picture_as_pdf 2023-10-05

DECRETO N° 2270


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional” 29 SEP 2023


VISTO:

El Expediente N° 00320-0005460-0 del Registro del Sistema de Información de Expedientes y los compromisos asumidos oportunamente mediante Actas Acuerdo N° 2/2022 y N° 4/2022, de la Comisión Paritaria Central Ley N° 10.052; y

CONSIDERANDO:

Que en fecha 20 de Septiembre de 2023, se reunió la Comisión Paritaria Central, en un todo de acuerdo con los procedimientos establecidos por la Ley N° 10.052 y su modificatoria Ley N° 12.750, para dar tratamiento a la problemática planteada por el personal de la Sindicatura General de la Provincia labrándose el Acta Acuerdo N° 07/2023, la que corresponde ser homologada;

Que la mencionada Comisión Paritaria Central manifestó su total acuerdo con los asuntos referidos en el Acta de la Comisión Técnica dependiente de la misma N° 9/2023, la que alude a la revisión de adicionales del personal de la Sindicatura General de la Provincia, proponiendo dar el curso administrativo necesario para su materialización;

Que en la propuesta efectuada en el Acta Acuerdo de la Comisión Paritaria Central que se homologa por el presente, se considera oportuno lo resuelto en el ámbito de la Comisión Técnica, respecto a equiparar la situación del personal de la Sindicatura General de la Provincia con el resto de los Órganos Rectores previstos en la Ley N° 12.510 de Administración Eficiencia y Control de Estado, a partir del mes de Septiembre del corriente año;

Que para el presente trámite, debe tenerse en consideración la política salarial vigente -cuyos Acuerdos Paritarios han sido homologados por los Decretos N° 505/23 y N° 1835/23;

Que en virtud del acuerdo referido, y conforme lo establece el artículo 6° de la precitada Ley N° 10.052, corresponde dictar el acto administrativo homologatorio del Acta mencionada;

Que el presente instrumento se encuadra en las disposiciones contenidas en el artículo 72°, inciso 1° de la Constitución Provincial, no excediendo la autorización de gastos habilitada por la Ley Anual de Presupuesto N° 14.185;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°: Homológase el Acta Acuerdo N°07/2023 de la Comisión Paritaria Central - Ley N° 10.052, y su correspondiente complementaria - Acta Acuerdo de la Comisión Técnica N° 9/2023, que alude a la revisión de adicionales del personal de la Sindicatura General de la Provincia.

ARTICULO 2°: Dispónese, a partir del mes de Septiembre del 2023 la equiparación de la situación salarial del personal de la Sindicatura General de la Provincia con el resto de los Organos Rectores de la Ley N° 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado, mediante la asignación del Suplemento Remunerativo No Bonificable -que actualmente perciben los Organos Rectores conforme Decreto N° 1954/18- consistente en la aplicación del 95% de la base de cálculo determinada por los adicionales remunerativos y bonificables del sueldo propio de cada agente de categorías 1 a 9 de los agrupamientos administrativo o profesional que revista en el Organismo citado.

Este Suplemento tendrá idénticas características que las previstas para los adicionales de Órganos Rectores, siendo además incompatible con el adicional por Recalificación Técnica previsto en el Decreto Nº 2347/05 y con el Complemento Salarial No Bonificable Decreto N° 3058/13.

ARTICULO 3º: Encomiéndese a la Dirección General de Administración del Ministerio de Gestión Pública, que adopten los recaudos administrativos y presupuestarios necesarios para la efectiva implementación de lo dispuesto en el presente Decreto, autorizándose a practicar la liquidación y pago de los incrementos pertinentes.

ARTICULO 4º: El gasto que demande la aplicación del presente acto Decreto será atendido con reducción de créditos compensatorios de partidas que dispongan de saldo afectable en el Presupuesto de la Administración Pública Provincial.

ARTICULO 5º: Las Jurisdicciones correspondientes elaborarán, mediante pedido de - contabilización, las modificaciones presupuestarias necesarias para la aplicación de las disposiciones del presente Decreto, debiendo remitirlas al Ministerio de Economía en un plazo no mayor de diez (10) días.

ARTICULO 6º: Hasta tanto se dispongan las modificaciones presupuestarias necesarias para atender los beneficios derivados de este Decreto, se autoriza a las Jurisdicciones alcanzadas a imputar el gasto resultante en las respectivas partidas específicas del presupuesto vigente, o en caso de no contar con crédito suficiente, con cargo al saldo disponible en partidas que se destinen a la atención de gastos de remuneraciones y pasividades en dicho presupuesto.

ARTICULO 7°: Refréndese por los señores Ministros de Gestión Pública, de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y de Economía.

ARTICULO 8º: Regístrese, comuníquese y archívese.

PEROTTI

Marcos Bernardo Corach

Abog. Juan Manuel Pusineri

C.P.N. Walter Alfredo Agosto


ACTA COMISION PARITARIA CENTRAL Nº 7/2023

En la ciudad de Santa Fe, siendo las 11,OO horas del día 20 del mes de Septiembre del año 2023, se reúne la Comisión Paritaria Central, de plena conformidad con los procedimientos establecidos en la Ley N° 10.052,y su modificatoria Ley. Nº 12.750; participando de la misma el Ministro de Economía, CPN Walter AGOSTO, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Dr. Juan Manuel PUSINERI,el Secretario de Recursos Humanos y Función Pública, Téc. Guillermo J. MATEO y el Subsecretario de Recursos Humanos y Función Pública, CPN José M. PUCCIO, en representación del Poder Ejecutivo Provincial; y en virtud de la representación gremial prevista en el artículo 15º de la citada Ley comparecen, por la Unión del Personal Civil de la Nación (U.P.C.N,) Seccional Santa Fe, el Sr. Jorge MOLINA, el C.P.N. Marcelo SILVESTRO y el Sr. Hugo del Corazón de Jesús RODRÍGUEZ en carácter de Secretario General, Secretario Técnico y Secretario Gremial, respectivamente; haciendo lo propio por la Asociación de Trabajadores del Estado (A.T.E.) el Sr. Jorge HOFFMANN, en su calidad de Secretario General del Consejo Directivo Provincial Santa Fe.

Luego del análisis de la cuestión sometida a debate, se decide aprobar el Acta 123 de la Comisión Técnica dependiente de la Paritaria Central - Ley N° 10.052, en relación a la propuesta de equiparación la situación salarial del personal de la Sindicatura General de la Provincia, con el resto de los Organos Rectores de la Ley Nº 12510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado, mediante la asignación del Suplemento Remunerativo No Bonificable -que actualmente perciben los órganos Rectores conforme Decreto N° 1954/18- consistente en la aplicación del 95% de la base de cálculo determinada por los adicionales remunerativos y bonificables del sueldo propio de cada agente de categorías 1 a 9 de los agrupamientos administrativo o profesional que revista en la Sindicatura General de la Provincia, con efecto a partir del mes de septiembre del corriente año.

Este Suplemento será incompatible con el Adicional por Recalificación Técnica previsto en el Decreto Nº 2347/05 y con el Complemento Salarial No Bonificable D.3058/2013, así como con el resto de los suplementos que prevé la normativa en semejanza a los restantes organismos rectores.

No habiendo más asuntos que tratar y siendo las.......horas, previa lectura y ratificación se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha consignados.


ACTA COMISION TECNICA Nº 9/2023

En la ciudad de Santa Fe, siendo las 11,30 horas del día 19 del mes de Septiembre M año 2023, se reúne la Comisión Técnica dependiente de la Comisión Paritaria Central — Ley N° 10.052; participando de la misma los Sres. Secretario de Recursos Humanos y Función Pública, Téc. Guillermo J. MATEO, Subsecretario de Recursos Humanos y Función Pública C.P.N. José M. PUCCIO y Secretario Legal del Ministerio de Economía Dr. Javier E. GALLO en representación del Poder Ejecutivo Provincial; y en virtud de la representación gremial comparecen, por la Unión del Personal Civil de la Nación (U.P.C.N.) Seccional Santa Fe, los Sres. Hugo RODRÍGUEZ y Marcelo SILVESTRO, haciendo lo propio por la Asociación de Trabajadores del Estado (A.T.E.) el Sr. Marcelo DELFOR.

El motivo de la presente es dar continuidad a las revisiones de suplementos funcionales, acordadas en el marco de la Comisión Paritaria Central, conforme lo señalan las Actas N° 2/2022 y Nº 4/2022.

Habiéndose analizado y estudiado la factibilidad de resolver el planteo efectuado por el personal de la Sindicatura General de la Provincia, se presenta la siguiente propuesta:

1. Equiparar la situación salarial del personal de la Sindicatura General de la Provincia, con el resto de los Organos Rectores de la Ley N° 12510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado.

A tal fin, se propone la asignación del Suplemento Remunerativo No Bonificable - que actualmente perciben los Órganos Rectores conforme Decreto N° 1954/18-consistente en la aplicación del 95% de la base de cálculo determinada por los adicionales remunerativos y bonificables del sueldo propio de cada agente de categorías 1 a 9 de los agrupamientos administrativo o profesional que revista en la Sindicatura General de la Provincia.

Este Suplemento será incompatible con el Adicional por Recalificación Técnica previsto en el Decreto N°2347/05 y con el Complemento Salarial No Bonificable D.3058/2013, así como con el resto de los suplementos que prevé la normativa en semejanza a los restantes organismos rectores.

Correspondería elevar la presente a consideración de la Comisión Paritaria Central - Ley N° 10.052. Siendo las 13 horas, previa lectura y ratificación se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

40928

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