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RESOLUCIÓN Nº 0050


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 30 NOV 2023


VISTO:

El Expediente Nº 00201-0191651-2 del Sistema de Información de Expedientes en virtud del cual tramitó la reglamentación de la Ley Provincial N.º 13.542, que establece la implementación del Registro Unificado Provincial de Vehículos y formación de la Comisión de Evaluación;


CONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial N.º 13.542 dispuso la creación en la Provincia de Santa Fe del Registro Unificado Provincial de Vehículos Antiguos de Colección, cuya organización y puesta en funcionamiento sera competencia de la Agencia Provincial de Seguridad Vial, en el marco de la Ley Provincial N.º 13.133;

Que el Decreto Provincial N.º 2677/19 aprobó las normas reglamentarias necesarias para la efectiva implementación del Registro antes citado;

Que en dicha inteligencia, la Agencia Provincial de Seguridad Vial, en su carácter de autoridad de aplicación procedió en fecha 01 de Agosto de 2023 a formalizar la Convocatoria para la Conformación del Registro Unificado Provincial de Vehículos Antiguos de Colección, todo lo cual se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia;

Que la Convocatoria preveía como fechas de presentación el lapso comprendido del 15 al 22 de Agosto de 2023;

Que se presentaron los siguientes postulantes: Escudería Santafesina de Automóviles Antiguos; Asociación Civil Rosario Autos Sport, Club de Automóviles Antiguos Rafaela y Asociación Civil Museo del Automóvil Casilda; las primeras tres formalizaron las presentaciones en fecha 18 de Agosto de 2023 y la mencionada en último término, lo hizo en fecha 25 de Agosto de 2023;

Que a su respecto, y en orden a los plazos establecidos al respecto, ha de admitirse la presentación de la Escudería Santafesina de Automóviles Antiguos, de la Asociación Civil Rosario Autos Sport y del Club de Automóviles Antiguos Rafaela;

Que por otro lado atento constancias obrantes en las actuaciones, se ha hecho saber a la Asociación Civil Museo del Automóvil de Casilda que habiendo sido extemporánea su presentación la misma ha sido desestimada, por aplicación del Artículo 20 del “Reglamento para el Trámite de Actuaciones Administrativas"- Anexo Único- aprobado por Decreto Acuerdo N.º 4174/15;

Que conteste con lo anterior, de conformidad a la documentación agregada a autos, corresponde ordenar la inscripción de la Escudería Santafesina de Automóviles Antiguos, del Club de Automóviles Antiguos Rafaela y de la Asociación Civil Rosario Autos Sport, por haber cumplimentado las exigencias establecidas en la normativa aplicable;

Que en virtud de las facultades conferidas por las Leyes Provinciales Nº 13.133 y N.º 13542, y por el Decreto Provincial N.º 2677/19

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE LA AGENCIA PROVINCIAL DE

SEGURIDAD VIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º: Inscribir a la Asociación Civil denominada “Escudería Santafesina de Automóviles Antiguos”, Personería Jurídica Resolución N.º 510/86, con domicilio legal en calle Córdoba N.º 2450 de la Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe en el Registro Unificado Provincial de Vehículos Antiguos creado por Ley Provincial N.º 13.542 a los fines de la integración de la Comisión de Evaluación, otorgándosele el Número de Orden: 01.

ARTICULO 2º: Inscribir al Club Civil denominado “Club de Automóviles Antiguos Rafaela” Personería Jurídica Resolución N.º 868/98, con domicilio legal en calle 3 de Febrero N.º 150 de la Ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe en el Registro Unificado Provincial de Vehículos Antiguos creado por Ley Provincial N.º 13.542 a los fines de la integración de la Comisión de Evaluación , otorgándosele el Número de Orden: 02.

ARTÍCULO 3º: Inscribir a la Asociación Civil denominada “Asociación Civil Rosario Autos Sport”, Personería Jurídica Resolución N.º 1830/22, con domicilio legal en calle Corrientes 3832 de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe en el Registro Unificado Provincial de Vehículos Antiguos creado por Ley Provincial N.º 13.542 a los fines de la integración de la Comisión de Evaluación, otorgándosele el Número de Orden: 03.

ARTÍCULO 4º: No hacer lugar al pedido formulado por Asociación denominada “Asociación Civil Museo del Automóvil Casilda”, por resultar extemporánea su presentación.

ARTÍCULO 5º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

S/C 41450 Dic. 14 Dic. 18

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AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL


RESOLUCIÓN Nº 0051


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 30 NOV 2023


VISTO:

el Expediente Nº 00101-0197205-4 del Sistema de Información de Expedientes mediante el cual la Municipalidad de Totoras solicita firma del Convenio de Coordinación y Complementación para control de Tránsito y Seguridad Vial;


CONSIDERANDO:

Que la fiscalización mediante la utilización de dispositivos automáticos o semiautomáticos para la captación y registro de imágenes asociadas a infracciones de tránsito vehicular, se encuentra regulada en la Ley Provincial Nº 13.133, asimismo mediante la reglamentación establecida por la Resolución N.º 0081/18 de la Agencia Provincial de Seguridad Vial y demás plexos normativos aplicables;

Que la Municipalidad de Totoras celebró el respectivo Convenio en fecha 07 de mayo de 2018, el cual se encuentra registrado bajo el Nº 8370, Folio Nº 192, Tomo XV del Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales;

Que en efecto, los controles en tramos de rutas denominadas nacionales y/o provinciales mediante dispositivos electrónicos automatizados son ejercidos en la Provincia de Santa Fe -según corresponda- por aquellos Municipios y/o Comunas que se hallen debidamente autorizados/ habilitados por la Autoridad de Aplicación, en este caso, la Agencia Provincial de Seguridad Vial, a quien le compete “Autorizar la colocación en Autopistas, rutas y caminos nacionales y provinciales que atraviesan el territorio provincial, de sistema automático y semiautomático de control de infracciones y sistemas inteligentes de control de tránsito y su uso manual por las autoridades de constatación, de conformidad a las pautas de seguridad, homologaciones y verificaciones establecidas por los organismos nacionales competentes en la materia, en consonancia con las disposiciones nacionales y provinciales vigentes ( Art. 34 Ley Provincial Nº 13.133);

Que en dicho contexto por Resolución N.º 0053/18 de la A.P.S.V.- de fecha 05 de Septiembre de 2018- se dispuso en su parte pertinente habilitar a la Municipalidad de Totoras para realizar las tareas de fiscalización, juzgamiento de presuntas infracciones y ejecución de sanciones;

Que conforme constancias de autos, la Municipalidad requirente, solicita autorización para la instalación de dispositivos fijos para control de velocidad sobre el tramo de la Ruta Provincial N.º 91 y Ruta Nacional N.º 34;

Que habiéndose recabado la intervención de las áreas de este organismo, cada una se ha expedido en orden a su competencia, sin observaciones al respecto y conteste con lo anterior conforme obran agregados al expediente de referencia, la Municipalidad de Totoras ha acreditado los extremos documentales, administrativos y técnicos exigidos por la normativa provincial citada;

Que es deber de la Autoridad municipal o comunal sujetarse estrictamente a lo establecido en la normativa provincial en lo que respecta a la Autorización para realizar estos controles, como así también en lo atinente a los requisitos documentales para la habilitación operativa del control, relacionados a la homologación y certificaciones primitivas y periódicas de los dispositivos electrónicos utilizados emitidos por el INTI, al cumplimiento de requisitos técnicos con relación a la planimetría y señalización vial del tramo controlado, a la adecuación de las normativas locales, con el objeto de asegurar el resguardo y efectivo cumplimiento de los procedimientos administrativos que garanticen el derecho de defensa del imputado y al establecimiento de un régimen sancionatorio uniforme y adecuado a la Ley Provincial vigente, así como al cumplimiento de otros requisitos que la autoridad de aplicación disponga para mejorar la calidad de gestión y eficacia del sistema, y asegurar de esta manera los objetivos para los cuáles fue habilitado el control, siendo estos, disminuir los riesgos que provoquen siniestros de tránsito;

Que a los fines de asegurar la continuidad y efectividad del control, la Municipalidad deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación, los certificados de verificación periódica con antelación a la fecha de vencimiento del último certificado presentado;

Que el incumplimiento de este recaudo dará lugar a la suspensión automática de la habilitación, que se producirá de pleno derecho a la fecha de vencimiento de la certificación referida, sin necesidad de declaración alguna;

Que transcurridos treinta (30) días hábiles sin que se presente la certificación requerida, se dispondrá la revocación de la habilitación del control, emitiéndose la disposición pertinente, debiendo gestionarse una nueva habilitación para el supuesto que la Municipalidad pretenda continuar con el ejercicio de los controles;

Que habiendo cumplimentado la Municipalidad de Totoras con las formalidades correspondientes, y en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Provincial Nº 13.133;

POR ELLO:

El SUBSECRETARIO DE LA AGENCIA PROVINCIAL DE

SEGURIDAD VIAL

RESUELVE:


ARTICULO 1º: Habilitar a la Municipalidad de Totoras a efectuar controles por exceso de velocidad sobre:

a) Ruta Provincial N.º 91, Km 32,9 en jurisdicción de la localidad de Totoras - Provincia de Santa Fe, carriles sentidos ascendente y descendente, Captura en escape o efluente.

b) Ruta Nacional N.º 34, Km 55,5 en jurisdicción de la localidad de Totoras - Provincia de Santa Fe, carriles sentidos ascendente y descendente, Captura en escape o efluente.

ARTICULO 2º: Dichos controles serán efectuados exclusivamente mediante la utilización de los siguientes dispositivos electrónicos:

- En Ruta Provincial N.º 91, Km 32,9 en jurisdicción de la localidad de Totoras - Provincia de Santa Fe, conforme previsiones del artículo anterior, con: Cinemómetro automático de instalación fija Marca: DYGOLD, Modelo: ENFORCER-A Serie N.º 820 – carril en sentido ascendente- y Cinemómetro automático de instalación fija Marca: DYGOLD, Modelo: ENFORCER-A Serie N.º 821- carril en sentido descendente-.

- En Ruta Nacional N.º 34, Km 55,5 en jurisdicción de la localidad de Totoras - Provincia de Santa Fe, conforme previsiones del artículo anterior, con: Cinemómetro automático de instalación fija Marca: DYGOLD, Modelo: ENFORCER-A Serie N.º 817 – carril en sentido ascendente- y Cinemómetro automático de instalación fija Marca: DYGOLD, Modelo: ENFORCER-A Serie N.º 818- carril en sentido descendente.

ARTICULO 3º: El período de habilitación para la ejecución de dicho control tendrá vigencia desde la fecha de la presente Resolución. La Municipalidad de Totoras deberá presentar los sucesivos Certificados de verificación Periódica emitidos por el INTI, con anterioridad a la fecha de vencimiento del certificado precedente. El Incumplimiento de este recaudo dará lugar a la suspensión automática de la habilitación, que se producirá de pleno derecho a la fecha de vencimiento de la certificación requerida, sin necesidad de declaración alguna. Transcurridos treinta (30) días hábiles sin que se presente la certificación requerida, se dispondrá la revocación de la habilitación del control, emitiéndose la disposición pertinente, debiendo gestionarse un nueva habilitación para el supuesto en el que la Municipalidad pretenda continuar con el ejercicio de los controles.

ARTICULO 4º: La Agencia Provincial de Seguridad Vial se reserva la facultad de dejar sin efecto la presente en el /los caso/s de:

a) Detectarse anomalías resultantes de auditorías técnico administrativas, tanto en la implementación y/o puesta en funcionamiento y/o ejecución realizadas al sistema y su gestión.

b) Cuando el Municipio y/o la empresa concesionaria niegue el libre acceso a las instalaciones, sistemas informáticos y/o documentos, y/o impida extraer copias de éstos, y/o imposibilite y/o entorpezca de algún otro modo, el normal desarrollo de auditorías y/o indagaciones administrativas llevadas a cabo por personal de la Agencia Provincial de Seguridad Vial en forma directa, o a través de terceros.

c) Por incumplimiento en la aplicación del régimen de sanciones y/o del procedimiento de juzgamiento de infracciones y ejecución de sanciones establecidos en la Ley Provinciales Nº 13.169 y 13.133, de adhesión a la Ley Nacional Nº 24.449 sus normas modificatorias y complementarias.

d) Por incumplimiento de lo previsto en las cláusulas del Convenio de Coordinación y Complementación para el Control de Tránsito y la Seguridad Vial entre la Agencia Provincial de Seguridad Vial y el Municipio de Totoras el cual corresponde al modelo uniforme de Convenio aprobado por la Resolución N.º 0019/16 de la Agencia Provincial de Seguridad Vial.

e) Por la falta de presentación por parte de la Municipalidad de la correspondiente renovación o actualización del Certificado de Verificación Periódica del equipo emitido por INTI, luego de transcurrido el plazo de (30) días hábiles contados a partir de su vencimiento; en dicho supuesto cuando opere el vencimiento del certificado de verificación periódica emitido por INTI, sin que existiere constancia de presentación oportuna ante la Agencia Provincial de Seguridad Vial de su renovación o actualización en los términos del artículo dará lugar a la suspensión automática y se producirá de pleno derecho a la fecha de vencimiento de la certificación referida, sin necesidad de declaración alguna.

f) Cuando lo disponga preventiva y/o temporalmente la Agencia Provincial de Seguridad Vial, en virtud de detectarse anomalías o irregularidades en los distintos procedimientos de auditorías realizados, y/o por incumplimientos de las cláusulas del convenio oportunamente suscripto y/o de la presente resolución y sus futuras modificatorias.

g) Cuando el Municipio y/o la empresa concesionaria niegue el libre acceso a las instalaciones, sistemas informáticos y/o documentos, y/o impida extraer copias de éstos, y/o imposibilite y/o entorpezca de algún otro modo, el normal desarrollo de auditorías y/o indagaciones administrativas llevadas a cabo por personal de la Agencia Provincial de Seguridad Vial en forma directa, o a través de terceros.

h) Por falta de comunicación por medio fehaciente del Municipio a la autoridad de aplicación del cambio de prestador operado y/o la nueva vinculación contractual.

i) Por falta de comunicación por medio fehaciente a la autoridad de aplicación de toda modificación en las condiciones de funcionamiento del control en sus aspectos técnicos, administrativos y procedimentales, conforme lo establecido en la presente resolución (cambio de tramo comprendido, listado de fiscalizadores y/u operadores del sistema y/o dispositivos, jueces habilitados, etc.).

j) Por incumplimiento de los restantes recaudos y/o requisitos previstos resolución y/o en sus futuras modificatorias.

l) Por incumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución N° 0081/18, de fecha 26 de Noviembre de 2018, de la Agencia Provincial de Seguridad Vial y/o en sus futuras modificatorias o complementarias.

ARTICULO 5º: El personal designado e informado por la Municipalidad de Totoras y/o la prestataria afectado al control de tránsito y/o autorizado para la utilización u operación de los equipos, dispositivos, sistemas y procesamiento de datos y registros, se identificará a través de la/s clave/s de Identificación (ID) que se integrará con el Código de la Municipalidad más los números que se detallan a continuación:

ID DOCUMENTO APELLIDO Y NOMBRE

E0202 92.078.329 DADY, Alexander Richard

E0203 22.283.129 CAMPOS, Luis Osvaldo

E0204 12.922.873 CEJAS, Jorge Fermin

E0205 18.851.580 GARCIA BERUTI, Leonardo Julián

E0206 24.455.731 ESCOBAR, Fernando

E0207 14.123.747 OZUNA, Osvaldo Enrique

E0208 27.704.609 MOLINA, Julieta Andrea

ARTICULO 6º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Dr. Osvaldo Rubén Aymo

Subcretario

Agencia Provincial de Seguridad Vial

S/C 41447 Dic. 14 Dic. 18

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Postulantes para integrar el Órgano de Control de

Transporte Público de Pasajeros por Colectivo


En cumplimiento del Decreto D.M.M. 01855/09, se hace saber que mediante Resolución 0735/23 el Intendente de la ciudad de Santa Fe, postula a los siguientes profesionales para integrar el referido Órgano de Control.

POSTULANTE: SAVOY, Juan Manuel - DNI N° 28.241.281. Ingeniero Industrial, Matrícula Profesional N° 1-3198-9, egresado de la Universidad Tecnológica Nacional – Facultad Regional Santa Fe (2008). Especializado en Higiene y Seguridad en el trabajo de la Universidad Tecnológica Nacional – Facultad Regional Santa Fe (2017).

ACTUACIÓN PROFESIONAL: Pasante en FACYT S.R.L. (1999). Becario y posteriormente miembro del Grupo Científico de Estudios de Transporte Accidentología y Movilidad en GETRANS–CETRAM–UTN FRSF (2003-actualidad). Becario del Grupo Ingeniería de Proyectos de GIP–UTN–FRSF (2005-2006). Práctica Profesional en FACYT S.R.L. (2007). Asesoramiento externo en Agropecuaria Cululú S.R.L. (2007). Asistente del Consultor Nº 1 del Estudio 1.EG.85 en LEMDO – UTN – FRSF (2007). Asesoramiento externo en FACYT S.R.L. (2007-2008). Coordinador del proyecto para Asistencia y Asesoramiento en Desarrollo Organizacional en LEMDO–UTN–FRSF (2008). Ingeniero del Área de Aseguramiento de la Calidad y de Planta en Productos Veterinarios S.A. (2008-2011). Coordinador Ejecutivo del Programa de Movilidad Urbana en Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe (2011-2016). Director Ejecutivo del Programa de Movilidad Urbana en Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe (2016-2019). Miembro del Laboratorio de Mantenimiento Industrial en LABMI–UTN–FRSF (2019-actualidad). Consultor independiente, Ingeniería organizacional, Higiene y Seguridad (2019-actualidad). Secretario adjunto para la verificación y visado en Secretaría Técnica–Colegio de Ingenieros Especialistas de la provincia de Santa Fe Distrito I (2023).

IDIOMAS: Inglés-Asociación Argentina de Cultura Inglesa de Santa Fe (1992-1998).

POSTULANTE: CABRERA, Laura Emilse - DNI N° 32.915.956. Contadora Pública Nacional, egresada de la Facultad de Ciencias Económicas, Universidad Nacional del Litoral (2012). Especializada en Operaciones de Comercio Exterior, Universidad Nacional de Rosario (2021).

ACTUACIÓN PROFESIONAL: Pasantía universitaria en Dirección de Comunicación-Municipalidad de Santa Fe (2009-2010). Ejercicio Independiente Matriculado de la Profesión de CPN (2012-2013). Asesoramiento y liquidación impositiva en Estudio Jurídico- Impositivo Cabrera - Gumiy - Impini (2013 - 2018). Gestión y administración en Sec. de Comunicación y Desarrollo Estratégico Municipalidad de Santa Fe (2013-2017). Control de rendiciones de cuentas financieras en Sec. Económico Financiera- UNL (2012-2015). Auditoría en Tribunal de Cuentas de Cuentas Municipalidad De Santa Fe (2018- 2018). Estudio Aduanero Mariana Begino (2021-2022). Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe (2018-Actualidad). Coordinación del Foro de Capital para la Innovación. Programa de Fortalecimiento de Pymes de la UNL en Secretaria de Vinculación Tecnológica e Innovación (2018-Actualidad).

IDIOMAS: Portugués-Examen Internacional de Proficiencia en el uso de Lengua Extranjera CELPE BRAS.; acreditación de 5 niveles de portugués en el Centro de Idiomas- UNL; 2 años de portugués, Liceo Municipal “Faustino M. San Juan” de Santo Tomé. Inglés-6 años de inglés en la Academia de Lenguas “San Carlos”. Francés-Conocimientos Formación Pre- Profesional, obteniendo conocimientos en el Idioma Francés.

POSTULANTE: LUDUEÑA, Sergio Conrado - DNI Nº 17.222.879. Ingeniero Civil, especializado en Gestión Logística, egresado de la Facultad de Ciencias Exactas, Ingeniería y Agrimensura. Universidad Nacional de Rosario.

ACTUACIÓN PROFESIONAL: Pasantía Secretaría de Servicios Públicos, convenio FCEIyA– Municipalidad de Rosario (1994 –1995). Departamento Plan Integral de Infraestructura Sanitaria-Secretaría de Obras Públicas-Municipalidad de Rosario (1996–1997). Laboratorio de Ensayos Tecnológicos–Dirección de Inspección de Obras Hidráulicas–Sec. de Obras Públicas-Municipalidad de Rosario (1997–1998). Dirección de Inspección de Obras Hidráulicas–SOP-Municipalidad de Rosario (1998–2000). Inspección y dirección de obra “Conducto Batlle y Ordóñez” (1998–1999). Inspección de obra “Brazo Norte Arroyo Saladillo–1ª etapa” (1998–1999). Inspección y dirección de obra “Enlace Av de la Costa–Wheelwright y Bv Oroño. Conducto pluvial” (1999). Asesor técnico de Bloque–Concejo Municipal de Rosario (1999–2001). Inspección de obra “Movimiento de suelo en distintas localidades de la provincia de Santa Fe” (2003–2005). Inspección de obra “Construcción de cuatro alcantarillas – Ciudad de Casilda” (2005–2006). Grupo de Estudio sobre Transporte– “Nuevo Vínculo Vial Santa Fe – Santo Tomé” (2005–2006). Grupo de Estudio sobre Transporte–UTN Facultad Regional Santa Fe. “Plan Estratégico de Transporte Multimodal para la provincia de Santa Fe” (2006–2007). “Construcción de 279 viviendas y ejecución de la infraestructura de nexo y del conjunto” (2006) e “Inspección de obra “Reacondicionamiento Canal Los Llanos”. (2006–2007). Subsecretario de Transporte de la Ciudad de Santa Fe–Sec. de Planeamiento Urbano–(2007-2015). Representante de la Municipalidad de Santa Fe en el Consejo Asesor del Aeropuerto Sauce Viejo (2007-2015). Integrante de la Comisión de Control de la Concesión de la Terminal de Ómnibus Manuel Belgrano (2012-2015). Representante de la Municipalidad en la Comisión de diseño de Acceso a la Nueva Terminal Portuaria de Santa Fe (2010). Director Provincial de Transporte de Pasajeros–Gobierno de la Provincia de Santa Fe (2016-2019). Integrante del Grupo CETRAM-UTN (2005-actualidad). Asesor en la Comisión de Transporte de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe (2020-2023).

$ 650 512568 Dic. 14

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MUNICIPALIDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ

POSTULANTE PARA INTEGRAR EL TRIBUNAL DE

CUENTAS MUNICIPAL


En cumplimiento del Decreto D.M.M. 01423/13, se hace saber que mediante Resolución 0736/23 el Intendente de la ciudad de Santa Fe, postula al siguiente profesional para integrar el Tribunal de Cuentas Municipal.


POSTULANTE: PUYGROS, Gastón María - DNI N° 22.961.307. Contador Público Nacional, Matrícula Profesional N° 15030, egresado de la Universidad Nacional del Litoral (2004).


ACTUACIÓN PROFESIONAL: Empleado Administrativo de Club Tiempo Libre – Cadena Red Sport (1997-1999) y del Estudio Jurídico Dr. Avilé Crespo (200-2006). Gerente de Sucursal en Cooperativa Nuevo Siglo Ltda. (2006-2008). Empleado Administrativo Senior en Las Tacuaritas Mandataria S.R.L. (2008-2010).

Apoderado y Gerente Comercial en Mutual Group S.A. (2010-2016). Gerente de ANSES (2016-2019). Secretario de la Comisión de Desarrollo Social, Cultura, Educación, Salud, Derechos Humanos, Género y Diversidad en Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Santa Fe (2019-2021). Secretario de la Comisión de Gobierno y Seguridad Ciudadana en Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Santa Fe (2021-2023).


IDIOMAS: Inglés – Instituto Lenguas Vivas y Cultural Inglesa.

$ 150 512569 Dic. 14