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DECRETO Nº: 0248


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 29 DIC 2023


VISTO:

El Expediente Nº 00320-0005487-3 del registro del Sistema de Información de Expedientes, por el cual se propicia disponer la continuidad en el funcionamiento de la Comisión de Asesoramiento sobre la aplicación del Impuesto a las Ganancias sobre salarios -Ley Nº 20.628- Ejercicio Fiscal 2023, creada por decreto Nº 2323/2023;


CONSIDERANDO:

Que la metodología retentiva de impuesto a las ganancias sobre salarios Ley N° 20.628, ha sufrido numerosas modificaciones en el ejercicio fiscal en curso, en el marco de la normativa de aplicación de la Administración Federal de Ingresos Públicos — AFIP - y los dictámenes emanados de la Subsecretaría de Ingresos Públicos de la Nación;

Que pronto a finalizar la actividad de la misma para el ejercicio fiscal 2023, la Secretaría de Recursos Humanos y Función Pública entiende necesario continuar con el funcionamiento de la referida Comisión para el ejercicio fiscal 2024;

Que en el marco de la nueva Ley de Ministerio Nº 14.224 se ordena adaptar la nueva denominación del cargo de Director General de Administración del entonces Ministerio de Gestión Pública por el actual Director General de Administración del Ministerio de Gobierno e Innovación Pública;

Que ha tomado intervención la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública y la Dirección General de Asesoría Letrada, ambas del Ministerio de Economía;

Que el presente instrumento encuadra en las disposiciones contenidas en el inciso 1° del artículo 72° de la Constitución de la Provincia de Santa Fe;

POR ELLO:


EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:


ARTÍCULO 1°.- Dispónese la continuidad del funcionamiento de la Comisión de Asesoramiento sobre la aplicación del Impuesto a las Ganancias sobre salarios -Ley Nº 20.628- Ejercicio Fiscal 2023, creada por decreto Nº 2323/2023, para el ejercicio Fiscal 2024.

ARTÍCULO 2º.- Modificase la denominación del cargo de Director General de Administración del Ministerio de Gestión Pública por el Director General de Administración del Ministerio de Gobierno e Innovación Pública.

ARTÍCULO 3°.- Refréndese por los señores Ministros de Educación, Gobierno e Innovación Pública, Trabajo, Empleo y Seguridad Social y de Economía.

ARTÍCULO 4º - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.


PULLARO

Prof. José Ludovico Goity

Abog. Fabián Lionel Bastía

Lic. Roald Nestor Báscolo

Dr. Pablo Andrés Olivares

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