picture_as_pdf 2024-05-24

DECRETO N° 0647


SANTA FE. "Cuna de la Constitución Nacional". 23 de mayo de 2024


VISTO:

El expediente Nº 00205-0029322-1, del registro del Sistema de Información de Expedientes - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD, en cuyas actuaciones la Dirección General del Servicio Penitenciario de la Provincia dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad, solicita el llamado a Concurso Abierto de Antecedentes y Oposición para el ingreso de Personal Superior, Escalafón Profesional – Especialidades Sanidad (Ley Nº 14.234); y


CONSIDERANDO:

Que la Secretaría de Asuntos Penales a cargo de la Dirección General del Servicio Penitenciario de la Provincia fundamenta la presente gestión en lo informado por la Dirección de Sanidad de ese Servicio, en cuanto a la necesidad actual de la Institución de contar con personal idóneo dentro de la Institución debido al incremento de la población penal y la habilitación de nuevas estructuras de alojamiento en las Unidades Penales;

Que expresa que resulta imperiosa la necesidad de gestionar el ingreso de personal al referido escalafón, y que conforme lo dispuesto en la Ley Nº 14.243 de Ejecución de la Pena Privativa de Libertad, en consonancia con la Ley Nacional Nº 24.660, es de suma importancia brindar el marco necesario para que las Unidades Penitenciarias de la Provincia no sean meros lugares de depósito de personas condenadas o con prisión preventiva, sino Instituciones en donde efectivamente se aplique el tratamiento penitenciario previsto en la ley, priorizando el debido respeto de los Derechos Humanos;

Que al contar con mayor personal profesional abocado a la tarea penitenciaria, se tenderá a la excelencia operativa y al cumplimiento de las normas constitucionales contenidas en los Tratados Internacionales con dicha jerarquía normativa, sin dejar de mencionar la atención que debe brindarse a las cuestiones referidas al personal penitenciario;

Que obran en autos los Anexos I, II y III con el detalle de los profesionales y cantidades requeridas, remuneraciones, condiciones generales y particulares de ingreso, fecha de apertura y de cierre de inscripción, fecha de entrega de documental, nómina de los integrantes del jurado y demás información correspondiente a la convocatoria;

Que se cuenta con la anuencia del señor Ministro de Justicia y Seguridad en el marco de la Ley de Emergencia en Seguridad Pública Nº 14.237, Ley Orgánica del Servicio Penitenciario Nº 14.234 y la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad Nº 14.243;

Que obran intervenciones de la Secretaría de Coordinación Técnica y Administración Financiera del Ministerio de Justicia y Seguridad, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública del Ministerio de Economía y de la Coordinación General de Presupuesto – Dirección General de Administración de la cartera actuante;

Que la presente gestión se encuadra en la Ley Orgánica del Servicio Penitenciario Nº 14.234, Capítulos III y IV, que regula las condiciones generales de ingreso, estableciendo los requisitos legales para la admisión de los ciudadanos al Servicio Penitenciario, y en el Régimen de Ingreso, Calificaciones, Promociones y Retiros del Servicio Penitenciario (Decreto Nº 3588/78), y en el Régimen de Concursos para el Ingreso al Escalafón Profesional del Servicio Penitenciario de la Provincia (Decreto Nº 1572/96 y modificatorios);

Que por lo expuesto, conforme al Dictamen N° 1908/24 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y Seguridad, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 72°, Inciso 1), de la Constitución Provincial, no existiendo objeciones legales que formular, corresponde dar curso favorable a la presente gestión;

POR ELLO:


EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:


ARTÍCULO 1º - Llámase a Concurso Abierto de Antecedentes y Oposición, para cubrir cargos en la Dirección General del Servicio Penitenciario de la Provincia dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad, y establecer que la cantidad, Remuneraciones para el cargo a concursar, Condiciones Generales, Particulares y Requisitos para el ingreso, como así también la Nómina de los Integrantes del Jurado, se encuentran establecidas en los Anexos I, II y III, que se agregan y forman parte integrante del presente.

ARTÍCULO 2º - Dispónese la apertura de preinscripciones a partir del 1º de junio de 2024, por un lapso de 30 (treinta) días, las cuales se canalizarán vía online a través de la página web del Gobierno de la Provincia de Santa Fe (www.santafe.gob.ar/ms/spsf), siendo un requisito necesario para la siguiente instancia, contemplada en el Artículo 3° de la presente.

ARTÍCULO 3º - Establécese que una vez finalizado el plazo dispuesto en el artículo precedente, se iniciará el período de inscripciones para el Concurso Abierto de Antecedentes y Oposición, el cual se extenderá por el término de 30 (treinta) días.

ARTÍCULO 4º - Determínase que la recepción de las solicitudes se realizará en la Dirección General del Servicio Penitenciario de la Provincia sita en calle San Jerónimo 1170 de la ciudad de Santa Fe, en el Instituto Correccional Modelo de Coronda (U1) sito en calle Belgrano 2421 de la ciudad de Coronda, en el Instituto de Detención de Rosario (U3) sito en calle Estanislao Zeballos 2951 de la ciudad de Rosario, en el Complejo Penitenciario de Rosario (U5) sito en calle Av. 27 de Febrero 7899 de la ciudad de Rosario, en la Unidad Penal de Santa Felicia (U10) Zona Rural de la ciudad de Vera y en el Complejo Penitenciario de Piñero (U11) sito en el kilómetro 13500 de la Ruta Provincial Nº14 en la localidad de Piñero.

ARTÍCULO 5º - Establecer que además de las condiciones previstas en los Artículos 1º, 2º y 3º de la presente norma, deberán observarse los siguientes requerimientos:

a) Una vez vencido el plazo de la inscripción se publicará en la Dirección General del Servicio Penitenciario de la Provincia y en las distintas Unidades la lista de concursantes durante 5 (cinco) días. Los antecedentes deberán ser entregados en carpetas con Currículum Vitae (foliado y firmado) y la totalidad de la documentación que lo acredite, en fotocopias certificadas por Autoridad Judicial o Escribano Público, conforme al Anexo II.

b) El examen de oposición estará integrado por una evaluación escrita y una entrevista personal.

c) A partir de los 30 (treinta) días corridos del cese de la publicación del Concurso se realizará el examen de oposición que se notificará fehacientemente a quienes se encuentren en condiciones de rendir, con día, hora y lugar en que se llevará a cabo.

d) A los fines de la calificación de los antecedentes, estos se evaluarán de conformidad a lo establecido en el Artículo 7º del Decreto Nº1572/96 y modificatorios, en lo referente a la calificación de oposición, esta será numérica y se establecerán escalas de 0 (cero) a 100 (cien) puntos, distribuidos estos últimos en 60 (sesenta) puntos como máximo para la evaluación escrita y 40 (cuarenta) como máximo para la entrevista.

e) El orden de mérito surgirá de la sumatoria de ambas pruebas de antecedentes y oposición. Para la aprobación del Concurso se deberá obtener un puntaje mínimo de 99 (noventa y nueve) puntos, equivalentes al 60% (sesenta por ciento) de esa sumatoria.

f) Determinada la nómina de postulantes que aprobaron las etapas para ingreso al Servicio Penitenciario y con el dictado de la norma legal que disponga su incorporación a las filas del Servicio, en caso de la no toma de posesión del cargo de algún profesional, se convocará al sucesor del orden de mérito determinado en inciso e).

g) Los postulantes concursarán para prestar servicios en las distintas Unidades Penitenciarias de la Provincia, comprendiendo la Zona Sur y dos cargos para Zona Norte.

h) El Jurado conforme integración del Anexo III, tendrá 30 (treinta) días para expedirse, con opción a prórroga por igual plazo, una vez realizada la prueba de Oposición.

ARTÍCULO 6º - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

PULLARO

Abog. Pablo Cococcioni

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