es por todo esto que se hace imprescindible la presencia y el acompañamiento del Estado. El entramado social cada vez más complejo y con las mujeres como principales víctimas exige generar políticas públicas que permitan garantizar mayor igualdad, más inclusión e independencia económica.

En tal sentido, el Programa se constituye como una propuesta del Estado provincial destinada a acompañar procesos en los que mujeres y disidencias alcancen, a partir de oportunidades reales, autonomía económica, pudiendo construir nuevos proyectos de vida libres de discriminaciones y violencias de género.

2. OBJETIVO GENERAL.

Contribuir en los procesos de empoderamiento económico de las mujeres y disidencias, buscando de esta manera generar y fortalecer los procesos de autonomía e independencia económica.

3. OBJETIVOS ESPECÍFICOS.

-Crear y fortalecer redes de apoyo que favorezcan la inclusión socio-productiva de las mujeres y disidencias.

-Proporcionar líneas de financiamiento, capacitación y asistencia técnica que permitan el desarrollo sustentable de los emprendimientos en sus distintas etapas: gestión, producción y comercialización.

4. LÍNEAS DE ACCIÓN.

a) Financiamiento de los emprendimientos a través de las diferentes líneas de trabajo de la Dirección Provincial de Economía Social.

b) Acompañamiento a las mujeres y disidencias en el proceso de desarrollo de los emprendimientos en sus diferentes etapas.

c) Capacitación y asistencia técnica a las mujeres y disidencias en la temática de economía social, gestión, organización, producción y comercialización.

5. DESTINATARIAS.

Mujeres y disidencias que fueran atravesadas por situaciones de violencia de género.

6. OPERATIVIDAD.

La Secretaría de Mujeres, Género y Diversidad seleccionará a las potenciales beneficiarias del presente programa, abordando las situaciones de violencia en base a los dispositivos y herramientas con la que cuenta dicha Secretaría.

La Dirección Provincial de Economía Social evaluará cada situación acompañando a la persona en la confección de un proyecto según sus intereses y capacidades, como asimismo guiando el proceso de creación y desarrollo para invertir el aporte no reintegrable otorgado.

Se otorgará un aporte económico no reintegrable como recurso inicial para el comienzo del proyecto, y de manera extraordinaria en el proceso de desarrollo cuando el mismo lo requiera, fomentando la independencia económica de la beneficiaria como meta.

El mencionado aporte se instrumentará mediante un convenio de carácter personal con la beneficiaria.

La Dirección Provincial de Economía Social dictaminará sobre la razonabilidad del aporte económico a otorgar a la beneficiaria.

No se exigirá requisito de edad.

7. RECURSOS HUMANOS.

El presente programa se ejecutará con personal dependiente de las Secretarías de Mujeres, Género y Diversidad y de Políticas de Inclusión y Abordajes Sociales, pudiendo conformarse equipos interdisciplinarios entre tales áreas a los fines de la aplicación del presente y, a su vez, requerir la colaboración de los agentes de otras dependencias ministeriales para abordar situaciones especiales.

8. RECURSOS FINANCIEROS.

Los fondos que se utilizarán son los contemplados en el presupuesto para el Ministerio de Igualdad y Desarrollo Humano, que se destinen a la Dirección Provincial de Economía Social y aquellos que se afecten especialmente para la atención del presente.

9. RENDICIÓN DE CUENTAS.

Los responsables firmantes de los convenios deberán rendir cuentas de los fondos recibidos conforme a las disposiciones de la Resolución Nº 0029/2020 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia, sus modificatorias o las que en el futuro modifique o sustituyan, en todo, de acuerdo a las atribuciones conferidas en la Ley N° 12510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado.

10. MONITOREO.

Se estipula generar espacios de discusión, debate, intercambio y revisión del desarrollo del proyecto entre los operadores territoriales, recuperando las prácticas y utilizando herramientas teóricas para el análisis de las situaciones que tengan lugar en ese marco. Para este espacio también se pretende la incorporación del mundo académico con las universidades y especialistas externos.


ANEXO B”


Entre el MINISTERIO DE IGUALDAD Y DESARROLLO HUMANO, con domicilio en calle Almirante Brown Nº 6998 -Primer Piso- de esta ciudad de Santa Fe, representado en este acto por el/la señor/a Director/a de Provincial de Economía Social / Secretario/a de Políticas de Inclusión y Abordajes Sociales …………………...……………………..…………...…., DNI Nº ………………………, en adelante, EL MINISTERIO por una parte y por la otra ……………………….DNI/CUIL Nº ………………... con domicilio en calle ……………….….……….. de la ciudad de ……………...……..., Departamento …………………………..., en adelante, LA BENEFICIARIA, se conviene lo siguiente:


PRIMERA: Las PARTES suscriben el presente comprometiéndose a cumplir los objetivos generales y específicos que se proponen en el Programa “Nuevos Comienzos -Construyendo Autonomía Económica para la Igualdad de Mujeres y Disidencias” creado por Resolución Ministerial Nº………/24 y que le da marco general a la relación entre sí.- -

SEGUNDA: EL MINISTERIO otorgará a LA BENEFICIARIA, en calidad de transferencia sin reintegro, la suma de PESOS…………... ($…..) pagadero en ……. cuota/s, correspondientes al período …...…... , en concepto de ayuda económica para el desarrollo del/ de los proyecto/s ………………………… para los gastos que surjan exclusivamente del abordaje del Programa “Nuevos Comienzos construyendo Autonomía Económica Para La Igualdad De Mujeres Y Disidencias”.

TERCERA: Este presente convenio está sujeto a la disponibilidad presupuestaria del Ministerio de Igualdad y Desarrollo Humano.

CUARTA: EL MINISTERIO, a través de la Coordinación General de Tesorería de la Dirección General de Administración, abonará en calidad de transferencia sin reintegro la suma de Pesos ………. ($……………) en (…..) cuotas, a los fines previstos en la Cláusula Segunda del presente convenio.

QUINTA: LA BENEFICIARIA deberá efectuar en tiempo y forma la correspondiente rendición de cuentas de la correcta inversión de los fondos y la devolución de aquellos no invertidos, conforme a lo establecido en la Resolución N° 0029/20 y la que en el futuro la reemplace del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, Anexo III, Rendiciones de Cuentas, en un todo de acuerdo a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 12510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado.

SEXTA: El incumplimiento de las obligaciones emergentes del presente convenio, dará derecho a EL MINISTERIO a declarar la resolución del mismo y a reutilizar los fondos otorgados que no hayan sido destinados por LA BENEFICIARIA al cumplimiento del presente. Declarada la misma, EL MINISTERIO podrá reclamar a LA BENEFICIARIA por el reintegro de la suma acordada, a través de los procedimientos administrativos y/o judiciales.

SÉPTIMA: Ante cualquier controversia que surja del presente, para el supuesto de convenios celebrados con Instituciones, las partes de común acuerdo se someten a los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Santa Fe, renunciando a todo fuero o jurisdicción que pudiere corresponder.

Para su debida constancia se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de….……..a los…...... … del mes.................. del año…………- - - - -

S/C 42921 Jun. 04 Jun. 06


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MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS


NOTIFICACIÓN


Por estar así ordenado en el Expediente N° 01901-0011633-7 relacionado con la notificación de la Resolución Nº 551 - MOP de fecha 13 de mayo de 2024, a la UT “CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS AMÉRICA S.A. - INGENIERÍA Y PILOTES S.R.L.”, con último domicilio conocido en Av. Madres de Plaza de Mayo Nº 3020 – Piso 11 – Of. 1 Rosario (CP 2000), se ha dispuesto publicar el presente edicto en el Boletín Oficial a fin de proceder a la notificación de la mencionada Resolución, la que se transcribe a continuación en su parte pertinente: “EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS RESUELVE: ARTICULO 1º: Encuádrase la presente gestión en las disposiciones establecidas por el Artículo 65° - inc a) y e) del Pliego Único de Bases y Condiciones (Dec. 5119/83). ARTICULO 2º: Amplíase el plazo contractual de la Obra: “CONSTRUCCIÓN JARDÍN DE INFANTES POSPANDEMIA Nº 82 `COLMENITAS´ - CASILDA – DEPARTAMENTO CASEROS" adjudicada UT “CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS AMÉRICA SA – INGENIERÍA Y PILOTES SRL” por Decreto Nº 3384 de fecha 30 de diciembre de 2021, en ciento ochenta (180) días calendario, llevando en consecuencia la nueva fecha de finalización de los trabajos al día 09 de junio de 2023. ARTICULO 3°: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 42922 Jun. 04 Jun. 06


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EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE SANTA FE


CONCURSO PUBLICO DE PRECIOS N° 7030000950


OBJETO: ALQUILER DE INMUEBLE PARA OFICINA MASH Y MEDICINA DEL TRABAJO, que cuente con las siguientes características:

Período de la Contratación: 24 Meses

Lugar de prestación/ubicación geográfica: Ciudad de Rafaela.

Destino: MASH Rafaela – Medicina del Trabajo Rafaela

Características del inmueble:

Cantidad y Tipo de ambientes:

- 2 ambientes (superficie mínima de cada uno de ellos: 16 m2) – Uso Oficina.

- 2 ambientes (superficie mínima 16 m2) – Uso consultorios

- 2 ambientes (superficie mínima 20 m2) – Uso oficina

- 1 ambiente (superficie mínima 30 m2) – Sala de capacitación

- 2 ambientes (superficie mínima 9 m2) – Deposito elementos de seguridad e insumos médicos y sala de guardado de elementos de limpieza

- Cantidad de baños: 2

- Servicios Públicos mínimos requeridos: Luz, Agua

Forma de Cotizar: Se deberá cotizar por el monto del canon locativo mensual, debiendo asimismo indicar el monto total de la oferta por 24 meses.

APERTURA DE PROPUESTAS: 27/06/2024 – HORA: 10:00

LUGAR DE APERTURA: Oficina de compras – Rafaela

ENTREGA DE PLIEGOS E INFORMES: EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA

Av. Santa Fe 1671 - 2300 – RAFAELA – SANTA FE

TE (03492) 438505/508/509

S/C 42908 Jun. 04 Jun. 06



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SUBSECRETARIA DE CONTRATACIONES

Y GESTIÓN DE BIENES


RESOLUCIÓN Nº 0210


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”, 30/05/2024

VISTO:

Los informes elevados por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la inscripción de diez (10) firmas como nuevas proveedoras y la renovación de antecedentes de otras; y


CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Resoluciones SCyGB Nº 133/20 y 47/24, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 0065/23;

POR ELLO:


LA SUBSECRETARIA DE CONTRATACIONES

Y GESTIÓN DE BIENES

RESUELVE:


ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: BERTERO EVANGELINA SOLEDAD CUIT N.º 23-33959231-4; BULJUBASIC SERGIO ANDRÉS CUIT N.º 20-21813257-0; CABRERA ANDRÉS CUIT N.º 20-11933722-5; CLAPEN INSTRUMENTS S.A. CUIT N.º 30-71531278-2; DYNACTIO S.R.L. CUIT N.º 30-71840240-5; GBO ARGENTINA S.A. CUIT N.º 30-70800339-1; IMPERMEABILIZACIONES URBE S.R.L. CUIT N.º 30-60738950-7; QUIALEDO S.A. CUIT N.º 30-71082362-2; ULTRAEQUIP S.A. CUIT N.º 30-71403467-3.

ARTÍCULO 2: Inscríbase en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de doce (12 meses a partir de la presente, a las siguiente firma: M.A. PRODUCCIONES S.R.L. CUIT N.º 30-71051213-9.

ARTÍCULO 3: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: CECARRI S.R.L. CUIT N.º 30-69542431-7; CLEAN CITY S.A. CUIT N.º 30-71148151-2; COCYAR S.A. CUIT N.º 30-68697101-1; COOPERATIVA DE TRABAJO LA MORENA LTDA CUIT N.º 33-71604854-9; DELLA GUSTINA FEDERICO CUIT N.º 20-30554464-8; FERRERO ANTONELA LUISINA CUIT N.º 27-37774693-2; ING. TOSTICARELLI Y ASOCIADOS S.A. CONSULTORA CUIT N.º 30-58515954-5; SAVYC S.A. CUIT N.º 30-50606302-3; STRADA S.A. CUIT N.º 30-69539233-4; VECTUS S.R.L. - SERVICIOS DE TRANSMISIÓN DE DATOS TRANSDATOS S.A. - U.T.E. CUIT N.º 30-71776451-6.

ARTÍCULO 4: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 42926 Jun. 04 Jun. 05


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RESOLUCIÓN Nº 0213


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”, 31/05/2024

VISTO:

Los informes elevados por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la renovación de antecedentes de varias firmas proveedores; y


CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Resoluciones SCyGB Nº 133/20 y 47/24, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 0065/23;

POR ELLO:


LA SUBSECRETARIA DE CONTRATACIONES

Y GESTIÓN DE BIENES

RESUELVE:


ARTÍCULO 1: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: AUTOMATION SYSTEM S.A. CUIT N.º 30-71034022-2 y YEBILA S.A. CUIT N.º 30-68515179-7.

ARTÍCULO 2: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de seis (06) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: CANCIO EDUARDO HECTOR CUIT N.º 20-16608544-7.

ARTÍCULO 3: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de cinco (05) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: RICARDO LINGUA S.R.L. CUIT N.º 30-59555544-9.

ARTÍCULO 4: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de un (01) mes a partir de la presente, a la siguiente firma: ALBORNOZ S.R.L. CUIT N.º 30-62137656-6.

ARTÍCULO 5: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 42927 Jun. 04 Jun. 05