picture_as_pdf 2024-05-17

SJN SALUD SAPEM


DESIGNACION DE AUTORIDADES


En autos caratulados SJN SALUD SAPEM S/ DESIGNACION DE AUTORIDADES (CUIJ 21-05213799-0) que tramitan ante el Registro Público de la ciudad de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el siguiente edicto para publicitar la designación de autoridades de la sociedad SJN SALUD SAPEM según Acta de Asamblea Nº 2 de fecha 22/02/24 y Acta de Directorio Nº 34 de fecha 29/02/24:

Directores Titulares: PRESIDENTE: Dr. Manni Eldo Antonio DNI, M6.253.312, CUIT 23-06253312-9, nacido el 11 de septiembre de 1943, de profesión Medico casado con María Cristina Bedini DNI F5.285.408, DNI , domiciliado en calle Dr. Eduardo Tesaire 406 de San Jerónimo Norte; VICEPRESIDENTE: Carlos Marcelo Zurbriggen, DNI N° 21.536.770, CUIT N° 20-21536770-4, nacido el 30 de junio de 1972, soltero, Martillero Público, con domicilio en calle Mariano Moreno 732 de San Jerónimo Norte; SECRETARIA: CPN Perren Analía, DNI 31.960.625, CUIL 23-31960625-4, nacida el 30 de noviembre de 1985, de profesión Contadora Publica, casada con Javier Eduardo Zenclussen DNI 28.928.545, con domicilio en calle Coronel Denis 227 de San Jerónimo Norte.-

Directores Suplentes: 1. Imhoff Sergio Ricardo, DNI 11.674.346, CUIT 23-11674346-9, nacido el 30 de enero de 1956, de ocupación comerciante, casado con Marta Guadalupe Jullier, DNI 13.052.976 con domicilio en calle Dr. Eduardo Tersaire 363 de San Jerónimo Norte; 2. Perren María de Dios, DNI 17.496.648, CUIL 27-17496648-1, nacida el 20 de junio de 1965, de profesión enfermera, divorciada, con domicilio en calle 9 de julio 018 de San Jerónimo Norte; 3. Lisandro Juan Bonino, DNI 10.430.280, CUIT N° 20-10430230-1, nacido el 10 de junio de 1953, argentino, de profesión Jubilado, casado en primeras nupcias con Susana Eberhardt, DNI 13.052.949, domiciliado en calle Juan de Garay 1095 de San Jerónimo Norte.-

Comisión Fiscalizadora: SINDICO TITULAR 1. Blatter Julio Cesar, DNI 29.717.875, CUIT 20-29717875-0, nacido el 14 de enero de 1983, soltero, de profesión técnico químico, con domicilio en zona rural de la Ciudad de San Jerónimo Norte; SINDICO TITULAR 2: Walter Mariela Viviana, DNI 21.689.206 CUIL 27-21689206-8, nacida el 16 de septiembre de 1970, empleada, divorciada, con domicilio en calle Pasaje Los Colonizadores 687 de San Jerónimo Norte; SINDICO TITULAR 3: Salim Alfredo Eduardo, DNI N° 12.512.332, CUIT N° 20-12512332-6, nacido el 16 de Octubre de 1956, casado con Raquel Teresa Zeiter, DNI 14.811.707, Jubilado, con domicilio en real en calle 1° de Mayo 126 de San Jerónimo Norte; SÍNDICO SUPLENTE 1: Imhoff Gabriel José, DNI 17.101.599, CUIL 20-17101599-6, nacido el 26 de noviembre de 1964, empleado administrativo, casado con Amancay Andrea Stoffel, DNI 20.254.373, con domicilio en calle Mendoza 258 de San Jerónimo Norte; SINDICO SUPLENTE 2: Pierotti Agustina, DNI 29.717.855, CUIT 27-29717855-0, nacida el 26 de octubre de 1982, de ocupación Técnica Superior en Promoción de la Salud – Empleada Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe, casada con Guillermo Santiago Haidar, DNI 30.173.477, con domicilio en calle Güemes 671 de San Jerónimo Norte; SINDICO SUPLENTE 3: Gutiérrez Gustavo Gabriel, DNI 25.367.852, CUIT 20-25367852-7 nacido el 26 de agosto de 1976 , soltero, de profesión abogado, con domicilio en calle Irigoyen Freyre 2975 de Santa Fe.-

Santa Fe, 14 de Mayo de 2024. Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.

$ 150 520299 May. 17

__________________________________________


SK INTEGRA S.A.


ESTATUTO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados SK INTEGRA S.A. S/ Constitución de Sociedad que tramita ante el Registro Público de Rosario, Expte. Nº 792/2024 se hace saber que se ha ordenado la siguiente publicación:

1. FECHA DEL INSTRUMENTO: 10 de ENERO de 2024.

2. SOCIOS: FEDERICO KARLEN, apellido materno “Pezzoto”, nacido el 19 de febrero de 1996, titular del DNI Nº 39.120.052, CUIT Nº 20-39120052-2, licenciado en administración de empresas, soltero, argentino, domiciliado en calle Uriburu Nº 930, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, correo electrónico Fedekarlen@hotmail.com; PATRICIO KARLEN, apellido materno “Pezzoto”, nacido el 02 de diciembre de 1992, titular del DNI Nº 37.079.112, CUIT Nº 20-37079112-1, licenciado en administración de empresas, soltero, argentino, domiciliado en calle Av. Uriburu Nº 930, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, correo electrónico Patriciokarlen@gmail.com; URSULA JAZMIN SELEME, apellido materno “Guerra”, nacida el 03 de enero de 1994, titular del DNI Nº 37.471.911, CUIT Nº 23-37471911-4, argentina, administrativa, soltera, domiciliada en calle Maipú Nº 534 Piso 2 Depar-tamento A de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, correo electrónico useleme@selec-la.com; y CLAUDIO CESAR SELEME, apellido materno “Seluro”, nacido el 03 de febrero de 1959, titular del DNI Nº 11.025.977, CUIT Nº 20-11025977-9, argentino, empresario, divorciado, con domicilio en calle Avenida del Huerto nº 1115 Piso 13 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, correo electrónico ccseleme@socse.com.

3. DENOMINACION: La sociedad se denomina “SK INTEGRA S.A.”

4. DOMICILIO: calle Pte. Roca Nº 1649 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.

5. PLAZO DE DURACIÓN: Su duración es de noventa y nueve (99) años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público.

6. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros las siguientes actividades: 1º) Servicios: Prestación de servicios de consultoría empresarial, estudios de mercado, servicios de gerenciamiento de las actividades incluidas en este objeto social, marketing, proyectos, asesoramientos, venta, publicidad, dictámenes e investigaciones, estadísticas e informes, logística, gestiones de importación y exportación, de empresas y/o sociedades, nacionales o extranjeras. 2º) Comercial: Compra, venta, importación, exportación, representación, consignación y distribución de neumáticos, sus partes y accesorios y artículos de gomería en sus más variados tipos formas o estilos, para todo tipo de vehículos, y todo otro producto relacionado con la industria automotriz, inclusive compra, venta, acopio, importación, exportación, consignación y distribución; el ejercicio de representaciones, comisiones y mandatos, referentes a productos relacionados con la industria del caucho, sus subproductos y derivados, elaborados, semielaborados, naturales, artificiales, que podrá realizar como mayorista o minorista y la prestación del servicio integral de gomería, que incluye el servicio de alineación y balanceo de vehículos en general. Cuando los Trabajos y/o Servicios, en razón de la materia o como consecuencia de las disposiciones legales vigente, lo requieran serán hechos por profesionales matriculados en cada especialidad. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.

7. CAPITAL: El capital se fija en la suma de pesos SEISCIENTOS MIL CON 00/100.- ($ 600.000,00.-), representado por SEISCIENTAS MIL (600.000) ACCIONES de pesos UNO CON 00/100.- ($ 1,00.-) valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria, hasta el quíntuplo de su monto, conforme al art. 188 de la Ley Nº 19550.

8. ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN: La administración de la sociedad estará a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea entre un mínimo de uno y un máximo de diez, quienes duran en sus funciones tres ejercicios y permanecen en su cargo hasta ser reemplazados. La asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo con el fin de llenar las vacantes que se produjeren, en el orden de su elección. Los directores en su primera sesión deben designar un presidente y, en caso de un órgano plural, un vicepresidente; este último reemplazará al primero en caso de ausencia o impedimento. En el caso de que por un aumento del Capital Social se supere el monto establecido en el inciso 2 del artículo 299 de la ley 19.550, el Directorio se integrará por lo menos con tres directores. El directorio funciona con la participación de la mayoría absoluta de sus miembros conforme artículo 260 Ley 19.550 y resuelve por mayoría de votos presentes o conectados. Las reuniones pueden celebrarse por medios digitales, en cuyo caso se indicará en la convocatoria la información necesaria para la participación. El acta será firmada por todos los asistentes de modo presencial; si la sesión fuera totalmente remota será firmada por el presidente, quien dejará constancia de la modalidad y de las personas que participa-ron de la reunión. La asamblea fija la remuneración del directorio. Director Titular - Presidente: FEDERICO KARLEN, apellido materno “Pezzoto”, nacido el 19 de febrero de 1996, titular del DNI Nº 39.120.052, CUIT Nº 20-39120052-2, licenciado en administración de empresas, soltero, argentino, domiciliado en calle Uriburu Nº 930, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, correo electrónico Fedekarlen@hotmail.com; y Director Suplente: CLAUDIO CESAR SELEME, apellido materno “Seluro”, nacido el 03 de febrero de 1959, titular del DNI Nº 11.025.977, CUIT Nº 20-11025977-9, argentino, empresario, divorciado, con domicilio en calle Avenida del Huerto nº 1115 Piso 13 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, correo electrónico ccseleme@socse.com.

9. FISCALIZACIÓN: La sociedad prescindirá de Sindicatura, teniendo los accionistas la facultad prevista en el artículo 55 LGS.

10. FECHA DE CIERRE DEL EJERCICIO: 30 de Noviembre de cada año.

Rosario, 09/05/2024.

$ 400 519996 May. 17


__________________________________________


INDUSTRIAS SUDAMERICANAS S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los autos caratulados: “INDUSTRIAS SUDAMERICANAS S.A. s/ Designación de Autoridades” -Expte. N° 535 Mº 2024, de trámite ante el Registro Público de Santa Fe se hace saber que mediante Acta de Asamblea Extraordinaria N° 31 de fecha 04 de marzo de 2024, se resolvió designar nuevos integrantes del Directorio, quedando conformado de la siguiente manera:

Presidente: ERICH ARIEL ACUÑA, argentino, estado civil soltero, de profesión comerciante, nacido el 19 de enero de 1978, con domicilio en calle Alberdi 6249 de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, quien acredita identidad con DNI N° 26.276.897, CUIT 20-26276897-0.

Director Suplente: FEDERICO ANGEL COLMAN, argentino, con domicilio en Iriondo 2713 de la ciudad de Santo Torne (SF), nacido el 02 de Enero de 1985, DNI N° 31.103.342, CUIT N° 20-31103342-6, de profesión comerciante, estado civil soltero. Lo que se publica a sus efectos y por el término de Ley. Santa Fe, 22 de abril de 2024.Dr. Jorge Freyre, secretario.

$ 200 519788 May. 17

__________________________________________


JORGE FARJAT S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los autos caratulados: “JORGE FARJAT SA., s/Designación De Autoridades” CUIJ 21-05213771-0 que se tramitan por ante el Registro Público del Juzgado de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ra Nominación de Santa Fe, se hace saber que la firma renovó su directorio por un nuevo periodo de tres ejercicios, según Acta de Asamblea de 04 de Abril de 2024, quedando el mismo conformado de la siguiente manera. Presidente: JORGE JOSE FARJAT, DNI N° 7.883.399, argentino, casado, comerciante, con domicilio en Ruta Provincial N° 259, Monte Vera, Santa Fe, CUIT N° 20-07883399-9 Vicepresidente: MARIA BELEN FARJAT, DNI Nº 26.276.995, argentina, casada, comerciante, con domicilio en calle Agustín Delgado 1762 de la ciudad de Santa Fe, CUIT N° 27-26276995-5 Directora titular: MARIA JOSE FARJAT, DNI N° 27.117.685, argentina, divorciada, comerciante, con domicilio en calle Castellanos 1629 de la ciudad de Santa Fe, CUIT Nº 27- 27117685-1.

Directora suplente: ANGELA MAGADALENA DURE, DNI N° 5.802.167, argentina, casada, comerciante, con domicilio en calle Gutiérrez 1725 de la ciudad de Santa Fe, CUIT N° 27- 05802167 -4. Santa Fe, 02 de mayo de 2024. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 50 519573 May. 17

__________________________________________


J M PORCINOS S.R.L


CONTRATO


En Cañada de Gómez, Provincia de Santa Fe, a los 19 días del mes de abril de 2024, entre los señores DRAB JOSÉ HORACIO argentino, soltero, nacido el 2110811984 de profesión Licenciado en Administración de Empresas Agropecuarias y Agro Negocios, domiciliado en Lavalle N° 1176 de Cañada de Gómez, con D.N.I. 31.108.254 y C.U.I.T 20-31108254-0, fijando domicilio electrónico josedrabgmail.com ;y DRAD MARIO ALBERTO, argentino, soltero, nacido el 15/06/1987, de profesión comerciante, domiciliado en Lavalle n° 1176 de Cañada de Gómez, con D.N.I. 32.898.682 y C.U.I.T N° 20-32898682-6, fijando domicilio electrónico mariodrab@gmail.com; han resuelto de común acuerdo constituir una Sociedad de quedando redactada de la siguiente manera:

Denominación: La sociedad girará bajo la denominación de J Y M PORCINOS S.R.L. Domicilio: Lavalle N° 1176, Cañada de Gómez, Provincia de Santa Fe.

Duración: 50 años a partir de su inscripción en el R.P.C

Objeto: La sociedad tendrá por objeto: dedicarse por cuenta propia o de terceros y/o asociada a terceros a las siguientes actividades: A)- AGRICOLA-GANADERA: Crianza de ganado porcino en su ciclo completo; Engorde de ganado porcino; Elaboración de chacinados y embutidos frescos y crudos; Elaboración de alimento balanceado; B) SERVICIOS: Mediante el asesoramiento ganadero en general, siempre a través de profesionales debidamente habilitados en caso de corresponder, y la prestación de servicios de alojamiento y engorde de animales de la especie porcina mediante el servicio de hotelería y otras modalidades de contratación de servicios.

Capital: El Capital social se fija en la suma de pesos tres millones ($3.000.000) dividido en trescientas mil cuotas de pesos diez ($10) cada una.

Administración: estará a cargo de un Socio Gerente, el Sr. Drab Mario Alberto D.N.I. 32.898.682, C.U.I.T N° 20-32898682-6 fijando domicilio electrónico mariodrab@Gmail.com, quien usará su propia firma con el aditamento “SOCIO GERENTE”

Fiscalización: Se prescinde de la sindicatura.

Fecha de cierre de ejercicio: 31 de diciembre de cada año.

$ 150 519662 May. 17

__________________________________________


LA RAQUEL S.R.L.


CONTRATO


Por estar así dispuesto en los auto caratulados: LA RAQUEL S.R.L. s/Modificación al contrato social expediente nº444 año 2024 se hace saber:

En la ciudad de Santa Fe a los 1 días del mes de Marzo de 2024, siendo las 15 hs comparecen: MARCONETTI LUIS MARIA argentino. DNI N° 22.961.080. CUIT: 20-22961080-6. de Profesión Comerciante, nacido el 20 de septiembre de 1972, de apellido materno Riestra domiciliado de Bv. Gálvez 1525 de la ciudad de Santa Fe, casado con Maria Luisa Filomena en adelante “Cedente” y FESSIA JUAN FERNANDO argentino. DNI Nº 33.449.874, CUIT: 20-33449874-4, de Profesión Comerciante, nacido el 14 de junio de 1988 soltero, domiciliado en calle Augusto Hosch 2476, Las Colonias, Provincia de Santa Fe, en adelante “Cesionario’ convienen en celebrar el presente contrato de cesión de cuotas sociales de LA RAQUEL S.R.L. Clave Única de Identificación Tributaria 3071801921.0: El “Cedente cede y transfiere al “Cesionario” el cien % (100%) da la totalidad de las cuotas sociales que posee y le corresponden de la sociedad LA RAQUEL S.R.L. las que ascienden a la cantidad trescientos sesenta (360) cuotas sociales de valor nominal pesos mil ($1000) cada Una y de un voto por cuota social, siendo el valor total de la operación de pesos trescientos sesenta mil ($ 360.000). Luego de la presente cesión de cuotas sociales, se expresa que la nueva redacción de la cláusula referida al capital social quedara confeccionada de la siguiente forma SEXTA Capital social: el capital social se fija en la suma de pesos seiscientos mil ($ 600.000) dividido en seiscientas (600) cuotas de pesos mil ($ 1000) de valor nominal cada una, totalmente suscriptas e integradas de la siguiente manera: el Sr. FESSIA JUAN FERNANDO, trescientas sesenta (360) cuotas parles y la Sra. VEGA MARINA PATRICIA doscientos cuarenta (240) cu s partes. Los socios acuerdan designar como socio gerente a VEGA MARINA PATRICIA, DNI 18242216, domiciliada en calle 11 3/4 entre 14 3/4 y 16 3/4 s/n, La Amistad, Sauce Viejo, Santa Fe. Santa Fe 25 de Abril de 2024. Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.

$ 100 519643 May. 17

__________________________________________


LA BIANCA S.A.


ESTATUTO


Por disposición de la Señora Jueza a cargo del Registro Público, Doctora Celeste Rosso, Secretaria a cargo de la Dra. Julia Petracco, por resolución de fecha de 02 de Mayo. de 2024, se ordena la siguiente publicación de Edictos; Por Acta de Asamblea N° 24 de fecha 24 de julio de 2023, los accionistas BETTINA ALEJANDRA BIANCHI, DNI 17.985,366, CUIT 27-17985366-9, nacida el 27 de junio de 1966, argentina, domiciliada en calle Los Ciruelos 2296 de esta ciudad, viuda, de profesión comerciante; el señor MARCO FIRMO CHIAPPINOTTO. DNI 40.035.923, CUIL 20-40035923-8, nacido el 17 de mayo de 1996, argentino, domiciliado en Ruta 33 N° 2296 de esta ciudad, soltero, de profesión comerciante; y BIANCA MARIA BETTINA CHIAPPINOTTO, DNI 44.995.906, CUIL 27-44995906-5, nacida el 02 de mayo de 2003, argentina, domiciliada en Ruta 33 N° 2296 de esta ciudad, soltera, de profesión comerciante; han resuelto por unanimidad, lo siguiente: 1) Reconducir la sociedad. Como consecuencia de ello se modifica el artículo 1° y 2° del contrato social, los que quedarán redactado así: “ARTICULO 1: La sociedad se denomina “LA BIANCA S.A. continuadora por reconducción de la originaria sociedad anónima”, y tiene su domicilio legal en la ciudad de Venado Tuerto. Departamento General López, Provincia de Santa Fe”.

Artículo 2: El plazo de duración de la sociedad es de 80 (ochenta) años a editar desde la inscripción de la Reconducción de la sociedad en el Registro

Público

2) Aumento del Capital Social: Como consecuencia de este aumento el mismo queda constituido de la siguiente manera: Capital Social DOSCIENTOS MIL PESOS ($200.000.-) dividido en DOSCIENTAS MIL acciones de UN PESO ($ 1.-) de valor nominal cada una. las cuales se encuentran suscriptas de la siguiente manera: MARCO FERMO CHIAPPINOTTO, suscribe treinta mil (30.000.-) acciones por Pesos treinta mil ($ 30.000.-) con derecho a treinta mil (30.000.-) votos; BIANCA MARIA BETTINA CHIAPPINOTTO, suscribe treinta mil (30,000.-) acciones por Pesos treinta mil ($ 30.000.-) con derecho a treinta mil (30.000.-) votos y BETTINA ALEJANDRA BIANCHI, suscribe ciento cuarenta mil (140.000.-) acciones por Pesos ciento cuarenta mil ($ 140.000.-) con derecho a ciento cuarenta mil (140.000.-) votos. Los accionistas se comprometen a integrar el aumento del capital en dinero en efectivo, haciéndolo en este acto en un veinticinco por ciento (25%) y el resto en un plazo no mayor a 90 días.

Domicilio: Ruta 33 N° 2296, Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe.

$ 120 519673 May. 17

__________________________________________


LETOL S.C.A.


TRANSFORMACIÓN


Por estar así dispuesto en los autos caratulados: “LETOL SOCIEDAD COMANDITAS POR ACCIONES s/ Transformación, expediente nro. 357/2024, de trámite ante el Registro Público de Santa Fe, se hace saber según resolución de fecha 26 de marzo2024 que se ha dispuesto ordenar la siguiente publicación:

ESTATUTO. ARTICULO PRIMERO: DENOMINACIÓN Y DOMICILIO. La sociedad se denomina “LETOL SA.”, siendo continuadora por transformación de LETOL SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES, y tiene su domicilio legal en la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. ARTÍCULO SEGUNDO: DURACIÓN. La duración de la sociedad es de noventa y nueve años, contados desde la fecha de la inscripción de la reconducción y transformación en el Registro Público. ARTÍCULO TERCERO: OBJETO. La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, en el país o en el extranjero a las siguientes actividades: INMOBILIARIAS: compra y venta de inmuebles urbanos y rurales con fines de explotación, renta, fraccionamiento o enajenación, inclusive por el régimen de propiedad horizontal. COMERCIALES: compra y venta de bienes muebles, mercaderías, materias primas, su importación y exportación, el ejercicio de mandatos, consignaciones y representaciones; administración de bienes muebles o inmuebles de terceros. AGROPECUARIAS: la explotación, en todas sus formas, de establecimientos agrícolas, ganaderos, mixtos, tamberos, frutícolas, cultivos forestales y granjas, compra y venta de haciendas y actividades de pastaje, ya sean propias o de terceros. Cultivo, acondicionamiento, acopio en depósitos propios o de terceros y la posterior comercialización. FINANCIERAS: préstamos y/o inversiones o aportes de capitales a particulares y sociedades, realizar financiaciones y operaciones de crédito en general con cualquiera de las garantías previstas en la legislación vigente o sin ellas; negociación de títulos, acciones u otros valores mobiliarios y realizar operaciones financieras en general, con excepción de las que se encuentren comprendidas en la ley 21.526 de entidades financieras que requieran concurso público. Complementariamente, y con acuerdo del Directorio, podrá participar en otras sociedades o en uniones transitorias de empresas, cualquiera sea su objeto, dentro o fuera del país, y realizar toda clase de actividad anexa al objeto social. Para su cumplimiento, la sociedad gozará de plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o este estatuto. ARTÍCULO CUARTO: CAPITAL El capital social es de treinta millones de pesos ($ 30.000.000) representado por trescientas acciones escriturales de valor nominal cien mil pesos ($ 100.000) cada una, de un voto cada una. El capital puede ser aumentado por la asamblea general ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme al artículo 188 de la ley 19550.ARTÍCULO QUINTO: ACCIONES. Las acciones emitidas por la sociedad no se representan en libros, debiendo inscribirse en las cuentas llevadas a nombre de cada uno de sus titulares en el libro “Registro de Acciones Escriturales” de acuerdo con el artículo 208 de la ley 19550. Cada acción confiere derecho a un voto. Pueden emitirse acciones preferidas, con derecho a un dividendo de pago preferente de carácter acumulativo o no, conforme a las condiciones de su emisión, y sin derecho a voto. ARTÍCULO SEXTO: TRANSFERENCIA DE ACCIONES. Para la transferencia a terceros de las acciones escriturales, se requiere que el accionista notifique al Directorio indicando los detalles del preacuerdo firmado con el comprador. Dentro de los diez días posteriores a dicha notificación, el Directorio deberá proceder de acuerdo al siguiente orden: a) comunicar a los restantes titulares, quienes dentro de los diez días de notificados podrán optar por la compra de las mismas, con derecho de acrecer; b) optar por su adquisición en las condiciones del artículo 220 de la ley 19550. No ejercido el derecho por parte de los socios o la empresa, se considera prestado el acuerdo. Tanto en el caso a) como en el b), si se opta por la compra de las acciones, la misma será por la totalidad de las acciones sin quedar remanente, y no existiendo acuerdo entre las partes acerca del valor a reembolsar, el mismo surgirá del valor patrimonial de cada acción, que se determinará dividiendo el patrimonio neto del estado de situación patrimonial por la cantidad de acciones, tomando como base la información suministrada por los estados contables correspondientes al período inmediatamente anterior a la fecha de la opción. Dicho valor se convertirá en dólares a la fecha de cierre del ejercicio que se toma, considerando la cotización tipo vendedor en el mercado más libre que haya en ese momento, y esa suma se debe reembolsar en cuatro cuotas semestrales vencidas contadas a partir de la fecha de la opción, a las que se agregará el uno y medio por ciento (1,5%) mensual de interés sobre saldos, debiéndose tener en cuenta la previsión establecida en el artículo 13 inc. 5 de la Ley General de Sociedades. ARTÍCULO SEPTIMO: TRANSFERENCIA MORTIS CAUSA. En el lapso de seis meses contados desde la fecha de fallecimiento del titular de las acciones escriturales, en las condiciones del art 220 LG.S., la sociedad o los demás accionistas tendrán la opción de adquirir a los herederos las acciones transmitidas mortis causa, en cuyo caso el valor a abonar se calculará y abonará de la misma forma que la establecida en el artículo sexto, contándose los plazos a partir de la fecha en que el accionista notifica a los herederos de su voluntad de ejercer tal opción. ARTÍCULO OCTAVO: ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN. La administración de la sociedad está a cargo de un Directorio compuesto por uno a cinco directores, quienes duran en sus funciones tres ejercicios. La remuneración del Directorio será la que fije la Asamblea, que también debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo, que cubren vacantes en el orden de su elección. En su primera sesión designan presidente y vicepresidente, si correspondiera, que reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento. Sesiona con la mayoría absoluta de sus integrantes, adoptando sus decisiones por mayoría de los votos presentes. ARTÍCULO NOVENO: ELECCIÓN. La elección del Directorio se efectúa por simple mayoría de votos presentes. ARTÍCULO DÉCIMO: GARANTÍAS. Cada Director debe constituir una garantía de cincuenta mil pesos ($ 50.000,00), integrados al tiempo de su elección, mediante un depósito en efectivo, que permanecerá en la caja de seguridad de la sociedad. ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: FACULTADES. El Directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales. Puede en consecuencia celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, entre ellos operar con entidades financieras oficiales o privadas del país o del exterior, establecer o cerrar agencias, sucursales u otras especies de representaciones, dentro o fuera del país, otorgar a una o más personas poderes judiciales, incluso para querellar criminalmente, o poderes extrajudiciales, con el objeto y la extensión que juzgue conveniente. La representación legal de la sociedad corresponde al presidente del Directorio, o al vicepresidente en caso de ausencia o incapacidad del primero, pudiendo designarse apoderados generales o específicos. El presidente o quienes tengan la representación de la sociedad obligan a ésta por todos los actos que no sean notoriamente extraños al objeto social, pudiendo otorgar garantías en nombre de la sociedad, en todos los casos con el alcance y excepciones estipuladas en el artículo 58 de la ley 19550.ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO: ASAMBLEAS. Todas las asambleas de accionistas serán convocadas en la forma establecida en el artículo 237 de la ley 19550, sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de asamblea unánime. Rigen el quórum y mayoría determinados por los artículos 243 y 244 de la ley 19550 según la clase de asamblea, convocatoria y materias de que se trate. ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: EJERCICIO SOCIAL El ejercicio social cierra el 31 de diciembre de cada año. A esa fecha se confeccionan los estados contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia. La asamblea puede modificar la fecha de cierre del ejercicio inscribiendo la resolución pertinente en el Registro Público y comunicándola a la autoridad de control. Las ganancias realizadas y líquidas se destinan: a) el cinco por ciento hasta alcanzar el veinte por ciento del capital social, a reserva legal; b) a remuneración del directorio: c) a dividendo de las acciones preferidas; d) el saldo en todo o en parte a participación adicional de las acciones preferidas y a dividendo de las acciones ordinarias, o a reservas facultativas, o al destino que determine la asamblea. Los dividendos deben ser pagados en proporción a sus respectivas integraciones, dentro del año de su aprobación. ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: SINDICATURA. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 284 de la ley 19550, la sociedad prescinde de la sindicatura, por lo que a los socios compete el derecho de contralor que confiere el artículo 55 de la ley 19550.ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: EMPRÉSTITOS. La sociedad está facultada para contraer empréstitos en forma pública o privada, mediante la emisión de debentures, bonos u otras obligaciones o documentos negociables, conforme la sección VIII (artículos325 y siguientes) de la ley 19550. La decisión se toma por Asamblea Extraordinaria con el quórum y la mayoría determinados en el artículo décimo segundo de este estatuto, aprobando también los términos y formas de la emisión, monto, plazos, épocas y series, garantías, entidades intervinientes, programa en su caso y su eventual convertibilidad. ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO: DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN. La liquidación de la sociedad será efectuada por el Directorio de conformidad a lo dispuesto por la ley 19550. Cancelado el pasivo y reembolsado el capital, el remanente se repartirá entre los accionistas en proporción a sus aportes.

$ 800 519345 May. 17

__________________________________________


LUPITA S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


En la ciudad de Rosario, Departamento del mismo nombre, Provincia de Santa Fe, a los 29 días del mes dé Diciembre del año dos mil veintitrés, entre los señores JULIO LUIS VELIZ, nacido el 26/04/1984, D.N.I. 30.685.324, CUIT 20-30685324-5, con domicilio en Tucumán 1464 piso 14 “A” de Rosario; argentino, comerciante, casado en primeras nupcias con María Laura Marrone y JUAN IGNACIO AGUILAR, nacido el 28/10/1983, D.N.I. 30.511.705, CUIT N° 20-30511705-7, soltero, con domicilio en Jujuy 1820 piso 10 “E” de Rosario, argentino, comerciante, hábiles para contratar, en sus calidades de únicos socios de “LUPITA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, sociedad inscripta en el Registro Público de Comercio de Rosario, en CONTRATOS, al Tomo 167, Folio 35951, N° 2171, el 16 de Diciembre de 2016, sus modificaciones de fecha 22 de Febrero de 2021, al Tomo 172, Folio 1114, N° 218 en su calidad de socios y en adelante CEDENTES y por otra parte los cesionarios el Sr. Nicolás RAMIREZ, argentino, abogado, nacido en fecha 3/03/1996, con domicilio en calle 3 de Febrero 147 Piso 7 de la Ciudad de Rosario, titular del DNI N° 39.121.199 CUIL 20-39121199-0, de estado civil soltero y la Srta. Jackeline Elizabeth RIGALLI, argentina, comerciante, nacida en fecha 8/06/1998, con domicilio en calle Santiago 4821 de la Ciudad de Rosario, titular del DNI N° 41.343.049, CUIL 27-41343049-1 de estado civil soltera convienen lo siguiente:

PRIMERA: El señor JULIO LUIS VELIZ y su cónyuge María Laura Marrone titular del D.N.I N° 31.534.804 CUIL 27-31534804-3 quien presta la conformidad en este acto (Art. 470 CCC) vende, cede y transfiere diez mil cuotas de pesos diez cada una equivalentes a cien mil pesos, las que son compradas por el Sr. NICOLAS RAMIREZ. Esta venta se realiza en la suma de CIEN MIL PESOS, recibiendo el vendedor de manos del comprador en este acto, y en dinero efectivo, la suma de CIEN MIL PESOS por lo que le otorga por medio del presente el más suficiente recibo y carta de pago en legal forma. Asimismo, el Señor JUAN IGNACIO AGUILAR vende, cede y transfiere cinco mil cuotas de pesos diez cada un equivalente a cincuenta mil pesos, las que son compradas por NICOLAS RAMIREZ. Esta venta se realiza en la suma de pesos CINCUENTA MIL PESOS, recibiendo el vendedor de manos del comprador en este acto, y en dinero efectivo, la suma de CINCUENTA MIL PESOS por lo que le otorga por medio del presente el más suficiente recibo y carta de pago en legal forma. Por otra parte, el Señor JUAN IGNACIO AGUILAR vende, cede y transfiere cinco mil cuotas de pesos diez cada un equivalentes a cincuenta mil pesos, las que son compradas por la Srta. JACKELINE ELIZABETH RIGALLI. Esta venta se realiza en la suma de pesos CINCUENTA MIL PESOS, recibiendo el vendedor de manos del comprador en este acto, y en dinero efectivo, la suma de CINCUENTA MIL PESOS por lo que le otorga por medio del presente el más suficiente recibo y carta de pago en legal forma. En consecuencia, LOS VENDEDORES transfieren a los COMPRADORES, todos los derechos, acciones y obligaciones que sobre las cuotas de capital enajenadas había, tenía y le correspondían en la referida sociedad, colocando a los compradores en el mismo lugar, grado y prelación que los cedentes tenían y le correspondían sobre las cuotas de capital vendidas, obligándolos en igual forma. Dentro de este precio está incluido todo derecho que por cualquier concepto pudiera corresponder, en su carácter de socio y propietario de dichas cuotas de capital, haciendo subrogación total de dichos derechos. La presente operación implica la cesión de la totalidad de las cuotas sociales que los vendedores tenían de la sociedad LUPITA SRL - lo que fue oportunamente aprobado por ellos-‘como únicos socios, de tal modo que los compradores se incorporan a la sociedad en el mismo lugar y con los mismos derecho y obligaciones que los vendedores. Los compradores cesionarios quedan autorizados para notificar a la sociedad de esta operación y hacer entrega de una copia de este instrumento para que se opere y tenga efecto ante ella la cesión de cuotas. SEGUNDA: Los socios deciden modificar la cláusula segunda del contrato social la que quedará redactada de la siguiente forma a los fines de ampliar el objeto de la presente: “SEGUNDA: La Sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, a las siguientes actividades:

-Elaboración y Comercialización de productos de confitería, panadería, pastelería, sándwiches y demás productos alimenticios, incluyendo servicio de catering. Venta de café y bebidas (con y sin alcohol). Comercialización de libros y otras publicaciones en soporte papel.

-Organización, coordinación y realización de eventos sociales

-Compra y venta por mayor y por menor de bebidas con o sin alcohol, y productos alimenticios de todo tipo, así como la importación y/o exportación de los mismos, su embotellamiento, fraccionamiento, embalaje, almacenamiento, expendio y distribución; incluye procesos y operaciones que permiten que el producto alimenticio y las bebidas estén en estado higiénico sanitario para consumo humano o para su -utilización como materias primas de la industria; pudiendo establecer sucursales, agencias o cualquier otro tipo de representación tanto en el país como en el extranjero.

-Transporte de carga de mercaderías, fletes, acarreos, materias primas, productos alimenticios, bebidas y cargas en general, cumpliendo con las respectivas reglamentaciones nacionales, provinciales, interprovinciales o internacionales, su distribución, almacenamiento, y depósito y embalaje. -Organizar, distribuir y/o abastecer en eventos, nacionales e internacionales, con bebidas y productos alimenticios para catering.

En cumplimiento de sus fines, la sociedad podrá realizar todos los actos y contratos que se relacionen con su objeto.

En caso de requerirse la concurrencia de profesionales de matrícula para la realización de alguna de las actividades descriptas, la sociedad contratará a éstos últimos y abonará los honorarios que se devenguen por la prestación de sus servicios.”

TERCERA: Los socios atento a la ampliación del objeto y considerado el mismo y a los efectos que el Capital Social tenga una mejor concordancia con las actividades que desarrollará la sociedad, los socios acuerdan aumentar el mismo en la suma de $ 600.000.- (Pesos SEISCIENTOS MIL) dividido en 60.000 (SESENTA MIL) cuotas de $ 10.- (Pesos diez) valor nominal de cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: NICOLAS RAMIREZ, cuarenta y cinco mil cuotas equivalentes a cuatrocientos cincuenta mil pesos y JACKELINE ELIZABETH RIGALLI, quince mil cuotas equivalentes a ciento cincuenta mil pesos. Los socios integran en este acto el 25% de la parte correspondiente al aumento del Capital en dinero efectivo y el 75% restante también en dinero en efectivo dentro de un plazo de 2 (Dos) años a partir de la fecha del presente contrato.

El aumento se realiza en la misma proporción a sus tenencias.

CUARTA: Como consecuencia de la presente cesión y posterior aumento de capital se modifica la cláusula TERCERA del contrato social, quedando redactada de la siguiente manera: “TERCERA: CAPITAL: El capital social se fija en la suma de OCHOCIENTOS MIL PESOS ($ 800.000), dividido en ochenta mil cuotas sociales de diez pesos cada una, las que son totalmente suscriptas por los socios en la siguiente proporción: NICOLAS RAMIREZ, sesenta mil cuotas equivalentes a seiscientos mil pesos y JACKELINE ELIZABETH RIGALLI, veinte mil cuotas equivalentes a doscientos mil pesos. Los socios integran en este acto el 25% de la parte correspondiente al aumento del Capital en dinero efectivo y el 75% restante también en dinero en efectivo dentro de un plazo de 2 (Dos) años a partir de la fecha del presente contrato.

Cuando el giro comercial de la sociedad lo requiera, podrá aumentarse el capital indicado en el párrafo anterior por el voto favorable de más de la mitad del capital, en asamblea de socios, que determinará el plazo y el monto de integración, conforme a la suscripción y en la misma proporción de las cuotas sociales que suscribió cada uno de los socios.”

QUINTA: SOCIO GERENTE: En este mismo acto, renuncian a la gerencia JULIO LUIS VELIZ y JUAN IGNACIO AGUILAR a su carácter de Socio Gerente de LUPITA SRL.

Asimismo, los socios aceptan la presente renuncia efectuada y por acuerdo unánime designan como Socio Gerente a Nicolás Ramírez, argentino, nacido en fecha 3/03/1996, con domicilio en calle 3 de febrero 147 Piso 7 de la Ciudad de Rosario, titular del DNI N° 39.121.199 CUIL 20-39121199-0, de estado civil soltero a los fines de desempeñar la gerencia, que tendrá a su cargo el uso de la firma social y actuará de acuerdo a lo dispuesto en la cláusula quinta del Contrato Social.

$ 400 519576 May. 17

__________________________________________


LAYCA S.R.L.


CONTRATO


Por estor así dispuesto en los autos caratulados: LAYCA S.R.L. s/CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD, CUIJ. N° 21-05212778-2, en trámite por ante el Registro Público de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber la constitución de la siguiente Sociedad.

1) Denominación: LAYCA S.R.L.

2) Fecha: 18 de octubre de 7023

3) Socios: Sr. Oscar Camil Chemes, de apellido materno Marzioni, argentino, estado civil soltero, mayor de edad, de profesión arquitecto, nacido el 28 de marzo de 1994, DNI 37.570.903, CUIT 20-37570903-2, con domicilio en calle San Martín N° 1758, de la Ciudad de Vera, Departamento Vera, Provincia de Santa Fe; y la Sra. Lara Chemes, de apellido materno Marzioni, argentina, estado civil soltera, mayor de edad, de profesión abogada, nacida el 21 de agosto de 1991, DNI 36.196.024, CUIT 27-36196024-1, con domicilio en calle San Martín N° 1759, de la Ciudad de Vera, Departamento Vera, Provincia de Santa Fe,

4) Plazo de Duración: Noventa años (90 años).

5) Domicilio Social: Santiago del Estero N° 3444, Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe.

6) Objeto: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, pudiendo actuar como fiduciaria, dentro o fuera del país las siguientes actividades: 1) Actividades y servicios: prestación de servicio espectáculos, bar, alquiler temporario, administración de bienes inmuebles de propiedad de la sociedad comercial y/o arrendados y/o recibidos en comodato por la misma, su explotación, arrendamiento. Comercialización minorista y/o mayorista de productos de ferretería, pinturas, bazar, materiales de construcción, electricidad y afines; importadora, exportadora, financiera, agrícola, ganadera e industrial, como así realización de obras y construcciones en general y demás actividades afines, en todas sus etapas, rubros y derivados por si y/o por terceras personas. Servicio de salones de baile, discoteca y similares. Servicios de esparcimiento no contemplados, servicios artísticos, culturales, deportivos y esparcimiento. Comercialización minorista y/o mayorista de bebidas y afines. Servicios de alquiler y explotación de inmueble y/o equipamientos de luces y sonidos y/o recursos escénicos para fiestas, convenciones y otros eventos similares. Servicios de fletes con automotores propios y/o de terceros, con las limitaciones del Art. 31 de la Ley General de Sociedades N° 19.550; 2) Agropecuaria: explotación directa por sí o por terceros en establecimientos rurales, ganaderos, agrícolas, fruti horticolas, forestales, propiedad de la sociedad o de terceras personas, cría, invernización, mestización, venta, cruza de ganado, hacienda de todo tipo, explotación de tambos, cultivos, compra venta de cereales y oleaginosas, elaboración de productos lácteos o de ganadería, así como la compra, venta, distribución, importación y exportación de materias primas derivadas de la explotación agrícola y ganadera. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejecutar todos los actos que no se encuentren expresamente prohibidos por las Leyes o por este estatuto.

7) Capital: El capital social lo constituye la suma de Seiscientos Mil Pesos ($600.000), dividido en Seis Mil (6000) cuotas sociales de Cien Pesos ($100), cada una, de valor nominal, las cuales han sido suscriptas por los socios en la siguiente proporción: el socio Sr. Oscar Camilo Chemes, la cantidad de Tres Mil (3.000) cuotas sociales de Cien Pesos ($100) de valor nominal cada una, por un total de Trescientos Mil Pesos ($300.000); la socia Sra. Lara Chemes la cantidad de Tres Mil (3.000) cuotas sociales de CIEN PESOS ($100) de valor nominal cada una, por un total de Trescientos Mil Pesos ($300.000). La integración se efectúa en dinero efectivo, de la siguiente forma: a) un 25 % en este acto, y b) el saldo en el plazo de dos años, contado a partir de este acto.

8) Dirección y Administración: La Sociedad será administrada en forma conjunta y/o indistinta por los Sres. LARA CHEMES y OSCAR CAMIL CHEMES, cuyos datos personales fueron consignados más arriba, bajo la denominación de Socios Gerentes precedido del aditamento LAYCA SRL para sus actos sean válidos y obliguen a la firma todo ello con la única limitación de no comprometerla en negociaciones ajenas al giro de sus actividades ni en prestaciones gratuitas. Son atribuciones del socio-gerente: Hacer uso de la firma social en forma y a los fines que se indican en este contrato en todos los actos y negocios sociales que realicen, estándole empero prohibido en forma absoluta, hacer uso de la firma social para otros fines, ni comprometerla en fianzas o garantías a terceras personas. Podrá abrir a nombre de la Sociedad cuentas corrientes en bancos nacionales, provinciales, municipales, extranjeros, o privados que crean convenientes, depositar en ello* fondos y valores como libradores, endosantes o aceptantes y solicitar créditos en las mismas instituciones bancarias y/o financieras. Podrán comparecer en juicios por sí o por medio de apoderados generales o especiales, como actores o demandados o en cualquier otro carácter, ante los jueces o tribunales de cualquier naturaleza, reconvenir, prorrogar o declinar jurisdicciones poner o absolver posiciones y producir otro género de informaciones, transigir, comprometer en árbitros, renunciar al derecho de apelar y a prescripciones adquiridas, quedando autorizada para concurrir a asambleas y a junta de acreedores en los concursos civiles y quiebras y conceder y rechazar, concordatos, quitas, esperas y otras facilidades de pago y de acreencias de la sociedad. Podrá, igualmente conferir, poderes generales o especiales con amplias facultades inclusive la de poner y absolver posiciones, reconvenir y prorrogare jurisdicciones. Está facultado para contestar e iniciar gestiones ante las autoridades, reparticiones provinciales, nacionales, municipales en los casos que tengan que hacer valer derechos de la sociedad. Podrán adquirir o gravar, en cualquiera de las formas permitidas por las leyes, y recibir de los deudores de la sociedad en pago de garantías toda clase de títulos, u otros valores, bienes muebles, inmuebles, derechos y acciones, aceptar y otorgar documento privados, recibos, carta de pagos, cancelación y demás que sean necesarios, designar los empleados que fueren necesarios para la sociedad y separarlos por cualquier causa legal. Las atribuciones enunciadas no son limitativas, sino meramente enunciativas, donde la facultad de los gerentes es amplia, dentro de las facultades de administración que le acuerda la Ley Nº 19550 y sus modificaciones y concordantes.

9) Órgano de Fiscalización: Prescindencia, facultad otorgada por art. 55 Ley N° 19.550.

10) Fecha de Cierre de Balance: El día treinta (30) de junio de cada año se practicará el inventario y balance general. Santa Fe, 26 de Diciembre de 2023. Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.

$ 300 519601 May. 17

__________________________________________


MARRONE HNOS. S.R.L.


CESION DE CUOTAS


MARRONE HNOS S.R.L., inscripta en Contratos, al Tomo 155, Folio 23813, N° 1868, con fecha 10/11/2004; y sus posteriores modificaciones, al Tomo 157, Folio 3709, N° 282, con fecha 06/03/2006; al Tomo 158, Folio 11626, N° 883, con fecha 29/05/2007; al Tomo 167, Folio 29609, N° 1764, con fecha 21/10/2016; y al Tomo 174, Folio 2355, N° 444, con fecha 04/04/2023, del Registro Público de Comercio, del Registro Público de Comercio. Con fecha 14/09/2023 se ha resuelto la siguiente modificación:

Primera: El socio Diego Antonio Marrone ha resuelto vender, ceder y transferir 75.000 (setenta y cinco mil) cuotas de capital, valor nominal $ 1.- (pesos uno), representativas de $ 75.000.- (pesos setenta y cinco mil) a Omar Andrés Marrone, Hernán Claudio Marrone y Fabián Ariel Marrone, 25.000 (veinticinco mil) cuotas de capital a cada uno, quienes aceptan. Esta venta se efectúa por un valor de $ 25.000.- (pesos veinticinco mil), pesos, a cada uno, que los cesionarios abonan en efectivo, en este acto, sirviendo el presente de suficiente recibo y carta de pago. Como consecuencia de las cesiones de cuotas mencionadas en la cláusula segunda, el artículo respectivo del contrato social queda redactado de la siguiente manera: “CUARTA. El capital social se fija en la suma de pesos trescientos mil ($ 300.000.-), dividido en trescientas mil (300.000) cuotas sociales, de pesos uno ($ 1.-) cada una, que los socios suscriben de la siguiente manera: Omar Andrés Marrone, 100.000 (cien mil) cuotas, de pesos uno ($ 1.-), valor nominal cada una, o sea, un capital de pesos cien mil (S 100.000.-); Hernán Claudio Marrone, 100.000 (cien mil) cuotas, de pesos uno ($ 1.-), valor nominal cada una, o sea, un capital de pesos cien mil ($ 100.000.-) y Fabián Ariel Marrone, 100.000 (cien mil) cuotas, de pesos uno ($ 1.-), valor nominal cada una, o sea, un capital de pesos cien mil ($ 100.000.-). Las mismas han sido totalmente integradas al momento del presente contrato.”

Segunda: Se ratifican los demás artículos del contrato social, no modificados por el presente.

$ 200 519723 May. 17

__________________________________________


MAGUI S.R.L.


DESIGNACION DE GERENTES


Por estar así dispuesto en los autos caratulados: MAGUI S.R.L. s/Designación de autoridades; Expte. CUIJ 21-05213091-0 (2872/2023), de trámite por ante el Registro Público se hace saber que se ha dispuesto publicar el siguiente edicto:

Designación de Autoridades; Por instrumento público dé Fecha 4 de Diciembre del año 2023 los socios, titulares de la totalidad de las cuotas sociales que representan el 100% del capital social, de la entidad MAGUI S.R.L. con sede en calle San Jerónimo N° 2363 de la ciudad de Santa Fe, provincia homónima, se resolvió por asamblea general ordinaria la designación de Socio Gerente al Sr. MARIANO GABRIEL CEJAS, D.N.I. Nº 22.876.118, CUIT Nº 20-22876118-5, con domicilio en calle Primera Junta N° 2667, 3° Piso, depto. A, de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. Lo que se publica a los efectos legales. Santa Fe, 26 de Abril del 2024. Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.

$ 50 519670 May. 17

__________________________________________


MARANI HNOS. S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


A los efectos legales se hace saber que por Asamblea General Ordinaria del 08/04/2024 y reunión del directorio de 09/04/2024 que asignó los cargos a los miembros electos, la sociedad eligió el nuevo directorio por el término de tres ejercicios, quedando así integrado: presidente Bibiana Edit Marani; vicepresidente Cintia Luján Algido Coletti y directoras suplentes Yanina Ana Algido Coletti y Estefanía Algido Coletti. Todos constituyen domicilio en calle Garibaldi 853 de la ciudad de Rosario.

$ 50 519761 May. 17

__________________________________________


NUÑEZ S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


En reunión de Directorio N° 9 del 23 de Febrero de 2024, aceptaron los cargos para que fueron elegidos directores para los ejercicios 2024 a 2026 ambos inclusive, en las Asamblea General Ordinaria N° 14 del día 22 del mes de Febrero de 2024:

Presidente: Gastón Aron Núñez, C.U.I.T. 20-31790522-0, con domicilio en Iriondo N° 1048 Piso 8 Dpto. 1, Rosario.

Vicepresidente: Félix Edgardo Núñez, C.U.I.T. 20-12112859-5, con domicilio en Avda. Madres de Plaza 25 de Mayo N° 3080, 15/1, Rosario.

Directora Suplente: Elena Giordano, C.U.I.T. 27-13240416-5, con domicilio en Avda. Madres de Plaza 25 de Mayo N° 30801 15/1, Rosario.

Directora Suplente: Victoria Cecilia Núñez, C.U.I.T. 27-33213411-1, con domicilio en Callao N° 499 Piso 4 Dpto. A, Rosario.

$ 50 519617 May. 17


__________________________________________

MF CONSTRUCCIONES ELECTROMECANICAS S.A.


MODIFICACIÓN DE ESTATUTO


DENOMINACION: MF CONSTRUCCIONES ELECTROMECANICAS S.A.

DOMICILIO: Rodríguez N° 1552, PB de Rosario Provincia de Santa Fe.

FECHA DEL INSTRUMENTO: 31 de octubre de 2024.

AMPLIACIÓN DEL OBJETO SOCIAL: Los accionistas aprobaron la siguiente ampliación del objeto social, modificando el articulo tercero por el siguiente: “Artículo 30: La sociedad tiene por objeto la realización, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, tanto en el país como en el exterior las siguientes actividades: CIVILES a) Diseño y ejecución de obras civiles, montajes eléctricos, mecánicos, hidráulicos, electromecánicos y termo mecánicos, tanto para obras nuevas como para reformas o rehabilitación de infraestructuras. Diseño y montaje de redes de distribución eléctricas, redes de gas, calor. Tendido de fibras ópticas de todo tipo para la transmisión de datos y conexión de redes informáticas. Construcción, diseño y desarrollo de estaciones de transformación eléctrica, estaciones reguladoras de presión de gas y bombeo de agua. Rehabilitación o reformas de todas las antes mencionadas. b) El tendido de líneas eléctricas de alta, media y baja tensión. Obras de alumbrado público. Instalaciones eléctricas industriales y domiciliarias. Tendido de líneas telefónicas. Elaboración de anteproyectos y proyectos de obras de ingeniería electromecánica. Construcciones de obras civiles y de ingeniería para estaciones eléctricas y transformadoras. INDUSTRIALES: a) sistemas de generación de calor, vapor, gas, biogás, energía eléctrica y térmica, todos de origen renovable y no renovable. Manejo de espacios verdes, recolección y poda de diferentes biomasas, arbóreas, posturas y arbustos, recolección y reacondicionamiento, picado, enfardado y traslado a centros de disposición final - b) Fabricación y ventas de materiales eléctricos. Fabricación de herrajes y accesorios para la electrificación rural y anclajes de líneas de todo tipo. DE SÉRVICIOS: a) Realización de fletes para terceros, con vehículos utilitarios para obras. Arrendamientos de grúas, palas mecánicas y retroexcavadoras y vehículos para movimientos de suelos. COMERCIALES: a) Comercialización de toda clase de productos y subproductos, para todas las actividades antes mencionadas. b) Importaciones y exportación de equipos, productos y tecnologías para abastecer a las actividades antes mencionadas. c) La Sociedad podrá recibir y otorgar representaciones, comisiones, mandatos y consignaciones. SOCIOAMBIENTALES: a) Fomentar las tareas tendientes a la mejora del entorno en el que se desenvuelve la comunidad, fomentar las buenas prácticas de trabajo entre nuestros empleados, el ambiente y los ciudadanos. Las actividades que así lo requieran serán desarrolladas por profesionales con título habilitante. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por La Ley o por este contrato. En el desarrollo de la actividad prevista en el objeto social, la sociedad velara por la generación de un impacto social positivo en la comunidad donde se desenvuelva, las personas vinculadas a esta y el medioambiente.”

AUMENTO DE CAPITAL: Los accionistas deciden aumentar el capital social en de $1.900.000,- (un millón novecientos mil pesos) conformado por 19.000 (diecinueve mil) acciones, de clase A. de 5 votos por acción, elevando de este modo el capital social de MF CONSTRUCCIONES ELECTROMECANICAS S.A. a la suma de $2.000.000,.- (dos millones de pesos) compuesto por 20.000 (veinte mil) acciones ordinarias de $100,- (cien pesos) cada una, con derecho a 5 (cinco) votos por acción. El aporte realizado por los socios es en efectivo.

SUSCRIPCIÓN: Emilio Julián Benegas suscribe 6.333 (seis mil trescientos treinta y tres) acciones, nominativas, no endosables, de clase “A” con derecho a 5 (cinco) votos por acción de $ 100.- (cien pesos) valor nominal cada una, que representan un capital suscripto de $ 633.300 (seiscientos treinta y tres mil trescientos pesos), que sumado a su tenencia originaria, posee 6.666 (seis mil seiscientos sesenta y seis) acciones, nominativas, no endosables, de clase “A” con derecho a 5 (cinco) votos por acción de $ 100.- (cien pesos) valor nominal cada una, que representan un capital suscripto de $666.600,00 (seiscientos sesenta y seis mil seiscientos pesos) que tiene y posee en MF CONSTRUCCIONES ELECTROMECÁNICAS S.A.. Osvaldo Felipe Sortino: suscribe 6.334 (seis mil trescientos treinta y cuatro) acciones, nominativas, no endosables, de clase ‘A” con derecho a 5 (cinco) votos por acción de $ 100.- (cien pesos) valor nominal cada una, que representan un capital suscripto de $ 633.400 (seiscientos treinta y tres mil cuatrocientos pesos), que sumado a su tenencia originaria, posee 6.667 (seis mil seiscientos sesenta y siete) acciones, nominativas, no endosables, de clase ‘A” con derecho a 5 (cinco) votos por acción de $ 100.- (cien pesos) valor nominal cada una, que representan un capital suscripto de $666.700,,00 (seiscientos sesenta y seis mil setecientos pesos) que tiene y posee en MF CONSTRUCCIONES ELECTROMECANICAS S.A.. Marcos Jesús Antonio Fernández: suscribe en este acto 6.333 (seis mil trescientos treinta y tres) acciones, nominativas, no endosables, de clase “A” con derecho a 5 (cinco) votos por acción de $ 100.- (cien pesos) valor nominal cada una, que representan un capital suscripto de $633.300 (seiscientos treinta y tres mil trescientos pesos), que sumado a su tenencia originaria, posee 6.667 (seis mil seiscientos sesenta y siete) acciones, nominativas, no endosables, de clase “A” con derecho a 5 (cinco) votos por acción de $ 100.- (cien pesos) valor nominal cada una, que representan un capital suscripto de $666.700,00 (seiscientos sesenta y seis mil setecientos pesos) que tiene y posee en MF CONSTRUCCIONES ELECTROMECANICAS S.A..

INTEGRACIÓN; El aporte los accionistas es en efectivo, en proporción a la tenencia accionaria de cada accionista, integrando el 25% del capital suscripto, o sea la suma de $475.000,00 (cuatrocientos setenta y cinco mil pesos) y el 75% o sea la suma de $1.425.000,00 (un millón cuatrocientos veinticinco mil pesos) restante dentro de los dos años de firmado dicho instrumento. La integración es proporcional al monto suscripto por cada accionista.

MODIFICACIÓN DEL CONTRATO SOCIAL: Conforme al aumento de capital suscripto el artículo cuarto del contrato social queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 4º: El capital de la sociedad es de $2.000.000.- (Pesos Dos millones), representado por 20.000 (Vente mil) acciones ordinarias nominativas no endosables, de $ 100.- (Pesos Cien), cada una de valor nominal. Este capital podrá aumentarse en una o varias veces según que las necesidades de la sociedad lo requieran, hasta el quíntuplo de su monto, por decisión de la Asamblea Ordinaria de Accionistas, conforme a lo dispuesto por el artículo 188 de la Ley 19.550 y su modificatoria, la Ley 22.903. El aumento de capital por encima del quíntuplo sólo podrá ser resuelto por la Asamblea Extraordinaria de Accionistas. La Asamblea podrá delegar en el Directorio la época de emisión, forma y condiciones de pago”. Rosario, 25 de marzo de 2024. Registro Público de Rosario.

$ 180 519698 May. 17

__________________________________________


ORGANIZACIÓN HOTELERA MAJESTIC S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


PRESIDENTE: Sr. GERMAN ARIEL MONNEY, argentino, nacido el 11/03/1974, empresario, casado en 20 nupcias con Silvina Arguello Pavicich, domiciliado en calle San Lorenzo N° 980, de Rosario, con DNI N° 23.948.109, CUIT N° 20-239481109-5.

DIRECTOR SUPLENTE: Sr. CRISTIAN MANUEL MONNEY, argentino, nacido el 06109/1971, empresario, divorciado, domiciliado en Buenos Aires N° 32, de Guatimozin, Pcia. de Córdoba, con D.N.I. 22.142.194, CUIT N° 23-22142194-9. DOMICILIO ESPECIAL LOS DIRECTORES. San Lorenzo 980 de la ciudad de Rosario.

INSCRIPCIÓN: ACTA DE ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA N° 54 de fecha 31 de Enero de 2024, donde se decidió por unanimidad la “DESIGNACION DE DIRECTORES TITULARES Y SUPLENTES POR EL TERMINO DE DOS (2) EJERCICIOS ECONOMICOS y ACEPTACION DE LOS RESPECTIVOS CARGOS.

$ 100 519783 May. 17

__________________________________________


OLMOS DEL SUR S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Los Socios de “OLMOS DEL SUR S.R.L.”, inscripta en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, el 10 de julio de 2003, en CONTRATOS, al Tomo 154, Folio 11335, Número 1008, y Modificaciones (Prórroga de duración y aumento del Capital Social) inscriptas en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, el 28 de agosto de 2013, en CONTRATOS, al tomo 164. Folio 20784, número 1330, y en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, el 08 de Agosto de 2023, en CONTRATOS, al Tomo 174, Folio 6112, Número 1156 han resuelto de común acuerdo:

1º Aceptar la renuncia presentada por la Señora SUSANA ANTONIA RUFFINI DE OGLIETTI, DNI N° 4.866.442, al cargo de Gerente, con el que fuera designada por Acta Acuerdo de fecha 04 de junio de 2003 que forma parte del Contrato Social antes referido.

2° Designar nuevo Gerente de la Sociedad al Señor RUBEN ALFREDO PIRES, argentino, nacido el 25 de agosto de 1959, de profesión Farmacéutico, de estado civil casado en primeras nupcias con la Señora Judith Bibiana Ratto, domiciliado en calle Italia n° 433 de la ciudad de Las Rosas, con Documento Nacional de Identidad n° 13.345.629. CUJT n° 20-13345629-6.

En consecuencia, el inciso b) del Acta Acuerdo de fecha 04 de junio de 2003 quedará redactada en la siguiente forma: “b) DESIGNACION DE GERENTE: Conforme a la Cláusula Sexta del Contrato Social, se resuelve por unanimidad designar GERENTE al Señor RUBEN ALFREDO PIRES, argentino, nacido el 25 de agosto de 1959, de profesión Farmacéutico, de estado civil casado en primeras nupcias con la Señora Judith Bibiana Ratto, domiciliado en calle Italia n° 433 de la ciudad de Las Rosas, con Documento Nacional de Identidad n° 13.345.629, CUIT n° 20-13345629-6, quien actuará de acuerdo a lo dispuesto en la Cláusula Sexta del Contrato Social.

$ 45 519715 May. 17

__________________________________________


NUEVO CG S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición del señor Juez a cargo del Registro Público, en los autos: “NUEVO CG S.R.L. s/ Cesión De Cuotas-Egreso E Ingreso De Socios” Expte. N° 1062/2024 se hace saber a los fines de su inscripción que en fecha 11 de Marzo de 2024, el Sr. EMILIO LUIS DI BIASIO, D.N.I. N° 8.378.954, cedió en favor de los Sres. SERGIO LUIS FUSTER, D.N.I. N° 10.779.351, ANGEL GATTO, D.N.I. N° 8.048.1501 RICARDO ANGEL ABRAMOVICH, D.N.I. N° 11.871.029, CARLOS DANIEL LUJAN GIANONI, D.N.I. N° 11.752.250, la cantidad de 300 (trescientas) cuotas sociales de valor nominal $100 (pesos cien) cada una, que en su conjunto son representativas del 20 % del capital social “NUEVO CG S.R.L.”, sociedad inscripta en el Registro Público de Rosario al Tomo 166 - Folio 14.683 - N° 983 de “Contratos”, en fecha 18.06.2015, quedando la cláusula cuarta del Contrato social redactada de la siguiente manera: CLÁUSULA CUARTA. Capital social: El capital se fija en la suma de $ 150.000.-(pesos ciento cincuenta mil), dividido en 1.500 cuotas sociales de $ 100.- (pesos cien) cada una, que los socios han suscripto e integrado en su totalidad de acuerdo de acuerdo al siguiente detalle: a) SERGIO LUIS FUSTER 375 cuotas sociales, que representan el 25 % del Capital Social, equivalente a $ 37.500 (pesos treinta y siete mil quinientos) sobre el mismo; b) ANGEL GATTO 375 cuotas sociales, que representan el 25 % del Capital Social, equivalente a $ 37.500 (pesos treinta y siete mil quinientos) sobre el mismo; c) RICARDO ANGEL ABRAMOVICH 375 cuotas sociales, que representan el 25 % del Capital Social, equivalente a $ 37.500 (pesos treinta y siete mil quinientos) sobre el mismo y d) CARLOS DANIEL LUJAN GIANONI 375 cuotas sociales, que representan el 25 % del Capital Social, equivalente a $ 37.500 (pesos treinta y siete mil quinientos) sobre el mismo.

$ 100 519752 May. 17

__________________________________________


NEUMATICOS DELMENICO S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


1) Fecha del instrumento de prórroga: 25 de marzo de 2024.

2) Razón Social: Neumáticos Delmenico S.R.L., CUIT 3360518763-9, correo electrónico neumaticosdelmenico@neumaticosdelmenico.com

3) Datos de inscripción de la sociedad: Contratos al Tomo 135, Folio 1064, Número 368 el 6 de abril de 1984 y modificatorias inscriptas: el 14 de abril de 1993 al tomo 144, Folio 4579, Nro.435; el 24 de diciembre de 1997 al Tomo 148 Folio 18427 Nro. 2158; el 5 de octubre de 2006 al Tomo 157 Folio 21850 Nro. 1679; 20 de mayo de 2014 al Tomo 165 Folio 11005 nro 664

4) Socios: LILIANA MARIA DE GRANDIS, apellido materno

Amurri, argentina, identificada con Documento Nacional de Identidad nro 12.578.102. CUIT 27-12578102-6, correo electrónico lilianadegrandis@hotmail.com.ar, de sesenta y siete años de edad, nacida el día veinticuatro de febrero de mil novecientos cincuenta y siete, de profesión comerciante, estado civil casada en primeras nupcias con Juan Carlos Angel Delmenico, domiciliada en calle San Juan 3318, de la ciudad Rosario, provincia de Santa Fe, PABLO ADRIAN DELMENICO DEGRANDIS, de apellido materno De Grandis, de nacionalidad colombiano, quien se identifica con DNI n° 92.661.310.-, CUIT 20-92661310-4, correo electrónico de profesión comerciante, de cuarenta y ocho años de edad, nacido el dos de marzo del año mil novecientos setenta y seis, casado en primeras nupcias con Manan Jimena Ríos DNI 27.044.546, con domicilio en Avda Pellegnini 3709 9 2, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, ROMINA ALEJANDRPI DELMENICO, de apellido materno De Giandis, identificada con Documento Nacional nro. 26.700.341.-, CUIT 27-26700341-1, correo electrónico

romina@neumaticosdelmenico.com, de nacionalidad argentina, de profesión comerciante, estado civil viuda, de Gustavo Adolfo Milone, de cuarenta y cinco años de edad, nacida el veintiocho de setiembre del año mil novecientos setenta y ocho, domiciliada en calle Crespo 1063, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, quien comparece por derecho propio y en representación de sus hijos menores Valentino y Santiago Milone y Delmenico, en su carácter de administradora provisoria de los bienes de la sucesión de quien fuera su cónyuge, don Gustavo Adolfo Milone, en trámite en el Juzgado 1ra Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nro 2 Rosario, bajo Expediente Nro 809/2018, y JUAN JOSE DELNICO, de apellido materno De Grandis, de nacionalidad argentino, quien se identifica con DNI n° 30.139.403.-, CUIT 23-30139403-9, correo

electrónico juanjosedelmenico@hotmail.com, de profesión comerciante, de cuarenta y un años de edad, nacido el cinco de febrero del año mil novecientos ochenta y tres, soltero, con domicilio en calle Iriarte 3641, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, únicos socios de “NEUMATICOS DELMENICO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, CUIT 3360518763-9, correo electrónico

5) Prórroga: Se prorroga el término de duración de la sociedad cuya fecha de vencimiento opera el día 06 de abril de 2024 por diez años más, quedando redactada la cláusula quinta luego de prorrogado el termino de duración, como sigue:”CLAUSULA QUINTA: Duración EL término de duración se fija en 50 años a partir de su inscripción originaria en el Registro Público.

$ 300 519644 May. 17

__________________________________________


REAL CONSTRUK PRO S.A.


ESTATUTO


Por disposición del señor Secretario a cargo del Registro Público de Rosario, en los autos caratulados: “Real Construck Pro S.A., Expte 1030/2024, CUIJ 21-05537751-8, se ha ordenado la siguiente publicación:

1) Datos accionistas: Ferreyra Jeremías Franco, nacido el 09/11/2000, de 23 dos de edad, soltero, estudiante, domiciliado en calle Urquiza 7583 de la ciudad de Rosario, y en jereventas@gmail.com,D.N.I número 42.927.339, argentino; y Ferreyra Lucas Miel, nacido el 24/04/1995, de 28 años de edad, soltero, comerciante, domiciliado en calle Urquiza 7583 de la ciudad de Rosario, yen lucasgomez9292gmail.com. D.N.I número 38.899.771, argentino.

2) Fecha del instrumento de constitución: 28 de Febrero del 2024.

3) Denominación: REAL CONSTRUK PRO SA.

4) Domicilio Social: Urquiza 7583 de la ciudad de Rosario.

5) Objeto Social: realización a nombre propio o ajeno, por cuenta propia o de terceros o asociada a tercero de lo siguiente: construcción y reforma de edificios residenciales y no residenciales.

6) Plazo de duración: 30 años contados desde la fecha de inscripción del presente instrumento en el Registro Público.

7) Capital Social: El capital social es de Un Millón de pesos ($1.000.000.-) representado por Mil (1.000.-) acciones valor nominal Mil pesos (V$N 1.000.-) cada una.

8) Administración y representación: Directorio de UNO y un máximo DOS. Director titular: Ferreyra Jeremías Franco, nacido el 09 de noviembre del 2000, de 23 años de edad, soltero, estudiante, domiciliado en calle Urquiza 7583 de la ciudad de Rosario, y enjereventas@gmail.com, D.N.I número 42.927.339, argentino. Director Suplente: Walter Alfredo Benavidez, nacido el 12 de enero de 1975, de 49 años de edad soltero, comerciante, domiciliado en Amenábar 3390 de la ciudad de Rosario, y en walt777bena@gmail.com. D.N.I 33.678.828,argentino.

9) Fiscalización: se prescinde de la sindicatura.

10) Fecha de cierre de ejercicio 31 de diciembre.

$ 60 519629 May. 17

__________________________________________


PRISMATIC S.A.S.


ESTATUTO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados: PRISMATIC S.A.S. s/Constitución De Sociedad” - Expte. N° 540/2024, de trámite por ante el Registro Público de la ciudad de Santa Fe, se hace saber lo siguiente:

1) Fecha del Contrato Constitutivo: 09 días del mes de abril de 2024-

2) Socios: Erich Guillermo Zwiener, nacido el 07 de abril de 1941, divorciado, argentino, Ingeniero Químico, domiciliado en calle 48 S/N 700 mts al Este - Arroyo Leyes - La Capital - Santa Fe, DM 6.246.978, CUIT 20-06246978-2, Manuel Alejandro Facal, nacido el 04 de marzo de 1988, soltero, argentino, Ingeniero Industrial, domiciliado en calle Sarmiento 1522 - Sauce Viejo - La Capital - Santa Fe, DNI 33.734.030, CUIL 20-33734030-0 y Alexis Emanuel Llop, nacido el 18 de agosto de 1986, soltero, argentino, Ingeniero Mecánico, domiciliado en calle Ituzaingó 2085 1 D - Santa Fe - La Capital - Santa Fe, DNI 32.590.902, CUIL 20-32590902-2.

3) Denominación: PRISMATIC S.A.S.

4) Domicilio: 3 de Febrero N° 2845 de la ciudad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe.

5) Duración: 99 altos a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público.

6) Objeto: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, dentro o fuera del país, las siguientes actividades: INDUSTRIALES: Fabricación de todo tipo de elementos, componentes, piezas y repuestos, especialmente de origen metalúrgico, ya sea por encargo de terceros o por propia decisión para su posterior comercialización dentro y fuera del país.

CONSTRUCTORAS: Mediante proyectos y obras de construcción, así como el asesoramiento y la consultoría de todo tipo de obras públicas y privadas, en las especialidades de: 1) Arquitectura, remodelación, pinturas y edificación. 2) Ingeniería civil, demoliciones, mejoras y pavimentación de calles y rutas, construcción de canalizaciones, desagües, instalaciones de protección contra incendio e inundaciones, construcciones de estructuras y/o infraestructuras de hormigón, fabricación de estructuras metálicas, vigas, puentes, cabreadas y barandas, movimiento de suelos y todo tipo de conservación, redes de gas y sanitarios. 3) Ingeniería mecánica y electromecánica, tendido de líneas eléctricas, construcción e instalación de tanques, cañerías, instalaciones de equipos para fábricas, piezas fabricadas y otras a construir o a modificar en obra.

FINANCIERAS: Otorgar préstamos y/o aportes o inversiones de capitales Particulares o sociedades por acciones, realizar financiaciones y operaciones de crédito en general con cualquiera de las garantías previstas en las legislaciones vigentes, o sin ella, negociación de títulos, acciones y otros valores mobiliarios, y realizar operaciones financieras en general. Quedan excluidas las operaciones de la Ley de Entidades Financieras N° 21.526.

COMERCIALES: Comercialización de cualquier tipo de materiales e insumos industriales. Contratación, subcontratación, importación y exportación de instalaciones y equipos industriales. Realizar toda clase de operaciones de comercialización, compraventa, importación, exportación, representación, distribución y consignación de materias primas, materiales, máquinas, repuestos, accesorios, tecnología y demás implementos vinculados a la ejecución de tareas encomendadas por sus clientes.

INMOBILIARIAS: Compra, venta, arrendamiento, locación, administración, subdivisión, loteos, permutas, de bienes inmuebles de todo tipo, urbanos

y/o rurales y todas las operaciones de venta inmobiliaria, con excepción de las reguladas por la Ley N° 13.154.

Para el cumplimiento de su objeto la sociedad tiene plena, capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.

7) Capital Social: El capital social es de tres millones de pesos ($3.000.000) representado por treinta mil (30.000) acciones ordinarias de valor nominal cien pesos (V$N 100) cada una. El capital puede ser aumentado por decisión del órgano de gobierno en los términos del artículo 44 Ley 27.349. Los -socios suscriben de acuerdo al siguiente detalle: (a) Erich Guillermo Zwiener, 9.000 acciones ordinarias por un valor total de $900.000 (pesos novecientos mil) de valor nominal $100 cada una (pesos cien); (b) Manuel Alejandro Facal, 6.000 acciones ordinarias por un valor total de $600.000 (pesos seiscientos mil) de valor nominal $100 cada una (pesos cien); (c) Alexis Emanuel Llop, 15.000 acciones ordinarias por un valor total de $1.500.000 (pesos un millón quinientos mil) de valor nominal $100 cada una (pesos cien).

8) Administración y representación: Estará a cargo de Alexis Emanuel llop, quién lo hará en carácter de administrador y representante titular y

9) Fiscalización: La sociedad prescinde de Sindicatura. Los socios cuentan con el derecho de información previsto en el articulo 55 de la Ley General de Sociedades

10) Ejercicio Social: cierra el 30 de septiembre de cada año. Santa Fe, 26 Abril de 2024. Dr. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 900 519348 May. 17

__________________________________________


PLURAL S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


En los autos caratulados: PLURAL S.A. s/ Designación De Autoridades” Expte. 21-05213710-9 que tramita por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito - Registro Público de la Ciudad de Santa Fe, que por Acta de Asamblea Extraordinaria del 05 de abril de 2024 se ha resuelto designar nuevos integrantes del Directorio por un período anual, quedando conformado de la siguiente forma: Presidente: Sr. José Manuel Hartes, apellido materno Bachini, argentino, empresario, casado, DNI 20.149.141, CULL 20-20149141-0, con domicilio en calle San Jerónimo N° 2067 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe; Vicepresidente: Carlos Hugo Pensiero, casado, apellido materno Pasquinelli, Cuil 23-14760543-9, DNI 14.760.543, argentino, Contador Publico Nacional - empleado, domiciliado en Luciano Torrent 943 de esta ciudad; Director Suplente al Sr. Enrique Guillermo Llapur, casado, de apellido materno Bellinzona, Cuil 20-14830976-1, DNI 14.830.976, argentino, empleado, con domicilio en Llerena 765 de esta ciudad. El presente se firma para ser publicado en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 25 de abril de 2024. Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.

$ 50 519708 May. 17

__________________________________________


ROFAC S.R.L.


CONTRATO


En la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, al 05 días del mes de ABRIL de 2024, se reúnen Arce Facundo Ezequiel, Argentino, nacido el 28 de Mayo de 1991, D.N.I. Nº 36.006.128, CUIL N°20-36006128-1, estado civil casado en primeras nupcias con Spoto Maria Julieta, DNI 39.125.796;de profesión comerciante, domiciliado en calle General López 80 , de la ciudad de Capitán Bermúdez, D´agostino Rodrigo Damián argentino, nacido el 29 de noviembre de 1978, D.N.I. N° 26.700.544 estado civil casado en primeras nupcias con Maria de lujan Casadidio DNI N° 29.001.837, de profesión comerciante, domiciliado en calle Suipacha Nº 5231 , de la ciudad de Rosario; quienes manifiestan que el objeto de la reunión es formalizar la constitución de una Sociedad de Responsabilidad Limitada, que se denominará “ROFAC” SRL, que tendrá su domicilio social en la ciudad de Rosario.

Denominación y domicilio: la sociedad se denomina “ROFAC” S.R.L y tiene su domicilio legal en AV. EVA PERON N° 4602 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.

Duración social: Su plazo de duración es de noventa y nueve (99) años, contados a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto Realizar actividades de venta por mayor y por menor de productos de pinturas, accesorios relacionados con la actividad de pintura y productos conexos. Actividades relacionadas a los servicios de pintura en cualquier tipo de superficies.

El capital social se fija en la suma de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 2.500.000), dividido en mil doscientas ( 2500 ) cuotas de pesos un mil ($ 1000,00) de valor nominal cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: Arce facundo Ezequiel, suscribe MIL DOCIENTAS CINCUENTA ( 1.250) cuotas de capital o sea la suma de pesos un millón doscientos cincuenta mil ($1.250.000), y Dagostino Rodrigo, suscribe MIL DOCIENTAS CINCUENTA (1.250) cuotas de capital o sea la suma de pesos un millón doscientos cincuenta mil ($1.250.000), que se integrará de la siguiente forma: en este acto y en efectivo, el veinticinco (25%) del capital o sea la suma de pesos seiscientos veinticinco mil ($625.000), y el setenta y cinco por ciento ( 75%) restante se integrará en las proporciones correspondientes a cada socio dentro del plazo de dos (2) años, contados a partir de la fecha del presente contrato.

Administración y uso de la firma social: La administración, dirección y representación estará a cargo del socio ARCE FACUNDO EZEQUIEL DNI. N° 36.006.128, quién revestirá el cargo de socio gerente. El uso de la firma irá precedido de la denominación “ROFAC” S.R.L y el aditamento de “Socio Gerente”. A tal fin estará facultado para actuar ante bancos y/o entidades financieras y demás. El Gerente no puede comprometer a la sociedad otorgando fianzas a favor de terceros o en operaciones ajenas al objeto social o en prestaciones a título gratuito. El mandato para administrar comprende todas las facultades de la ley, encontrándose entre las mismas las de ejercer la representación legal de la sociedad, administrar los negocios sociales, pudiendo comprar, vender, permutar y en general adquirir y transferir bienes muebles y/o inmuebles, servicios, frutos, productos, mercaderías, a plazo o al contado, con garantías reales, personales o sin ellas, tomar y dar dinero en préstamo con garantías hipotecarias, prendarías o personales o sin ellas, gestionar toda clase de créditos sociales que se requieran para la marcha de la sociedad, cancelar, liberar, dar recibos, permitir total o parcialmente las obligaciones en dinero o adeudadas a la sociedad, abrir cuentas corrientes en los bancos nacionales, provinciales o municipales, extranjeros y/o particulares y/o cualesquier institución de índole financiera, depositar fondos y valores, librar cheques, emitir, negociar, descontar y caucionar toda clase de documentos comerciales, ya sea como librador, aceptante o endosante, solicitar y aceptar créditos en cuenta corriente o en forma indistinta, ya sea en instituciones oficiales o particulares, entablar acciones y gestiones que pudieran corresponder ante los Tribunales, autoridades y reparticiones oficiales, nacionales, provinciales o municipales, de cualquier fuero o jurisdicción, por si o por medio de apoderados, confiriendo a tal efecto los poderes generales y/o especiales respectivos, celebrar contratos de bienes muebles o inmuebles, actuando la sociedad como locadora o locataria, y por los precios, plazos y demás condiciones que consideren oportunamente convenientes, realizar todas las tramitaciones para que la sociedad actúe con la mayor eficiencia, promover, publicitar sus servicios. Se deja constancia que el detalle de facultades es de carácter meramente enunciativo, quedando el socio gerente ampliamente facultado para realizar cuantos actos, gestiones y diligencias que fueran menester para el mejor cumplimiento de su mandato y la correcta marcha de los negocios sociales.

Fiscalización. La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios, quienes tendrán las más amplias facultades de inspección y fiscalización de las operaciones sociales, pudiendo examinar en cualquier momento la contabilidad, documentos y demás comprobantes de la sociedad, en un todo de acuerdo a las disposiciones del Art. 55 de la Ley N° 19.550.

Balances anuales y distribución de utilidades: La sociedad cerrara su ejercicio el día 31 de Julio de cada año, fecha en la cual se confeccionará un balance general, con sujeción a la normas legales y exponga la situación patrimonial a ese momento, como así también un estado de resultados del ejercicio.

$ 200 519578 May. 17

__________________________________________


REN-DAN S.R.L.


CONTRATO

Fecha: 27 de Marzo de 2024.

Cedente: PETETTA, DANIEL JOSE, nacido el 05 de Julio de 1969, argentino, productor agropecuario, domiciliado en calle Santa Fe N° 623 de la Ciudad de Montes De Oca, departamento Belgrano, casado en primeras nupcias con BALANSINO, SILVINA MARIA, quien acredita su identidad personal mediante documento nacional de identidad N° 20.474.093. CUIT 20-20474093-4.

Cesionarios: BUSTAMANTE, RENZO JESUS, nacido el 28 de Mayo de 1996, argentino, comerciante, domiciliado en calle Paso De Los Andes N° 665 de la Ciudad de Las Rosas, departamento Belgrano, quien acredita su identidad personal mediante documento nacional de identidad N° 39.660.308. CUIT 20-39660308-0; y DUTTO, JOSE LUIS, nacido el 04 de Octubre de 1966, argentino, comerciante, divorciado de Claudia Alejandra Salate, domiciliado en Calle Córdoba N° 324, de la localidad de Montes De Oca, departamento Belgrano, quien acredita su identidad personal mediante documento nacional de identidad N° 17.559.789, CUIT N° 20-17559789-2.

Monto Cesión: EL CEDENTE, PETETTA, DANIEL JOSE, vende, cede y transfiere cuatrocientas mil cuotas de capital de un peso ($1) cada una que posee de la sociedad RENDAN S.R.L. a EL CESIONARIO: BUSTAMANTE, RENZO JESUS, quien adquiere cuatrocientas mil cuotas de capital (400.000.-) de un peso valor nominal cada una, equivalentes a la suma de cuatrocientos mil pesos ($400.000.-), y cien mil cuotas de capital de un peso ($1) cada una que posee de la sociedad REN-DAN S.R.L. a EL CESIONARIO: DUTTO, JOSE LUIS quien adquiere cien mil cuotas de capital (100.000.-) de un peso valor nominal cada una, equivalentes a la suma de cien mil pesos ($100.000.-).

Composición del Capital Social Luego de la Cesión: se modifica la cláusula Quinta del contrato social quedando redactada de la siguiente forma: “QUINTA: Capital El capital social es de un millón de pesos, divididos y representados por un millón de cuotas de capital de un peso cada una de ellas, que han sido sucriptas por los socios en las siguientes proporciones: RENZO JESUS, BUSTAMANTE suscribe novecientas mil cuotas de 1 peso cada una, que representan novecientos mil pesos del capital social; y JOSE LUIS DUTTO suscribe cien mil cuotas de 1 peso cada una, que representan cien mil pesos del capital social.

$ 200 519602 May. 17

__________________________________________


SALIX ALBA S.R.L.


CONTRATO


Fecha del instrumento de constitución: Instrumento privado de fecha “Rosario, Provincia de Santa Fe, a los 15 días del mes de febrero de 2024”.

Socios: CARLOS ALBERTO ACOSTA KENNY, DNI N° 96.343.717, nacido el 5/09/1948, de nacionalidad venezolana, casado en segundas nupcias con MARIANELA BEATRIZ BOHORQUEZ DE ACOSTA, DNI. N° 96.343.716, de profesión comerciante, con domicilio en Juan José Paso 8393, de la ciudad de Rosario (Provincia de Santa Fe), CUIT 27-96343717-5 y EZEQUIEL MARIO RAMIREZ, DNI. N° 33.513.523, nacido el 8/12/1987, de nacionalidad argentina, soltero, de profesión empleado, con domicilio en calle Patagones 389, de la ciudad de Rosario (Provincia de Santa Fe), CUIT 20-33513523-8; todos mayores de edad y hábiles para contratar, convienen la constitución de una sociedad de responsabilidad limitada.

DENOMINACIÓN. La sociedad girará bajo la denominación de “SALIX ALBA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”.

DURACIÓN. El término de duración se fija en 10 (diez) años a partir de su fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.

OBJETO. La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros a las siguientes operaciones.

-Fumigación y Saneamiento: erradicación, control de plaga y manejo integrado de todo tipo y variedad de plagas en predio urbano, rurales o de cualquier otra naturaleza; fumigación para control de insectos voladores y rastreros. Fumigaciones residenciales, establecimientos sanitarios, en todo tipo de comercio, establecimientos fabriles y/o entidades públicas y privadas. -Servicio de limpieza y mantenimiento integral: de oficinas, casas particulares, hoteles, condominios, edificios, locales comerciales, fábricas, hospitales, sanatorios, laboratorios, fabricas, naves industriales, instituciones, tanto públicas como privadas; hidrolavados de lugares, limpieza de fachadas, limpieza de vidrios en altura, limpieza final de obras en general (casa, edificios, locales, fábricas, en todo tipo de inmuebles sean públicos o privados), tratamiento de pisos, limpieza de lugares quemados, trabajos con autoelevador, limpieza de alfombras. Barrido de calles, ya sea con medios mecánicos o manuales.-Mantenimiento: servicio de limpieza de plazas, calles y parques, terrenos baldíos, parques industriales, establecimientos fabriles, escuelas, clubes, oficinas e inmuebles en general; Mantenimiento y creación de espacios verdes, paisajismo, zanjeo, desmalezamiento, perquisición, poda y escamonda en lugares públicos y/o privados

-Mantenimiento y reparación inmuebles, Albañilería, pintura, electricidad, herrería, cerrajería, carpintería, plomería e instalación de redes de luz, agua, gas y/o cloacas y sus respectivas conexiones en obras públicas y/o privadas; limpieza y desobstrucción de cañerías y cloacas. Limpieza y reparación de refugios, pintura y señalización de espacios públicos y/o privados.

-Realizar toda clase de tareas y operaciones inherentes a excavaciones por si o por terceros, con medios mecánicos y/manuales. Movimiento de suelos.

En todos los casos en que las normas legales así lo exijan, se actuará con la intervención de profesionales con títulos habilitantes en la materia de que se trate.

En cumplimiento de sus fines, la sociedad podrá realizar todos los actos y contratos que se relacionan con su objeto.

DOMICILIO SOCIAL: En calle la Juan José Paso 8393, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

FECHA DE CIERRE DEL EJERCICIO: 31 de diciembre de cada año QUINTA: CAPITAL: El capital social se fija en la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000,-) dividido en diez mil cuotas de PESOS CIEN ($ 100,-) cada una, que los socios suscriben: El socio CARLOS ALBERTO ACOSTA KENNY, suscribe seis mil setecientas cuotas de capital PESOS CIEN ($ 10071) cada una o sea la suma de PESOS SEISCIENTOS SETENTA MIL ($ 670.000-) y el socio EZEQUIEL MARIO RAMIREZ, suscribe tres mil trescientas cuotas de capital PESOS CIEN ($ 100,-) cada una o sea la suma de PESOS TRESCIENTOS TREINTA MIL ($ 330.000-)

ADMINISTRACION Y REPRESENTACION: Conforme a la cláusula sexta del contrato social, se resuelve por unanimidad designar como socio gerente al señor CARLOS ALBERTO ACOSTA KENNY; quien actuará de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula anteriormente mencionada.

FISCALIZACION: a cargo de todos los socios.

$ 140 519800 May. 17

__________________________________________


SALAS S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los autos caratulados: “SALAS S.A. s/Designación de Autoridades”, Expediente Nº 483 año 2024 que tramita ante el Registro Público de Santa. Fe, se hace saber que los accionistas de SALAS S.A., CUIT Nº 30-71213203-1, según acta de Asamblea y de Directorio, ambas de fecha 15 de febrero de 2024, designaron a los nuevos miembros del Directorio: Director Titular - Presidente: MARIO ALBERTO SALAS, apellido materno “Salas”, nacido el 10 de agosto de 1954, titular del DNI Nº 11.278.343, CUIT Nº 20-11278343-2, casado, comerciante, argentino, domiciliado en Lote 71 / 100 S/N (Country Ubajay) La Capital, San José del Rincón, Provincia de Santa Fe; Director Titular -Vicepresidente: JOSE MARIO SALAS, apellido materno “González”, nacido el 25 de mayo de 1978, titular del DNI Nº 26.716.777, CUIT Nº 20-26716777-0, soltero, comerciante, argentino, domiciliado en calle Ángel Casanello Nº 3872 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe; Directores Titulares: CRISTINA ROSANA SALAS, apellido materno “González”, nacida el 23 de marzo de 1976, titular del DNI Nº 25.157.297, CUIT Nº 27-25157297-1 casada, comerciante, argentina, domiciliada en Manzana 1 Lote 6 S/N Las Almenas de la ciudad de Santo Tomé, provincia de Santa Fe; y SUSANA CRISTINA GONZALEZ, apellido materno “Bustos”, nacida el 16 de febrero de 1954, titular del DNI Nº 11.278.190, CUIT Nº 27-11278190-6, casada, comerciante, argentina, domiciliada en Lote 71 / 100 S/N (Country Ubajay) La Capital, San José del Rincón. Provincia de Santa Fe; Director Suplente: CRISTIAN ANDRES VAZQUEZ, CUIT Nº 25.015.537, CUIL Nº 23-25015537-9, casado, empleado, argentino, domiciliado en Manzana 1 Lote 6 S/N Las Almenas de la ciudad de Santo Tomé. 22/04/24. Dr. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 105 519622 May. 17

__________________________________________


SAN CRISTOBAL S.G.R.


CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, en los autos: “SAN CRISTÓBAL S.G.R. s/ Constitución” se hace saber que se encuentra en trámite de Inscripción el instrumento de fecha 22 de noviembre de 2023, mediante el que se constituye la sociedad “SAN CRISTÓBAL S.G.R.”, conformada por la I.G.P.J. por Resolución Nº 55 (Expediente: 02009-0021524-5).

Fecha del instrumento que dispone la Constitución: 22 de noviembre de 2023.

1.- Socios partícipes: MEGACARGAS S.R.L. (CUIT:30-71170729-4); SUPERMERCADOS

SUPREMO S.A. (CUIT: 30-71149566-1); TENSAR S.A. (CUIT:30-60453765-3);

BUNKER S.A. (CUIT: 30-56443604-2); INDUSTRIAL ACEROS S.R.L. (CUIT:30-

71696322-1); DYSCON S.A. (CUIT 30-70950248-0); ALP GROUP S.A. (CUIT 33-

71154817-9); RONALD G. SCHEITLIN S.R.L. (CUIT 30-71602071-8); DINALE

S.A.(CUIT 30-71415624-8); SALMAN, YANINA (CUIT 27-20143181-1); VALENTI,

EDUARDO MIGUEL (CUIT 20-07951437-4).

Socios protectores: SAN CRISTOBAL SERVICIOS FINANCIEROS S.A. (CUIT 3069363784-4); SAN CRISTOBAL SOCIEDAD MUTUAL DE SEGUROS GENERALES (CUIT 30-5004533-9): SAN CRISTOBAL SEGURO DE RETIRO S.A. (CUIT 3062425926-9)

2.- Razón Social: SAN CRISTÓBAL S.G.R.

3.- Domicilio Social: Italia 646, Rosario, Santa Fe.

4.- Plazo de duración: treinta (30) años contados a partir de la inscripción del Contrato Social en el Registro Público, prorrogables por decisión de la asamblea.

5.- Objeto Social: La sociedad tiene por objeto principal otorgar garantías a sus socios partícipes y/o terceros mediante la celebración de contratos de garantía recíproca regulados por la ley 24.467 de conformidad con la normativa vigente, brindar asesoramiento técnico, económico y financiero a sus socios en forma directa o a través de terceros contratados a tal fin.

6.- Capital social: se fija PESOS UN MILLÓN ($1.000.000.-)300.000) representado por UN MILLÓN de acciones ordinarias nominativas no endosables de PESOS UNO ($1) de valor nominal cada una.- , suscriptas por los socios en las proporciones que se detallan e integradas en dinero en efectivo: SOCIOS PARTÍCIPES- SUSCRIPCIÓN ACCIONES CLASE A: MEGACARGAS S.R.L. (CUIT 30-71170729-4) Cuarenta y cinco mil (45.000) acciones Clase A; SUPERMERCADOS SUPREMO S.A. (CUIT 30-71149566-1) Cuarenta y cinco mil (45.000) Acciones Clase A ;TENSAR S.A.(CUIT 3060453765-3) Cuarenta y cinco mil (45.000) Acciones Clase A; BUNKER S.A. (CUIT 30-

56443604-2) Cuarenta y cinco mil (45.000) Acciones Clase A; INDUSTRIAL ACEROS S.R.L. (CUIT 30-71696322-1) Cuarenta y cinco mil (45.000) Acciones Clase A; DYSCON S.A.(CUIT 30-70950248-0) Cuarenta y cinco mil (45.000) Acciones Clase A; ALP GROUP S.A. (CUIT 33-71154817-9) Cuarenta y cinco mil (45.000) Acciones Clase A; RONALD G. SCHEITLIN S.R.L. (CUIT 30-71602071-8) Cuarenta y cinco mil (45.000) Acciones Clase A; DINALE S.A.(CUIT 30-71415624-8) Cuarenta y cinco mil (45.000) Acciones Clase A; SALMAN, YANINA (CUIT 27-20143181-1) Cuarenta y cinco mil (45.000) Acciones Clase A; VALENTI, EDUARDO MIGUEL (CUIT 20-07951437-4) Cincuenta mil (50.000) Acciones Clase A; SOCIOS PROTECTORES- SUSCRIPCIÓN DE ACCIONES CLASE B: SAN CRISTOBAL SERVICIOS FINANCIEROS S.A. (CUIT 30-69363784-4) Ciento cincuenta mil (150.000) Acciones Clase B; SAN CRISTOBAL SOCIEDAD MUTUAL DE SEGUROS GENERALES (CUIT 30-5004533-9) Ciento cincuenta mil (150.000) Acciones Clase B; SAN CRISTOBAL SEGURO DE RETIRO S.A. (CÜIT30-62425926-9) Ciento cincuenta mil (150.000) Acciones Clase B.

7.- Cierre del ejercicio económico: 31 de diciembre de cada año

8.- Administración y Representación: se designa para integrar el Consejo de Administración: Presidente: Silberstein, Ricardo Isidoro (DNI 10.557.810);

Vicepresidente: Ripari, Eduardo (DNI 6.068.351); Consejero Titular: Borsani, Jorge Pedro Ramón (DNI 13.169.571); Consejeros Suplentes: Roldán, Sergio (DNI 14.305.136); Collado, Eneas Alberto (DNI 11.273.872); Quagliato, Franklin José (DNI 6.063.705)

9.- Fiscalización Comisión Fiscalizadora: Presidente: Pringles, Osvaldo (DNI 7.951.880); Síndicos titulares: Santoni, Humberto Domingo (DNI 11.387.740); Gallo, Daniel Néstor (DNI 6.078.253); Síndicos suplentes: Cormons, Eduardo Vicente (DNI 7.634.072), Nebel, Karin (DNI 23.761.532); López, Leonardo Martín (DNI 26.536.360)

10.- Disolución y Liquidación: La sociedad se disolverá por la imposibilidad de absorber pérdidas que representen el total del fondo de riesgo, el total de la reserva legal y el, cuarenta por ciento del capital social; por situación de quebranto que insuma el fondo de riego, la reserva legal y afecte cualquier proporción del capital social mínimo denominado por reglamento de la autoridad competente, y la situación se prologue durante más de tres meses, por revocación de la autorización para funcionar por la autoridad de aplicación de la ley 24.467 y modificatorias.

$ 300 519642 May. 16

__________________________________________

1

TRANSPORTE LA TURCA E HIJA S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Venado Tuerto, 1° Nominación, Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría a cargo de Dra. María Julia Petracco, se hace saber en los autos: TRANSPORTE LA TURCA E HIJA S.R.L. s/Cesión de cuotas sociales, Expte. Nro. 447/2023, se ha dispuesto lo siguiente:

Los Sres. FERNANDEZ FEDERICO MARTIN, argentino, nacida el 22 de Octubre de 1989, con D.N.I. N°: 34.812.173, CUIL 20-34812173-2, de profesión comerciante, soltero, con domicilio en calle Mitre 180 de la localidad de Murphy, provincia de Santa Fe y CISNEROS LORENA GISELA, argentina, nacida el 17 de Noviembre de 1985 con D.N.I. N°: 31.663.383, CUIT 27-31663383-3, de profesión comerciante, soltera, con domicilio en Laprida 341 de la localidad de Murphy, provincia de Santa Fe, se declaran únicos socios de la sociedad “TRANSPORTE LA TURCA E HIJA S.R.L.”. - Sociedad constituida conforme a contrato inscripto en el Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, el 29/04/2019, en Contratos, al Tomo 14 Folio 190 N° 3433. Con fecha 22 de mayo de 2023 el Sr. FERNANDEZ FEDERICO MARTIN resuelve ceder un mil ochocientas (1.800) cuotas sociales al señor ARRIETA NESTOR ADRIAN, D.N.I. 27.317.743, CUIT 20-27317743-5, argentino, soltero, nacido el 03 de mayo de 1979, comerciante, domiciliado en Belgrano 591 de la ciudad de Murphy, provincia de Santa Fe. La venta, cesión y transferencia que realiza el señor FERNANDEZ FEDERICO MARTIN a favor del señor ARRIETA NESTOR ADRIAN se realiza por la suma de pesos dieciocho mil ($18.000) y ambas partes declaran que dicha suma fue abonada con anterioridad a este acto en dinero en efectivo.-. Presentes todos los socios integrantes de “TRANSPORTE LA TURCA E HIJA SRL” prestan su total conformidad a esta cesión de cuotas sociales del socio FERNANDEZ FEDERICO MARTIN.- De este modo el Capital Social queda así conformado: CAPITAL: Pesos CIENTO OCHENTA MIL ($180.000), es decir, DIECIOCHO MIL (18.000) cuotas de capital de pesos diez ($10) cada una; la Sra. Cisneros Lorena Gisela posee dieciséis mil doscientas (16.200) cuotas de pesos diez ($10) cada una, es decir pesos Ciento sesenta y dos mil ($162.000) y el Sr. ARRIETA NESTOR ADRIAN, posee un mil ochocientas (1.800) cuotas de pesos diez ($10) cada una, es decir pesos dieciocho mil ($18.000).- Los socios en forma unánime acuerdan: Designar como gerente de la Sociedad a la señora CISNEROS LORENA GISELA, argentina, nacida el 17 de Noviembre de 1985 con D.N.I. N°: 31.663.383, CUIT 27-31663383-3, de profesión comerciante, soltera, con domicilio en Laprida 341 de la localidad de Murphy, quien actuará de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula sexta del contrato social. Establecer la sede social en la calle CORDOBA 165 de la ciudad de Murphy, provincia de Santa Fe. Venado Tuerto, 03 de mayo de 2024.

$ 200 519591 May. 17

__________________________________________


TREBOLAR S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


De común acuerdo y conforme a las disposiciones del Art. 9 de los Estatutos Sociales, el Directorio que durara tres (3) ejercicios en sus funciones quedara integrado por DOS (2) DIRECTORES TITULARES y paralelamente se designa UN (1) DIRECTOR SUPLENTE: En virtud de lo resuelto en el Acta de Asamblea General Extraordinaria nº 75 de fecha 19/11/2023, se procede a la distribución de cargos de las personas designadas para integrar el nuevo Directorio, se resuelve que el nuevo Directorio queda integrado por:

PRESIDENTE: RENE ELISEO AVALIS.

VICEPRESIDENTE: CRISTIAN RENE AVALIS.

DIRECTORA SUPLENTE: MARICEL AVALIS.

$ 39,93 519686 May. 17

__________________________________________


TRANS GON S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


De conformidad con lo normado en el artículo 10 de la ley general de sociedades N° 19550, se hace saber que por reunión de socios de fecha 25 de Octubre de 2023 realizadas en la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, los socios de TRANS GON SRL, CUIT N° 30-70907786-0, cuyo contrato constitutivo consta inscripto al Tomo 156, Folio 20819, Número 1643, en fecha 30 de septiembre de 2005 y modificatorias, los socios acordaron prorrogar el plazo del contrato social hasta el día 31 de Diciembre de 2035, aumentar el capital social actual a la suma de pesos ochocientos mil ($800.000), designar como nuevo gerente al señor Alan Lionel Cope, fijar la nueva sede social de TRANS GON S.R.L. en calle Acevedo N° 2949 la ciudad de Rosario. Las cláusulas quedarán redactadas de la siguiente manera: “TERCERA: Se fija el plazo de duración de la sociedad hasta el día 31 de Diciembre de 2035.”; “QUINTA: El capital social se fija en la suma de pesos ochocientos mil ($800.000), dividido en ochenta mil cuotas de diez pesos ($10) de valor nominal cada una de ellas, totalmente suscriptas por los socios en las siguientes proporciones: el señor Marcelo Alberto Díaz suscribe sesenta y cuatro mil (64.000) cuotas, las cuales representan un capital de pesos seiscientos cuarenta mil ($640.000) y el señor Alan Lionel Cope suscribe dieciséis mil (16.000) cuotas, las cuales representan un capital de pesos ciento sesenta mil ($160.000). Dicho capital se encuentra integrado a la fecha de esta reunión de socios en la suma de pesos trescientos ochenta y siete mil quinientos ($387.500) obligándose los socios a integrar el saldo restante en proporción a su participación en el capital social en el plazo de dos años a contar desde la fecha del presente instrumento”; “SEXTA: La administración y representación legal de la sociedad estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. En caso de que por reunión de socios se decida elegir a más de un gerente, los mismos ejercerán sus funciones en forma indistinta. Los gerentes tendrán el uso de la firma social y en ejercicio de sus funciones usarán su propia firma con el 1 aditamento de “socio gerente” o “gerente” según el caso, precedida de la denominación social. Los gerentes, en su carácter de tales tendrán todas las facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto social, inclusive los previstos en el artículo 375 del código civil y comercial y el artículo 09 del decreto 5965/63, con la única limitación de no comprometer a la sociedad en operaciones ajenas al giro social. En consecuencia el o los gerentes tendrán las siguientes facultades, derechos y atribuciones: a) Tomar dinero en préstamo y otorgar garantías reales o personales en su resguardo. b) Administrar sus recursos financieros propios, así como los fondos destinados a proyectos en ejecución con agrupaciones de colaboración o personas vinculadas, invertirlos en la forma que estime conveniente en depósitos, transferibles o no- en moneda local y/o extranjera en bancos y/o en cualquier otro tipo de instituciones financieras o bursátiles dentro y/o fuera del país. c) comprar, vender realizar mutuos, prestamos, depósitos, usufructos, operaciones de pase, dar instrumentos que evidencien obligaciones de pago -incluyendo acciones, debentures, obligaciones negociables, bonos, pagares, títulos públicos, letras de tesorería- emitidos por la República Argentina y/o por cualquier otra persona y/o entidad pública o privada de la República Argentina y en general realizar cualquier tipo de operaciones financieras legalmente autorizadas. d) Comprar, vender, permutar bienes, patentes de invención, constituir prendas, hipotecas o cualquier otro derecho real. e) Tramitar ante las autoridades nacionales, provinciales y municipales y/o extranjeras todo cuanto sea necesario para el cumplimiento del objeto de la sociedad y coordinar sus actividades y operaciones con otras personas jurídicas o entidades. Poner y absolver posiciones con facultad de obligar a la sociedad conforme lo normado en las leyes procesales, conferir poderes generales y/o especiales como así también poderes judiciales, inclusive para querellas criminales con el objeto y extensión que consideren conveniente. g) Adquirir establecimientos comerciales y/o industriales, arrendarlos y explotarlos. h) Establecer agencias, sucursales y representaciones dentro y fuera del país. La enumeración que antecede no es taxativa, sino enunciativa, pudiendo en consecuencia la gerencia realizar todos y cuanto más actos que sean necesarios y pertinentes para la consecución del objeto social, sin otras limitaciones que las resultantes de la ley general de sociedades y de este contrato social”; “NOVENA: Entre socios las cuotas serán libremente transmisibles. Ningún socio podrá ceder sus cuotas sociales a terceros sin la conformidad unánime, previa y expresa de los restantes socios. La conformidad exigida para la transferencia de cuotas a terceros será expresada por cada socio en reunión de socios convocada al efecto. Aún en caso de lograrse dicha conformidad previa, todos los restantes socios tendrán derecho de preferencia para la adquisición de las cuotas sociales que se pretenden ceder. La sociedad también contará con derecho de preferencia, siempre que adquiera las cuotas respectivas con utilidades o reservas disponibles o reduciendo su capital. El socio cedente deberá notificar por medio fehaciente (carta documento, telegrama colacionado o notificación notarial) no solo al órgano de administración de la sociedad sino también a los restantes socios en el domicilio que cada uno de ellos tenga registrado en la sociedad, la forma y las condiciones de la cesión, mencionando el nombre completo, documento nacional de identidad, CUIT, edad, estado civil, nacionalidad, profesión y domicilio real del adquirente, el precio por el cual realizará la cesión, plazo, forma, moneda de pago y demás condiciones de la misma. Los socios tendrán un plazo de treinta días corridos desde que son impuestos de la cesión que pretende realizarse para comunicar a la sociedad y al socio que se propone ceder, su oposición a la cesión o el ejercicio del derecho de preferencia. Si fueran varios los socios que ejercieran el derecho de preferencia, se distribuirán las cuotas cedidas a prorrata de su participación social, existiendo en todo momento el derecho de acrecer. También podrán adquirir las cuotas en condominio si así lo acordaran. La sociedad también tendrá el plazo de treinta días corridos para ejercer el derecho de preferencia. Pasados treinta días de realizada la notificación a la sociedad y a cada uno de los socios, si ninguno de los socios ni la sociedad se hubiera opuesto a la cesión o no hubiera ejercido el derecho de preferencia, el socio podrá realizar la transferencia en las mismas condiciones expresadas en la notificación. En caso de que al momento de ejercer el derecho de preferencia, la sociedad o los restantes socios impugnen el precio de las cuotas, deberán expresar por medio fehaciente cual es el precio que consideran ajustado a realidad. En este supuesto, la determinación del precio resultará de una pericia judicial, sin que los impugnantes estén obligados a pagar un precio mayor que el de la cesión propuesta, ni el cedente a cobrar uno menor que el ofrecido por los que ejercitaron la opción. En caso de que la cesión de cuotas a un tercero se haga no mediante el pago de un precio dinerario, sino contra la entrega de una cosa cierta —mueble o inmueble-o un bien inmaterial, constituirá obligación del cedente fijar el valor en dinero de la misma a los efectos de permitirle a los restantes socios y a la sociedad ejercer el derecho de preferencia conforme el procedimiento consagrado en la presente cláusula. Las limitaciones a la transferencia de cuotas sociales a terceros rigen aun en el supuesto de cesión gratuita de las mismas. En dicho caso (cesión gratuita de cuotas), el cedente deberá asignarle un valor en dinero a la participación que pretende ceder a los efectos de permitirle a los restantes socios y a la sociedad ejercer el derecho de preferencia conforme el procedimiento consagrado en la presente cláusula. En ningún caso la cesión de cuotas por parte de un socio gerente implicará la transferencia o adquisición por parte del cesionario del cargo gerencial”. Asimismo, por instrumento privado con firma certificada por notario de fecha 251 de Octubre de 2024 suscripto en la localidad de Rosario, provincia de Santa Fe, la señora Erica Andrea González, DNI N° 30.169.528, CUIL/CUIT N° 23-30169528-4, argentina, nacida el 05 de Junio de 1983, arquitecta, casada en primeras nupcias con Alejandro Pircolini (DNI N° 29.762.723), con domicilio real en calle Viamonte N°1464 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe cede dieciocho mil setecientas cincuenta cuotas de capital social al señor Marcelo Alberto Díaz, DNI Nº 24.945.250, argentino, nacido el 05 de Diciembre de 1975, soltero) comerciante, de apellido materno Pereyra, CUIT N° 20-249452506, con domicilio en calle Ingeniero Acevedo Nº 2949 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, por un precio de pesos setecientos cincuenta mil ($750.000). la señora Beatriz Susana Castagnolo, DNI N° 6.433.389, CUIL/CUIT N° 27-06433389-4, argentina, el 03 de Noviembre de 1.950, empresaria, casada en primeras nupcias con Alberto Carlos González N° 8.284.152), con domicilio real en calle José María Gutiérrez N° 1235 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe cede un mil doscientas cincuenta cuotas de capital social al señor Marcelo Alberto Díaz, DNI N2 24.945.250, argentino, nacido el 05 de Diciembre de 1975, soltero, comerciante, de apellido materno Pereyra, CUIT N° 20-249452506, con domicilio en calle Ingeniero Acevedo Nº 2949 de la ciudad de Rosario provincia de Santa Fe por un precio de pesos cincuenta mil ($50.000). La señora Beatriz Susana Castagnolo, DNI N° 6.433.389, CUIL/CUIT N° 27-06433389-4, argentina, nacida el 03 de Noviembre de 1950, empresaria, casada en primeras nupcias con Alberto Carlos González (DNI N° 8.284.152), con domicilio real en calle José María Gutiérrez N° 1235 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe cede un cinco mil cuotas de capital social al señor Alan Lionel Cope, DNI N° 38.599.445, argentino, nacido el día 27 de enero de 1995, soltero, comerciante, CUIT N° 20-38599445-2, con domicilio en calle Ingeniero Acevedo N2 2949 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe por un precio de pesos doscientos mil ($200.000). En consecuencia, a partir de la suscripción de la presente, el señor Marcelo Alberto Díaz es titular de veinte mil cuotas, representativas del ochenta por ciento (80%) del capital social suscripto y el señor Alan Lionel Cope es titular de cinco mil cuotas representativas del veinte por ciento (20%) del capital social de TRANS GON SRL.

$ 700 519647 May. 17

__________________________________________


TERRA SOLUCIONES INMOBILIARIAS S.R.L.


CONTRATO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados: TERRA SOLUCIONES INMOBILIARIAS S.R.L. s/Constitución de Sociedad, Expte. 12/9/2022, de trámite por ante el registro Público, se hace saber que los socios han dispuesto la inscripción del contrato social, de acuerdo a las siguientes cláusulas:

- SOCIOS: ISIDRO JUSTO ORDOÑEZ, argentino, casado, de apellido materno Dure, nacido el 10 de Junio de 1971, DNI 22.215.250, con domicilio en calle Avenida Vera Peñaloza 5570 de la ciudad de Santa Fe, CUIT 2022215250-0 corredor inmobiliario matricula 196 inscripta al folio 6 del libro de colegiados del CCI Santa Fe y KARIM CRISTIAN FELIPE ZIKRA, argentino, soltero, DNI 24.292.966, de apellido materno Spies, nacido el 7 de Octubre de 1975, con domicilio en calle San López y Planes 2925- Casa 43, de la ciudad de Santo Tome, CUIT 20-24292966-8 corredor inmobiliario matricula 185 inscripta al folio 6 del libro de colegiados del CCI Santa Fe comerciantes y hábiles para contratar.

II — FECHA DEL INSTRUMENTO DE CONSTITUCION: 6 de mayo de 2022.

III — DENOMINACION DE LA SOCIEDAD: TERRA SOLUCIONES INMOBILIARIAS S.R.L..

IV - DOMICILIO: Avenida López y Planes 3997-PA - Santa Fe, Provincia de Santa Fe.

V — OBJETO SOCIAL: El objeto de la sociedad será la de intermediar en la compra venta de bienes inmuebles, remates, consignaciones, urbanizaciones, subdivisiones de lotes, comisiones, agentes de seguros, administración de propiedades urbanas y rurales, representaciones; podrá constituirse en mandatario para locaciones, ventas, permutas o administraciones. También podrá administrar o ser designado como administrador de consorcios de propietarios y todo otro tipo de administración relacionado con bienes inmuebles. La realización de aportes e inversiones de capital propio en todo tipo de sociedades constituidas o a constituirse, cualquiera fuere su objeto, en forma accidental o continuada dentro de los marcos legales. Otorgamiento de préstamos con o sin garantías para la financiación de operaciones realizadas o a realizarse, con exclusión de las inherentes a las entidades financieras u otras por lo que se requiera el concurso publico de dinero. Construcción de inmuebles urbanos y suburbanos, sus refacciones o reparaciones mediante la contratación de tales servicios con empresas especificas del rubro. Para el cumplimiento de este objeto la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes y/o este contrato sea por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, dentro o fuera del país.

VI - PLAZO DE DURACION: 15 años a partir de su inscripción ante el Registro Público.

VII - CAPITAL SOCIAL: Se fija en la suma de Pesos Quinientos Mil, dividido en Diez Mil cuotas de Pesos Cincuenta cada una.

VIII - ORGANO DE ADMINISTRACIÓN: a cargo de los socios gerentes Isidro

Justo Ordoñez y Karim Cristian Felipe Zikra.

IX - FECHA DE CIERRE DEL EJERCICIO: 31 de Mayo de cada año. Santa Fe, 17 de abril de 2024. Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.

$ 500 519853 May. 17

__________________________________________


TESLA S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


NOMINA DEL DIRECTORIO DE TESLA S.A.

Presidente: Cristian Enrique Kvarta, DNI 27.209.847, Cuit 20-27209847-7, argentino, nacido el 23 de febrero de 1979, soltero, técnico electrónico, domiciliado en El Rosedal 2550, de la ciudad de Granadero Baigorria, provincia de Santa Fe.

Director titular: Miguel Florián Kvarta, DNI 22.654.882, CUIT 20-22654882-4, argentino, nacido el 2 de abril de 1972, soltero, técnico electrónico, domiciliado en San Lorenzo 1225 de la ciudad de Granadero Baigorria, provincia de Santa Fe.

Director suplente: Miguel Angel Kvarta, DNI 7.968.682, CUIT 20-07968682-5 argentino, nacido el 7 de noviembre de 1940, viudo, jubilado, domiciliado en Juan B. Justo 315 de la ciudad de Granadero Baigorria, provincia de Santa Fe.

Director suplente: Cristian Gaspar Kvarta, DNI 44.494.878, CUIT 20-44494878-8, argentino, nacido el 22 de octubre de 2002, soltero, estudiante, domiciliado en El Rosedal 2550, de la ciudad de Granadero Baigorria, provincia de Santa Fe.

$ 50 519736 May. 17

__________________________________________


TRILLAR S.R.L.


CONTRATO


El 10 de marzo de 2015, el señor JUAN PABLO CUCCIARELLI, D.N.I. 21.620.372, Socio Gerente de la sociedad TRILLAR S.R.L., se presenta a los efectos de: PRIMERO: Manifestar que en todos los escritos presentados ante ese Registro Público se menciona erróneamente a la señora VIVIANA MARIA CARUCCI, DNI 21.583.595, como LILIANA MARIA CAURUCCI, por lo que solicita se tome debida nota del error cometido y se tenga en consideración para futuras gestiones. SEGUNDO: Manifestar los datos correctos del señor ARIEL OMAR MEZZABOTTA, los cuales son los siguientes: ARIEL OMAR MEZZABOTTA, D.N.I. 21.689.281, nacido el once de mayo de mil novecientos setenta, argentino, sexo masculino, casado en primeras nupcias con Viviana María Carucci, con domicilio en Bv. Roque Sáenz Peña 1006 de la localidad de Chabás, de profesión productor agropecuario, CUIT 20-21689281-0; TERCERO: Ratificar todas las demás cláusulas del contrato social en cuanto no fueren modificadas por el presente.

$ 50 519778 May. 17

__________________________________________


TERRA AGRO S.R.L.


CONTRATO


Socios: MARCELO GABRIEL LANZILLOTTA, apellido materno Anunziata, argentino, D.N.I N° 23.928.456, nacido el 04/08/1974, casado en primeras nupcias con Anabel Carolina Squivo, empresario, con domicilio en Bv Argentino 8174 de Rosario, Provincia de Santa Fe, C.U.I.T. 20-23928456-7, correo electrónico marcelolanzillotta@gmail.com y ANABEL CAROLINA SQUIVO, de apellido materno Sabeta, D.N.I. N° 24.987.738, con domicilio en Bv. Argentino 8174 de Rosario provincia de Santa Fe, comerciante, estado civil casada en segundas nupcias con Marcelo Gabriel Lanzillotta, argentina, nacida el 18/02/1976, CUIT 27-24987738-2, correo electrónico anabelsquivo@hotmail.com

2) Fecha del instrumento de constitución: Contrato del 18 de abril de 2024

3) Denominación: “TERRA AGRO S.R.L.”

4) Domicilio: Bv. Argentino 8174 Rosario, Provincia de Santa Fe

5) Objeto Social: La sociedad tiene por objeto, dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, a las siguientes actividades: Servicios de labranza, siembra, cuidados culturales y cosecha mecánica, tanto en inmuebles de terceros o propios. Asimismo podrá dedicarse a la organización de eventos, ferias y/o similares, ya sea en inmuebles propios como ajenos.

En cumplimiento de sus fines, la sociedad podrá realizar todos los actos y contratos que se relacionen con su objeto

6) Plazo de duración: Diez años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

7) Capital Social: Pesos dos millones cien mil ($ 2.100.000.-) dividido en 21.000 cuotas de $ 100.-

c/u.

8) Socio Gerente: Anabel Carolina Squivo, DNI 24.987.738, CUIT 27-24987738-2 domicilio Bv. Argentino 8174 Rosario

9) Representación Legal: Será ejercida por el gerente, socio o no

10) Fecha de cierre del ejercicio: 30 de setiembre de cada año.

11) Fiscalización, Reunión de Socios: La Fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentarán en un libro especial rubricado, que será el Libro de Actas de la sociedad, detallando los puntos a considerar.- Las decisiones se adoptarán según las mayorías establecidas por el art. 160 de la Ley 19.550.

$ 200 519664 May. 17

__________________________________________


UNXFOOD S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


1) INTEGRANTES: TIGERO, GONZALO RAMON, de 48 años de edad, nacido el 14 de Marzo de 1976, casado en primeras nupcias con doña Carolina Paula Cipollorie, argentino, de profesión industrial, con domicilio, en Calle. Dr. Rivadavia 1439; en esta ciudad de Rosario, titular del Documento Nacional de Identidad Número 25;079.592, C.U.I.T. 20-25079592-1;TIGERO, EDGARDO RAMON, de 76 años de edad, nacido el 07 de Junio de 1947, casado en primeras nupcias con doña Noemí Alicia Emilia Capellupo, argentino, profesión industrial, con domicilio en calle Casilda 1081, en esta ciudad de Rosario, titular del Documento Nacional de Identidad N° 06.071.664, 2006071664-2 y TIGERO, HERNAN RAMON, de 50 años de edad, nacido el 02 de Noviembre de 1973, divorciado, bajo el N° 02937, del 04/07/2019, argentino, de profesión industrial, con domicilio en calle

Stephenson 24, en esta ciudad de Rosario, titular del Documento Nacional de Identidad Nº 23.586.238, C.U.I.T. 20-23586238-8; todos mayores de edad y hábiles para contratar.

2) ACTA DE ASAMBLEA: Fecha de Acta de Asamblea: 02 de Abril de 2020 que aprueba la designación de TIGERO, HERNAN RAMON como Director Titular.

$ 200 519774 May. 17

__________________________________________


VIÑALES SERVICIOS S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Se hace saber que en la ciudad de Villa Constitución, provincia de Santa Fe, el 5 de septiembre de 2023 y modificación efectuada el 13 de noviembre de 2023, se reúnen los señores Sebastián Leandro Viñales, de nacionalidad argentina, D.N.I. N.° 22.809.353 CU1T N.° 20-22809353-0, nacido el 01 de noviembre de 1972, estado civil soltero, de profesión comerciante, domiciliado en RUTA 21 N.° 47021 Barrio Luzuriaga de la ciudad de Villa Constitución, provincia de Santa Fe; y Martín Emiliano Viñales de nacionalidad argentina, D.N.I. N.° 24.698.941, CUIT N.° 2324698941-9, nacido el 23 de mayo de 1975, estado civil soltero, de profesión comerciante domiciliado en Ruta 21 N.° 4702, Barrio Luzuriaga, de la ciudad de Villa Constitución, provincia de Santa Fe, únicos socios de “VIÑALES SERVICIOS S.R.L.” cuya constitución social fue inscripta en el Registro Público de Comercio de Rosario, el 04 de agosto de 2003, en Contratos, al tomo 154, Folio 13122, N° 11531 y prórroga inscripta en fecha 17 de Diciembre de 2013 al tomo 164 folio 33498 N° 2197, resuelven lo siguiente prorrogar el plazo de dicha sociedad por el término de cincuenta años, desde el vencimiento del contrato social en fecha 17/12/2023, hasta el 17/12/2073 y por unanimidad ratifican y designan en el cargo de gerentes a Sebastián Leandro Viñales y Martín Emiliano Viñales, y designar asimismo como tercer gerente a Matías Emanuel Viñales, DNI 27.121.494, CUIT 20-27121494-51 nacido el 7/4/1979, casado con Agustina Flores Abellan (DNI 28.673.591), abogado, domiciliado en calle Ruta Provincial 21 Nro. 4702 (ex Av. San Martín), de la ciudad de Villa Constitución, readecuando la cláusula de administración que se transcribirá a continuación. En definitiva la redacción del nuevo texto del contrato social será la siguiente: La sociedad se denomina “VIÑALES SERVICIOS S.R.L.” y tiene su domicilio en Ruta Provincial 21 Nro. 4702 (ex Avenida San Martín) de Villa Constitución, Provincia de Santa Fe, pudiendo establecer sucursales y/o agencias en cualquier punto del país o del extranjero. La sociedad tendrá por objeto, dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el exterior, a la realización de la siguientes actividades a) COMERCIALES: mediante la compraventa y distribución de todo tipo de materiales de construcción, tales como, portland, piedra, cales, ladrillos huecos, ladrillos para techos, hierros, portland albañilería, mezclas adhesivas, viguetas y demás productos relacionados con la actividad de la construcción; b) SERVICIOS: mediante la prestación de locaciones de obras relacionados con la construcción, en obras de índoles oficiales y/ privadas construcciones industriales de todo tipo, fletes terrestres mediante la utilización de rodados vehículos u cualquier otro medio motriz; y toda otra obra y trabajo a fin al ramo de la construcción, el alquiler, comodato y compraventa de equipos viales, de transporte, de cargas y descargas y todo bien de uso afectado a la consecución del objeto social, con o sin el personal propio afectado; pudiendo intervenir en licitaciones públicas y/o privadas, particulares y/o del Estado Nacional, Provincial o Municipal o de entes binacionales e internacionales. c) MANDATOS: mediante el ejercicio de representaciones y mandatos referidos a los bienes y servicios mencionados en los ítems anteriores. A tales fines de la sociedad tiene plena capacidad jurídica para ejercer derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o este contrato. Duración: la duración de la sociedad es de sesenta años contados a partir de la inscripción registral de la reconducción del contrato ante el Registro Público de Comercio. El capital se fija en la suma de $500.000.- (pesos quinientos mil), dividido en 50.000 cuotas sociales de $10 - (pesos diez), cada una suscriptas e integradas por los socios de acuerdo al siguiente detalle: Sebastián Leandro Viñales suscribe 25.000 cuotas sociales que representan el 50% del Capital Social, o sea $250.000 (pesos doscientos cincuenta mil); Martín Emiliano Viñales, suscribe 25.000 cuotas sociales que representan el 50% del Capital Social, o sea $250.000 (pesos doscientos cincuenta mil). La administración y dirección de la sociedad, estará a cargo de uno o más Gerentes, socio o no, quienes tendrán facultades para comprometerla firmando en forma indistinta cualesquiera de ellos, si fueran designados dos o más Gerentes, con sus firmas precedidas de la denominación social, que estamparán en sello o de su puño y letra. El nombramiento y remoción de gerentes se formalizará en reunión de socios por mayoría absoluta de capital social. Los gerentes podrán, en el cumplimiento de sus funciones, efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, con la única excepción de comprometerse en prestaciones a título gratuito ni la en la prestación de fianzas o garantías a favor de terceros, por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad y cumpliendo en todos los casos con las decisiones su expresas directivas emanadas de las reuniones de socios. La gerencia podrá designar además, apoderados generales o especiales, miembros o no de la misma a quienes se les conferirá poder para firmas individual o conjuntamente. Los apoderados de la sociedad que se designen, tendrán las funciones y atribuciones que se determinen en los respectivos poderes, los cuales subsistirán hasta tanto no sean revocados y formalizada su inscripción ante el Registro Público de Comercio. La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios, quienes tendrán las más amplias facultades de inspección y fiscalización de las operaciones sociales, debiendo examinar en cualquier momento la contabilidad, documentos y demás comprobantes de la sociedad, en un todo de acuerdo a las disposiciones del artículo 55 de la Ley 19.550. La sociedad cerrara su ejercicio el día 30 de junio de cada año, fecha en la cual se confeccionará un Balance General con sujeción a las normales legales y criterios técnicos usuales en materia administrativa y contable, que exponga la situación general a ese momento, como así también un estado de resultado de ejercicio. La voluntad de los socios en las deliberaciones por asuntos de la sociedad, se expresará en reuniones cuyas resoluciones se asentarán en un libro especial rubricado, que será el Libro de Actas de la sociedad, detallando los puntos considerados y las resoluciones adoptadas de acuerdo a las mayorías establecidas por el artículo 160 de la ley 19.550, teniendo un voto cada cuota, y aplicándose para las reformas contractuales la mayoría absoluta del capital social. Las reuniones serán convocadas por los gerentes en forma fehaciente te, con 3 días de anticipación a la fecha de su realización, estableciéndose en la misma lugar, día, hora y asuntos a tratar. Los socios no podrán ceder o transferir sus cuotas sociales sin previa comunicación a la gerencia y a los demás socios, quienes tendrán derecho de preferencia en proporción a sus tenencias. Si algún socio desiste de la compra, los demás podrán adquirir sus cuotas sociales en relación a la participación social de cada uno. El socio que se propone ceder sus cuotas sociales deberá comunicar por medio fehaciente tal circunstancia a la gerencia y a los demás socios, debiendo estos últimos notificar su decisión en el plazo máximo de 30 días de recibida la comunicación al cedente, vencido el cual se tendrá por autorizada la decisión y desistida la preferencia En la comunicación que haga al respecto el socio cedente, deberá indicar nombre y apellido del interesado, importe de la cesión y forma de pago. Se deberá dejar expresa constancia en el Libro de Actas de la sociedad sobre la resolución adoptada y su posterior inscripción en el Registro Público de Comercio. Cualquiera de los socios que deseara retirarse de la sociedad, deberá comunicarlo a la misma en forma fehaciente con una antelación no menor a 30 días a la fecha de cierre del ejercicio económico anual. Los otros socios podrán aceptar el pedido de retiro y continuar los negocios sociales o pedir la disolución y liquidación social, todo lo cual deberá hacerse saber al socio saliente en forma fehaciente dentro de los 20 días de recibido el pedido de retiro. El socio saliente recibirá su capital y correspondiente participación en las reservas y utilidades resultantes, conforme al balance de cierre de ejercicio, abonándosele 4 cuotas semestrales iguales y consecutivas, a vencer el 30 de junio, 31 de diciembre, 30 de junio y 31 de diciembre, contadas a partir de la aprobación del correspondiente balance general, las que devengarán un interés igual al que cobre el Banco de la Nación Argentina para el descuento de documentos comerciales al momento de devenga miento de cada cuota. En caso de fallecimiento o incapacidad de alguno de los socios, los socios supérstites contaran con un plazo máximo de 60 días de notificado fehacientemente al hecho, para optar por: a) que los herederos o sucesores continúen en la sociedad en el lugar del socio fallecido o declarado incapaz, en cuyo caso los mismos o sus representantes legales deberán unificar su personería en un único y solo representante ante la sociedad y en sus relaciones con la misma, quien no tendrá las facultades de los socios gerentes por ese solo hecho, formalizando la comunicación fehacientemente a la sociedad, sin lo cual no podrán ejercer derecho político alguno; b) por abonarles el valor proporcional que las cuotas del socio fallecido o declarado incapaz pueden tener en relación al balance general que se practicara a la fecha del fallecimiento o declaración de incapacidad, balance que deberá ser confeccionado en un plazo máximo de 120 días, de comunicado fehacientemente el hecho, con citación de los herederos, sucesores, o representantes legales, a cuyo efecto deberán los mismos actuar bajo una única y misma representación, unificando su personería. En el caso del apartado b), el importe resultante se le abonara a los herederos o sucesores una vez aprobado el balance especial confeccionado al efecto, no pudiendo pretender los herederos o sucesores participación alguna en las utilidades o beneficios obtenidos con posterioridad al día del fallecimiento. Dicho importe deberá ser abonado en efectivo por quienes ejerzan el derecho de preferencia de compra de la participación del fallecido en forma proporcional, pudiendo ejercerlo en primer lugar los socios supérstites y luego, si no se hubiese agotado, la propia sociedad, que podrá adquirir las cuotas sociales con ganancias realizadas y liquidas o mediante reducción del capital social, luego de lo cual, si aún quedaran cuotas sobre las que no se hubiera ejercido el derecho de preferencia de compra, no podrá impedirse el ingreso de los herederos por las mismas. El representante de los herederos podrá o no ser socio de la sociedad. En caso de producirse el fallecimiento de algún cónyuge de socio, por las cuotas detentadas por el socio que fueran gananciales, se aplicaran los mismos procedimientos planteados en los incisos a) y b) precedentes frente al eventual ingreso de otros herederos además del cónyuge socio, quien contara en primer lugar, en el caso del apartado b), con el derecho de preferencia de compra del 50% de las cuotas gananciales que le correspondan a los restantes herederos, pasando luego a detentar este derecho los restantes socios y por último la sociedad, tal como se plantea precedentemente. La sociedad se disolverá por las causales de derecho establecidas en el artículo 94 de la Ley 19.550. En tal caso la liquidación se practicará por los gerentes en ejercicio en ese momento. Los liquidadores actuarán de acuerdo a lo establecido en los artículos 101 a 112 de la Ley 19.550 e instrucciones de los socios. Cualquier duda o divergencia que se suscitare entre los socios acerca de la interpretación del presente contrato o entre ellos y sus herederos, legatarios y/o representantes legales de un socio fallecido o incapacitado, durante la vigencia del mismo o al tiempo de la disolución, liquidación o partición de la sociedad, será resuelta por árbitros, amigables componedores, designados uno por cada parte, quienes antes de votar deberán designar a un tercero para el caso de discordia, cuyo fallo será inapelable y obligatorio su cumplimiento. En caso de tener que recurrir a la justicia, los socios resuelven que deberán intervenir los tribunales ordinarios de la ciudad de Villa Constitución, a cuya competencia se someten expresamente, renunciado a cualquier fuero de excepción inclusive el federal si pudiera corresponderles. Rosario, 2 de mayo de 2024.

$ 300 519568 May. 17

__________________________________________


VERGARA Y CIA. S.R.L.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los autos caratulados: VERGARA Y CIA. S.R.L. – s/Designación de Gerentes - de trámite por ante el Registro Público de la ciudad de Santa Fe, Expte. 172/2024, se ha ordenado la publicación del siguiente edicto:

1) Fecha de la Asamblea 01/Febrero/2024, en la que se resolvió designar como gerentes titulares por el término de 2 (dos) ejercicios a los Señores CARLOS ALBERTO VERGARA, DNI 17009788 y Oscar Raúl Ravasio, DNI 14305069, domiciliado en calle Huergo 1359 ciudad de Santa Fe y en Calle Regimiento 12 de Infantería 638 ciudad de Santa Fe, respectivamente. Santa Fe, 29 de abril de 2024.Dr. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 50 519724 May. 17


__________________________________________


ZOOM SOCIAL S.R.L.


CESIÓN DE CUOTAS


Cesión de Cuotas Sociales: Mediante instrumento de fecha 31/10/2022, la Sra. Betiana Analía Bürki, D.N.I 27.509.435, C.U.I.T 27-27509435-3, de apellido materno Cavo, comerciante, soltera, argentina, nacida el día 13/07/1979, domiciliada en Central Argentino 180 piso 6 dto 1 de Rosario, y el Sr. Jorge Guillermo Pablo Salazar, D.N.I 8.048.311, C.U.I.T. 20-8048311-3, de apellido materno Boero. comerciante, soltero, argentino, nacido el día 25/10/1949, domiciliado en Ruta 34 KM 4 de Ibarlucea; venden, venden y transfieren la cantidad de trece mil quinientas (13.500) cuotas sociales, de un valor de diez pesos cada una de ellas ($10), correspondientes al 90% del capital social, a favor del Sr. Ignacio Escauriza, D.N.I 26.833.614, CUIT 20-26833614-2, de apellido materno Borrajo, soltero, argentino, nacido el día 15/08/1978, domiciliado en calle Urquiza 945 de la Ciudad de Rosario, y a la cantidad de mil quinientas (1.500) cuotas sociales, de una valor de diez pesos cada una de ellas ($10) correspondiente al 10% del capital social, a favor del Sr. Fabián Rial, D.N.I. 18.042.426, C.U.I.L. 20-18042426-2, casado, argentino, nacido el 19/02/1967, domiciliado en calle Mitre 1117 piso 3 Dpto 9 de la Ciudad de Rosario, de la denominada ZOOM SOCIAL S.R.L., inscripta en el Registro Público de Comercio de Rosario en la Sección Contratos al Tomo 168, Folio 11.000, Número 686 en fecha 4 de mayo de 2017. Cesión de los derechos políticos inherentes a las cuotas de la sociedad: Los cedentes, ceden y transfieren a los cesionarios, en la porción que les corresponde, la totalidad de los derechos políticos que tienen y le corresponden en la Sociedad.

Por la cesión efectuada, la cláusula quinta del contrato social quedará redactada de la siguiente manera: “El capital social se fija en la suma de pesos ciento cincuenta mil ($150.000) dividido en quince mil (15.000) cuotas de un valor nominal de diez pesos ($10) cada una se encuentra totalmente suscriptas e integradas según el siguiente detalle: “El Sr. Escauriza Ignacio la cantidad de trece mil quinientas (13.500) cuotas sociales de la Sociedad, y el Sr. Rial Fabián la cantidad de mil quinientas ($1.500) cuotas sociales”

Designación de Socio Gerente: Por unanimidad se resuelve aceptar la renuncia de la Gerente de la Sociedad, Sra. Betiana Bürki, aprobándose su gestión, y en su lugar designar para ocupar cargo Sr. Escauriza Ignacio.

$ 150 519625 May. 17


__________________________________________


ZOOM SOCIAL S.R.L.


CESIÓN DE CUOTAS


Ratificación de Cesión de Cuotas Sociales: Mediante instrumento de fecha 08/05/2023, la Sra. Jesica Sabrina Boggio, D.N.I 28.168.880, C.U.I.L. 23-28168880-4, empleada, divorciada de Juan Cruz Geloso, DNI Nº 27.845.276 según sentencia Nº 778 de fecha 06/06/2012 dictada por el Tribunal Colegiado de Familia de la 7ma Nominación de Rosario, argentina, nacida el día 23/05/1980, domiciliada en San Martín 823 de Carcarañá, Provincia de Santa Fe; el Sr. Jorge Guillermo Pablo Salazar, D.N.I 8.048.311, C.U.I.T. 20-8048311-1, comerciante, soltero, argentino, nacido el día 25/10/1949, domiciliado en Ruta 34 KM 4 de Ibarlucea, Provincia de Santa Fe; y la Sra. Betiana Analía Bürki, D.N.I 27.509.435, C.U.I.T 2727509435-3, argentina, de profesión corredora inmobiliaria, soltera, nacida el día 13/07/1979, domiciliada en calle Salta 1721 de Rosario, ratifican íntegramente la cesión de cuota de la sociedad denominada “ZOOM SOCIAL S.R.L”, inscripta en el Registro Público de Comercio de Rosario en la Sección Contratos Tomo 168, Folio 11.000, Número 686 en fecha 04/05/2017, instrumentada en el documento fechado el día 15/10/2022, por medio de la cual la Sra. Jesica Sabrina Boggio vendió, cedió y transfirió al Sr. Jorge Guillermo Pablo Salazar, quien aceptó de conformidad, la cantidad de mil quinientas (1.500) cuotas sociales totalmente integradas de Diez Pesos ($10) valor nominal cada una y de un voto por la Sociedad Zoom Social S.R.L. representativas del diez por ciento (10%) del capital social y de los votos de dicha firma.

Por la cesión efectuada la cláusula quinta del contrato social quedó redactada de la siguiente manera: “El capital social se fija en la suma de pesos ciento cincuenta mil ($150.000) dividido en quince mil (15.000) cuotas de un valor nominal de diez pesos ($10) cada una se encuentra totalmente suscriptas e integradas según el siguiente detalle: “BETIANA ANALIA BÜRKI, conserva sus trece mil quinientas cuotas de un valor nominal de diez pesos ($10) cada una de ellas, o sea por un total de pesos ciento treinta y cinco mil ($135.000) las que representan el 90% de las acciones de la sociedad y el Sr. JORGE GUILLERMO PABLO SALAZAR la cantidad de mil quinientas (1.500) cuotas sociales por un valor de diez pesos ($10) cada una de ellas, ósea por un total de pesos quince mil ($15.000) las que representan un 10% del capital de la Sociedad”.

$ 150 519626 May. 17


__________________________________________


AGRO DEL VALLE S.A.


ESTATUTO


Por estar así dispuesto en los autos: AGRO DEL VALLE S.A. s/ Constitución De Sociedad, EXPTE. N° 140 AÑO 2024, en trámite por ante el Registro Público de Rafaela, se hace saber que en la localidad de Villa Trinidad, Departamento San Cristóbal, Provincia de Santa Fe, a los 06 días del mes de febrero de 2024 los Sres. Agustín Daniel MACCAGNO, Ingeniero Agrónomo, nacido el 05 de noviembre de 1985, apellido materno Ferrero, DNI 31.973.426, CUIT 20-31973426-1, casado en primeras nupcias con Felicitas Alagna, domiciliado en Sarmiento 224 de la localidad de Villa Trinidad, Pcia. de Santa Fe, Argentina; y Nicolás MACCAGNO, Contador Público Nacional, nacido el 24 de diciembre de 1990, apellido materno Ferrero, DNI 35.584.346, CUIT 20-35584346-8, soltero, domiciliado en Urquiza 1551 de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, Argentina; ambos de nacionalidad argentina y hábiles para contratar, resuelven constituir una Sociedad Anónima denominada AGRO DEL VALLE S.A. Plazo Duración: 90 años contados de inscripción en el Registro Público. Objeto Social: 1) Compra - Venta, por si o por terceros o asociada a terceros de cereales, oleaginosas y subproductos; 2) Compra - Venta de semillas y sus derivadas; 3) Procesamiento y acopio de semillas por cuenta propia o de terceros; 4) Comercialización de agroquímicos, artículos de corralón, implementos agrícolas y mercaderías en general; 5) Elaboración y venta de alimentos balanceados; 6) Prestación de servicios de pulverización terrestre, servicios de labranza, siembra, fertilización, movimientos de tierra, picado de forrajes y cosecha, embutido de granos, cosecha, confección de rollos de pasturas, alquiler de; 7) Realizar comisiones y consignaciones en general; 8) Realizar transporte de productos agropecuarios por cuenta propia y/o de terceros, en unidades propias o de terceros; 9) Realizar explotaciones agrícolas y/o ganaderas; 10) La Sociedad podrá realizar las operaciones que constituyen su objeto social tanto en el mercado interno como en el externo, adquiriendo amplias facultades para importar y exportar insumos, productos semielaborados y bienes terminados; sin perjuicio del objeto principal, la Sociedad también podrá: a) comprar, vender, permutar, y negociar, bienes de cambio, bienes de uso muebles, semovientes o inmuebles, créditos, acciones y títulos; b) participar en sociedades de cualquier índole para fortalecer el desarrollo armonioso de sus intereses. Para tales propósitos la Sociedad asume amplia capacidad jurídica para la adquisición y venta de bienes; gravarlos y arrendarlos; adquirir y ceder créditos; aceptar y comprar derechos y acciones de cualquier sociedad que se dedique a la misma explotación o a una distinta. Capital social: Pesos Un Millón ($ 1.000.000), representado por mil (1000) acciones, ordinarias, nominativas, no endosables, de Mil Pesos ($ 1000) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. PRESIDENTE: NICOLÁS MACCAGNO, DNI 35.584.346, CUIT 20-35584346-8; DIRECTOR SUPLENTE: AGUSTIN DANIEL MACCAGNO, DNI 31.973.426, CUIT 20-31973426-1. El ejercicio social cierra el 30 de setiembre de cada año. Sede Social: Sarmiento N° 244 de la localidad de Villa Trinidad, Dpto. San Cristóbal, Pcia. de Santa Fe, Argentina. El presente deberá publicarse por un día en el BOLETÍN OFICIAL (Art. 10 Inc. “a”, Ley 19.550).

$ 100 519822 May. 17

__________________________________________


EL EMPORIO DE LA CONSTRUCCION S.R.L.


CESION DE CUOTAS


Por estar así dispuesto en los Autos Caratulados: “EL EMPORIO DE LA CONSTRUCCION S.R.L. s/MODIFICACION AL CONTRATO SOCIAL”, Expediente N° 25/2024, de trámite por ante el Registro Público de la ciudad de Santa Fe, y en cumplimiento de disposiciones legales vigentes se hace saber lo siguiente:

1- CEDENTE: DANIELA FERNANDA SCHUSTER, de apellido materno SCHENQUER, nacida el 10 de Noviembre de 1975, CUIL N° 27-24876714-1, DNI: 24.876.714, de nacionalidad argentina, divorciada de sus primeras nupcias de SILVIO CLAUDIO RASUMOFF, con domicilio en calle Vera 3553 de la ciudad de Santa Fe, departamento La Capital, provincia de Santa Fe.

2- CESIONARIO DEBORA RUTH SCHUSTER, de apellido materno SCHENQUER, nacida el 14 de Julio de 1973, CUIL N° 27-23228508-2, DNI: 23.228.508, de nacionalidad argentina, divorciada de sus primeras nupcias de JULIO SEBASTIAN KAPLAN, con domicilio en calle Vera 3553 de la ciudad de Santa Fe, departamento La Capital, provincia de Santa Fe

3- FECHA DEL INSTRUMENTO: 13 de Diciembre de 2023.

4- RAZON SOCIAL: EL EMPORIO DE LA CONSTRUCCION S.R.L..

Se expresa que por la presente cesión, se transmitieron en forma gratuita Cuatro mil doscientos cincuenta (4,250) cuotas de las Ocho mil quinientos (8.500) que poseía la Sra. DANIELA FERNANDA SCHUSTER a favor de al Sra. DEBORA RUTH SCHUSTER quedando redactada la nueva cláusula Cuarta de la siguiente manera:

CLAUSULA CUARTA: El capital social se fija en la suma de VEINTE MIL PESOS ($20.000)9 dividido en 20.000 cuotas de $1 cada una que los socios poseen de la siguiente manera: DANIELA FERNANDA SCHUSTER posee Cuatro mil doscientos cincuenta cuotas de capital, o sea la suma de pesos Cuatro mil doscientos cincuenta ($ 4.250), DEBORA RUTH SCHUSTER posee Cuatro mil doscientos cincuenta cuotas de capital, o sea la suma de pesos Cuatro mil doscientos cincuenta ($ 4.250), CLAUDIA SILVINA PERMAN posee ocho mil cuotas de capital, o sea la suma de pesos ocho mil ($ 8.000), JUAN PABLO SCALENGHE posee un mil cuotas de capital, o sea la suma de pesos un mil ($1.000), ALEJANDRO NAYMARK posee quinientas cuotas de capital, o sea la suma de pesos quinientas ($ 500), y HAYDEE ANA DEL CARMEN LEAVY posee dos mil cuotas de capital ósea la suma de pesos dos mil ($ 2.000), estando totalmente integradas. Santa Fe, 29 de abril de 2024. Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.

$ 100 519893 May. 17

__________________________________________


GANADEROS DE PROVIDENCIA S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en autos caratulados: “GANADEROS DE PROVIDENCIA SOCIEDAD ANÓNIMA s/Designación de Autoridades; Expte. N° 2489/2023 (CUIJ Nº 21-05212708-1), de trámite por ante el Registro Público de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber la nueva designación de autoridades de GANADEROS DE PROVIDENCIA S.A. según Acta de Asamblea Nº 8 del 18/04/2024 y Acta de Directorio N°83, quedando el mismo integrado del siguiente modo:

- Presidente: Bertorello, Pedro del Corazón de Jesús, DNI N° 6.304.069, domiciliado en calle Patricio Cuten 7952 de la ciudad de Santa Fe, Prov. de Santa Fe;

- Vicepresidente: Bertorello, Francisco José, DNI N 29.618.720, domiciliado en calle Maipú 120 de la ciudad de Santa Fe, Prov. de Santa Fe.

- Director suplente: Cerutti, Juan Manuel, DNI N° 27.862.999, domiciliado en calle Corrientes 406, de la localidad de Providencia, Prov, de Santa Fe

- Secretario: Molteni, Néstor, DNI N° 10.372.305, domiciliado en calle Corrientes de la localidad de Providencia, Prov. de Santa Fe;

- Tesorero: Falco, Iván, DNI N° 27.334.581, domiciliado en Ruta 64, Km, 0 de la localidad de Providencia, Prov. de Santa Fe. Santa Fe, 06 de mayo de 2024. Dr. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 100 519837 May. 17

__________________________________________


BRAF AGROPECUARIA S.R.L.


CESIÓN DE CUOTAS


Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría de la Dra. María Julia Petracco, mediante Resolución de fecha 08/05/2024, en los autos: “BRAF AGROPECUARIA S.R.L S/ CESION DE CUOTAS”, CUIJ 21-05794855-5, se ha ordenado la siguiente publicación: En la Ciudad de Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe, a los 30 días del mes de Junio de 2023, se reúnen las siguientes personas; a saber: por una parte, el señor FERNANDO ULISES DI PIZIO, argentino, mayor de edad, DNI Nº 21.898.950, CUIT Nro. 20-21898950-1, nacido el 01/04/1971, de estado civil casado, domiciliado realmente en calle Buenos Aires Nro. 59 de la Ciudad de Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe, de profesión Contador Público, en adelante EL CEDENTE; y por la otra, los señores OVIDIO GERARDO RIBOLI, argentino, mayor de edad, DNI Nº 16.629.166, CUIT Nro. 20-16629166-7, de estado civil divorciado, domiciliado en calle Rivadavia, número 135 de la Ciudad de Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe, de profesión Comerciante, y RICARDO ALBERTO BARAVALLE, argentino, mayor de edad, DNI Nº 22.704.351, CUIT Nro. 20-22704351-3, de estado civil casado, domiciliado en calle Parque Español, número 125 de la Ciudad de Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe, de profesión Comerciante, en adelante EL CESIONARIO; quienes convienen y dejan constancia del siguiente contrato de cesión gratuita (donación) y transferencia de cuotas partes correspondiente a "BRAF AGROPECUARIA S.R.L.", el que se regirá por las siguientes cláusulas y las legales que le fueren aplicables, a saber:

PRIMERA: El señor FERNANDO ULISES DI PIZIO cede gratuitamente (donación) y transfiere en igual carácter a los señores OVIDIO GERARDO RIBOLI Y RICARDO ALBERTO BARAVALLE, quienes lo aceptan, 25 (veinticinco) cuotas partes de valor nominal $ 1.000 (Pesos un mil) cada una, y 100 (cien) cuotas partes de valor nominal $ 1.000 (Pesos un mil) cada una, respectivamente, que es toda la participación social que EL CEDENTE tiene en BRAF AGROPECUARIA S.R.L., que llevan los Nros. 1 a 64 y 127 a 187 y representan la suma de $ 125.000 de participación en el capital social. En consecuencia, EL CESIONARIO, recibe de conformidad 125 (Ciento veinticinco) cuotas partes.

SEGUNDA: La presente cesión y transferencia de las cuotas partes a las que se hace referencia en la Cláusula Primera, se efectúa a favor de EL CESIONARIO en forma gratuita. Concomitantemente a la presente, el señor FERNANDO ULISES DI PIZIO DNI Nº 21.898.950 entrega a EL CESIONARIO, quienes los reciben de conformidad, los títulos que corresponden a la instrumentación de las acciones correspondientes a la presente.-

TERCERA: EL CEDENTE deja expresamente aclarado que las cuotas partes individualizadas en la Cláusula Primera se encuentran totalmente integradas, libre de embargos ni ninguna otra medida cautelar de indisponibilidad de las mismas, conforme surgen de los registros de la sociedad emisora BRAF AGROPECUARIA S.R.L.; en tanto que EL CEDENTE no se encuentra afectado por ninguna medida cautelar relativa a la indisponibilidad patrimonial del mismo.-

QUINTA: EL CEDENTE y EL CESIONARIO dejan constancia que éste último no ha realizado ninguna auditoria sobre los libros y documentación social de la sociedad, cuyas partes de capital son objeto del presente atento el carácter gratuito de la presente, como así también que EL CESIONARIO reviste el carácter de Socio de BRAF AGROPECUARIA S.R.L., en virtud de detentar la propiedad o tenencia de otras participaciones sociales en la citada sociedad. El CEDENTE garantiza de evicción la presente cesión y transferencia.-

SEPTIMA: Asentimiento conyugal. Presente en éste acto la Señora Marcela Libera, cónyuge en primeras nupcias de don Fernando Ulises Di Pizio, argentina, mayor de edad, DNI Nº 24.298.495, domiciliada en calle Buenos Aires 59 de Venado Tuerto (Santa Fe), presta el correspondiente asentimiento conyugal en los términos del artículo 1277 del Código Civil a la presente cesión y transferencia gratuita de acciones que instrumenta el presente.-

Venado Tuerto, 17 de Mayo de 2024.

$ 215 519971 May. 17

__________________________________________


JOSE Y RAUL GARNERO S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los autos caratulados, JOSE Y RAUL GARNERO SOCIEDAD ANONIMA S/ DESIGNACION DE AUTORIDADES 21-05213769-9; de trámite por ante el Registro Público, se hace saber que por Asamblea General Ordinaria de fecha 30 de septiembre de 2023, de designación del número de directores y elección de éstos, se ha decidido que el DIRECTORIO estará compuesto de dos (2) integrantes, un (1) miembro titular y un (1) miembro suplente, designándose como. Director Titular: RAUL DOMINGO GARNERO: de nacionalidad argentina, nacido 26-01-1943, de apellido materno Lombardo, de estado civil, viudo de doña Gloria del Pilar Brero, de profesión agropecuario, DNI 6.295.405 CUIT 20-06295405-2, domiciliado en zona rural de El Trébol.- Director Suplente: MARIA CAROLINA GARNERO:, de nacionalidad argentina, nacida 28-02.1982, de apellido materno Brero, de estado civil casada con don Marcos Oscar Farabolini, de profesión Licenciada en Química Industrial, DNI 29.012.279, CUIT 27-29012279-7, domiciliada en calle Manuel Leiva Nº 706 de El Trébol.

Lo que se publica a sus efectos legales por el término de un día en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe.- Santa Fe.

Santa Fe, 16 de mayo de 2024. Dr. Freyre, Secretario.

$ 45 520466 May. 17