JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
DAVID BOSCHI
Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 17ma. Nominación Rosario, la Secretaría que suscribe hace saber que en autos: “MUNICIPALIDAD PUERTO GENERAL SAN MARTIN C/ OTROS S/ OTROS APREMIOS FISCALES” (CUIJ N° 21-02880778-0), se ha dispuesto que el Martillero Público Sr. DAVID BOSCHI, (Mat. Nº 1929-B-179) (C.U.I.T. Nº 20-24918265-7) venda en pública subasta al último y mejor postor, el día 02 de Noviembre de 2.023, a las 10:30 hs., en el Juzgado Comunitario de las Pequeñas Causas de Puerto General San Martín sito en calle Mendoza 1102 de dicha localidad, de resultar inhábil la misma se realizará el día siguiente hábil a la misma hora y en el mismo lugar, la totalidad (100%); del siguiente bien inmueble, embargado en autos, consistente en: un lote de terreno ubicado en calle Islas Malvinas N° 1640 de Puerto General San Martín, Provincia de Santa Fe, identificado como Lote 2 de la Manzana 26. Ubicado con frente a una calle pública, a los 26,37mts de otra calle publica hacia el Nor-Este; mide 16.87 mts. de frente al Sud-Oeste en línea inclinada; 16 mts. en su contrafrente al Nor-Este; por 22.43 mts. de fondo en el lado Sud-Este, y 17.01 mts., también de fondo en su costado Nor-oeste; osea una superficie de 316 m2; lindando: por su frente al Sud-Oeste, con una calle pública; al Sud-Este, con el lote 3; al Nor-Oeste, con el lote; y por el Nor-Este, con parte. de los lotes cuatro y seis. Partida impuesto inmobiliario nº 15-02-00-702057/0162-6. Dominio inscripto al Tomo 181 Folio 91 N° 177770, Dpto. San Lorenzo, Registro Gral. Rosario. No registra Hipotecas ni Inhibiciones, pero si el siguiente embargo: al Tº 132 E, Fª 811, Nª 203476, de fecha 07/07/2023 por $162.176,46.- por los autos que se ejecutan. El inmueble saldrá a la venta con una base de $ 2.000.000, seguidamente, en caso de no haber postores, con una retasa del 25%, de persistir la falta de oferentes con una última base del 25% de la primogénita. Se le informará a los comparecientes al acto: - que las posturas no podrán ser inferior a la suma de $ 50.000; - que quien resulte comprador deberá, en el acto de subasta, informar CUIT y acreditar condición fiscal frente a la AFIP; - y que este Juzgado notificará de oficio la realización de la subasta a la UIF, con copia de la respectiva acta. Asimismo, hágase saber que será a cargo del adquirente lo siguiente: los impuestos, tasas, contribuciones y/o cualquier otro gravamen sobre el bien inmueble (nacionales, provinciales y municipales o comunales) I.V.A y gastos centrales, si correspondiere, son a cargo del comprador. También deberán ser soportados por éste los importes que puedan surgir por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías. Publíquense edictos en el Boletín Oficial por el término y bajo los apercibimientos de ley. Se autoriza como publicidad adicional a fin de una mayor difusión, la publicación de dos avisos en el Diario "La Capital" de Rosario. Modalidad de pago: Quien resulte comprador deberá abonar la suma de $30.000 a cuenta del 10% del precio de compra en el acto de subasta, con más el 3 % de comisión, todo al martillero, en efectivo y/o cheque certificado. Para el caso que la suma ut supra mencionada supere el valor de $30.000, el comprador deberá abonar el mencionado 10% del precio de compra con la siguiente modalidad: hasta la suma de $ 30.000 en dinero en efectivo en el acto de subasta, y el saldo restante para completar dicho porcentaje deberá depositarse o transferirse a la cuenta judicial abierta o a abrirse para estos autos en el Banco Municipal de Rosario (Sucursal 80 - Caja de Abogados), el día hábil siguiente, bajo apercibimientos de dejar sin efecto la compra, y con pérdida total de lo abonado. El saldo de precio deberá abonarse dentro de los cinco días de notificado la aprobación de subasta debiendo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 y “A” 5212 del B.C.R.A por lo cual de superar el importe de $.30.000.- deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP. Previo a la aprobación de la cuenta de gastos deberá oficiarse al Registro General con copia certificada del acta de subasta a fin de que se tome razón marginalmente de la misma sin que implique transferencia a favor del adquirente, la cual se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes (saldo de precio, posesión, etc.), como asimismo la comunicación al AFIP si no se cumplimentase la comunicación “A” 5147 y “A” 5212 del B.C.R.A. Ofíciese a los juzgados que hubieren ordenado medidas cautelares sobre el inmueble a subastar, a fin de que tomen conocimiento en las causas respectivas de la realización de la subasta con la debida antelación, debiendo acompañarse constancia del diligenciamiento antes del acto de subasta; ello sin perjuicio de lo normado por el art. 503 CPCC. El expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco días antes a los fines de los arts. 494 y 495 CPCC y permanecer en Secretaría, bajo apercibimiento de suspenderse la subasta. Desígnense los dos días hábiles anteriores a la subasta de 10 a 12 hs a los fines de la exhibición del inmueble, debiendo notificarse a los ocupantes con la debida antelación. No procederá la compra en comisión (atento modificación del art. 3936 CC, introducida por el art. 75 inc. c) de la ley 24.441). El adquirente en subasta deberá acudir a escribano público a fin de efectivizar la transferencia del dominio a su favor y/o realizar cesión de los derechos y acciones que emerjan de la subasta. Se excluye en autos la opción prevista en el art. 505 2° párrafo del CPCC. Serán a su exclusivo cargo los gastos, sellados y honorarios notariales producidos y/o que se produzcan por la transferencia del inmueble subastado. En autos se encuentran las copias de los títulos de propiedad, advirtiéndose que luego de la subasta no se atenderá reclamo alguno por falto y/o insuficiencia de los mismos. Todo lo que se hace saber a los efectos legales. Rosario, de Octubre de 2023.- Dra. MARÍA AMALIA LANTERMO – SECRETARIA.
$ 1100 509363 Oct. 25 Oct. 27
__________________________________________
POR
RODRIGO E. ZARATE RUIZ
Por disposición Señor Juez Primera Instancia, Distrito Civil Comercial 6ta. Nominación Rosario, secretaria suscripta hace saber que en autos: CHEVROLET S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS c/Otros s/Ejecución Prendaría, 21-02952323-9, a dispuesto que el Martillero Rodrigo E. Zarate Ruiz (CUIT 23-23964010-9), venda en pública subasta el día 8 de Noviembre de 2023 a las 14 hs, en el Colegio de Martilleros Rosario, sita en calle Moreno 1546, Rosario, respecto de: el rodado Dominio AA510ZB, Año 2016 Marca Chevrolet, Modelo Prisma 1.4 N LTZ, motor marca Chevrolet HCMO21431, chasis N° 913GKT69T0GG269301. Registro Automotor N° 12 Rosario. Embargo: De fecha 1/09/2022, por Pesos $ 1.198.440. Orden Juzgado actuante y en autos que se ejecutan. El mismo saldrá a la venta con una base de $ 3.600.000 y en caso de no haber postores, se sacará en segunda y última base con la suma de $ 2.700.000.- no se aceptarán posturas inferiores a los $ 50.000.- adjudicándose al último y mejor postor, en el estado y condiciones en que se encuentra, no aceptándose reclamos de ninguna naturaleza luego de realizada la subasta. Quien resulte comprador deberá abonar en el acto de subasta hasta la suma de $30.000 en efectivo o cheque certificado, a cuenta del 10% del precio alcanzado, más la comisión al martillero, en dinero efectivo y/o cheque certificado. Si el importe en concepto de seña supera los $30.000, deberá realizarse por transferencia interbancaria el importe de la diferencia para completar el 10% del precio obtenido, la cual deberá abonarse dentro las 48hs posteriores a la subasta, en cuenta designada para estos autos en Banco Municipal de Rosario sucursal Caja de Abogados; el saldo del precio, deberá ser abonado una vez aprobada la subasta, en la cuenta judicial Nro. de Cuenta: 52530715 CBU 0650080103000525307155; del Banco Municipal de Rosario, Sucursal 80 Caja de Abogados, a nombre de este Juzgado y para la presente causa, debiendo acompañar en autos la constancia del mismo, bajo los apercibimientos del art. 498 del CPCC, y siendo tenido automáticamente por desistido de la operación y perdiendo los importes abonados, sin tener derecho a reclamo alguno; o; todo ello de acuerdo con lo dispuesto con la comunicación “A” 5147 del BCRA. Asimismo, el comprador deberá abonar en ese acto el 10% en concepto de comisión de ley al martillero, en dinero en efectivo o cheque certificado. Una vez cumplimentado el precio total de venta y acreditada la transferencia se procederá a la entrega del rodado, con la expresa prohibición de circular hasta tanto se realice la transferencia de dominio a su favor. Se deja constancia que se subasta el vehículo prendado en las condiciones en que se encuentra; El hecho de presentar oferta, implica el conocimiento, consentimiento y plena aceptación de todas las condiciones dispuestas por el presente y, particularmente, en las que se halla el vehículo según las constancias de autos (dominio, deudas, ocupación, antecedentes, medidas cautelares, condiciones mecánicas y/o de conservación, etc). A tales efectos, hágase saber que los títulos de propiedad y demás datos de aquél se encuentran a disposición de los interesados para ser examinados y que deberán conformarse con los mismos y las constancias de autos y que después del remate no se admitirá reclamación alguna, haciéndose constar que el rodado se entregará para su tenencia, bajo las responsabilidades de ley, hasta que se formalice la transferencia de dominio. La totalidad de las deudas por patentes, multas e impuestos que correspondan son al exclusivo cargo del adquirente, como así también gastos de retiro y traslado de la unidad, levantamiento de embargo y/o otras medidas cautelares, el total de gastos o impuestos que graven la compra en subasta pública, así como también todas las costas relativas al proceso de perfeccionamiento de la adquisición del dominio por su parte. No se admite la compra en comisión. Si la venta fracasara por culpa del postor y/o adjudicatario, se aplicará lo dispuesto por el art. 497 del CPCC. La exhibición del automotor se realizará los días 2 y 3 de Noviembre de 2023 en el horario de 13 a 14 hs. en calle Lavalle 2167 de Rosario (cochera). Todo lo que se hace saber a los efectos legales. Rosario, 17 de Octubre de 2023. Sabrina Mercedes Rocci, Secretaria Subr.
$ 1300 509234 Oct. 25 Oct. 27