SAN EUSEBIO S.A.S.
ESTATUTO
Por estar así dispuesto en los autos caratulados " SAN EUSEBIO S.A.S. s/Constitución de Sociedad", CUIJ N° 21-05212358-2, año 2023, que se tramita por ante el Registro Público del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que se ha constituído la sociedad "SAN EUSEBIO S.A.S.":
Socio: ENRIQUE EUSEBIO QUESTA, CUIT: 20-05068587-0, nacido el 14 de Agosto de 1.948, divorciado, argentino, DNI 5.068.587, productor ganadero, de apellido materno Morhain, domiciliado en calle Moreno N° 732 de la ciudad de Gálvez, Departamento San Jerónimo, Santa Fe.-
Fecha instrumento constitución: 30 de Marzo de 2.023.-
Denominación: SAN EUSEBIO S.A.S.
Domicilio Legal: Moreno N° 732, de la localidad de Gálvez, Departamento San Jerónimo, Provincia de Santa Fe.-
Objeto Social: Tiene por objeto las siguientes actividades: La explotación agropecuaria y forestal realizada sobre campos propios o de terceros, consistente en: 1- Explotación de establecimientos ganaderos para la cría, engorde o invernada, incluso en feed lots, de ganado mayor o menor, ya sea vacuno, ovino, porcino, caprino y/o equino; cabañeros, para la cría de toda especie de animales de pedigrí, que incluye el uso de técnicas de reproducción asistidas y de mejoramiento genéticos de las especies animales; 2- La producción y comercialización de cereales, legumbres, oleaginosas y/o productos derivados de la agricultura; 3 - La explotación de tambos de ganado bovino; y 4- La explotación forestal incluyendo la comercialización de madera y productos y/o subproductos derivados de la misma-
Duración: Noventa (90) años, contados a partir de su inscripción en el Registro Publico.
Capital: CINCO MILLONES ($ 5.000.000.-), representado por CINCO MIL (5.000) acciones, de pesos: UN MIL ($1.000.-) de valor nominal, cada una.-
Administración y Fiscalización: Son designados por un período de tres (3) años: ADMINISTRADOR TITULAR al socio Enrique Eusebio Questa, y como ADMINISTRADORA SUPLENTE a Cecilia Judith Questa, CUIT: 27-30916745-2, nacida el 20 de Mayo de 1.984, casada, argentina, DNI 30.916.745, comerciante, de apellido materno Bounous, domiciliada en calle San Lorenzo N° 2030 – Dpto “F” - de la ciudad de Rosario, Departamento Rosario, Santa Fe. En cumplimiento del Art. 256 de la Ley 19.550, los designados fijan como domicilio el determinado en sus datos de identidad personales . Se prescinde de la Sindicatura.-
Organización de la Representación Legal: A cargo del Administrador Titular.-
Fecha cierre del ejercicio: 31 de Diciembre de cada año.-
Fiscalización: A cargo de los accionistas.-
Santa Fe, 17 de Octubre de 2.023 - Dr. Jorge E. Freyre – Secretario Registro Público
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SUCESORES DE ALFREDO WILLINER S.A.
MODIFICACION DEL ESTATUTO
Por estar así dispuesto, en los autos caratulados “ SUCESORES DE ALFREDO WILLINER S.A. S/ CAMBIO DE SEDE SOCIAL, AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL, MODIFICACION DEL ESTATUTO (ART. 1°,3°,4°,5° AL 16°) Y NUEVO TEXTO ORDENADO” CUIJ 21-05396077-1, que tramita por ante el Registro Público de la ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe, se ha ordenado la siguiente publicación: Por asamblea general de accionistas nro. 69 de fecha 5 de abril de 2023 se modificó el artículo primero del estatuto disponiendo el cambio de su domicilio dentro de la jurisdicción y por acta de directorio nro. 395 de fecha 05 de abril de 2023 se fijó su nueva sede social en Ruta 70 Km. 74 de Bella Italia, provincia de Santa Fe; el artículo cuarto del capital social se modificó por las asambleas generales de accionistas nros. 70 del 5 de abril de 2023 elevando el capital social de $ 5.436.243.- a $ 7.457.870.- y por asambleas nro. 71 del 5 de abril de 2023 y nro. 72 del 12 de abril de 2023 se elevó el capital social de $ 7.457.870.- a $ 7.766.584.- y por último, las reformas de los artículos 3,5,6,7,8,9,10,11,12,13,14,15 y 16 producida por la asamblea general de accionistas nro. 73 de fecha 24/07/2023; que a continuación se transcriben: “ ARTÍCULO PRIMERO: Denominación y domicilio. La sociedad se denomina SUCESORES DE ALFREDO WILLINER SOCIEDAD ANONIMA, con domicilio legal en la localidad de Bella Italia, departamento Castellanos, provincia de Santa Fe, pudiendo por resolución del director establecer sucursales, agencias, representaciones o toda forma de descentralización, tanto en el país o en el extranjero, conforme las disposiciones legales y reglamentarias que rigen la materia. La sede social puede ser trasladada dentro de la jurisdicción por decisión del Directorio que se inscribirá en el Registro Público, tantas veces como sea necesario. ARTÍCULO TERCERO: La Sociedad tendrá por objeto la realización de las siguientes operaciones por cuenta propia de terceros y/o asociada a terceros: a) Industriales: la elaboración y transformación de productos alimenticios para consumo humano, animal y para uso industrial; b) Comerciales: la comercialización bajo cualquier forma contractual de los productos industrializados por la Sociedad o terceros, con participación de la Sociedad o no; c) Financieras: operaciones con valores mobiliarios, títulos, acciones y otros valores, con exclusión de las operaciones contempladas en la Ley de Entidades Financieras Nº 21.526; d) Agropecuarias: mediante explotaciones agrícolas, pecuarias y tamberas; e) Inmobiliarias: operaciones inmobiliarias pudiendo comprar, vender, explotar, administrar y alquilar inmuebles urbanos y rurales; y f) Exportación e importación: la importación y exportación bajo cualquier forma contractual, de productos industrializados por la Sociedad o por terceros, con o sin la intervención de la Sociedad. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o este Estatuto. ARTÍCULO CUARTO: El capital social es de pesos siete millones setecientos sesenta y seis mil quinientos ochenta y cuatro ($7.766.584) representado por siete millones setecientos sesenta y seis mil quinientos ochenta y cuatro (7.766.584) acciones escriturales de un peso ($1) valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria hasta el quíntuplo de su monto conforme al artículo 188 de la Ley General de Sociedades Nº 19.550. ARTÍCULO QUINTO: Las acciones serán escriturales, ordinarias o preferidas. Estas últimas tienen derecho a un dividendo de pago preferente de carácter acumulativo o no, conforme a las condiciones de su emisión. Puede también fijárselas una participación adicional en las ganancias. ARTÍCULO SEXTO: Cada acción suscripta confiere derecho de un (1) voto. Las acciones preferidas pueden emitirse con o sin derecho a voto. ARTÍCULO SÉPTIMO: En caso de mora en la integración del capital, el Directorio queda facultado para seguir cualquiera de los procedimientos previstos por el artículo 193 de la Ley General de Sociedades Nº 19.550. ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACION: ARTÍCULO OCTAVO: La administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea, entre un mínimo de 3 (tres) y un máximo de 9 (nueve), quienes durarán en sus funciones un (1) ejercicio. La asamblea puede designar suplentes en igual o menor número que los titulares, por el mismo plazo con el fin de llenar las vacantes que se produjeran, en el orden de su elección. El Directorio designará, por mayoría, un director presidente y uno vicepresidente, quienes permanecerán en el cargo hasta ser reemplazados. El vicepresidente reemplazará al presidente en caso de ausencia o impedimento. Los directores son reelegibles indefinidamente. Los directores continuarán en sus cargos hasta que tomen posesión los reemplazantes designados. Ante cualquier impedimento o ausencia, temporal o definitivo, o en caso de fallecimiento, renuncia, remoción o cese de los directores titulares, los directores suplentes reemplazarán a los titulares. El suplente se puede incorporar a las reuniones del directorio ante la mera ausencia del titular y cualquiera de los directores suplentes reemplaza a cualquiera de los directores titulares. En caso de vacancia de la mayoría de los directores que no pudiera ser cubierta con los restantes suplentes, los directores podrán ser designados por el síndico. El directorio así integrado deberá convocar a asamblea para regularizar la situación dentro de los quince (15) días. ARTÍCULO NOVENO: Cada uno de los directores debe prestar una garantía por un valor equivalente al diez por ciento del monto mínimo de capital social fijado en la ley de fondo o el monto y modalidad que determine la normativa vigente. La garantía podrá consistir en títulos públicos, acciones de otra sociedad, sumas de dinero en moneda nacional o extranjera depositados en la sociedad o entidades financieras o cajas de valores, a la orden de la sociedad, o en hipotecas, prendas, fianzas, avales bancarios, seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la sociedad. Deberá asegurarse su indisponibilidad mientras se encuentre pendiente el plazo de prescripción de eventuales acciones de responsabilidad. ARTICULO DÉCIMO: El Directorio se reunirá, como mínimo, una vez cada tres (3) meses en su sede social y/o en el lugar que resuelva el directorio (incluso en el extranjero), debiendo en tal caso notificar a los miembros del directorio tal circunstancia en forma fehaciente. El directorio sesionará válidamente con la mayoría absoluta de sus miembros, ya sea que se hallen presentes o comunicados entre sí por medios de transmisión simultánea de sonido e imágenes tales como videoconferencias o herramientas similares, dejándose constancia del medio utilizado y de la forma en que participó cada uno de los directores y el síndico. Las resoluciones serán adoptadas por mayoría de votos presentes o comunicados a través de los medios de transmisión referidos. Las actas de esas reuniones serán confeccionadas y firmadas dentro de los cinco (5) días de celebrada la reunión por los directores, o conforme las formalidades reglamentarias aplicables. Si existiera quórum los directores podrán hacerse representar con derecho a voto en las reuniones de directorio por cualquier otro director, por medio de carta poder conferida en instrumento público o privado, debiendo constar tal circunstancia en el acta correspondiente. El presidente, y el vicepresidente que actúa en su reemplazo, tendrá voto dirimente en caso de empate en las votaciones de directorio. ARTÍCULO DECIMOPRIMERO: El Directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales de acuerdo a los establecido por el Código Civil y Comercial de la Nación u otras leyes. La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio o al Vicepresidente, en forma individual. El Directorio podrá designar de entre sus miembros un Comité Directivo que tendrá a su cargo únicamente la gestión de los negocios bajo su vigilancia. FISCALIZACIÓN: ARTÍCULO DECIMOSEGUNDO: La fiscalización de la sociedad está a cargo de un Síndico titular que durará en sus funciones un (1) ejercicio. La asamblea debe elegir un suplente y por el mismo término. ASAMBLEA: ARTÍCULO DECIMOTERCERO: Toda asamblea debe ser citada simultáneamente en primera y segunda convocatoria, en la forma establecida para la primera por el artículo 287 de la Ley General de Sociedades Nº 19.550, sin perjuicio de lo allí dispuesto por el caso de asamblea unánime. La asamblea en segunda convocatoria a celebrarse el mismo día una hora después de la fijada por la primera. Las asambleas, sean ordinarias o extraordinarias, serán convocadas por el directorio o el síndico en los casos previstos por la ley. Los accionistas podrán hacerse representar en la asamblea por mandatarios constituidos mediante simple carta poder dirigida al presidente. Las asambleas serán presididas por el presidente o el vicepresidente o quien elija la asamblea. ARTÍCULO DECIMOCUARTO: Rigen el quórum y mayoría determinados por los artículos números 243 y 244 de la Ley General de Sociedades Nº 19.550, según la clase de asamblea, convocatoria y materias de que se trate. ARTÍCULO Decimoquinto: El ejercicio social cierra el 31 de diciembre de cada año. A esa fecha, se confeccionan los estados contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia. La Asamblea puede modificar la fecha de cierre del ejercicio, inscribiendo la resolución pertinente en el Registro Público y comunicándola a la autoridad de control. Las ganancias realizadas y líquidas se destinan: a) cinco por ciento, hasta alcanzar el veinte por ciento del capital suscripto, para el fondo de reserva legal; b) a remuneración al directorio y síndico, en su caso; c) a dividendo de las acciones preferidas, con prioridad los acumulativos impagos; d) el saldo, en todo o en parte, a participación adicional de las acciones preferidas y a dividendo de las acciones ordinarias, o a fondos de reserva facultativa o de previsión o al destino que determine la Asamblea. Los dividendos deben ser pagados en proporción a las respectivas integraciones, dentro del año de su sanción. LIQUIDACIÓN: ARTÍCULO DECIMO SEXTO: La liquidación de la sociedad será efectuada por el Directorio, bajo la vigilancia del Síndico. Cancelado el pasivo y reembolsado el capital.-“. Asimismo se aprueba un nuevo texto ordenado del estatuto social. Se publica a los efectos legales, Rafaela,9de Octubre de 2023.- FDO: DRA. MARINA ALEJANDRA BORSOTTI (SECRETARIA)
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MS INMOBILIARIA & ARQUITECTURA S.A.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
Por estar así dispuesto en los autos caratulados “MS INMOBILIARIA Y ARQUITECTURA S.A” / “Designación de autoridades” (Expte 2807/2021), de trámite por ante el Registro Público de la ciudad de Santa Fe se hace saber que en MS INMOBILIARIA & ARQUITECTURA SA, de C.U.I.T. 30-71241126-7, por acta de Asamblea N° 13, de fecha 16 de diciembre de 2021, se han efectuado las siguientes designaciones de directores: PRESIDENTE: Manuel Alberto Salva DNI 26.860.127, CUIT 23-26860127-9, nacido el 07 de octubre de 1978, argentino, arquitecto, casado con Natalia Paula Porto, empleada, de DNI 31.115.003, domiciliados ambos en calle Necochea 3733 de la ciudad de Santa Fe Provincia de Santa Fe y DIRECTORA SUPLENTE: María Florencia Salva DNI 30.501.899, CUIL 27-30501899-1, nacida el 24 de octubre de 1983 argentina, empleada, casada con Joaquín Martínez, empleado, DNI 27.660.064, domiciliados ambos en calle Monseñor Zaspe 2972, Piso 1, Depto C de la ciudad de Santa Fe Provincia de Santa Fe.
Santa Fe, 01 de febrero de 2022. Dr. Jorge Freyre, Secretario.
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CARBONIUM SOCIEDAD ANONIMA
ESTATUTO
Por así estar ordenado en los autos caratulados “CARBONIUM S.A. S/ CONSTITUCION DE SOCIEDAD” – CUIJ: 21-05212203-9 - Nro. Expediente: 1984/2023, tramitados ante el REGISTRO PUBLICO de la ciudad de Santa Fe, según decreto de fecha 21/09/2023 se ha dispuesto efectuar la siguiente publicación:
1) DENOMINACION: “CARBONIUM SOCIEDAD ANONIMA”.
2) DURACION: 99 años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público.
3) DOMICILIO: Elisa Damiano Nº 470 de El Trébol, departamento San Martín, Provincia de Santa Fe.
4) OBJETO: La sociedad tendrá por objeto dedicarse, por cuenta propia o de terceros, en el país o en el extranjero, a las siguientes actividades: 1. Consultoría en ingeniería agronómica, ofreciendo servicios especializados en el asesoramiento integral y desarrollo de proyectos agrícolas y ganaderos, incluyendo análisis de suelos, estudios de factibilidad, planificación de cultivos y cría de ganado, y aplicando técnicas de vanguardia para el mejor rendimiento y sostenibilidad. 2. Asesoramiento integral en producción agrícola-ganadera, brindando recomendaciones técnicas, económicas, financieras y prácticas para optimizar los procesos de producción, mejorar la eficiencia, y fomentar la innovación en la agroindustria. 3. Desarrollo e implementación de programas de investigación y desarrollo en el ámbito agropecuario, en colaboración con organismos gubernamentales, instituciones académicas y empresas del sector. 4. Comercialización y distribución de insumos agrícolas y ganaderos, incluyendo semillas, fertilizantes, pesticidas, equipos agrícolas, y productos relacionados. 5. Capacitación y formación de profesionales, técnicos y trabajadores del campo en técnicas agropecuarias avanzadas, buscando elevar la productividad y el conocimiento en el sector. 6. Participación en licitaciones, proyectos y contratos públicos y privados relacionados con las áreas de especialización de la sociedad. 7. Realización de estudios de impacto ambiental y sostenibilidad, promoviendo prácticas agrícolas y ganaderas responsables con el medio ambiente. 8. Multiplicación, procesamiento, análisis de calidad y tratamiento de semillas. 9. Explotación de campos de terceros y/o asociados a terceros para la siembra de cultivos, cría de ganado, forestación y sistemas silvopastoriles. La sociedad podrá realizar todas las operaciones que sean necesarias o convenientes para el cumplimiento de su objeto social y que no se encuentren expresamente prohibidas por las leyes y reglamentos aplicables. Se valdrá de profesionales matriculados para aquellas actividades previstas en el objeto social que requieran la necesaria concurrencia para su prestación.
5) ACCIONISTAS: ALEX JORGE PALAZZESI, apellido materno Natalizi, argentino, nacido el 08/10/1990, DNI 34.525.948, CUIT 20-34525948-2, soltero, ingeniero agrónomo, domiciliado en Italia 1243 de El Trébol (SF); y ANDRÉS FABIÁN BIANCIOTTI, apellido materno Boglione, argentino, nacido el 16/08/1990, DNI 35.177.694, CUIT 20-35177694-4, soltero, ingeniero agrónomo, domiciliado en Elisa Damiano 241 de El Trébol (SF).
6) CAPITAL: El capital social es de pesos Dos Millones ($ 2.000.000.-) representados por mil (1000) acciones de Pesos tres mil ($ 2.000) de valor nominal cada una. Cada uno de los socios integra el 25% en efectivo en el acto constitutivo, y el saldo dentro de los dos años a partir de la fecha del acta constitutiva.
7) ADMINISTRACION Y REPRESENTACION: El primer Directorio estará compuesto por un (1) miembro titular y un (1) suplente, designándose por el plazo de 3 (tres) ejercicios a los señores Alex Jorge Palazzesi y Andrés Fabián Bianciotti como Directores Titular y Suplente respectivamente. Fijan domicilio legal en la República Argentina, en el de calle Elisa Damiano Nº 470 de El Trébol (Provincia de Santa Fe).
8) FISCALIZACION: Se prescinde de Sindicatura, sin perjuicio de la fiscalización que poseen los accionistas conforme art. 55 LGS.
9) FECHA DE CONSTITUCION: 08/08/2023.
10) FECHA DE CIERRE DE EJERCICIO: 31 de Julio de cada año.-
SANTA FE,17 de octubre de 2023. Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.
$ 90,75 509165 Oct. 19
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