COMUNA DE ZAVALLA
ORDENANZA NRO.19 /2024
Zavalla, 24 de Mayo de 2024.
VISTO:
La necesidad de establecer un nuevo reglamento de Habilitaciones Comerciales, Industriales y de Servicios a fin de ayornar los procedimientos administrativos comunales y facilitar y simplificar los distintos trámites.
Y CONSIDERANDO:...
Por ello la Comisión Comunal de Zavalla en uso de las facultades que le son propias sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Art. 1) Deróguese toda ordenanza, reglamento o disposición existente en todos y cada uno de sus términos que regulen las habilitaciones Comerciales, Industriales y de Servicios,
Art. 2) Los sujetos obligados del Derecho de Registro e Inspección, deberán solicitar la Habilitación Comunal de toda actividad comercial, industrial y/o de servicios cuyas actividades queden comprendidas en las disposiciones del Código Tributario Municipal.
Art.3) Apruébese el reglamento de habilitaciones comerciales, industriales y de servicios integrando en el anexo I de la presente, que establecerá el procedimiento y las condiciones exigibles para el otorgamiento de las habilitaciones.
Art.4) Autorícese al Presidente Comunal a reglamentar los procedimientos administrativos para la gestión de los trámites de habilitaciones, y a designar a la autoridad de aplicación, o persona/s y/o área encargadas para el cumplimiento de la presente, siempre en la búsqueda de optimizar y digitalizar los trámites, en beneficio de toda la comunidad.
Art. 5) Regístrese. Comuníquese. Archívese.
Zavalla, 17/05/2024.
$ 150 521031 May. 29 May. 31
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ORDENANZA NRO.16/2024
Zavalla, 24 de Mayo de 2024.
VISTO:
La necesidad de reglamentar los procedimientos para el uso del Servicio Electrónico de presentación de Declaraciones Juradas de Comercio e Industria según lo indicado en la Ordenanza Nro. 15/24 de Régimen de Clave Municipal - Transferencia Electrónica de datos - para el uso del Gobierno Electrónico que requieran firma electrónica,
Y CONSIDERANDO...
Por ello la Comisión Comunal de Zavalla en uso de las facultades que le son propias sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Art. 1) Se establece un régimen alternativo de presentación de DDJJ de Comercio e Industria a través de la habilitación del servicio de “Presentación de Declaración Jurada de Comercio e Industria “bajo el régimen de Clave Fiscal Comunal. El servicio está disponible en la página web creada a tal efecto.
Art.2) En forma paralela, se mantiene en vigencia e, régimen de presentación de declaraciones n soporte papel firmadas en su parte principal y anexos, por el contribuyente responsable o autorizado.
Art.3) A los fines de efectuar la presentación de DDJJ mediante transferencia electrónica de datos, desde la página web creada a tal efecto, los contribuyentes deberán solicitar con carácter previo su “Clave Fiscal Comunal” conforme a lo establecido en la legislación correspondiente. El sistema permitirá imprimir tanto el formulario de Declaración Jurada presentada, así como el comprobante de pago correspondiente.
Art.4) Regístrese. Publíquese. Archívese.
Zavalla, 30/04/2024
$ 150 521030 Mar. 29 Mar. 31
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ORDENANZA NRO. 15/2024
Zavalla, 24 de Mayo de 2024.
VISTO:
Que para aprovechar los Servicios de Gobierno Electrónico, surge la necesidad de establecer un Régimen de Clave Fiscal Comunal, para permitir a los vecinos la realización de trámites mediante transferencia electrónica de datos vía Internet, utilizando firma electrónica.
Y CONSIDERANDO...
Por ello la Comisión Comunal de Zavalla en uso de las facultades que le son propias sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Art. 1) Se establece el Régimen de Clave Fiscal Comunal- “Transferencia Electrónica de Datos”, para el uso de Servicios de Gobierno Electrónico, los cuales permitirán a los vecinos realizar distintos trámites vía internet, reemplazando la firma ológrafa por la firma electrónica.
Art.2) Los trámites que podrán ser efectuados mediante este régimen, estarán disponibles mediante el correspondiente Servicio de Gobierno Electrónico a través de la Dirección web que se creare a tal efecto.
Art.3) Autorizase al Pte. Comunal a reglamentar los procedimientos para la obtención de la Clave Fiscal Comunal y para el uso de los Servicios de Gobierno Electrónico que se habiliten en el futuro.
Art.4) La utilización de la Clave Fiscal Comunal y la protección de su contraseña, son de exclusiva autoría y responsabilidad del titular que la solicite.
Art. 5) Regístrese. Comuníquese. Archívese.
Zavalla, 30/04/2024
$ 150 521029 May. 29 May. 31
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MUNICIPALIDAD DE GRANADERO BAIGORRIA
SUBASTA PUBLICA DECRETO NRO. 0405/24.
Subasta de treinta y seis (36) motos en el estado en que se encuentran.-
Día: 12 de Julio del 2024.-
Horario: 15 Hs.
Lugar: CAMPING MUNICIPAL. Av. Lisandro de la Torre 620.- Granadero Baigorria.-
EXHIBICION: los días 8, 9, 10 y 11 de Julio del 2024 inclusive, en el horario de 08.00 a 12.00 horas, en la Oficina de Tránsito, sito en calle Av. Andrés Vietti 56 de Granadero Baigorria.-
CONDICIONES DE SUBASTA
Los vehículos saldrán a la venta por subasta:
Pago CONTADO EFECTIVO.-
CON BASE POR LOTE INDIVIDUAL DE PESOS SETENTA MIL ($70.000.-).-
El comprador abonará en el acto de remate, en efectivo el 30% en concepto de seña, y el 10% en concepto de comisión del martillero actuante. Monto mínimo comisión $7.000.-
Al pagar la seña y la comisión el comprador acepta de plena conformidad las condiciones de la subasta, fijando domicilio a los efectos de la misma, donde serán válidas todas las notificaciones.-
Para el caso de que no se subastara alguno de los lotes, por falta de postores o por causa no imputable al Martillero, la Municipalidad abonará a los martilleros actuantes la suma de $15.000 (pesos quince mil), en concepto de falsa comisión.-
Concurrir con DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD.
Cancelación del saldo, SUJETO A APROBACION DE LA SUBASTA POR EL EJECUTIVO MUNICIPAL, el cual se expedirá dentro de los diez (10) días corridos de la fecha de la subasta.-
Los vehículos saldrán a la venta con expresa prohibición de circular. Gastos de retiro y transferencia a cargo adquirente.-
Compra en comisión: el comprador deberá hacer manifestación en el mismo acto, brindando, nombre, documento y domicilio del comitente quien deberá ratificar la compra al momento de la cancelación del saldo de subasta, bajo apercibimiento de tenerse por efectuada la compra en subasta a nombre propio.-
$ 500 521139 May. 29 Jun. 4