EL PASO S.A.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
Por estar así dispuesto en los autos caratulados “EL PASO S.A. S/DESIGNACION DE AUTORIDADES – Expte. Nº 769/2024”, de trámite por ante el Registro Públicode Santa Fe, se hace saber lo siguiente:
Conforme consta en el Acta de Asamblea General Ordinaria celebrada en fecha 24 de junio de 2.002, los Señores Accionistas de EL PASO S.A., han resuelto:
Designar como Director Titular y Presidente al Sr. Edurdo A. Gaya DNI 6.259.616 y designar como Directo suplente al Sr. Cristian Dumé DNI 24.264.492; domiciliados en calle 1º de mayo 2856 de Santa Fe (Santa Fe) y en calle Los Vascos 757, Piso 8, Dpto B de Parana (Entre Ríos), respectivamente.
$ 50 520734 May. 22
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OTRA FORMA S.R.L.
CONTRATO
Por estar así dispuesto en los autos caratulados “OTRA FORMA S.R.L. s/constitución de sociedad Expte. 745, Año 2024”, que se tramita por ante el Registro Público del Juzgado de la 1° Instancia en lo Civil y Comercial de la 1° Nominación de Santa Fe, se hace saber:
1) Integrantes de la sociedad: MARTINEZ GASTÓN IGNACIO, de apellido materno Kosiak, argentino, casado, Licenciado en Administración, nacido el 9 de Abril de 1981, con D.N.I. N° 28.731.339, CUIT N° 20-28731339-0, domiciliado en calle Saavedra N° 2969, Departamento 1, de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe; AYERZA MILAGROS, de apellido materno Puiggari, argentina, casada, Licenciada en Administración, nacida el 10 de Abril de 1990, con D.N.I. N° 35.189.850, CUIT N° 27-35189850-5, domiciliada en calle Blvd. De Todos los Santos N° 3.500, Barrio San Rafel Lote 1, Tigre, provincia de Buenos Aires; y MACIEL JOAQUIN, de apellido materno Giggiaro, argentino, soltero, Contador Público Nacional, nacido el 4 de Marzo de 1981, con D.N.I. N° 28.578.102, CUIT N° 20-28578102-8, domiciliado en calle San Martin N° 1767, Departamento 2, de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe.
2) Fecha de contrato: 07/05/2024
3) Denominación social: “OTRA FORMA S.R.L.”
4) Domicilio: Santa Fe. Sede Social: San Martin N° 1879, Piso 1, Oficina 5, de la ciudad de Santa Fe.
5) Plazo: 50 años.
6) Objeto: 1) Consultoría: Prestación de servicios y asesoramiento integral y consultoría empresarial en materia jurídica, comercial, financiera, técnica y contable a personas humanas y jurídicas, privadas y públicas, organismos municipales, provinciales, nacionales o extranjeros, para la organización y administración de empresas. Los servicios de asesoramiento o de consultoría podrán desarrollarse en cualquier sector del comercio nacional o internacional y podrán adoptar las siguientes modalidades: asesoramiento legal, administración de contratos, estudio e instrumentación de sistemas internos de control de gestión y/o control de calidad, estudio e implementación de sistemas informáticos, relevamiento de datos, análisis e interpretación de datos, realización de estudios de mercado, estudio y asesoría en la implementación de sistemas operativos generales, asesoramiento jurídico, contable, económico y financiero, informático, proyectos de inversión internacional, nacional, municipal, provincial, regional y sectorial, capacitación en las distintas ramas relacionadas con el objeto social. Diagnóstico organizacional, coaching empresarial, auditoria administrativa, planes de negocios, análisis de costos, gestión de financiamiento, gestión de seguros, asesoramiento en planificación administrativa y financiera; 2) Creación, diseño, desarrollo, producción, integración, implementación, operación, mantenimiento, reparación, comercialización y compraventa de sistemas, soluciones y productos de las tecnologías de la información y las comunicaciones, así como brindar servicios asociados a éstas, siendo de aplicación a cualquier campo o sector, para sus distintos usos o empleos; 3) Actuar como fiduciaria de Fideicomisos de toda naturaleza, teniendo amplias facultades para administrar y gestionar patrimonios fideicomitidos; participar como fiduciante, beneficiario o fideicomisario de fideicomisos. En el desempeño de su objeto la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y llevar a cabo cualquier acto que no sea prohibido por las leyes o por este contrato y que conduzca directa o indirectamente al objeto social.
7) Capital: $ 20.000.000 dividido en 2.000 cuotas de valor nominal $10.000 cada una.
8) Suscripción e integración: El socio Martinez Gaston Ignacio suscribe seiscientas ochenta (680) cuotas, valor nominal total pesos seis millones ochocientos mil ($6.800.000). Su aporte es en efectivo, integrando en el acto la suma de pesos un millón setecientos mil ($1.700.000) y pesos cinco millones cien mil ($5.100.000) dentro del plazo de dos años a contar desde la fecha de celebración del presente contrato. La socia Ayerza Milagros suscribe seiscientas sesenta (660) cuotas, valor nominal total pesos seis millones seiscientos mil ($6.600.000). Su aporte es en efectivo, integrando en el acto la suma de pesos un millón seiscientos cincuenta mil ($1.650.000) y pesos cuatro millones novecientos cincuenta mil ($4.950.000) dentro del plazo de dos años a contar desde la fecha de celebración del presente contrato. El socio Maciel Joaquin suscribe seiscientas sesenta (660) cuotas, valor nominal total pesos seis millones seiscientos mil ($6.600.000). Su aporte es en efectivo, integrando en el acto la suma de pesos un millón seiscientos cincuenta mil ($1.650.000) y pesos cuatro millones novecientos cincuenta mil ($4.950.000) dentro del plazo de dos años a contar desde la fecha de celebración del presente contrato
9) Administración y representación: La administración y representación de la sociedad estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, en forma individual e indistinta, por el término de diez (10) ejercicios siendo reelegibles. El número de miembros será fijado por la reunión de socios, que también podrá remover a cualquiera de los gerentes con las mayorías del art. 160 de la Ley General de Sociedades. Para el desempeño de su cargo y funciones, los gerentes tendrán las más amplias facultades para administrar y disponer de los bienes sociales, incluso aquellas para las cuales se requieren poderes especiales según la Ley Civil y Comercial y el Art. 9 del Decreto Ley 5965/63. Pueden en consecuencia, celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan directa o indirectamente al cumplimiento del objeto social, entre ellos operar con entidades financieras privadas, mixtas u oficiales (incluido el Banco de la Nación Argentina), otorgar uno o más poderes judiciales –inclusive para querellar criminalmente- o extrajudiciales, con el objeto y extensión que juzgue conveniente.
10) Formación de la voluntad social: Órgano de gobierno de la sociedad: reunión de socios, que se celebrarán cada vez que lo considere conveniente la gerencia o a pedido de cualquiera de los socios, debiendo indicar los temas a tratar. Las citaciones se efectuarán al último domicilio comunicado por los socios a la sociedad, con una anticipación mínima de tres días hábiles. La gerencia podrá utilizar también el método de consulta previsto por el artículo 159 de la Ley 19.550.
11) Mayorías: Las decisiones sociales, impliquen o no modificación del presente contrato, se adoptarán por mayoría absoluta del capital social.
12) Fecha de cierre de ejercicio: 31/03 de cada año.
Gerentes designados: el socio Maciel Joaquin.
Freyre, Jorge E. Secretario. Registro Público
Santa Fe, 16 de Mayo de 2024
$ 300 520484 May. 22