picture_as_pdf 2023-09-15

CORDOBA

ALTA GRACIA

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por O. Jueza de 2da. Nom. CCC y Fila., Sec. N 3, de Alta Gracia, en los autos caratulados: EXPEDIENTE SAC: 10953472 - CAMINOS DE LAS SIERRAS S.A. c/Sucesores y/o herederos de JOURNOUD, ZULEMA y Otro – Expropiación, mediante decreto de fecha 12/12/2022 se ha dispuesto admitir la acción de expropiación promovida por la parte actora aminos de las Sierras S.A. y se ha ordenado citar y emplazar como demandados, a los sucesores y/o herederos de Zulema Journoud y Elsina Journoud, para que en el plazo de veinte (20) días comparezcan a estar a derecho en autos, contesten la demanda, opongan excepciones o deduzca reconvención en su caso, debiendo ofrecerse en el mismo acto, la prueba de que haya de valerse, bajo apercibimientos de ley —arts. 508 y 509 CPCC-. Asimismo, y en razón de que se ignoran los datos de identificación de los demandados —sucesores y/o herederos- se efectúa la notificación del presente mediante por edictos en el B.O. de la Pcia. de Cba., y en un diario del lugar de asiento del Juzgado por el término de cinco días, a designar por el expropiante —art. 22 Ley 6394 y modif.-. Asimismo, se ordena por el art. 152, últ. párr CPCC —modif. Ley 9135- una publicación por igual plazo en el B.O. de la pcia. de Santa Fe, correspondiente al lugar del último domicilio de las personas físicas demandadas. Por el mismo, se ordenó poner en posesión del inmueble al expropiante; oficiar al Reg. Gral. de la Pcia., a los fines de la anotación de Litis y depositar en plazo fijo los fondos existentes en autos. Of.: Alta Gracia, 23 de Agosto de 2023. Ghibaudo Marcela Beatriz, Secretaria.

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