JUZGADO LABORAL
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral de la 7ª Nom. de la ciudad de Rosario, dentro de los autos caratulados SEGURIDAD Y RESGUARDO c/TODARO, HORACIO NICOLÁS s/Consignación judicial; CUIJ Nº 21-04217586-9, Expte. 1029/2023, se cita, llama y emplaza a los derechohabientes del Sr. Todaro Horacio Nicolás a los efectos de que comparezcan a estar a derecho a hacer valer sus derechos bajo apercibimiento de que en caso de incomparecencia se designará un defensor ad-hoc. Rosario, 22 de septiembre de 2023. Maria Teresa Caudana, secretaria.
$ 50 508021 Oct. 04 Oct. 06
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Por disposición del Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la Séptima Nominación de la ciudad de Rosario, se hace saber que en los autos caratulados: TERMINAL PUERTO ROSARIO SA c/Sucesores y/o herederos y/o legatarios y/o derecho habientes del Sr. FERNÁNDEZ RAÚL OSVALDO s/Consignación; (Nº Expediente: 365/2022 CUIJ Nº 21-04198115-3) se cita y emplaza a los posibles derechohabientes del Sr. Fernández Raúl Osvaldo DNI Nº 12.944.401 (art. 597 CPCCSF) a los efectos de que comparezcan a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley. Fdo. Dr. Marcelo Agustín Enzo Gallucci (Juez) - Dra. Amparo Scheinsohn (Prosecretaria). Rosario, 19 de septiembre de 2023.
$ 50 507904 Oct. 04 Oct. 06
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Por disposición de la Sra. Jueza Laboral de la 1ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a Sytsa S.A., para que, con su representante debidamente facultado, comparezca a audiencia del art. 51 de la ley 7.945, designada para el día 28/11/2023 a las 09:30 hs. debiendo concurrir a la misma bajo los apercibimientos contenidos en los arts. 51, 52 del mismo cuerpo normativo y que si faltare sin justa causa será tenido por confeso de los hechos expuestos en la demanda o su contestación, salvo prueba en contrario (art. 66 C.P.L.). La audiencia aludida se desarrollará en la sede del juzgado actuante, sito en Balcarce 1651, segundo piso, de Rosario. Autos caratulados: MOLINA CLAUDIA VANINA c/SYTSA SA y otros s/Cobro de pesos - Rubros laborales; 21-04152881-5. Fdo.- Jueza - Dra. Bárbara Serrat - Secretaria autorizante. Rosario, 25 de septiembre de 2023. Dr. Ricardo Sullivan, secretario.
$ 50 508031 Oct. 04 Oct. 06
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TRIBUNAL COLEGIADO
El Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la 2ª Nominación de Rosario, dentro los autos caratulados: NAVARRO, GABRIEL ANDRES c/ZUK, LAURA ANDREA Y OTROS s/Daños y perjuicios; CUIJ N° 21-11888226-9; Nº Expediente: 1015/2022; se ha decretado lo siguiente: Rosario, 22-09-2023. Atento lo solicitado y constancias en autos, cítese al demandado Zuk Laura Andrea a comparecer a estar a derecho por medio de edictos los que se publicarán en el Boletín Oficial por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69 73 y 548 del C.P.C. Fdo. DR. Christian Bitetti —secretario; Dr. Edgardo Bonomelli —Juez. 27 de septiembre de 2023.
$ 50 508030 Oct. 04 Oct. 06
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Por disposición de la Jueza del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la 2da Nominación de Rosario se ha ordenado citar a los herederos de STELLA MARIS FERRER por el término de tres días a comparecer a estar a derecho en los presentes, bajo apercibimientos de rebeldía y por medio de edictos a publicarse en el diario "Boletín Oficial" y en el Hall Central del Palacio de Tribunales Provinciales de Rosario. Autos caratulados: "BARRERA ANGEL ANTONIO Y OTROS C/ PALADINI CRISTIAN EDGARDO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS" CUIJ: 21-11885896. Fdo. DRA. MAYRA IBAÑEZ. DR. EDGARDO BONOMELLI
$ 50 508364 Oct. 04 Oct. 06
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito N° 17 en lo Civil y Comercial de Rosario, se hace saber que en autos SOCIEDAD COOPERATIVA DE TAMBEROS DE LA ZONA DE ROSARIO LTDA s/Solicitud propia quiebra; CUIJ Nº 21-02969022-4, por Resolución N° 964 de fecha 26 de septiembre de 2023 se ha ordenado lo siguiente: 1) Fijar el día 13/11/2023 para la presentación por la Sindicatura del informe individual sobre los créditos con las exigencias determinadas en el art. 35, 2º párr. L.C.Q. 3) Fijar el día 05/02/2024 para la presentación del informe general por la Sindicatura. Insértese y publíquense los edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley. Secretaria, 28 de septiembre de 2023. Dr. Hernán Aguzzi, prosecretario.
S/C 508011 Oct. 04 Oct. 10
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Por disposición del Juez de Primera instancia del Juzg. 1ª Inst. Civil y Comercial 1ª Nom. De la ciudad de Rosario en autos caratulados OLIVA NORMA EDITH s/Usucapión; CUIJ Nº 21-00760694-7, se ha dictado el siguiente decreto: Rosario, 17 de agosto de 2023,... 2) Hágase saber que una vez evacuado el informe ordenado en el punto 1, deberán publicarse edictos citando a comparecer a todos los codemandados que se encuentran fallecidos o que tienen domicilio desconocido, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía y de nombrar un defensor de oficio (arts. 73 y 78 C.P.C.C.)... Fdo: Dr. Ricardo Alberto Ruiz (juez), Dr. Arturo Audano (secretario). Rosario, 15 de agosto de 2023. Por notificada. Agréguense los informes y cédulas adjuntadas. Atento lo peticionado y las constancia de autos, respecto a los demandados Elisa Ollacarizqueta, Ramón Diogenes Ollacarizqueta, Diógenes Estanislao Ollacarizqueta, Horacio Artemio Ollacarizqueta, Enzo Américo Ollacarizqueta, Alberto Toribio Ollacarizqueta, Adan Gaspar Ollacarizqueta, Eva Lady Ollacarizqueta, Landy Francisco Ollacarizqueta, Ivan Teodoro Ollacarizqueta, Fernando Juan Ollacarizqueta, Ramón Alfredo Ollacarizqueta, Elisa Elvira Ollacarizqueta, Gerardo Honorio Vera, María Delia Vera, Clara Andrea Vera, Judit Gabriela Vera, Leopoldina López y Eduardo Vera, publíquense los edictos como lo solicita y está ordenado en el decreto de fecha 17.08.2023. Fdo: Dr. Ricardo Alberto Ruiz (juez), Dr. Arturo Audano (secretario).
$ 50 508014 Oct. 04
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Civil y Comercial de la Quinta (5ª) Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Maximiliano Cossari (Juez), y Secretaría de la Dra. Gabriela P. Almara, y de conformidad a lo ordenado en el art. 597 del CPC dentro de los autos caratulados INCALCATERRA, DIEGO EZEQUIEL c/TOVO YOLANDA s/Otras diligencias; CUIJ Nº 21-02925282-0 se hace saber que se cita y emplaza a los herederos del demandado Sr. González Rafael por el término de tres días a comparecer a estar a derecho en los presentes. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, 22 de septiembre de 2023. Secretaria de la Dra. Gabriela P. Almará.
$ 50 507846 Oct. 04 Oct. 06
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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de Rosario, Dr. Ricardo Alberto Ruiz, notifica al Sr. Udi, Valeria Vanesa, DNI Nº 32.803.691, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/UDI, VALERIA VANESA s/Ejecutivo; (CUIJ Nº 21-02965475-9): Rosario, Fecha 17/03/2023. Habiendo cumplimentado con lo requerido se provee el escrito inicial: Por iniciada acción ejecutiva. Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho dentro del término de 3 días, bajo apercibimiento de rebeldía. Se hace saber que la clave de acceso a los presentes es 8933. Notifíquese por cédula. Para el caso de notificación por cédula hágase saber al oficial notificador que deberá cumplimentar correctamente el art. 63 CPCC, y a los fines de preservar el derecho de defensa en caso de no encontrar al requerido deberá preguntar a los habitantes del domicilio, o -en caso de no encontrar a nadie- a los vecinos, si el destinatario efectivamente vive en ese lugar dejando constancia de haber realizado tal diligencia y de las respuestas obtenidas. Fecho y de corresponder deberá oficiarse al Registro Nacional de las Personas a fin de que informe el último domicilio del demandado... Dr. Arturo Audano, Secretario; Dr. Ricardo Alberto Ruiz, Juez.
$ 40 507957 Oct. 04 Oct. 06
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Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8ª Nominación de Rosario, en los autos caratulados: RODRÍGUEZ, NORBERTO OMAR s/Concurso preventivo; (C.U.I.J. Nº 21-01325090-9); se hace saber que se ha dictado la siguiente resolución: N° 738. Rosario, 23/08/2023. Vistos y considerando: ... Resuelvo: 1) Declarar cumplido el acuerdo preventivo homologado en el concurso preventivo de Norberto Omar Rodríguez (DNI Nº 12.521.276). 2) Ordenar el aseguramiento de los créditos eventualmente impagos a través de la fianza personal requerida. 3) Intimar al concursado al pago de la tasa de justicia (arts. 35 y 361 L.I.A.) y del Impuesto de Sellos (art. 19 inc. 1 subinc. a bis de la L.I.A., debiendo declararse en este último como fecha de vencimiento la de la resolución que homologó el acuerdo), si no hubieren sido ya cancelados, en cuyo caso deberá acreditar el pago. 4) Regular los honorarios de la Sindicatura, por su labor en la etapa de cumplimiento del acuerdo (art. 289, LCQ), en la suma total de pesos cien mil ($ 100.000), correspondiendo a la síndica C.P. María Soledad de Caminos la de pesos setenta mil ($ 70.000), y a su letrada patrocinante, abogada Gloria María Torresi, el importe de pesos treinta mil ($ 30.000), con más sus aportes correspondientes. 5) Regular los honorarios del abogado del concursado, Fabricio L. Appiani, en la suma de pesos cincuenta mil ($ 50.000). Establecer interés moratorio equivalente a la tasa activa capitalizada que percibe el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. para las operaciones de descuento de documento, que se calculará desde el vencimiento del término indicado en la parte considerativa. 6) Acreditada la cancelación de honorarios y aportes y cumplidos los puntos anteriores: 6.1) Ordenar la publicación de edictos por un día en el BOLETÍN OFICIAL, 6.2) Oficiar a fin de hacer saber la presente al Registro de Procesos Universales, y 6.3) Disponer el cese de todos los efectos y restricciones del concurso, personales y patrimoniales, incluido el levantamiento de la inhibición general dispuesta en el auto de apertura, a cuyo fin se deberá oficiar a las reparticiones públicas correspondientes. Insértese y hágase saber. Fdo.: Dr. Luciano Juárez (Juez); Dra. María José Casas (Secretaría). Por 1 día.
$ 100 507933 Oct. 04
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Ante la Oficina de Procesos Sucesorios, Secretaría Subrogante de la Dra. María Alejandra Crespo, radicados en el Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la 16ª Nominación de Rosario Juez en suplencia, donde tramitan los autos STAFFIERI, DAVID ANTONIO s/Sucesión; Expte. N° 21-02920883-9, conforme la Declaratoria de Herederos N° 2675 Rosario, 31 de Agosto de 2020, se hace saber que se ha ordenado transferir a favor de los herederos declarados, las 88.875 Cuotas Sociales de titularidad del causante en la firma Lugano Erba SRL: Inscripto en el Registro Público de Comercio el contrato social T° 168 F° 17981 N° 1103 fecha 30/06/2017. Participación del causante 33,333 % cumplimentándose tal extremo bajo expresa condición que las mismas se encuentren en cabeza del causante y/o de su cónyuge -para el supuesto de ser bien ganancial-. Asimismo, que no registren deudas, medidas cautelares en su contra, y sea material y jurídicamente posible., de la siguiente forma: A la Sra. Graciela Ada Acquaronel argentina, viuda, nacida el 30/10/1949, titular del D.N.I. N° 6.210.755, CUIT Nº 27-6210755-9, con domicilio real en calle Colón N° 1346 de Rosario, le corresponde 22.221 cuotas sociales a un valor nominal de $ 10 cada cuota o sea la suma total de $ 222.210. Al Sr. Juan José Staffieri, argentino, soltero, nacido el 26/9/1970, titular del D.N.I. N° 21.579.513, CUIT Nº 20-21579513-7, con domicilio real en calle Mitre N° 987 de Rosario, le corresponde 22.218 cuotas sociales a un valor nominal de $10 cada cuota social, o sea la suma total de $ 222.180. A la Sta. Maria Laura Staffieri, argentina, soltera, nacida el 7/1/1972, titular del D.N.I. N° 22.535.252, CUIL Nº 27-22535252-1, con domicilio real en calle Colón N° 1346 de Rosario, le corresponde 22.218 cuotas sociales a un valor nominal de $ 10 cada cuota social, o sea la suma total de $ 222.180. Al Sr. Federico Staffieri, argentino, soltero, nacido el 7/11/1975, titular del D.N.I. N° 24.586.823, CUIT Nº 20-24586823-6, con domicilio real en calle Zeballos N° 183 Piso 11 de Rosario, le corresponde 22.218 cuotas sociales a un valor nominal de $ 10 cada cuota social, o sea la suma total de $ 222.180. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, Septiembre de 2023.
$ 100 507842 Oct. 04
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Ante la Oficina de Procesos Sucesorios, Secretaría Subrogante de la Dra. María Alejandra Crespo, radicados en el Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la 16ª Nominación de Rosario Juez en suplencia, donde tramitan los autos STAFFIERI, DAVID ANTONIO s/Sucesión; Expte. N° 21-02920883-9, conforme la Declaratoria de Herederos N° 2675 Rosario, 31 de Agosto de 2020, se hace saber que se ha ordenado transferir a favor de los herederos declarados, 84.000 Cuotas Sociales de titularidad del causante David Antonio Staffieri, titular del D.N.I N° 6.070.331. en la firma Los Arroyos SRL: Inscripto en el Registro Público de Comercio el contrato social T° 131 F° 4299 N° 1489 fecha 3/10/1980. Participación del causante, 33,333 %, cumplimentándose tal extremo bajo expresa condición que las mismas se encuentren en cabeza del causante y/o de su cónyuge -para el supuesto de ser bien ganancial-. Asimismo, que no registren deudas, medidas cautelares en su contra, y sea material y jurídicamente posible., de la siguiente forma: A la Sra. Graciela Ada Acouarone, argentina, viuda, nacida el 30/10/1949, titular del D.N.I. N° 6.210.755, CUIT Nº 27-6210755-9, con domicilio real en calle Colón N° 1 346 de Rosario, le corresponde 21.000 cuotas sociales a un valor nominal de $ 1 cada cuota social, o sea la suma total de $ 21.000. Al Sr. Juan José Staffieri, argentino, soltero, nacido el 26/9/1970, titular del D.N.I. N° 21.579.513, CUIT Nº 20-21579513-7, con domicilio real en calle Mitre N° 987 de Rosario; le corresponde 21.000 cuotas sociales a un valor nominal de $ 1 cada cuota social, o sea la suma total de $ 21.000. A la Sta. Maria Laura Staffieri, argentina, soltera, nacida el 7/1/1972, titular del D.N.I. N° 22.535.252, CUIL Nº 27-22535252-1, con domicilio real en calle Colón N° 1346 de Rosario, le corresponde 21.000 cuotas sociales a un valor nominal de $ 1 cada cuota social, o sea la suma total de $ 21.000. Al Sr. Federico Staffieri, argentino, soltero, nacido el 7/11/1975, titular del D.N.I. N° 24.586.823, CUIT Nº 20-24586823-6, con domicilio real en calle Zeballos N° 183 Piso 11 de Rosario, le corresponde 21.000 cuotas sociales a un valor nominal de $ 1 cada cuota social, o sea la suma total de $ 21.000. Los que se publican a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, Septiembre de 2023.
$ 100 507843 Oct. 04
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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2ª Nominación de Rosario, Dr. Luciano Alberto Ballarini, notifica al Sr. Zapata, Gisel Verónica (DNI N° 35.587.663) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ZAPATA, GISEL VERONICA s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-13917612-7. Rosario, 11 de Julio de 2023. Agréguese el edicto acompañado. Informando verbalmente el actuario que el demandado no compareció a estar a derecho, declárese rebelde. Dra. Maria Elvira Longhi, Secretaria; Dr. Luciano A. Ballarini, Juez. 03 de agosto de 2023.
$ 40 507958 Oct. 04 Oct. 06
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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2ª Nominación de Rosario, Dr. Luciano Alberto Ballarini, notifica al Sr. Añasco, Sergio Raul (DNI N° 28.736.487) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/AÑASCO, SERGIO RAUL s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-13917409-4. Rosario, 05 de julio de 2023. Agréguese el edicto acompañado. Informando verbalmente el actuario que el demandado no compareció a estar a derecho, declárese rebelde. Dra. Maria Elvira Longhi, Secretaria; Dr. Luciano A. Ballarini, Juez. 03 de agosto de 2023.
$ 40 507959 Oct. 04 Oct. 06
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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2ª Nominación de Rosario, Dr. Luciano Alberto Ballarini, notifica al Sr. Navone, Norma (DNI N° 18.761.199) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/NAVONE, NORMA s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-13918168-6. Rosario, 05 de Julio de 2023. Agréguese el edicto acompañado. Informando verbalmente el actuario que el demandado no compareció a estar a derecho, declárese rebelde. Dra. Maria Elvira Longhi, Secretaria; Dr. Luciano A. Ballarini, Juez. 03 de agosto de 2023.
$ 40 507960 Oct. 04 Oct. 06
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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 3 Dr. , notifica al Sr. Machado, Maria De Los Ángeles D.N.I N° 28.389.715 lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/MACHADO, MARIA DE LOS ANGELES s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-12619741-9. Tomo: 125 Folio: 166 Resolución: 388. Vistos:... Y considerando:... Fallo: 1. Mandando seguir adelante la ejecución contra Maria De Los Ángeles Machado hasta tanto la actora se haga integro cobro de la suma de $ 32.589,79 con más los intereses establecidos en los considerandos precedentes. 2. Aplicar las costas a la demandada vencida. (art. 251 del CPCC). 3. Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva. Insértese y hágase saber. Firmado: Dr. (Juez), Dra. Ana Belén Cura (Sec.).
$ 40 507961 Oct. 04 Oct. 06
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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 17ª Nominación de Rosario, Dra. Maria Silvia Beduino, notifica al Sr. Silva, Néstor Enrique, DNI N° 27.290.724, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/SILVA, NESTOR ENRIQUE s/Ejecutivo; (CUIJ N° 21-02944760-5). Rosario, 28106/2023. Agréguese la publicación de edictos acompañada. No habiendo comparecido la parte demandada Silva Néstor Enrique a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, decláresela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Firmado: Dra. Maria Silvia Beduino (Juez), Dra. Ma. Amalia Lantermo (Sec.). Dr. Hernán Aguzzi, prosecretario.
$ 40 507962 Oct. 04 Oct. 06
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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 15ª Nominación de Rosario, Dra. Maria Fabiana Genesio Jueza en suplencia, notifica al Sr. Pino, Lorena Andrea, DNI Nº 26.904.570, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/PINO, LORENA ANDREA s/Ejecutivo; (Expte. Nº 579/2016 CUIJ Nº 21-02861728-0): Rosario, Fecha 07/06/2023 Nº 402 Y vistos... Considerando... Fallo: 1. Ordenar seguir adelante la ejecución contra Lorena Andrea Pino, DNI N° 26.904.570 hasta tanto la actora se haga íntegro cobro de la suma reclamada con más el interés determinado en los considerandos precedentes e IVA si correspondiera. 2. Costas a la vencida (art. 251 C.P.C.C.). 3. Los honorarios se regularán estimado que fuese el capital e intereses (art. 8 primer párr. Ley 6767). Insértese y hágase saber. ... Dra. Mariana Parera, Prosecretaria; Dra. Maria Fabiana Genesio, Jueza en suplencia. Dra. Maria Eugenia Sapei, secretaria.
$ 40 507963 Oct. 04 Oct. 06
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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de Rosario, Dra. Ricardo Alberto Ruiz, notifica al Sr. ROSALES, NORMA ALICIA, DNI Nº 10.188.220, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ROSALES, NORMA ALICIA s/Ejecutivo, CUIJ Nº 21-13923089-9): Rosario, fecha 17/03/2023. Habiendo cumplimentado con lo requerido se provee el escrito inicial: Por iniciada acción ejecutiva. Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho dentro del término de 3 días, bajo apercibimiento de rebeldía. Se hace saber que la clave de acceso a los presentes es 11703011 Notifíquese por cédula. Para el caso de notificación por cédula hágase saber al oficial notificador que deberá cumplimentar correctamente el art. 63 CPCC, y a los fines de preservar el derecho de defensa en caso de no encontrar al requerido deberá preguntar a los habitantes del domicilio, o en caso de no encontrar a nadie- a los vecinos, si el destinatario efeqtivar3iente vive en ese lugar dejando constancia de haber realizado tal diligencia y de las respuesta obtenidas. Fecho y de corresponder deberá oficiarse al Registro Nacional de las Personas a fin de que informe el último domicilio del demandado. Dr. Arturo Audano, Secretario - Dr. Ricardo Alberto Ruiz, Juez. Rosario, 26 de Junio de 2023.
$ 40 507965 Oct. 4 Oct. 6
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de Rosario, Dr. Ricardo A. Ruiz, notifica al Sr. Carranza, Maria Soledad, DNI Nº 40.312.622, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/CARRANZA, MARIA SOLEDAD s/Ejecutivo (CUIJ Nº 21-02963484-7): Rosario, fecha 15/12/2022. Por notificada. Atento lo manifestado se provee el escrito inicial: Por iniciada acción ejecutiva. Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho dentro del término de 3 días, bajo apercibimiento de rebeldía. Se hace saber que la clave de acceso a los presentes es “4818”. Notifíquese por cédula. Para el caso de notificación por cédula hágase saber al oficial notificador que deberá cumplimentar correctamente el art. 63 CPCC, y a los fines de preservar el derecho de defensa en caso de no encontrar al requerido deberá preguntar a los habitantes del domicilio, o -en caso de no encontrar a nadie- a los vecinos, si el destinatario efectivamente vive en ese lugar dejando constancia de haber realizado tal fin y de las respuestas obtenidas. Fecho y de corresponder deberá oficiarse al Registro Nacional de las Personas a fin de que informe el último domicilio del demandado. Dr. Arturo Audano Secretario - Dr. Marcelo Quaglia, Juez en suplencia. Rosario, 10 de Julio de 2023.
$ 40 507964 Oct. 4 Oct. 6
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ra. Nominación de Rosario, Dr. Mariana Martínez, notifica al Sr. Godoy, Pedro Evangelino (DNI Nº 33.390.689) lo declarado en autos: LECTRONICA MEGATONE S.A. c/GODOY, PEDRO EVANGELINO s/Ejecutivo, CUIJ Nº 21-13911263-3): Nro.:782 - Rosario, 22 de mayo de 2023 VISTOS... Y CONSIDERANDO... FALLO: I- Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de Godoy, Pedro Evangelino hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $27.640,60 (Veintisiete mil seiscientos cuarenta pesos con 60/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas. II- Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC). III- Regular los honorarios del/la Dr/a. Knafel, Roxanna Noemí - CUIT – 27213070164 - I.V.A. INSCRIPTO - en la suma de $20.747,45 equivalentes a 1 JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 Ley Nro. 6.767 t.o. Ley 12.851), más I.V.A., si correspondiere. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A.. Intímase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (AFIP) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente notifíquese a la Caja Forense mediante correo electrónico que enviará el/la profesional a mesadeentradas@cajaforense.com. Insértese y notifíquese. Dra. Silvina López Pereyra – Secretaria – 1ra. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1ra. Nom. Rosario. Dra. Mariana P. Martínez -Jueza- 1ra. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1ra. Nom. Rosario.
$ 40 507966 Oct. 4 Oct. 6
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de Rosario, Dra. Ricardo Alberto Ruiz, notifica al Sr. Roldan, Walter Hugo Rene, DNI Nº 26.355.902, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ROLDAN, WALTER HUGO RENE s/Ejecutivo (CUIJ Nº 21-02967314-1): Rosario, fecha 23/03/2023. Con los autos a la vista, habiéndose cumplimentado con lo ordenado, se provee: Por iniciada acción ejecutiva. Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho dentro del término de 3 días, bajo apercibimiento de rebeldía. Para el caso de notificación por cédula hágase saber al oficial notificador que deberá cumplimentar correctamente el art. 63 CPCC, y a los fines de preservar el derecho de defensa en caso de no encontrar al requerido deberá preguntar a los habitantes del domicilio, o en caso de no encontrar a nadie- a los vecinos, si el destinatario efectivamente vive en ese lugar dejando constancia de haber realizado tal diligencia y de las respuestas obtenidas. Fecho y de corresponder deberá oficiarse al Registrar Nacional de las Personas y/o Secretaría Electoral a fin de que informe el último domicilio del demandado... Dr. Arturo Audano, Secretario - Dr. Ricardo Alberto Ruiz, Juez.
$ 50 507833 Oct. 4 Oct. 6
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Judicial N°1 Rosario, Dr. Daniel Humberto González, notifica al Sr. BAEZ, JOSE, DNI N° 37.154.180, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/BAEZ, JOSE ANTONIO s/Ejecutivo, CUIT 21-12628796-5: N° 137 - Rosario 11/03/2022, Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... FALLO: 1 Ordeno que se lleve adelante la ejecución contra José Antonio Báez, hasta tanto la parte actora perciba el importe íntegro del crédito admitido en este pronunciamiento, con más los intereses fijados, sin perjuicio de la aplicación de dicha tasa de interés en caso de incumplimiento y hasta el momento de su efectivo pago. Impongo las costas de la ejecución respecto de los importes admitidos a cargo de la parte demandada (art. 251 C.P.C.C).- 2) Regulo los honorarios de la Dra. Roxanna Knafel, en la suma de $17.938,98.- (equivalentes a 2 Jus - art 7 inc 2 b y art. 32 Ley 6767). Dejo establecido que a partir de que los mismos queden firmes se convertirá esta deuda de valor (JUS) a pesos. A partir de dicho momento y hasta su efectivo pago se le aplicará un interés equivalente a la tasa activa capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. para las operaciones de descuento de documento (cfr. C.S.J.S.F. en autos: MUNICIPALIDAD DE SANTA FE c/BERGAGNA EDGARDO s/RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD” CUIJ N° 21-00508159-6 de fecha 01/08/17 y C.S.J.S.F. en autos: “PEREYRA MARIO SIMON c/MUNICIPALIDAD DE RAFAELA - RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE PLENA JURISDICCIÓN - s/Incidente de apremio por honorarios (REGULACIÓN DE HONORARIOS) Expte. N° 135/11, de fecha 18/12/18, y el Art. 772 Código Civil y Comercial).- 3) Vista a Caja Forense.- Insértese y hágase saber.- AUTOS: “ ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/BAEZ, JOSE ANTONIO s/DEMANDA EJECUTIVA” - CUIJ: 21-12628796-5 FIRMADO: DRA. GABRIELA MARIA KABICHIAN (Secretaria) DR. DANIEL HUMBERTO GONZALEZ (Juez). OTRO: ROSARIO, 13 de Abril de 2023. Emplácese al demandado JOSE ANTONIO BAEZ por edictos en el BOLETIN OFICIAL, como lo solicita (cfr. art. 67 CPCC). Dra. Gabriela María Kabichian, Secretaría - Dr. Daniel Humberto González, Juez. Rosario, 1 de Junio de 2023. Dra. Rosa Inés Kaminsky, Prosecretaria Suplente.
$ 50 507832 Oct. 4 Oct. 6
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 12da. Nominación de Rosario, Dra. Ricardo Alberto Ruiz, notifica al Sr. NETTO, SOFIA MARICEL, DNI Nº 35.467.719, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/NETTO, SOFIA MARICEL s/Ejecutivo (CUIJ Nº 21-02966325-1): ROSARIO, FECHA 02/03/2023. Habiendo cumplimentado con lo requerido se provee: Por iniciada acción EJECUTIVA. Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho dentro del término de 3 días, bajo apercibimiento de rebeldía. Trábese embargo en proporción de ley por la suma de $411.888,16.-, más la suma de $123.566,45.-para intereses y costas provisoras, debiendo depositarse las sumas embargadas en una cuenta judicial a abrirse en el Banco Municipal de Rosario, Sucursal Caja de Abogados a nombre de estos autos y a la orden de este Juzgado, librándose el pertinente despacho a la empleadora. Reponga el sellado de ley que corresponde a la cautelar. Se hace saber que la clave de acceso a los presentes es “7302”. Notifíquese por cédula. Para el caso de notificación por cédula hágase saber al oficial notificador que deberá cumplimentar correctamente el art. 63 CPCC, y a los fines de preservar el derecho de defensa en caso de no encontrar al requerido deberá preguntar a los habitantes del domicilio, o en caso de no encontrar a nadie a los vecinos, si el destinatario efectivamente vive en ese lugar dejando constancia de haber realizado tal diligencia y de las respuestas obtenidas. Fecho y de corresponder deberá oficiarse al Registro Nacional de las Personas a fin de que informe el último domicilio del demandado... Dr. Arturo Audano, Secretario - Dr. Ricardo Alberto Ruiz – Juez.
$ 50 507834 Oct. 4 Oct. 6
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ra. Nominación de Rosario, Dr. Mariana Martínez, notifica al Sr. ZEBALLOS, MARIO RUBEN (DNI N° 38.448.734) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ZEBALLOS, MARIO RUBEN s/Ejecutivo, CUIJ N° 21-13910428-2): Rosario, 14 de Diciembre de 2020. Resérvese en Secretaría la documental original acompañada en sobre. Atento haberse cumplimentado lo requerido, provéase el primer decreto de trámite: Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, a mérito de la sustitución del poder general certificado y acompañado en autos. Por iniciada Demanda Ejecutiva. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de tres (3) días comparezca a estar a derecho bajo apercibimientos de rebeldía. Trábese embargo de haberes a la parte demandada, en la proporción que indica el Decreto Ley 484/87, hasta cubrir la suma de $79.000.- estimados provisoriamente en concepto de capital, intereses y costas futuras; previa reposición de ley si correspondiere. Líbrese el despacho pertinente y deposítese en el Banco Municipal de Rosario (Sucursal 80, Caja de Abogados, Montevideo 2076, Rosario), consignando el número de Cuenta judicial y CBU. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese por cédula.- Dra. Silvina López Pereyra (Secretaria). Dra. Mariana Paula Martínez (Juez).
$ 50 507835 Oct. 4 Oct. 6
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ra. Nominación de Rosario, Dr. Mariana Martínez, notifica al Sr. SARATI, SILVINA VIRGINIA (DNI N° 25.524.619) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/SARATI, SILVINA VIRGINIA s/Ejecutivo, CUIJ N° 21-13887578 - 1): ROSARIO, 13 de Mayo de 2021. Informándose verbalmente por Secretaría en este acto que la parte emplazada no ha comparecido a estar a derecho, declárasela rebelde. Siga el proceso sin dársele representación (art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial). Se hace saber al presentante que deberá acompañar la cédula de notificación del primer decreto de trámite en original al momento de dictar sentencia. Dra. Silvina López Pereyra (Secretaría) Dra. Mariana Martínez (Juez).
$ 50 507836 Oct. 4 Oct. 6
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ra. Nominación de Rosario, Dr. Mariana Martínez, notifica al Sr. Chávez López, Diego Fernando (DNI N° 94.947.911) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/CHAVEZ LOPEZ, DIEGO FERNANDO s/Ejecutivo, CUIJ N° 21-13911914-9): Rosario, 22 de Abril de 2021. Resérvese en Secretaría la documental original acompañada en sobre. Atento haberse cumplimentado lo requerido, provéase el primer decreto de trámite: Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, a mérito de la sustitución del poder general certificado y acompañado en autos. Por iniciada Demanda Ejecutiva. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de tres (3) días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Trábese embargo sobre bienes muebles libres propiedad de la parte demandada por el capital reclamado más un 50% estimados provisoriamente en concepto de capital, intereses y costas futuras; previa reposición de ley si correspondiere. Líbrese el despacho pertinente. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese por cédula.- Dra. Silvina López Pereyra (Secretaria) Dra. Mariana Paula Martínez (Juez).
$ 50 507837 Oct. 4 Oct. 6
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de Rosario, Dr. Marcelo N. Quiroga, notifica al Sr. MARTINEZ, ANTONIO OMAR, DNI N° 37.211.6469 lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/MARTINEZ, ANTONIO OMAR s/EJECUTIVO (CUIJ N° 21-13910243-3): Nº 757. ROSARIO, 04/08/2023. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... FALLO: 1. Ordenando seguir adelante la ejecución contra ANTONIO OMAR MARTINEZ hasta tanto la parte actora se haga íntegro cobro de la suma reclamada de pesos setenta y ocho mil setecientos treinta y tres con veintidós centavos ($ 78733.22.-) con más los intereses fijados en los considerandos. Costas a la parte demandada. 2. Regulando los honorarios de la Dra. Roxanna Knafel -quien deberá acompañar constancia de inscripción en AFIP- en la suma de $33000.- (1.22 JUS) (cfm. art. 7, inc. 2, ap. b), Ley 6.767 y modif.). 3. Estableciendo que el ajuste por unidad JUS (cfm. Art. 32, Ley 6.767) será aplicable mientras la presente no se halle firme, oportunidad en la cual el monto actualizado se convertirá en una deuda dineraria y devengará un interés equivalente a la tasa activa capitalizada del N.B.S.F. Insértese y hágase saber. Firmado: Dr. Marcelo N. Quiroga (Juez), Dra. Lorena González (Sec). Dra. Dulce Sofía Rossi, Prosecretaria.
$ 50 507838 Oct. 4 Oct. 6
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 71 Nominación de Rosario, Dr. Marcelo N. Quiroga, notifica al Sr. ACEVEDO, RICARDO SEBASTIAN, DNI N° 94.783.907, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ACEVEDO, RICARDO SEBASTIAN s/Ejecutivo (CUIJ N° 21-02896701-9): N° 252. ROSARIO, 28/03/2023. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... FALLO: 1. Ordenando seguir adelante la ejecución contra RICARDO SEBASTIAN ACEVEDO, hasta tanto la parte actora se haga íntegro cobro de la suma reclamada de pesos sesenta y uno mil trescientos cuarenta y cuatro con dos centavos ($ 61344.02.-) con más los intereses fijados en los considerandos. Costas a la parte demandada. 2. Regulando los honorarios de la Dra. Roxanna Knafel -quien deberá acompañar constancia de inscripción en AFIP- en la suma de $ 69355.- (4.00 JUS) (cfm. art. 7, inc. 2, ap. b), Ley 6.767 y modif.). 3. Estableciendo que el ajuste por unidad JUS (cfm. Art. 32, Ley 6.767) será aplicable mientras la presente no se halle firme, oportunidad en la cual el monto actualizado se convertirá en una deuda dineraria y devengará un interés equivalente a la tasa activa capitalizada del N.B.S.F. Insértese y hágase saber. Firmado: Dr. Ezequiel Zabale (Juez Sup), Dra. Lorena González (Sec). Dra. Dulce Sofía Rossi, Prosecretaria.
$ 50 507839 Oct. 4 Oct. 6
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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 52 Nominación de Rosario, DR. Lucrecia Mantello, notifica al Sr. BIANCO, ZULMA MABEL, DNI Nº 20.176.377, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/BIANCO, ZULMA MABEL s/Ejecutivo (CUIJ Nº 21-13916872-8): Rosario, 24/08/2023. Nº 697. Y VISTOS... CONSIDERANDO... RESUELVO: 1. Integrar los títulos ejecutivos con la documentación causal acompañada. 2. Declarar la nulidad del pacto de intereses compensatorios contenidos en los contratos celebrados por las partes e incorporados a los títulos ejecutivos. 3. Declarar la nulidad parcial de los intereses moratorios y punitorios estipulados. 4. Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto la actora se haga íntegro cobro de las sumas de $24.472,33 y $54.173,55, con más los intereses establecidos en la tasa activa capitalizada del Banco de la Nación Argentina y el I.V.A. correspondiente, desde la fecha de la mora y hasta el día de su efectivo pago. 5. Imponer las costas al vencido (Art. 251 C.P.C.C.). 6. Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva. 7. Notificar la presente sentencia al Ministerio Público Fiscal. Insértese y hágase saber... Dra. Silvina L. Rubulotta, Secretario - Dra. Lucrecia Mantello, Juez. Rosario, 1 de Septiembre de 2023. Silvana Rubulotta, Secretaria.
$ 50 507840 Oct. 4 Oct. 6
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2da. Nominación de Rosario, Dr. Luciano Alberto Ballarini, notifica al Sr. MEDINA, ARMANDO ADELMAR (DNI N° 32.834.374) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/MEDINA, ARMANDO ADELMAR s/Ejecutivo, CUIJ N° 21-13911824-0): Nro.: 1705 Rosario, 14/08/2023. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... FALLO: 1-Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de MEDINA, ARMANDO ADELMAR, hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $52.250,52 (Cincuenta y dos mil doscientos cincuenta pesos con 52/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas.—- II-Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC).—- - 111-Regular los honorarios del/la Dr/a. Knafel, Roxanna Noemí - CUIT -27213070164-I.V.A. INSCRIPTO- en la suma de $31.167,52 equivalentes a 1,16 JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 Ley nro. 6.767 t.o. Ley 12.851), más IVA, si correspondiere. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Intimase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (AFIP) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente notifíquese a la Caja Forense mediante correo electrónico que enviará el/la profesional a mesadeentradas@caiaforense.com. Insértese y notifíquese. Dra. María Elvira Longhi -Secretaria- Juzgado 1ra. Inst. Ejecución Civil de Circuito 2da. Nom. – Rosario, 29 de Agosto de 2023. Dr. Luciano A. Ballarini -Juez- Juzgado 1ra. Inst. Ejecución Civil de Circuito 2da. Nom. - Rosario.
$ 50 507841 Oct. 4 Oct. 6
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2da. Nominación de Rosario, Dr. Luciano Alberto Ballarini, notifica al Sr. BASSO, MARIA DE LOS ANGELES (DNI N° 44.180.582) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/BASSO, MARIA DE LOS ANGELES s/Ejecutivo, CUIJ N° 2113921874-1): Rosario, 30 de Noviembre de 2022. Por parte, domiciliada y por iniciada DEMANDA EJECUTIVA. CITESE Y EMPLÁCESE a la parte demandada bajo apercibimiento de REBELDIA y de seguirse el juicio sin su representación en caso que no comparezca a estar a derecho en el término de TRES DÍAS. Notifíquese por cédula bajo FIRMA DE PROFESIONAL (art. 25 C.P.C.C.). Resérvese la documental acompañada. Hágase saber a las partes que deberán indicar CORREO ELECTRONICO para recibir correos de cortesía de notificaciones digitales, si no lo hubieran realizado, sin perjuicio de resultar igualmente notificadas conforme al art.14 del Acuerdo Corte Suprema de Justicia 7.3.2019, Acta N° 7 p. II. Designase al/la peticionante como DEPOSITARIO/A judicial (art. 261 y 263 Código Penal) de las CÉDULAS originales que se diligenciarán a futuro y que deberán remitirse al juzgado en copia escaneada, en las condiciones dispuestas por la C.Sj.S.F., punto “13” del Reglamento de “PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE ESCRITOS EN EXPEDIENTES” - http://www.justiciasantafe.gov.ar .. Dra. Maria Elvira Longhi -Secretaria- Juzgado 1ra. Inst. Ejecución Civil de Circuito 2da. Nom. – Rosario, 29 de Agosto de 2023. Dr. Luciano A. Ballarini -Juez- Juzgado 1ra. Inst. Ejecución Civil de Circuito 2da. Nom. Rosario.
$ 40 507815 Oct. 4 Oct. 6
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2da. Nominación de Rosario, Dr. Luciano Alberto Ballarini, notifica al Sr. GOMEZ, EMILSE DEL VALLE (DNI N° 38.483.929) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/GOMEZ, EMILSE DEL VALLE s/EJECUTIVO, CUIJ N° 21-13914229-9): Nro.: 1686. Rosario, 11/0812023. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... FALLO: I- Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de GOMEZ, EMILSE DEL VALLE, hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $63.557,48 (Sesenta y tres mil quinientos cincuenta y siete pesos con 48/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas. II- Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC). III- Regular los honorarios del/la Dr/a. Knafel, Roxanna Noemí - CUIT -27213070164 - I.V.A. INSCRIPTO- en la suma de $ 31.167,52 equivalentes a 1,16 JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 Ley nro. 6.767 t.o. Ley 12.851), más I.V.A., si correspondiere. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Intimase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (AFIP) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente notifíquese a la Caja Forense mediante correo electrónico que enviará el/la profesional a mesadeentradascajaforense.com. Insértese y notifíquese.- Dra. María Elvira Longhi -Secretaria- Juzgado 1ra. Inst. Ejecución Civil de Circuito 2da. Nom. – Rosario, 28 de Agosto de 2023. Dr. Luciano A. Ballarini -Juez- Juzgado 1ra. Inst. Ejecución Civil de Circuito 2da. Nom. - Rosario.
$ 40 507816 Oct. 4 Oct. 6
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 4ta. Nominación de Rosario, Dr. Nicolás Villanueva, notifica al Sr. LOPEZ, VICTORIANA, DNI Nº 30.250.879, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/LOPEZ, VICTORIANA s/Ejecutivo (CUIJ Nº 21-02967315-9): ROSARIO, FECHA 21/03/2023. Por presentada, con domicilio ad-litem constituido y en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado en copias certificadas. Por iniciada la acción que expresa. Imprímase a la misma el trámite Ejecutivo. Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho dentro del término de 03 días y bajo los apercibimientos de ley. Resérvese en Secretaría el sobre acompañado. Notifíquese por cédula haciéndole saber al oficial notificador que deberá cumplimentar correctamente el art. 63 CPCC, y a los fines de preservar el derecho de defensa en caso de no encontrar al requerido deberá preguntar a los habitantes del domicilio, o -en caso de no encontrar a nadie- a los vecinos, si el destinatario efectivamente vive en ese lugar dejando constancia de haber realizado tal diligencia y de las respuestas obtenidas. Fecho y de corresponder deberá oficiarse al Registro Nacional de las Personas a fin de que informe el último domicilio del demandado.- Dra. Daniela A. Jaime, Secretaria - Dr. Nicolás Villanueva, Juez. Rosario, 1 de Septiembre de 2023.
$ 40 507817 Oct. 4 Oct. 6
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 15ta. Nominación Rosario, Dra. Mónica Klebcar, notifica al Sr. Puchot, Marcos Martín, DNI Nº 31.981.720 lo declarado en autos: CFN S.A. c/PUCHOT, MARCOS MARTIN s/EJECUTIVO (CUIJ N 21-02940055-2): ROSARIO, FECHA 25/08/2023. Nº 608. Y VISTOS... CONSIDERANDO... FALLO: 1. Ordenar seguir adelante la ejecución contra MARCOS MARTIN PUCHOT, DNI N° 31.981.720, hasta tanto la actora se haga íntegro cobro de la suma reclamada con más el interés determinado en los considerandos precedentes e IVA si correspondiera. 2. Costas a la vencida (art. 251 C.P.C.C.). 3. Los honorarios se regularán estimado que fuese el capital e intereses (art. 8 primer párr. Ley 6767). Insértese y hágase saber.-... María Eugenia Sapei Secretaria - Dra. Mónica Klebcar, Jueza en suplencia.
$ 40 507814 Oct. 4 Oct. 6
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 4ta. Nominación de Rosario, Dr. Nicolás Villanueva, notifica al Sr. CAMINOS, MICAELA ESTEFANIA, DNI Nº 44.428.735, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/CAMINOS, MICAELA ESTEFANIA s/Ejecutivo (CUIJ Nº 21-02968653-7): N° 394 - ROSARIO, FECHA 28/04/2023 Por presentada, con domicilio ad-litem constituido y en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado en copias las que deberán ser debidamente certificadas. Por iniciada la acción que expresa. Imprímase a la misma el trámite Ejecutivo. Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho dentro del término de 03 días y bajo los apercibimientos de ley. Trábese embargo en proporción de ley sobre los haberes o remuneraciones que el demandado perciba como dependiente de SIMPLIA SA hasta cubrir la suma de $ 533.351,94. Con más la de $160.017,30. Estimada provisoriamente para intereses y costas, oficiándose a sus efectos. Resérvese en Secretaria el sobre acompañado. Notifíquese por cédula haciéndole saber al oficial notificador que deberá cumplimentar correctamente el art. 63 CPCC, y a los fines de preservar el derecho de defensa en caso de no encontrar al requerido deberá preguntar a los habitantes del domicilio, o en caso de no encontrar a nadie a los vecinos, si el destinatario efectivamente vive en ese lugar dejando constancia de haber realizado tal diligencia y de las respuestas obtenidas. Fecho y de corresponder deberá oficiarse al Registro Nacional de las Personas a fin de que informe el último domicilio del demandado. Insértese y hágase saber. Dra. Daniela A. Jaime, Secretaria - Dr. Nicolás Villanueva – Juez. Rosario, 23 de Agosto de 2023.
$ 40 507818 Oct. 4 Oct. 6
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ra. Nominación de Rosario, Dra. Mariana Martínez, notifica al Sr. LOPEZ, MARIA CRISTINA (DNI N° 30.049.623) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/LOPEZ, MARIA CRISTINA s/EJECUTIVO, CUIJ N° 21-13912931-5): ROSARIO, 31 de Agosto de 2021. Resérvese en Secretaría la documental original acompañada en sobre. Atento haberse cumplimentado lo requerido, provéase el primer decreto de trámite: Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, a mérito de la sustitución del poder general certificado y acompañado en autos. Por iniciada Demanda Ejecutiva. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de tres (3) días comparezca a estar a derecho bajo apercibimientos de rebeldía. Trábese embargo sobre bienes muebles libres propiedad de la parte demandada por el capital reclamado más un 50% estimados provisoriamente en concepto de capital, intereses y costas futuras; previa reposición de ley si correspondiere. Líbrese el despacho pertinente. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese por cédula. Dra. Silvina López Pereyra (Secretaria) - Dra. Mariana Paula Martínez (Juez).
$ 40 507819 Oct. 4 Oct. 6
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ra. Nominación de Rosario, Dra. Mariana Martínez, notifica al Sr. FLEITAS, LUIS EDUARDO (DNI N° 27.140.259) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/FLEITAS, LUIS EDUARDO s/Ejecutivo, CUIJ N° 21-13889071-3), Rosario, 04 de Agosto de 2023. Informando verbalmente en este acto el Actuario que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho declárasela rebelde siguiendo el juicio sin su participación. Desígnase al/la peticionante como depositario/a judicial de las cédulas/edictos originales que se hubieran acompañado en copia escaneada (art. 261 y 263 Código Penal): en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto “13” del Reglamento de “PRESENTACION ELECTRONICA DE ESCRITOS EN EXPEDIENTES” - http://www.justiciasantafe.gov.ar/PRESENTACIONES%2OELECTR%C3%93NICAS/Pautas%20 PEE%20a %20traves%20Autoconsulta%20-%20TO%200ct2021.pdf FIRMADO: Dra. Silvina López Pereyra (Secretaria) Dra. Mariana Martínez (Juez).
$ 40 507820 Oct. 4 Oct. 6
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ra. Nominación de Rosario, Dra. Mariana Martínez, notifica al Sr. MERLO, BRENDA (DNI N° 38.711.833) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/MERLO, BRENDA s/Ejecutivo, CUIJ N° 21-13918439-1. Rosario, 10 de Agosto de 2022. Por parte, domiciliada y por iniciada DEMANDA EJECUTIVA. CITESE Y EMPLÁCESE a la parte demandada bajo apercibimiento de REBELDÍA y de seguirse el juicio sin su representación en caso que no comparezca a estar a derecho en el término de tres días. Notifíquese por cédula bajo FIRMA DE PROFESIONAL (art. 25 C.P.C.C.).. Resérvese la DOCUMENTAL acompañada. Hágase saber a las partes que deberán indicar correo electrónico para recibir correos de cortesía de notificaciones digitales, si no lo hubieran realizado, sin perjuicio de resultar igualmente notificadas conforme al art. 14 del Acuerdo Corte Suprema de Justicia 7.3.2019, Acta N° 7 p. II. Desígnase al/la peticionante como DEPOSITARIO/A judicial (art. 261 y 263 Código Penal) de las CÉDULAS originales que se diligenciarán a futuro y que deberán remitirse al Juzgado en copia escaneada, en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto “13” del Reglamento de “PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE ESCRITOS EN EXPEDIENTES” - http://www.justiciasantafe.gov.ar .. Dra. Silvina López Pereyra -Secretaria- 1ra. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1ra. Nom. Rosario, Dra. Mariana P. Martínez -Jueza- 1ra. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1ra. Nom. Rosario.
$ 40 507821 Oct. 4 Oct. 6
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial N° 3ra. Nominación, Dr. Ezequiel Zabale, notifica al Sr. SAID, JESICA VALERIA, D.N.I. Nº 30.891.988 lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/SAID, JESICA VALERIA s/Ejecutivo, CUIJ N° 21-02912310-9): Tomo: 143 Folio: 59 Resolución: 33 VISTO:.... Y CONSIDERANDO... FALLO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución contra SAID JESICA VALERIA por el cobro de la suma de PESOS 69.949,80 con más los intereses determinados en los considerandos precedentes. 2.) Imponer las costas a la vencida. 3.) Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se practique la respectiva planilla. Insértese y hágase saber. Firmado: Dr. Ezequiel Zabale (Juez), Dra. Federico Lema (Sec.).
$ 40 507822 Oct. 4 Oct. 6
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ra. Nominación de Rosario, Dra. Mariana Martínez, notifica al Sr. CORREA, ANDREA JESICA (DNI N° 39.121.755) lo Declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/CORREA, ANDREA JESICA s/Ejecutivo, CUIJ N° 21-13917085-4: Rosario, 26 de Mayo de 2022. Por parte, domiciliada y por iniciada DEMANDA EJECUTIVA. CÍTESE Y EMPLÁCESE a la parte demandada bajo apercibimiento de REBELDÍA y de seguirse el juicio sin su representación en caso que no comparezca a estar a derecho en el término de TRES DIAS. Notifíquese por cédula bajo FIRMA DE PROFESIONAL (art. 25 C.P.C.C.). Atento a que el domicilio que denuncia no coincide con el que consigna el título, comisiónese al Oficial Notificador para que al momento de diligenciar la cédula pregunte si el demandado vive allí y sólo en caso afirmativo proceda a efectuar la notificación. Resérvese la DOCUMENTAL acompañada. Hágase saber a las partes que deberán indicar correo electrónico para recibir correos de cortesía de notificaciones digitales, si no lo hubieran realizado, sin perjuicio de resultar igualmente notificadas conforme al art. 14 del Acuerdo Corte Suprema de Justicia 7.3.2019, Acta N° 7 p. II. Desígnase al/la peticionante como DEPOSITARIO/A judicial (art. 261 y 263 Código Penal) de las CÉDULAS originales que se diligenciarán a futuro y que deberán remitirse al juzgado en copia escaneada, en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto “13” del Reglamento de “PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE ESCRITOS EN EXPEDIENTES” - http:i/www.justiciasantafe.gov.ar .. Dra. Silvina López Pereyra - (Secretaria- 1ra. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1ra. Nom. Rosario) Dra. Mariana P. Martínez -(Jueza- 1ra. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1ra. Nom. Rosario).
$ 40 507823 Oct. 4 Oct. 6
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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1º Nominación de Rosario, DRA. ANA MARTINEZ, notifica al Sr. GIGENA, MARCELO EZEQUIEL (DNI N° 33.571.781) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ GIGENA, MARCELO EZEQUIEL s/ Ejecutivo CUIJ N° 21-13897981- 1 ROSARIO, 01 de Agosto de 2023. Informando verbalmente en este acto el Actuario que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho declárasela rebelde siguiendo el juicio sin su participación. Desígnase al/la peticionante como depositario/a judicial de las cédulas/edictos originales que se hubieran acompañado en copia escaneada (art. 261 y 263 Código Penal), en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto 13 del Reglamento de PRESENTACION ELECTRONICA DE ESCRITOS EN EXPEDIENTES - http://www.justiciasantafe.gov.ar/PRESENTACION ES%2OELECTR%C3%93 N ICAS/Pautas%20 PEE%20a%20traves%2OAutoconsulta%20-%20TO%20oct2021.pdf FIRMADO: Dra. SILVINA LOPEZ PEREYRA (Secretaria) DR. LUCIANO A. BALLARINI (Juez en Suplencia).
$ 40 507824 Oct. 4 Oct. 6
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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2º Nominación de Rosario, DRA. MONICA KLEBCAR, notifica al Sr. RODRIGUEZ, IGNACIO RAUL, DNI Nº 31.111.225, lo declarado en autos: CFN S.A. c/ RODRIGUEZ, IGNACIO RAUL s/ Ejecutivo ( CUIJ Nº 21-029662255):Rosario, Fecha 28/02/2023. RESUELVO: Por presentada, con domicilio legal constituido, en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado. Désele la participación correspondiente. Por iniciada la acción ejecutiva que se expresa. Cítese al demandado para que comparezca a estar a derecho por el plazo de 3 días bajo apercibimientos de ley. Designase a la profesional de la parte actora como depositaria de la documental fundante (originales), debiendo certificar las copias obrantes en autos. Notifíquese por cédula haciéndole saber al Oficial Notificador que deberá informar si el demandado vive allí y sólo en caso afirmativo proceder a practicar la notificación... Dra. Marianela Godoy Secretaría Dra. Mónica Klebcar Jueza. 05 de septiembre de 2023.Dra. Cecilia Vaquero, prosecretaria.
$ 50 507826 Oct. 4 Oct. 6
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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Nominación de Rosario, DRA. SUSANA SILVINA GUEILER, notifica al Sr. VERA, MANUEL BASILIO, DNI N° 32.445.508, lo declarado en autos: CFN S.A. c/ VERA, MANUEL BASILIO s/ Ejecutivo ( CUIJ N° 21-02908414-6): “N° 888. ROSARIO, 12/07/2023. Y VISTOS: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVO: Regular los honorarios de la Dra. Roxanna Knafel en la suma de $ 71.376,30.- (equivalente a 2,66 jus) - (Art. 7 inc 2 b Ley 6767), la que será actualizada conforme el valor jus hasta tanto la presente quede firme. Los honorarios regulados serán abonados por quien corresponda y devengarán desde la mora un interés que se fija en la tasa activa promedio mensual capitalizada que publica el Nuevo Banco de Santa Fé SA (Fallo: Pereyra Mario Simón c/ Municipalidad de Rafaela - Recurso Contencioso Administrativo de Plena Jurisdicción s/ Incidente de Apremio por Honorarios Expte. 135/20 Tº 284 Fº 452/455 18.12.2018 Corte Suprema de Justicia de Santa Fe). Insértese y hágase saber. Firmado, Dra. Susana Silvina Gueiler (Juez), Dra. Patricia Beade (Secretaria).11 de agosto de 2023.
$ 50 507827 Oct. 4 Oct. 6
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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 18º Nominación de Rosario, DRA. SUSANA SILVINA GUEILER, notifica al Sr. MALDONADO, MABEL NOEMI, DNI N° 32.052.115, la planilla practicada que asciende a la suma de PESOS NOVENTA Y UNO MIL NOVECIENTOS TREINTA CON OCHENTA CENTAVOS ($ 91930.80) y lo declarado en autos: CFN S.A. c/ MALDONADO, MABEL NOEMI s/ Ejecutivo ( CUIJ N° 21-02880028-9): “ROSARIO, 11/05/2023. Atento el tiempo transcurrido, estése a lo normado por los artículos 38 y 62 inciso 3 CPCC, notificándose la reanudación de las actuaciones. Asimismo, se provee: Por practicada planilla, póngase de manifiesto por el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula con expresión de montos.” Firmado: DRA. Susana Silvina Gueiler (Juez), Dra. Patricia Andrea Beade (Sec.).Dra. Melisa Lobay, prosecretaria. 14 de agosto de 2023.
$ 50 507828 Oct. 4 Oct. 6
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El Sr. Juez a cargo del juzgado DE PRIMERA INSTANCIA DE CIRCUITO N° 5 , DR. Maximiliano Cossari, notifica al Sr. DELGADO MONTENEGRO, DELIA CATALINA D.N.I Nº 1.696.394 lo declarado en autos: CFN S.A. c/ DELGADO MONTENEGRO, DELIA CATALINA s/ Ejecutivo CUIJ N° 21-12623047-5):Tomo: 135 Folio: 81 Resolución: 12 Y VISTOS....Y CONSIDERANDO:... FALLO: Ordenando seguir la ejecución hasta tanto el acreedor se haga íntegro pago de las sumas reclamadas, con más la tasa de interés activa promedio mensual -vencida- (sumada) que cobra el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. en operaciones de descuento de documentos a treinta (30) días, desde la fecha de la mora y hasta su efectivo pago. Costas a la demandada (art. 251 del .CPCC). Difiérese la regulación de honorarios hasta que se practique la planilla respectiva. Insértese y hágase saber. Firmado: DR. Maximiliano Cossari (Juez), DRA. GABRIELA PATRICIA ALMARA (Sec.). Firmado: DR. Maximiliano Cossari (Juez), DRA. Federico Lema (Sec.).5 de Julio de 2023.
$ 50 507829 Oct. 4 Oct. 6
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El Sr. Juez a cargo del juzgado DE PRIMERA INSTANCIA DE CIRCUITO N° 5, DR. Maximiliano Cossari, notifica al Sr. BENITEZ, JORGE LUIS D.N.I Nº 33.060.152 lo declarado en autos: CFN S.A. c/ BENITEZ, JORGE LUIS s/ Ejecutivo CUIJ N° 21-12621253-1): ROSARIO, 09 de Febrero de 2023 Informándose verbalmente por Secretaría en este acto que la parte emplazada no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde. Notifíquese por edictos que se publicarán dos (2) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Firmado: DR. Maximiliano Cossari (Juez), DRA. GABRIELA PATRICIA ALMARA (Sec.).
$ 50 507830 Oct. 4 Oct. 6
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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 17a Nominación de Rosario, DR. MARIA SILVIA BEDUINO, notifica al Sr. TORREZ, MARCELO CANDIDO ANTONIO, DNI N° 36.007.293, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ TORREZ, MARCELO CANDIDO ANTONIO s/ Ejecutivo (CUIJ N° 21-13877348-2): N° 2713. ROSARIO, 26/09/2017. VISTO Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: Por presentada, con domicilio ad litem constituido y en el carácter invocado a mérito de la copia del poder general que se acompaña y se agrega y deberá certificar. Resérvese en Secretaría el sobre acompañado. Por iniciado Juicio Ejecutivo al que se le imprime el trámite previsto en los arts. 442 subs. y ccdt. del CPCC. Cítese y emplácese al demandado para que en el término de ley comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. A la medida cautelar solicitada: Previa reposición de ley, trábese embargo sobre los haberes que perciba el demandado en la empleadora denunciada en la siguiente proporción: el 10% del importe que exceda del salario mínimo vital y móvil, y el 20% del importe que exceda del doble del mínimo vital y móvil y/o cualquier suma de dinero que por cualquier concepto tenga que percibir en forma permanente y/o futura, hasta cubrir la suma de $23804,09 con más el 30% para atender intereses y costas. Los fondos deberán ser depositados en el Banco Municipal, sucursal Caja de Abogados para estos autos. Librándose a tal fin el despacho que fuera menester. A lo demás, oportunamente. Insértese, agréguese copia y hágase sabr. FIRMADO: DRA. MARIA SILVIA BEDUINO (JUEZ), DR. JUAN MANUEL CONTI (SEC).Amalia Lantermo, secretaria.
$ 50 507831 Oct. 4 Oct. 6
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ RENNI ANTONIO s/ Apremio Municipal CUIJ 2122767491-9 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1854. Arroyo Seco, 2/11/2022. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 9.224,87.- en concepto de capital, con mas la suma de $ 9.224,87.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- FIRMADO: MARIANA CATTANI -SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO-JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los Sres. RENNI ANTONIO y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0002370-00, LOTE 007, MANZANA 002, RUTA 27. (art.28 ley 5066).31 de agosto de 2023. Mariana Cattani, Secretaria.
S/C 507847 Oct. 4 Oct. 6
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ SOTO HORACIO s/ Apremio Municipal CUIJ 2122767603-2 se ha dictado lo siguiente: N° 1573. Arroyo Seco, 14/10/2022.VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 41.667,83.- en concepto de capital, con más la suma de $ 20.833,00.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- FIRMADO: DRA. MARIANA SABINA CATTANI, SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los Sres. SOTO HORACIO y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0009378-00, LOTE 162, MANZANA 4, RUTA 33. (art.28 ley 5066). Dra. Mariana Sabina Cattani, Secretaria.31 de agosto de 2023.
S/C 507848 Oct. 4 Oct. 6
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ ANDRADA BENIGNO s/ Apremio Municipal 2122767614-8 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1627. Arroyo Seco, 18/10/2022. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia., darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 42.821,87.- en concepto de capital, con más la suma de $ 21.410,00.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- FIRMADO: DRA. MARIANA SABINA CATTANI, SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los Sres. ANDRADA BENIGNO y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0005989-00, LOTE 024A, MANZANA 003 RUTA 31, (art.28 ley 5066). DRA. MARIANA SABINA CATTANI, SECRETARIA.11 de septiembre de 2023.
S/C 507849 Oct. 4 Oct. 6
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALI DAD DE ARROYO SECO c/ MUSSO JUAN s/ Apremio Municipal CUIJ 21-227676589 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1775.Arroyo Seco, 1/11/2022. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 7.771,16.- en concepto de capital, con más la suma de $ 7.771,16.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- FIRMADO: PABLO RODRIGUEZ -SECRETARIO EN SUPLENCIA; DRA. MARIANA ALVARADO-JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los Sres. MUSSO JUAN y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0002252-00, LOTE 005, MANZANA 079, RUTA 00. (art.28 ley 5066). DRA. MARIANA SABINA CATTANI, SECRETARIA.24 de agosto de 2023.
S/C 507850 Oct. 4 Oct. 6
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ FABBRI JUAN A. s/ Apremio Municipal CUIJ 2122767623-7 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 797. Arroyo Seco, 26/05/2022.VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia, digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 29.631,31.- en concepto de capital, con más la suma de $ 14.815,65.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- FIRMADO: MARIANA CATTANI -SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO-JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los Sres. FABBRI JUAN A. y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0005272-00, LOTE 001, MANZANA C. RUTA 46. (art.28 ley 5066). DRA. MARIANA SABINA CATTANI, SECRETARIA.24 de agosto de 2023.
S/C 507851 Oct. 4 Oct. 6
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ MALCORRA GUSTAVO s/ Apremio Municipal CUIJ 2122767363-7 se ha dictado lo siguiente: N° 1562.Arroyo Seco, 14/10/2022. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 41.239,34.- en concepto de capital, con más la suma de $ 20.619,00.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- FIRMADO: DRA. MARIANA SABINA CATTANI, SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los Sres. MALCORRA GUSTAVO y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES ATITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0009376-00, LOTE 160, MANZANA 4, RUTA 33. (art.28 ley 5066). DRA. MARIANA SABINA CATTANI, SECRETARIA.24 de agosto de 2023.
S/C 507852 Oct. 4 Oct. 6´
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ FUNES GERMÁN OSCAR s/ Apremio Municipal CUIJ 2122767502-8 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 758. Arroyo Seco, 20/05/2022.VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 33.192,32.- en concepto de capital, con más la suma de $ 16.596,00.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- FIRMADO: MARIANA CATTANI -SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO-JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los Sres. FUNES GERMAN OSCAR y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0000863-00, LOTE 004, MANZANA 054, RUTA 00. (art.28 ley 5066). DRA. MARIANA SABINA CATTANI, SECRETARIA.24 de agosto de 2023.
S/C 507853 Oct. 4 Oct. 6
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ DELLAMAGIORA JOSÉ s/ Apremio Municipal CUIJ 21- 227675 13-3 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1942.Arroyo Seco, 9/11/2022.VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia-digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 33.172,04.- en concepto de capital, con más la suma de $ 16.586,00.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- FIRMADO: MARIANA CATTANI -SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO-JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los Sres. DELLAMAGIORA JOSÉ y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0002591-00, LOTE 011, MANZANA 002, RUTA 27. (art.28 ley 5066). DRA. MARIANA SABINA CATTANI, SECRETARIA.24 de agosto de 2023.
S/C 507854 Oct. 4 Oct. 6
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/LATRONICO FRANCISCO s/Apremio Municipal; CUIJ Nº 21-22767628-8 se ha dictado lo siguiente: N° 1702 Arroyo Seco, 21/10/2022. Vista: la demanda incoada en los autos individualizados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia, digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 46.241,54 en concepto de capital, con más la suma de $ 23.120,77 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Mariana Sabina Cattani, Secretaria; Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los Sres. Latronico Francisco y/o sucesor/es y/o propietario/s y/o titular/es de dominio y/o poseedor/es a titulo de dueño del inmueble catastrado en la municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 0007853-00, Lote 005, Manzana 002, Ruta 15. (art.28 ley 5066). Secretaria, 24 de agosto de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.
S/C 507855 Oct. 04 Oct. 06
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/DI MARTELLA ORSI STELLA M s/Apremio Municipal; CUIJ Nº 21-22767492-7 se ha dictado lo siguiente: N° 1815. Arroyo Seco, 1/11/2022. Vista: la demanda incoada en los autos individualizados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 33.218,50 en concepto de capital, con más la suma de $ 16.609,25 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Pablo Rodríguez -Secretario en suplencia; Dra. Mariana Alvarado-Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los Sres. Di Martella Orsi Stella M y/o sucesor/es y/o propietario/s y/o titular/es de dominio y/o poseedor/es a titulo de dueño del inmueble catastrado en la municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 0002139-00, Lote 008, Manzana 002, Ruta 27. (art.28 ley 5066). Secretaria, 28 de agosto de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.
S/C 507856 Oct. 04 Oct. 06
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/DI TULIO ALEJANDRO s/Apremio Municipal; CUIJ Nº 21-22767637-7 se ha dictado lo siguiente: N° 1817. Arroyo Seco, 1/11/2022. Vista: la demanda incoada en los autos individualizados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 25.359,24 en concepto de capital, con más la suma de $ 12.679,05 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Pablo Rodríguez –Secretario en suplencia; Dra. Mariana Alvarado-Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los Sres. Di Tulio Alejandro y/o sucesor/es y/o propietario/s y/o titular/es de dominio y/o poseedor/es a titulo de dueño del inmueble catastrado en la municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 0007616-00, Lote 007-1, Manzana 052, Ruta 00. (art.28 ley 5066). Secretaria, 28 de agosto de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.
S/C 507857 Oct. 04 Oct. 06
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MARTIN ELLI LAURA s/Apremio Municipal; CUIJ Nº 21-22767669-5 se ha dictado lo siguiente: N° 1807. Arroyo Seco, 1/11/2022. Vista: la demanda incoada en los autos individualizados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 13.336,67 en concepto de capital, con más la suma de $ 13.336,67 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Pablo Rodríguez –secretario en suplencia; Dra. Mariana Alvarado-Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los Sres. Martinelli Laura y/o sucesor/es y/o propietario/s y/o titular/es de dominio y/o poseedor/es a titulo de dueño del inmueble catastrado en la municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 0030067-00, lote — manzana —, ruta 99. (art.28 ley 5066). Secretaria, 28 de agosto de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.
S/C 507858 Oct. 04 Oct. 06
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/LUDUEÑA ADRIAN s/Apremio Municipal; CUIJ Nº 2122767520-6 se ha dictado lo siguiente: N° 1909.Arroyo Seco, 9/11/2022. Vista: la demanda incoada en los autos individualizados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 18.530,66 en concepto de capital, con más la suma de $ 9.265,00 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani -Secretaria; Dra. Mariana Alvarado-Juez. En tal sentido se íntima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los Sres. Ludueña Adrián y/o sucesor/es y/o propietario/s y/o titular/es de dominio y/o poseedor/es a titulo de dueño del inmueble catastrado en la municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 0006630-00, lote 013, manzana 004, ruta 25. (art.28 ley 5066). Secretaria, 28 de agosto de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.
S/C 507859 Oct. 04 Oct. 06
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/LUQUETTI ELIO s/Apremio Municipal; CUIJ Nº 21-22767601-6 se ha dictado lo siguiente: N° 1793.Arroyo Seco, 1/11/2022. Vista: la demanda incoada en los autos individualizados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 57.829,20 en concepto de capital, con más la suma de $ 28.914,00 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- Firmado: Pablo Rodríguez -Secretario en suplencia; Dra. Mariana Alvarado-Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los Sres. Luquetti Elio y/o sucesor/es y/o propietario/s y/o titular/es de dominio y/o poseedor/es a titulo de dueño del inmueble catastrado en la municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 0000931-00, lote 014, manzana 020, ruta 00. (art.28 ley 5066). Secretaria, 28 de agosto de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.
S/C 507860 Oct. 04 Oct. 06
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MEONIZ JOSÉ LUIS s/Apremio Municipal; CUIJ Nº 21-22767566-4 se ha dictado lo siguiente: N° 1939.Arroyo Seco, 9/11/2022. Vista: la demanda incoada en los autos individualizados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 40.894,92 en concepto de capital, con más la suma de $ 20.447,00 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Mariana Cattani-Secretaria; Dra. Mariana Alvarado-Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos M art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a los Sres. Meoniz José Luis y/o sucesor/es y/o propietario/s y/o titular/es de dominio y/o poseedor/es a titulo de dueño del inmueble catastrado en la municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 0004259-00, Lote 025, Manzana 003, Ruta 31. (art.28 ley 5066). Secretaria, 28 de agosto de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.
S/C 507861 Oct. 04 Oct. 06
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ESQUIVEL MARCELO s/Apremio Municipal CUIJ 21-22767549-4, se ha dictado lo siguiente: N° 1934. Arroyo Seco, 9/11/2022. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 31.949,05.- en concepto de capital, con más la suma de $ 15.974,00.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Mariana Cattani - Secretaria; Dra. Mariana Alvarado - Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la Ley Provincial 5066 y modificatorias a los Sres. ESQUIVEL MARCELO y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0009385-00, LOTE 169, MANZANA 4, RUTA 33. (art.28 Ley 5066). Secretaría, 28 de Agosto de 2023.
S/C 507862 Oct. 4 Oct. 6
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/HERRERA EVA L s/APREMIO MUNICIPAL CUIJ 21-22767597-4, se ha dictado lo siguiente: N° 1940. Arroyo Seco, 9/11/2022. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 44.229,09.- en concepto de capital, con más la suma de $ 22.114,00.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani - Secretaria; Dra. Mariana Alvarado - Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la Ley Provincial 5066 y modificatorias a los Sres. HERRERA EVA L y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0004813-00, LOTE 012, MANZANA 003, RUTA 35. (art. 28 Ley 5066). Secretaría, 28 de Agosto de 2023.
S/C 507863 Oct. 4 Oct. 6
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/GALANTE ADOLFO s/APREMIO MUNICIPAL CUIJ 21-22767650-4, se ha dictado lo siguiente: N° 860. Arroyo Seco, 2/06/2022. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 36.335,52.- en concepto de capital, con más la suma de $ 18.167,00.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- Firmado: Mariana Cattani - Secretaria; Dra. Mariana Alvarado - Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la Ley Provincial 5066 y modificatorias a los Sres. GALANTE ADOLFO y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0005245-00, LOTE 003, MANZANA 1, RUTA 39. (art. 28 Ley 5066). Secretaría, 28 de Agosto de 2023.
S/C 507864 Oct. 4 Oct. 6
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/GIRONACCI ADOLFO s/APREMIO MUNICIPAL CUIJ 2122767504-4, se ha dictado lo siguiente: N° 1933. Arroyo Seco, 9/11/2022.VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 21.753,02.- en concepto de capital, con más la suma de $ 10.876,00.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani -Secretaria; Dra. Mariana Alvarado-Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la Ley Provincial 5066 y modificatorias a los Sres. GIRONACCI ADOLFO y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0000697-00, LOTE 010, MANZANA 044, RUTA 00. (art.28 Ley 5066). Secretaría, 28 de Agosto de 2023.
S/C 507866 Oct. 4 Oct. 6
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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/DELLAMAGGIORA SERGIO E s/APREMIO MUNICIPAL, CUIJ 21-22767395-5 se ha dictado lo siguiente: N° 1117. Arroyo Seco, 2/08/2022. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia; S. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 29.711,14.- en concepto de capital, con mas la suma de $ 14.855,57.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Mariana Sabina Cattani, Secretaria; Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la Ley Provincial 5066 y modificatorias a los Sres. DELLAMAGIORA SERGIO E. y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0001541-00, LOTE 007, MANZANA B, RUTA 07. (art. 28 Ley 5066). Secretaría, 28 de Agosto de 2023.
S/C 507872 Oct. 4 Oct. 6
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante LILIANA MABEL PONCE (D.N.I. 14.314.259) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “PONCE, LILIANA MABEL S/ SUCESORIO”, CUIJ Nº 21-02973609-7. Fdo. Prosecretaría
$ 45 Oct. 04
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante OLGA DIONISIA CASTILLO (DNI 5.509.004), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “CASTILLO, OLGA DIONISIA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS - CYC 12” (CUIJ Nº 21-02973625-9). Fdo.: DRA. VANINA C. GRANDE (Secretaria).-
$ 45 Oct. 04
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14ta Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante TORRESETTI, ALICIA ROSA DNI 0.739.168 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “TORRESETTI, ALICIA ROSA S/SUCESORIO” cuij 21-02973706-9.-
$ 45 Oct. 04
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Por disposición de Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante SALCIMIRO ORLANDO COCIMANO, D.N.I. 5.979.365, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “COCIMANO, SALCIMIRO ORLANDO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-02867815-8). Fdo. Dra. Lorena A. González, Secretaria. Rosario, de Octubre de 2023.-
$ 45 Oct. 04
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14ta. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JOSE LUIS MINNI (DNI 11.873.448) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “MINNI, JOSE LUIS S/ SUCESORIO” CUIJ 21-02972633-4. Fdo. Prosecretaría.
$ 45 Oct. 04
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante HEBE ELIRIA MIGLIORE, D.N.I. Nº F2.388.046 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “MIGLIORE, HEBE ELIRIA S/ SUCESORIO” – CUIJ Nº 21-02971070-5.
$ 45 Oct. 04
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Oscar Adelino Corte (D.N.I. 12.525.054) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “CORTE, OSCAR ADELINO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS - (CUIJ N°21-02973544-9).
$ 45 Oct. 04
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14ta. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante LEONOR ALDAZARO (DNI Nro. 5.512.386) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “ALDAZARO, LEONOR S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” - CYC 14 - (EXPTE CUIJ Nro. 21-02972578-8). - Fdo. Prosecretaría Dra. MARÍA VICTORIA BERRONE
$ 45 Oct. 04
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14ta. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante LEONOR ALDAZARO (DNI Nro. 5.512.386) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “ALDAZARO, LEONOR S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” - CYC 14 - (EXPTE CUIJ Nro. 21-02972578-8). - Fdo. Prosecretaría Dra. MARÍA VICTORIA BERRONE
$ 45 Oct. 04
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante AGUIRRE, GILIBERTO OSCAR (DNI 3.739.801) y WESTPLATE, ANGELA (DNI 2.822.305), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “AGUIRRE, GILIBERTO OSCAR Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-02962894-4) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Oct. 04
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Luis Di Paolo (LE 2.185.044) , por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “ DI PAOLO, LUIS S/ SUCESORIO CUIJ 21-02954466-9 en trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo.- MARÍA VICTORIA BERRONE, PROSECRETARIA.
$ 45 Oct. 04
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Por disposición de la Jueza de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2° Nominación de Rosario se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Señora Olga María ROSSI, titular del D.N.I. Nro. 05.819.557, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. (Autos: “ROSSI, OLGA MARIA S/ SUCESORIO - C Y C 2” CUIJ 21-02968033-4). Se deja constancia que los mismos se deberán publicar gratuitamente por tratarse de una presunta herencia vacante.
$ 45 Oct. 04
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante CLARA SABETTA y/o CHIARINA SABETTA (D.N.I. 93.635.040), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados “SABETTA CLARA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-02973558-9.
$ 45 Oct. 04
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 2° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante STAMBONI JORGELINA ANDREA D.N.I. 21.510.395 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “STAMBONI, JORGELINA ANDREA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ N° 21-02971343-7”.
$ 45 Oct. 04
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Por disposición de/a Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 13era Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante PAULINA DIAZ (D.N.I. 1.447.700), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “DIAZ, PAULINA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-02973815-4), de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Oct. 04
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Por disposición de la Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 17 Nominación de Rosario, ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes por el causante EDGARDO JORGE NICOLINI DNI 6.052.184, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados “EDGARDO JORGE NICOLINI S/ SUCESION” (CUIJ 21-0297340-5), de trámite ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Oct. 04
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante: GONZALEZ ENRIQUE CARLOS (DNI10.629.314), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “GONZALEZ, ENRIQUE CARLOS S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-02973375-6) S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Oct. 04
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante GAETANO LUCIA (DNI 18.628.338) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "GAETANO LUCIA S/ SUCESORIO " (CUIJ 21-02972026-3).
$ 45 Oct. 04
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RAUL ISMAEL FONTAN (DNI 14.631.523) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “FONTAN RAUL ISMAEL S/ SUCESORIO”, CUIJ 21-02972027-1
$ 45 Oct. 04
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8va Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante don JOSE ANTONIO FAR (DNI Nº 6.007.951) por un día , para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados “FAR JOSE ANTONIO S/DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-02972538-9) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Oct. 04
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 9° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante RODRIGUES BENEVIDES, JOSE CARLOS y/o RODRIGUEZ BENEVIDES, JOSE CARLOS (D.N.I. 93.685.854) y SACRAMONE, ANGELICA (DNI 6.172.559), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “RODRIGUES BENEVIDES, JOSE CARLOS Y OTROS S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-02958584-6), de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Oct. 04
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Por disposición del Sr. Juez de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante DANIEL EDGARDO ORELLANO (DNI 21.817.201), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: ORELLANO, DANIEL EDGARDO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS -21-02970295-8. Fdo. Prosecretaría.
$ 45 Oct. 04
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 9° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante LUIS SIXTO MONTES (D.N.I. 6.182.940), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “MONTES, LUIS SIXTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-02925000-3), de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Firma Prosecretaria.
$ 45 Oct. 04
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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 9° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MIGUEL DISASSIO (DNI 2.302.398) y ADELINA VENTICINQUE (D.N.I N° 1.690.289) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “DISASSIO MIGUEL Y OT S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-02969201-4). Fdo. Prosecretaria.
$ 45 Oct. 04
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 9° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Sra. BIAGETTI, ANGELICA NOEMI DNI 5.664.259 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “BIAGETTI, ANGELICA NOEMI S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-02973713-1) . Fdo. Prosecretaría
$ 45 Oct. 04
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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 4° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante JUANA CASCO (D.N.I. Nº14.814.037) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “CASCO, JUANA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N°21-02973262-8) . Fdo. Prosecretaría.
$ 45 Oct. 04
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Por disposición del juzgado en lo Civil y Comercial de la 5° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante BERTO HECTOR VICENTE D.N.I. 6.030.079 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: BERTO HECTOR VICENTE S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS 21029734817. Fdo. Prosecretaría.
$ 45 Oct. 04
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante LOTTO, ELSA ISABEL PAULINA, D.N.I. 1.907.618 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “LOTTO, ELSA ISABEL PAULINA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-02970694-5). Fdo. Dra. Prosecretaría.
$ 45 Oct. 04
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de 4ta Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ISABEL CATALINA CORETTI D.N.I. 6.314.088 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “CORETTI, ISABEL CATALINA S/ SUCESORIO” (CUIJ N.º 21-02967868-2). Fdo. Dra. Prosecretaría.
$ 45 Oct. 04
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 5ta. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante SEDEPSKI OMAR D.N.I. 5.395.115, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “SEDEPSKI, OMAR S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”(CUIJ Nº 21029713844). Fdo: Prosecretaria.
$ 45 Oct. 04
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Por disposición de la Jueza de Distrito C y C Nº 5 de Rosario (OPS Rosario, DRA. LUCRECIA MANTELLO) Se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante STELLA MARIS FERNANDEZ, D.N.I. 5.094.507 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “FERNANDEZ, STELLA MARIS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJN° 21-02972828-0). Fdo. Prosecretaría.
$ 45 Oct. 04
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 10ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante GABRIELA ANA MARIA SERPELLINI y/o GABRIELA MARIA SERPELLINI, D.N.I. 18.547.862 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “SERPELLINI, GABRIELA ANA MARIA S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-02973148-6). Fdo.Prosecretario.
$ 45 Oct. 04
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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante. SONVICO GUSTAVO PABLO (D.N.I. 6.067.657) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “SONVICO GUSTAVO PABLO S/ SUCESORIO, Expte. CUIJ: 21-02965509-7. Fdo. Prosecretaría
$ 45 Oct. 04
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 6ta° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante PIOVANO ELEUTERIA FLORENTINA D.N.I. 3.546.386 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “PIOVANO, ELEUTERIA FLORENTINA S/ SUCESORIO CUIJ 21-02969776-8”. Fdo: Prosecretaría.
$ 45 Oct. 04
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ROBERTO JULIO RANKIN (D.N.I. 6.127.014), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados “RANKIN ROBERTO JULIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-02973724-7. de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. FDO: PROSECRETARIA
$ 45 Oct. 04
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Por disposición del Sr. Juez de Primera instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ALBARRACIN HUGO DANIEL (D.N.I. N° 12.110.664) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados “ALBARRACIN HUGO DANIEL S/ SUCESORIO”, (CUIJ N° 21-02974169.4). de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. FDO: PROSECRETARIA
$ 45 Oct. 04
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejado por la causante ARGAÑARAZ JOSEFA DEL CARMEN DNI N° 3.496.545 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos: "ARGAÑARAZ JOSEFA DEL CARMEN S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS", CUIJ 21-02971901-9, por trámite ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Oct. 04
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CASILDA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nominación de Casilda, se hace saber a los interesados que en los autos: AUTOPARTES RUTA 33 SRL- s/PEDIDO DE QUIEBRA POR ACREEDOR” (Expte. N° 13512023 - CUIJ N° 2125863047-2) ha sido designada sindico C.P.N. Ana María Maristany, con domicilio procesal constituido en calle San Martín N° 2031 de la ciudad Casilda, con horario de atención para la recepción de verificación de créditos serán recibidas en calle San Martín N° 2031 de Casilda de 09.00 a 12.00 horas y de 16.00 a 19.00 horas.- Se hace conocer asimismo que mediante auto N° 1750 de fecha 20 de Setiembre de 2023, se ha dispuesto que procedan los acreedores a presentar al síndico las peticiones de verificación y los títulos pertinentes hasta el día 07 de diciembre de 2023, fijándose para la presentación del informe individual por parte de la sindicatura el día 26 de febrero de 2024 y para la presentación del informe general el día 10 de abril de 2024. Secretaría: Dra. Sandra S. González.
S/C 507995 Oct. 4 Oct. 6
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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nominación de Casilda, Dr. Gerardo Antonio Marzi, Secretaría a cargo de la Dra. Sandra Silvina González, se ha dispuesto poner en conocimiento, a los efectos que pudieren corresponder, lo siguiente: “Casilda, Y VISTOS: La falta de espacio físico existente en este Tribunal a los fines de continuar con la guarda de la documental acompañada; Y CONSIDERANDO: Que habiéndose publicado en la Mesa de Entradas de este Juzgado, un aviso informando la existencia de sobres para su devolución y no habiendo obtenido respuesta o su negativa al retiro de los mismo, se procede bajo autorización del Archivo General Rosario a su destrucción. Que conforme a ello, se dispone hacer saber mediante publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL, en la edición digital del Diario “La Voz de Casilda” y en el diario “La Capital” de la ciudad de Rosario, que será destruida toda la documentación y cualquier otro sobre presentado para su reserva correspondientes al año 2012 hasta el año 2021 inclusive, respecto a expedientes que se encuentran en el Archivo General de los Tribunales Provinciales de Rosario, y de expedientes que se encuentran terminados, sin actividad procesal por más de 2 años o en préstamo de partes por igual término, salvo aquellos cuyo reintegro sea peticionado en Secretaría hasta el 19/10/2023, a lo que se hará bajo pertinente recibo, quedando establecido que a partir de esa fecha no se admitirá reclamo alguno y se procederá con la destrucción apuntada. Atento las consideraciones vertidas; RESUELVO: 1.- Ordenar la destrucción de la documentación y todo otro sobre que haya sido presentado para su reserva desde el año 2012 hasta el año 2021 inclusive, respecto a expedientes que se encuentran en el Archivo General de los Tribunales Provinciales de Rosario, y de expedientes que se encuentran terminados, sin actividad procesal por más de 2 años o en préstamo de partes por igual término. 2.- Publicar edictos en el BOLETÍN OFICIAL, en la edición digital del Diario “La Voz de Casilda” y un aviso en el diario “La Capital” de Rosario, haciendo saber lo dispuesto en el punto 1 y que quienes deseen recuperar documentación y cualquier sobre de las causas desde el año 2012 al año 2021 inclusive, podrán hacerlo hasta el día 19/10/2023, a las 12.00 hs., en la Secretaría del Juzgado, de lunes a viernes entre las 08.00 y las 12.00 hs., y que a partir de dicho día y hora no se admitirá reclamo alguno. 3.- Remitir copia de la presente a la Presidencia de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, a la Presidencia de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Laboral y a la Excma. Corte Suprema de Justicia. 4.- Requerir a la Excma. Corte Suprema de Justicia las partidas dinerarias necesarias a los fines de las publicaciones referidas. Insértese hágase saber. Fdo.: Dr. Marzi (Juez) - Dra. González (Secretaria).
S/C 507994 Oct. 4 Oct. 6
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CAÑADA DE GOMEZ
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral, Segunda Nominación de la Ciudad de Cañada de Gómez, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Andrés Darío Szecseny, DNI 17.104.674, para que comparezcan en los autos: SZECSENY, ANDRES DARIO s/Declaratoria de herederos - CUIJ 21-26027101-3, a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales.
$ 45 Oct. 4
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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nominación de Cañada de Gómez, en los autos caratulados: OCAMPO FABIAN ARNALDO s/Declaratoria de herederos, CUIJ N° 21-26029245-2, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Fabián Arnaldo Ocampo, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Cañada de Gómez, Septiembre de 2023.
$ 45 Oct. 4
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El Señor Juez cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Judicial Número Seis de la Provincia de Santa Fe de la Segunda Nominación, con asiento en la ciudad de Cañada de Gómez, sito en calle Balcarce esquina Maipú, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la Sra. NOEMÍ PALMIRA JOUVA por el término de un (01) día, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos.- (Autos: "JOUVA NOEMÍ PALMIRA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" – CUIJ Nº 21-26029239-8).
$ 45 Oct. 04
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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Judicial N°6, 1ra Nominación Secretaría Dr. Guillermo R. Coronel, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de ALBERTO OSCAR CICCIOLI , para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de (1) día conforme disposiciones del Art. 2340 CC Y CN y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez, Guillermo R. Coronel, secretario. CICCIOLI ALBERTO OSCAR S/SUCESIONES-INSC. CUIJ 21-26026148-4
$ 45 Oct. 04
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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Judicial N°6, 1ra Nominación Secretaría Dr. Guillermo R. Coronel, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de ELBA MIRTA ZUAREZ , para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de (1) día conforme disposiciones del Art. 2340 CC Y CN y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez, Guillermo R. Coronel, secretario. ZUAREZ ELBA MIRTA S/DECLARATORIA DE HEREDEROS CUIJ 21-26030866-9
$ 45 Oct. 04
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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Judicial N°6, 1ra Nominación Secretaría Dr. Guillermo R. Coronel, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de ASTUTTI MARGARITA GLORIA, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de (1) día conforme disposiciones del Art. 2340 CC Y CN y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez, Guillermo R. Coronel, secretario. ASTUTTI MARGARITA GLORIA S/ SUCESIONES-INSC CUIJ 21-26029645-8
$ 45 Oct. 04
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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Judicial N°6, 1ra Nominación Secretaría Dr. Guillermo R. Coronel, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de JUAN PABLO MENGONI, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de (1) día conforme disposiciones del Art. 2340 CC Y CN y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez, Guillermo R. Coronel, secretario. MENGONI JUAN PABLO S/SUCESION TESTAMENTARIA CUIJ 21-26031029-9
$ 45 Oct. 04
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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Judicial N°6, 1ra Nominación Secretaría Dr. Guillermo R. Coronel, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de PEDRO RODOLFO CARULLO, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de (1) día conforme disposiciones del Art. 2340 CC Y CN y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez, Guillermo R. Coronel, secretario. CARULLO PEDRO RODOLFO S/SUCESORIO CUIJ 21-26031003-5
$ 45 Oct. 04
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SAN LORENZO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición de la SEÑORA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA 2DA. NOMINACION DE SAN LORENZO -Dra. STELLA MARIS BERTUNE, dentro de los autos caratulados: “COLMAN MIRIAN ELENA s/ Pedido De Quiebra” EXPTE. N° 535/2023 - CUIJ: 21-25443306-0; se ha ordenado lo siguiente: T° 103 F° 106 N° 1734 - San Lorenzo, 27 de setiembre de 2023.~ VISTOS Y CONSIDERANDO: ...Que habiendo aceptado el cargo la sindica CPN ALICIA SUSANA PEREYRA, DNI N° 10.630.9435 con domicilio en calle Tucumán n° 575 de San Lorenzo, corresponde fijar las fechas del período informativo de la quiebra. Por tanto, RESUELVO: 1) Fijar el 14/11/2023 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar sus pedidos de verificación a la sindica con domicilio en Tucumán n° 575 de San Lorenzo con horario de atención de lunes a viernes de 14:00 a 18:00 hs., correo electrónico: aliciapereyra_@hotmail.com 2) Fijar el 01/02/2024 para la presentación por la síndica del informe individual sobre los créditos con las exigencias determinadas en el art. 35, 2do. párr. L.C.- 3) Fijar el 18/03/2024 para la presentación del informe general por la sindicatura.- 4) Disponer se publiquen los edictos que prescribe el art. 27 L.C.Q. por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y exhibir los mismos en los Estrados del Tribunal. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Stella Maris Bertune (juez) - Dra. Melisa Peretti (secretaria).El presente tramitará sin cargo y deberá realizarse dentro de las 24 horas de recepcionado.
S/C 507990 Oct. 4 Oct. 10
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Juzgado de Familia de San Lorenzo Distrito Judicial n° 12, Dr Marcelo Escola, Secretaria Dra Mónica Muchiutti, dentro de los autos caratulados: RUIZ B. Y F. Y CASCO A s/ Medida Definitiva LEY 12.967 - 21-27876719-9, se notifica -deforma gratuita- a la Sra. Samanta Yamile Ruiz la siguiente resolución que se transcribe en su parte pertinente: “SAN LORENZO, 05 DE SEPTIEMBRE DE 2023. Y VISTOS ( ... ) Y CONSIDERANDO ( ... ) RESUELVO: 1) Ratificar la medida adoptada por la Delegada Regional de la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, tal la Disposición n° 17/2023 del 13 de marzo de 2023, declarando a los niños en situación de adoptabilidad. 2) Líbrense los despachos pertinentes al RUAGA, para remita los legajos respectivos. 3) Continúen interviniendo los equipos de la Delegación Regional San Lorenzo. Notifíquese a la Asesora de Menores. Insértese y hágase saber.” Y OTRO “SAN LORENZO 22 DE SEPTIEMBRE DE 2023. Venidos los autos al día de la fecha se provee. Por notificada Asesora de Menores. Cítese a los progenitores Sres Víctor Emanuel Casco con domicilio en calle Matheu y Camoirano (ref. Casa de rejas verdes) ciudad de Victoria, Provincia de Entre Ríos y Samanta Yamilé Ruiz con domicilio desconocido a comparecer a estar a derecho -con el debido patrocinio letrado-, expedirse sobre las medidas definitivas propuestas por la autoridad de aplicación -cuyo control de legalidad se efectuó mediante resolución n° 2185 - y/o la Privación de la Responsabilidad Parental -en los términos del art. 700 inc d del CCCN-, debiendo en caso de considerarlo ofrecer prueba, dentro del término de 10 días, bajo apercibimientos de resolver sin más en caso de falta de contestación; todo ello conforme art. 66 bis ley 13237 modif de la ley 12967. Fijar -en caso de oposición de los progenitores a la resolución de mención que declara la situación de adoptabilidad de R. B, R. F y S.Y- fecha de audiencia a los fines de oír a los progenitores -cfr lo normado por el art. 609 inc b del CCCN para el día 11/10/23 a las 10.00 hs. Notifiquese por cédula a todas las partes y organismos intervinientes, y por edictos a la progenitora -que se publicará por 3 las, cfr art. 78 del CPCC-. Fecho, córrase vista a la Sra. Asesora de Menores, a sus efectos. Fdo. Dr. Marcelo Escola (juez), Dra. Mónica Muchiutti (Secretaria).
S/C 507967 Oct. 4 Oct. 6
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1era Nominación de San Lorenzo, se h ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante NYDIA GARCIA (D.N.J. LC 02.393.513) y por el causante ALFREDO ALBERTO GOMEZ (DNI M 2306.267) por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “GOMEZ ALFREDO ALBERTO Y OTROS s/ Sucesorio” (CUIJ 21-25443538-1). Fdo: Dr. ALEJANDRO MARCOS ANDINO (Juez) Dra. LUZ M. GAMST (Secretaria).
$ 45 Oct. 4
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Por disposicion del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la Primera Nominación de San Lorenzo, a cargo del Dr. Alejandro Marcos Andino (Juez) y Dra. Luz Maria Gamst (secretaria), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios de la causante Doña PASCHETTA ELVA MARIA, DNI 3.963.026 a todos los que tengan un interés legítimo, para que comparezcan a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de ley. Autos "PASCHETTA ELVA MARIA S/ SUCESORIO" cuij 21-25443616-7
$ 45 Oct. 04
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VILLA CONSTITUCIÓN
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
La Sra. Jueza de Juzgado de 1ra Instancia de Distrito Civil y Comercial N.º 14, 1ra. Nominación de Villa Constitución, ha ordenado en los autos “CLEMENT HORACIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-25658702-2, llamar a los herederos, acreedores y/o legatarios y/o todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante CLEMENT HORACIO, DNI 6.250.482 para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos en el plazo de 30 días.
$ 45 Oct. 04
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En los autos caratulados “KARBICHE WALTER DAVID S/ SUCESORIO” CUIJ N° 21-25658724-3, en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 14 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Villa Constitución, a cargo de la Señora Jueza Dra. Orsaria, Secretaría del Dr. Danino, conforme lo dispuesto por el art. 67 del C.P.C.C. modificado por Ley 11.287, se cita a los herederos, acreedores y de todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Sr. KARBICHE WALTER DAVID, DNI N° 20.515.162, por el término de treinta (30) días, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos.- Fdo. Dra. Agueda M. Orsaria (Juez), Dr. Alejandro Danino (Secretario).-
$ 45 Oct. 04
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En los autos caratulados “FARIAS ALICIA RAQUEL S/ SUCESORIO” CUIJ N° 21-25658751-0, en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 14 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Villa Constitución, a cargo de la Señora Jueza Dra. Orsaria, Secretaría del Dr. Danino, conforme lo dispuesto por el art. 67 del C.P.C.C. modificado por Ley 11.287, se cita a los herederos, acreedores y de todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Sra. FARIAS ALICIA RAQUEL, DNI N° 14.786.932, por el término de treinta (30) días, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos.- Fdo. Dra. Agueda M. Orsaria (Juez), Dr. Alejandro Danino (Secretario).-
$ 45 Oct. 04
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RUFINO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Jusgado de Primera Instancia de Distrito Nro 9 de Rufino, en lo Civil Comercial y del Trabajo a cargo del Dr Luis Alberto Cignoli Juez y Dr Andrés Espinoza secretario, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y demás interesados a los autos sucesorios de FERRARI JOSE LUIS S/ SUCESORIO para que concurran a hacer valer sus derechos en el termino de ley.-Rufino, de Setiembre de 2023.-
$ 45 Oct. 04
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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia, Civil, Comercial y del Trabajo, Distrito Nº9 de Rufino, Dr. Luis Alberto Cignoli, Secretaría a cargo del Dr. Jorge Andres Espinoza, se cita, llama y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y a todos cuanto se consideren con derecho sobre los bienes de la herencia de GONZALEZ, BONIFACIO y COLLADO, MARIA REGINA, a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley.- Expte.- CUIJ 21-26366319-2.- Rufino, de Septiembre de 2023.-
$ 45 Oct. 04
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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y del Trabajo de Rufino Santa Fe, en los autos caratulados: “TRAINI, HORACIO JOSE s/ SUCESORIO” CUIJ N° 21-26366334-6 se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y sucesores en general de don HORACIO JOSE TRAINI (D.N.I. 26.318.802) a comparecer y hacer valer sus derechos por el término y bajo los apercibimientos de ley. Rufino, de Septiembre de 2023.
$ 45 Oct. 04
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MELINCUE
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición, del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Distrito N° 8 de Melincué, a cargo del Dr. Alejandro H. Lanata, Secretaria a cargo de la Dra. Analía Mónica Irrazábal, en los autos caratulados “ENRIQUE JOSÉ CARPIO c/ BERRA CAROLINA s/ Juicios Ordinarios” (CUIJ: 2126472076-9), se ha dispuesto notificar a la señora Carolina Berra DNI: 550.944 lo siguiente: MELINCUE, 14 de Septiembre de 2023 Agréguese las constancias acompañadas. Atento el informe que antecede declárase rebelde al demandado debiendo continuar el juicio sin su representación.- Fdo: DR. ALEJANDRO H. LANATA (JUEZ) - DRA. ANALIA MONICA IRRAZABAL (SECRETARIA).
$ 50 507987 Oct. 4 Oct. 10
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Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de Melincué, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados; por la causante MYRIAM TERESITA CATALINA, DNI N° 1913.963 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: BARBERO MYRIAM TERESITA CATALINA s/ Declaratoria De Herederos CUIJ 21-264727(01-9). Fdo. DRA Analía Mónica Irrazábal. Melincué, 4 de Agosto de 2023.
$ 45 Oct. 4
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Por disposición del Sr. Juez de Distrito N° 8 en lo Civil, Comercial y Laboral de la localidad de Melincué, se cita, llama y emplaza por el término de Ley, a los herederos, legatarios, y acreedores y terceros interesados de Don JOSÉ ANTONIO PIÑOL para que comparezcan a hacer valer sus derechos en autos caratulados: “PIÑOL JOSE ANTONIO s/ Sucesión” (cuij 2126472839-5).2 de octubre de 2023.Dra. Analía Irrazábal, secretaria.
$ 45 Oct. 4
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Por disposición del Juez de Primera instancia de Distrito N° 8 en lo Civil. Comercial y Laboral de la localidad de Melincué, se llama a herederos, acreedores, legatarios de don GONZALO ELIAS, D.N.I. Nº 18.005847, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos en el término de ley. Autos ELIAS, GONZALO s/ Sucesiones-Insc. Tardías-Sumarias-Volunt.” (CUIJ, Nº 21-264728441, Melincué, 2 de octubre de 2023.Dra. Analía Irrazábal, secretaria.
$ 45 Oct. 4
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VENADO TUERTO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juzgado de Circuito N° 3 de Venado Tuerto, a cargo de Dr. Martín C. Chasco, juez subrogante y secretaría a cargo de la Dra. Violeta Martinefli, en los autos caratulados: “ASOCIACIÓN MUTUAL VENADO TUERTO c/ VILLARROEL PEDRO ANTONIO Y/U OTROS s/ Prepara Vía Ejecutiva” (CUIJ: 21-16808282-4), se ha dispuesto notificar al señor Villarroel Pedro Antonio, DNI N° 23.982.374 lo siguiente: “VENADO TUERTO 04/11/2022, Proveyendo escrito cargo N° 12529: Por notificado. Por notificado. Agréguese en autos la Declaración jurada F.5408 y las constancias de pago de la misma que acompaña. Por presentado/a, Por parle a mérito del Poder General coincidente con el reservado en el Protocolo y con domicilio procesal constituido, désele la participación que en Derecho corresponde. Téngase presente las constancias recepcionadas a través del sistema SISFE. En lo referente a la documental fundante de la acción, hágase saber al presentante que deberá exhibir por mesa de entradas los originales y acompañar copia/s con sus correspondientes sellados a fin de que la Actuaria las certifique y para su agregación en autos. La documental original será restituida consignándose la una leyenda que expresa “documento intervenido por su presentación en juicio”. En la misma oportunidad, deberá acompañar para glosar en autos las restantes constancias (reposición de sellados, boleta colegial, etc). Déjese constancia que este Juzgado constituye a la parte como depositario judicial de la documental, debiendo ésta presentar los originales ante cualquier requerimiento que así lo disponga. Por iniciada las presentes Medidas Preparatorias de Juicio Ejecutivo. A los fines establecidos en el Art.445 inc. 1) y 446 del CPGC cítese a la parte demandada para que cualquier día y hora hábil de audiencia dentro del término de diez (10 días) de notificada, comparezca a este Juzgado a los fines del reconocimiento del contenido y firma de la documental, bajo apercibimientos de darse por reconocida y auténtica la misma y tenerse por preparada la Vía Ejecutiva (Arts. 450 CPCC), si no compareciere o excusare su ausencia con justa causa. A lo demás oportunamente. Notifíquese por cédula”.-Frío. Dr. Martín C. Chasco (JUEZ SUBROGANTE); Dra. Violeta Martinelli (SECRETARIA).- “VENADO TUERTO 23/08/2023, Proveyendo escrito cargo N° 9013: Téngase presente lo manifestado. Téngase presente lo manifestado. A los fines de notificar al codemandado Sr Pedro Antonio Villarroel, publíquense edictos en el Boletín Oficial como solicita, por el término y bajo los apercibimientos de Ley”. Frío. Dra. Violeta Martinelli (SECRETARIA).21 de septiembre de 2023.
$ 150 507988 Oct. 4 Oct. 10
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Por disposición del señor Juez de primera instancia de familia de la ciudad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe, en autos caratulados ALZUETA MARIA ROCIO c/ BORDOY PABLO DANIEL s/ Privación de la responsabilidad parental Expte. Cuij 21-27725044-3, se ha dispuesto citan y emplazar a estar a a derecho por el termino y bajo apercibimiento de ley. Al Sr. Pablo Daniel Bordoy DNI Nº 31103214, a los fines de que comparezca a hacer valer sus derechos. Lo que se publica a sus efectos y por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL según la acordada vigente, Santa Fe de Agosto de 2023.Dra. Paula Salfi, secretaria subrogante.
$ 50 507891 Oct. 4 Oct. 10 A
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Por disposición de la Señora Juez de Primera Instancia de Distrito Nº3 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Gabriel Carlini, Juez, Secretaria del Dr. Walter A. Bournot, dentro de los autos caratulados “ROTTET, MATILDE ELSA S/ SUCESORIO” (CUIJ N°21-24620554-7) se ha dispuesto emplazar a herederos, acreedores y legatarios de: Doña MATILDE ELSA ROTTET, quien era argentina, D.N.I.N° 3.521.709, nacida el día 08/05/1937 en Venado Tuerto, Pcia de Santa Fe, hija de Doña Ester Canello y de Don Gustavo Rottet, viuda en primeras nupcias de Don Roberto Gomez y viuda en segundas nupcias de Jose Roberto Eduardo Cuiña, domiciliada en calle Juan Bautista Alberdi N° 1593 de Venado Tuerto, Pcia. de Santa Fe, quien falleciera por enfermedad en Venado Tuerto, el 14/03/2001 para que comparezcan por ante este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro del término de ley.- VENADO TUERTO, de de 2023
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