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DECRETO N° 0641


SANTA FE. "Cuna de la Constitución Nacional". 23 de mayo de 2024


VISTO:

El Expediente Nº 00701-0147108-1 del registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual el Ministerio de Desarrollo Productivo impulsa la adhesión de la Provincia de Santa Fe al Consejo Federal de Comercio Interior (COFECI) y la designación de un miembro representante ante el mismo; y


CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 092/24 dictada por la Secretaría de Comercio de la Nación se crea el Consejo Federal de Comercio Interior, que funciona bajo su órbita, el cual según el artículo 1º, tiene como finalidad el análisis e intercambio de información entre sus miembros así como la promoción y cooperación para el desarrollo de políticas públicas en materia de comercio interior, reforzando un espacio de asesoramiento e intercambio de experiencias relacionadas con la materia de comercio interior;

Que el artículo 2º de la Resolución precitada establece que, a los efectos de formar parte de dicho Consejo, las jurisdicciones deberán dictar los actos administrativos pertinentes que adhieran al mismo;

Que el artículo 16 de la Ley Nº 14.224 reza, a saber: El Ministerio de Desarrollo Productivo asiste al Poder Ejecutivo de la Provincia en todo lo atinente al desarrollo económico productivo provincial, a su impulso, fortalecimiento y crecimiento (…) como asimismo en lo referente al turismo, servicios y comercio interior y exterior (…) asiste en la formulación, implementación, ejecución y control de políticas sectoriales de fomento y programas tendientes a la promoción, organización y coordinación entre los sectores productivos y políticas públicas que permitan el mejoramiento de los servicios que facilitan el desarrollo de éstos;

Que mediante Decreto Nº 0090/23 se dispone que la Secretaría de Comercio Interior y Servicios asiste al Ministro de Desarrollo Productivo en la generación de políticas públicas orientadas al fortalecimiento, promoción y control del comercio;

Que la presente gestión cuenta con la intervención de la Secretaria Ejecutiva y de Coordinación General impulsando la prosecución del trámite;

Que se propone como representante de la Provincia para la integración de dicho Consejo al Secretario de Comercio Interior y Servicios de la Provincia, señor Gustavo REZZOAGLIO;

Que dicho funcionario reviste las características apropiadas para el desempeño de la función que se persigue como miembro pleno del Consejo Federal de Comercio Interior;

Que se cuenta con dictamen favorable de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Despacho del Ministerio de Desarrollo Productivo;

Que el Poder Ejecutivo se encuentra facultado conforme lo establecido por el artículo 72 inciso 1) de la Constitución Provincial;

POR ELLO:


EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:


ARTÍCULO 1°.- Adhiérase la Provincia de Santa Fe al Consejo Federal de Comercio Interior -COFECI-, dependiente de la Secretaría de Comercio del Ministerio de Economía de la Nación.- ARTÍCULO 2º.- Desígnese al Secretario de Comercio Interior y Servicios del Ministerio de Desarrollo Productivo, señor Gustavo Pablo REZZOAGLIO (Clase 1967 - D.N.I. N° 18.466.485 - C.U.I.L. N° 20-18466485-3), como miembro representante de la Provincia de Santa Fe ante el Consejo Federal de Comercio Interior.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

PULLARO

Lic. Gustavo José Puccini

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