VETERINARIA GRANDE S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Se hace saber, que en los autos “VETERINARIA GRANDE S.R.L. S/ CESION DE CUOTAS SOCIALES, CAMBIO DE SEDE SOCIAL, AUMENTO DE CAPITAL, DESIGNACION DE AUTORIDADES, MODIFICACION AL CONTRATO SOCIAL (CL. 1°, 2°, 5°, 11°, 13° Y 20°) Y NUEVO TEXTO ORDENADO” CUIJ 21-05396203-0, en trámite por ante el Registro Público de Rafaela, se inscribe la decisión tomada por la sociedad Veterinaria Grande S.R.L., la cual fuera aprobada por unanimidad por la totalidad de sus socios mediante instrumento de fecha 20/09/2023, como así también por reunión de socios Nº 46 de la misma fecha, en los siguientes términos: 1) Aumento del Capital Social: en la suma de $ 484.000, con lo cual queda fijado en la suma total de $ 500.000. 2) Cesión de Cuotas: Alicia Ana María ZACHARY, DNI 13.476.023, CUIT 27-13476023-6, nacida el 9 de setiembre de 1957, de estado civil viuda, apellido materno Beninca, con domicilio en calle General Paz Nº 875 de la localidad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, VENDE, CEDE y TRANSFIERE a: i) Matías Alejandro GRANDE, argentino, DNI 28.574.030, CUIT 20-28574030-5 nacido el 15 de enero de 1981, de estado civil soltero, de apellido materno ZACHARY, con domicilio en calle Laserre Nº 862 de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, QUNIENTAS NOVENTA Y CUATRO (594) CUOTAS SOCIALES de capital, todas de valor cien pesos ($100) cada una de ellas, que tienen y les corresponde en la sociedad "VETERINARIA GRANDE SRL"; y a ii) Cecilia Beatriz PARRA, argentina, DNI 29.334.535, CUIT 20-29334535-6, nacida el 19 de marzo de 1982, de estado civil divorciada, con domicilio en calle Laserre Nº 862 de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, TREINTA Y UN (31) CUOTAS SOCIALES de capital, todas de valor cien pesos ($100) cada una de ellas, que tienen y les corresponde en la sociedad "VETERINARIA GRANDE SRL"; 2) Precio de la Cesión: PESOS CIEN MIL ($ 100.000); 3) Designación de Socio Gerente: Sr. Matías Alejandro GRANDE, argentino, DNI 28.574.030, CUIT 20-28574030-5 nacido el 15 de enero de 1981, de estado civil soltero, de apellido materno ZACHARY, con domicilio en calle Laserre Nº 862 de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe; 4) Cambio de la sede social: “PRIMERA: DENOMINACION Y SEDE SOCIAL: La sociedad girará bajo la denominación de "VETERINARIA GRANDE" Sociedad de Responsabilidad Limitada y tendrá su domicilio legal en jurisdicción de la ciudad de Rafaela, actualmente en Boulevard Roca Nº 241, pudiendo asimismo establecer agencias, sucursales y corresponsalías en cualquier parte del país o del extranjero.” 5) Reformulación artículos estatuto social: “SEGUNDA: DURACION: La duración de la Sociedad se fija en 78 (setenta y ocho) años a contar de su inscripción en el Registro Público, en consecuencia la sociedad tiene vigencia desde el 27 de octubre de 1977 hasta el 27 de octubre de 2055, pudiendo prorrogarse, cuya inscripción de acuerdo a la legislación vigente se solicitará antes del vencimiento del plazo.”; “CLAUSULA QUINTA: CAPITAL SOCIAL, SUSCRIPCION E INTEGRACION: El capital social se fija en la suma de $ 500.000.- (pesos quinientos mil) dividido en 5.000 (cinco mil) cuotas parte de $ 100.- (Pesos cien) cada una, suscriptas e integradas por los socios de la siguiente manera: Matías Alejandro Grande 4.969 (cuatro mil novecientas sesenta y nueve) cuotas ○ sea la suma de $ 496.900.- (Pesos cuatrocientos noventa y seis mil novecientos) y Cecilia Beatriz PARRA 31 (treinta y uno) cuotas sociales ○ sea la suma de $ 3.100.- (Pesos tres mil cien).”; “DECIMO PRIMERA: ADMINISTRACION: La administración, representación legal y dirección de los negocios sociales estará a cargo del socio Sr. Matías Alejandro Grande, quien reviste el carácter de gerente, quien obliga a la sociedad con su firma y sello social”; “DECIMO TERCERA: ATRIBUCIONES Y DEBERES DE LOS ADMINISTRADORES: Para el cumplimiento de sus funciones, el gerente tiene las más amplias facultades de administración y disposición, incluso las que requieran poderes especiales a tenor de los artículos 375 (con excepción de lo establecido en sus incisos a), b) y c) y 1191 del Código Civil y Comercial, y artículo 9º del Decreto Ley 5965/93. Podrá especialmente, operar con toda clase de entidades, financieras o crediticias, oficiales o privadas; facultándoselo para abrir o cancelar cuentas corrientes en instituciones bancarias; afianzar obligaciones; apelar resoluciones; ceder; comprar; conferir, revocar o sustituir mandatos con poderes especiales o generales; dar y tomar en comodato, leasing, locación, mutuo; gravar bienes muebles o inmuebles; incoar acciones administrativas o judiciales; integrar asociaciones empresarias; permutar; reconocer y renunciar derechos; representar en juicio; transferir; transar o transigir litigios, transmitir derechos; vender; y celebrar todos los demás actos convenientes para el cumplimiento del objeto social y realizar todo otro hecho o acto jurídico que haga adquirir derechos o contraer obligaciones a la sociedad. El gerente, como garantía de su gestión, mientras permanezca en sus funciones y hasta que sea aprobada su gestión por la asamblea, depositará en la Caja de la Sociedad, la suma de pesos Cincuenta mil ($ 50.000,00) en efectivo.”; “VIGESIMA: DISOLUCION: La sociedad se disuelve por cualquiera de las causales previstas en el artículo 94 de la Ley General de Sociedades, excepto si devienen las circunstancias expresadas en los supuestos de los incisos 6º, 7º, 8º y 9º del mismo artículo 96 de la ley 19.550, Ley General de Sociedades.” 6) Se aprobó un nuevo texto ordenado. El presente deberá publicarse por un día en el Boletín Oficial (Art. 10 Inc. “a”, ley 19.550).
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CRISJER S.A.
DESIGNACION DE DIRECTORES
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo de la Jueza Dra. Ma. Celeste Rosso, Secretaría del autorizante, a cargo de la Dra. Ma. Julia Petracco, por disposición de fecha 22 de Noviembre de 2023 en autos caratulados CRISJER S.A. s/ DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES, Expte. Nº 586/2023 se dispuso inscribir:
El Directorio designado por Acta de Asamblea General Ordinaria Nº 27 del 31 de Julio de 2023, para integrar el Directorio por un período de tres (3) ejercicios, y en los siguientes cargos:
DIRECTOR TITULAR –PRESIDENTE:
Marcela Julieta Sartor, DNI 21.419.578, con domicilio en Juan XXIII n° 319 de María Teresa, Santa Fe. CUIT 27-21419578-5.
DIRECTOR SUPLENTE:
Roberto Oscar Rodriguez, DNI 16.509.272, con domicilio en Juan XXIII n° 319 de María Teresa, Santa Fe, CUIT 20-16509272-5
Todos los miembros electos a los efectos del Art. 256 de la Ley General de Sociedades 19.550 dejan constituido domicilio especial en Juan XXIII n° 319 de María Teresa, Santa Fe, Departamento General López, Provincia de Santa Fe.
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CENTRO INTEGRADO GANADERO AGROPECUARIO S.R.L.
MODIFICACIÓN DE CONTRATO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Venado Tuerto, 1a Nominación, Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría a cargo de Dra. María Julia Petracco, se hace saber en los autos: CESIÓN DE CUOTAS SOCIALES - CAMBIO SOCIO GERENTE – CAMBIO DOMICILIO - MODIFICACIÓN CONTRATO SOCIAL, CUIJ 21-05794632-3 Expte. Nro. 580/2023, según lo dispuesto en resolución de fecha 22 de Noviembre de 2023, se ha dispuesto la publicación del siguiente edicto:
CESIÓN DE CUOTAS SOCIALES - CAMBIO SOCIO GERENTE – CAMBIO DOMICILIO - MODIFICACIÓN CLÁUSULA QUINTA
TEXTO ORDENADO
En la Ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe, a los 25 (veinticinco) días del mes de Setiembre de 2.023, se reúnen los Señores: CARLOS ALBERTO LORENZINI , de nacionalidad argentino, DNI Nº 14.843.988, apellido materno TENTONI , nacido el día 09 de Septiembre de 1.962 casado en primeras nupcias con MARIA FERNANDA FRANETOVICH , de profesión comerciante, CUIT 20-14843988-6, domiciliado en Calle República de Croacia Nº 663 , de la Ciudad de Venado Tuerto , Departamento General López, Provincia de Santa Fe; DANIELA MARINA LORENZINI, de nacionalidad argentina , DNI Nº 28.995.637 , apellido materno VIRGILI nacida el día 13 de Enero de 1.982, de estado civil casada en primeras nupcias con Guillermo Jose Biondi, de profesión empresaria , CUIT 27-28995637-4, domiciliada en calle Fray Luis Beltran Nº 354 de la Localidad de Berabevú, Departamento Caseros, Provincia de Santa Fe, MAGALI ANDREA LORENZINI, de nacionalidad argentina , DNI Nº 29.990.953 , apellido materno VIRGILI nacida el día 5 de Agosto de 1.983, de estado civil soltera, de profesión contadora , CUIT 27-29990953-6, domiciliada en calle General López Nº 164 de la Localidad de Berabevú, Departamento Caseros, Provincia de Santa Fe y NATALI DEL LUJAN LORENZINI, de nacionalidad argentina , DNI Nº 31.348.125 , apellido materno VIRGILI nacida el día 10 de Diciembre de 1.985, de estado civil soltera, de profesión empleada , CUIT 27-31348125-0, domiciliada en calle Jose Foresto Nº 145 de la Localidad de Chañar Ladeado, Departamento Caseros, Provincia de Santa Fe, todos hábiles para contratar, se reúnen a fin de convenir las siguientes modificaciones CESIÓN DE CUOTAS SOCIALES - CAMBIO SOCIO GERENTE – CAMBIO DOMICILIO- MODIFICACIÓN CLÁUSULA QUINTA- TEXTO ORDENADO.-
PRIMERO: ANTECEDENTES:
Inscripta en “CONTRATOS” el día 22-10-1997 al T.148 – Fº 13.722- Nº 1725 con un capital social de $ 6.000.- (pesos seis mil) dividido en 600 cuotas e $ 10 c/u v.n.-
MODIFICACIONES:
1). --Cesión Cuotas - Renuncia y Designación Gerentes - Cambio Sede Social -Ampliación Objeto. inscripta en “CONTRATOS” el día 23-10-1998- T.149- Fº 15.653- Nº 1.764.-
2).-Cesión de cuotas – Renuncia de un socio gerente - Prórroga inscripta en “CONTRATOS” el día 28-08-2002 al T II – Fº 07/08 Nº 264.-
3).-Cambio de Domicilio: inscripta en “CONTRATOS” el 10-08-2007 – T º 5 – Fº 092 – Nº 1.129.-
4).-Reconducción – Modificación de objeto – Aumento de capital: inscripta en “CONTRATOS” el 12-03-2014 - T º 11 – Nº 187 – Nº 2.236.-
Que los Sres. Carlos Alberto Lorenzini y Daniela Marina Lorenzini, declaran ser al momento de esta negociación los únicos socios de "Centro Integrado Ganadero Agropecuario S.R.L.", con un capital de pesos cuatrocientos veinte mil ($ 420.000.-) dividido en 42.000 (cuarenta y dos mil) cuotas de pesos diez ($10.-). cada una., teniendo cada uno la mitad.
SEGUNDO: Cesión de Cuotas: Que por intermedio del presente el Sr. CARLOS ALBERTO LORENZINI, socio de Centro Integrado Ganadero Agropecuario S.R.L., vende, cede y transfiere la totalidad de su capital representado por veintiún mil (21.000) cuotas de capital, de pesos diez ($10) cada una o sea pesos doscientos diez mil ($210.000) a favor de: NATALI DEL LUJAN LORENZINI, de nacionalidad argentina , DNI Nº 31.348.125 , apellido materno VIRGILI nacida el día 10 de Diciembre de 1.985, de estado civil soltera, de profesión empleada , CUIT 27-31348125-0, domiciliada en calle Jose Foresto Nº 145 de la Localidad de Chañar Ladeado, Departamento Caseros, Provincia de Santa Fe la cantidad de catorce mil (14.000) cuotas de capital, de pesos diez ($10) cada una o sea pesos ciento cuarenta mil ($140.000) y a favor de MAGALI ANDREA LORENZINI, de nacionalidad argentina , DNI Nº 29.990.953 , apellido materno VIRGILI nacida el día 5 de Agosto de 1.983, de estado civil soltera, de profesión contadora , CUIT 27-29990953-6, domiciliada en calle General López Nº 164 de la Localidad de Berabevú, Departamento Caseros, Provincia de Santa Fe la cantidad de siete mil (7.000) cuotas de capital, de pesos diez ($10) cada una o sea pesos setenta mil ($70.000).
Además DANIELA MARINA LORENZINI socia de Centro Integrado Ganadero Agropecuario S.R.L., vende, cede y transfiere una parte de su capital representado por siete mil (7.000) cuotas de capital, de pesos diez ($10) cada una o sea pesos setenta mil ($70.000) a favor de MAGALI ANDREA LORENZINI, de nacionalidad argentina , DNI Nº 29.990.953 , apellido materno VIRGILI nacida el día 5 de Agosto de 1.983, de estado civil soltera, de profesión contadora , CUIT 27-29990953-6, domiciliada en calle General López Nº 164 de la Localidad de Berabevú, Departamento Caseros, Provincia de Santa Fe.
Estas adquirentes, reciben de conformidad las cuotas transferidas equivalentes a veintiocho mil (28.000) cuotas de capital de pesos diez ($10) cada una, o sea pesos doscientos ochenta mil ($280.000), en la siguiente proporción: MAGALI ANDREA LORENZINI la cantidad de catorce mil (14.000) cuotas de capital, de pesos diez ($10) cada una o sea pesos ciento cuarenta mil ($140.000) y NATALI DEL LUJAN LORENZINI la cantidad de catorce mil (14.000) cuotas de capital, de pesos diez ($10) cada una o sea pesos ciento cuarenta mil ($140.000).
Dado que DANIELA MARINA LORENZINI Y CARLOS ALBERTO LORENZINI eran los únicos socios, y ante el acuerdo de nueva distribución de cuotas, no es necesario aplicar la PREFERENCIA que menciona la cláusula novena.
TERCERO: Precio y Condiciones: Que la presente cesión se efectúa sobre la base del valor nominal de las cuotas, esto es, pesos diez ($10) cada cuota; representando un valor total de pesos doscientos ochenta mil ($280.000).
CUARTO: Las partes compradoras o cesionarias, declaran conocer acabadamente el instrumento constitutivo que antecede al presente y el estado patrimonial y de resultados de la sociedad, tanto como sus obligaciones y créditos a la fecha, comprando en dicho estado y aprobando todo lo relativo a la gestión de la anterior administración y liberando expresamente al vendedor o cedente, CARLOS ALBERTO LORENZINI, de toda obligación para con la sociedad y/o eventuales responsabilidades de la sociedad y/o sus socios frente a terceros, asumiendo la parte compradora la más amplia obligación de garantía y saneamiento sobre lo acordado.
QUINTO: La Sra. Maria Fernanda Franetovich, argentina D.N.I. 20.849.615, en su calidad de cónyuge del Sr. Carlos Alberto Lorenzini, presente en este acto, presta su conformidad a la cesión efectuada por su cónyuge.
Además el Sr. Guillermo Jose Biondi, argentina D.N.I. 30.024.034, en su calidad de cónyuge de la Sra. Daniela Marina Lorenzini presente en este acto, presta su conformidad a la cesión efectuada por su cónyuge
SEXTO: Que como consecuencia de las decisiones tomadas, los socios deciden modificar la siguiente cláusula del Contrato Social que queda redactada de la siguiente manera: "Quinta: Capital: El capital social se fija en la suma de pesos cuatrocientos veinte mil ($420.000), dividido en cuarenta y dos mil (42.000) cuotas de pesos diez ($10) cada una, compuesto de la siguiente manera: la socia DANIELA MARINA LORENZINI, posee catorce mil (14.000) cuotas de capital de diez pesos ($10) cada una, o sea pesos ciento cuarenta mil ($140.000), la socia MAGALI ANDREA LORENZINI posee catorce mil (14.000) cuotas de capital de diez pesos ($10) cada una, o sea pesos ciento cuarenta mil ($140.000) y la socia NATALI DEL LUJAN LORENZINI posee catorce mil (14.000) cuotas de capital de diez pesos ($10) cada una, o sea pesos ciento cuarenta mil ($140.000).
SEPTIMO: Los vendedores declaran haber recibido en este acto los importes correspondientes a la operación de manos de los compradores, a quienes por lo tanto se le otorga el más eficaz recibo y carta de pago.
OCTAVO: Los socios manifiestan por unanimidad que los demás artículos que no han sido objeto de cambios, se ratifican en todo su contenido y extensión, pero no obstante haber expresado minuciosamente las modificaciones habidas, para una mayor claridad en el uso e interpretación del Contrato Social, proponen redactar todo el Texto Ordenado del mismo, incluyendo los cambios aprobados y las adecuaciones necesarias a raíz de la nueva normativa del Código Civil y Comercial Unificado vigente. A continuación, y a los efectos que correspondan se procede a la redacción definitiva del nuevo TEXTO ORDENADO
CAPITULO I
DENOMINACION - DOMICILIO - DURACION
PRIMERA: Denominación: La Sociedad girará bajo la denominación de “CENTRO INTEGRADO GANADERO AGROPECUARIO” S. R .L.-
SEGUNDO: Domicilio: La Sociedad tendrá su domicilio legal en la Ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe, pudiendo establecer agencias o sucursales en cualquier punto del país o del extranjero.-
TERCERA: Duración: El término de duración se fija en 30 (Treinta) años a partir de la inscripción de la Reconducción en el Registro Público de Comercio. ---
CAPITULO II
OBJETO - CAPITAL
CLAÚSULA CUARTA: Objeto social: La Sociedad tiene por objeto, ya sea por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, dentro y fuera del país a las siguientes actividades:
EXPLOTACIÓN AGRICOLA: mediante el cultivo de semillas, cereales y oleaginosas, sea en campos propios, de terceros y/o asociada a terceros. -
EXPLOTACIÓN GANADERA: cría, reproducción, compra y venta de hacienda vacuna y porcina.
SERVICIOS: La prestación de servicios agropecuarios a terceros tales como laboreos, movimiento de suelo, siembra, cosecha mecánica, fumigación y desinfección. -
A tales efectos la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos, negocios y contratos que se relacionen con su objeto y que no sean prohibidos por las leyes y/o por este Contrato.
CLAÚSULA QUINTA : Capital : El capital social se fija en la suma de pesos cuatrocientos veinte mil ($420.000), dividido en cuarenta y dos mil (42.000) cuotas de pesos diez ($10) cada una, compuesto de la siguiente manera: la socia DANIELA MARINA LORENZINI, posee catorce mil (14.000) cuotas de capital de diez pesos ($10) cada una, o sea pesos ciento cuarenta mil ($140.000), la socia MAGALI ANDREA LORENZINI posee catorce mil (14.000) cuotas de capital de diez pesos ($10) cada una, o sea pesos ciento cuarenta mil ($140.000) y la socia NATALI DEL LUJAN LORENZINI posee catorce mil (14.000) cuotas de capital de diez pesos ($10) cada una, o sea pesos ciento cuarenta mil ($140.000).
CAPITULO III
ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN
SEXTA: Administración, dirección y representación: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de Socio-Gerente o Gerente, según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual, indistintamente y alternativamente cualesquiera de ellos.- Los gerentes en el cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en los artículos 782 y 1881 del Código Civil y Decreto 5965/63 - Art. 9 con la única excepción de prestar fianzas, garantías y/o avales a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la Sociedad.-
SEPTIMA: Fiscalización - Reunión de socios: La fiscalización de la Sociedad estará a cargo de todos los socios.- En las deliberaciones por asuntos de la Sociedad, los socios expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentarán en un libro especial rubricado, que será el libro de Actas de la Sociedad, detallando los puntos a considerar.- Las decisiones se adoptarán según las mayorías establecidas por el Art.160 de la Ley 19.550.
CAPÍTULO IV
BALANCE Y DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES
OCTAVA: Balance General y Resultados: La Sociedad cerrará su ejercicio el 30 de Septiembre de cada año, fecha en la cual se confeccionará un Balance General, con sujeción a las normas legales y criterios técnicos usuales, en materia administrativa y contable, que exponga la situación patrimonial a ese momento, como así también un estado de resultados del ejercicio.- Una vez confeccionado el Balance General, la Gerencia convocarán a reunión de socios, a fin de ponerlo a disposición de éstos para su conocimiento y consideración, en las condiciones establecidas en la cláusula séptima.- Si por circunstancias imprevistas o falta de quórum, la reunión no pudiera realizarse, el Balance se considerará automáticamente aprobado si, dentro de los diez (10) días corridos a contar desde la fecha fijada para la reunión de socios, no fuera objetado por la mayoría del capital social, objeciones que, en tal caso, deben efectuarse por escrito y fundadas.- El Balance deberá ser considerado dentro de los ciento veinte (120) días de cerrado el ejercicio y puesto a disposición de los socios con quince (15) días de anticipación.- Si el ejercicio arrojara ganancias, de éstas se destinará el cinco por ciento ( 5%) para la constitución de la "Reserva Legal", hasta que la misma alcance al veinte por ciento (20%) del capital social.- Podrán constituirse además otras reservas facultativas que los socios decidan, movilizables, dentro de los términos del Art. 70 de la Ley 19.550 Salvo lo dispuesto por el Art. 71 de la misma Ley para el caso de existir arrastre de quebrantos de años anteriores, el remanente de ganancias se distribuirá entre los socios a prorrata de importes y tiempos de sus respectivas integraciones de capital, acreditándose en sus cuentas particulares.- Si el ejercicio arrojara pérdidas, éstas se cargarán a las reservas especiales y, en su defecto, a la reserva legal, en cuyo caso no se distribuirán ganancias futuras hasta su total reintegro.- No contando ésta última con suficiente saldo el remanente se mantendrá en cuenta especial hasta que sea cubierto por futuras utilidades, teniendo presente al respecto, lo dispuesto por el Art. 71 de la Ley 19.550.- Las pérdidas de capital que insuman el capital social no importarán la disolución de la sociedad si los socios acuerdan su reintegro.
CAPÍTULO V
CESIÓN DE CUOTAS – FALLECIMIENTO E INCAPACIDAD
NOVENA: Cesión de cuotas: a) Entre los socios: Las cesiones de cuotas entre los socios podrán celebrarse con la única limitación del mantenimiento de las proporciones de capital existentes entre los socios continuadores.- Si algún socio desiste de la compra, los restantes podrán adquirirlas proporcionalmente a su participación social.- b) A terceros: Las que se otorgaren a favor de terceros estarán sujetas a las condiciones establecidas por la Ley 19550 en el art. 152.- Las cuotas de capital no podrán ser cedidas o transferidas a terceros, sin el consentimiento unánime de los socios.- c) Procedimiento de cesión o transferencia: El socio que se propone ceder sus cuotas deberá comunicar por medio fehaciente tal circunstancia a la gerencia y a sus consocios, estos últimos deberán notificar su decisión de compra en un plazo no mayor de treinta días, vencido el cual se tendrá por autorizada la cesión y desistida la preferencia.- En la comunicación que el socio cedente haga a gerencia y a sus consocios deberá indicar el nombre y apellido del interesado, precio y condiciones de la cesión y forma de pago.- A iguales condiciones los socios tienen derecho de preferencia de compra.- Se deberá dejar constancia en el libro de Actas de la Sociedad sobre la resolución que se hubiere adoptado y su posterior inscripción en el Registro Público de Comercio.- Los futuros titulares de cuotas de capital por suscripción, cesión u otro concepto cualquiera, no adquirirán por ese solo hecho funciones gerenciales o de administración. -
DECIMA: Fallecimiento é incapacidad: En caso de fallecimiento o por cualquier otra causa legal que importe el retiro o desvinculación de algunos de los socios , sus herederos o sucesores podrán optar a) Continuar en la Sociedad en lugar del socio fallecido, incapaz o ausente. En este caso los herederos, sucesores o sus representantes legales deberán unificar su personería y representación en un solo y único representante frente a la sociedad y en sus relaciones con la misma, quienes no tendrá las facultades de los socios gerentes ni de los liquidadores, o: b) Por retirase de la Sociedad percibiendo el valor proporcional que las cuotas del socio fallecido, incapaz o ausente tengan relación al Balance General que se practicará a la fecha del fallecimiento, incapacidad o declaración de ausencia del socio .Este Balance deberá ser confeccionado dentro de los 60 días de acaecida la muerte, incapacidad o declaración de ausencia, con citación de los herederos , sucesores o representantes, a cuyo efecto deberán los mismos actuar bajo una única y sola representación, unificando su personería.el importe resultante se abonará a los herederos, sucesores o representantes en 4 (cuatro) cuotas pagaderas, la primera de inmediato y las restantes a los seis , doce y dieciocho meses respectivamente, debidamente ajustables con el interés fijado por el Banco de la Nación argentina para préstamos de capital ajustable , no pudiendo pretender los herederos o sucesores participación alguna en las utilidades o beneficios sociales obtenidos con posterioridad al día del fallecimiento, declaración e insana o ausencia .El representante de los herederos podrá o no ser socio de la Sociedad, en caso de ser socio de la Sociedad quedará sin la prohibición establecida anteriormente de ser gerente o liquidador de la Sociedad. La decisión de los herederos deberá comunicarse por estos a la Sociedad en el término de 10 (diez) días de ocurrido el fallecimiento, declaración de insana o ausencia, con nombramiento del representante frente a la sociedad. En defecto de esta comunicación se entenderán que decidan continuar en la sociedad en las condiciones fijadas por éste artículo.-
CAPÍTULO VI
DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN - PROHIBICIONES DE LOS SOCIOS
DECIMA PRIMERA Disolución y liquidación: La Sociedad se disolverá por las causales de derecho establecidas por el Art. 94 de la Ley 19.550.- En tal caso, la liquidación se practicará por los gerentes en ejercicio en ese momento, salvo que los socios, por las mayorías establecidas en la cláusula séptima de este contrato, decidan nombrar un liquidador en cuyo caso lo harán dentro de los treinta (30) días de haber entrado la sociedad en este estado.- Los liquidadores actuarán de acuerdo con lo establecido en los Arts. 101 a 112 de la Ley 19.550 é instrucciones de los socios.- Realizado el activo y cancelado el pasivo, el saldo tendrá el siguiente destino: a) Se reembolsarán las cuotas de capital según su valor actualizado a moneda constante y b) El remanente se distribuirá entre los socios en proporción a la participación de cada uno en las ganancias.
DÉCIMA SEGUNA Prohibiciones a los socios: Queda terminantemente prohibido a los socios intervenir en ningún trabajo o actividad afín al objeto principal de la sociedad, fuera de la misma; salvo expresa autorización de los demás socios formalmente manifestada.- La utilidad proveniente de cualquier negocio realizado en trasgresión a esta cláusula se considerará utilidad de la sociedad, y habiendo pérdida serán de cuenta exclusiva del socio interviniente.-
DÉCIMA TERCERA: Diferencia entre los socios: Cualquier duda o divergencia que se suscitare entre los socios acerca de la interpretación del presente contrato o entre ellos y sus herederos, legatarios y/o representantes legales de un socio fallecido o incapacitado, durante la vigencia del mismo o al tiempo de la disolución, liquidación o partición de la sociedad, será sometida a la decisión de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Venado Tuerto, a cuya competencia se someten los socios, expresamente, renunciando a cualquier fuero de excepción, inclusive el Federal, si pudiere corresponder-
ACTA ACUERDO
En la ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe, a los 25 (veinticinco) días del Mes de Setiembre del 2023 se reúnen: DANIELA MARINA LORENZINI, de nacionalidad argentina , DNI Nº 28.995.637 , apellido materno VIRGILI nacida el día 13 de Enero de 1.982, de estado civil casada en primeras nupcias con Guillermo Jose Biondi, de profesión empresaria , CUIT 27-28995637-4, domiciliada en calle Fray Luis Beltran Nº 354 de la Localidad de Berabevú, Departamento Caseros, Provincia de Santa Fe, MAGALI ANDREA LORENZINI, de nacionalidad argentina, DNI Nº 29.990.953 , apellido materno VIRGILI nacida el día 5 de Agosto de 1.983, de estado civil soltera, de profesión contadora , CUIT 27-29990953-6, domiciliada en calle General López Nº 164 de la Localidad de Berabevú, Departamento Caseros, Provincia de Santa Fe y NATALI DEL LUJAN LORENZINI, de nacionalidad argentina , DNI Nº 31.348.125 , apellido materno VIRGILI nacida el día 10 de Diciembre de 1.985, de estado civil soltera, de profesión empleada , CUIT 27-31348125-0, domiciliada en calle Jose Foresto Nº 145 de la Localidad de Chañar Ladeado, Departamento Caseros, Provincia de Santa Fe, ACUERDAN POR UNANIMIDAD lo siguiente:
FIJACIÓN SEDE SOCIAL: conforme a la Cláusula Segunda se resuelve Fijar la Sede Social en calle Avellaneda N° 414 de la Ciudad de Berabevú Departamento Caseros, Provincia de Santa Fe.-.
DESIGNACIÓN DE GERENTE: Se resuelve designar como socio-gerente a DANIELA MARINA LORENZINI DNI Nº 28.995.637– CUIT 27-28995637-4 quién actuará de acuerdo a lo dispuesto en la Cláusula Sexta del Contrato Social.
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DOÑA EMILIA S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por estar así dispuesto en los autos caratulados "DOÑA EMILIA S.R.L. s/Modificación al Contrato Social", CUIJ N° 21-05211647-0, que se tramita por ante el Registro Público del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que DOÑA EMILIA S.R.L., mediante Acta de Reunión de Socios de fecha 19/10/2023, han resuelto lo siguiente: a) Reconducir la sociedad por el plazo de 10 años contados a partir de la inscripción de la reconducción en el Registro Público;b) Modificar la clausula de domicilio social, y c) Incorporar al Sr. Leandro Luis Propato como Socio Gerente. En consecuencia se resuelve modificar los artículos Primero, Segundo y Sexto del Contrato Social quedando redactados en la siguiente forma: “Artículo Primero: La sociedad se denomina “DOÑA EMILIA S.R.L.” y tiene su domiclio legal en la localidad de Colonia Belgrano (código postal 2257) Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe. Por disposición de los socios se pueden establecer sucursales, agencias, delegaciones, filiales y constituir domiclios especiales en cualquier parte del país o el extranjero”; Artículo Segundo: Artículo Segundo: Su plazo de duración es de Diez (10) años, contados a partir de la inscripción de la reconducción en el Registro Público. El plazo podrá ser prorrogado si así lo resuelve la mayoría del capital social, previa su inscripción en el organismo citado” , y Artículo Sexto – Administración y Representación: Para la administración y representación legal de la sociedad se designa por unanimidad como Gerentes a los señores GRACIELA OFELIA FRANCHINI y LEANDRO LUIS PROPATO quienes podrán actuar en forma indistinta”. Asimismo se resolvió: 1) Fijar el domicIlio social en la calle San Juan N° 841 de la localidad de Colonia Belgrano, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, y 2) Proceder a la redacción de un texto ordenado del Contrato Social, incorporando las modificaciones aprobadas en este acto y las resueltas en reuniones de socios anteriores.-
Lo que se publica a sus efectos por el término de ley.-
Santa Fe, 22 de Noviembre de 2.023 –
Dr. Jorge E. Freyre –
Secretario Registro Público
$ 820 511272 Nov. 24
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LACTEOS BRESCIALAT SOCIEDAD ANONIMA
ESTATUTO
Por estar así dispuesto en los autos caratulados "Lácteos Brescialat Sociedad Anónima s/Constituciónde sociedad", CUIJ Nº 21-05212559-3, año 2023, que se tramita por ante el Registro Público del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que se ha constituído la sociedad "LACTEOS BRESCIALAT SOCIEDAD ANONIMA":
Socia: COLAIACOVO, ALSIDES ANTONIO apellido materno Pegoraro, D.N.I. Nº 14.377.402, C.U.I.T.: 20-14377402-4, argentino, nacido el 30-03-1961, casado, comerciante, domiciliado en calle Rivadavia Nº 143 de la ciudad de Las Rosas, Departamento Belgrano, Provincia de Santa Fe; COLAIACOVO, MARTIN, apellido materno Peralta, D.N.I. Nº 30.233.976, C.U.I.T.: 20-30233976-8, argentino, nacido el 29-05-1984, soltero, comerciante, domiciliado en calle Paso de los Andes Nº 745 de la ciudad de Las Rosas, Departamento Belgrano, Provincia de Santa Fe; HERRERA, SERGIO OMAR, apellido materno Carmona, D.N.I. Nº 20.279.209, C.U.I.T.: 20-20279209-0, argentino, nacido el 24-12-1968, casado, tecnólogo, domiciliado en calle Remedios de Escalada San Martín Nº 14 de la ciudad de Totoras, Departamento Iriondo, Provincia de Santa Fe; y HERRERA, LEANDRO EZEQUIEL, apellido materno Mendez, D.N.I. Nº 38.239.802, C.U.I.T.: 20-38239802-6, argentino, nacido el 27-10-1994, soltero, Ingeniero en Alimentación, domiciliado en calle Sarmiento Nº 711 de la ciudad de Totoras, Departamento Iriondo, Provincia de Santa Fe
Fecha instrumento constitución: 25 de Octubre de 2023.-
Denominación: LACTEOS BRESCIALAT SOCIEDAD ANONIMA
Domicilio Legal: Ruta Nacional N° 19 Kilómetro 60 de San Pereira, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe.-
Objeto Social: Tiene por objeto las siguientes actividades: Industriales: Elaboración de productos lácteos y sus derivados, fabricados con materia prima de propia producción y/o de terceros; y Comerciales: Comercialización, distribución, exportación e importación de productos lácteos y agropecuarios, así como también sus derivados, de propia producción y/o de terceros.-
Duración: Noventa (90) años, contados a partir de su inscripción en el Registro Publico.
Capital: CUATROCIENTOS MIL ($ 400.000,00), representado por CUATROCIENTAS (400) acciones, de pesos: UN MIL ($1.000,00) de valor nominal, cada una.-
Administración y Fiscalización: Son designados por un período de tres (3) años: Presidente: Alsides Antonio Colaiacovo; y Director Suplente: Leandro Ezequiel Herrera. En cumplimiento del Art. 256 de la Ley 19.550, ambos fijan como domicilio el determinado en sus datos de identidad personales. Se prescinde de la Sindicatura.-
Organización de la Representación Legal: A cargo del Administrador Titular.-
Fecha cierre del ejercicio: 31 de Agosto de cada año.-
Fiscalización: A cargo de los accionistas.-
Santa Fe, 22 de Noviembre de 2.023 –
Dr. Jorge E. Freyre – Secretario Registro Público
$ 980 511276 Nov. 24
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TERRASOLE S.A.
INVERSIONES TOSTADO S.A.
FUSION POR ABSORCION
Se comunica que la sociedad INVERSIONES TOSTADO S.A., tenedora del 92,171 % de las acciones de TERRASOLE S.A., será absorbida por esta última mediante el proceso de fusión prevista en el art. 82 y concordantes de la ley general de sociedades N° 19.550, absorbiendo la totalidad de su patrimonio a excepción de las acciones de TERRASOLE S.A. en poder de INVERSIONES TOSTADO S.A., las que serán canceladas y reemplazadas por nuevas acciones a emitirse en favor de los accionistas de esta última sociedad, la que será disuelta sin liquidarse, conforme a lo previsto por el art. 82 de la ley 19.550. Las acciones en poder de INVERSIONES TOSTADO S.A. tienen un valor mayor al de su Patrimonio Neto. La fusión por absorción de las referidas sociedades ser realiza con efectos al 31 de agosto de 2023.
Sociedad absorbente: TERRASOLE S.A.
Sede Social: Olessio N° 1255, de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, constituida en la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, el 02 de Mayo de 2013, con una duración de 99 años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio, aprobada por Resolución Nº 403 de fecha 28 de mayo de 2013, de Inspección General de Personas Jurídicas Santa Fe, e inscripta en el Registro Público de Comercio de Reconquista (Santa Fe) bajo el Nº 645, folio 186, del libro 2º de S.A. Legajo 245, en fecha 07 de Agosto de 2013, y sus modificatorias aprobadas por Resolución Nº 277, de fecha 28 de marzo de 2014, e inscriptas en el Registro Público de Comercio, Bajo el Nº 690, folio 205, libro 2 de S.A., Legajo 245, en fecha 27 de mayo de 2014.
Sociedad absorbida: INVERSIONES TOSTADO S.A.
Sede Social: calle Olessio N° 1255, de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, constituida en la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, el 28 de Abril de 2017, con una duración de 99 años a partir de su inscripción en el Registro Público, aprobada por Resolución Nº 636 de fecha 05 de julio de 2017, de Inspección General de Personas Jurídicas Santa Fe, e inscripta en el Registro Público de Reconquista (Santa Fe) bajo el Nº 937, folio 308/309, del libro 2º de S.A., Legajo 298, en fecha 13 de Setiembre de 2017
El capital social de TERRASOLE S.A. se mantiene en $6.029.100, por cancelación de las acciones emitidas por TERRASOLE S.A., en poder de INVERSORES TOSTADO S.A., lo que genera su no incorporación al patrimonio de la absorbente.
El compromiso previo de fusión se suscribió el 6 de noviembre de 2023 y fue aprobado por la asamblea extraordinaria unánime de accionistas de TERRASOLE S.A. del 10 de noviembre de 2023 y por la asamblea extraordinaria unánime de accionistas de INVERSIONES TOSTADO S.A. del 10 de noviembre de 2023. Al 31 de agosto de 2023 el importe de los activos y pasivos de las sociedades, antes de la fusión, eran los siguientes:
TERRASOLE S.A (sociedad absorbente) Activo: $643.307.377,43, Pasivo: $80.333.396,62.
INVERSIONES TOSTADO S.A. (sociedad absorbida), Activo: $518.901.154,43 (incluye el valor de las acciones de Terrasole SA en su poder), Pasivo: $3.426.463,87.
Reclamos de ley: calle Olessio N° 1255, de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe,
El Directorio – El Directorio
$ 800 510612 Nov. 24
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ESPERANZA SERVICIOS S.A.P.E.M
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
Por estar así dispuesto en los autos caratulados: Esperanza Servicios S.A.P.E.M s/Designación de Autoridades, que se tramitan ante el Registro Público del Juzgado de 1era. Instancia en lo Civil y Comercial de la 1 era. Nominación de Santa fe, se hace saber que la sociedad Esperanza Servicios S.A.P.E.M por Asamblea General Ordinaria del 12 de Mayo de 2023 y por Asamblea General Extraordinaria del 22 de Septiembre de 2023, procedió a designar nuevas autoridades en el directorio y comisión fiscalizadora, quedando integrados de la siguiente forma:
Directorio: en representación de la Municipalidad de Esperanza, se designa a la Sra. Ana María de los Ángeles Meiners D.N.I 5.694.795 para ocupar el cargo de Presidente, Luciano Carlos Rezzoagli D.N.I 24.722.525 para el cargo de Vicepresidente y al Sr. Marino Horacio Schmidt D.N.I 14.455.359 ocupar el cargo de Director Suplente. Por la minoría accionaria se designa al Sr. Omar Enrique Esser D.N.I 10.958.645 para ocupar el cargo de Director Titular y al Sr. Néstor Fabián Álamo D.N.I 20.274.013 para el cargo de Director Suplente.
Comisión Fiscalizadora: se designa a la abogada María Norma Rostagno D.N.I. 10.057.345 y al CPN Víctor Manuel Lang D.N.I 10.245.970 para ocupar los cargos de titular y titular suplente, respectivamente en representación del consejo municipal, en representación del C.I.C.A.E al CPN Ricardo Juan Oeschger D.N.I 11.061.657 como miembro titular y al CPN José Alfredo Biassoni D.N.I 23.850.254 como miembro suplente y por la Federación de Entidades Vecinales al CPN. Gabriel Norberto Fernández D.N.I 23.850.232 como miembro titular y al abogado Darío Gabriel Fontana Paris D.N.I 25.903.667 como miembro suplente.
$ 80 511078 Nov. 24