picture_as_pdf 2023-12-05

PILAY S.A.


AVISO


POR LA PRESENTE SE COMUNICA E INFORMA A LOS EFECTOS LEGALES QUE PUDIERAN CORRESPONDER, QUE EL CONTRATO DE INCORPORACION AL SISTEMA DE ESFUERZO INDIVIDUAL Y AYUDA COMUN, N° 017 DEL GRUPO N° PV02, SUSCRIPTO EN FECHA 21/10/2021 ENTRE PILAY S.A. Y LOS SRES. HERNÁN ANDRÉS DOBLER DNI 25.497.096 Y CESAR JAVIER DOBLER DNI 29.113.745, HA SIDO EXTRAVIADO POR PARTE DE LOS SRES. HERNÁN ANDRÉS DOBLER Y CESAR JAVIER DOBLER.

$ 100 511818 Dic. 5 Dic. 6

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POR

EDUARDO ALBERTO RADATFI


El martillero Eduardo Alberto Radatfi comunica por 1 día que por cuenta y orden de FC/Compañía Financiera S.A. (artículo 39 Ley 12.962) y conforme artículo 2.229 del Código Civil y Comercial de la Nación subastarán por ejecución de prendas, el 21/12/2023 a partir de la 10hs., y en el estado que se encuentra. Los siguientes vehículos se exhiben de manera presencial en Ruta 36 KM 37,500, Centro Industrial Ruta 2, Berazategui, El Pato, Provincia de Buenos Aires los días 18,19 y 20 de Diciembre de 10 a 13 hs y de 14 a 17 hs: HERRERO VERONICA MARCELA; FIAT SIENA EL 1.4 12017; Dominio AB757QS; Base $ 2.600.000 - MISZCZUK HORACIO ARMANDO; FIAT PUNTO ATTRACTIVE 1.4 8V /2016; Dominio: AA540PY; Base $ 3.270.000 - LOZA RAFAEL ANDRES; FIAT MOBI 1.0 8V EASY /2017; Dominio AB344EI; Base $ 3.400.000 - IBARRA NELSON GABRIEL; FIAT PALIO (326) ATTRACTIVE 5P 1.4 8V /2017; Dominio AC047LM; Base $ 3.060.000.- De no existir ofertas se subastarán sin base. Comisión 10%. IVA sobre comisión. Saldo en 24 horas bajo apercibimiento de rescindir la operación con pérdida de las sumas entregadas a favor de la vendedora. Deudas de patentes impuestos e infracciones y trámites y gastos de transferencia, verificación policial, informes de dominio, grabado de autopartes y cristales, a cargo del comprador. Puesta en marcha, exhibición virtual, condiciones y características de la subasta en nuestra página www.radatti.subastasenvivo.com. En caso de existir algún inconveniente técnico- para la realización de la subasta, la misma se efectuará o reanudará el día 22/12 a las 10 horas. Para ingresar al lugar de exhibición de los vehículos se deberá presentar el Documento de Identidad. El comprador constituirá domicilio en la Capital Federal. Buenos Aíres, 29/11/23.

$ 80 511837 Dic. 5

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COMUNA de MAGGIOLO

JUZGADO DE FALTAS


AVISO


En cumplimiento de aplicar y ejecutar la ordenanza 58/2023 y Ley 11.856 de compactación de motovehículos secuestrados desde hace más de seis (6) meses que se publicaron en su debido tiempo y en forma por el jefe comunal, se anexa la planilla de los mismos, basándose en el art. 5 “B” de la ordenanza 58/2023, por el número de acta. Luego de la publicación por el BOLETÍN OFICIAL, quienes puedan acreditar la titularidad de la misma, presentarse dentro de las 48 horas en el Juzgado de Faltas sito en calle Mariano Castex N° 459.

$ 53 511701 Dic. 5 Dic. 6

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COMUNA DE LOS MOLINOS


AVISO



LA COMUNA DE LOS MOLINOS, DEPARTAMENTO CASEROS, PROVINCIA DE SANTA FE, CONVOCA POR EL TERMINO DE 30 DIAS CORRIDOS, A PARTIR DEL LUNES 4/12/2.023, A QUIENES REVINDIQUEN DERECHOS DE: PROPIEDAD, POSESION, HEREDERO Y/O CESIONARIO, ETC. PARA QUE DEBIDAMENTE DOCUMENTADO HAGAN VALER SUS POSIBLES DERECHOS, SOBRE LOS INMUEBLES UBICADOS EN EL DISTRITO LOS MOLINOS, EMPADRONADOS BAJO LAS P.I.I. QUE SE ENUNCIAN A CONTINUACION:

18-04-00396.844/0000 -18-04-00-396.866/0000 -18-04-00396.617/0002 -18-04-00-396.617/0003 -18-04-00-396.617/0004 -18-04-00-396.617/0005 -18-04-00-396.617/0006 -18-04-00-396.617/0007 -18-04-00-396.617/0008 -18-04-00-396.617/0009-18-04-00-396.617/0010-18-04-00-396.617/0011 -18-04-00-396.839/0003 -18-04-00-396.832/0000 -18-04-00-396.926/0002 -18-04-00-396.832/0000 -18-04-00-396.821/0000- 18-04-00-396.819/0003 -18-04-00-396.895/0000 -18-04-00-396.914/0003 -18-04-00-396.915/0000 -18-04-00-396.895/0000-

QUIENES ALEGUEN DERECHO SOBRE DICHOS TERRENOS, PODRÁN DEDUCIR OPOSICIÓN ADHINTANDO LA DOCUMENTAL PERTINENTE Y ACREDITANTE EN LA SEDE DE LA COMUNA DE LOS MOLINOS, PROVINCIA DE SANTA FE, SITA EN CALLE BV. NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO N° 210, LOS MOLINOS, DE LUNES A VIERNES DE 7 A 12 HS., DENTRO DE LOS DIEZ (10) DÍAS HÁBILES ADMINISTRATIVOS POSTERIORES A LA FECHA DE LA ULTIMA PUBLICACIÓN. FIRMADO: JORGE DANIEL PALADINI, PRESIDENTE/A COMUNAL, SILMARA FERNÁNDEZ, SECRETARIO/A.

$ 590 511730 Dic. 5 Dic. 19

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JUNTA DE DISCIPLINA PARA EL PERSONAL DOCENTE


EDICTO NOTIFICATORIO


La Secretaría de la Junta de Disciplina para el Personal Docente notifica por este medio a la Sra. Silva, Zulma Evangelina, DNI Nº 22.395.317, con domicilio desconocido, la nómina actual de los miembros que integran el Cuerpo:


Sra. Gabriela G. Dupráz

Sr. Sergio Doktorowicz

Sra. Alejandra Soso

Sra. Andrea Luján

Sra. Mariel del Blanco

Dicha Junta tendrá a su cargo el tratamiento del Expte. Nº 00416-0181021-0, caratulado: “INICIADOR: ESCUELA EDUCACION TECNICA PROF NRO 680; FECHA DE INICIO: 2016/12/29; CONCEPTO: REF.: SITUACION PROF SILVA ZULMA”. en el que Ud. se halla involucrada.

Se remite la presente, a los fines de cumplir con lo establecido en el art. 50 de la Ley 10.290 que se transcribe a continuación: “Los miembros de la Junta de Disciplina podrán ser recusados y deberán excusarse por causas debidamente fundamentadas. Los casos de recusación y excusación deberán ser resueltos en la misma Junta”.-

S/C 41394 Dic. 05 Dic. 06

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EDICTO NOTIFICATORIO


La Secretaría de la Junta de Disciplina para el Personal Docente notifica por este medio a la Sra. Veliz, María del Carmen, DNI Nº 20.215.971, con domicilio desconocido, la nómina actual de los miembros que integran el Cuerpo:


Sra. Gabriela G. Dupráz

Sr. Sergio Doktorowicz

Sra. Alejandra Soso

Sra. Andrea Luján

Sra. Mariel del Blanco

Dicha Junta tendrá a su cargo el tratamiento del Expte. Nº 00414-0080984-8, caratulado: “INICIADOR: PADRES ALUMNOS JARDIN DE INFANTES NRO 33; FECHA DE INICIO: 2018/06/13; CONCEPTO: REF.: DENUNCIAN IRREGULARIDADES DOCENTE VELIZ MARIA DEL CARMEN”. en el que Ud. se halla involucrada.

Se remite la presente, a los fines de cumplir con lo establecido en el art. 50 de la Ley 10.290 que se transcribe a continuación: “Los miembros de la Junta de Disciplina podrán ser recusados y deberán excusarse por causas debidamente fundamentadas. Los casos de recusación y excusación deberán ser resueltos en la misma Junta”.-

S/C 41395 Dic. 05 Dic. 06

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EDICTO NOTIFICATORIO


La Secretaría de la Junta de Disciplina para el Personal Docente notifica por este medio a la Sra. Diz, Lorena Andrea, DNI Nº 23.807.241, con domicilio desconocido, la nómina actual de los miembros que integran el Cuerpo:


Sra. Gabriela G. Dupráz

Sr. Sergio Doktorowicz

Sra. Alejandra Soso

Sra. Andrea Luján

Sra. Mariel del Blanco

Dicha Junta tendrá a su cargo el tratamiento del Expte. Nº 00401-0268773-4, caratulado: “INICIADOR: COORDINACION AUSENCIAS PERSONAL ESCOLAR; FECHA DE INICIO: 2016/10/21; CONCEPTO: REF.: AUDITORIA: AUSENCIAS INCURRIDAS AGENTE: DIZ, LORENA ANDREA ART. 44ª DCTO NRO 4597/83”. en el que Ud. se halla involucrada.

Se remite la presente, a los fines de cumplir con lo establecido en el art. 50 de la Ley 10.290 que se transcribe a continuación: “Los miembros de la Junta de Disciplina podrán ser recusados y deberán excusarse por causas debidamente fundamentadas. Los casos de recusación y excusación deberán ser resueltos en la misma Junta”.-

S/C 41396 Dic. 05 Dic. 06

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COMUNA DE PIAMONTE


ORDENANZA Nº 28/23


VISTO:

La necesidad de reformar el régimen tributario en lo que respecta a Estructuras Portantes de Antenas de comunicación y/o telecomunicación y/o radiocomunicación u otra índole, instaladas o a instalarse dentro del ejido municipal, establecido por la Ordenanza N° 39/12 y sus modificatorias, atento al incremento de los costos operativos en la calidad de los servicios respectivos y;


CONSIDERANDO:

Que es un deber de esta Comisión Comunal regular los mecanismos de control y análisis relativos a la Verificación e Inspección de las Estructuras Soporte de Antenas, como así también las obligaciones tributarias de las empresas titulares, que han visto aumentados sus ingresos teniendo en consideración el crecimiento económico verificado en los últimos tiempos, el cual es de público conocimiento, y en virtud de los servicios prestados con dichas estructuras;

Que es voluntad de esta Administración ordenar la recaudación de modo tal que, siguiendo criterios de justicia, y con la mira puesta en la más eficaz atención al vecino, velando por su seguridad y bienestar, se pueda mejorar la calidad de vida de todos ellos;

Que, en consecuencia, este Departamento Ejecutivo ha encarado medidas tendientes a cumplimentar dichos objetivos;


POR TODO ELLO:

LA COMISION SANCIONA Y PROMULGA LA SIGUIENTE

ORDENANZA


Artículo 1º: Modifíquese el Artículo N° 6 de la Ordenanza N° 39/12, y sus modificatorias, Título “TASA DE CONSTRUCCIÓN Y REGISTRACIÓN POR EL EMPLAZAMIENTO DE ESTRUCTURAS SOPORTE DE ANTENAS Y EQUIPOS COMPLEMENTARIOS DE TELECOMUNICACIONES”, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Hecho imponible:

Artículo 6°: a) Por los servicios de análisis dirigidos a verificar el cumplimiento de los requisitos o documentación necesaria para la construcción y registración del emplazamiento de estructuras soporte de antenas y sus equipos complementarios (cabinas y/o shelters para la guarda de equipos, grupos electrógenos, cableados, antenas, riendas, soportes, generadores, y cuantos más dispositivos técnicos fueran necesarios), se abonará por única vez la presente tasa fijada en el importe de $ 450.000.- (Pesos Cuatrocientos Cincuenta Mil).

b) Por los servicios de análisis dirigidos a verificar el cumplimiento de los requisitos o documentación necesaria para la construcción y registración del emplazamiento de estructuras soporte de wicaps o similares, se abonará por única vez la presente tasa fijada en el importe de $ 190.000.- (Pesos Ciento Noventa Mil).

Las adecuaciones técnicas que requieran las instalaciones de los prestadores de telecomunicaciones (tales como la instalación de grupos electrógenos, nuevos cableados, antenas adicionales, riendas, soportes, otros generadores, nuevo o reemplazo de equipamiento electromecánico en general y cuantos más dispositivos correspondan) no generarán la obligación del pago de una nueva tasa.


El pago de la tasa retributiva de estos servicios, reemplaza los derechos de construcción, de oficina, de habilitación y cualquier otro tributo que pudiera resultar de aplicación con motivo del emplazamiento de estructuras soporte de antenas y sus equipos complementarios.

Artículo 2º: Modifíquese el Artículo N° 9 de la Ordenanza N° 39/12, y sus modificatorias, Título “TASA DE VERIFICACIÓN POR EL EMPLAZAMIENTO DE ESTRUCTURAS SOPORTE DE ANTENAS Y EQUIPOS COMPLEMENTARIOS DE TELECOMUNICACIONES”, el cual quedará redactado de la siguiente forma:

Hecho imponible:

Artículo 9°: a) Por los servicios destinados a preservar y verificar la seguridad y las condiciones de registración de cada estructura soporte de antenas y sus equipos complementarios se abonará anualmente la presente tasa por un importe de $ 579.000.- (Pesos Quinientos Setenta y Nueve Mil), venciendo el 10 de enero de cada año.

b) Por los servicios destinados a preservar y verificar la seguridad y las condiciones de registración de cada estructura soporte de wicaps o similares y sus equipos complementarios se abonará anualmente la presente tasa por un importe de $ 220.000.- (Pesos Doscientos Veinte Mil), venciendo el 10 de enero de cada año.

Se establece, en forma expresa, la retroactividad de esta tasa al 1 de enero del año en curso, toda vez que el Departamento Ejecutivo ha realizado trabajos de fiscalización sobre las obras civiles existentes dentro del ejido, que justifican el cobro del período correspondiente al presente año calendario. A estos fines, se delega y faculta al Presidente Comunal, la fijación y notificación al Contribuyente de la fecha efectiva de pago, a través de Servicios Comunales S.A., quien realizará la gestión de cobro de acuerdo a lo dispuesto en el contrato de locación de servicios entre esa Empresa y la Comisión Comunal.

Artículo 3º: Elévese, a los efectos que corresponda, publíquese y cumplido, archívese.

Dado en la Sala de Presidente de la Comuna de Piamonte, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés.

$ 900 511968 Dic. 05

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