picture_as_pdf 2024-03-18

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ROSARIO

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CAMARA DE APELACION


Por disposición de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Rosario, Sala III, integrada por los Dres Jessica María Cinalli, Mario Eugenio Chaumet y Marcelo José Molina, Secretaría de la Dra. Sabrina Campbell, hace saber que en los autos caratulados: “Parede Nilda Elena c/ Lombardi Carlos Adrián y Otros s/ Daños y Perjuicios (Expte N° 21-01189340-3) se ha dispuesto declarar rebeldes a los herederos de la señora Parede Nilda Elena y que, se siga el juicio sin su representación, seguidamente se transcribe la providencia que ordena el presente “ROSARIO, 21 Diciembre de 2023. Agréguense las constancias acompañadas y téngase presente. No habiendo comparecido los herederos de la Sra. Parede Nilda Elena DNI: 11.892.770 a estar a derecho decláraselos rebeldes y siga el juicio sin su representación Notifíquese por edicto.. Fdo. Dra. Ana Paula Alvarez Barthaburu (Prosecretaria).

$ 60 516342 Mar. 18 Mar. 20

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Se hace saber que en los autos 21-02851845-2 ESPINDOLA, ROGELIO EDGARDO c/ SIEGENTHALER, ERNA ANA s/ Prescripción Adquisitiva, que tramita por ante Cámara Apelaciones Civil y Comercial (Sala 1) ROSARIO, ha recaído Acuerdo N° 267. 07/09/2023. Por el cual se resolvió 1. Anular la sentencia por vicio en el procedimiento que le precedió, debiendo remitirse la causa al subrogante legal para que emita nuevo pronunciamiento. 2. Imponer las costas de Alzada por su orden. Insértese, hágase saber y bajen. (Expte. N° 309/2022; CUIJ Nº21-02851845-2). FDO. : ARIZA; KVASINA CIFRÉ.Dra. Ana Barthaburu, prosecretaria.

$ 50 516368 Mar. 18 Mar. 20

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En los autos caratulados: “CORDOBA, ISAIAS DAVID Y OTROS c/ MEIER, JUAN MANUEL Y OTROS s/ Danos Y Perjuicios 21-11883930-4” en trámite por ante el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la 2da. Nominación. Balcarce 1651 de Rosario, Prov. de Santa Fe, se ha dictado el siguiente decreto: ROSARIO, 24/11/2023. Atento que el demandado ALARCON EDGARDO JORGE no compareció a estar a derecho pese a encontrarse debidamente notificado según edictos de fs. 99 vta. y fs. 100, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselo rebelde. NOTIFÍQUESE POR EDICTOS. Fdo: DRA. MAYRA IBANEZ (Secretaria) DR. EDGARDO BONOMELLI (Juez).

$ 50 516418 Mar. 18 Mar. 20

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Civil y Comercial de la 12da. Nominación de Rosario, Dr. Fabián Bellizia, Secretaría de la Autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: “Retamar Maricel s/ Pedido de Quiebra”, CUIJ 21-02965571-2, se ha dispuesto designar al Síndico CPN MARIA BELEN DE MARCO, con domiciliado legal en calle Bv. Oroño N° 1217 Piso 1 Dpto. “A” de la ciudad de Rosario, con domicilio digital “estudio@ruizjujichabogados.com.ar” con horarios de atención de Lunes a Viernes de 10 hs. a 16 hs., quien ha a designado.Rosario,FDO. Secretaria -Subrogante- : Dra. Elisabet Felippetti.

S/C 516393 Mar. 18 Mar. 22

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 1 de la ciudad de Rosario, Dr. Daniel H. González, Secretaria de la Dra. Gabriela M. Kabichian; dentro de los autos caratulados: “RUSSO, MONICA INES c/ AMBROZICH, ELIDA ISABEL s/ Prescripción Adquisitiva” CUIJ 21-02960489-1, se ha ordenado citar a los herederos de la fallecida ELIDA ISABELAMBROZICH para que comparezcan a estar a Derecho y tomen la intervención que le corresponda dentro del termino de cinco (5) días de la última publicación, bajo apercibimiento de declararlos en rebeldía (arts. 72, 76 y ss. CPCCSF).08 de marzo de 2024.Dra. Gabriela Kabichian,secretaria.

$ 50 516267 Mar. 18 Mar. 20

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1º Nominación de Rosario, en autos caratulados: DOMINGUEZ, PATRICIA EDIT c/ AYRES ARGENTINA SRL s/ Demanda de Derecho de Consumo CUIJ 21-02894152-5, se hace saber que se ha dictado lo siguiente: “ROSARIO, 29/02/24. Fíjese nueva fecha de audiencia confesional para el día 18 de marzo de 2024 a las 09:00 hs bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula.” EDO. Dra. Marianela Maulión, Secretaria. Y OTRO: “ROSARIO,7/03/24.Atento a lo manifestado y advirtiendo que se incurrió en error en el decreto de fecha 29 de febrero de 2024, revóquese por contrario imperio, en su parte “notifíquese por cédula”, siendo lo correcto “notifíquese por edictos” quedando subsistente en lo demás.” EDO. Dra. Marianela Maulión, secretaria Dr. Mauro R. Bonato, Juez.11 de marzo de 2024.

$ 50 516286 Mar. 18 Mar. 20

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de esta ciudad, Dr. Marcelo Quiroga Secretaría de la Dra. González, dentro de los autos caratulados: “ARGEN TIME S.A.S. s/Concurso Preventivo” CUIJ 21-02975463-9 se ha dispuesto hacer saber que: 1) Por Resolución Nro. 1405 del 14/12/2023 se ha declarado la apertura del concurso preventivo de Argen-Time S.A.S., con domicilio denunciado ante el Registro Público de Comercio en calle Corrientes N° 751 Piso 4, y, domicilio procesal denunciado por la concursada en calle Paraguay N° 777 Piso 9 de Rosario; constando inscripta en el Registro Público de Comercio, Sección “Estatutos” al T. 1009 F. 18783 N° 347 de fecha 22.3.2019. 2) Que ha sido designado síndico en autos al C.P. Fernando Izquierdo, con domicilio en calle Cochabamba 462 de Rosario quien fija horario de atención de lunes a viernes de 14 a 20 hs. 3) Que por decreto de fecha 6 de marzo de 2024 se ha ordenado: (1) Fíjese el día 16.4.2024 hasta el cual los acreedores deben presentar sus pedidos de verificación. (2) El día 29.5.2024 para la presentación por el síndico del informe individual de créditos. (3) Fijar el día 9.7.2024 para la presentación del informe general. (4) El periodo de exclusividad vencerá el día 3 de diciembre del 2024 y la audiencia informativa se celebrará en la Sala de Audiencias de este Juzgado el día 26.11.2024, a las 10:00 hs., o al día siguiente hábil, y a la misma hora, si la fecha designada resultare feriado o inhábil. (5) Ordenar publicar los puntos 1, 2, 3, 4, 5 y los datos del juicio y su radicación en el BOLETÍN OFICIAL; y en el diario “La Capital”, éste último por un día. Secretaría. Rosario, de marzo de 2024.

$ 500 516292 Mar. 18 Mar. 22

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 14ª Nominación de la ciudad de Rosario, a cargo del Dr. Marcelo Quaglia, Secretaría de la Dra. María Karina Arreche, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por Doña AMALIA ELVIRA MORICONI para que dentro del término de ley comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Se transcribe el decreto que ordena el presente: “Rosario, 20 de febrero de 2024. ... 2. Atento al fallecimiento de la coheredera Amalia Elvira Moriconi y sin perjuicio de la declaratoria de herederos acompañada, emplacése a sus herederos en los términos del Art. 597 del CPCCS17, debiendo acompañar edicto en debida forma (luego de copiado el decreto correspondiente, agregue esta leyenda: “En consecuencia, se hace saber que se ha ordenado citar y emplazar a los herederos de .......para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el Boletín Oficial, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ley). ... Fdo. Dr. Quaglia -Juez- Dra. Arreche -Secretaria- En consecuencia, se hace saber que se ha ordenado citar y emplazar a los herederos de Doña AMALIA ELVIRA MORICONI para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETÍN OFICIAL, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ley. Autos: “BERNARDO FRANCISCO SALVADOR s/ Declaratoria De Herederos” - Expte. N° 403/2011 - CUIJ 2101559743-4. Rosario,6 de marzo de 2024. Firmado: Dra. María Karina Arreche, Secretaria.

$ 150 516296 Mar. 18 Mar. 20

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El Sr. Juez a cargo de Juzgado Civil y Comercial de Distrito de la 5ª Nominación Rosario, en autos TORRES DANIEL RICARDO c/CORDOVANA TERESA Y OTROS s/Escrituracion” Expte. 21-01640270-9, ha dictado: ROSARIO, 27 de Noviembre de 2023 Agréguense las constancias acompañadas. No habiendo comparecido la parte demandada (herederos de Teresa Cordovana y/o Teresa Cordovano y/o Teresa Cordobano) a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Háganse efectivos los apercibimientos y desígnase Defensor de Oficio al Dr. Carlos Augusto Valls. Notifíquese por edictos. Dra. Silvina Rubulotta (Secretaria) Dra. Lucrecia Mantello (Jueza). Firmado Dra. Lucrecia Mantello Jueza Secretaria Dra. Silvina Rubulotta Secretaria.Rosario 5/3/24

$ 50 516255 Mar. 18 Mar. 20

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Por disposición de la Jueza de la 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9na. Nominación de Rosario, Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto declarar la rebeldía de los eventuales y/o futuros herederos de Haydee Alejandrina Arduino, DNI 4.298.117, de conformidad a los artículos 77 y 78 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Santa Fe. Autos caratulados: “BARBERO, FRANCO c/FANELLI, MARILINA Y OTROS s/Nulidad; CUIJ 21-02947381-9, Expte. Nro. 585/2021 en trámite ante Juzgado de la 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial de la 9na. Nominación de Rosario (Santa Fe). Fdo. DRA. VERONICA A. ACCINELLI, Secretaria. Rosario, 4 de marzo de 2024.

$ 50 516325 Mar. 18 Mar. 20

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Por disposición de la Jueza de la 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9na. Nominación de Rosario, Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto declarar la rebeldía de los eventuales y/o futuros herederos de Haydee Alejandrina Arduino, DNI 4.298.117, de conformidad a los artículos 77 y 78 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Santa Fe. Autos caratulados: BARBERO, FRANCO c/ARDUINO, JOSE ADRIAN Y OTROS s/Nulidad; CUIJ 21-02945065-7, Expte. Nro. 436/2021 en trámite ante Juzgado de la 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial de la 9na. Nominación de Rosario (Santa Fe). Fdo. DRA. VERONICA A. ACCINELLI, Secretaria. Rosario,04 de marzo de 2024.

$ 50 516327 Mar. 18 Mar. 20

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La Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial de Distrito de la 2° Nominación de Rosario, hace saber que dentro de los autos caratulados: BUNKER S.A. contra VALENTINI RODRIGUEZ, SOFIA ANTONELLA sobre DEMANDA ORDINARIA; (Exp. N° 581/22), se ha designado AUDIENCIA DE PRODUCCION DE PRUEBA para el día 13 de agosto de 2024 a las 10.40 hs, a fin de que la demandada SOFIA ANTONELLA VALENTINI RODRIGUEZ DNI 36.363.828, absuelva posiciones a tenor del pliego acompañado en sobre cerrado cargo N° 16.275/23, bajo apercibimiento de que si dejara de comparecer sin justa causa será tenida por confesa (art. 162, CPCC), se la cita a comparecer a la audiencia de producción de prueba más arriba establecida por edictos, haciéndose saber que la suscripta podrá emplear el método de libre interrogación, en uso de las facultades que otorgan los arts. 21 y 165 CPCC. Secretaría, Rosario, de Marzo de 2024.12 de marzo de 2024.

$ 50 516408 Mar. 18

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Por disposición del Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA 13ª NOMINACION DE ROSARIO, se ha ordenado citar a los herederos de Pedro Celestino Montenegro DNI Nº 16.985.490 a comparecer a estar a derecho en el término y bajo apercibimientos de ley. Autos caratulados:GOMEZ DOSE, MIRANDA ZAIDA Y OTROS c/MONTENEGRO, PEDRO CELESTINO Y OTROS s/Daños Y Perjuicios; 21-11871594-9. LUCAS MENOSSI Secretario, Dra. VERÓNICA GOTLIEB Jueza.

$ 50 516400 Mar. 18 Mar. 20

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Por disposición del JUZG. DE 1RA. INSTANCIA DE CIRCUITO N° 5 y en autos: LUDUEÑA, SILVINA ALEJANDRA c/VARGAS, ALEXIS FABIAN Y OTROS s/Daños Y Perjuicios 21-11882701-2, se hace saber que se dictó lo siguiente: ROSARIO, 26 de Febrero de 2024. Informándose verbalmente por Secretaría en este acto que la parte emplazada no ha comparecido a estar a Derecho, decláresela rebelde. Notifíquese por edictos que se publicarán dos (2) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Fecho, ofíciese a la Presidencia de Cámara a los fines del sorteo de Defensor de Oficio.

$ 50 516372 Mar. 18 Mar. 20

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Por disposición del Sr juez a cargo del juzgado de primera instancia de distrito en lo civil y comercial de la 14ª Nom. de Rosario, dentro de los autos caratulados: GIORGETTI JOSE Y OTROS s/Sucesión, CUIJ 21-21-01556668-7 (84/2009) se ha ordenado la siguiente publicación Rosario, 3/02/2022 (...) atento fallecimiento denunciado, previo a todo trámite líbrese oficio al Registro de Procesos Universales y a la Mesa de Entradas Única a fin de que informe si se ha iniciado juicio sucesorio de OSVALDO MIGUEL GIORGETTI. Fecho, emplácese por edictos a los herederos del mencionado para que comparezcan a estar a derecho por el término de ley; En consecuencia, se hace saber que se ha ordenado citar y emplazar a los herederos de OSVALDO MIGUEL GIORGETTI para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETÍN OFICIAL, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ley.Rosario 21/02/24.Dra. MA. Karina Arreche, secretaria subrogante.

$ 50 516367 Mar. 18 Mar. 20

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/SICILIANI FRANCO s/Apremio Municipal CUIJ 2122767334-3 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1500. Arroyo Seco, 6/10/2022. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 3.550,92, en concepto de capital, con más la suma de $ 3.550,92, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani, Secretaria; Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a SICILIANI FRANCO y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0003676-01, LOTE 022A, MANZANA 058, RUTA OO. (art. 28 ley 5066). Secretaria 14 de febrero de 2024.

S/C 516247 Mar. 18 Mar. 20

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ RUGGIERO VERONICA LUCIANA s/Apremio Municipal CUIJ 21-22767814-0 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 523. Arroyo Seco, 17/04/2023. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 12.901,75, en concepto de capital, con más la suma de $ 12.901,75, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. FIRMADO: PABLO RODRIGUEZ, SECRETARIO EN SUPLENCIA; DRA. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a RUGGIERO VERONICA LUCIANA y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ESA TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0006841-00, LOTE 016, MANZANA R, RUTA 46. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 14 de febrero de 2024.

S/C 516246 Mar. 18 Mar. 20

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ROMERO CARMEN DEL ROSARIO s/Apremio Municipal; CUIJ 21-22767873-6 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 114. Arroyo Seco, 15/02/2023. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 22.120,43, en concepto de capital, con más la suma de $ 11.060,21, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. FIRMADO: MARIANA CATTANI, SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a ROMERO CARMEN DEL ROSARIO y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0004381-00, LOTE 018A, MANZANA C, RUTA 05. (art. 28 ley 5066). Secretaria,14 de febrero de 2024.

S/C 516245 Mar. 18 Mar. 20

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/FERRETTI SANDRO s/Apremio Municipal; CUIJ 21-22767339-4, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1567.Arroyo Seco, 14/10/2022. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 18.713,90, en concepto de capital, con más la suma de $ 9.356,00, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, 15066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. FIRMADO: MARIANA CATTANI, SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a FERRETTI SANDRO y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0002898-00, LOTE 020, MANZANA 1, RUTA 02. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 14 de febrero de 2024.

S/C 516244 Mar. 18 Mar. 20

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/VILLALBA LUIS JESUS s/Apremio Municipal; CUIJ 21-22767823-9, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: Nº 72. Arroyo Seco, 14/02/2023. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 54.007,55, en concepto de capital, con más la suma de $ 27.003,00, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11,. L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. FIRMADO: MARIANA CATTANI, SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a VILLALBA LUIS JESUS y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0007936-00, LOTE 013A, MANZANA C, RUTA 22. (art. 28 ley 5066). Secretaria,14 de febrero de 2024.

S/C 516237 Mar. 18 Mar. 20

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MERCURI GUALTERIO s/Apremio Municipal; CUIJ 21-22767975-9, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 351. Arroyo Seco, 15/03/2023. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 16.267,01, en concepto de capital, con más la suma de $ 16.267,01, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. FIRMADO: MARIANA CATTANI, SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a MERCURI GUALTERIO y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0000476-00, LOTE024, MANZANA 019, RUTA 00. (art. 28 ley 5066). Secretaria,14 de febrero de 2024.

S/C 516238 Mar. 18 Mar. 20

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ LAPORTA RAUL PABLO s/ Apremio Municipal CUIJ 2122767828-O SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N°85. Arroyo Seco, 15/02/2023. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; S. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 21.484,65.- en concepto de capital, con más la suma de $ 10742,32.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- FIRMADO: MARIANA CATTANI -SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO-JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a LAPORTE RAUL PABLO y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0004717-00, LOTE 018, MANZANA 13, RUTA 23. (art.28 ley 5066).Secretaria,14 de febrero de 2024.

S/C 516239 Mar. 18 Mar. 20

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ SLEIMAN NOE I s/ Apremio Municipal CUIJ 2122767955-4 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 133.Arroyo Seco, 22/02/2023.VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; S. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 33.811,92.- en concepto de capital, con más la suma de $ 16.905,96.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- - FIRMADO: MARIANA CATTANI -SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO-JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a SLEIMAN NOE I y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/oTITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0001808-00,9 LOTE 00913, MANZANA 015, RUTA 00. (art.28 ley 506,Secretaria,14 de Febrero de 2024.

S/C 516240 Mar. 18 Mar. 20

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ SLEIMAN NOE ISMAEL s/ Apremio Municipal CUIJ 2122767927-9 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 153.Arroyo Seco, 22/02/2023.VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $26.951,59.- en concepto de capital, con más la suma de $ 13.475,00.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11,. L5066 y arts. 452 y 4601 CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- FIRMADO: MARIANA CATTANI -SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO-JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a SLEIMAN NOE ISMAEL y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0004398-00, LOTE 009F,, MANZANA 015, RUTA 00. (art.28 ley 5066) Secretaria,14 de febrero de 2024.

S/C 516241 Mar. 18 Mar. 20

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ LUGONI DANIEL s/ Apremio Municipal CUIJ 2122767799-3 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: Nº 29. Arroyo Seco, 13/02/2023. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 45.404,51.- en concepto de capital, con más la suma de $ 22.702,25.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- FIRMADO: MARIANA CATTANI -SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO-JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a LUGONI DANIEL y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0003649-00, LOTE 002, MANZANA C, RUTA 18. (art.28 ley 5066).Secretaria,14 de Febrero de 2024.

S/C 516242 Mar. 18 Mar. 20

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ PEREYRA ABRESIO s/ Apremio Municipal CUIJ 2122767808-6 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N064. Arroyo Seco, 14/02/2023. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 15.333,60.- en concepto de capital, con más la suma de $ 15.333,60.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- FIRMADO: MARIANA CATTANI -SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO-JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a PEREYRA ABRESIO y/o SUCESOR/ES y/o PROPI ETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0003562-00, LOTE 009, MANZANA 002, RUTA 01. (art.28 ley 5066).Secretaria.14 de febrero de 2024.

S/C 516243 Mar. 18 Mar. 20

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ MARRONE CARLOS s/ Apremio Municipal CUIJ 2122768065-9 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N°826. Arroyo Seco, 14/06/2023. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 19.731,28.- en concepto de capital, con más la suma de $ 9.865,00.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- FIRMADO: MARIANA CATTANI -SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO-JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a MARRONE CARLOS y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0003006-00, LOTE 014, MANZANA E, RUTA 02. (art.28 ley 5066).Secretaria,Arroyo seco 19 de febrero 2024.

S/C 516227 Mar. 18 Mar. 20

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ TRONCOSO ARMANDO s/ Apremio Municipal CUIJ 2122767598-2 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1911.Arroyo Seco, 9/11/2022. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 71.074,22.- en concepto de capital, con más la suma de $ 35.537,00.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11.. L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- FIRMADO: MARIANA CATTANI -SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO-JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a TRONCOSO ARMANDO y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0004821-00, LOTE 010 MANZANA 003, RUTA 35 (art.28 ley 5066). Secretaria, Arroyo seco 19 de febrero de 2024.

S/C 516229 Mar. 18 Mar. 20

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ DAQUISTO LORENZO s/ Apremio Municipal CUIJ 2122767352-1 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N°1307. Arroyo Seco, 29/08/2022.VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 23.912,36.- en concepto de capital, con más la suma de $ 11.956,18.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- FIRMADO: MARIANA CATTANI -SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO-JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a D’AQUISTO LORENZO y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0001994-00, LOTE 022, MANZANA F, RUTA 02. (art.28 ley 5066).Secretaria, Arroyo Seco 19 de febrero de 2024.

S/C 516230 Mar. 18 Mar. 20

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ SANCHEZ BONIFACIA s/ Apremio Municipal CUIJ 2122767810-8 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N°61. Arroyo Seco, 14/02/2023. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 18.531,07.- en concepto de capital, con más la suma de $ 9.265,00.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11,. L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- FIRMADO: MARIANA CATTANI -SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO-JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a SANCHEZ BONIFACIA y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0007249-00, LOTE 001, MANZANA A, RUTA 16. (art.28 ley 5066).Secretaria.8 de febrero de 2024.

S/C 516231 Mar. 18 Mar. 20

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ GIANNINI OSVALDO s/ Apremio Municipal CUIJ 2122767796-9 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N°69. Arroyo Seco, 14/02/2023.VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 10.711,49.- en concepto de capital, con más la suma de $ 10.711,49.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11.. L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- FIRMADO: MARIANA CATTANI -SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO-JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a GIANNINI OSVALDO R. y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0005655-00, LOTE 004, MANZANA 004, RUTA 13. (art.28 ley 5066).Secretaria,14 de febrero de 2024.

S/C 516232 Mar. 18 Mar. 20

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ BOSCHIERO HAYDEE s/ Apremio Municipal CUIJ 2122767976-7 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: NO379.Arroyo Seco, 16/03/2023.VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 54.975,33.- en concepto de capital, con más la suma de $ 27.487,00.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- FIRMADO: MARIANA CATTANI -SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO-JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a BOSCHIERO HAYDEE y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA

0009026-00, LOTE 022C, MANZANA 001.. RUTA 33. (art.28 ley 5066).

Secretaria,14 de febrero de 2024.

S/C 516233 Mar. 18 Mar. 20

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ LAPADULA JOSÉ L s/ Apremio Municipal CUIJ 2122767496-9 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N°1821. Arroyo Seco, 1/11/2022.VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 7.447,42.- en concepto de capital, con más la suma de $ 7.447,42.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- FIRMADO: PABLO RODRIGUEZ -SECRETARIO EN SUPLENCIA; DRA. MARIANA ALVARADO-JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a LAPADULA JOSE L.y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA

PARTIDA 0003819-00, LOTE 00513, MANZANA 049,RUTA 00.(art.28 ley 5066).Secretaria,14 DE FEBRERO DE 2024.

S/C 516234 Mar. 18 Mar. 20

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ SPOTO ALBERTO A. s/ Apremio Municipal CUIJ 2122768013-7 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N°377. Arroyo Seco, 16/03/2023.VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 9.690,82.- en concepto de capital, con más la suma de $ 9.690,82.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 4601 CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- FIRMADO: MARIANA CATTANI -SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO-JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a SPOTO ALBERTO A. y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0008601-00, LOTE 019, MANZANA F, RUTA 28. (art.28 ley 5066)Secretaria,14 de febrero de 2024.

S/C 516235 Mar. 18 Mar. 20

Ç

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ MAIELA JUAN GABRIEL s/ Apremio Municipal CUIJ 2122768177-9 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N°158. Arroyo Seco, 22/02/2023. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 24.341,58.- en concepto de capital, con más la suma de $ 12.170,79.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- FIRMADO: MARIANA CATTANI -SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO-JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a MAIELA JUAN GABRIEL y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0004981-00,1 LOTE 001B., MANZANA K. RUTA 39. (art.28 ley 5066).Secretaria,14 de Febrero, de 2024.

S/C 516236 Mar. 18 Mar. 20

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Por disposición del Juez Civil y Comercial de la 15a Nominación de Rosario se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante SILVANA RAQUEL MARCONI (DNI. 21331038) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles Autos caratulados: “MARCONI. SILVANA RAQUEL s/Sucesorio” (CUIJ N° 21-02975321-8). Fdo. Prosecretaria, 14 de Marzo de 2024.

$ 45 Mar. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 150 Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante GONZALEZ, OMAR. ALBERTO, D.N.I. N° 13.752.849 por un día, pan que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “GONZÁLEZ, OMAR ALBERTO s/Sucesorio” CUIJ N° 21-02979207-8 de tramite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo. Prosecretaria.

$ 45 Mar. 18

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Por disposición de la Jueza Civil y Comercial de la 15ª nominación de la ciudad de Rosario, se ha ordenado cita a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante DEANTONI María Angélica (DNI 0.740.332), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: DEANTONI María Angelica s/Sucesorio” (CUIJ N° 21-02976607-7) Dra. María Fabiana Genesio (Jueza en suplencia).

$ 45 Mar. 18

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Por disposición del Sr Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décimo quinta Nominación de Rosario, Dr Carlos Eduardo Cadierno, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante NORA ALICIA SEGOVIA, DNI Nro 16.464.601, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos: “SEGOVIA NORA ALICIA s/ Juicio Sucesorio” Cuij 21-02977435-3. Firmado: Dra. Prosecretaria.

$ 45 Mar. 18

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El juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de La Décima Séptima Nominación de la dudad de Rosario, en autos caratulados; TAZZALARO, ESTER DELIA s/Sucesorio C Y C 17, Expte, CUIJ Nº 21-02976503-8, llama a los herederos, acreedores o legatarios de DONA FAZZALARO, ESTER DELIA DNI N° 5.803.330, por el término de treinta (30) días, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derecho. Publíquense edictos por un (1) día en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales Rosario, de 2024.

$ 45 Mar. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Ovil y Comercial de la 15ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante SILVIA SANDRA BOCUITI DNI 21.011.667, por un cia, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: MOCUTTI, SILVIA SANDRA s/Sucesorio; (CUIJ Nº 21-02975356-0). Fdo. DRA Maria Delfina Pividori, Pro Secretaria. Rosario, de Febrero 2024.

$ 45 Mar. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 17ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante FRANCOLINO JUAN ALCIDES DNI 5.991.111, por un día para que acrediten dentro de los treinta días. Autos Caratulados: FRANCOLINO JUAN ALCIDES s/Declaratoria De Herederos; CUIJ 21-02975419-2 de tramite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Mar. 18

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Por disposición del Juzgado en lo Civil y Comercial de la 18ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante CROBAT DANTE ANIBAL LE 6.016.762 y MATKOVIC FRANCISCA DORIS DOMINGA DNI 3.702.055, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: CROBAT DANTE Y OTROS s/Sucesorio; CUIJ 21-02977853-9, de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Mar. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Sra. JUANA ROSA NIETO DNI N° 4.104.760, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: NIETO JUANA ROSA s/Declaratoria De Herederos; (CUIJ N° 21-02977846-6), de tramite por ante la oficina de procesos sucesorios.

$ 45 Mar. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la Décimo Octava Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes NÉLIDA GONZÁLEZ (DNI. N° 5.520.963) y RICARDO MARTÍN VILLANUEVA (DNI. Nº 5.988.849) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "GONZÁLEZ, NÉLIDA Y OTROS s/SUCESORIO", (CUIJ. N° 21-02975295-5), de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Firmado digitalmente por: Dra. Susana S. Gueiler (Jueza). Rosario, 28 de Noviembre de 2023.-

$ 45 Mar. 18

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 disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 18va° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RAÚL JOSÉ PEREZ D.N.I. 8.412.121 por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "PEREZ, RAUL JOSE S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 18" CUIJ: 21-02978983-2 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.-

$ 45 Mar. 18

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 8° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante LUCILA PAOLA GODOY D.N.I. 31.002.272 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "GODOY, LUCILA PAOLA S/ SUCESORIO" (CUIJ N° 21-02978350-8 ).Fdo. Dra. CECILIA B. WENDLER Prosecretaría. Rosario, 14 de marzo de 2024

$ 45 Mar. 18

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 4° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante GUSTAVO FRANCISCO SINKEVICH D.N.I. 35.703.173, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "SINKEVICH, GUSTAVO FRANCISCO S/ SUCESORIO" (CUIJ N°21-02977099-6 ).

$ 45 Mar. 18

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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la Décimo Primera Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ALICIA ELVIRA ROBAI, D.N.I 20.173.028, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "ROBAI, ALICIA ELVIRA S/ SUCESORIO - CUIJ 21-02977610-2, de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. FDO: PROSECRETARIA

$ 45 Mar. 18

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Por disposición de/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 18º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MAIO JUAN (DNI 6.069.348) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "MAIO, JOSE S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 18 21-02977399-5 de trámite por ante la oficina de procesos sucesorios.

$ 45 Mar. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante GRANATA ANITA DNI N° 05.515.262 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "GRANATA, ANITA S/ SUCESORIO" (CUIJ N° 21- 02979022-9).-

$ 45 Mar. 18

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Por disposición de la Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 18° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante GUMERCINDO FIDEL PATTERER (D.N.I. 6.070.073), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "PATTERER, GUMERCINDO FIDEL S/ SUCESORIO - CYC 18" (CUIJ: 21-02977607-2) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo:

$ 45 Mar. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 5° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RIOS BEATRIZ MARÍA (D.N.I. 4.771.538) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "RENZI, EDUARDO Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS - C Y C 5" (CUIJ 21-02972046-8). Fdo. Prosecretaría

$ 45 Mar. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 18° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante SANDRA ELIZABET MALDONADO D.N.I. 25.743.942 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "MALDONADO, SANDRA ELIZABET S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N° 21-02971181-7)".

$ 45 Mar. 18

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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante CARLOS ALBERTO MAROTTOLI (D.N.I. 22.745.882) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "MAROTTOLI, CARLOS ALBERTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS - CYC 17, (CUIJ 21-02978900-9)" . Fdo. Prosecretaría.

$ 45 Mar. 18

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la Decimoctava Nominación de Rosario, DRA. SUSANA S. GUEILER, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante FANTINA GRACIANO (D.N.I. Nº 93.702.985), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: FANTINA, GRACIANO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS - CYC 18 (CUIJ NRO.21-02976606-9) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Mar. 18

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante PLANO, ROSANA MARIEL, D.N.I. 29.616.211 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "PLANO, ROSANA MARIEL S/ SUCESORIO" (CUIJ N° 21-02979150-0) Rosario, 08 de Marzo de 2024.-

$ 45 Mar. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 5° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RIOS BEATRIZ MARÍA (D.N.I. 4.771.538) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "RENZI, EDUARDO Y OTROS S/DECLARATORIA DE HEREDEROS - C Y C 5" (CUIJ 21-02972046-8). Fdo. Prosecretaría.

$ 45 Mar. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12 nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante TOSTO, BEATRIZ ROSA PAULINA (DNI 10511563), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos "TOSTO, BEATRIZ ROSA PAULINA S/ SUCESORIO CYC 12" CUIJ 21-02977184-4. Fdo.: DR. FABIÁN E. BELLIZIA Juez Firma Digital

$ 45 Mar. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12ta. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante CARLOS ARIEL PARAVATI (DNI 17.275.918), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "PARAVATI, CARLOS ARIEL S/ SUCESORIO" Expte. Cuij Nro. 21-02978606-9, de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Firmado: DR. FABIÁN E. BELLIZIA (Juez).

$ 45 MAR. 18

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Doña ESTHER ESTEVEZ, DNI 5.551.630, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "ESTEVEZ, ESTHER S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS- CUIJ N° 21-02975040-5". Fdo. DRA. VIRGINIA ARFELI (Prosecretaria). Rosario,

$ 45 Mar. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12da. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Pedro MINGARDO (D.N.I. 93.659.481) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "MINGARDO, PEDRO S/SUCESORIO - CYC 12" (CUIJ 21-02976685-9). Fdo. Prosecretaría.- Rosario, de marzo de 2024.

$ 45 Mar. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7 ° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, VILLAGRA ANTONIO DISK L.E 5.912.254, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "VILLAGRA, ANTONIO DISK Y OTROS S/ SUCESORIO 21-02905933-8,, de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios Fdo MARIANA MICHELETTI Prosecretaria.

$ 45 Mar. 18

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios – Radicación ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 5º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes ROBERTO VICENTE COLUSSI DNI Nº 06.016.375 y LIDIA NANCI FABIANI DNI Nº 04.263.660, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: "COLUSSI, ROBERTO VICENTE Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 5 - CUIJ Nº 21-02979144-6" . Firmado: Prosecretaria.-

$ 45 Mar. 18

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 13ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante IRIS FELIPA PEREZ, DNI. 2977846 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: PEREZ, IRIS FELIPA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS, CUIJ. 21-02978429-6, en trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Mar. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes ALICIA ARROYO (D.N.I. 3.218.275) y JULIO DOMINGO ALVAREZ (D.N.I. 5.990.404) por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "ARROYO, ALICIA Y OTROS S/DECLARATORIA DE HEREDEROS" CUIJ N.º 21029791691, de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Mar. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante BURGOS LUISA CARMEN, D.N.I. 5.310.583, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "BURGOS LUISA CARMEN s/SUCESORIO" CUIJ 21-02977383-9 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Mar. 18

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8va. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante NELLY OSBELIA SPOLETINI, DNI 1.523.188, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "SPOLETINI, NELLY OSBELIA S/ SUCESORIO", CUIJ: 21-02978988-3. Firmado: Prosecretaria.-

$ 45 Mar. 18

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Por disposición del Señor Juez de Distrito Civil y Comercial de la 18° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ALICIA NANCI DI GIROLAMO, D.N.I. N° 20.207.841 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "DI GIROLAMO, ALICIA NANCI S/ SUCESORIO", (CUIJ Nº 21- 02969816-0). Fdo. DRA. VIRGINIA ARFELI Prosecretaria. Rosario, marzo de 2.024.

$ 45 May. 18

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Por disposición del señor Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante JADILLE DIAZ (D.N.I. 9.874.608), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “DIAZ JADILLE S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” – CUIJ 21-02925242-1, de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6º Nominación de Rosario. FIRMADO: Dr. FERNANDO ADRIAN BITETTI (PROSECRETARIO) .

$ 45 Mar. 18

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Por disposición del Juez de Distrito de la 10. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RODRIGUEZ MARIA SILVINA (DNI 21.810.627), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: RODRIGUEZ MARIA SILVINA s/Declaratoria de herederos; CUIJ 21-02975806-6.

$ 45 Mar. 18

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Por disposición del Juez de Distrito de la 7 Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante CHESTA CARLOS DANTE (DNI 16.652.684), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: CHESTA CARLOS DANTE S/ SUCESORIO; CUIJ 21-02978108-4.

$ 45 Mar. 18

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FIRMAT

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Se hace saber a FORTUNA DOMINGO MANUEL y/o sus herederos y/o sucesores y/o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble identificado según plano Nº 262.719/2023 GL como lote A y según título como Lotes N° 3 de la manzana N° 96, situado en la localidad de Firmat, Dpto. Gral. López y según el servicio de información territorial (SCIT) se encuentra identificado en el impuesto inmobiliario como partida 1706-00-367173/0000-7 - Datos de Dominio Tomo 164, Folio 294, Nº 54.269, Dpto. Gral. López, que dentro de los autos: MAURO ROMAN SANTARELLI RUIZ c/DOMINGO MANUEL FORTUNA s/Juicios Ordinarios (Usucapión); (Expte. CUIJ 21-26423205-5), en trámite por ante el Juzgado de Distrito Nro. 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat, a cargo de la Dra. Laura Barco, Secretaría a cargo del Dr. Darío Loto, se los emplaza a comparecer a estar a derecho dentro del término de ley. Firmat, 22 de Febrero de 2024. Dr. Darío P. Loto, Secretario Subr.

$ 33 516307 Mar. 18 Mar. 22

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Por disposición del Juzg. 1ra.Inst. Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Firmat, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes SCARPECCIO HUGO ENRIQUE (DNI 06.138.714) y BONIFAZI ANA MARIA (DNI 05.759.726), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: SCARPECCIO HUGO ENRIQUE Y BONIFAZI ANA MARIA s/Declaratoria de herederos; CUIJ Nº 21-26422998-4, de trámite por ante Juzg. 1ra. Inst. Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Firmat de la Provincia de Santa Fe. Fdo. Dra. Laura Barco (Juez); Dr. Darío Loto (Secretario).

$ 45 Mar. 18

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia del Juzgado de Distrito Nº 16, Civil, Comercial y laboral de la ciudad de Firmat, a cargo de la Dra. Laura Barco - Juez; Dr. Darío Loto - Secretario, se ha dispuesto citar, llamar y emplazar a herederos, acreedores y legatarios de Don Santiago Camello a fin de que en el termino de Ley comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Autos: CAMERO SANTIAGO s/Declaratoria de herederos; (CUIJ 21-26423770-7). Dr. Darío Loto, Secretario. Firmat.

$ 45 Mar. 18

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Por disposición del Juez del Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Firmat Secretaria Única, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Carlos Alberto Pérez, DNI Nº 7.686.605, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados PEREZ CARLOS ALBERTO s/Declaratoria de herederos; CUIJ 21-26422469-9, en trámite por ante el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Firmat Sec. Unica - Dr. Darío Loto, Secretario. Dra. Laura Barco, Jueza.

$ 45 Mar. 18

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En los autos caratulados: BUDASSI RAUL ROBERTO Y BUDASSI HAYDEE HORTENCIA s/SUCESIONES - INSC. TARDIAS – SUMARIAS - VOLUNT. 21-26422958-5, en trámite por ante el Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat, a cargo de la Dra. Laura M. Barco, Jueza, y del Dr. Darío Loto, Secretario; se cita, llama y emplaza a los legítimos herederos del Sr. Raúl Roberto Budassi y de Haydee Hortencia Budassi, a fin de que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término de ley. Dra. Laura M. Barco, Jueza; Dr. Darío Loto, Secretario. Firmat.

$ 45 Mar. 18

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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº1 de la 1era. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaría de la Dra. Viviana Guida, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de RICARDO ESTEBAN MILATICH, DNI N° M6.110.086, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día. (ART. 2340 CCC) (Autos: "Milatich Ricardo Esteban s/SUCESIONES-INSC.TARDIAS-SUMARIAS-VOLUNT. - 21-25863879-1", Casilda, 18/03/2024. Fdo. Lucía Belen Ciarpella (Prosecretaria).

$ 45 Mar 18

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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº1 de la 1era. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaría de la Dra. Viviana Guida, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de MARGARITA DE ROSA VISCONTI, L.C. N° 7.686.417, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día. (ART. 2340 CCC) (Autos: "VISCONTI MARGARITA S/ SUCESIONES-INSC.TARDIAS-SUMARIAS-VOLUNT.", Expte. CUIJ Nº21-25863990-9) Casilda, 18/03/2024. Fdo. Lucía Belen Ciarpella (Prosecretaria).

$ 45 Mar. 18

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CAÑADA DE GOMEZ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral de Distrito de Cañada de Gómez de la Segunda Nominación, Dra. María Laura Aguaya, Secretaria a cargo del Dr. Mariano Navarro, en los autos: BORDA, DORIS y Otros c/POUSA, MARCELO HORACIO y Otros s/División de condominio; CUIJ 21-26030813-8, se notifica que, en razón de no apreciarse comparendo de sujeto alguno que invoque carácter de heredero y/o sucesor de los Sres. CARLOS HUGO CÓRDOBA, STELLA MARIS PONISIO, RAMÓN ALBERTO VEGA y JORGE ALBERTO FAVALLI, por dicha incomparecencia se considera que no existen herederos y/o sucesores eventuales con interés en esta causa y que por ello este trámite se seguirá conforme a las normas del juicio en rebeldía respecto de eventuales herederos y/o sucesores. Asimismo, se designa para sorteo de Defensor Ad-Hoc la audiencia del día 25 de Marzo de 2024 a las 8:00 horas. Mariano Jesús Navarro, Secretario.

$ 50 516355 Mar. 18 Mar. 20

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Por disposición de la Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Primera Nominación de Cañada de Gómez, Dra. Julieta Gentile, en los autos caratulados CERINO CARLOS EDIO s/Sucesorio; Expte. 21-26031494-4, cita a los herederos de CERINO CARLOS EDIO, DNI N° 11.526 268, fallecido en la ciudad de Cañada de Gómez, Departamento Iriondo, de la Proylitela de Santa Fe, el día 18 de Enero de 2022, por el término de treinta días para que comparezcan a continuar con la persona del causante y hacer valer sus derechos (Art. 2337/2340 CCC).

$ 45 Mar. 18

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Por Disposición del Juzgado de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral de la Segunda Nominación, Secretaría única de la Localidad de Cañada de Gómez, Provincia de Santa Fe en autos caratulados: LOZA CARDOZO, SEGUNDA ZULEMA y Otros s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-01996876-3, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de don Antonio Genaro Batalla, argentino, DNI Nº 6.211.799 y Doña Segunda Zulema Loza Cardozo, argentina, DNI Nº 2.402.685, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo. Dr. Mariano Jesús Navarro (Secretario).

$ 45 Mar. 18

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Por disposición de la Jueza de 1° Int. De Distrito Civil, Comercial, Laboral de La 1° Nominación de Cañada de Gomez, a cargo de la Dra y Secretarío Guillermo Coronel, en los autos caratulados RODRIGUEZ, FRANCISCO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS 21-26031335-2, se ha ordenado citar a los herederos y/o acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante DON RODRIGUEZ FRANCISCO DAMIAN, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Publíquese edictos por el Boletín Oficial y Estrados del Tribunal.

$ 45 Mar. 18

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2° Nominación de Cañada de Gómez, en los autos caratulados "MARCHISIO, RAÚL ALBERTO s/DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N° 21-26031965-2), se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RAÚL ALBERTO MARCHISIO (DNI N° 6.177.044), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Dr. Mariano Jesús Navarro, Secretario

$ 45 Mar. 18

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2° Nominación de Cañada de Gómez, en los autos caratulados "MACCARI, ELVA NESTEL TERESA s/DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N° 21-26031789-7), se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ELVA NESTEL TERESA MACCARI (DNI N° 3.266.822), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Dr. Mariano Jesús Navarro, Secretario

$ 45 Mar. 18

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2° Nominación de Cañada de Gómez, en los autos caratulados "VALENTINI, VÍCTOR LUIS s/DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N° 21-26031973-3), se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante VÍCTOR LUIS VALENTINI (DNI N° 6.174.467), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Dr. Mariano Jesús Navarro, Secretario.

$ 45 Mar. 18

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2° Nominación de Cañada de Gómez, en los autos caratulados "FORCHINO, NORBERTO FELIPE s/DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N° 21-26032059-6), se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante NORBERTO FELIPRE FORCHINO (DNI N° 6.180.478), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Dr. Mariano Jesús Navarro, Secretario

$ 45 Mar. 18

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SAN LORENZO

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JUZGADO CIVIL,COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Juzgado de Familia de San Lorenzo Distrito Judicial N° 12, Dr. Marcelo Escola, Secretaria Dra. Mónica Muchiutti, dentro de los autos caratulados: SAUCEDO B Y OTROS s/Medida De Protección Excepcional - 21-27878858-7, se notifica -de forma gratuita- a la Sra. Centurión Maria Maiten la siguiente resolución que se transcribe en su parte pertinente: N° 229. San Lorenzo, 04/03/2024. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Hacer lugar al control de legalidad solicitado y ratificar la medida excepcional de protección de derechos adoptada por la Delegación Regional de la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, por Disposición N° 59/2023 del 14 de noviembre de 2023. Notifíquese a todas las partes interesadas y a 1a Asesora de Menores. Insértese y hágase saber.

S/C 516268 Mar. 18 Mar. 20

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Familia del Distrito N° 12 de San Lorenzo, Dr. Marcelo Escola Secretaria de la autorizante, en autos: COSENZA LAURA c/GARAY DAMIAN s/Apremios; CUIJ 21-27875477-1, se hace saber que a fin de notificar al Sr. DAMIAN GUSTAVO GARAY, DNI N° 21.130.706, se ha dictado lo siguiente SAN LORENZO, 01 de Marzo de 2024; Por practicada planilla. Póngase de manifiesto por el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por edictos. Fdo. Dr. Marcelo Escola, Juez; Dra. Mónica Muchiutti, Secretaria.

$ 33 516276 Mar. 18 Mar. 20

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Juzgado de Familia de San Lorenzo Distrito Judicial N° 12, Dr Marcelo Escola, Secretaria Dra Mónica Muchiutti, dentro de los autos caratulados: ROTELA CONTRERAS G Y E s/Medidas Excepcionales - 21-27879321-1, se notifica -deforma gratuita- al Sr. Conteras Oscar Julio la siguiente resolución que se transcribe en su parte pertinente: N° 228. San Lorenzo, 04/03/2024. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Hacer lugar al control de legalidad solicitado y ratificar la medida excepcional de protección de derechos adoptada por la Delegación Regional de la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, por Disposición N° 03/2024 del 10 de Enero de 2024. Notifíquese a todas las partes interesadas y a la Asesora de Menores. Insértese y hágase saber.

S/C 516339 Mar. 18 Mar. 20

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Por disposición del Juzgado Civil y Comercial N° 2 del Distrito Judicial N° 12 de la ciudad de San Lorenzo, a cargo de Stella Maris BERTUNE (Juez) y Melisa Vanina PERETTI (Secretaria), en el expediente caratulado: REZZOAGLI, EUGENIO ALBERTO s/Declaratoria De Herederos; CUIJ 21-25443856-9, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Eugenio Alberto REZZOAGLI, DNI 8.412.147, CUIT/CUIL 23-08412147-9, para que comparezcan a estar a derecho dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en los Estrados del Tribunal y en el BOLETIN OFICIAL. San Lorenzo, de marzo de 2024. Firma secretario/a autorizante.

$ 45 Mar. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación de la ciudad de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante BALBI ARIEL FERNANDO, (DNI 18.111.388) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: BALBI ARIEL FERNANDO s/Sucesorio; (CUIJ 21-25444303-1). Fdo. Dr. Alejandro M. Andino, (Juez); Dra. Luz M. Gamst, Secretaria.

$ 45 Mar. 18

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Por disposición del Juez de Primera instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de San Lorenzo, a cargo del Dr. Alejandro Marcos Andino, Secretaría Dra. Luz María Gamst, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de ADOLFO CASIMIRO CLERICI, para que comparezcan a estar a derecho, dentro del término y bajo apercibimientos legales en los autos caratulados: CLERICI, ADOLFO CASIMIRO Y OTROS s/Sucesiones-Insc. Tardías- Sumarias-Volunt; CUIJ 21-25443802-9. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Estrados del Tribunal. San Lorenzo, de Febrero de 2024.

$ 45 Mar. 18

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de San Lorenzo, a cargo del Dr. Alejandro Marcos Andino, Secretaría Dra. Luz María Gamst, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de SUSANA BEATRIZ AGOSTINELLI, para que comparezcan a estar a derecho, dentro del término y bajo apercibimientos legales en los autos caratulados: CLERICI, ADOLFO CASIMIRO Y OTROS s/Sucesiones-Insc.Tardias-Sumarias-Volunt. CUIJ 21-25443802-9. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Estrados del Tribunal. San Lorenzo, de Febrero de 2024.

$ 45 Mar. 18

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de doña SUSANA ESMERALDA TAMBONE, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimientos de Ley. San Lorenzo, Dra. Melisa Peretti, secretaria.

$ 45 Mar. 18

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Por disposición del Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideran con derechos a los bienes dejados por el/la causante CARLOS ISAAC PINTO (DNI N° 11.430.126) por un día, para que los acrediten dentro de los treinta días. Autos “Pinto, Carlos Isaac S/Declaratoria de Herederos” CUIJ 21-02929740-9. Fdo. Dr. Andino, Juez. Dra. Gamst, Secretaria.

$ 45 Mar. 18

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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, Dra. Stella Maris Bertune, Secretaría de la autorizante, se cita, llama y emplaza a los herederos de la causante SONIA MONICA TANO, y a todo el que tenga algún interés legítimo, para que COMPAREZCA A ESTAR A DERECHO por el término y bajo apercibimiento de ley. Todo dentro de los caratulados “TANO SONIA MONICA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”, CUIJ 21-25444040-7. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los 2 Estrados del Tribunal por el término de 10 días hábiles. San Lorenzo, … Secretaría de la Dra. Melisa Peretti.”

$ 45 Mar. 18

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El Juzgado de 1ra. Inst. Civil y Comercial 1ra. Nominación de San Lorenzo, sito en San Carlos N° 844 de la ciudad de San Lorenzo (teléfono 03476-424903) provincia de Santa Fe, a cargo del Dr. Alejandro Marcos ANDINO, Secretaria desempeñada por la Dra. Luz M. GAMST, en los autos caratulados: “BANZETTI, ANA MARIA C/CAMPO TIMBO HOTEL Y SPA Y OTROS S/ PROCESO DE DAÑOS Y PERJUICIOS” ( CUIJ N° 21-25443133-5, Año 2023) cita y emplaza por el término de CINCO (5) días al Sr. Narduzzi Rubén Darío, para que comparezca a tomar la intervención que le corresponde por sí o por apoderado. El término vencerá cinco días después de la última publicación (Art. 73 C.P.C.C.).- Los edictos se publicarán tres veces. Publicación que se realizara en el Boletín Oficial y en los Estrados del Tribunal.

$ 45 Mar. 18

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VILLA CONSTITUCION

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JUZGADO CIVIL,COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juez de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de la ciudad de Villa Constitución, Prov. de Santa Fe, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante don Claudio Daniel BENITEZ, DNI 23.047.166, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días en los autos caratulados: BENITEZ, Claudio Daniel s/Declaratoria de Herederos; CUIJ 21-25659144-5. Villa Constitución, de Febrero de 2024. Firmado.

$ 45 Mar. 18

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VENADO TUERTO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El Sr. Juez de Primera Instancia del Juzgado Civil y Comercial, Primera Nominación de Venado Tuerto, hace saber que en los caratulados PLATONIE, ESTELA MARIS c/PEREZ, CONSUELO Y/OTROS; Expte. CUIJ Nº 21-24620642-9, se ha dictado la siguiente providencia: VENADO TUERTO, 22 de Febrero de 2024. Agréguese en autos edicto debidamente publicado que se acompaña. Haciendo efectivos los apercibimientos decretados, declárase rebeldes a los demandados y prosiga juicio sin su representación. Notifíquese por edicto. Fdo. Dra. María Celeste Rosso (Juez).

$ 45 516414 Mar. 18 Mar. 20

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2ª Nom. SEC. UNICA. se llama a sucesores y/o herederos y/o legatarios de don JUAN CARLOS GASSER y/o JUAN CARLOS CASSAL, de nacionalidad argentino, mayor de edad, desconociendo demás datos, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos en el término de ley. Autos OSCAR, ALBA LUZ c/GASSER Y/O GASSAL, JUAN CARLOS s/Prescripción Adquisitiva; (CUIJ N° 21-24620839-2 - Año 2023). Venado Tuerto, 2024.

$ 45 516357 Mar. 18 Mar. 22

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en Lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto (Pcia. de Santa Fe), sito en calle San Martín 831 planta alta, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso (Juez) y Dra. Maria Laura Olmedo (Secretaria), en los autos caratulados: TROMBOTTO MYRIAN DEL CARMEN s/Sucesorio - CUIJ 21-24617869-8; se llama, cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Myrian del Carmen Trombotto, DNI N° 20.579.682, para que comparezcan en el término de ley a hacer valer sus derechos. Venado Tuerto, 13 de Marzo de 2024. Dra. Ma. Laura Olmedo, Secretaria Subrogante.

$ 45 Mar. 18

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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, en autos caratulados: TOBARES, JUAN HECTOR s/Declaratoria de herederos; CUIJ Nº 21-24620852-9, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Juan Héctor Tobares, D.N.I. N° M6.029.295, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Autos: TOBARES, JUAN HECTOR s/Declaratoria de herederos; CUIJ Nº 21-24620852-9. Venado Tuerto, 12 de Marzo de 2024. Dra. Ma. Laura Olmedo, Secretaria Subr.

$ 45 Mar. 18

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 3 en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso, Secretoria Dra. María Laura Olmedo, se cita, llama y emplazo a los herederos, acreedores y legatarios del causante: SALGUERO MARIA ISABEL: DNI N° 3.970.450 de nacionalidad argentino, con último domicilio calle Lascala N° 845 de lo ciudad de Venado Tuerto, provincia -de Santa Fe, bija de Miguel Salguero y María Isabel González, nacido en Canals, provincia de Córdoba, en fecha 19 de Noviembre de 1937, fallecimiento ocurrido en Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe, en fecho 1 de Diciembre de 2015, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos: “SALGUERO MARIA ISABEL s/Declaratoria de herederos, CUIJ Nº 21-24611926-8 año 2018. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Venado Tuerto, 12 de Marzo de 2024. Secretaria: Dra. María Laura Olmedo.

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial de la Primera Nominación Venado Tuerto, la Secretaria que suscribe cita a los herederos, legatarios y acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes de la causante doña Alicia Rosa Toffoli, DNI Nº 9.968.689, por un día, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Autos TOFFOLI, ALICIA ROSA s/Sucesión; (CUIJ N° 21-24621500-3). Venado Tuerto, 11 de Marzo de 2024. Secretaria: Dra. María Laura Olmedo.

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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Inst. de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. Munner Héctor José, L.E. 6.121.089, para que comparezcan a hacer valer sus derechos con el término de ley. MUNNER HECTOR JOSE s/Declaratoria de herederos (CUIJ: 21-24621215-2). Venado Tuerto, 11 de Febrero de 2024. Fdo.: Dra. María Laura Olmedo, Secretaria.

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. Ma. Celeste Rosso, Secretaría de la Dra. Ma. Laura Olmedo, en autos: NAZÁBAL, WALTER JAVIER s/Sucesorio (CUIJ 21-24621626-3), se cita, llama y emplaza a los herederos del señor Walter Javier Nazabal, titular del DNI 22.704.223, para que hagan valer sus derechos por el término de ley. Venado Tuerto, 11 de Marzo de 2024. Secretaria Subr.: Dra. María Laura Olmedo.

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto, dentro de los autos caratulados: SEGURA, JUAN CARLOS s/Sucesorio, CUIJ 21-24621532-1, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Segura, Juan Carlos, D.N.I. Nº 4.972.348, para que comparezcan dentro del término de ley a hacer valer sus derechos. Venado Tuerto, 27 de Diciembre de 2.023. Fdo.: Dra. María Celeste Rosso (Jueza), Dra. María Laura Olmedo (Secretaria).

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso, secretaría de la Dra. María Laura Olmedo, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de quien en vida fuera doña VILMA EDIT ALE, DNI 12.907.228, CUIL 27-12907228-3, para que comparezcan a deducir sus derechos dentro del término de ley. Autos: ALE, VILMA EDIT s/Sucesiones - Insc. Tardias – Sumarias - Volunt. CUIJ 21-24620062-6. Venado Tuerto, 14 de Marzo de 2024. Dra. María Laura Olmedo (Secretaria).

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Por disposición del Señor Juez de la Primera Instancia de Distrito Nro. 3 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso, Juez, Dra. María Laura Olmedo, dentro de los autos caratulados: BARROSO CARLOS DOMINGO s/Declaratoria de herederos; (CUIJ 21-24621624-7); se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios Barroso Carlos Domingo, DNI 11.917.364, para que dentro del término de ley comparezcan a hacer valer sus derechos. Venado Tuerto, 14 de Marzo 2024. Dra. María Laura Olmedo (Secretaria).

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