DECRETO N° 0562
SANTA FE. "Cuna de la Constitución Nacional". 30 de abril de 2024
VISTO:
El Expediente Nº 00302-0227283-5 del S.I.E. y la Ley Nº 14.235 denominada “Regulación del Juego en línea”; y
CONSIDERANDO:
Que la Legislatura de la Provincia de Santa Fe sancionó, en fecha 14 de diciembre de 2023, la Ley Nº 14.235 para la regulación del juego en línea;
Que mediante Decreto Nº 084 del 18 de diciembre de 2023 se procedió a su promulgación por parte del Poder Ejecutivo;
Que en fecha 20 de diciembre de 2023 la Ley aludida se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe;
Que en el artículo 23º de la citada Ley se establece que el Poder Ejecutivo deberá reglamentar la misma;
Que han tomado intervención la Coordinación Técnico Legal, la Dirección General Económico Financiera y la Dirección General de Comercialización dependientes de la Dirección General de Casinos y Bingos de la Caja de Asistencia Social – Lotería de Santa Fe;
Que obran en autos Dictamen Nº 200/24 de la Dirección General deAsesoría Jurídica de la Caja de Asistencia Social – Lotería de Santa Fe y Dictamen N.º 060192 de la Dirección General de Asesoría Letrada del Ministerio de Economía;
Que se ha dado debida intervención a la Dirección General de Presupuesto y a la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía;
Que Fiscalía de Estado ha emitido su Dictamen Nº 293/24;
Que por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 72ºinc. 4) de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la reglamentación de la Ley Nº 14.235 “Regulación del Juego en línea”, que como “Anexo Único” forma parte integrante del presente Decreto.
ARTÍCULO 2º.- Refréndese por los señores Ministros de Economía y de Gobierno e Innovación Pública.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-
PULLARO
Dr. Olivares Pablo Andrés
Abog. Bastia Fabían Lionel
El anexo referenciado en el presente decreto puede ser consultado en: https://www.santafe.gob.ar/normativa/
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