DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 23 ABR 2024
NOTIFICACIÓN Nº 0320
Ref. Expediente Nº 15201-0223039-2 (CARRIZO, MIGUEL EDUARDO, Lote 43 - Mz. 8367 S, Plan Nº 5027 - 42 Viviendas, Grierson Nº 8343, (C.P. 3000) SANTA FE.-
Me dirijo a Ud. en relación a la actuación de referencia a fin de comunicarle que, conforme lo actuado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, se le otorga un plazo de dos (02) meses contados a partir de la notificación de la presente a fin de que informe la caratula o CUIJ del proceso judicial que iniciará para desalojar a los ocupantes de su vivienda.
Es necesario además que la cuenta se encuentre al día y, según nuestros registros, la misma presenta deuda. Deberá proceder a abonar lo adeudado en un plazo de diez (10) días, bajo apercibimiento de rescisión contractual y desadjudicación por transgresión a los Artículos 34 y 39 del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso y cláusulas concordantes del boleto de compra-venta oportunamente suscripto.
Sin otro particular, salúdole atentamente con la constancia de que los actuados se reservarán en Mesa de Entradas y Salidas del Organismo por el plazo otorgado, a la espera de que se glose la documentación requerida y se abone lo adeudado.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO
S/C 42562 Abr. 24 Abr. 26
__________________________________________
POLICÍA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
EDICTO
La Sección Sumarios Administrativos U.R.II, de la Policía de la Provincia de Santa Fe, hace saber por el presente Edicto según aplicación del Artículo 21 inciso c) del Decreto 4174/15; el siguiente decisorio:
Resolución del Sr. Jefe de Sumarios administrativos U.R.II
Rosario, 23 de Abril de 2024.-
VISTO: las actuaciones sumarias N° 1484/19 relacionadas con el Oficial de Policía NI. 638.412 – WALTER EDGARDO GRAF que anteceden, en las que a prima facie surge la comisión de faltas administrativas previstas en la Ley Provincial 12.521/06 y su Decreto Reglamentario 461/15, que es menester investigar.; CONSIDERANDO;
ATENTO:
EL SEÑOR JEFE DE SUMARIOS ADMINISTRATIVOS U.R.II
RESUELVE
Art. 1ro.) Hacerme cargo de las presentes actuaciones en carácter de Instructor conforme a lo preceptuado en el Articulo N° 7 del Reglamento para Sumarios Administrativos; firmando al pie para debida constancia.-
Art. 2do.) Designar como secretario de actuaciones al Subcomisario Pablo Siscaro, que enterado y de no Mediar impedimento legal firma al pie de la presente Para constancia.
Art. 3ro.) La sustanciación de este sumario administrativo deberá incoarse de conformidad a lo preceptuado en los capítulos Nro. V, IX, X, XI del Reglamento para Sumarios Administrativos y, supletoriamente, lo previsto en el Artículo 21 inciso “C” del Decreto 4174/15 en lo que respecta a las notificaciones.
Art. 4to.) Finiquitado que fuera el presente, elévese al Asesor Letrado de Turno, conforme al Nro. 97 del Reglamento para Sumarios Administrativos.-
Firmado: Pablo E. Leguizamón
Comisario, Jefe de Sumarios Administrativos
Policía de la Provincia de Santa Fe.-
EDICTO
La Sección Sumarios Administrativos U.R.II, de la Policía de la Provincia de Santa Fe, hace saber por el presente Edicto según aplicación del Artículo 21 inciso c) del Decreto 4174/15; el siguiente decisorio:
CEDULA DE EMPLAZAMIENTO
Rosario, 23 de Abril de 2024.-
SEÑOR: Oficial de Policía NI. 638.412 – WALTER EDGARDO GRAF.-
Cumplo en llevar a su conocimiento que en esta Sección Sumarios Administrativos U.R.II se instruyen actuaciones administrativas, registradas bajo el Nº 1484/19 S.A., ordenadas por el entonces Señor Jefe de la Unidad Regional II, a tenor de lo normado en el Art. 37 inc. a) del R.S.A., que se le siguen ante esta esfera; en la cual la instrucción administrativa a dispuesto lo siguiente: Y VISTOS: ………………….. CONSIDERANDO: …………………………….RESUELVO Art. 1º) ATRIBUIR RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA formulando imputación de la falta prevista en el Artículo 43 inciso f) y Artículo 41 inciso h) Punto 1° con implicancias del Articulo 42, todos de la Ley Provincial Nro. 12.521/06 – Decreto Reglamentario 461/15-, al Oficial de Policía NI. 638.412 – WALTER EDGARDO GRAF, sin perjuicio de ampliarse el plexo imputativo en caso de que eventuales elementos lo hicieren menester.- Art. 2º) EMPLAZAR al imputado a los fines del Articulo Nº 40 del Reglamento para Sumarios Administrativos, aplicando supletoriamente, lo previsto en el Artículo 21 inciso “c” del Decreto 4174/15.-
Ello en relación al acta de procedimiento labrada el 07-10-19 por el Jefe de la Comisaría 12° U.R.II, el cual puso en conocimiento las ausencias al servicio desde el 02-10-19 al 06-10-19 como asi también los datos inexactos respecto de su domicilio actual.
En consecuencia deberá comparecer Usted por ante esta Sección Sumarios Administrativos U.R.II, el día 02-05-24 a las 10:00 horas bajo apercibimiento, en caso de incomparencia sin causa justificada, de ser declarado en rebeldía de acuerdo a lo normado en el Art. 41 del R.S.A..-
Queda debidamente notificada de la resolución que antecede, haciéndosele saber que esta Sección se halla ubicada en calle Av. Ovidio Lagos 5250, de la ciudad de Rosario, Teléfono 0341-4657348.
Artículo 40 del R.S.A. “El instructor debe emplazar al responsable y recibirle declaración con referencia a los hechos cuya autoría se le atribuye”.
Artículo 41 del R.S.A. “Si el responsable no comparece dentro del término del emplazamiento sin causa justificada, se continuará el trámite del sumario previa declaración de su rebeldía, la que será notificada por cédula al interesado”.
Firmado: Pablo E. Leguizamón
Comisario, Jefe de Sumarios Administrativos
Policía de la Provincia de Santa Fe.-
S/C 42565 Abr. 24
__________________________________________
EDICTO
La Sección Sumarios Administrativos U.R.II, de la Policía de la Provincia de Santa Fe, hace saber por el presente Edicto según aplicación del Artículo 21 inciso c) del Decreto 4174/15; el siguiente decisorio:
Resolución de la Sra. Jefa de Policía de la Provincia de Santa Fe (D-5) N° 286/24
Santa Fe “Cuna de la Constitución Nacional”, 13 de Marzo de 2024.-
VISTO…….CONSIDERANDO……….ATENTO………EL JEFE DE POLICIA RESUELVE: Art. 1°) SOLICITAR al Ministerio de Justicia y Seguridad, via Secretaria de Seguridad Publica, se aplique la medida depurativa de destitución al Suboficial de Policía NI. 695.238 – EMANUEL RUBEN POLONI, numerario de la Unidad Regional II –Departamento Rosario-, por infracción a las faltas estipuladas en el Art. 41 incs. e) y h) –punto 1-con el agravante del Art. 42, todos de la Ley del Personal Policial N° 12.521/06 –Decreto N° 461/15- (Reglamentación del Régimen de Responsabilidad Administrativa); haciendo cesar la percepción de haberes del nombrado en su totalidad, de acuerdo a lo establecido en el Art. 113 de dicha norma; en merito a lo expresado anteriormente.- Art. 2°)Para conocimiento del causante, GIRESE copia del presente acto resolutivo al Departamento Personal (D-1), haciéndose lo propio a la Dirección General de Administración, para toma de conocimiento y registro; cumplido, ELEVESE al Superior Gobierno Provincial, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 2076/18. Santa Fe “Cuna de la Constitución Nacional”, 13 de Marzo de 2024.
Firmado Lic. Luis Pablo Martín Maldonado
Director General de Policía
Jefe Policía de Provincia
Provincia de Santa Fe.-
S/C 42566 Abr. 24
__________________________________________
EDICTO
La Sección Sumarios Administrativos dependiente del Departamento Judicial (D.5) de la Policía de la Provincia de Santa Fe, hace saber por el presente Edicto según aplicación del Artículo 21 inciso c) del Decreto 4174/15; el siguiente decisorio:
CEDULA DE NOTIFICACIÓN
RESOLUCION J.P.P. (D-5) Nro. 409/24
Recreo, 29 de abril de 2024.
SEÑOR: Suboficial de Policía NI. 686.662 MARCELO ELVIO REZZOAGLI.
VISTO: El contenido de las presentes actuaciones administrativas relacionadas con el Suboficial de Policía NI. 686.662 MARCELO ELVIO REZZOAGLI, numerario del Departamento Personal (D-1) (Expte. D-5 Nro. 24.570/23) y; CONSIDERANDO: Que lo actuado se inició con copia de actuaciones provenientes del Ministerio de Seguridad, delegación Rosario, Expte. S.I.E. Nro. 00215-0014876-0, el cual dieron conocimiento acerca de una situación relacionada con el empleado policial mencionado. Concretamente, surge que dicho legajo se originó a raíz de un escrito con firma digital, enviado por el encartado, a través del que solicitó la renuncia del cargo que ocupa en la Policía de la Provincia de Santa Fe y en el cual aportó dos números telefónicos, aclarando que uno de ellos pertenecía al país de Italia. Asimismo, el Suboficial de Policía NICOLAS ROBLEDO, numerario del Departamento Personal, comunicó a través de la aplicación de mensajería denominada WhatsApp, con el efectivo policial REZZOAGLI, dejando constancia que el mismo no se encontraba en la Ciudad de Santa Fe y no había dejado un poder especial firmado para la continuación de dicho trámite. Consecutivamente, se glosó la foja de servicio del mencionado, de la cual emerge que el mismo se encontraba bajo comisión de servicio en el Ministerio Público de la Acusación, sede Rosario, dependiendo del Departamento Personal (D-1). Además, bajo esa circunstancia laboral, se procedió a la retención preventiva de haberes hasta tanto se resuelva la situación del mismo. Por último, es dable destacar que los días 08 y 10/04/2024 se solicitó a la Dirección Nacional de Migraciones vía correo electrónico, si en sus registros obraban movimientos del administrado, sin obtener respuesta alguna… por ello, y; ATENTO a las atribuciones reglamentarias que le son propias EL JEFE DE POLICÍA RESUELVE: Art. 1º) INSTRUIR sumario administrativo de conformidad al Art. 37 inc. a) del R.S.A. para juzgar la conducta del Suboficial de Policía NI. 686.662 MARCELO ELVIO REZZOAGLI, numerario del Departamento Personal (D-1); Art. 2º) IMPLANTAR la situación de revista de disponibilidad para con el Suboficial de Policía NI. 686.662 MARCELO ELVIO REZZOAGLI, conforme al Art. 90 inc. c) de la Ley del Personal Policial Nro. 12521/06, con los alcances de los Arts. 132, 133 y 136 del R.S.A., con privación de arma y credencial policial y aplicación del Art. 111 inc. b) de la precitada ley, en lo relativo a la percepción de sus haberes; con fundamento en las consideraciones precedentemente expuestas; Art.3°) FACULTAR a la Jefatura del Departamento Judicial (D-5) a designar y/o sustituir instructor en las presentes actuaciones administrativas; en mérito a lo antes expuesto; Art. 4º) Para notificación del causante, anotaciones, comunicaciones de estilo y para cumplimiento del trámite ordenado en el Art. 1°, GIRESE al Departamento Judicial (D-5); concluido, con dictamen del órgano asesor letrado, RETORNE a esta instancia para resolver. Santa Fe, 15 de abril de 2.024. Firmado: Lic. LUIS PABLO MARTIN MALDONADO Director General de Policía, Jefe de Policía de la Provincia de Santa Fe.
En este mismo acto, se le hace conocer que la autoridad competente, designó en el cargo de Instructora a la Comisario LAURA ANALIA NICOLA, Subjefa de la Sección Sumarios Administrativos (D-5), como así del Artículo 11 del R.S.A. (Dcto. Nro. 4055/77) - Son causas de recusación del instructor, las siguientes; a) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado civil y el segundo de afinidad con el denunciante o el sumariado; b) Haber sido denunciado o acusado por un delito o falta administrativa por el imputado o por el ofendido con anterioridad al sumario que se instruye; c) El interés directo o indirecto en el resultado del sumario que se manifieste por parcialidad evidente en la investigación; d) Tener el instructor o su cónyuge o sus parientes consanguíneos hasta el cuarto grado o afines hasta el segundo grado, causa judicial o administrativa pendiente con el imputado o el ofendido; e) La amistad íntima que se manifieste por frecuencia de trato con el imputado o el ofendido; f) La enemistad o resentimiento manifiestos. De igual modo se le hace saber lo estipulado en el Art. 23º inc. a) de la Ley del Personal Policial Nro. 12521/06 que dice: Son deberes esenciales para el personal policial en actividad, inc. a) la sujeción al régimen disciplinario policial; Asimismo en este acto se le hace saber los términos de la Ley 12.071 que expresa “Art. 1º - En las notificaciones de decretos y resoluciones dictadas en los expedientes o actuaciones administrativas que niegue un derecho, imponga obligaciones o no haga lugar a un recurso de revocatoria interpuesto, se hará saber el derecho a interponer recursos y el plazo para hacerlos, conforme a las normativas vigentes”, ello conforme lo normado por el Dcto. 4174/15 “Art. 42 –El recurso de revocatoria podrá interponerse contra cualquier decisión dictada por autoridad pública, en ejercicio de función administrativa, por aquel que acreditare ser titular de derechos subjetivos públicos, interés legítimos o derechos de incidencia colectiva. El recurso deberá interponerse ante la autoridad administrativa que dictó el acto objeto de impugnación. El plazo para interponer el recurso será de diez (10) días contados a partir de la notificación del decisorio. El recurso de revocatoria podrá interponerse también contra cualquier decisión que dicte la máxima autoridad de los entes descentralizados autárquicamente. La impugnación podrá fundarse en razones de ilegitimidad como de oportunidad, mérito o conveniencia”.
En consecuencia, queda debidamente notificado de lo resuelto en autos, haciendo constar que la Sección Sumarios Administrativos del Departamento Judicial (D.5), se encuentra ubicada en la Ruta Nacional Nro. 11, Km. 482 – Recreo-, C.P. 3018, Tel.: 0342- 4962088 – correo electrónico oficial sumariosadmd5@santafe.gov.ar
Firmado: CRISTIAN MARCELO PRIMON –
Subdirector de Policía
Subjefe del Departamento Judicial (D-5),
Policía de la Provincia de Santa Fe.
S/C 42558 Abr. 24
__________________________________________
JUNTA DE DISCIPLINA PARA EL PERSONAL DOCENTE
EDICTO NOTIFICATORIO
La Secretaría de la Junta de Disciplina para el Personal Docente notifica por este medio a la Sra. Bugni, Mariel Beatriz, DNI Nº 24.980.974 con domicilio desconocido, la nómina actual de los miembros que integran el Cuerpo:
Sra. Gabriela G. Dupráz
Sr. Sergio Doktorowicz
Sra. Alejandra Soso
Sra. Andrea Luján
Sra. Mariel del Blanco
Dicha Junta tendrá a su cargo el tratamiento del Expte. Nº 00401-0284279-9, caratulado: “INICIADOR: DIRECCION GRAL DE RECURSOS HUMANOS; FECHA DE INICIO : 2018/03/20; CONCEPTO: REF.: AUDITORIA: INFORME S/ AUSENCIAS AGENTE: BUGNI, MARIEL BEATRIZ”. en el que Ud. se halla involucrada.
Se remite la presente, a los fines de cumplir con lo establecido en el art. 50 de la Ley 10.290 que se transcribe a continuación: “Los miembros de la Junta de Disciplina podrán ser recusados y deberán excusarse por causas debidamente fundamentadas. Los casos de recusación y excusación deberán ser resueltos en la misma Junta”.-
S/C 42567 Abr. 24 Abr. 25