picture_as_pdf 2024-03-25

ROSARIO


JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR


MARTA LUCIA PORTILLO


Por orden Juez 1ª. Inst. Distrito C. y C. 4ª Nom., Rosario, la Sec. suscribiente hace saber que en caratulados: “CHEVROLET S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS c/ OTROS (D.N.I. 33.069.658)(D.N.I. 39.121.595) (D.N.I. 27.115.614) s/ EJECUCION PRENDARIA”, CUIJ 21-02960061-6 se ha dispuesto que la martillera Marta Lucía Portillo (mat. 1306-P-117) (C.U.I.T. 23-05629357-4) venda en pública subasta al último y mejor postor el día 05 de Abril de 2024 a las 14:00 hs. en el Colegio de Martilleros de Rosario, Moreno 1546, el siguiente vehículo: El automotor marca CHEVROLET, tipo sedán 5 puertas, modelo ONIX JOY 5P 1.4 N LS MT, motor marca CHEVROLET Nº GFK143130, carrocería marca CHEVROLET Nº 9BGKL48T0JG417460, Año 2018, Dominio AD 160 QJ.- Del informe del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor Nº 11 de Rosario surge que consta inscripto el dominio en un 100% a nombre del demandado; prenda por $ 314.177,54.- inscripta con fecha 24/09/2018 perteneciente a los autos que ejecutan; no registrando embargos e inhibiciones.- Impónense como condiciones de subasta: 1º) El vehículo marca Chevrolet Tipo Sedán 5 puertas Modelo Onix Joy Dominio AD160QJ saldrá a la venta con una base de $ 5.500.000, y al mejor postor. Quien resulte adquirente deberá abonar, al finalizar el acto de subasta la suma de $ 30.000.- (Pesos Treinta mil) como pago a cuenta del total, con más la comisión del 10% para el Martillero en pesos o cheque certificado, debiendo depositar el saldo dentro de las 48 hs. de la subasta en el Banco Municipal de Rosario- Sucursal 80 – Caja de Abogados- a la orden de este Juzgado y para estos autos conforme disposición del Banco Central de la República Argentina según comunicación “A” 5147 de fecha 23/11/10, procediéndose a la entrega de la unidad una vez acreditada la transferencia interbancaria por el total del monto del remate. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o Martillero actuante a la A.F.I.P. 2º) El bien se subasta y adjudica en el estado en que se encuentra conforme el acta de constatación, y no se admitirán reclamos sobre ninguna clase de situación fáctica y/o jurídica del mismo. 3º) Déjese constancias en los edictos y en el Acta de Subasta que se confeccione oportunamente que serán a cargo del comprador y no compresivos dentro del precio de venta, los impuestos, tasas, contribuciones atrasadas, IVA si correspondiere, y gastos, multas, patentes atrasadas cualquiera sean su naturaleza y/o causa, así como los gastos e impuestos por transferencias, y los riesgos del bien que se produjeran desde la fecha de subasta así como la totalidad de gastos de estadía, traslado, acarreo, remolque y/o auxilio que corresponda; y deberá el martillero actuante, como obligación inherente a su cargo, hacer saber tal circunstancia en el acto de martillar así como a cuánto asciende el importe de lo adeudado.- 4º) Previo a la transferencia, deberán estar satisfechos todos los impuestos, tasas y contribuciones que graven el acta de subasta, a cuyos efectos se oficiará al API y al AFIP. 5º) Para el caso de compras por terceros, fíjase como condición de subasta que el adquirente designe en el acto de remate la identidad de la persona por la que adquiere, estableciéndose el término de cinco días para la ratificación por la persona indicada. Transcurrido este término sin la ratificación correspondiente, todos los efectos de la subasta se producirán respecto del adquirente que participó personalmente en el acto de remate. 6º) En el acta de subasta, deberá dejarse constancia del penúltimo postor, consignando sus datos personales. El expediente deberá ser entregado al Juzgado 5 días antes de la subasta, a los fines de los art. 494 y 495 C.P.C.C., y permanecerá reservado en Secretaría. Ofíciese a los juzgados que hubieren ordenado medidas cautelares sobre el bien a subastar a fin de que tomen conocimiento en las causas respectivas de la realización de la subasta con la debida antelación, debiendo acompañarse constancias del diligenciamiento antes del acto de subasta, ello sin perjuicio de lo normado por el art. 503 del CPCC. Téngase presente los días y horas fijados para la exhibición del vehículo a subastar.- Todo lo cual se hace saber a los efectos legales.- Rosario, de Marzo de 2024.-

$ 800 517230 Mar. 25 Mar. 27