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F&F AUTOMOTORES S.R.L.


CONTRATO


Autos “F&F AUTOMOTORES S.R.L. S/ CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD” - Expte. N° 2043 - Año 2023.

Por disposición del Juez de 1° Instancia en los Civil y Comercial, a cargo del Registro Público de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, se ha ordenado la siguiente publicación del contrato de constitución de F&F AUTOMOTORES S.R.L.:

1. Socios: El Sr. FACUNDO ANDRÉS PODIO; DNI N° 37.445.775, CUIT N° 20-37445775-7, argentino, estado civil casado en primeras nupcias con la Sra. Rocío Carboni, nacido el 17 de febrero de 1994, de 29 Años, domiciliado en calle Belgrano 6555 de la ciudad de Santa Fe, comerciante y el Sr. FACUNDO JAVIER ALZOGARAY, DNI N° 37.571.690, CUIT N° 23-37571690-9, argentino, soltero, nacido el 9 de junio de 1994, de 29 Años, domiciliado en calle J.M Zuviría 1784, de la ciudad de Santa Fe, comerciante.

2. Fecha de constitución: a los 6 días del mes de septiembre de 2023.

3. Denominación: F&F AUTOMOTORES S.R.L.

4. Domicilio y sede social: ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, con sede social en calle J.M Zuviría 1784 de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe.

5. Objeto Social: El objeto social será realizar por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros en la república Argentina y/o en el extranjero a las siguientes actividades:

a) Comercialización de Automotores: Compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, comisión, representación de automotores, motores, acoplados, tractores, motocicletas, motonetas, lanchas y rodados en general, nuevos y usados, con financiación propia o de terceros, la promoción y comercialización de sistemas de planes de ahorro, de grupo cerrado o abierto, administrados por terceros y tareas inherentes al mismo; b) Reparación de Automotores: Servicio integral de automotores, incluyendo todas las reparaciones y mantenimiento inherente a esos rodados, ya sea en la parte mecánica, eléctrica, tapicería, accesorios, reparación o recambio de partes de carrocerías, su pintura, lustrado, terminación, recambio de cristales y alineación de direcciones. Acondicionamiento de automotores cero kilómetros y usados, prestación de servicios técnicos asistenciales de post venta y posteriores servicios de garantías, por cuenta y orden de concesionarios oficiales, ajustándose esos trabajos a las especificaciones de fábrica. Colocación de equipos de GNC, taller de chapería y taller de pintura; c) Comercialización de Repuestos: Compraventa, comercialización, permutas, consignaciones y representaciones de repuestos y accesorios, cubiertas, cámaras, motores, combustibles, lubricantes, lavado y engrase de vehículos, incluida la explotación de estaciones de servicio, así como productos y subproductos, mercaderías industrializadas o no en general, y cualquier otro artículo para vehículos automotores, sin restricción ni limitación alguna, su importación y exportación; y d) Alquiler y préstamo de vehículos automóviles. A tal efecto para la consecución de su objeto, la Sociedad tiene plena capacidad para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todos los actos jurídicos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato.

6. Plazo: 99 años, contados a partir de la inscripción en el Registro Público.

7. Capital social: $500.000, que se divide en 5.000 cuotas de $ 100 valor nominal cada una, las que son suscriptas e integradas en partes iguales por el Sr. FACUNDO ANDRÉS PODIO y el Sr. FACUNDO JAVIER ALZOGARAY.

8. Administración y Representación: a cargo del Gerente FACUNDO JAVIER ALZOGARAY.

9. Fecha de cierre del ejercicio: 31 de agosto de cada año.

Santa Fe, 3 de noviembre de 2023

$ 200 510504 Nov. 09


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AERO LC S.A.S.


ESTATUTO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados AERO LC S.A.S. S/ Constitución de Sociedad que tramita ante el Registro Público de Rafaela, Expte. Nº 746/2023 se hace saber que se ha ordenado la siguiente publicación:

1. FECHA DEL INSTRUMENTO: 20 de OCTUBRE de 2023.

2. SOCIOS: EZEQUIEL NICOLÁS BRUNO, apellido materno “Schaberger”, nacido el 04 de noviembre de 1994, D.N.I. Nº 38.449.309, CUIT Nº 20-38449309-3, argentino, de profesión ingeniero agrónomo, soltero, domiciliado en calle Los Inmigrantes N° 907, de la ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe, correo electrónico ezebruno94@hotmail.com.

3. DENOMINACION: La sociedad se denomina “AERO LC S.A.S.”

4. DOMICILIO: calle Lotufo Nº 269, de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe.

5. PLAZO DE DURACIÓN: Su duración es de noventa y nueve (99) años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público.

6. OBJETO: Tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el exterior, en establecimientos propios o ajenos, a la siguiente actividad: Actividad aeronáutica civil y comercial, vinculada con el empleo de aeronaves privadas, a cuyo fin podrá: i) realizar transporte aéreo no regular de pasajeros, carga y correo, nacional e internacional, de reducido porte; ii) prestar servicios de traslado aéreo de pacientes (vuelos sanitarios) en las condiciones que establezca la autoridad aeronáutica competente para tal fin; iii) brindar toda clase de servicios de trabajo aéreo en todas sus modalidades, propaganda aérea comercial, aerofotografía, control de tendido eléctrico, filmación; iv) Servicios de apoyo aéreo a las actividades industriales: agrícolas y trabajos aéreos de Aero aplicación, fumigación y espolvoreo para el combate de placas agrícolas e incendios forestales; v) realizar la organización, puesta a punto, desarrollo y dirección de las aéreas de comercialización, operaciones y mantenimiento de las empresas de administración de aeropuertos en cualquier punto de la Nación Argentina y la explotación en forma directa y/o indirecta de todos los servicios comerciales internos que en ella pudieran realizarse; vi) intervenir en procesos de enseñanza, como formadores del área aeronáutica-práctica de actividades aeronáuticas en todos sus niveles educacionales, relacionadas con el vuelo, servicio de abordo, pilotaje, simuladores de vuelo, técnicos de vuelo y mantenimiento, rampa, auxiliares de abordo, administraciones de empresas aeronáuticas, aeropuertos, entre otras; vii) construir, habilitar y operar talleres aeronáuticos e instalaciones apropiadas que sean necesarios o adquirir y/o arrendar otros ya establecidos, con las habilitaciones técnicas que lo requieran; asimismo podrá brindar asesoramiento técnico y mantenimiento de aeronaves a cuyo fin podrá mantener, inspeccionar, calificar, reparar, controlar las aeronaves, motores, repuestos, equipos, instrumentos y accesorios en todos sus tipos y formas; viii) construir, operar y comercializar todo lo referente a nuevas tecnologías vinculadas a diversos tipos de vehículos aéreos no tripulados (drones, vant) o similares de manera autónoma o controlado y todo lo relacionado a la robótica aplicado en aviación. Para cumplir con su objeto, la sociedad goza de plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y, por tanto, se encuentra en aptitud de realizar toda clase de actos jurídicos, celebrar todo tipo de contratos y operaciones relacionadas con dicho objeto que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. Se deja expresamente establecido que la sociedad no podrá realizar las actividades previstas en el artículo 299 inc. 5 de la Ley General de Sociedades. Cuando los Trabajos y/o Servicios, en razón de la materia o como consecuencia de las disposiciones legales vigentes lo requieran serán hechos por profesionales matriculados en cada especialidad.

7. CAPITAL: El capital social es de pesos un millón con 00/100.- ($ 1.000.000,00.-), representado por un millón (1.000.000) acciones de pesos uno con 00/100.- ($ 1,00.-), valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de los socios conforme artículo 44 Ley 27.349.

8. ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN: La administración está a cargo de una (1) a cinco (5) personas humanas, socios o no, cuyo número se decidirá por el órgano de gobierno al tiempo de su designación. La representación está a cargo de una persona humana designada como representante por el órgano de gobierno. Debe designarse igual número de suplentes, que se incorporan en el orden de su elección en caso de ausencia o impedimento de los titulares. Duran en su cargo por tiempo indeterminado, hasta tanto sean reemplazados. Cuentan con todas las atribuciones conferidas por las normas de fondo, incluidas aquellas para las que se requiere poder especial, con la sola limitación de decidir actos de disposición o gravamen sobre bienes de la sociedad, actos éstos que requieren conformidad de la totalidad de los socios. La asamblea fija su remuneración. Administrador y Representante Titular: EZEQUIEL NICOLÁS BRUNO, apellido materno “Schaberger”, nacido el 04 de noviembre de 1994, D.N.I. Nº 38.449.309, CUIT Nº 20-38449309-3, argentino, de profesión ingeniero agrónomo, soltero, domiciliado en calle Los Inmigrantes N° 907, de la ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe, correo electrónico ezebruno94@hotmail.com. Administrador Suplente: PABLO EZEQUIEL BRUNO, apellido materno “Bañón”, nacido el 01 de mayo de 1971, D.N.I. Nº 22.183.303, CUIT Nº 20-22183303-2, argentino, de profesión productor agropecuario, casado en 2º nupcias con Roxana Andrea Arrieta, domiciliado en calle Corrientes Nº 917, de la ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe, correo electrónico pabloebruno@wilnet.com.ar.

9. FISCALIZACIÓN: La sociedad prescindirá de Sindicatura, teniendo los accionistas la facultad prevista en el artículo 55 LGS.

10. FECHA DE CIERRE DEL EJERCICIO: 30 de setiembre de cada año.

Rafaela, 06/11/2023.

$ 160 510477 Nov. 09

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LA ZULE S.A.


MODIFICACION DE CONTRATO


Por estar así dispuesto en autos caratulados: “LA ZULE S.A. s/Modificación Al Contrato Social”, expediente N° 2297/2023, CUIJ 21-05212516-9, en trámite ante el Registro Público de la ciudad de Santa Fe se hace saber que por Acta de Asamblea General Extraordinaria Unánime de fecha 05/10/2023 se ha procedido a la ratificación de lo aceptado por Asamblea General Ordinaria de fecha 05/02/2021 y actuado en escritura N° 22 de fecha 12/05/2021 donde se realizó la aceptación de la transferencia de la totalidad de las partes indivisas que cada uno tiene y le corresponden a Zulema Ana Besso, Adrián Pablo Donzino y Cristian David Donzino, ubicados en Distrito San Jorge, departamento San Martín, provincia de Santa Fe, cuyas partidas se detallan seguidamente: 120800-166507/0008-6; 120800-166507/0005-9; 120800-166507/0010-1; 120800-166507/0006-8; 120800-164196/0004-0; 120800-164196/0005-9; 120800-164196/0007-7; 120800-163995/0013-2; 120800-164321/002-4; 120800-165140/0001-5; 120800-165140/0002-4; 120800-164460/0002-6; a titulo de aporte de Capital por un monto equivalente a pesos veintrés millones doscientos setenta y cuatro mil doscientos ($ 23.274.200,00). Se resuelve por unanimidad la modificación de la cláusula SEGUNDA del Acta constitutiva, la que queda redactada de la siguiente forma: “SEGUNDA: el plazo de duración de la sociedad será de noventa y nueve (99) años contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público”; modificación cláusula CUARTA del Acta Constitutiva la que queda: “CUARTA: El Capital Social se fija en la suma de $ 23.574.200,00, representado por 235.742 acciones $ 100 de valor nominal cada acción. El Capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto conforme al Art. 188 de la Ley 19.550.”; además se resuelve por unanimidad la modificación de la cláusula DECIMA SEGUNDA del Acta Constitutiva la que queda redactada de la siguiente forma: “DECIMA SEGUNDA: El Directorio tiene todas las facultades para administrar, disponer de los bienes incluso de aquellos para los cuales la Ley requiere poderes especiales conforme el articulo 375 del Código Civil y Comercial. Pueden en consecuencia celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, entre ellos: operar con todas las instituciones de créditos oficiales y/o privadas existentes o a crearse, establecer agencias, sucursales u otra especie de representación, dentro o fuera del país, otorgar a una o más personas poderes generales, especiales o judiciales; inclusive para querellar criminalmente o extrajudicialmente con el objeto y extensión que juzgue conveniente. La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio. Cuando existiere el Vicepresidente, ambos el Presidente y el Vicepresidente tendrán el uso de la firma social en forme individual, indistinta y alternativa. El uso de la firma social se fija conforme a lo establecido en el art. 268 de la Ley 19.550.” La Asamblea por unanimidad resuelve modificar los apartados Emisión de Acciones; Suscripción de Acciones e Integración, los que quedan redactados de la siguiente manera: EMISION DE ACCIONES: La Asamblea resuelve emitir en la fecha y en este acto la cantidad de 235.742 acciones de $ 100 cada una y de 1 voto cada una, lo que equivale a $ 23.574.200,00 con las limitaciones de las cláusulas tercera a octava del presente Estatuto. Las acciones que se emiten son nominativas no endosables. SUSCRIPCION DE ACCIONES: Los señores socios tienen ya suscripto el capital de $ 23.574.200,001. equivalente a 235.742 acciones ordinarias, nominativas no endosables de $ 100 cada una y de 1 voto cada una, correspondiendo a cada socio un número de acciones conforme al siguiente detalle: CRISTIAN DAVID DONZINO, 115.513,58 acciones de $ 100 cada una, equivalentes a $ 11.551.358,00, nominativas no endosables de 1 voto, representativas del 49%; ADRIÁN PABLO DONZINO, 115.513,58 acciones de $ 100 cada una, equivalentes a $ 11.551.358,00, nominativas no endosables de 1 voto, representativas del 49% y ZULEMA ANA BESSO, 4714,84 acciones de $ 100 cada una equivalentes a $ 471.484,00 nominativas no endosables de 1 voto representativas del 2%. INTEGRACION La integración ha sido hecha en un 100% en este acto y de la siguiente, manera: $ 300.000 corresponden al Capital Social suscripto e integrado originalmente y $ 23.274.200,00 provienen de la cuenta Aportes para Futura Capitalización.

Se ratifican las restantes cláusulas del Acta Constitutiva inscripta en el Registro Público el 14/09/2018, bajo el N° 2205, folio 338, Libro 12 de Estatutos de Sociedades Anónimas, Legajo 4263. Santa Fe, 02 de noviembre de 2023. Dr. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 200 510161 Nov. 9

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MAQUINAS CANCILLIERI S.R.L.


CONTRATO


En la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, a los 19 días del mes de octubre de 2023, DIEGO ANDRES CANCELLIERI, nacido el 09-07-1975, soltero, argentino, profesión comerciante, con domicilio en la calle Cedros 2169 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, D.N.I.: 24.386.638; CUIT Nº 20-24386638-4 y la Sra. María Laura Cancellieri, nacida el 13-02-1977. estado civil casada en primeras nupcias con Cristian Alberto Vicente, DNI 24.186.021, argentina, de profesión reparadora de máquinas de uso general, con domicilio en la calle Felipe More 3374 de la localidad de Rosario, provincia de Santa Fe, D.N.I.: 25.712.531, CUIT Nº 27-25712531-4, ambos hábiles para contratar, convienen de mutuo acuerdo, la formación de una Sociedad de Responsabilidad Limitada, con arreglo a la Ley 19550, y en especial al siguiente articulado:

PRIMERO: Denominación: A partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio, declaran constituida y con existencia legal, una sociedad comercial bajo la denominación de “MAQUINAS CANCELLIERI S.R.L.”

SEGUNDO: Objeto social: La sociedad tiene por objeto: VENTA POR MENOR DE MAQUINAS DE COSER FAMILIARES E INDUSTRIALES Y COMPLEMENTARIOS DE ESTAS, COMO ASI TAMBIEN SU REPARACION. TERCERO: Duración: La sociedad se constituye por el término de 50 (cincuenta) años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

CUARTO: Domicilio: El domicilio legal se establece en Avenida Pellegrini 3831 de la ciudad de Rosario, sin perjuicio de las agencias, sucursales y representaciones que puedan establecerse en otros puntos de la ciudad o el país.

QUINTO: Capital: El capital lo constituye la suma de Pesos doscientos diez mil ($ 210.000) dividido en dos mil cien (2100) cuotas de Pesos cien ($ 100) cada una, las que son suscriptas en su totalidad por los socios e integradas en este acto según el siguiente detalle: el Señor Diego Andrés Cancellieri, suscribe mil seiscientas ochenta (1680) cuotas sociales, que ascienden a la suma de Pesos ciento cuarenta mil ($ 168.000) y representan el ochenta por ciento (80,00%) del capital social. La Señora María Laura Cancellieri, cuatrocientas (420) cuotas sociales, que ascienden a la suma de Pesos cuarenta y dos Mil ($ 42.000) y representan el veinte por ciento (20,00%) del capital social. Los socios efectuaran la integración del 25% del capital suscripto en dinero en efectivo, equivalente a pesos cincuenta y cinco ($ 55.000,00); la cual acreditará al tiempo de ordenarse la inscripción en el Registro Público de Comercio mediante el respectivo comprobante de depósito en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. El resto de la integración se deberá hacer efectiva dentro de los ciento ochenta (180) días desde la fecha del presente contrato.

SEXTO: Administración: La dirección y representación de la sociedad estará a cargo del socio gerente, señor GUSTAVO DANIEL, quien en este acto queda designado socio gerente. El socio gerente usará su firma particular precedida del nombre íntegro de la sociedad y del cargo asignado en todos los actos, contratos y documentación que se formalice en nombre de la sociedad. Es prohibido al socio el uso de ella en negocios o especulaciones extrañas al objeto social, ni comprometerlas en fianzas y garantías de ninguna especie en favor de terceros. Desempeñará sus funciones durante el plazo de duración de la sociedad, pudiendo ser removido por justa causa y/o por decisión mayoritaria del capital presente en Asamblea.

SEPTIMO: Obligaciones de los socios y retribuciones: El socio gerente se obliga a prestar su concurso personal a la sociedad para el mejor logro de los fines sociales; por ello, no cobrará remuneraciones de ninguna especie, salvo que se determine lo contrario por reunión de socios transcripta en Actas y por unanimidad de votos.

OCTAVO: Capacidad jurídica de la sociedad: La sociedad representada por su gerente tendrá capacidad jurídica para todo acto u operación que requiera su objeto social, aunque no se detalle expresamente en esta cláusula. Por ello podrá: 1) Crear, adquirir, constituir, transferir y extinguir obligaciones. 2) Comprar, vender, hipotecar inmuebles y toda clase de operaciones sobre derechos reales. 3) Realizar cualquier acto jurídico lícito, sea civil, comercial, fiscal, administrativo o de otra naturaleza. 4) Comprar, vender, permutar cosas muebles. 5) Dar o tomar prestado dinero mediante las modalidades bancarias y comerciales usuales. 6) Constituir, endosar y otorgar prendas y sus respectivas cancelaciones. 7) Podrá realizar las operaciones que efectúen los bancos, sean oficiales, privados o mixtos. 8) Importar o exportar por sí o por terceros. 9) Otorgar poderes a profesionales para que actúen en juicios administrativos, fiscales o judiciales en nombre de la sociedad. 10) Formar parte de sociedades comerciales o civiles. 11) Realizar toda clase de operaciones por cuenta de terceros y ejercer toda clase de mandatos. 12) Realizar contratos de locación, sublocación, comodatos de edificación y cualquier tipo de contrato. En suma, cumplir con todos los actos necesarios para la realización de los negocios sociales, siendo esta enumeración demostrativa y no taxativa o limitativa.

NOVENO: Ejercicio económico - Balances: El ejercicio económico de la sociedad comenzará el 1 de Enero de cada año y terminará el 31 de Diciembre del año siguiente, dejando establecido que el primer ejercicio económico comenzará desde la inscripción en el Registro Público de Comercio y terminará el 31 de Diciembre de 2023. Los balances y demás documentos ajustados a las disposiciones legales se confeccionarán de acuerdo a los criterios técnicos usuales en materia administrativa y contable.

DECIMO: Distribución de utilidades y pérdidas: Las ganancias líquidas y realizadas que resulten, previa deducción del cinco por ciento (5%) de reserva legal hasta completar el veinte por ciento (20%) del capital y las voluntarias que se aprobaren, se distribuirán entre los socios en proporción al capital suscripto. Las pérdidas si las hubiere, se contabilizarán en una cuenta especial a los efectos de enjugarlas con las utilidades de ejercicios futuros. Mientras que la misma no sea íntegramente cancelada no se repartirán utilidades. Queda entendido que en todos los casos, los socios responden por las pérdidas, únicamente por las cuotas de capital suscriptas por este contrato y en la misma proporción que se distribuyen las ganancias. Las pérdidas comprobadas que representen el cincuenta por ciento (50%) del capital suscripto, facultará a cualquier socio a solicitar la disolución y liquidación inmediata de la sociedad.

UNDECIMO: Fiscalización: Dejan establecidos los socios y así se obligan, al mutuo derecho de fiscalización de las operaciones sociales cuando lo crean conveniente, pudiendo exigirse entre sí la exhibición de los libros contables y toda documentación relacionada con la marcha de la sociedad. Dicha fiscalización podrá ser ejercida personalmente por los socios o por profesionales nombrados para tal fin, debidamente autorizados.

DECIMOSEGUNDO: Aprobación de balances, nombramientos, remoción y remuneraciones de los gerentes: Para resolver la aprobación de balances y documentación ajustada a las disposiciones vigentes, el nombramiento o remoción de gerentes, la fijación de las remuneraciones o sus aumentos correspondientes a los gerentes y o demás dependientes, en cuanto a las mismas superen los mínimos establecidos por los convenios colectivos de trabajo o leyes laborales que correspondan, y toda otra resolución o decisión que interese a la sociedad, y que no configure un simple acto de administración, se requiere la mayoría del capital presente, salvo aquéllas en que la ley expresamente exige unanimidad. Para la modificación del contrato se requiere el voto de las tres cuartas partes del Capital Social. Estas resoluciones se tomarán en Asamblea General de socios, transcribiéndose todo lo actuado en el libro de actas, que a tal fin llevará la sociedad.

DECIMOTERCERO: Fallecimiento, interdicción, quiebra o retiro de los socios: En caso de muerte, interdicción o quiebra de los socios, los restantes podrán admitir en la sociedad a los herederos, sucesores o representantes del socio fallecido o incapaz, debiendo éstos unificar su personería en un solo representante que asumirá frente a los socios y a la sociedad el lugar que le correspondía al socio saliente, pero sin poder tomar intervención en la administración, representación y liquidación de la sociedad. Si los herederos, sucesores o representantes del socio excluido, decidieran no ingresar a la sociedad, o los socios restantes determinen la no admisión de los mismos, deberán indefectiblemente hacer conocer su decisión expresa en tal sentido, dentro de los treinta (30) días de producida la eliminación del socio. En estos supuestos, como en el caso de retiro de socios, el haber que le corresponde a los herederos, sucesores, o representantes del socio saliente, será determinado en función del balance que a tal fin se practique dentro de los treinta (30) días de conocerse la decisión de no admisión, no ingreso o de aprobación del retiro del socio y le será abonado, previa aprobación del balance de referencia en doce (12) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con más un interés mensual equivalente al utilizado por el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos. Dichos intereses se abonarán conjuntamente con cada cuota. Las cuotas se pagarán del 1 al 10 de cada mes, a partir del mes subsiguiente al de la presentación y aprobación del balance. En el balance que se practique para los supuestos anteriores, los valores del activo y pasivo, deberán ser valuados conforme a las normas contables e impositivas vigentes.

DECIMOCUARTO: Cesión y/o transferencia de cuotas sociales: Los socios no podrán ceder ni transferir sus cuotas sociales, sin previa comunicación a los demás socios, quienes tendrán derecho de preferencia en proporción a sus tenencias. Si algún socio desiste de la compra, los restantes podrán adquirir sus cuotas en relación a su participación social. El socio que se propone ceder sus cuotas deberá comunicar por medio fehaciente tal circunstancia a la gerencia y a sus consocios, quienes deberán notificar su decisión en un plazo no mayor de treinta días, vencido el cual se tendrá por autorizada la decisión y desistida la preferencia. En la comunicación que el socio cedente haga a sus consocios, deberá indicar nombre y apellido del interesado, monto de la cesión y forma de pago. Se deberá dejar constancia en el libro de actas de la sociedad sobre la resolución adoptada y su posterior inscripción en el Registro Público de Comercio. Los futuros titulares de cuotas de capital, por suscripción, cesión u otro concepto cualquiera, no adquirirán por ese solo hecho funciones gerenciales o de administración.

DECIMOQUINTO: Disolución y liquidación: En caso de producirse la disolución de la sociedad, su liquidación estará a cargo de los socios gerentes, quienes efectuarán la misma conforme a las disposiciones del presente contrato y la ley 19550. Cancelado el pasivo, el remanente, si lo hubiere se distribuirá entre los socios en proporción al capital integrado.

DECIMOSEXTO: Cuentas particulares de los socios: Los socios podrán efectuar retiros y/o aportes en la forma que se determine por actas, en todos los casos se imputarán a las cuentas particulares de cada uno de ellos.

DECIMOSEPTIMO: Diferencia entre los socios: Cualquier duda o divergencia que se suscitare entre los socios, o entre ellos y sus herederos, legatarios y/o representantes legales de un socio fallecido o incapacitado, acerca de la interpretación del presente contrato, durante la vigencia del mismo o al tiempo de su disolución, liquidación o partición de la sociedad, será sometida a la decisión de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Rosario, a cuya competencia se someten los socios, renunciando a cualquier fuero de excepción, incluso el Federal, si pudiere corresponder.

$ 450 510121 Nov. 9

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META S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por disposición del Sr Juez a cargo del Registro Público con asiento en la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: META S.A. s/Designación de Autoridades; CUIJ N° 21-05211178-9, se hace saber que se ha promovido gestión de inscripción de designación de autoridades de la firma META S.A., inscripta en el Registro Publico de Santa Fe bajo el N° 946, al folio 176 del Libro 12 de Sociedades Anónimas, Legajo 4028, en 10.11.15, con domicilio social en Ruta Provincial N° 62 S Km 67, jurisdicción de Sarmiento, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe, conforme a lo resuelto en asamblea general ordinaria de fecha 31.5.2021, en la que, por unanimidad, se designó presidente del Directorio al señor Santiago Manuel Melgratti, de apellido materno Garanzini, argentino, nacido el 30 de septiembre de 1.987, soltero, comerciante, DNI N° 33.149.158, CUIT N° 20331491587, domiciliado en José Hernandez 1076 de Sarmiento, Provincia de Santa Fe, y director suplente al señor Ignacio Augusto Melgratti, de apellido materno Garanzini, argentino, nacido el 28 de abril de 1.984, soltero, medico, DNI N° 29.997.193, CUIT N° 20299971938, domiciliado en 25 de mayo 1163 de Sarmiento, Provincia de Santa Fe, quienes aceptaron el cargo en forma. Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL por el termino de ley. Santa Fe, 30 de octubre de 2.023.-Fdo: Dr Jorge Eduardo Freyre. Secretario. Registro Público.Santa Fe.

$ 60 510040 Nov. 9

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PROYECTO D SRL


MODIFICACION DE CONTRATO


Entre ANDRINO CINTIA ALEJANDRA, D.N.I. 24.675.988, CUIT 27-24675988-5, corredora inmobiliaria, soltera, argentina, nacida el 30 de octubre de 1976, con domicilio en calle Montevideo 2375, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y MARTIN JOSE ANDRES, D. N .I. 17.716.449, CUIT 20-17716449-7, comerciante, soltero, argentino, nacido el 19 de marzo de 1966, con domicilio en Pellegrini 1362, piso 30 dpto. A, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, únicos socios de PROYECTO D S.R.L. CUIT 33-71070058-9, inscripta en Contratos al Tomo 159, folio 18502 N° 1508, de fecha 26 de agosto de 2008, Cesión de cuotas y modificación inscripta en Contratos al Tomo 160, folio 23238, N°1718, de fecha 02 de octubre de 2009 y Cesión de cuotas y modificación inscripta en Contratos al Tomo 163, Folio 19725, N°1241, de fecha 02 de agosto de 2012 y modificación de gerencia inscripta en Contratos al Tomo 170, Folio 436, Nº97, de fecha 28 de enero de 2019. todos hábiles para contratar manifiestan: PRIMERO: Se aumenta el capital social a la suma de pesos un ochocientos mil ($ 800.000.-), es decir en la suma de pesos seiscientos cincuenta mil ($ 650.000). Dicho aumento es suscripto por los socios en efectivo, en la misma proporción que tenían antes del aumento. Por todo lo expuesto la cláusula cuarta del contrato social queda redactada de la siguiente manera: CUARTA: El capital de la sociedad se fija en la suma de PESOS OCHOCIENTOS MIL ($ 800.000.-) dividido en ochenta mil cuotas de un valor nominal de diez pesos cada una de ellas, las que son suscritas en su totalidad por los socios e integradas en dinero en efectivo según el siguiente detalle: ANDRINO CINTIA ALEJANDRA, suscribe cuarenta mil cuotas de un valor nominal de diez pesos cada una de ellas, o sea por un total de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($ 400.000.-) que integra de la siguiente manera: la suma de pesos setenta y cinco mil ($ 75.000.-), se encuentra totalmente integrada en efectivo y el saldo, ósea la suma de pesos trescientos veinticinco mil ($ 325.000. -),en efectivo, el veinticinco por ciento (25%) o sea, ($ 81.250.-) Pesos ochenta y un mil doscientos cincuenta en este acto y el saldo dentro de los dos años a partir de la fecha del presente contrato y MARTIN JOSE ANDRES, suscribe cuarenta mil cuotas de un valor nominal de diez pesos cada una de ellas, o sea por un total de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($ 400. 000. -) que integra de la siguiente manera: la suma de pesos setenta y cinco mil $ 75.000.-), se encuentra totalmente integrada en efectivo y el saldo, ósea la suma de pesos trescientos veinticinco mil ($ 325. 000. -),en efectivo, el veinticinco por ciento (25%) o sea, ($ 81.250. -) Pesos ochenta y un mil doscientos cincuenta en este acto y el saldo dentro de los dos años a partir de la fecha del presente contrato.- SEGUNDO: Prorrogar la sociedad “PROYECTO D S.R.L.” por veinte años más contados desde la fecha de su vencimiento, es decir, que su vencimiento operará el 26 de agosto de 2043.-Por lo expuesto la cláusula segunda del contrato social quedará redactada de la siguiente manera: SEGUNDA: El plazo de duración de la sociedad alcanzará hasta el veintiséis de agosto de 2043. - TERCERO: Se modifica el objeto de la sociedad, quedando la cláusula tercera de la sociedad redactada de la siguiente manera: TERCERA: La sociedad tendrá por objeto las siguientes actividades: a) De Construcción: Proyectos, ejecución, financiación, dirección, inspección, conservación, mantenimiento y explotación de obras de arquitecturas y/o ingeniería,industriales y/o civiles, ya sean pública o privadas, nacionales o internacionales, por sí o por terceros o por cuenta de terceros y/o asociada a terceros, comercialización de elementos relacionados con la construcción; b) Inmobiliaria: mediante adquisición, compraventa, permuta, división de toda clase de inmuebles urbanos o rurales, así como su explotación por si por terceros o por cuenta de terceros y/o asociada a terceros; explotación de salones de fiestas, incluidos los infantiles; administración y desarrollo de fideicomisos y c) Actuar como fiduciaria de fideicomisos. 25/08/2023.

$ 150 510061 Nov. 9

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PREVER SRL


MODIFICACION DE CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial -segunda nominación- de la 4ta Circunscripción de la ciudad de Reconquista provincia de Santa Fe, Dr. Fabián Lorenzini a cargo del Registro Público, en los autos caratulados: PREVER SRL s/ Aumento de capital social (mod. Art. Cuarto) - cambio de domicilio y sede social (mod. Art. Primero) - modificacion administracion (art. Quinto) - adecuacion a la normativa vigente (mod. Arts. Quinto - octavo - noveno - decimo) - designación de autoridades - nuevo texto ordenado” - Expte. 179/2023 - CUIJ 21-05292393-7, se ha ordenado la siguiente publicación:

Por Acta de reunión de socios de fecha 05/04/2023, se resolvió designar autoridades, aumentar el capital, cambio de domicilio y sede social, modificación de los arts. 5to, 8vo, 9no. y 10mo. y redacción de nuevo texto ordenado.

Primero: La sociedad se denomina “PREVER S.R.L” y tiene su domicilio legal en la ciudad de Reconquista, Departamento Gral. Obligado, Provincia de Santa Fe.

Cuarto: El capital social se fija en la suma de pesos quinientos mil ($500.000,00), dividida en 50.000 (cincuenta mil) cuotas sociales de pesos diez ($10,00), valor nominal de cada una, encontrándose suscritas de la siguiente manera: El Sr. ALBERTO SALIVA, veintitrés mil (23.000) cuotas sociales de pesos diez ($10,00) de valor nominal cada una, que representa la suma de pesos doscientos treinta mil ($230.000,00); El Sr. GABRIEL JOSÉ SALIVA, veintidós mil quinientas (22.500) cuotas sociales de pesos diez ($10,00) de valor nominal cada una, que representa la suma de pesos doscientos veinticinco mil ($225.000,00); el sr. JOSE BARTOLOME LEURINO, dos mil quinientas (2.500) cuotas sociales de pesos diez ($10,00) de valor nominal cada una, que representa la suma de pesos veinticinco mil ($25.000,00) y el Sr. RODOLFO JUAN OVIEDO, dos mil (2.000) cuotas sociales de pesos diez ($10,00) de valor nominal cada una, que representa la suma de pesos veinte mil ($20.000,00).

Quinto: Administración: La administración, representación y el uso de la firma social estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no socios, quienes durarán en sus cargos indefinidamente, siendo designados y removimos por la reunión de socios, aún sin causa. En tal carácter, podrá adquirir bienes muebles e inmuebles, transferir el derecho real o personal de uso, gravarlos, constituir prendas, celebrar toda clase de contratos, presentarse en licitaciones públicas y privadas, conferir toda clase de poderes, generales o especiales, operar con todos los bancos, oficiales, privados o mixtos y realizar todos los

actos tendientes a la libre administración y cumplimiento del objeto social, inclusive todos los actos pertinentes dispuestos en el Código Civil y Comercial de la Nación -Ley26.994- y en el artículo 90 del Decreto Ley 5965/63, resultando la numeración precedente meramente enunciativa. No obstante, le está prohibido comprometer a la firma social en avales, garantías o finanzas a favor de terceros o en negocios ajenos a su objeto social. La asamblea de socios fijará la remuneración del gerente y designará un suplente que lo reemplazará en caso ausencia, de vacancia, incapacidad temporal, muerte o fuerza mayor. En garantía de su gestión cada gerente depositará en la sociedad la suma de pesos trescientos mil ($300.000,00) en dinero en efectivo, computados a su valor nominal.

Octavo: Fiscalización: La fiscalización de la sociedad queda a cargo de los socios, conforme a lo dispuesto por el artículo 55 de la Ley General de Sociedades N° 19.550.

Noveno: Transmisión de Cuotas: Las cuotas son libremente transmisibles en los términos del artículo 152 de la Ley General de Sociedades N° 19.550. Los socios restantes tendrán derecho de preferencia para adquirir las cuotas del cedente. A tal efecto el socio, que quiera transferir sus cuotas a terceros, debe comunicar al gerente tal intención, junto con el nombre del interesado y el precio de la cesión. La opción de compra se le debe comunicar al cedente dentro de los treinta días corridos, desde que este comunicó a la gerencia las circunstancias anteriormente indicadas; vencido dicho plazo sin que se haya hecho valer el derecho de preferencia, el socio cedente queda habilitado para perfeccionar

la cesión.

Décimo: Disolución. Liquidación: Disuelta la sociedad por cualquiera de las causales previstas por el artículo 94 y 94 bis de la Ley General de Sociedades N° 19.550, la liquidación será efectuada por el gerente o por la persona que designen los socios. -

Sede Social: Calle Belgrano N° 1039 de la ciudad de Reconquista, Departamento Gral. Obligado, Provincia de Santa Fe.

Designación de gerentes: Gerente titular : Sr. ALBERTO SALIVA, DNI 10.427.805, CUIT 20-10427805-2, apellido materno Griollo, nacido el 28 de mayo de 1.953, sexo masculino, casado en primeras nupcias con MARIA PATRICIA CHEMES, argentino, de profesión comerciante, con domicilio en San Martín N° 2.156 de la ciudad de Vera, Departamento Vera, Provincia de Santa Fe, País Argentina; y Gerente suplente: al Sr. GABRIEL JOSE SALIVA, D.N.I. N° 5.408.799, CUIT 20-05408799-4, apellido materno Nayid, nacido el 27 de julio de 1.948, sexo masculino, casado en primeras nupcias con Gladis Azucena Macedo, argentino, de profesión comerciante, con domicilio en calle 10 de Mayo N° 3.795 de la ciudad de Santa Fe, departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, País Argentina Dra. María Antonieta Nallip -Secretaria subrogante.Reconquista, 01 de de noviembre de 2023.

$ 300 510033 Nov. 9

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SHR INTERNACIÓN DOMICILIARIA S.R.L.


CONTRATO


1) SOCIOS: En la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a los 19 días del mes de Octubre del año 2023, entre las Señoras: Susana Hilda Ríos, de nacionalidad argentina, nacida el 07/02/1979, de profesión Licenciada en enfermería, con D.N.I. N° 27.063.313, C.U.I.T. 20-27063313-8, domiciliada en Soldado Aguirre N° 2921, de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe, con domicilio electrónico en srios1979@outlook.es, de estado civil en unión convivencial con Esteban Gabriel Fernandez; y la Sra. María Soledad López, de nacionalidad argentina, nacida el 13/04/1990, de profesión Licenciada en enfermería, con D.N.I. N° 35.182.517, C.U.I.T. 27-35182517-6, domiciliada en Buenamesson N° 721, de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe, con domicilio electrónico en soledadlopez03@gmail.com, de estado civil casada en primeras nupcias con Roxana Itati Bogdanski, todos hábiles para contratar, a fin de constituir una sociedad de responsabilidad limitada.

2) DENOMINACIÓN SOCIAL: SHR internación domiciliaria S.R.L.

3) DOMICILIO: La sociedad tendrá su domicilio legal en la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe.

4) DURACIÓN: 20 años, a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio.

5) OBJETO SOCIAL: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, ajena y/o asociada a terceros, en cualquier lugar de la República Argentina o en el exterior, con sujeción a las leyes del respectivo país, a las siguientes actividades:

1) La administración y dirección técnica de servicios y prestaciones médicas en general, ya sea de forma directa o indirecta, y la comercialización y/o suministro de sus respectivas prestaciones y prácticas médicas e insumos. 2) Servicios de atención de salud tanto ambulatorio como en internación domiciliaria, administrando y/o gerenciando contratos de salud, intermediando entre los prestadores de servicios médicos y paramédicos, y las obras sociales, mutuales, entidades de medicina prepaga y/o cualquier otra persona física o jurídica financiadora de servicio de salud, creadas o a crearse, con domicilio en el país o en el extranjero. 3) Prestación de servicios de cuidado y atención de personas ya sea en domicilio o instituciones, atención ambulatoria integral, atención de pacientes en cuidados paliativos, prestaciones domiciliarias de médicos, kinesiólogos, enfermeros, psicólogos, fonoaudiólogos y otras especialidades medicas, cuando la actividad requiera se llevará a cabo con la intervención de profesionales con título habilitante. 4) Prestación de servicios de cuidado y atención de adultos mayores a través de alojamiento, alimentación, primero auxilios de salud y terapias recreacionales en forma privada y/o semi-privada. Tendrá capacidad jurídica para comprar implementos geriátricos y accesorios, gestionar créditos en entidades privadas, bancarias y financieras, celebrar convenios de prestación de servicios y realizar todos los actos relacionados con este punto del objeto social.

6) CAPITAL SOCIAL: El Capital Social se fija en la suma de $ 1.000.000.- divididos en 10.000.-cuotas sociales de $ 100.- cada una.

7) ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN: Estará a cargo de uno o más gerentes socios o no por el término de duración de la sociedad y un suplente para casos de vacancia que será designado en reunión de socios que para entrar en funciones deberá inscribirse previamente en el Registro Público. A tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de “socio-gerente” o “gerente” según el caso, precedida por la denominación social, actuando en forma indistinta o alternativamente cualesquiera de ellos. Los gerentes en cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean -necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en el Art. 375 del Código Civil y Comercial, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad. En uso de sus facultades de administración, para el cumplimiento del objeto social, y en forma expresada para comprometerla, los gerentes gozarán de todas las facultades que las leyes de fondo y forma consagran para el mandato del administrador.

8) ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios, quienes la ejercerán por sí mismos.

9) REPRESENTACIÓN LEGAL: Los socios deciden de común acuerdo que la administración estará a cargo de un gerente: Susana Hilda Ríos, de nacionalidad argentina, nacida el 07/02/1979, de profesión Licenciada en enfermería, con D.N.I. N° 27.063.313; C.U.I.T. 20-27063313-8, domiciliada en Soldado Aguirre N° 2921, de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe, con domicilio electrónico en srios1979@outlook.es.

10) FECHA DE CIERRE DE EJERCICIO: 30 de Septiembre de cada año.

11) SEDE SOCIAL: Juan Bautista Justo N° 2295 de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe.

$ 250 510058 Nov. 9

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SERVICIO MONITOREO DE CULTIVO (SMC) S.R.L.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por disposición del juez del Registro Público de Rafaela, en los autos caratulados: SERVICIO MONITOREO DE CULTIVO (SMC) S.R.L s/Designacion de Autoridades. EXPTE. 667. AÑO 2023. 21-05396126-3;se hace saber que por acta de reunion de socios N° 8 de fecha 28 de septiembre de 2023, los socios resolvieron ratificar la designación como socios gerentes de la sociedad SERVICIO MONITOREO DE CULTIVOS SMC SRL, CUIT N° 30-71484351-2, CONTRATO SOCIAL INSCRIPTO AL N° 1271. FOLIO 26, LIBRO III DE SRL, por 3 ejercicios, a los Sres. Ricardo César Etienot, D.N.I. 12.313.476 C.U.I.T. 20-12313476-2, nacido el 09 de Febrero de 1956, casado, de apellido materno Ghiglione, con domicilio en calle General Estanislao López 538 de la localidad de San Guillermo, Provincia de Santa Fe y Martín Carlos Galli, D.N.I. 25.902.088, C.U.I.T. 20-25902088-4, nacido el 09 de Mayo de 1977, casado, de apellido materno Escribano, con domicilio en calle España 537 de la localidad de San Guillermo, Provincia de Santa Fe, todos Ingenieros Agrónomos y argentinos. Se publica en presentes a efectos legales.

Rafaela 26 de Octubre de 2023. Secretaria del juzgado Actuante. Dra. Marina Borsotti, secretaria.

$ 50 510071 Nov. 9

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SUBLIME AUTOMOTORES S.R.L.


CONTRATO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados “SUBLIME AUTOMOTORES S.R.L. s/Constitución de sociedad expediente Nro. 2234 /2023, se hace saber a los fines de su inscripción en el Registro Público la siguiente constitución de sociedad:

1) Denominación: SUBLIME AUTOMOTORES S.R.L.; 2) Constituida el 18/10/2023 por instrumento privado; 3) Socios: Maximiliano Molteni, de nacionalidad Argentino, nacido el 16/09/1979, de profesión Comerciante, de estado civil soltero, con domicilio en calle Pasaje Denis N° 5150 de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, con documento de identidad D.N.I. N° 27.334.588, con CUIT N° 20-27334588-5; y el señor Daniel Alvarez, de nacionalidad Argentina, nacido el 13 de Octubre de 1984, de profesión Comerciante, de estado civil soltero, con domicilio en la calle Papa Juan XXIII N° 2780 de la ciudad de Franck, provincia de Santa Fe, con documento de identidad D.N.I. N° 31.115.145, con CUIT N° 20-31115145-3; 4) Domicilio en la ciudad de Franck, con sede social en calle Papa Juan XXIII N° 2780 de la ciudad de Franck, provincia de Santa Fe; 5) Plazo: 30 años; 6) Objeto Social: a) Comercialización de vehículos nuevos y usados, repuestos y accesorios, servicios de mantenimiento y reparación, talleres de mecánica del automotor y todo lo vinculado a la industria automotriz, como así también para la compra, venta, permuta, alquiler o arrendamiento, leasing, consignación, distribución, importación y exportación de automotores, motocicletas, ciclomotores y todo tipo de rodados nuevos o usados, repuestos, autopartes y accesorios, mandatos y gestiones de negocios vinculados al contrato social. b) Explotación de espacios destinados a la guarda de automóviles y rodados en general, ya sea en estacionamientos por hora, día o mes. También podrá dedicarse a la explotación de servicios de lavado, engrase y mantenimiento de automotores.

A los fines de su objeto la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes y por este Estatuto. Así podrá dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros a desarrollar las actividades previstas en su objeto social; 7)Capital social: $ 500.000 en 500 cuotas de $1000 cada una. 8) Gerencia, representación legal y uso de firma social: Estará a cargo de DOS o MÁS GERENTES, socios o no. A tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de “socio-gerente” o “gerentes” según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma indistinta;se designan gerentes a ambos socios 9) Fecha de cierre del ejercicio: 30/06.Santa Fe, 26 de octubre de 2023.Dr. Jorge E. Freyre,secretario.

$ 100 510072 Nov. 9

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TRANSPORTE SOFIG S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia a cargo del Registro Público de Venado Tuerto, Dra, Maria Celeste Rosso, Juez, Secretaria a cargo de la Dra. Maria Julia Petracco, por Decreto del día “01 de Noviembre de 2023” en Autos Caratulados: “TRANSPORTE SOFIG S.R.L. s/ Reconduccion - Aumento De Capital -Redaccion Texto Ordenado’ CUIJ N° 21-05794596-3, se ha ordenado la publicación del presente Edicto a los efectos legales que publicar corresponde: “TRANSPORTE SORO S.R.L. (Titular de la Cuit N°30-71011474- 5), con domicilio legal y sede social en calle Juan E. Justo Nº 1137 de la Ciudad de Rufino. Dpto. General López, Santa Fe y Contrato Social inscripto por ante el Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, con fecha 28 de Agosto de 2007 al TOMO V. FOLIO 106. NUMERO 1143 de CONTRATOS”.-I) INSTRUMENTO: Escritura N° 249, Folio 662 de fecha 11-10-2023: autorizada en Rufino, por ante el Escribano Dr. Gustavo Rubén Dimo en el Registro Nº 190 a su cargo.- POR UNANIMIDAD RESUELVEN: 1) Acordar a RECONDUCCION de ‘TRANSPORTE SOFIG S.R.L”, estableciendo un plazo de duración para la misma de DIEZ (10) AÑOS, contados a partir de la inscripción de la presente reconducción por ante el Registro Público de Comercio de la Ciudad de Venado Tuerto, en ésta Provincia; 2) AUMENTAR EL CAPITAL SOCIAL que actualmente es de PESOS CIEN MIL ($ 100.000) elevándole a la suma de PESOS UN MILLON CIEN MIL ($ 1.100.000), mediante la capitalización de PESOS UN MILLON ($1.000.000) que los socios INTEGRAN en su totalidad, provenientes de la cuenta “RESULTADOS NO ASIGNADOS’ (ESTADO DE EVOLUCIÓN DEL PATRIMONIO NETO) del último Balance cerrado el 30-04-2023, correspondiente al Ejercicio Económico N° 11- Dicho aumento, los socios lo suscriben en idéntica proporción a sus actuales participaciones en la sociedad, de la siguiente forma: a) FABIAN AMILCAR CURUTCHET: suscribe 500 cuotas de capital, o sea PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000.-) y b) la señora LUCIA PAULA SUDIRO: suscribe 500 cuotas de capital, o sea PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000).- En virtud del aumento suscripto é integrado en la forma expresada, el capital social de “TRANSPORTE SOFIG SRL”, queda recompuesto y distribuido de la siguiente forma: a) FABIAN AMILCAR CURUTCHET: con 550 cuotas de capital de 31.000.-de valor nominal cada una, o sea PESOS QUINIENTOS CINCUENTA MIL (550000) y b) LUCIA PAULA SUDIRO: con 550 cuotas de capital, de 51 000.- de valor nominal cada una o sea PESOS QUINiENTOS CINCUENTA MIL ($ 550.000).- 3) También por unanimidad, atento a la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación modifican la cláusula SEXTA del contrato social adaptando la redacción de la misma, en lo pertinente, a la nueva norma.- En virtud de lo resuelto, dejan MODIFICADOS los Articulo TERCERO, QUINTO y SEXTO del Contrato Social, en la forma y con la redacción que seguidamente se transcribe: “ARTICULO III.- DURACION: El término de duración se fija en DIEZ AÑOS contados a partir de la inscripción de la presente reconducción’,- “ARTICULO V.- CAPITAL Y APORTES: El capital social se fija en la suma de PESOS UN MILLON CIEN MIL ($1.100.000) dividido en MIL CIEN (1.100) CUOTAS por un valer nominal de PESOS UN MIL ($1.000.-) cada una, que los socios han suscripto é integrado en la siguiente forma y proporción, a saber: a) FABIAN AMILCA.R CURUTCHET: con 550 cuotas de capital, de $1.000.- de valor nominal cada una, o sea PESOS QUINIENTOS CINCUENTA MIL ($550.000) y b) LUCIA PAULA SUDIRO: con 550 cuotas de capital, de $1000.-de valor nominal cada una, o sea PESOS QUINIENTOS CINCUENTA MIL ($ 550.000)“.- “ARTICULO VI.- ADMINISTRACION, DIRECCION Y REPRESENTACION: La Administración de la Sociedad estará a cargo de uno o

más gerentes, que podrán ser o no socios de la sociedad, quienes ejercerán indistintamente uno cualesquiera de ellos la representación social y cuyas firmas con el aditamento de ‘Gerente’, precedidas de la denominación social, obligarán legalmente a la misma- Durarán en el cargo por el plazo de duración de la sociedad y tendrán todas as facultades para poder actuar libre y ampliamente en todos los negocios sociales.- No podrán comprometer a la Sociedad en fianzas o garantías a favor de terceros ó en operaciones ajenas al objeto societario.- Los gerentes tendrán amplias facultades para a) Administrar libremente la sociedad, llevando a cabo lodos los actos previstos por los incisos e), f), g), h), i), j). k). y m) del artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación y articulo 90 del Decreto ‘5965/63’; b) Celebrar todos los actos y contratos nominados é innominados que fueren necesarios realizar para que la sociedad pueda cumplir con los fines de su constitución sin limitación alguna; e) Efectuar toda clase de operaciones con el Banco de la Nación Argentina, Banco Central de la República Argentina y cualquier otro establecimiento ó institución de crédito, nacional, provincial ó municipal, mixto ó privado, Cooperativas, Mutuales, del pais 6 del extranjero, creado ó a crearse, aceptando sus cartas orgánicas y reglamentos; ti) Otorgar poderes generales y/o especiales a terceros para que ejerzan la representación de la sociedad con facultad para sustituirlos y en general, efectuar toda clase de operaciones y actos jurídicos de cualquier naturaleza, que tiendan al cumplimiento de los Fines de la sociedad ó que se relacionen directa ó indirectamente con ellos”.- 4) Los socios RATIFICAN: a) La SEDE SOCIAL en calle Juan B. Justo N° 1137 de la Ciudad de Rufino, Departamento General López de la Provincia de Santa Fe y b) La designación de la Señora LOGIA PAULA SUDIRO, argentina, nacida el 6 de Agosto de 1969, hija de Benvenuto y de Nélida Maria Lamarque, casada en primeras nupcias con Fabian Amílcar Curutchet, comerciante, D.N.I.N° 20.834210, Titular de la Cuit N° 27-20834210-5, domiciliada en calle Juan B. Justo N° 1137 de la Ciudad de Rufino, como GERENTE de la sociedad, quien ejercerá el cargo de acuerdo a lo dispuesto en la cláusula sexta del contrato social.

$ 335 510150 Nov. 9

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TDC S.R.L.


CONTRATO


Por disposición del Juez de Primera Instancia a cargo del Registro Público de Rosario, se hace saber que con fecha 18-10-2023, los Socios GABRIEL HORACIO ECHENIQUE, argentino, nacido el 12 de abril de 1972, D.N.I. N°22.603.841, CUIL N°20-22603841-9, con domicilio en calle Jolly Medrano N° 1822 de la localidad de Perez, estado civil casado en primeas nupcias con María Carolina Paulizzi, de profesión Licenciado en Comercialización, y GUILLERMO CLAUDIO CONTRISTANO, argentino, nacido el 01 de febrero de 1967, D.N.I. N° 18.420.503, CUIL N°20-184420503-4, con domicilio en calle Joaquín V. González N° 1165 de la ciudad de Rosario, estado civil casado en primeras nupcias con Paula Sandra Zamora, de profesión empleado; ÚNICOS socios de “TDC S.R.L.”, CUIT 30-71464573-7, quienes representan el 100% del capital social, decidieron por unanimidad modificar la cláusula 1° del contrato social, y en consecuencia fijar el domicilio de la sociedad TDC SRL en la localidad de Alvear, pcia. de Santa Fe. Asimismo, resolvieron por unanimidad establecer la sede social en el Parque Industrial “Avant Alvear”, Ruta AO12 Km. 5 de la localidad de Alvear, pcia. de Santa Fe. Se deja constancia que la Sociedad TDC S.R.L. se encuentra inscripta en el Registro Público de Rosario, en Sección Contratos, al Tomo 165, Folio 26194, N° 1659 del 15 de Octubre de 2014.

$ 50 510094 Nov.9

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TAXON BIOINFORMATICS SOLUTIONS S.A.


AUMENTO DE CAPITAL


Por disposición del Sr. Juez en lo Civil y Comercial, a cargo del Registro Público de Comercio —Rosario- en autos caratulados: TAXON BIOINFORMATICS SOLUTIONS S.A. s/ Aumento de Capital, Expte. 1897/2023, se hace saber de acuerdo a lo establecido por la ley 19.550, que por Asamblea General Extraordinaria de fecha 08 de Mayo de 2023, se resolvió aumentar el capital social en la suma $ 15.800 (pesos quince mil ochocientos) mediante la emisión de 158 (ciento cincuenta ,y ocho) nuevas acciones ordinarias de valor nominal $100 (pesos cien) cada una y con derecho a un voto por acción más una prima de emisión de USD 316,01 (dólares estadounidenses trescientos dieciséis c/01/100) por acción a ser integrada en pesos al tipo de cambio de referencia Comunicación “A” 3500 del día anterior al de cada integración.

Por lo tanto, se modificó el cuarto artículo del Estatuto, la que en adelante quedará redactada de la siguiente forma: “Artículo 4.- El capital social es de pesos trescientos quince mil ochocientos ($ 315.800) representado por mil (3.158) acciones valor nominal cien pesos ($ 100) cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme al artículo 188 de la ley 19550.

$ 50 510004 Nov. 9

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TURYSER S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Mediante Asamblea N° 28 llevada a cabo en el local social de la firma el día 21/12/2022, en base al punto DOS del Orden del Día, se procedió al cambio de la sede social a calle Hipólito Irigoyen 1930 de la ciudad de Casilda. En consecuencia, se redacta a continuación el nuevo enunciado del Artículo primero del Estatuto Social.

ARTICULO 11: La sociedad se denomina TURYSER VIAJES Y SERVICIOS SOCIEDAD ANONIMA y tiene su domicilio legal en calle Hipólito Irigoyen 1930 de la ciudad de Casilda, provincia de Santa Fe.

$ 50 510101 Nov. 9

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TORRENTITO S.R.L.


CONTRATO


Datos de los Socios: VILLARRUEL IVO ANDRES argentino, DNI. N° 35.449.405, CUIT, 20-35449405-2, soltero, nacido el 27 de Octubre de 1990, con domicilio en calle Gaboto N°2780 de la ciudad de Rosario, de profesión comerciante y VILCHEZ MATIAS EZEQUIEL, argentino, DNI. N° 33.213.086, CUIT 20-33213086-3, soltero, nacido el 12 de diciembre de 1987, con domicilio en calle Los Nogales N°2450 de la ciudad de Funes, de profesión comerciante, Fecha de constitución: 01 de Noviembre de 2023.-

Denominación: TORRENTITO S.R.L.-

Domicilio: calle Gaboto Nº 2780 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.-

Objeto: a) Gastronomia: Elaboración, producción, transformación y comercial izacion de productos y subproductos alimenticios de todo tipo, expendio de todo tipo de bebidas, explotación de servicio de catering, de concesiones gastronómicas, bares, restoranes, comedores, organización y prestación de logística en eventos sociales. b) Organización de eventos: La organización, preparación, coordinación, difusión, promoción, asesoramiento y planificación de espectáculos, ya sean artísticos, culturales y/o sociales

Plazo de Duración: veinte (20) años, contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio. -

Capital Social: El capital social se fija en la suma de pesos ochocientos mil ($ 800.000) divididos en ochocientas cuotas de pesos mil cada cuota.-Administración: Gerentes: VILLARRUEL IVO ANDRES y VILCHEZ MATIAS EZEQUIEL, durante el plazo de duración del contrato. -

Fiscalización: A cargo de todos los socios.

Organización de la representación legal: A cargo del socio gerente. - Fecha de cierre del ejercicio: 31 de Octubre de cada año.

$ 70 510116 Nov. 9

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ZYTHUMS S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


1) FECHA: 28-04-2023

2) PRESIDENTE: YANINA RAQUEL MORAL, argentina, nacida el 26-01-1975, comerciante, soltera, domiciliada en calle 27 de febrero N°324 de Pueblo Esther, Pcia de Santa Fe, Country la Bahía, Lote E, con DNI N°24.479.001 y CUIT N°27-. 24479001-7

3 DIRECTOR_SUPLENTE: JUAN CARLOS CAGNOLI, argentino, nacido el 2012-1963, contador público, casado en 1eras nupcias con Eliana Fonseca, domiciliado en calle 27 de febrero N°324 de Pueblo Esther, Pcia de Santa Fe,. Country la Bahía, con DNI Nº 16.745.149 y CUIT N°20-16745149-8

$ 50 510127 Nov. 9

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UGUTEC SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA


MODIFICACIÓN DE CONTRATO



Por orden del Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Rosario, a cargo del Registro Público, se informa que en reunión de socios de fecha 23 de junio de 2023 y aclarada la participación de cada socio en reunión de fecha 12 de septiembre de 2023, los socios Vanina Noemí Ugulinelli, Leandro Alberto Ugulinelli e Iván Ugulinelli han cedido parcialmente sus cuotas sociales.- En consecuencia, por unanimidad los socios han resuelto modificar la cláusula de capital social la que quedará redactada de la siguiente manera: Capital Social: “El capital social se fija en la suma de PESOS OCHOCIENTOS MIL divididos en OCHOCIENTAS cuotas de PESOS MIL ($ 1000.-) cada una valor nominal, totalmente suscriptas e integradas por cada uno de los socios de la siguiente forma: La socia VANINA NOEMI UGULINELLI es titular del dominio pleno sobre cien (100) cuotas de capital y titular de la nuda propiedad de (100) cuotas sociales; el socio FABIAN RODRIGO UGULINELLI es titular de] dominio pleno sobre cien (100) cuotas de capital y titular de la nuda propiedad de (100) cuotas sociales; el señor RICARDO LUIS UGULINELLI es usufructuario de (200) DOSCIENTAS cuotas sociales; el socio LEANDRO ALBERTO UGULINELLI es titular del dominio pleno de ochenta (80) cuotas de capital, y de la nuda propiedad de las dos terceras partes (2/3) sobre ochenta (80) cuotas de capital, en condominio con Micaela Ugulinelli; la socia MICAELA UGULINELLI es titular del dominio pleno de ochenta (80) cuotas de capital, y de (1/3) un tercio de la nuda propiedad sobre ochenta (80) cuotas sociales en condominio con Leandro Uqulinelli y de (1/3) un tercio de la nuda propiedad sobre ochenta (80) cuotas sociales, en condominio con Ivan Ugulinelli; el socio IVAN UGULINELLI es titular del dominio pleno de ochenta (80) cuotas de capital, y de la nuda propiedad de las dos terceras partes (2/3) sobre ochenta (80) cuotas de capital en condominio con Micaela Ugulinelli; la señora GRACIELA MARIA DIBONO es usufructuaria de ochenta (80) cuotas de capital; el señor ALBERTO ENRIQUE UGULINELLI es usufructuario de ochenta (80) cuotas de capital.

$ 130 510055 Nov. 9

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ZEBALLOS - SANDOVAL Y ASOC. S.A.S.


CONTRATO


1) SOCIOS:- ZEBALLOS, Silvia Marina, DNI 16.837.594, CUIT 27-16837594-3, argentina, nacida el 10/0 1/1964, divorciada , Contadora Pública Nacional - Abogada, domiciliada en calle General López 781 de San Lorenzo.

- SANDOVAL, María Eugenia, DNI 30. 130. 198, CUIT 27-30130198-2, argentina, nacida el 19/08/1983, soltera, Contadora Pública, domiciliado en calle 9 de Julio 857 de Puerto General San Martín.

2) FECHA INSTRUMENTO CONSTITUCION: 25/09/2023

3) RAZON SOCIAL: “ZEBALLOS - SANDOVAL Y ASOC. S.A.S.”

4) DOMICILIO: San Lorenzo. SEDE: General López 781 - San Lorenzo- Santa Fe

5) OBJETO SOCIAL: Tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, de las siguientes actividades:

a) Asesoramiento y consultoría en ciencias económicas en general, en particular: liquidaciones y tramitaciones en materia administrativa, contable, financiera, impositiva, laboral y previsional; confección de contabilidades, informes, balances contables, balance social, auditorias contables y dictado de cursos de capacitación.

b) Asesoramiento y consultoría jurídica

En todos los casos las actividades serán desarrolladas por profesionales matriculados según las incumbencias profesionales involucradas en el desarrollo de estas.

A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.

7) CAPITAL SOCIAL: El capital social es de $ 400.000.- (Pesos: Cuatrocientos mil), representado por cuatrocientas mil (400.00) acciones de $ 1 (Pesos: Uno.-), valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de los socios conforme artículo 44 Ley 27.349.

8) ACCIONES: Las acciones son nominativas no endosables, ordinarias o preferidas. Estas últimas tienen derecho a un dividendo fijo preferente de carácter acumulativo o no, conforme a las condiciones de su emisión. Puede también fijársele una participación adicional en las ganancias líquidas y realizadas y reconocérsele prioridad en el reembolso del capital, en caso de liquidación. Cada acción ordinaria suscripta confiere derecho de un (l) voto. Las acciones preferidas pueden emitirse con o sin derecho a voto. La transferencia de las acciones es libre, debiendo comunicarse la misma a la sociedad.

9) ADMINISTRACION Y REPRESENTACION LEGAL: La administración estará a cargo de 1 a 2 personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación. La representación estará a cargo de una persona humana designada como representante por el órgano de gobierno y en caso de que sea plural la administración podrá designarse vice representante quién reemplazará en caso de ausencia o impedimento del representante. Se deberá designar por lo menos, un administrador suplente mientras la sociedad carezca de órgano de fiscalización. Duran en el cargo hasta que se designen sus reemplazantes. DESIGNACION ORGANO DE ADMINISTRACION: Administración constituida por un Administrador titular y un Administrador suplente.

TITULAR: ZEBALLOS Silvia Marina, DNI 16.837.594 CUIT 27-16837594-3, argentina, nacida el 10/01/1964, divorciada , Contadora Pública Nacional - Abogada, domiciliada en calle General López 781 de San Lorenzo.

SUPLENTE: SANDOVAL María Eugenia, DNI 30.130.198, CUJT 27-30130198-2, argentina, nacida el 19/08/1983, soltera, Contadora Pública, domiciliado en calle 9 de Julio 857 de Puerto General San Martín.

10) REPRESENTACION LEGAL: corresponde al Administrador Titular o al Administrador Suplente en caso de impedimento o ausencia del primero.

11) FISCALIZACION: Se prescinde de Sindicatura, sin perjuicio de la fiscalización que poseen los accionistas conforme el art. 55 de la Ley 19.550

12) FECHA CIERRE EJERCICIO: 31 de diciembre de cada año.

13) SEDE SOCIAL: General López 781 de la ciudad de San Lorenzo - Santa fe.

$ 235,62 510145 Nov. 9