picture_as_pdf 2024-02-14

ROSARIO


JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

DANIEL J. BONIFAZI


Por orden Sr. Juez Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 2 en lo Civil y Comercial de la 14a. Nominación de Rosario, la Secretaría que suscribe hace saber que en autos: “BLD S.A C/ OTRO S/ EJECUCIÓN PRENDARIA” (CUIJ Nº 21-02880445-5); por Decreto de fecha 13/12/23 y Auto 1307/22; se ha dispuesto que: el Martillero Público DANIEL JOSE BONIFAZI, en venta en pública subasta al último y mejor postor, el día 22 de Febrero de 2024 a las 13.30hs, en la Sala de Remates del Colegio de Martilleros de Rosario, sita en calle Moreno N° 1546 de Rosario; el siguiente bien propiedad del demandado, consistente en: Una cosechadora dominio AUJ16 marca John Deere, modelo/año: 1450/2003 motor marca Jonh Deere N°J06068T005008 chasis marca John Deere N° CQ1450A049281 inscripto a nombre del demandado en el R.N.P.A. y C.P.SECC LAS VARILLAS.- El R.N.P.A. c/comp. Maq. Agric. Vial. e Ind. Cred. Prend. informa que, registra PRENDA de grado 1, por U$S 120.000.- de fecha 28/09/2011, Reinsc. El 25/02/2022 Acreedor ALABERN FABREGA Y CIA S.A. Los siguientes EMBARGOS: 1) Orden 1 de fecha 11/04/2022 por $2.322.547,26 por los autos que se ejecutan. Y que el titular registra/demandado posee la siguiente INHIBICION: de fecha 12/10/2022, Jurisdicción Córdoba. Autos Dirección de Rentas de la Pcia. de Córdoba c/ Gilli Raul Antonio – presentación múltiple Fiscal: Expte. 2466056, Oficina única de ejecución fiscal de la Ciudad de San Francisco Cordoba. El bien saldrá a la venta con la base de $10.000.000.- monto sugerido por el martillero según contrato de prenda, el estado en que se encuentra el mismo y el valor actual del mercado y será adjudicado al mejor postor. En caso de no haber ofertas por ese monto, la cosechadora saldrá a la venta con una retasa del 50% como última base ($5.000.000.-). En caso que no existieren oferentes por la última base, el bien será retirado de la venta. Las posturas mínimas de mejoramiento de ofertas no podrán ser inferiores a $50.000.-. Dicho bien se venderá en el estado en que se encuentra. 3) Condiciones de subasta: Una vez realizado el acto de subasta, los autos permanecerán de manifiesto por el término de 3 días en la Secretaría del Tribunal, vencido el cual no se admitirán reclamos o impugnaciones sobre la misma. Luego de la venta por subasta no se aceptará reclamo alguno. Deudas: Se hace saber que las deudas por impuestos, patentes y multas que pesen sobre la consechadora, y todo otro gasto que grave la venta, así como su retiro y traslado serán a cargo exclusivo del adquirente, debiendo informar el martillero interviniente de manera previa así como en la audiencia de subasta las deudas existentes; dejándose constancia que una vez realizada la misma, no se aceptará reclamo alguno por insuficiencia de documentos y/o fallas de funcionamiento. Compras por Terceros: Para el caso de compras por terceros, fíjase como condición de subasta que el adquirente designe en el acto de remate la identidad de la persona por la que adquiere, estableciéndose el término de cinco días para la ratificación por la persona indicada. Transcurrido este término sin la ratificación correspondiente, todos los efectos de la subasta se producirán respecto del adquirente que participó personalmente en el acto de remate. Pago: El martillero advertirá antes de comenzar el acto de remate y en los edictos a publicarse que el adquirente podrá abonar la totalidad del precio en el acto del remate o el 30% del valor de venta en concepto de seña. Se hace saber que atento lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A., tanto en el caso del pago total como en el caso de que la seña a abonar en el momento del remate fuere inferior o igual a la suma de $30.000- podrá abonarse en efectivo al martillero interviniente, y en el caso de que fuera superior podrá completarse el monto mediante cheque certificado y/o cheque cancelatorio, o mediante depósito efectuado previamente en cuenta judicial a nombre de este Juzgado y para estos autos. El saldo del precio del automotor que se adquiriera –descontado lo abonado en concepto de seña – deberá depositarse en cuenta judicial a nombre de este juzgado y para estos autos en el término de cinco (5) días, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de dar por decaída la compra, perdiendo el comprador la suma consignada en concepto de seña. En caso de incumplimiento o la infracción de la normativa vigente, será comunicado a este tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP sin perjuicio de la aplicación en su caso del art. 497 CPCCSF. Asimismo se hace saber que el comprador deberá abonar en el acto de remate el 10% de la venta en concepto de comisión al martillero. Hágase saber al martillero actuante que la suma percibida en concepto de seña deberá ser depositada en su totalidad en la cuenta abierta previamente en el Banco Municipal de Rosario, Suc. Caja de Abogados, a nombre de este Tribunal y para los presentes autos. Asimismo, hágase saber que los gastos generados a partir del día de la subasta y hasta la toma de posesión de la cosechadora quedarán a cargo de quien resulte comprador. Entrega de la Posesión: La entrega de la cosechadora se realizará una vez aprobadas las operaciones de venta por subasta y acreditado que fuere el pago total del precio así como la transferencia del bien vendido, que se deberá acreditar mediante la documentación registral que solicitara oportunamente el Tribunal. Gastos devengados y a devengarse: Quedarán a cargo del comprador todos los impuestos, tasas y contribuciones, creados o a crearse, la toma de posesión, transferencia, levantamiento de gravámenes y transferencia en el Registro jurisdiccional correspondiente y el pago de IVA y todo otro gravámen que correspondiere. Exhibición del bien: Hágase saber a los posibles interesados y a la parte demandada que se fijan los dos días hábiles anteriores, en el horario de 11 a 13 horas en el establecimiento “La Sorpresa” situado a 4km al este de la localidad de Traill, departamento San Martín, Provincia de Santa Fe (lat. 31.9136 long. Oeste 61.6504) de propiedad de Los Tacuruces S.A., para la revisión del vehículo, autorizándose al martillero interviniente y/o a la persona que éste designe a sus efectos. Todo lo que se publica a los efectos legales, Rosario 09 de Febrero de 2.024 Firmado. DRA. MA. KARINA ARRECHE Secretaria subrogante.-

$ 1500 514690 Feb. 14 Feb. 16