picture_as_pdf 2024-02-29

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ROSARIO

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POR

ESPINDOLA ANDREA MARIANA


Por disposición del juzgado de 1° Inst. en lo laboral N°8 de Rosario a cargo de la Dra. Silvana Quagliatti de Maltaneri, Jueza, secretaria autorizante hace saber que en los autos caratulados "SEGANTINI VANINA ALEJANDRA c/ HACHEN ELISABET SOLEDAD s/ COBRO DE PESOS. CUIJ N 21-04123143-9", la Martillera ESPINDOLA ANDREA MARIANA, CUIT N° 27-35250345-8 (monotributista), se transcribe el decreto que así lo ordena: Agréguense las constancias arrimadas. Ordénase la venta en pública subasta de la porción indivisa (½) del inmueble sito en calle BOLÍVAR N° 2446 entre San Martín y Mitre, CASILDA, Provincia de Santa Fe, dominio inscripto al TOMO 295, FOLIO 40, N° 337995 Departamento Caseros, en las condiciones de subasta peticionadas con la Base de $28.000.000.-, una retasa del 25% de la base, siendo la ultima base el 50%, la que realizará la martillera actuante en Juzg. 1ra. Inst. Civil, Comercial y Laboral de la localidad de Casilda, sito en calle Carlos Casado 2060 de la misma ciudad, el día 07 de Marzo de 2024 a las 09.30 horas, con el estado de ocupación según Acta de constatación que consta agregada en autos. Los gastos por impuesto, tasas y contribuciones son a cargo exclusivo del comprador, así como los gastos e impuestos de transferencia e IVA, si correspondiere. Los importes adeudados deberán ser informados por el martillero en el acto de subasta. Publíquense los edictos de ley y fíjese en la cartelera respectiva del hall de tribunales Rosario y Casilda. Ofíciese conforme art. 506 del CPCC a los juzgados que hubieren ordenado medidas cautelares -si existieren sobre el inmueble a subastar a fin de que tomen conocimiento en las causas respectivas de la realización de la subasta con la debida antelación, debiendo acompañar constancias del diligenciamiento antes del acto de subasta, bajo apercibimiento de suspenderse la misma a costa del martillero, sin perjuicio de lo normado por el art. 503 del CPCC. El expediente deberá ser entregado al juzgado cinco días antes de la subasta a los fines del los arts, 494 y 495 del CPCC y permanecer en secretaría. Efectuada la subasta, líbrense oficios a los juzgados que hubieren trabado embargos o inhibiciones posteriores a sus efectos (art. 506 “in fine” del CPCC). El saldo del precio deberá abonarse dentro de los cinco días de intimado el comprador, luego de aprobada la subasta debiendo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A por lo cual de superar el importe de $30.000.- deberá realizarse por transferencia interbancaria. Hágase saber a los interesados en el acto de subasta que en el supuesto de comprar en comisión se deberá indicar los datos del comitente. Quien resulte comprador deberá abonar el 3 % de comisión del martillero, con más el 10 % del precio de compra en el acto de subasta, en concepto de seña y a cuenta de precio en la siguiente modalidad: hasta la suma de $30.000.-, en dinero en efectivo, pesos, en el acto de subasta. El saldo restante para completar la seña deberá ser abonado por el comprador el día hábil posterior a la subasta mediante transferencia interbancaria indefectiblemente, a la cuenta judicial N°52139234 CBU 0650080103000521392344 Banco Municipal de Rosario - Sucursal: Sucursal 80 - Caja Abogados, bajo estricto apercibimiento de ley, con pérdida total de lo abonado en el caso que así no lo hiciere. Previo a la aprobación de la cuenta de gastos, deberá oficiarse al Registro General con copia certificada del acta de subasta a fin de que tome razón marginalmente de la misma sin que implique transferencia a favor del adquirente, lo cual se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes. Desígnase 48 hs. antes de la subasta (el día martes 05/03/2024) de 11.00 hs. a 13.00 hs., previa comunicación con la martillera al teléfono 03476 15646286, a los fines de la exhibición del inmueble debiendo notificarse a los ocupantes con la debida antelación.- Informe del Registro General de la Propiedad consta inscripto el dominio a nombre de la demandada. no registrándose hipotecas e inhibiciones, pero si el siguiente embargo de fecha 07/02/2022, por la suma $810.180,5600 Tomo 131 E Folio 19 0 Numero 4254 0, orden los presentes autos que se ejecutan. Todo lo que se hace saber a los efectos que por derecho hubiere lugar, ROSARIO, 29 de diciembre de 2023. Dr. Herrero SECRETARIA.-

$ 850 515554 Feb. 29 Mar. 04