picture_as_pdf 2024-03-14

DECRETO N.º 0275


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 08 MAR 2024


VISTO:

El Expediente Nº 01501-0122423-5, del Registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual el Ministerio de Igualdad y Desarrollo Humano propicia la creación del “Programa Nueva Oportunidad, Construyendo Comunidad” de conformidad con las previsiones del Anexo “A” que integra este decreto;y


CONSIDERANDO:

Que la Secretaría de Políticas de Inclusión y Abordajes Sociales del citado Ministerio expresa que el Programa Nueva Oportunidad se constituyó como una política pública en la ciudad de Rosario en el año 2013, en respuesta a un incremento progresivo de las violencias letales y altamente lesivas, que impactan principalmente en el grupo etario comprendido entre los doce (12) y treinta y cinco (35) años;

Que desde el año 2011, los indicadores de las violencias se mantienen con cierta estabilidad hasta la fecha, pudiéndose observar un descenso desde el 2015 hasta el 2019, principalmente en el grupo etario de quince (15) a treinta y cinco (35) años, período en el cual se implementaron múltiples estrategias de abordajes de las violencias (Juventudes Incluídas, Nueva Oportunidad, Programa Llegar a Tiempo, Interruptores de Violencia, DIMATV, entre otros);

Que en 2017 se crea la Dirección Provincial del Programa Nueva Oportunidad dependiente de la Secretaría de Desarrollo Territorial del entonces Ministerio de Desarrollo Social, instituyéndose por Decreto N° 2160/17 su Programa, apoyándose su ejecución sobre tres (3) ejes fundamentales: a) El incentivo económico, b) Los trayectos pedagógicos y c) Los espacios de re-trabajo o “tercer tiempo”;

Que esta política pública fue, al principio, bien focalizada sobre jóvenes varones en conflicto con la ley, protagonistas de conflictos interpersonales de resolución violenta y atravesados por el consumo problemático de sustancias, sin embargo a partir de la mayor presencia en territorio por parte de los equipos construidos desde el programa (construcción que se desarrolló de manera progresiva) se arribó a lecturas y diagnósticos situacionales y contextuales más específicos, a los que se sumaron más actores (referentes) del territorio ampliando la oferta del programa a otros jóvenes que se vinculaban directa e indirectamente con los primeros grupos focalizados de intervención;

Que de esta manera, se formaron muchas grupalidades en donde la participación de mujeres fue cada vez mayor, creándose “grupos de mujeres” y/o disidencias en su totalidad y fue así que el programa comenzó a ampliar su oferta y disponibilidad hacia otras poblaciones que también se encontraban en situación de alta vulnerabilidad social;

Que el Programa de referencia fue aprobado por Decreto Nº 2160 del 24 de julio de 2017 y derogado por su similar Nº 0494 del 10 de mayo de 2021, implementando el denominado “PROGRAMA SANTA FE MÁS, APRENDER HACIENDO”, el cual si bien tiene algunas coincidencias con aquel, dista en el objetivo general, lo que marcó un rumbo diferente a lo proyectado y que con el presente se pretende retomar;

Que dicho objetivo general tuvo que ver más con la productividad, con la formación para el mercado laboral, finalidad que debe y puede ser abordada por otras áreas y otros Ministerios con mayor eficacia, no priorizándose la instancia “Tercer Tiempo”, momento de escucha y aprendizaje que se pretende fortalecer, siendo que “El Tercer Tiempo” y el Rol de los y las Acompañantes tendrán un eje central en este abordaje;

Que, en ese contexto, se observa que desde el año 2020 se produce un incremento de las violencias letales, con diferentes formas en su producción, las cuales superaron las tasas de homicidios dolosos de los años anteriores y se convirtieron en las cifras más altas de la historia de la ciudad de Rosario y de la Provincia de Santa Fe, este fenómeno sociocultural, hunde sus raíces en múltiples vectores que amplifican y profundizan esta situación;

Que de tal modo, las juventudes están atravesadas por las particularidades de su propio ciclo de vida y por las problemáticas de la época, siendo fundamental producir un encuentro de cercanía, para generar grupalidades que se constituyan en soportes mutuos;

Que restituyendo el citado programa, se pretende realizar un abordaje integral y territorial con jóvenes en situación de alta criticidad social recuperando en sus historias y trayectorias, la potencia de desplegar otras posibilidades que permitan construir proyectos que contengan otros horizontes que no rivalicen con la vida, tarea que requiere de un acompañamiento que tenga en cuenta sus inquietudes, demandas e intereses, como así también convertirse en un puntal simbólico que permita elaborar la experiencia vital en cada situación, fundamentalmente debe estar atravesado por la ética del encuentro, que posibilite producir otras subjetividades, descubrir nuevos sentidos y construir un espacio entre acompañante y acompañado/a que filie simbólicamente y que por lo tanto cree lazo y aloje;

Que se promueve volver a generar y fortalecer los vínculos de los y las jóvenes entre ellos/as, con su barrio y la ciudad a fin de afianzar las redes de integración, impulsar el protagonismo de los y las jóvenes, acompañando espacios grupales de formación, intercambio y discusión que constituyan ámbitos de referencia y promover el abordaje de situaciones singulares fortaleciendo y acompañando las intervenciones de los equipos territoriales;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Igualdad y Desarrollo Humano, mediante Dictamen Nº 19985 del 1º de marzo de 2024, ha tomado debida intervención;

Que por todo lo expuesto y en virtud de las disposiciones establecidas en el Artículo 72º -Incisos 1) y 4) de la Constitución Provincial;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°: Apruébase el “Programa Nueva Oportunidad, Construyendo Comunidad”, el que como "ANEXO A" se agrega y forma parte integrante del presente decisorio.

ARTICULO 2°: Autorízase a la Titular del Ministerio de Igualdad y Desarrollo Humano a aprobar y/o modificar los convenios, la reglamentación, las delegaciones de competencias dispuestas en el artículo siguiente y toda aquella disposición operativa necesaria para el cumplimiento de los fines del Programa aprobado por el Artículo 1° del presente decisorio.

ARTICULO 3°: Facúltase al Titular de la Secretaría de Políticas de Inclusión y Abordajes Sociales, de la Subsecretaría de Inclusión Social y de la Dirección Provincial Nueva Oportunidad pertenecientes al citado Ministerio a suscribir los convenios y a articular acciones en representación de la Jurisdicción con otros Organismos Provinciales, Nacionales, Municipios y Comunas y todo Organismo No Gubernamental vinculado con las problemáticas abordadas en el Programa.

ARTÍCULO 4°: Exceptúase de lo dispuesto en el Artículo 1° del Decreto N° 2149/20 a las gestiones enmarcadas en el presente Programa.

ARTÍCULO 5º: Establécese que el Ministerio de Igualdad y Desarrollo Humano deberá comunicar al Titular del Poder Ejecutivo por intermedio del Ministerio de Gobierno e Innovación Pública, las resoluciones dictadas en virtud del Artículo 2º del presente decisorio, dentro del término de tres (3) días hábiles administrativos.

ARTICULO 6°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

PULLARO

Tecn. María Victoria Tejeda


ANEXO A”


PROGRAMA “NUEVA OPORTUNIDAD,

CONSTRUYENDO COMUNIDAD”


1.- Fundamentación:

Este programa se constituye como una política pública en la ciudad de Rosario en el año 2013, en respuesta a un incremento progresivo de las violencias letales y altamente lesivas, que impactan principalmente en el grupo etario comprendido entre los doce (12) y treinta y cinco (35) años. Un diagnóstico inicial permitió evaluar y caracterizar la población de acuerdo a la escala territorial, y la distancia entre el domicilio de las víctimas y el lugar donde ocurrían estos hechos, como así también los grupos y las edades más afectadas.

Desde el año 2011, los indicadores de las violencias se mantienen con cierta estabilidad hasta la fecha, pudiéndose observar un descenso desde 2015 hasta 2019, principalmente en el grupo etario de quince (15) a treinta y cinco (35) años, período en el cual se implementaron múltiples estrategias de abordajes de las violencias (Juventudes Incluídas, Nueva Oportunidad, Programa Llegar a Tiempo, Interruptores de Violencia, DIMATV, entre otros).

Desde el año 2020, se produce un incremento de las violencias letales, con diferentes formas en su producción, las cuales superaron las tasas de homicidios dolosos de los años anteriores y se convirtieron en las cifras más altas de la historia de la ciudad de Rosario y de la Provincia de Santa Fe. Este fenómeno sociocultural, hunde sus raíces en múltiples vectores que amplifican y profundizan esta situación. El modelo productivo extractivista y de acumulación dominante, no requiere de personas y por lo tanto, el trabajo queda obsoleto como estructura que organiza la vida en las sociedades modernas. El rechazo a las opciones laborales tradicionales, que no garantizan un estándar de vida satisfactorio, profundizan la situación a nivel global y local.

En ese contexto, las juventudes están atravesadas por las particularidades de su propio ciclo de vida y por las problemáticas de la época, caracterizada por un régimen afectivo neoliberal que aumenta la percepción a nivel singular de las llamadas desigualdades solitarias y produce pasiones tristes (Dubet, 2020; 2023). Entonces resulta fundamental producir un encuentro de cercanía, para producir grupalidades que se constituyan en soportes mutuos y de ese modo, politizar los malestares. De manera que los sentimientos de frustración, fracasos, humillaciones e impotencia, que se viven solo de manera individual, puedan encontrar otras formas de elaboración colectiva.

De algún modo, esta situación expone con mucha claridad los límites de las instituciones contemporáneas, para ser soportes de estas juventudes violentadas (Rodríguez Costa, 2023). La presencia estatal en sus diversas formas, no alcanza para promover y producir los cuidados adecuados en estos grupos de población. Las comunidades y las familias tienen dificultades en la construcción de legalidades y en marcar límites vitales.

Por ese motivo, este trabajo pretende realizar un abordaje integral y territorial con jóvenes en situación de alta criticidad social, recuperando en sus historias y trayectorias, la potencia de desplegar otras posibilidades que permitan construir proyectos, que contengan otros horizontes que no rivalicen con la vida. Esta tarea requiere de un acompañamiento que tenga en cuenta sus inquietudes, demandas e intereses, como así también convertirse en un puntal simbólico que permita elaborar la experiencia vital en cada situación. Fundamentalmente debe estar atravesado por la ética del encuentro, que posibilite producir otras subjetividades, descubrir nuevos sentidos. Se trata de construir un espacio entre acompañante y acompañado/a que filie simbólicamente y que por lo tanto, cree lazo y aloje.

Pensar en un futuro implica necesariamente generar otras condiciones en el presente. Es con los y las jóvenes, con las organizaciones en las que transitan con quienes se tienen que pensar, diseñar y ejecutar políticas públicas que restituyan derechos y promuevan una convivencia con ternura y amorosidad, donde el modo de resolver los conflictos -que siempre van a existir- no sea de manera violenta.

En definitiva se trata de crear una Nueva Oportunidad para toda la sociedad, en su sentido de comunidad, desde el cual poder comprender que nuestras formas de existencia están ligadas por vínculos sutiles que nos anudan y nos condicionan en los ciclos vitales. Nadie puede estar bien, mientras se mantiene aislado en medio de una catástrofe sociocultural y de los ecosistemas. La pandemia demostró con mucha claridad que nadie se salva solo, que los límites en muchas situaciones son vitales y que las redes de solidaridad, que emergen de manera espontánea, nos permiten continuar con la vida.

Según un trabajo del CIPPEC: “En el año 2017, se produce otro hito en el proceso de fortalecimiento del programa a partir de la creación de la Dirección Provincial del Programa Nueva Oportunidad dependiente de la Secretaría de Desarrollo Territorial del entonces Ministerio de Desarrollo Social. Asimismo, se institucionalizó su creación a nivel provincial a través del Decreto N° 2160/17, recogiendo el recorrido realizado por los equipos territoriales que identifican jóvenes desvinculados y con referencias débiles respecto a las instituciones estatales y/o sociales vinculadas con el ejercicio de sus derechos.”

La ejecución del programa se apoyó sobre 3 ejes fundamentales:

a) El incentivo económico

b) Los trayectos pedagógicos

c) Los espacios de re-trabajo o “tercer tiempo”

Esta política pública fue, al principio, bien focalizada sobre jóvenes varones en conflicto con la ley, protagonistas de conflictos interpersonales de resolución violenta y atravesados por el consumo problemático de sustancias. A partir de la mayor presencia en territorio por parte de los equipos construidos desde el programa (construcción que se desarrolló de manera progresiva) se pudo arribar a lecturas y diagnósticos situacionales y contextuales más específicos, pudiendo sumar a más actores (referentes) del territorio ampliando la oferta del programa a otros jóvenes que se vinculaban directa e indirectamente con los primeros grupos focalizados de intervención. De esta forma, se fueron formando muchas grupalidades en donde la participación de mujeres fue cada vez mayor hasta llegar al punto en donde se creaban “grupos de mujeres” y/o disidencias en su totalidad. Fue así que el programa comenzó a ampliar su oferta y disponibilidad hacia otras poblaciones que también se encontraban en situación de alta vulnerabilidad social.

La propuesta vuelve a ser generar y fortalecer los vínculos de los y las jóvenes entre ellos/as, con su barrio y la ciudad a fin de afianzar las redes de integración, impulsar el protagonismo de los y las jóvenes, acompañando espacios grupales de formación, intercambio y discusión que constituyan ámbitos de referencia y promover el abordaje de situaciones singulares fortaleciendo y acompañando las intervenciones de los equipos territoriales.

Y en esa integralidad es necesario trabajar articuladamente con otros organismos, públicos y privados, dando lugar a la palabra de los y las jóvenes. Ese dar lugar implicará también generar condiciones materiales y simbólicas que posibiliten una mejor calidad de vida.

Aquel Programa aprobado por Decreto 2160 del 24 de julio de 2017 fue derogado en la gestión anterior por Decreto 0494 del 10 de mayo de 2021, implementando el denominado “PROGRAMA SANTA FE MÁS, APRENDER HACIENDO”. Si bien este último tiene algunas coincidencias con el Nueva Oportunidad, dista en el objetivo general, lo que marcó un rumbo diferente a lo que se venía haciendo y que con el presente se pretende retomar. El objetivo general tuvo que ver más con la productividad, con la formación para el mercado laboral, finalidad que debe y puede ser abordado por otras áreas y otros Ministerios con mayor eficacia. Asimismo, no se priorizó la instancia TERCER TIEMPO, momento de escucha y aprendizaje que se pretende fortalecer. El TERCER TIEMPO Y EL ROL DE LOS Y LAS ACOMPAÑANTES tendrán un eje central en este abordaje.

En los terceros tiempos se pretende articular con los y las jóvenes, generando un espacio de intercambio y generación de grupalidad. A través del deseo y posibilidades de los y las de jóvenes de reflexionar sobre temáticas de su interés. De esta forma, terceros tiempos sobre ESI, consumos problemáticos, resolución pacífica de conflictos, violencia de género y construcción de masculinidades volverán a estar “a mano” como herramientas para trabajar. Desde allí pensar con ellos y ellas en conocer y habitar lugares de la ciudad que les resultan poco o nunca frecuentados como un derecho de acceso a la ciudad y actividades recreativas, de ocio, actividades que siempre resultaron muy productivas para favorecer las relaciones interpersonales.

Es decir, debe correrse del eje exclusivamente productivo, espacio que podrá trabajarse desde otras instancias, con otros Ministerios y poner el eje en promover autonomía, construir nuevos modos de relaciones, disminuir los niveles de violencia, entre otros.

Este programa es un enlace para el acompañamiento a los y las jóvenes que atraviesan situaciones complejas de violencias y desafiliación. Pero esta acción no va a ser la única. El Nueva Oportunidad permitirá crear nuevas herramientas que generen acciones con el fin de continuar y mejorar los procesos de desarrollo a escala humana. Producir un fuerte lazo social, que se constituya como puntal de apoyo para el desarrollo de las potencialidades individuales y colectivas, en un marco de convivencialidad. (Illich, 1974).

2.- Objetivos Generales:

Promover las potencialidades de jóvenes entre los doce (12) y treinta y cinco (35) años, para actuar en las situaciones que habitan y transitan, acompañándolos/as en la generación de nuevos horizontes en sus proyectos de vida, fortaleciendo los lazos sociales y las relaciones de convivencia.

Disminuir los niveles de violencia en los territorios de los centros urbanos de la Provincia de Santa Fe.

3.- Objetivos Específicos:

Generar y fortalecer los vínculos de los y las jóvenes entre ellos/as, con su barrio y su localidad a fin de afianzar las redes de integración con la comunidad.

Impulsar el protagonismo de los y las jóvenes, acompañando espacios grupales de formación, intercambio y discusión que constituyan ámbitos de referencia.

Promover el abordaje de situaciones singulares fortaleciendo y acompañando las intervenciones de los equipos territoriales, con los soportes técnicos necesarios para su implementación. (dupla de acompañamiento y docente).

4.- Población Destinataria:

Jóvenes desde los doce (12) hasta los treinta y cinco (35) años al momento del inicio de la capacitación, en situación de criticidad social.

Se exceptúa del límite etario a las personas travestis, trans, personas de la comunidad LGTB, a las personas víctimas de violencias por razones de género, a las personas con discapacidad (que cuenten con Certificado Único de Discapacidad) y a personas que se encuentren en contextos violentos, hostiles y con precarias condiciones materiales de vida, cuando su incorporación sea autorizada por la Dirección Provincial de Nueva Oportunidad.

Se autoriza la incorporación y permanencia en el programa a los niños, niñas y adolescentes que sean derivados por la Secretaría de los Derechos de Niñez, Adolescencia y Familia.

5.- Autoridad de Aplicación:

El programa depende del Ministerio de Igualdad y Desarrollo Humano de la Provincia de Santa Fe.

6.- Estructura de Programa:

La puesta en marcha y ejecución del programa requiere de la participación de instituciones públicas y privadas de los niveles provincial, municipal y comunal de la Provincia de Santa Fe. Esta ejecución será coordinada por la Secretaría de Políticas de Inclusión y Abordajes Sociales y/ o a quien en el futuro corresponda esa competencia material.

7.- Componentes del Programa:

Estos componentes centrales pueden aparecer juntos o separados según la evaluación pertinente.

1) Asistencia Territorial:

1.a) Acompañamiento

Las intervenciones del programa se articulan en torno al grupo de jóvenes, cada uno/a de los/las cuales debe contar con al menos dos (2) acompañantes. Su función es la de generar lazos afectivos, sentido de pertenencia y grupalidad. Es necesario que estos procesos ocurran para poder generar un proceso de inclusión.

Este acompañamiento puede provenir de los equipos del Ministerio de Igualdad y Desarrollo Humano u otro Ministerio que el Programa determine o de la organización no gubernamental, gobierno local, universidades o sindicato que está conveniado.

1.b) Movilidad

Esta instancia se garantizará cuando los/as jóvenes no tengan acceso al transporte público o bien no puedan circular libremente debido a los conflictos territoriales. Este componente busca allanar todo tipo de dificultades que impida su desarrollo y la participación de los/as jóvenes. Se evaluará la posibilidad de que cuenten con el boleto educativo gratuito a quienes participan del programa incluyendo a jóvenes, acompañantes y talleristas.

1.c) Alojamiento

En el marco de esta asistencia, y para situaciones excepcionales, es imprescindible contar con un dispositivo de alojamiento que se entienda como una herramienta dentro de una estrategia de intervención ante situaciones que pongan en riesgo la integridad física y psíquica del joven. Este dispositivo debe conformarse con dos tipos de modalidades:

1) Para albergar temporalmente a jóvenes en situación de riesgo que necesiten un acompañamiento terapéutico especializado, y por lo tanto deban permanecer en ámbitos que puedan brindar este tipo de servicios;

2) Para albergar a jóvenes en situación de riesgo que solo requiera el seguimiento de los equipos territoriales, pero puedan permanecer en lugares de alojamiento estándares, tales como hoteles, hostales, entre otros.

2) Trayectos Pedagógicos:

El Programa intenta proponer un abanico de talleres. La amplitud de esta oferta busca que los/as participantes puedan encontrar el espacio más apropiado según sus intereses. Las grupalidades deberán estar conformadas con un máximo de veinte (20) jóvenes. La organización no gubernamental, el gobierno local, la Universidad o el sindicato que esté incorporado por convenio deberá presentar una planificación con objetivos a desarrollar en el tiempo que dure el trayecto pedagógico.

La organización no gubernamental, el gobierno local, universidad o sindicato que desarrolle el taller deberá garantizar la cobertura de un seguro para aquellos talleres que se realicen por fuera de los organismos estatales. Se trabajará para que los talleres sean de una calidad tal que resulten una herramienta en el proceso de autonomía de jóvenes, teniendo en cuenta la grupalidad, pero sin olvidar las singularidades. En todo taller se tendrá en cuenta la región en donde se desarrolle y sus costumbres, que no son iguales en todas las comunidades de la provincia. Es decir el taller será un espacio de aprendizaje que contemple el entorno donde el y la joven viven.

2.a) Talleristas

El/la tallerista es el/la encargado/a de desarrollar el taller. Cuenta con el apoyo del acompañante.

Este subcomponente incluye el pago de horas cátedra o de incentivo económico por el dictado del curso/taller.

La organización, municipio, comuna, universidad o sindicato que desarrolle el taller deberá presentar una planificación detallando los objetivos a desarrollar en el transcurso del mismo.

2.b) Insumos

Abarca la compra de materiales, elementos de seguridad, librería, herramientas menores y todo elemento necesario para el dictado de diferentes cursos y talleres.

3) Fortalecimiento Institucional:

3.a) Espacios de Reflexión y Encuentro (terceros tiempos)

Consiste en un espacio de intercambio sobre las experiencias del grupo con los referentes y entre los grupos. Se propondrán diferentes ejes temáticos para acompañar el abordaje en función de los procesos que a su vez cada grupo vaya desarrollando, denominados "Tercer Tiempo". Estas instancias serán definidas entre los equipos territoriales y la Coordinación de acuerdo a la dinámica del proceso, y aspirando a realizarse con una frecuencia semanal en los espacios de formación.

Por otra parte, se estipula generar espacios de discusión, debate, intercambio y revisión del desarrollo del programa entre los operadores territoriales, recuperando las prácticas y utilizando herramientas teóricas para el análisis de las situaciones que tengan lugar en ese marco.

3.b) Formación a Acompañantes

Se desarrollarán a lo largo del año con el fin de brindar herramientas teóricas, socializar experiencias, generar discusiones en torno al abordaje territorial. Tendrán carácter de obligatorio para todas las personas que cumplan ese rol en el programa. Para su desarrollo se convocará a personas especializadas en cada temática con el fin de enriquecer los espacios de debates y producción teórica.

3.c) Espacios de Cuidado de Niños y Niñas

Estos espacios están pensados para que el cuidado de niños y niñas no sea un impedimento para las mujeres para poder acceder y participar de los espacios del programa. Los equipos del programa evaluarán su pertinencia según la población priorizada y los trayectos formativos.

La institución beneficiaria debe garantizar espacios físicos y recurso humano para sostener ámbitos de cuidado de niñas/os mientras las/os jóvenes cumplen con las actividades del Programa.

La Institución que suscriba convenio por este subcomponente deberá garantizar las condiciones de higiene y seguridad requeridas para el cuidado de niños y niñas.

3.d) Gastos de Mantenimiento y Funcionamiento

Este subcomponente abarca los gastos referidos al mantenimiento edilicio, artículos de limpieza, botiquín de primeros auxilios, seguros, pago de servicios básicos, alquileres y otros gastos corrientes que sean necesarios para que la Institución donde se desarrollan los talleres funcione correctamente.

4) Introducción al Ámbito Laboral:

Se definirán diferentes estrategias con la pretensión de lograr la inserción en el mundo laboral de los jóvenes partícipes, a través de la articulación con diversos programas y proyectos del Estado en sus distintos niveles, Nacional, Provincial o Local; y otros que surjan de acuerdos entre el sector público y el privado, de la iniciativa privada en el marco de la responsabilidad social empresaria, de ONGs., o emprendimientos de carácter social.

Con el mismo fin, se atenderá y brindará asistencia y seguimiento a aquellas iniciativas de los jóvenes, que en forma individual y/o grupal, pretendan desarrollar algún tipo de emprendimiento productivo y/o de servicios, vinculado directa o indirectamente con las capacidades obtenidas en el proceso pedagógico.

8.- Implementación del Programa:

El programa será implementado a través de convenios que se establezcan entre la Secretaría de Políticas de Inclusión y Abordajes Sociales o quien ella designe y las organizaciones sociales, municipios, comunas, universidades, sindicatos, etc que cumplan con los siguientes requisitos:

1) Estar constituidos formalmente.

2) Estar inscriptos en el Sistema Informático Provincial de Administración Financiera -SIPAF- y contar con la actualización correspondiente en dicho registro.

3) Contar con la inscripción actualizada en el Registro de Organizaciones Sociales (No Lucrativas con Fines Públicos) ONGs dependiente del Ministerio de Igualdad y Desarrollo Humano, en caso de corresponder.

Se deberá proponer al grupo de jóvenes tres espacios semanales de trabajo teniendo en consideración en esas horas el trayecto pedagógico y el espacio de reflexión grupal.

La autoridad de aplicación podrá ofrecer espacios para los jóvenes por fuera de los horarios estipulados.

Las propuestas de los trayectos pedagógicos presentadas deberán tomar en cuenta el siguiente listado propuesto por el programa, que es meramente enunciativo, pudiendo generarse otros conforme a las necesidades y deseos de los jóvenes y los objetivos del programa. Se tendrán en consideración también las propuestas que pudieran presentar las organizaciones no gubernamentales, los gobiernos locales, universidades, sindicatos, etc.

1) Inclusión digital (impresión 3D, robótica, arreglo de celulares, testing de página web, entre otros).

2) Producciones culturales.

3) Cursos tradicionales de formación (peluquería, panificación, huerta, herrería, etc).

4) Actividades Deportivas.

5) Ambiente y sustentabilidad. (Reciclado de plástico, papel, termotanques solares, construcciones sustentables, entre otros).

6) Otros a determinar por la autoridad de aplicación teniendo en cuenta los objetivos del programa.

9.- Asignación Económica:

Beca- Incentivo: Se le otorga un incentivo económico a modo de beca, de carácter personal y mensual actualizable a los/as jóvenes que participen del programa, sin que implique una relación laboral con el Estado. Esta podrá ser interrumpida si la/el joven no cumple con las contraprestaciones del Programa.

Para la determinación del monto de la beca se tendrá en cuenta la evaluación de indicadores de riesgo territorial, tiempo de vinculación a la organización y el proyecto pedagógico elegido.

10.- Altas y Bajas:

La/el joven será dado de alta en el Programa cuando se presente la documentación que requiera la autoridad de aplicación, luego de haber sido preinscripto/a por la institución/ organización.

Las bajas serán dispuestas a pedido del joven, de la organización que lleve adelante los talleres, o de la autoridad de aplicación. En los dos últimos supuestos, previo a realizarla, se procurará tener una entrevista personal con el o la joven por parte de los equipos técnicos a cargo del programa.

11.- Aportes Financieros:

Con la suscripción de convenios entre las instituciones/organizaciones, se especificarán los fondos necesarios para la correcta implementación del Programa según las líneas de acción antes mencionadas. Estos fondos deberán ser rendidos de acuerdo a las normativas vigentes.

12.- Contraprestaciones:

De los/as jóvenes:

Para acceder a la beca-incentivo los/as jóvenes participantes del Programa deberán cumplimentar una asistencia mínima del setenta porciento (70 %) mensual y participar de los encuentros que el Programa proponga.

De las organizaciones/ instituciones:

Deberán aportar al mejoramiento de los vínculos y trayectos de los/as jóvenes que participan del programa y rendir cuentas según lo indicado en las normativas vigentes.

Consideraciones Finales

Las características del "PROGRAMA NUEVA OPORTUNIDAD, CONSTRUYENDO COMUNIDAD" denotan que el mismo no es un fin en sí mismo, sino que es un primer paso para acompañar a aquellos/as jóvenes que necesitan tener expectativas de vida y solo pueden proyectarse en un futuro esperanzador si encuentran un presente posibilitador. Con anclaje territorial y con el acompañamiento que las singularidades requieran, el programa es el puntapié inicial que debe desarrollarse luego en otras instancias, permitiendo la implementación de diferentes acciones que continúen estos procesos de inclusión a través de la iniciativa de quienes hayan participado en el mismo.

Esta cercanía de trabajo permitirá pensar diferentes herramientas para trabajar con los/as participantes del Programa que deseen avanzar a otras instancias formativas y laborales. Para ello se solicitará a las organizaciones/instituciones que puedan presentar propuestas que serán evaluadas por los equipos técnicos de los ministerios intervinientes en conjunto con el Programa para acceder a la siguiente instancia que consistirá en incentivos para prácticas laborales que permitan alcanzar la formación de emprendimientos, empresas sociales, cooperativas u otros.

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