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DECRETO N° 0393


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional”, 18 MAR 2024


VISTO:

El Expediente Nº 00101-0326305-5 del registro del Sistema de Información de Expedientes -Ministerio de Gobierno e Innovación Pública- y la Ley Orgánica de Ministerios Nº 14224; y


CONSIDERANDO:

Que la citada ley, en su artículo 17 establece la competencia del Ministerio de Justicia y Seguridad para la asistencia al Poder Ejecutivo en la relación con los Colegios Profesionales que ejercen el control de las profesiones liberales y particularmente, el inc. 16 del mismo indica la competencia para la intervención en la reglamentación y fiscalización del ejercicio de dichas profesiones;

Que la dinámica de distintas cuestiones de la gestión de gobierno aconsejan agrupar en una misma cartera ministerial las cuestiones que se vinculan con el control de las profesiones liberales;

Que el lugar más competente para llevar el ejercicio de dicha facultad es el Ministerio de Gobierno e Innovación Pública, a través de la Secretaría de Gestión de Registros Provinciales, por lo que conforme el criterio indicado se propicia dicha reasignación;

Que el artículo 41 de la Ley Nº 14224 autoriza al Poder Ejecutivo a reasignar las competencias de los Ministerios definidos por la ley, dentro de la estructura de gabinete prevista y siempre que no se alteren el número y la denominación de los ministerios;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°: Asígnese al Ministerio de Gobierno e Innovación Pública las competencias otorgadas por el Inciso 16) del Artículo 17 de la Ley Nº 14224 -Ley Orgánica de Ministerios-, para intervenir en la reglamentación y fiscalización del ejercicio de las profesiones.

ARTÍCULO 2°: Regístrese, comuníquese y archívese.

PULLARO

Abog. Fabían Lionel Bastía

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