AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL
VALORES UNIDADES FIJAS PARA EL
MES DE OCTUBRE DE 2023
(actualizado conforme lo dispuesto
por Ley Provincial N.º13899)
En cuanto a lo establecido por el Articulo 84 de la Ley Nacional 24449 que establece que el valor de la multa se determina en unidades fijas denominadas -UF-, y lo dispuesto por el artículo 1 de la Ley Provincial N.º 13899 por el cual se fijan como valor para la unidad fija -UF- el equivalente al cincuenta por ciento (50%) del menor precio de venta al público de un litro de nafta especial en las estaciones de servicios YPF del Automóvil Club Argentino, se fija el siguiente valor para la unidad fija (UF):
1UF= $ 143,90 (CIENTO CUARENTA Y TRES PESOS CON NOVENTA CENTAVOS).
LEY PROVINCIAL N.º 13899- ARTÍCULO 1 - "Modificase el artículo 26 de la ley N° 13169, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 26.- Multas. El valor de la multa se determina en unidades fijas denominadas UF, cada una de las cuales equivale al cincuenta por ciento (50%) del menor precio de venta al público de un litro de nafta especial. En la sentencia, el monto de la multa se determina en cantidades UF, debiendo abonarse su equivalente en dinero al momento de hacerse efectivo el pago. Las penas de multa previstas por la presente ley no pueden superar un monto máximo de diez mil (10.000) UF, ni siquiera en caso de reincidencia."
Que, a los fines de lo establecido por el art. 11 del Decreto Provincial N.º 869/09, conforme la modificación dispuesta por el art. 5º del Decreto Provincial N.º 409/13 y la Resolución N.º 074/13 de la APSV, respecto del Sistema de Revisión Técnica Vehicular Obligatoria, por el cual se fijan como valores para la U.F. el equivalente al precio de venta al público de un litro de nafta especial en las estaciones de servicio YPF del Automóvil Club Argentino, se fija el siguiente valor:
1 UF = $ 287,80 (DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS CON OCHENTA CENTAVOS)
Asimismo, a los efectos de la determinación de los valores de multas que fueran establecidos en unidades fijas equivalentes al valor del litro de gas oil ultra diesel; se fija el siguiente valor:
1 UF = $ 322,80 (TRESCIENTOS VEINTIDOS PESOS CON OCHENTA CENTAVOS).
Estos precios se publican de acuerdo a lo informado por el Automóvil Club Argentino para sus estaciones de servicio YPF dentro de la jurisdicción provincial.
S/C 40918 Oct. 09 Oct. 24
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EMPRESA PROVINCIAL DE
LA ENERGIA DE SANTA FE
CONCURSO PÚBLICO DE PRECIOS 7030000832
OBJETO: CONTRATACIÓN VEHICULO TIPO FURGON CON CHOFER PARA TRASLADO DE PERSONAL EPE AFECTADO A OF COMERCIAL MITRE
PRESUPUESTO OFICIAL: $ 2.324.241 IVA incluido
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Tel: (0341) 4207729/31 - www.epe.santafe.gov.ar
eMail: logistica@epe.santafe.gov.ar
S/C 40919 Oct. 09 Oct. 11
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