TRIBUNAL COLEGIADO
Por disposición de la Dra. María José Campanella, jueza del Tribunal Colegiado de Familia N° 3 de Rosario, se ha dispuesto notificar por edictos a Enrique Oscar Andelique (D.N.I. 26.613.499) la sentencia dictada dentro de los autos caratulados: VALOR, EVA CRISTINA Y OTROS C/ DUARTE, CINTIA GISEL Y OTROS s/ Control De Legalidad De Medidas Excepcionales Y Urgentes LEY 12.967 - 21-11006589-9 (2273/2019), que a continuación se transcribe: “N° 3491. ROSARIO, 26 de septiembre de 2023. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: 1.-) Legitimar el acto administrativo de resolución definitiva de la medida de protección excepcional decidida por Disposición N° 96/23 de fecha 26 de Abril de 2023 de fs. 109/114 , con respecto a EVA CRISTINA VALOR (D.N.I. N° 50.787.432), nacida en fecha 4 de Enero de 2011), HECTOR LIHUEL DIARTE ANDELIQUE (D.N.I. N° 53.404.962) Y NAIR GIOVANNA ANDELIQUE (D.N.I. N° 55.794.001), todos hijos de la señora Cintia Gisel Duarte (D.N.I. N° 37.228.183 y del señor Enrique Oscar Andelique (D.N.I. N° 26.613.499) 2.-) Otorgar a la señora GRACIELA CRISTINA VALOR (D.N.I. N° 16.190.580) la GUARDA JUDICIAL de EVA CRISTINA VALOR (D.N.I. N° 50.787.432), HECTOR LIHUEL DIARTE ANDELIQUE (D.N.I. N° 53.404.962) y de NAIR GIOVANNA ANDELIQUE (D.N.I. N° 55.794.001) de conformidad con lo establecido por el art. 104 y ccdtes. del CcyCN, quien deberá aceptar el cargo ante el Actuario en debida forma. 3.-) De conformidad con lo establecido por el art. 66 bis de la Ley 12967, Decreto Reglamentario y su modificatoria Ley N° 13237, respecto a la TUTELA sugerida por la Dirección Provincial de Niñez, cítese a la progenitora señora CINTIA GISEL DUARTE (D.N.I. N° 37.228.183)y al señor ENRIQUE OSCAR ANDELIQUE (D.N.I. N° 26.613.499) , a estar a derecho, expedirse sobre la medida definitiva propuesta y ofrecer prueba en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación, tal como lo ordena la mencionada norma. 4.-) Notifique la Dirección Provincial dependiente de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia y a la progenitora. 5.-) Notifíquese a la Dirección Provincial dependiente de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia. 7.-) Notifíquese al Defensor General. Insértese y hágase saber”. Fdo. Dra. Maria José Campanella, Jueza; Dra. Gabriela Ríos Artacho, Secretaria.
S/C 508566 Oct. 12 Oct. 18
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Por disposición de la Dra. Jueza, Dra. Igarzabal, del Trib. Coleg. Resp. Extracontractual - 1ra. Nom de Rosario, Dra. Chaparro, Secretaría dentro de los autos caratulados: LEDESMA, BEATRIZ c/ GONZALEZ, JAVIER JONATHAN Y OTROS s/ Daños Y Perjuicios (Expte. n° 21-11880402-0), se ha dispuesto: Rosario, 26 de Junio de 2023. Y VISTOS Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: No habiendo comparecido a estar a derecho el demandado ILLANES LEONOR MARTHA, declárasela rebelde y désele por decaído su derecho dejado de usar. Notifíquese el presente por edictos y por cédula a la contraria.- Insértese y hágase saber.- Fdo. Dra. Susana Igarzabal (Juez) Dra. Andrea G. Chaparro (Sec). 15 de septiembre de 2023.
$ 50 508581 Oct. 12 Oct. 18
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Por disposición del sr. Juez del Juzgado de Responsabilidad Extracontractual de la 2da. Nominación de Rosario, Dra. Entrocasi, Secretaría de la Dr. Bitetti, dentro de los autos caratulados:”MARELLI, BIBIANA MAFALDA TERESA c/ VERA, PORFIDIO RICARDO s/ Daños Y Perjuicios 21-11877659-0 “, se ha dispuesto:, ROSARIO, 01 de septiembre de 2023.-Atento que el demandado VERA, PORFIDIO RICARDO no compareció a estar a derecho pese a encontrarse debidamente notificado , y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselo rebelde. Notifíquese por edictos. Dr. Christian Bitetti Dra. Jorgelina Entrocasi. Dra. Melody Sol Kaffman, prosecretaria.
$ 50 508582 Oct. 12 Oct. 18
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Responsabilidad Extracontractual de la 1ra. Nominación de Rosario, Dra. Martínez, Secretaría de la Dra. Gutiérrez White, dentro de los autos caratulados:”FAZEKAS, MATIAS EZEQUIEL c/ BELLIZIO, HECTOR RAMON s/ Daños Y Perjuicios 21-11880396-2”, se ha dispuesto citar y emplazar a HECTOR RAMON BELLIZIO (DNI 11.873.326) a los fines de comparecer a estar a derecho en el término de 20 días . A continuación se transcriben los decretos pertinentes: “ROSARIO, 14 de Octubre de 2020.- Por presentado, domiciliado y por parte a mérito del poder especial que se acompaña y agrega. Acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Agréguese la boleta colegial acompañada. Por iniciada la acción de daños que expresa. Cítese y emplácese a HECTOR RAMON BELLIZIO y la citada en garantía TRIUNFO SEGUROS para que comparezcan a estar a derecho y contesten la demanda dentro del término de veinte días. Por ofrecida prueba, téngase presente. Téngase presente la reservas formuladas. Concédase al actor el beneficio de litigar sin gastos en los términos del Art. 333 CPCC a tenor de la declaración jurada de pobreza acompañada. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos de Responsabilidad Civil Extracontractual, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe, en el marco de colaboración suscripto con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación , por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación establecido por Acordada Nro 7 de fecha 07/03/2019. En dicho marco, téngase presente que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la incomparecencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12851 (ley de aranceles profesionales). Líbrense los oficios al MPA, al Hospital Anselmo Gamen, al Hospital Provincial, al RNPA, a los fines solicitados. Hágase saber a las partes que en su primera presentación deberán informar su mail, teléfono celular y whatsapp. Hágase saber al presentante que deberá, acompañar y/o exhibir, en la audiencia de vista de causa: a) los originales del poder especial, declaración jurada de pobreza, boleta inicial; b) sobres con documental, testimonial o confesional, si los hubiere. Notifíquese el presente decreto con copia de demanda y de la documental adjuntada. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá consultar a quien lo atienda, los vecinos, si el mismo se domicilia allí, y sólo en caso afirmativo procederá a practicar la notificación. Juez de trámite: Dr. Germán Barbieri”. . Fdo. Dr. Juan Carlos Miranda (Secretario) y el Dr. Germán Barbieri (Juez); “ ROSARIO, 13 de Febrero de 2023: Téngase presente lo manifestado. Atento lo solicitado y advirtiéndose error en decreto de fecha 26 de diciembre de 2022 (fs. 98), déjese sin efecto parcialmente el mismo en cuanto dispone “atento lo manifestado, líbrese oficio al RENAPER, a los fines solicitado. Hágase saber al presentante, que en uso de las facultades que concede el Art. 25 CPCC deberá diligenciar el oficio desde su correo electrónico informando en el mismo el correo oficial del Juzgado (colegiadolrossec3@justiciasantafe.gov.ar) al que deberá el RENAPER dirigir su respuesta” y, en su lugar, se provee: conforme lo peticionado, notifíquese al demandado HECTOR RAMON BELLIZIO (DNI 11.873.326) mediante EDICTOS, los cuales se publicarán por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibirán en el hall de P.B. de Tribunales conforme lo dispuesto por el art. 73 CPCCSF. Hágase saber que en el cuerpo del edicto deberá hacerse saber al demandado que se lo cita y emplaza a los fines de comparecer a estar a derecho en el término de 20 días y que deberá transcribirse el decreto de fecha 14 de Octubre de 2020 (fs. 10) y el presente proveído”. Fdo. DRA. SUSANA T. IRRAZABAL (Jueza en Suplencia) DRA. ELIANA C. GUTIÉRREZ Secretaria). Rosario, 20 de septiembre de 2023.
$ 200 508580 Oct. 12 Oct. 18
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
ROSARIO
Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante BONELLI EUFEMIO ALBERTO, DNI 10.058.661, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "BONELLI, EUFEMIO ALBERTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" Expte N° 21-02971392-5.
$ 45 Oct. 12
Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MARIO HUGO MARCHESE (DNI 6.077.553) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "MARCHESE, MARIO HUGO S/ SUCESORIO - CYC 12" (CUIJ N° 21-02972650-4). Fdo. DRA. Vanina C. Grande – Secretaria.-
$ 45 Oct. 12
Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 4ta. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RICARDO ISIDORO SUJMAJIER DNI 10.409.416, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados "Sujmajier, Ricardo Isidoro s/ Sucesorio" CUIJ 21-02973676-3.
$ 45 Oct. 12
Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante LUIS JESUS DRAGOTTA (D.N.I. 20.298.997) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "DRAGOTTA, LUIS JESUS S/ SUCESORIO C Y C 10" (CUIJ N°21-02972938-4) . Fdo. Prosecretaría
$ 45 Oct. 12
Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10° nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Sr. Oscar Orlando Mac Cabe, DNI N° 16.770.401, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "MAC CABE, OSCAR ORLANDO s/ SUCESORIO", CUIJ N° 21-02974501-0. Dra. Vanina Grande (Secretaría) 06/10/2023.
$ 45 Oct. 12
Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes IBOR AMADO GIACOSA (DNI Nº 5.997.917) y MAFALDA ANA BARICHELLO (DNI Nº 3.177.403) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "GIACOSA, IBOR AMADO y OTROS s/ SUCESORIO" (CUIJ Nº 21-02972835-3).
$ 45 Oct. 12
Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14 Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JULIA GRAZIANI (DNI 3.067.451), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "GRAZIANI, JULIA s/DECLARATORIA DE HEREDEROS", CUIJ 21-02960179-5, de trámite porante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Oct. 12
Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante RAUL ROLANDO GOMEZ (DNI 6.002.849) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "ALAYMO, ANTONIA SANTINA Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N° 21-02971634-7). Fdo. Prosecretaria
$ 45 Oct. 12
Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ROBERTO ALDO DELLA GASPERA (DNI 6.048.890 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "DELLA GASPERA, ROBERTO ALDO S/ SUCESORIO cuij Nº 21-02974114-7". Fdo Prosecretaria
$ 45 Oct. 12
Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de Rosario DR. EZEQUIEL M. ZABALE, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MARÍA TERESA SANCHEZ BOADO (DNI1.036.985 ) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "SANCHEZ BOADO, MARIA TERESA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N° 21- 02972649-0). Fdo. Prosecretaria
$ 45 Oct. 12
Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7º ma. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MARCELO ROMERO (D.N.I. 12.526.927) por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "ROMERO, MARCELO S/ SUCESORIO" (CUIJ 21-02973649-6) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios
$ 45 Oct. 12
Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante BEATRIZ DORA (D.N.I. 4.873.262) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "DORA, BEATRIZ S/ SUCESORIO" (CUIJ N° 21-02974091-4) . Fdo. Prosecretaria.
$ 45 Oct. 12
Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes SIÑERIZ SARA ESTELA DNI N° 4.252.237 y MAIDANA JUAN CARLOS DNI N° 6.006.432 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "SIÑERIZ, SARA ESTELA Y OTROS S/ SUCESORIO - C Y C 14" (CUIJ N° 21-02969982-5).
$ 45 Oct. 12
Por disposición del Juez de distrito civil y comercial de la 7°Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos ,acreedores y todos los que se consideren con derecho a ls bienes dejados por el causante RAFAEL JOSE RIERA DNI 5.993.280,por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días .Autos caratulados :RIERA RAFAEL JOSE S/SUCESORIO (CUIJ 21- 02969794-6). Firmado : Prosecretaria.
$ 45 Oct. 12
Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MARTHA ASUNCION ENRIQUETA CORSETTI (D.N.I. 3.961.978), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "CORSETTI, MARTHA ASUNCION ENRIQUETA S/ SUCESORIO" (CUIJ 21-02973848-0) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Oct. 12
Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14º Nominación de la Ciudad de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Sra. AMANDA INES ANGELI – DNI Nº 3.803.409 – por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días.- Autos: " MARCONI, RAUL Y OTROS S/ SUCESORIO" CUIJ 21-02971789-0 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.-
$ 45 Oct. 12
Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante TETTAMANZI, CESAR ALBERTO MARTIN (D.N.I. 6.073.286) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "TETTAMANZI, CESAR ALBERTO MARTIN S/SUCESORIO" (CUIJ N° 21-02973226-1)
$ 45 Oct. 12
Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 2Da. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante FOSIN FERNANDO MARCELO D.N.I 5.997.437 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "FOSIN FERNANDO MARCELO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS Y/O SUCESION" (CUIJ N°21-02970599-9). Firmado: PROSECRETARIA.-
$ 45 Oct. 12
Ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JUAN TRANQUILO CARNEVALI (L.E. 3.692.690) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "CARNEVALI, JUAN TRANQUILO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ 21-02950491-9)
$ 45 Oct. 12
Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 4ta° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Sr. LUIS VICENTE PEÑARANDA (D.N.I. 6.071.068) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "PEÑARANDA, LUIS VICENTE S/ SUCESORIO" (CUIJ 21-02973791-3) .
$ 45 Oct. 12
Por disposición de la DRA. LUCRECIA MANTELLO, Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 5ta Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MOISES ELIAS SAUCEDO (D.N.I. 29.619.790) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados:"SAUCEDO, MOISES ELIAS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ 21-02972846-9). Fdo. PROSECRETARIA.
$ 45 Oct. 12
Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 5° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes ANGELA ANTONIA BERTOLA D.N.I. 5.522.928 y JUAN PEDRO ZADER D.N.I. 5.958.660, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "ZADER, JUAN PEDRO Y OTROS S/SUCESORIO CYC 5", CUIJ N° 21-02972518-4. FIRMADO: PROSECRETARIA.-
$ 45 Oct. 12
Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11ra. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ANDRES ALEJANDRO DIAZ DNI 8.524.340, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados DIAZ, ANDRES ALEJANDRO S/ SUCESORIO" cuij 21-02973837-5 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. FDO: PROSECRETARIA
$ 45 Oct. 12
Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MARIA ISABEL SEREGHETTI LC. 5.142.394 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "SEREGHETTI MARIA ISABEL S/ SUCESORIO" (CUIJ N°21-02970644-9) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. FDO: PROSECRETARIA
$ 45 Oct. 12
Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil de la 5° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante SOSO DEMETRIO JORGE (DNI 5.395.127) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: " Soso demetrio Jorge s/ Declaratoria de Herederos" (Cuij 21-02972926-0) Firmado: Prosecretria.-
$ 45 Oct. 12
Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11era Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores, y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante FEDERICO JOSÉ ANASTASI, DNI 14.180.364 por un día,para que lo acrediten dentro de los treinta días.-Autos"ANASTASI, FEDERICO JOSE S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS - CUIJ 21-02974705-6 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. FDO: PROSECRETARIA
$ 45 Oct. 12
Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 6° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante CASTRO, GLADYS MARTA (D.N.I. 3.965.976) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "CASTRO GLADYS MARTA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROSSUCESORIO" (CUIJ N°21-02972968-8).
$ 45 Oct. 12
Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Pablo Delgado DNI 92.227.200, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "DELGADO, PABLO S/ SUCESORIO" CUIJ 21- 02962852-9 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Oct. 12
Por disposición del Juez de 1ra.Instancia de Distrito Civil y Comercial de la11ra Nominación de Rosario, se ha ordenado citar de los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Sr. EUGENIO RICARDO DE CESARI (DNI: 6.028.839), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "DE CESARI, EUGENIO RICARDO S/ SUCESORIO" CUIJ Nro. 21-02973152-4. de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. FDO: PROSECRETARIA
$ 45 Oct. 12
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décimo Sexta Nominación de Rosario, Provincia de Santa Fe, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante HÉCTOR OSCAR GONZÁLEZ, DNI 05.325.001, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "GONZALEZ, HECTOR OSCAR S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 16" (CUIJ 21-02974165-1).
$ 45 Oct. 12
Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8va. Nominación de Rosario se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante NILDA IRENE VILA, D.N.I. 6.008.826, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "VILA, NILDA IRENE S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ 21-02973944-4)
$ 45 Oct. 12
Por disposición del juzgado en l Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ARCE ALBERTO ANTONIO D.N.I. 5.970.855 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: ARCE ALBERTO ANTONIO S/ SUCESORIO 21029736194.-
$ 45 Oct. 12
Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante LUCRECIA JOSEFA PALERMO (D.N.I. 3.779.337) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "PALERMO LUCRECIA JOSEFA S/ SUCESORIO" (CUIJ N°21-02973655-0). Fdo. Fernanda I. Virgolini. Prosecretaria.
$ 45 Oct. 12
Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante BEATRIZ LILIANA BLASCO, D.N.I. 6.378.803, por un día, para que lo acrediten, dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "BLASCO, BEATRIZ LILIANA S/ SUCESORIO" (CUIJ 21-02974531-2) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Oct. 12
Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante García Justina DNI N Nº 6.350.964 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados GARCÍA, JUSTINA y Otros s/Declaratoria de Herederos; (CUIJ Nº 21-02970491-8. Dr. Guillermo Damián López. Rosario, Agosto de 2023.
$ 45 Oct. 12
CAÑADA DE GÓMEZ
Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Judicial Nº 6, 2º Nominación Secretaria a cargo del Dr. MARIANO J. NAVARRO, se cita llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de DANIEL JOSE NEGRI, que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publique a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el termino de 1 día conforme disposiciones del artículo 2340 del CCyCN y Estrados del Tribunal.
$ 45 Oct. 12
Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2° Nominación de Cañada de Gómez, en los autos caratulados: “MOYANO TIBURCIA LUISA Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ N° 21-26030814-6, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ALEJO MORA, D.N.I. N° 2.286.498, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial.-$ 45 Oct. 12Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2° Nominación de Cañada de Gómez, en los autos caratulados: “MOYANO TIBURCIA LUISA Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ N° 21-26030814-6, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante TIBURCIA LUISA MOYANO, L.C. N°6.013.472, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial.$ 45 Oct. 12
Por disposición del Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial Nº 6, en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de la ciudad de Cañada de Gómez, a cargo de la Dra. María Laura Aguaya, Secretaría del Dr. Mariano Jesús Navarro, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de POUSA JUAN CARLOS, por el término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Estrados del Tribunal
$ 45 Oct. 12
Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1º Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2da Nominación de esta ciudad de Cañada de Gómez, Dra. Maria Laura Aguaya, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores de Don TABORA, ROBERTO OSCAR para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial por el término de 1 día. Cañada de Gómez, de septiembre de 2023. Dr. Mariano Jesus Navarro, Secretario.-
$ 45 Oct. 12
SAN LORENZO
Por disposición del juzgado en lo Civil y Comercial de la 1° Nominación de la ciudad de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante EMILIO LAMBIES DNI 8.374.555, argentino, apellido materno Lobatto, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos “LAMBIES EMILIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-25443602-7.
$ 45 Oct. 12
Por disposición del juzgado en lo Civil y Comercial de la 2° Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MONTANARI MERCEDES ERMINDA por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "MONTANARI MERCEDES ERMINDA S/ SUCESORIO” CUIJ 21-25443547-0.
$ 45 Oct. 12
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VILLA CONSTITUCIÓN
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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 14 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Villa Constitución, a cargo de la Dra. Agueda M. Orsaria, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Don Luciani Jorge Alberto Mario, DNI. 5.077.666, para que en el término de 30 días y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a este Tribunal para hacer valer sus derechos en los autos caratulados: "LUCIANI JORGE ALBERTO MARIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (Cuij: 21-25658492-9).- Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Villa Constitución, 11 de octubre de 2023. Dr. Alejandro Danino, Secretario.
$ 45 Oct. 12
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La Sra. Jueza de Primera Instancia Civil y Comercial de Distrito Nº 14, 2ª Nominación, Sec. Única de la ciudad de Villa Constitución, llama a los herederos, acreedores y/o legatarios de la Sra. Magdalena Elza Rusconi por treinta días, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Villa Constitución; Dra. GRISELDA N. FERRARI.
$ 45 Oct. 12
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Por disposición del Sr. Juez de 1era Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial y laboral de la 1era Nominación de Villa Constitución, dentro de los autos caratulados: "COLAZO,JORGE MARCIANO S/ SUCESORIO" CUIJ. N°21-25658779-0, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, y legatarios de COLAZO, JORGE MARCIANO, por treinta días, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos lo que se publica a sus efectos legales. Villa Constitución, 10 de octubre del 2023.-
$ 45 Oct. 12
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RUFINO
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El Juzgado de Primera Instancia Civil, Comercial y del Trabajo Distrito Nro. 9 de Rufino, a cargo del Dr. Luis Alberto Cignoli, Juez, Secretaría del Dr. Andrés Espinosa, en autos caratulados "MARTINEZ, LUIS ORLANDO S/ SUCESORIO" CUIJ 21-26365671-4, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios del causante Don LUIS ORLANDO MARTINEZ, DNI: 6.075.564, para que en el término y bajo los apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos.-
$ 45 Oct. 12
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El Juzgado de Primera Instancia Civil, Comercial y del Trabajo Distrito Nro. 9 de Rufino, a cargo del Dr. Luis Alberto Cignoli, Juez, Secretaría del Dr. Andrés Espinosa, en autos caratulados "BAINOTTO MARTA TERESA S/ SUCESORIO" CUIJ 21-26366329-9, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios del causante Doña MARTA TERESA BAINOTTO, DNI: 4.240.553, para que en el término y bajo los apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos.-
$ 45 Oct. 12
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y del Trabajo de Rufino, a cargo del Dr. Luis Alberto Cignoli, Secretaría del Dr. Jorge Andrés Espinoza, cita y emplaza a herederos, sucesores y legatarios de Doña MARIA JOSEFA SILVETTI para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término de ley. Autos "SILVETTI MARIA JOSEFA S/ SUCESORIO" CUIJ 21-26366345-1 Secretaría. Rufino, de octubre de 2023.-
$ 45 Oct. 12
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Por disposición del Jusgado de Primera Instancia de Distrito Nro 9 de Rufino, en lo Civil Comercial y del Trabajo a cargo del Dr Luis Alberto Cignoli Juez y Dr Andres Espinoza secretario, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y demás interesados a los autos sucesorios de JUANEU ALBERTO ANTONIO para que concurran a hacer valer sus derechos en el termino de ley.- Rufino, de OCTUBRE de 2023
$ 45 Oct. 12
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MELINCUÉ
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Nº 8 de Melincué, la Secretara que suscribe cita a los herederos, legatarios, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes del causante doña Mercedes Reneé Gorosito por un día, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Autos GOROSITO MERCEDES RENEE s/Sucesión; (CUIJ Nº 21-26471769-5). Melincué, 30 de septiembre de 2022.
$ 45 Oct. 12
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11ra. Nominación de la ciudad de Rosario, se ha dispuesto publicar edictos en el diario BOLETÍN OFICIAL una vez por mes en el lapso de dos meses (debiendo tener un plazo de 30 días entre publicación y publicación) a fin de que se formulen las observaciones, pudiendo efectuarse oposición dentro de los quince (15) días hábiles computados desde la última publicación, dentro de los autos nominados “MEDINA, AYNELEN MILAGROS y Otros c/MEDINA, RICARDO EMANUEL s/Sumaria información” Expte. 16/2023, CUIJ 21-02965687-5, en los que se ha solicitado autorización de cambio de nombre respecto de la niña Aynelen Milagro Medina, DNI 56.961.933, a fin de que se suprima el prenombre “Aynelen” y en u reemplazo sea sustituido por “Lola”.- Rosario, de Junio de 2023. Firmado: Dr. Luciano Daniel Carbajo (Juez); Dr. Sergio A. González (Secretario).
$ 50 506624 Oct. 12
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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia Civil y Comercial 8va. Nominación de Rosario, se ha ordenado notificar por edictos Sr. Arroñade, Roberto José, DNI 11.504.094, una vez por mes conforme art. 25 Ley 14.394 durante seis meses en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales. Autos Caratulados: ARROÑADE, ROBERTO JOSE s/Ausencia con presunción de fallecimiento, CUIJ: 21-02969995-7 – Rosario, 6 de Julio de 2023. Dra. María Casas, Secretaria.
$ 45 506255 Oct. 12
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 15ta. Nominación de la ciudad de Rosario, se hace saber que la Sra. Bibiana Noemí Artino, D.N.I. N° 16.641.471, ha solicitado se ordene judicialmente la adición al apellido paterno simple con el que se encuentra inscripta en el Registro Civil (Artino), del apellido paterno compuesto (Artino Zappulla), de modo de quedar inscripta como Bibiana Noemí Artino Zappulla. En consecuencia, se ha ordenado publicar edictos una vez por mes en lapso de dos meses, a los fines que quienes se consideren con interés legítimo formulen oposición dentro de los quince (15) días hábiles contados desde la última publicación, todo conforme lo normado en el Art. 70 del Código Civil y Comercial de la Nación. Autos: ARTINO, BIBIANA NOEMI s/Sumaria Información; (CUIJ N° 21-02963853-2). Firmado: Dra. María Eugenia Sapei (Secretaria).
$ 50 503535 Oct. 12
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 15ta. Nominación de la ciudad de Rosario, se hace saber que la Srta. Valentina Vidal, D.N.I. N° 41.602.828, ha solicitado se ordene judicialmente la adición al apellido paterno simple de su madre con el que la misma consta inscripta en el Acta de Nacimiento de la Peticionante (Bibiana Noemí Artino), del apellido paterno compuesto de su madre (Artino Zappulla), y se inscriba dicha adición en el Acta de Nacimiento de la peticionante. En consecuencia, se ha ordenado publicar edictos una vez por mes en lapso de dos meses, a los fines que quienes se consideren con interés legítimo formulen oposición dentro de los quince (15) días hábiles contados desde la última publicación, todo conforme lo normado en el Art. 70 del Código Civil y Comercial de la Nación. Autos: VIDAL, VALENTINA s/Sumaria Información; (CUIJ N° 21-02963857-5). Firmado: Dra. María Eugenia Sapei (Secretaria).
$ 50 503536 Oct. 12
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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18va. Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: “ROSSETTI, MARIELA EDIT s/ Solicitud Propia Quiebra” - CUIJ: 2102853347-8, se hace saber que en fecha 02/10/2023 se ordenó poner de manifiesto informe final y proyecto de distribución, y en fecha 04/10/23 se ordenó poner de manifiesto la adecuación del proyecto de distribución. Asimismo, mediante auto N° 1268 de fecha 02/10/2023 se regularon los honorarios del CPN HECTOR HORACIO DEL VALLE en la suma de $ 949.524,09 y del Dr. Eduardo Víctor Cerino en la suma de $ 406.938,90.Secretaría, de octubre de 2023.05 de octubre de 2023.Dra. Melisa Lobay, prosecretaria.
S/C 508575 Oct. 12 Oct. 18
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Por disposición del juzgado de primera instancia en lo civil y comercial 14 de Rosario DI FLORIO MARIA FERNANDA el BECKER GUSTAVO PEDRO s/ Apremio Por Cobro De Honorarios 21- 02942203-3 se hace saber la siguiente resolución Nº 932: Rosario 20/09/23. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: Aprobar la planilla practicada en cuanto por derecho corresponde hasta la concurrencia de la suma de $554.643,67.- Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Arreche (Secretaria).Rosario, 03/10/23. Dra. Karina Arreche, secretaria subrogante.
$ 50 508613 Oct. 12 Oct. 18
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Rosario provincia de Santa Fe, a cargo de la Dra. Cecilia Camaño, Secretaria de la Dra. Alejandra Martínez, hace saber que los autos caratulados: “CANTARINI JOSE GILBERTO c/ COSTANTINO MIGUEL ANGEL Y OTROS s/ Daños Y Perjuicios” CUIJ 21-12317223-7 (Expte 309/2010), se ha dictado notificar por edictos el proveído de fecha 20 de febrero de 2020 que dispone Autos para Sentencia. SECRETARIA, ROSARIO 28 de septiembre de 2023.Dra. Maria Luz Muré, prosecretaria.
$ 50 508532 Oct. 12 Oct. 18
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Por así estar ordenado dentro de los autos: O MAQUIRRIAIN SRL c/ MARTINO CEREALES SRL s/ Cobro De Pesos 21-02964245-9 que se tramitan por ante el Juzgado de 1ra. Instancia Civil y Comercial de la Décimo segunda Nominación de Rosario, se ha se ha dispuesto hacer efectivos los apercibimientos decretados y declarar rebelde al demandado Martino Cereales S.R.L. Publíquese dos veces en EL BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. Rosario, de septiembre de 2023.
$ 50 508608 Oct. 12 Oct. 17
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14ta Nominación de Rosario Dr. Marcelo Quaglia, en los autos caratulados: “BAROLDI JULIO c/ SOSA TORIBIO s/ Prescripción Adquisitiva” Cuij 21-01565620-1 se ha ordenado “Rosario, 8 de marzo de 2023.- Proveyendo escrito cargo N° 2432/23: atento lo expresado y constancias de autos, previamente: emplácese (por edictos) a los herederos de SOSA TORIBIO para que comparezcan a estar a derecho por el término de ley bajo apercibimientos de ley. Asimismo, ofíciese al RPU a los fines de que tenga a bien informar si se ha iniciado Declaratoria de Herederos de SOSA TORIBIO. Fdo Dra. Ma. Karina Arreche secretaria subrogante Dr. Marcelo M. Quaglia Juez En consecuencia, se hace saber que se ha ordenado citar y emplazar a los herederos de SOSA TORIBIO para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETÍN OFICIAL, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ley. Rosario, 10/07/23.Dra. Ma. Karina Arreche, secretaria subrogante.
$ 50 508585 Oct. 12 Oct. 18
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ SKURPIK ROBERTO s/ Apremio Municipal CUIJ 2122767507-9 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1856.Arroyo Seco, 2/11/2022. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 44.220,94.- en concepto de capital, con más la suma de $ 22.110,00.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- Firmado: Mariana Cattani -Secretaria; Dra. Mariana Alvarado-Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los señores SKURPIK ROBERTO y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0001505-00, LOTE 011, MANZANA 057 RUTA 00. (art.28 ley 5066).Secretaria, 31 de agosto de 2023.
S/C 508553 Oct. 12 Oct. 18
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ VELASQUEZ CARLA s/ Apremio Municipal CUIJ 21- 2276775 1-9 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1823. Arroyo Seco, 1/11/2022. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 15.360,48.- en concepto de capital, con más la suma de $ 15.360,48.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- Firmado: Pablo Rodríguez -Secretario En Suplencia; Dra. Mariana Alvarado-Juez.
En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los Sres. VELASQUEZ CARLA y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0004653-00, LOTE 003, MANZANA 002, RUTA 14. (art.28 ley 5066).Secretaria, 31 de agosto de 2023.
S/C 508554 Oct. 12 Oct. 18
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ RECCHIA ROBERTO s/ Apremio Municipal CUIJ 2122767640-7 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1786. Arroyo Seco, 1/11/2022.VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 36.060,96.- en concepto de capital, con más la suma de $ 18.030,00.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- Firmado: Pablo Rodríguez -Secretario En Suplencia; Dra. Mariana Alvarado-Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los Sres. RECCHIA ROBERTO y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0007431-00, LOTE 017, MANZANA 002, RUTA 03. (art.28 ley 5066).Secretaria 31 de agosto de 2023.
S/C 508555 Oct. 12 Oct. 18
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ RENNI MIGUEL A. s/ Apremio Municipal CUIJ 2122767676-8 se ha dictado lo siguiente: N° 1128. Arroyo Seco, 2/08/2022.VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 37.451,17.- en concepto de capital, con más la suma de $ 18.725,00.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- Firmado: Dra. Mariana Cattani-Secretaria; Dra. Mariana Alvarado-Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los Sres. RENNI MIGUEL A. y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0004411-00, LOTE 011, MANZANA 002, RUTA 33. (art.28 ley 5066).Secretaria, 31 de agosto de 2023.
S/C 508556 Oct. 12 Oct. 18
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ VITELLI FRANCISCO s/ Apremio Municipal CUIJ 2122767663-6 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1812. Arroyo Seco, 1/11/2022. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 40.817,56.- en concepto de capital, con más la suma de $ 20.408,00.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- Firmado: Pablo Rodríguez -Secretario En Suplencia; Dra. Mariana Alvarado-Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los Sres. VITELLI FRANCISCO y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0002262-00, LOTE 018, MANZANA D, RUTA 02. (art.28 ley 5066).Secretaria, 31 de agosto de 2023.
S/C 508557 Oct. 12 Oct. 18
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ RIBECA ARIEL s/ Apremio Municipal CUIJ 21-227676474 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1811. Arroyo Seco, 1/11/2022.VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 16.373,74.- en concepto de capital, con más la suma de $ 16.373,74.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- Firmado: Pablo Rodríguez -Secretario En Suplencia; Dra. Mariana Alvarado-Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los Sres. RIBECCA ARIEL y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0007975-00, LOTE U-31, MANZANA 051, RUTA 00. (art.28 ley 5066).Secretaria, 31 de agosto de 2023.
S/C 508558 Oct. 12 Oct. 18
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/PARDINI HELIA s/Apremio municipal; CUIJ Nº 21-22767257-6 se ha dictado lo siguiente: N° 1700. Arroyo Seco, 21/10/2022. Vista: la demanda incoada en los autos individualizados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 41.458,60 en concepto de capital, con más la suma de $ 20.729,00 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Mariana Sabina Cattani, Secretaria; Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los Sres. Pardini Helia y/o sucesor/es y/o propietario/s y/o titular/es de dominio y/o poseedor/es a titulo de dueño del inmueble catastrado en la municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 0003940-00, Lote 001A, Manzana G, Ruta 09. (art.28 ley 5066). Secretaria, 31 de agosto de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.
S/C 508559 Oct. 12 Oct. 18
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/SOTO RENZO JAVIER s/Apremio municipal; CUIJ Nº 21-22767364-5 se ha dictado lo siguiente: N° 1555. Arroyo Seco, 13/10/2022. Vista: la demanda incoada en los autos individualizados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 4.067,41 en concepto de capital, con más la suma de $ 4.067,41 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Mariana Sabina Cattani, Secretaria; Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los Sres. Soto Renzo Javier y/o sucesor/es y/o propietario/s y/o titular/es de dominio y/o poseedor/es a titulo de dueño del inmueble catastrado en la municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 0009671-00. Lote B. Manzana B. Ruta 38. (art.28 ley 5066). Secretaria, 31 de agosto de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.
S/C 508562 Oct. 12 Oct. 18
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/CIABATTARI PRIMO s/Apremio municipal; CUIJ Nº 21-22767499-4 se ha dictado lo siguiente: N° 1790. Arroyo Seco, 1/11/2022. Vista: la demanda incoada en los autos individualizados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 42.425,22 en concepto de capital, con más la suma de $ 21.212,00 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Pablo Rodríguez -Secretario en suplencia; Dra. Mariana Alvarado-Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los Sres. Ciabattari Primo y/o sucesor/es y/o propietario/s y/o titular/es de dominio y/o poseedor/es a titulo de dueño del inmueble catastrado en la municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 0001249-00A Lote 021, Manzana 048, Ruta 00. (art.28 ley 5066). Secretaria, 31 de agosto de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.
S/C 508563 Oct. 12 Oct. 18
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/YASSOGNA CAYETANO s/Apremio municipal; CUIJ Nº 21-22767428-5 se ha dictado lo siguiente: N° 1929. Arroyo Seco, 9/11/2022. Vista: la demanda incoada eh los autos individualizados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 29.169,16 en concepto de capital, con más la suma de $ 14.584,00 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Mariana Cattani-Secretaria; Dra. Mariana Alvarado-Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los señores Yassogna Cayetano y/o sucesor/es y/o propietario/s y/o titular/es de dominio y/o poseedor/es a titulo de dueño del inmueble catastrado en la municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 0002395-00, Lote 01113, Manzana 048, Ruta 00. (art.28 ley 5066). Secretaria, 29 de agosto de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.
S/C 508565 Oct. 12 Oct. 18
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/OPPEDISANO MARÍA N s/Apremio municipal; CUIJ Nº 21-22767501-9 se ha dictado lo siguiente: N° 1881. Arroyo Seco, 8/11/2022. Vista: la demanda incoada en los autos individualizados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 13.968,92 en concepto de capital, con más la suma de $ 13.968,92 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani -Secretaria; Dra. Mariana Alvarado-Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos M art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los Sres. Oppedisano Maria N. y/o sucesor/es y/o propietario/s y/o titular/es de dominio y/o poseedor/es a titulo de dueño del inmueble catastrado en la municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 0008585-00, Lote 003, Manzana F, Ruta 28. (art.28 ley 5066). Secretaria, 31 de agosto de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.
S/C 508537 Oct. 12 Oct. 18
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/SALINAS GABRIEL OMAR s/Apremio municipal; CUIJ Nº 21-22767568-0 se ha dictado lo siguiente: N° 1844. Arroyo Seco, 2/11/2022. Vista: la demanda incoada en los autos individualizados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 27.430,11 en concepto de capital, con más la suma de $ 13.715,00 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Mariana Cattani- Secretaria; Dra. Mariana Alvarado-Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los Sres. Salinas Gabriel Omar y/o sucesor/es y/o propietario/s y/o titular/es de dominio y/o poseedor/es a titulo de dueño del inmueble catastrado en la municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 0008825-00, Lote 0571 Manzana K, Ruta 28. (art.28 ley 5066). Secretaria, 31 de agosto de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.
S/C 508538 Oct. 12 Oct. 18
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/TUCCI MARINO s/Apremio municipal; CUIJ Nº 21-22767615-6 se ha dictado lo siguiente: N° 1795.Arroyo Seco, 1/11/2022. Vista: la demanda incoada en los autos individualizados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 68.392,57 en concepto de capital, con más la suma de $ 34.196,00 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Pablo Rodríguez -Secretario en suplencia; Dra. Mariana Alvarado-Juez. .En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los Sres. Tucci Marino y/o sucesor/es y/o propietario/s y/o titular/es de dominio y/o poseedor/es a titulo de dueño del inmueble catastrado en la municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 0002479-01, Lote 00413, Manzana 068, Ruta 00. (art.28 ley 5066). Secretaria, 31 de agosto de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.
S/C 508539 Oct. 12 Oct. 18
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/TAURIANI ERNESTO s/APREMIO MUNICIPAL CUIJ 2122767425-0, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1082. Arroyo Seco, 29/07/2022.VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 22.768,88.- en concepto de capital, con más la suma de $ 11.384,44.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- Firmado: Dra. Mariana Cattani, Secretaria; Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los Sres. TAURIANI ERNESTO y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0002938-00, LOTE 012A, MANZANA 070, RUTA 00. (art.28 ley 5066). Secretaría, 31 de Agosto de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.
S/C 508541 Oct. 12 Oct. 18
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO C/SCIAPICCHETTI D. s/APREMIO MUNICIPAL CUIJ 21-22767560-5, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1895. Arroyo Seco, 9/11/2022. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 27.969,87.- en concepto de capital, con más la suma de $ 13.984,00.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Mariana Cattani, Secretaria; Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los Sres. SCIAPICCHETTI D. y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0000056-00, LOTE 001, MANZANA 028, RUTA 00. (art.28 ley 5066). Secretaría, 31 de Agosto de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.
S/C 508543 Oct. 12 Oct. 18
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de 1 la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO C/ZARATE FERNANDO S/APREMIO MUNICIPAL CUIJ 2122767429-3 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1944. Arroyo Seco, 9/11/2022.VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 22.658,47.- en concepto de capital, con más la suma de $ 11.329,00.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- Firmado: Dra. Mariana Cattani-Secretaria; Dra. Mariana Alvarado-Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los señores ZARATE FERNANDO y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0003879-00, LOTE 019-1, MANZANA 003 RUTA 01. (art.28 ley
5066). Secretaría, 31 de Agosto de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.
S/C 508544 Oct. 12 Oct. 18
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/PUGLIESE JUAN J s/APREMIO MUNICIPAL CUIJ 2122767654-7 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1774.Arroyo Seco, 1/11/2022. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 23.459,29.- en concepto de capital, con más la suma de $ 11.729,00.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- Firmado: Pablo Rodríguez –Secretario En Suplencia; Dra. Mariana Alvarado-Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los señores PUGLI ESE JUAN J. y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/Sy/0TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0006515-01, LOTE 006, MANZANA 004 RUTA 21. (art.28 ley 5066). Secretaría, 31 de Agosto de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.
S/C 508545 Oct. 12 Oct. 18
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO C/QUAGLIA MARIA O. DE S/APREMIO MUNICIPAL CUIJ 2122767668-7 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N°1816. Arroyo Seco, 1/11/2022. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 12.638,03.- en concepto de capital, con más la suma de $ 12.638,03.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Pablo Rodríguez –Secretario En Suplencia; Dra. Mariana Alvarado-Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los señores QUAGLIA MARIA O. DE y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES ATITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0001446-00, LOTE 002, MANZANA 014 RUTA 00. (art.28 ley 5066). Secretaría, 31 de Agosto de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.
S/C 508546 Oct. 12 Oct. 18
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO C/LONGO GABRIEL S/APREMIO MUNICIPAL CUIJ 2122767514-1 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1839.Arroyo Seco, 2/11/2022.VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 29.541,47.- en concepto de capital, con más la suma de $ 14.770,00.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani -Secretaria; Dra. Mariana Alvarado-Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los señores LONGO GABRIEL y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0003342-00, LOTE 020, MANZANA B, RUTA 28. (art. 28 ley 5066). Secretaría, 31 de Agosto de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.
S/C 508548 Oct. 12 Oct. 18
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO C/SURITA MIRTA ALEJANDRA S/APREMIO MUNICIPAL CUIJ 21-22767667-9 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1773.Arroyo Seco, 1/11/2022. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 9.532,57.- en concepto de capital, con más la suma de $ 9.532,57.-estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- Firmado: Pablo Rodríguez –Secretario en Suplencia; Dra. Mariana Alvarado-Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los Sres. SURITA MIRTA ALEJANDRA y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0000315-00, LOTE 022, MANZANA 001, RUTA 00. (art.28 ley 5066). Secretaría, 31 de Agosto de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.
S/C 508549 Oct. 12 Oct. 18
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 18ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el Sr. Ramírez Carlos Alberto DNI N° 20.999.414, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: RAMIREZ CARLOS ALBERTO s/Declaratoria de herederos C Y C 18; CUIJ Nº 21-02973191-5, de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Oct. 12
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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 15° Nominación de Rosario -en Suplencia-, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a tos bienes dejados por la causante Isidora Pagan Rodríguez (D.N.I. Nº 93.525.662) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: PAGAN RODRIGUEZ, ISIDORA s/Sucesorio; (CUIJ N° 21-02913395-0). Fdo. Dr. Julián Evangelisti, Prosecretaria.
$ 45 Oct. 12
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Por disposición del Juez Dr. Marcelo N. Quiroga de Distrito Civil y Comercial de la 7ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Juana Cañete (D.N.I. Nº 1.475.909) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: CAÑETE, JUANA s/Sucesorio; (CUIJ N° 21-02972461-7). Fdo. Prosecretaria.
$ 45 Oct. 12
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Rosario, 06 de octubre de 2023, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Gladiz Soledad Gamboa (DNI Nº 6.842.994) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: GAMBOA, GLADIZ SOLEDAD s/Sucesorio; (CUIJ N° 21-02913612-1). Fdo. Dr. Marcelo N. Quiroga, Juez.
$ 45 Oct. 12
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante Castelli, Maria Rita Del Carmen (D.N.I. Nº 5.784.848) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: CASTELLI MARIA RITA DEL CARMEN s/Declaratoria de herederos - sucesorio; (CUIJ N° 21-02973507-4). Fdo. Prosecretaria.
$ 45 Oct. 12
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Farabolini, Adriana María (D.N.I. Nº 12.522.987) por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: FARABOLINI, ADRIANA MARÍA s/Declaratoria de herederos. Fdo. Dra. Vanina C. Grande, Secretaria.
$ 45 Oct. 12
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 1ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Bondino Eduardo Enrique, 13.953.373, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: BONDINO EDUARDO ENRIQUE s/Declaratoria de herederos; CUIJ Nº 21-02973389-6. Fdo. Dr. Ricardo A. Ruiz (Juez) y secretaria a cargo de la Dra. Beduino Maria Silvia. Rosario, 22 de septiembre de 2023.
$ 45 Oct. 12
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Maria Teresa De Giorgio (DNI N° 3.958.107) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: DE GIORGIO, MARIA TERESA s/Sucesorio; (CUIJ N° 21-02971594-4). Firmado: Dra. Vanina C. Grande.
$ 45 Oct. 12
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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 15ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante Nora Yolanda Bergamin (D.N.I. Nº 10.624.628) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: BERGAMIN NORA YOLANDA s/Sucesorio - C Y C 15; CUIJ Nº: 21-02973941-9. Fdo. Prosecretaria.
$ 45 Oct. 12
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Por disposición del Juzgado Civil y Comercial de la 14ta. Nominación de Rosario a cargo de la Dra. Quaglia, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores; y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante don Eduardo Manuel Melfi, D.N.I. 2.202.006 y doña María Luisa Gómez, L.C. 1.513.870, par 5 veces en 10 días para que dentro de los 30 días corridos a partir de la primera publicación se presenten en autos los posibles herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por los causantes: (art. 1,2 y 2340 del CCyC, y 592 CPCC). Autos: NIELFI EDUARDO MANUEL y Otros s/Declaratoria de herederos (CUIJ: 21-02900307-3). Fdo.: Dra. Arreche, Secretaria. Rosario, 10 de Octubre de 2023.
$ 45 Oct. 12
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 18ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Guerra Quinca Guida, DNI N° 5.499.890 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: GUERRA QUINCA GUIDA s/Declaratoria de herederos C Y C 18; CUIJ N° 21-02972398-9. Fdo: Dra. Susana S. Gueiler, Juez.
$ 45 Oct. 12
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FIRMAT
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito Civil, comercial y Laboral Nº 16 de Firmat, se cita y llama y emplaza a los herederos, legatarios o acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes de la herencia dejados por el causante Ismael Antonio Alfonso, DNI Nº 17.496.770, quien falleció en la localidad de Santa Teresa, provincia de Santa Fe, el día 106 de febrero del año 2020, para que en el término de ley se presenten a hacerlos valer en los autos caratulados: ALFONSO, ISMAEL ANTONIO s/Declaratoria de herederos; CUIJ N° 21-26423104-0, lo que se publica a sus efectos legales.
$ 45 Oct. 12
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CASILDA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2° Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Cristina Carmela Galucci y/o Cristina Carmela Gallucci, DNI 5.842.718, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: GALUCCI CRISTINA CARMELA s/Declaratoria de herederos, Expte. Nº 406/2023 21-25863539-3. Fdo. Dra. Sandra González - Secretaria.
$ 45 Oct. 12
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Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Santos Roberto López, DNI 6.096.774, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: LOPEZ SANTOS ROBERTO s/Declaratoria de herederos, Expte. N° 966/2001 21-25811981-6. Fdo. Dra. Sandra González - Secretaria.
$ 45 Oct. 12
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Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Rossi María Inés, DNI 3.962.700, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: ROSSI MARIA INES s/Sucesiones. Insc. Tardías. Sumarias, Expte. Nº 322/2023 21-25863390-0. Fdo. Dra. Sandra González - Secretaria.
$ 45 Oct. 12
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CAÑADA DE GOMEZ
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nro. 6 de Familia de Cañada de Gómez, en los autos caratulados: “FALAPPA MARCELO DANIEL s/ Adopción” CUIJ: 21-23678423-9, se ha ordenado la publicación de edictos con el fin de notificar lo siguiente: “Cañada de Gómez, 02 de octubre de 2023. De conformidad a lo informado por Mesa de Entradas y encontrándose vencido el término de ley otorgado al demandado Sr. Alberto Florentino Pereyra para que comparezca a estar a derecho sin que el nombrado haya hecho uso del mismo, se dispone su rebeldía y la prosecución de la presente causa. A los fines de designar un abogado de oficio, fíjese fecha de sorteo para el día Lunes 09 de octubre de 2023 a las 08:00 horas. (cfr. Arts. 77 y 78 del rito). Notifíquese por edictos.” Fdo: Dra. Ana Lucia Soler (Secretaria); Dra. Beatriz Liliana Favret (Juez). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Cañada de Gómez, octubre de 2023.
$ 52,50 508599 Oct. 12 Oct. 18
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SAN LORENZO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da Nominación de San Lorenzo, dentro de los caratulados: “CESANO LEANDRO c/ CORPORACION ARG. PROD. CARNE s/ Prescripción Adquisitiva “ (2125371091-5), ha ordenado lo siguiente: San Lorenzo 11 de Agosto de 2023. Agréguese el edicto acompañado. Surgiendo del sistema informático de que no existen escritos pendientes de agregación, declárese rebelde al demandado atento su incomparecencia y siga el juicio sin su representación. Para sorteo de DEFENSOR se fija la audiencia del día 18/09/2023 a las 9 horas, debiendo a tal fin estar el expediente en la oficina de quiebras el día hábil anterior a la fecha decretada, acreditando todas las notificaciones y comunicarse con el mismo a fin de noticiar, de lo contrario no se realizará la misma. Notifíquese.... OTRO: San Lorenzo, 25 de Agosto de 2023. Advirtiendo la existencia de un error involuntario en el proveído de fecha 11/08/2023, revóquese el mencionado la parte que dispone: “. . . . y siga el juicio sin su representación” Notifíquese junto al mencionado decreto. OTRO: San Lorenzo, 25 de Septiembre de 2023. Téngase presente lo manifestado. Para sorteo de DEFENSOR se fija la audiencia del día 03/11/2023 a las 9 horas, debiendo a tal fin estar el expediente en la oficina de quiebras el día hábil anterior a la fecha decretada, acreditando todas las notificaciones y comunicarse con el mismo a fin de noticiar, de lo contrario no se realizará la misma. San Lorenzo, Dra. Melisa Peretti, secretaria.
$ 33 508530 Oct. 12 Oct. 18
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 2º Nominación de la Ciudad de San Lorenzo se ha ordenado citar y emplazar a los herederos del Sr. ROBERTO RUFINO FLORES, DNI Nº 16.837.617, a comparecer a estar a derecho por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y en los estrados del Tribunal por tres veces y cuyo término vencerá cinco días después de la última publicación. Autos: SOSA, DIEGO ANDRES Y OTROS c/ FLORES, ROBERTO RUFINO Y OTROS s/ Proceso De Daños Y Perjuicios, CUIJ 21-25439499-5. Firmado: Dra. Melisa V. Peretti (Secretaria).
$ 33 508534 Oct. 12 Oct. 18
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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Circuito de San Lorenzo Dr. Sebastián J. Rupil, Secretaria de la Dra. Jimena Muñoz, dentro de los autos caratulados: “COMUNA DE LUIS PALACIOS c/ PASCUAL ALFREDO RICARDO PEDRO s/ Apremios” cuij 21-23396928-9, se ha dictado lo siguiente: “T°116 F°241 N° 3578 San Lorenzo, 26/12/2018. Atento a lo solicitado y a las constancias de autos, trábese embargo sobre el inmueble propiedad del demandado PASCUAL ALFREDO RICARDO PEDRO L.E. N° 5.981.182 cuyo dominio consta inscripto en el Registro General de la Propiedad bajo el Tomo 169 Folio 359 N° 168.574 Departamento San Lorenzo, ubicado en manzana N° 83 Lotes F-G-H1 de la zona urbana de la localidad de Luis Palacios, partida inmobiliaria 15-08-00-207.902/0003-1 hasta cubrir la suma de pesos VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA CON 72/100 ($29.550,72.-) en concepto de capital, con más la suma de pesos OCHO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO CON 21/100 ($8.865,21.-) estimados provisoriamente para intereses y costas futuras, librándose el despacho correspondiente a sus efectos. Insértese, dese copia y hágase saber.- Firmado: DRA. SILVINA RAQUEL BERNARDELLI (Secretaria) DR. GUILLERMO ROLDÁN (Juez)“ - “SAN LORENZO, 26 de Diciembre de 2018 Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado a mérito del poder general que en copia acompaña. Otórguese la participación legal correspondiente. Por iniciada demanda de apremio (Ley 5066 mod. ley 7118). Cítese de remate a la parte accionada con la prevención de que si no opone excepción legítima alguna dentro de ocho (8) días, se llevará adelante la ejecución en su contra. Líbrese mandamiento de intimación de pago. Cumplimente art. 35 CPCyC 2do. Párrafo. Agréguese a autos copia de certificado de deuda. Martes y viernes para notificaciones en Secretaría. Notifíquese por cédula. A la cautelar, por auto. Firmado: Dra. Silvina Raquel Bernardelli (Secretaria) Dr. Guillermo Roldán (Juez)“ - “San Lorenzo, 22 De Diciembre De 2021 Atento el fallecimiento del demandado informado por la Cámara Nacional Electoral a fs. 20 de autos procédase a la recaratulación de los presentes como “COMUNA DE LUIS PALACIOS c/ SUCESORES DE PASCUAL ALFREDO RICARDO PEDRO s/ Apremios”. Agréguese informe de Registro de Procesos Sucesorios acompañado. Téngase presente lo informado por dicho organismo. De conformidad a los dispuesto por el art. 597 del CPCC cítese y emplazácese por edictos a los herederos del Sr. Pascual Alfredo Ricardo Pedro L.E. 5.981.182. Notifíquese por dictos el presente conjuntamente con el decreto de fecha 26/1/2018, que se publicarán 3 veces en el BOLETÍN OFICIAL venciendo el término al quinto día de la última publicación. Firmado: Dr. Sebastián J. Rupil (Juez) Dra. Jimena Muñoz (Secretaria).Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en los estrados del tribunal por el término de tres días.
$ 324, 08 508533 Oct. 12 Oct. 18
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ra Nominación de San Lorenzo, dentro de los caratulados: “PAZZI RODOLFO JORGE c/ BENITEZ ELPIDIO BEIBALDI y otros s/ Prescripción Adquisitiva “ (2125343510-8), ha resuelto lo siguiente: San Lorenzo, 29 de Mayo de 2023. T°97 F° 19 Nº 860 Y VISTOS... Y CONSIDERANDO.. FALLO: 1. Hacer lugar a la pretensión de usucapión interpuesta y, en consecuencia, declarar adquirido por prescripción el dominio, desde el 25/10/2003, a favor del Sr. PAZZI RODOLFO JORGE, del inmueble consistente en: Un lote de terreno, situado en calle San Luis s/n de la Ciudad de Puerto San Martín, Departamento de San Lorenzo, de la Provincia de Santa Fe, que en el Plano n° 92045/49, de mensura y subdivisión inscripto en el Departamento Topográfico de la Dirección General de Catastro se designa como Lote N° 19 de la Manzana 0008 y que de acuerdo al Plano de Mensura confeccionado al efecto en el año 2015 por el Ingeniero Agrimensor Mauro R. Roncero (I.Co.P.A. N° 2-0434/0), y se encuentra inscripto en fecha 08 de Octubre de 2015 bajo Número Dupi. 1 550 -SI, del Departamento Topográfico de la misma dirección y mide: de FRENTE al Oeste 26,78 metros, lindando con calle San Luis; en su lado Norte 30,00 metros lindando con el lote Tomás lyon Montes de Oca; en su lado Este mide 35,00 metros lindando con el lote de Toribio Manzo, Margarita Ordoñez y Ot., y parte de otro lote de Margarita Ordoñez y Ot., último en el lado Sur3 1,11 metros lindando con el lote de Elpidio Benitez, encerrando una superficie total de 930,97 m2. Dominio Inscripto al Tomo 97 Folio 451 Número 68323, Departamento San Lorenzo. Identificado como Manzana 0008, parcela 00002, sección 01, Zona 1. Partida Impuesto Inmobiliario 15-02-00201845/0000-6. 2) Imponer las costas a la parte demandada vencida; 3) Declarar que los honorarios del defensor oficial de la demandada son a cargo de la actora tanto como la demandada representada, contra quien en definitiva deben pesar, pudiendo en caso de pagarlos la accionante, repetir.- 4) Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se acompañe valuación certificada del inmueble 5) Firme el presente fallo y cumplimentado que fuera el art. 34 Ley 6767, Ofíciese al Registro General y a los organismos administrativos correspondientes a fin de que se inscriba el dominio y se tome razón de dicha prescripción. Insértese y hágase saber.
San Lorenzo. Dra. Luz Maria Gamst, secretaria.
$ 52,50 508535 Oct. 12 Oct. 18
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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de San Lorenzo, Secretaría de la autorizante, se cita, llama y emplaza a los herederos de los causantes Ada Nélida Cichetti y Guillermo Silvino Gertsch, y a todo el que tenga algún interés legítimo, para que comparezca a estar a derecho por el término y bajo apercibimiento de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina, dentro de los autos caratulados: CICHETTI ADA NELIDA Y OTROS s/ Sucesorio CUIJ 21-25443606-9. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en los Estrados del Tribunal por el término de Ley. San Lorenzo. Secretaría de la Dra. Melisa V Peretti.
$ 45 Oct. 12
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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de San Lorenzo, Secretaría de la autorizante, se cita, llama y emplaza a los herederos del causante Rubén Héctor Ramos, y a todo el que tenga algún interés legítimo, para que comparezca a estar a derecho por el término y bajo apercibimiento de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina, dentro de los autos caratulados: RAMOS RUBEN HECTOR s/ Sucesorio 21-25443367-2. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en los Estrados del Tribunal por el término de Ley. San Lorenzo. Secretaría de la Dra. Melisa V Peretti.
$ 45 Oct. 12
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Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Segunda Nominación, con asiento en la ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, cuyo Juez es la Dra. Stella Maris Bertune, Secretaría única a cargo de la Dra. Melisa V. Peretti, se ordenó la publicación de edictos en los autos caratulados: CABRERA MERCEDES GLADYS s/ Declaratoria De Herederos Cuij 21-25443690-6 citándose y emplazándose a todo aquel que tenga un interés legítimo así como también a los herederos de la causante de autos: CABRERA MERCEDES GLADYS, quien fuere titular del DNI 02.951.804, para que COMPAREZCAN A ESTAR A DERECHO por el termino y bajo apercibimientos de ley. Hágase saber a los interesados que en caso de no comparecer, no serán incluidos en la Sentencia de Declaratoria de Herederos que eventualmente se dicte. Se publica a sus efectos en los estrados del tribunal por el término de ley. - San Lorenzo, 29 de Septiembre de 2023.- Fdo. Dra. Melisa V. Peretti, Secretaria.
$ 45 Oct. 12
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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de San Lorenzo, a cargo de la Dra. STELLA MARIS BERTUNE
(Jueza) y Dra. MELISA VANINA PERETTI (Secretaria), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios del causante Don CRUCCIANI JORGE ANGEL, D.N.I. N° 6.186.698., a todos los que tengan un interés legítimo, para que comparezcan a estar a derecho por el término y bajo apercibimiento de ley. Autos CRUCCIANI JORGE ANGEL s/ Sucesorio; (C.U.I.J. Nº 21-25443653-1). San Lorenzo.
$ 45 Oct. 12
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nom. de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y legatarios del causante y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Sra. D’alessandro Norma Gloria, DNI N° 5.751.474, para que lo acrediten dentro del plazo de treinta días. Autos Caratulados: D’ALESSANDRO NORMA GLORIA s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-25443604-3. Fdo. Dra. Stella Maris Bertune - Juez. Dra. Melisa V. Peretti - Secretaria.
$ 45 Oct. 12
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RUFINO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo de Distrito N° 9 de Rufino, Provincia de Santa Fe, la Secretaría que suscribe cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y a todos cuanto consideren con derecho sobre los bienes de la herencia del Sr. Ernesto Domingo Muratori (DNI: 06.132.890) para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro de los autos: MURATORI, ERNESTO DOMINGO s/Sucesorio, CUIJ: 21-26366297-8.- Firmado: Dr. Luis Alberto Cignoli (Juez) - Dr. Jorge Andrés Espinoza (Secretario). Rufino, Octubre de 2023.
$ 45 Oct. 12
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VENADO TUERTO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Juzgado de Familia de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Claudio M. Heredia (Juez), en los autos caratulados: FERNANDEZ DANIELA c/FERNANDEZ WALTER OSVALDO s/Supresión apellido paterno, CUIJ N° 21-2 722519-8, se ha dispuesto publicar edictos por el término d Ley conforme Art. 7 del Código Civil y Comercial de la Nación en virtud de haber solicitado la Srta. Daniela Fernández la supresión de su apellido paterno. Para mayor seguridad se transcribe la parte pertinente del decreto que así lo dispone: Venado Tuerto, 06 de septiembre de 2022. Proveyendo escrito cargo Nº 9944/2022: “Previo a todo trámite, en virtud de lo dispuesto por el art. 70 CCCN cumpliméntese con la publicación de edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe una vez por mes, en el lapso de dos meses. (...)“.- Fdo.: Dr. HEREDIA CLAUDIO (Juez), Secretaria Dra. PARENTI LUCIANA (Secretaria subrogante). Dra. Ma. Paula Suárez Salfi, Secretaria Subrogante.
$ 50 508589 Oct. 12 Oct. 18
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Por disposición del Juzgado de la Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso, Secretaría de la Dra. Maria Laura Olmedo, se cita, llama y emplaza por el término de ley, a los herederos, acreedores y legatarios de don/a Federico, Bruno (DNI nº 37.097.318) para que comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimientos de ley. Autos: FEDERICO BRUNO s/Declaratoria de herederos (CUIJ Nº 21-24620665-9). Venado Tuerto, 3 de Octubre de 2023. Dra. Ma. Laura Olmedo, Secretaria Subrogante.
$ 45 Oct. 12
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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 3 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Venado Tuerto (SF), Dra. María Celeste Rosso (Juez), se cita, llama y emplaza por el término de ley, a los herederos, legatarios, acreedores y terceros interesados, de la causante doña Robledo Nilda Raquel, DNI. 05.149.270, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en autos caratulados: ROBLEDO NILDA RAQUEL s/Declaratoria de herederos (CUIJ N° 21-24620345-5). Firmado: Dra. María Laura Olmedo (Secretaria). Venado Tuerto, 9 de Octubre de 2023.
$ 45 Oct. 12
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Por disposición de la Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso (Jueza), Dra. María Laura Olmedo (Secretaria), se cita y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de don Mario Oscar Oviedo, D.N.I. 6.603.930, para que en el término de ley comparezcan a hacer valer sus derechos bajo apercibimientos de ley. Autos caratulados: OVIEDO MARIO OSCAR s/Declaratoria de herederos, 21-24620792-2 - Año 2023. Venado Tuerto, 6 de Octubre de 2023. Dra. Olmedo, Secretaria Subr.
$ 45 Oct. 12
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial do la Primera Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo del Dra. María Celeste Rosso, Secretaria de la Dra. María Laura Olmedo en los autos caratulados: INFANTE LUIS ANTONIO s/Sucesorio (CUIJ. Nº 21-24520655-1), se cita, llama y emplaza por el término de ley a los herederos, acreedores y legatarios de don Luis Antonio Infante, DNI. N° 6.144.065, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Venado Tuerto, 6 de Octubre de 2023. Venado Tuerto, 6 de Octubre de 2023. Dra. Olmedo, Secretaria Subr.
$ 45 Oct. 12
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Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 3 en lo Civil y Comercial de Venado Tuerto de Primera Nominación, Dra. María Celeste Rosso, Juez; Secretaria de la Dra. María Laura Olmedo, cita y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de don SAVIOTTI LUIS LUCRECIO, L.E. 2.889.366 y doña Giraudo Clementina, L.C. Nº 7.675.025, para que comparezca a hacer valer sus derechos por el término y bajo apercibimiento de ley. Autos: SAVIOTTI LUIS LUCRECIO y OTRA s/Sucesorio – CUIJ: 21-24620512-1. Venado Tuerto, 4 de Octubre de 2023. Fdo.: Dra. María Laura Chaparro - Secretaria. Dra. Olmedo, Secretaria Subr.
$ 45 Oct. 12
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Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 3 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores de don Ríos Francisco, DNI. M. Nº 6.128.894 y doña De Francesco Dominga Elvira, D.N.I. Nº 5.117.236, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término y bajo apercibimientos de ley. Secretaria Dra. Jorgelina V. Daneri. Septiembre 2023 - (Autos: RIOS FRANCISCO y Otros s/Declaratoria de herederos, CUIJ Nº 21-24620727-2). Dra. Olmedo, Secretaria Subr.
$ 45 Oct. 12
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Juez de Primera Instancia de Distrito N° 3 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores de doña Taqueño Hortensia, D.N.I. F. N° 0.902.565, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término y bajo apercibimientos de ley. Secretaria Dra. Ma. Laura Olmedo.- Octubre 2023. (Autos: “TAQUEÑO HORTENSIA s/Declaratoria de herederos, CUIJ N° 21-24620691-8). Dra. Olmedo, Secretaria Subr.
$ 45 Oct. 12