picture_as_pdf 2023-09-15

SANTA FE

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TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición de la Señora Jueza miembro del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual N° 4 Secretaría 1° de esta ciudad de Santa Fe, Dra. Nora G. Abello, se hace saber que la causa: CASCO, HUGO y Otros c/CARPENSANO, SERGIO y/u Otros s/Daños y perjuicios (CUIJ 21-12091334-1) se ha procedido a declarar rebelde al actor Hugo Daniel Casco. A sus efectos publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL tres veces. Santa Fe, 6 de Septiembre de 2023. María José Colandre Orgnani, Secretaria.

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El Tribunal Colegiad de Responsabilidad Extracontractual N° 4 Primera Secretaría de la Ciudad de Santa Fe, sito en calle San Jerónimo 1551, de esta ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: VOGT, RUBEN ALEJANDRO c/RENNA, EDUARDO y Otros s/Daños y perjuicios (Expte. N° CUIJ 21-12157638-1), ha dispuesto lo siguiente: “SANTA FE, 14 de Septiembre de 2022. Desígnase Juez de Trámite a la Dra. Nora Gloria Abelló (art. 543 del C.P.C.C.). Notifíquese. Fdo.: Dr. María G. Rodríguez, Jueza; Dra. Nora G Abelló, Jueza; Dr. Gabriel A. Scaglia, Juez, Dra. María José Colandré Orgnani, Secretaria. OTRO DECREO: “SANTA FE, 14 de Septiembre de 2022. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, acuérdasele la participación que por derecho le corresponde. Por promovida la demanda de Daños y Perjuicios contra EDUARDO ARIEL RENNA, JUAN JOSÉ JOFRÉ y/o quien resulte titular registral y/o quien resulte jurídicamente responsable del vehículo marca Ford, modelo Courrier, dominio -CBF 189- al día 20/03/2022. Cítase y emplázase a las partes demandadas para que dentro del término de 20 días y bajo apercibimientos de ley comparezcan a estar a derecho y contestar la demanda. Téngase presente las pruebas ofrecidas. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad, en los Procesos de Responsabilidad Civil Extracontractual (Acuerdo Ordinario del día 07/03/2019, Acta 7, punto 13) impulsado por la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe, en el marco de colaboración suscripto con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación aprobado en el Punto 1 de la Acordada Nro. 48 de fecha 05/12/2017. De corresponder, líbrese oficio a los fines de ser acompañadas las actuaciones penales. Acompañe la oblea de foja cero en el término de ley. Notifiquen: Schaller y/o Zapata Charles. Notifíquese”. Fdo. Dra. María José Colandré Orgnani, Secretaria; Dra. Nora G. Abello, Jueza.

OTRO DECRETO: SANTA FE, 23 de Agosto de 2023. Atento lo solicitado y constancias en autos, previamente notifíquese a JUAN JOSÉ JOFRE, a comparecer a estar a derecho por medio de edictos los que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69 73 y concordantes del C.P.C.. Notifíquese.” (Fdo.) Dra. María José Colandré Orgnani, Secretaria; Dra. Nora G. Abello, Jueza.

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de esta ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: TANQUÍA, ELIAS JOEL s/Solicitud propia quiebra, 21-02032300-8, el Sr. Síndico ha presentado el informe final y practicado Proyecto de Distribución previstos en el art. 218 de la Ley 24.522, lo que se publica a s efectos legales. Santa Fe, 4 de Septiembre de 2023. Dra. Alina Prado, Prosecretaria.

S/C 506679 Set. 15 Set. 18

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Santa Fe, Secretaria a cargo de la autorizante, en los autos caratulados: GONZALEZ, MATÍAS FERNANDO s/Solicitud de Propia Quiebra (CUIJ Nº 21-02016225-9), a los fines previstos por el art. 218 LCQ se ha presentado el informe y proyecto de distribución efectuado por la sindicatura. Asimismo, se hace saber la regulación de honorarios: Honorarios Sindicatura: pesos quinientos noventa y cuatro mil trescientos ochenta y uno con 28/100 ($ 594.381,28) Honorarios abogados de la fallida: pesos doscientos cincuenta y cuatro mil setecientos treinta y cuatro con 83/100 ($ 254.734,83). Firmado: Dr. Pablo Cristian Silvestrini (Secretario) - Dr. Carlos Federico Marcolin (Juez). Santa Fe, 6 de Septiembre de 2023. Santa Fe, Septiembre del año 2023. Pablo C. Silvestrini, Secretario.

S/C 506708 Set. 15 Set. 18

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Autos: DUTTO, EDGARDO RAUL s/Concurso Preventivo hoy quiebra, CUIJ 21-01976377-O; tramitado ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nro. 1 en lo Civil, Comercial de Santa Fe de la 8va. Nominación. Con relación a lo dispuesto por el artículo 218 y 222 de la Ley 24.522, por medio del presente se pone en conocimiento de todos los interesados que se ha procedido a la presentación del Informe Final y Proyecto de Distribución final. Honorarios regulados; Sindicatura: $ 1.363.633,66; abogados de la fallida y peticionante de la quiebra: $584.414,42 en proporción de ley. Santa Fe, 8 de Septiembre de 2023. Dra. Mariana Nelli, Secretaria.

S/C 506669 Set. 15 Set. 18

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Por disposición de la Jueza de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de 1ra. Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: ATAUSUPA VALLEJOS, PAMELA NATALI s/Pedido de quiebra (Expte. N° 21-02039494-0) se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 11 de Septiembre de 2023. VISTOS:..., CONSIDERANDO:..., RESUELVO: 1) Fijar el día 13 de septiembre de 2023 para que tenga lugar el sorteo de un contador Público Nacional que actuará como síndico en autos. 2) Fijar el día 02 de noviembre de 2023, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 3) Fijar el día 15 de diciembre de 2023 como para que la Sindicatura presente su Informe Individual y el 26 de febrero de 2024 para la presentación del Informe General.”... Fdo. Ana Rosa Alvarez, Jueza. Sandra Romero, Secretaria. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y de acuerdo a la Ley 11827, en el lugar habilitado por la CSJP en el Palacio de Tribunales. Santa Fe, 8 de Septiembre de 2023. Sandra Silvina Romero, Secretaria.

S/C 506665 Set. 15 Set. 21

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos: SANCHEZ, MARIA JOSE s/Solicitud, propia quiebra (CUIJ 21-02040393-1), se ha dispuesto: Santa Fe, 7 de Septiembre de 2023. RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de María José Sánchez, D.N.I. 25.437.295, apellido materno Sánchez, casada, con domicilio real en calle Chaco s/n B° San Luis Gozaga de la ciudad de Santa Fe y legal en calle San Jerónimo 3194, Of. 14 de la ciudad de Santa Fe, ambos de la provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C.. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 13 de septiembre de 2023 a las 10.00 hs. 13) Fijar el día 11 de octubre de 2023 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. 14) Fijar el día 27 de octubre de 2023 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 29 de noviembre de 2023 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito acompañando legajos en soporte papel y en archivo PDF para su publicación en el sistema informático; y el día 16 de febrero de 2024 para la presentación del Informe General.- Sin previo pago (art. 89 - 3er. párrafo Ley 24522). Fdo. Dr. Pablo Cristian Silvestrini (Secretario) Dr. Carlos F. Marcolín (Juez). Santa Fe, 8 de Septiembre de 2023.

S/C 506666 Set. 15 Set. 21

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Por disposición de la Jueza de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: PUERTAS, NICOLAS DANIEL s/Solicitud propia quiebra (Expte. N° 21-02041338-4) se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 11 de Septiembre de 2023. VISTOS:..., CONSIDERANDO:..., RESUELVO: 1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra de Nicolás Daniel Puertas, DNI 36.000.913, argentino, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en Monseñor Zaspe 3393 Piso 4 Dpto. 1 de Santa Fe y legal en calle San Jerónimo 3194 Of. 14 de esta ciudad de Santa Fe. 3) Disponer como fecha para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuará como Síndico el día miércoles 13 de Septiembre de 2023 a las 10 horas. 5) Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de ser éstos ineficaces. 10) Fijar el día 25 de Octubre de 2023 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el día 7 de Diciembre de 2023 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 19 de Febrero de 2024 para que presente el informe general. 13) Disponer la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el art. 89 de la Ley 24.522, computándose el plazo que tiene la deudora para ello desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio...... Fdo. Ana Rosa Alvarez, Jueza. Sandra Romero, Secretaria. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y de acuerdo a la Ley 11827, en el lugar habilitado por la CSJP en el Palacio de Tribunales. Santa Fe, 11 de Septiembre de 2023.

S/C 506663 Set. 15 Set. 21

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados: DELGADO CLAUDIO DARIO s/Solicitud propia quiebra (CUIJ 21-02041064-4), se ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 31/8/23 - AUTOS Y VISTOS:… RESULTA... CONSIDERANDO... RESUELVO: 1- Declarar la quiebra de CLAUDIO DARIO DELGADO, apellido materno OCAMPO, argentino, DNI N° 23.934. 73], casado, mayor de edad, empleado en la Policía de la Provincia de Santa Fe, domiciliado realmente en Av. Peñaloza 7760 de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle Amenabar 3066 Dpto. 1 de esta ciudad. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la Ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la Ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 10- Ordénase el cese de los códigos de descuento que recaen sobre los haberes de la fallida a excepción de los legales y previsionales, que sean de causa o titulo anterior a la declaración de quiebra. Asimismo procédase al embargo en proporción de ley de los mismos los que serán depositados en el NBSF S.A. agencia Tribunales para estos autos y a la orden del Juez con imputación a gastos del proceso. A tales efectos se oficiará.

11- Designar el día 619123 a las 10.- 00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 12- Fijar el día 11/10/23 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 Ley 24. 522). 13- Fijar el día 27110123 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes formuladas. 14- Señalar el día 28111123 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el día 151212024 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 15- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la ley 24.522. 16- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el Boletín Oficial de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 ley 3.456) y al Concejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Fdo. Di Chiazza (Juez a/c) - (Pacor Alonso (Secretaria) Otro Decreto: “Santa Fe, 8/9/23.- Habiendo resultado sorteado la síndico Lucila Inés Prono, con domicilio en calle Facundo Zuviría 3675 para intervenir en autos “DELGADO, CLAUDIO DARIO s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA” (CUIJ 21-02041064-4) desígnaselo en tal carácter. Comparezca a aceptar el cargo cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo.: Lizasoain (Juez a/c) - Pacor Alonso (Secretaria).

S/C 506661 Set. 15 Set. 21

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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados: TRUJILLO, MAXIMILIANO JAVIER s/Solicitud propia quiebra (Expte. CUIJ N° 21-02041072-5 Año: 2023) de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, se ha ordenado: Santa Fe, 8 de Septiembre de 2023. 1) Declarar la Quiebra de Maximiliano Javier Trujillo, argentino, mayor de edad, empleado, DNI 34.563 .607, con domicilio real en calle Pasaje Juan Pablo Primero N° 5265 y constituyendo domicilio legal en calle Amenábar 3066 Dpto. 1 ambos de esta ciudad de Santa Fe. 5) Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de ser ineficaces. 8) Designar al síndico a sortearse para que realice el inventario de los bienes de la fallida en el término de 30 días. 10) Fijar el día 13 de septiembre de 2023 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. Fdo.: Dr. Lizasoain (Juez) - Dr. Tosolini (Secretario). Santa Fe, 11 de Septiembre de 2023.

S/C 506659 Set. 15 Set. 21

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Por estar dispuesto en los autos caratulados: RUIZ DIAZ, ROMINA ANABEL s/Solicitud propia quiebra, CUIJ 21-02009918-3, de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, se pone en conocimiento de todos los interesados que se ha procedido a la presentación del informe final y proyecto de distribución readecuado previsto por el artículo 218 de la Ley 24.522.- Asimismo, se hace saber que se regularon los honorarios de los profesionales intervinientes. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de dos días en el BOLETÍN OFICIAL, sin cargo (art. 2182 Ley 24522). Santa Fe, 1 de Septiembre de 2023. Magdalena Cabal, Prosecretaria.

S/C 506640 Set. 15 Set. 18

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Dr. Diego Raúl Aldao, Secretaría a cargo de la Dra. Mercedes Dellamónica, sito en calle San Jerónimo 155 1, Planta Baja de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: “GODOY, JOSE LUIS s/Solicitud propia quiebra” Nº 21-01994294-2, se hace saber la conclusión de la quiebra, que se ponen a disposición de la publicación de Edictos durante cinco días (5), a tales fines se transcribe parte de la Resolución que así lo dispone: “SANTA FE, 25 de Noviembre de 2021. AUTOS Y VISTOS: CONSIDERANDO: ... RESUELVO: 1) Declarar la conclusión de la quiebra de GODOY, JOSE LUIS, DNI: 14.558.882, dando por concluida la intervención de la Sindicatura.- 2) Disponer el cese de las medidas cautelares ordenadas, librándose los oficios pertinentes a los fines de su comunicación y toma de razón, así como de la finalización de este proceso concursa¡; y, 3) Ordenar la publicación de esta resolución mediante edictos en el Boletín Oficial.- Insértese, agréguese copia la legajo, protocolícese el original, notifíquese y, oportunamente, archívese. Firmado: Dr. Diego Raúl Aldao (Juez); Dra. Mercedes Dellamónica (Secretaria). Publíquese Edictos por 2 días S/C - Santa Fe, 23 de Diciembre de 2021.

S/C 506636 Set. 15 Set. 21

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos: MOREYRA, GERMAN ALEJANDRO s/Solicitud Propia Quiebra CUIJ 21-0201802-9, presentado el Informe Final y el Proyecto de Distribución se ha dispuesto lo siguiente: “Santa Fe, 25 de agosto de 2023. En la suma de $53.737,10 regúlanse los honorarios del CPN Cristian Guillermo Cuello por su labor desarrollada en autos. Córrase vista al CPCE. Notifíquese. Otro decreto: Santa Fe, 11 de septiembre de 2023. Agréguese. Por presentado proyecto de distribución complementario. Notifíquese. Firmado: Dra. Verónica Toloza (Secretaria); Dr. Carlos Marcolín (Juez a/c). Santa Fe, 12 de septiembre de 2023. Dra. Natalia Gerard, Prosecretaria.

S/C 506786 Set. 15 Set. 18

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Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados: SOTELO JUAN MARCELO s/Solicitud propia quiebra; CUIJ N° 21-02033134-5 que se tramita por ante Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que se ha presentado informe final y proyecto de distribución, poniéndose de manifiesto el mismo por el término de ley —art.218 de la Ley 24.522. Asimismo que se han regulados los honorarios para la C.P.N Fabio Airasca (Sindico) en la suma de $ 594.381,- con más aportes de Ley (10%), y de la Dr. Alejandro Agustín González (apoderado de la fallida) por la suma de $ 254.735 con más el 21% de IVA y aportes de Ley (13%). Santa Fe, 12 de Septiembre de 2023. Dra. María Esther Noé de Ferro, Secretaria.

S/C 506776 Set. 15 Set. 18

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8va. Nominación, se hace saber que en los autos: AMEZAGA, MARISOL s/Solicitud propia quiebra (CUIJ 21-02021812-3) se ha dispuesto: “Santa Fe, 7 de Septiembre de 2023. VISTOS:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: Declarar finalizada la quiebra, dando por concluida la intervención del Síndico y disponiendo el cese de las restricciones impuestas al fallido por los arts. 103, 107, 110, 114 y cc. L.C.Q. y el levantamiento de las inhibiciones oportunamente trabadas. Publíquense edictos y oportunamente líbrense los oficios que correspondan. Notifíquese. Fdo.: Dra. Mariana Nelli (Secretaria) - Dr. Iván G. Di Chiazza (Juez). Santa Fe, 11 de Septiembre de 2023.

S/C 506753 Set. 15 Set. 18

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados SANCHEZ, RITA KAREN s/Solicitud propia quiebra; (CUIJ Nº: 21-02040697-3) tramitados por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, de los que: Santa Fe, 5 de Septiembre de 2023 ... Autos y vistos... Resulta... Considerando... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Rita Karen Sánchez, argentino, DNI Nº 37.078.587, soltera, empleada del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, CUIL Nº: 27-37078587-8, domiciliada según dice en calle Arenales N° 3201 de la ciudad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle Gnador. Crespo N° 3350, Piso 4, Dpto. B. esta ciudad de Santa Fe. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose.-9- Ordenase el cese de las retenciones de los códigos de descuento, con excepción de los de ley y los de Seguridad Social, de causa anterior a la declaración de la quiebra. Procédase a oficiar a sus fines y trábese embargo, en proporción de ley, sobre los haberes de la fallida, debiendo depositarse las sumas retenidas en una cuenta a abrirse a al orden del Juzgado y para estos autos en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Agencia Tribunales-. A cuyo fin se comunicará por Secretaria para que se proceda a la apertura de la cuenta judicial. Ofíciese a la empleadora. 10- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 11- Designar el día miércoles 06 de septiembre de 2023 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese a la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe. 12- Fijar el día miércoles 04 de octubre de 2023 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24.522). 13- Señalar el día miércoles 08 de noviembre de 2023 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el día lunes 11 de diciembre de 2023 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 14- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la ley 24.521. 15- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el Boletín Oficial de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 ley 3.456) y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Fdo. Marcolin (Juez a/cargo) — Pacor Alonso (Secretaria). Otro Decreto: Santa Fe, de Septiembre de 2023. ...Proveyendo escrito cargo N° 8901: Habiéndose realizado el sorteo correspondiente a un Sindico que intervendrá en autos, ha sido sorteado el Síndico CPN Luis Antonio Malanchino, domiciliado en calle 4 de Enero Nº 1742 -Planta Alta-, a quien se designa en tal carácter, debiendo comparecer a aceptar el cargo en cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese... Fdo. Kilgelmann (Juez a/cargo) - Pacor Alonso (Secretaria).

S/C 506780 Sep. 15 Sep. 21

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe se hace saber que en los autos: VERGARA, JULIAN s/Quiebra; CUIJ Nº 21-02031481-5 se pone en conocimiento a todos los interesados que se ha procedido a la presentación del Informe Final y Proyecto de Distribución en los autos de referencia. Así mismo se informa que los honorarios regulados a la sindicatura CPN Marinaro Mónica son de $ 594381.28 más aportes y al Dr. Berlanga José Maria la suma de $ 254734.84 más aportes. Santa Fe, 24 de Agosto de 2023. Firmado: Dra. Romina Soledad Freyre (Secretaria) y Dr. Lucio Alfredo Palacios (Juez). 05 de septiembre de 2023.

S/C 506720 Sep. 15 Sep. 18

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado en lo Civil y Comercial y de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados DELGADO, MARIA JOSE s/Quiebra; CUIJ 21-02031692-3 en fecha 12 de septiembre de 2023, se ha puesto de manifiesto por el plazo de ley el proyecto de distribución, habiéndose regulado los honorarios a C.P.N Silvina Teresa de Jesús Pirola en la suma de $ 594.381. Regular los honorarios del Dra. Vanesa Zulema Passet en la suma de $ 254.735 (ius=9,48) ordenado la publicación de edictos de conformidad con lo dispuesto por el art. 218 de la LCQ. Notifíquese. Fdo Dra. Maria Ester Noe De Ferro, Secretaria; Dra. Maria Romina Kilgelmann, Jueza. Santa Fe, Septiembre de 2023.

S/C 506827 Sep. 15 Sep. 18

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Por así estar dispuesto en los autos ALFONSIN, LARA MARLENE s/Quiebra; (Expte. CUIJ N° 21-02040745-7) el Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dr. Carlos Marcolín ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 7 de Septiembre de 2023. Autos y vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Lara Marlene Alfonsin, apellido materno Romeggio, argentina, D.N.I. N° 37.071.861, CUIL Nº 27-37071861-5, mayor de edad, empleada, domiciliada realmente en calle Vélez Sarsfield 6161, y legal en calle San Jerónimo 3194 Of. 14, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 8) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 9) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría B, para el día 6/9/23 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe la misma, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos (códigos de descuentos) correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 12) Fijar el día 27/10/23, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, facultase a la Sindicatura a recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico, el cual habrá de ser consignado al aceptar el cargo, junto a un número telefónico directo de contacto y CBU para un eventual depósito de los aranceles de ley. Deberá, en tal caso, establecer claramente en los edictos a publicarse conforme al art. 89 LCQ, cuál será la modalidad de dicha recepción (a distancia, virtual o en forma presencial), así como el mecanismo a adoptar para la presentación de los títulos justificativos (en caso de requerimiento expreso por la sindicatura), firma (ológrafa o digital) del presentante, constitución de domicilio procesal y la fecha de presentación. Puede igualmente disponer un entorno virtual a los fines de publicar los pedidos de verificación al que podrán acceder los demás acreedores, posibilitando la visualización y control de los créditos insinuados para, en su caso, formular las observaciones pertinentes. Se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. El mismo, deberá hacerse efectivo directamente ante el órgano sindical, en efectivo o mediante transferencia bancaria del importe a la CBU indicada por el mismo, que bastará como recibo correspondiente. 13) Fijar el día 13/11/23 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 15/12/23 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 29/2/24 para la presentación del Informe General. 15) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos, se librarán oficios y/u oficio ley 22.172. Fecho, exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la persona fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 -y por. su remisión el art. 21- ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 17) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 18) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Fdo.: Dr. Carlos Marcolin: Juez a cargo. Dra. Viviana Naveda Marcó: Secretaria. Conste: Que en el sorteo realizado para sorteo de Síndico, en estos autos resultó sorteado Sindico el C.P.N. Horacio Emilio Molino cuyo domicilio legal es calle Mariano Comas 2627 de esta ciudad de Santa Fe y su domicilio electrónico h.molino@hotmail.com.

S/C 506751 Sep. 15 sep. 21

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado en lo Civil y Comercial y de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados ACTIS MARIA EUGENIA s/Concurso Preventivo - Hoy Quiebra; CUIJ Nº 21-00975677-6 en fecha 07 de septiembre de 2023, se ha puesto de manifiesto por el plazo de ley el proyecto de distribución, habiéndose regulado los honorarios a C.P.N Silvina Teresa de Jesús Pirola en la suma de $ 3.108. Regular los honorarios del Dr. Cuello Rubén en la suma de $ 1.332... y, ordenado la publicación de edictos de conformidad con lo dispuesto por el art. 218 de la LCQ. Notifíquese. Fdo María José Lusardi, Prosecretaria; Iván O. Di Chiazza, Juez. Santa Fe, Septiembre de 2023.

S/C 506826 Sep. 15 Sep. 18

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito de la ciudad de Santa Fe 3ª nominación, se cita, llama y emplaza a todo aquel interesado, herederos, acreedores y legatarios de Don Miguel Ángel Grasso, D.N.I. Nº 8.485.040, para que comparezcan a hacer sus oposiciones dentro del término y bajo apercibimientos legales, en los Autos caratulados GRASSO FINSTERWALD JORDAN MIGUEL s/Rectificación de partida; CUIJ Nº: 21-02041429-1, que tiene como fin modificar el estado civil en la partida de defunción del Sr. Miguel Ángel Grasso, lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de Tribunales (art. 67 C.P.C. modif. Por Ley 11.287). Santa Fe, 11 de septiembre de 2023. Dra. Marisa Wagner, prosecretaria.

$ 50 506615 Sep. 15 Sep. 21

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Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados CICARELLI, CRISTIAN MARIO HUMBERTO s/Concurso preventivo; (Expte. CUIJ N° 21-02039202-6 Año: 2023) de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, se ha ordenado: Santa Fe, 08/09/2023. 1) Disponer la apertura del concurso preventivo de Cristian Mario Humberto Cicarelli, argentino, mayor de edad, DNI Nº 24.292.324, con domicilio en calle real en San Martín 3212 y a los efectos legales en calle Francia 1743, Oficina 2 ambos de esta ciudad de Santa Fe ... 3) Fijar el día 25 de octubre de 2023 como fecha hasta la cual se pueden presentar las solicitudes de verificación de los créditos ante el Síndico ... 8) Fijar el 8 de diciembre de 2023 y el 19 de de febrero de 2024 para la presentación de los informes individual y general respectivamente; y hasta el 6 de marzo de 2024 para la presentación de las observaciones al informe general; Fdo. Dr. Lizasoain (Juez) — Dr. Tosolini (Secretario). Santa Fe, 08 de Septiembre de 2023.

S/C 506626 Sep. 15 Sep. 19

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Dr. Lucio Alfredo Palacios, Secretaría a cargo de la Dra. Romina Soledad Freyre, en los autos caratulados: MEZA, DARIO ALBERTO s/Otras diligencias; N° 21-02040908-5, se hace saber lo dispuesto en el expediente: Santa Fe, 30 de Agosto de 2023. ... Téngase por iniciada la presente acción de cambio de segundo prenombre, de Darío Alicio Meza, reemplazando el segundo prenombre Alicio por Alberto, a la que se le imprime el trámite del juicio sumarísimo (art. 693 del CPCC y arts. 69 y 70 del CCCN). Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL una vez por mes durante dos meses haciendo saber que Darío Alicio Meza ha promovido juicio para cambiar su segundo prenombre por Alberto... Notifíquese. Firmado: Dr. Lucio Alfredo Palacios (Juez), Dra. Romina Soledad Freyre. Santa Fe, 05 de Septiembre de 2023.

$ 50 506637 Sep. 15 Sep. 21

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: MULLOR, CIRILOMA TIA S c/BASSO, JOSE TADEO y otros s/Prescripción adquisitiva; (21-02012345-9), se ha dictado la siguiente resolución: Santa Fe, 29 de Agosto de 2023. Autos y vistos: ... Resulta: ... Considerando: ... Resuelvo: 1. Hacer lugar a la demanda y en consecuencia declarar adquirido a favor de Cirilo Matías Mullor, el inmueble descripto como: Departamento 03-01: Está ubicado en el tercer piso y tiene su entrada y por número 3.308 de la calle Las Heras y está destinado a vivienda familiar y tiene un total de superficie cubierta 04 metros cuadrados a galerías, lavaderos y balcones, y tiene un total de bienes comunes de uso exclusivo de 07 metros 02 decímetros cuadrados que corresponden a tendedero en la azotea, lo que hace un total de bienes comunes de 13 metros 54 decímetros cuadrados, y tiene un total cubierto de 40 metros 54 decímetros cuadrados, y un total general de 48 metros 96 decímetros cuadrados y representa el ocho por ciento (8%) del valor conjunto del inmueble, y consta de: hall, escalera, living comedor, un dormitorio, baño, cocina, lavadero y tendedero en la azotea. Y la parte proporcional pro indivisa sobre el terreno en que se halla construido el edificio general, o sea, una fracción de terreno con todas sus edificaciones y adherencias al suelo, ubicada al Norte de ésta ciudad, en la esquina que forman las calles Ituzaingó y Las Heras, que es parte de una mayor fracción según títulos y que de acuerdo al plano de subdivisión practicado por el Agrimensor Nacional don Alfredo F. Benvenutto, inscripto en la Dirección de Obras Públicas de la Municipalidad bajo el Nº 459 bis, con la misma ubicación, tiene las siguientes medidas y linderos: 10 metros 25 centímetros de frente al Sud, con igual contrafrente al Norte, por un frente y fondo al Oeste de 12 metros 99 centímetros, lo que forma una superficie total, libre de la ochava correspondiente, de 125 metros 450 centímetros cuadrados, y linda: al Norte, según titulo, José Costamagna, y según mensura, José S. Costamagna, al Este con el Lote Dos de la misma subdivisión; al Sud, calle Ituzaingó; y al Oeste, calle Las Heras. Según plano de subdivisión practicado por el Agrimensor don Elías Krivoy para el Reglamento, inscripto en Topografía Catastro de la Provincia con fecha 13 de Julio de 1973 bajo el numero 68.605, con la ubicación expresada, mide 10 metros 25 centímetros de frente al Sud, línea AB. con un contrafrente al Norte de 10 metros 30 centímetros, línea CD, por un fondo y frente al Oeste de 13 metros 05 centímetros, línea CB, con un contrafrente al Este, de 12 metros 99 centímetros, línea DA, lo que forma una superficie total de 121 metros 53 decímetros cuadrados, libre de la ochava correspondiente, lindando: al Sud, calle Ituzaingó; al Oeste, calle Las Heras, al Norte, Ana Siboldi viuda de Costamagna; y al Este, Abdon Enrique. Se oficiará sus efectos al Registro General. 2. Las costas se impondrán a la actora por las razones antes indicadas. Se difiere la regulación hasta la etapa procesal oportuna. Regístrese, hágase saber. Firmado: Dra. Ana Rosa Alvarez (Jueza); Dr. Sandra Silvina Romero (Secretaria). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de Tribunales. Santa Fe, Septiembre de 2023. Fdo.: Dra. Sandra Silvina Romero (Secretaria). Magdalena Cabal, prosecretaria.

$ 160 506650 Sep. 15

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Por disposición de la Jueza de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, Dra. María Romina Kilgelmann, Secretaría a cargo de María Ester Noé de Ferro, se ha dispuesto hacer saber lo siguiente: Santa Fe, 06 de septiembre de 2023. Vistos... Considerando: A los fines enunciados precedentemente, corresponde ordenar la destrucción de documental, pliegos, alegatos e interrogatorios presentados y reservados en Secretaría y legajos de copias de quiebra con anterioridad al 31/12/2013 (vale decir con diez años de antigüedad). Respecto de ello, puede decirse que, como no han registrado movimiento alguno con anterioridad a dicha fecha, existe una fuerte presunción en cuanto a que nadie registra interés alguno, motivo por el cual se procederá a su destrucción. No obstante, y a fin de evitar posibles cuestionamientos futuros, más allá de lo señalado precedentemente, se procederá a publicar edictos en el BOLETÍN OFICIAL de tres publicaciones en el lapso de cinco días. Firme la publicación de edictos por el término de ley se procederá a la destrucción. Por lo expuesto; RESUELVO: I) Ordenar la destrucción de toda la documental y legajos de copias de quiebras reservadas con anterioridad al 31/12/2013. II) Publicar edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley. III) Remitir copia de la presente a la Excelentísima Cámara de Apelaciones y a la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, a sus efectos. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Maria Ester Noé de Ferro-Secretaria; Dra. María Romina Kilgelmann-Jueza. 08 de septiembre de 2023.

S/C 506668 Sep. 15 Sep. 19

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de la ciudad de Santa Fe, el Dr. Ignacio Lizasoain, Juez a/c., en los Autos COOPERATIVA GANADERA LTDA MANUEL GREGORET s/Concurso preventivo; CUIJ Nº 21-00816976-1, Expte. Nº 876/1.999 de trámite ante este Juzgado, quien ordena la publicación de la siguiente resolución: Santa Fe, 18 de agosto de 2023. Autos y vistos: Estos caratulados: COOPERATIVA GANADERA LTDA MANUEL GREGORET s/Concurso preventivo; (Expte. CUIJ N° 21-00816976-1), que tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, venidos para resolver la petición de conclusión del concurso formulada en fecha 14/8/2023 por el apoderado de la concursada; y, Considerando: Que según constancias de autos, en fecha 31/5/23 se ha dictado resolución declarando operada la prescripción de las cuotas concordatarias devengadas según acuerdo homologado en fecha 4/8/2000, y no percibidas por los acreedores verificados en autos y, en fecha 7/7/23 se regularon honorarios a la Sindicatura en su carácter de controlador del cumplimiento del acuerdo preventivo. Que teniendo en cuenta las constancias de autos antes referidas y advirtiendo asimismo que no fue dictada la resolución de conclusión, corresponderá, conforme lo normado por el art. 59 de la L.C., así declararlo. Por otra parte, corresponde también declarar que se ha dado cumplimiento al acuerdo homologado. Por todo ello; Resuelvo: 1) Disponer la conclusión del presente proceso, dando por finalizada además la intervención de la Sindicatura designada. 2) Declarar que se ha dado cumplimiento al acuerdo oportunamente homologado. 3) Ordenar la publicación de esta resolución mediante edictos en el BOLETÍN OFICIAL y diario El Litoral (art. 59 LCQ). 4) Comunicar la presente al Registro de Procesos Universales, oficiándose a sus efectos. 5) Ordenar el levantamiento de las restricciones que pesen sobre la concursada, oficiándose a sus efectos a los registros respectivos. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Santa Fe, 24 de agosto de 2023. Dra. Marisa Wagner, prosecretaria.

S/C 506672 Sep. 15 Sep. 19

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito, Civil y Comercial - Tercera Nominación de Santa Fe, en PERINI, MONICA PATRICIA c/LETOL SCA y otros s/Usucapión; CUIJ Nº 21-02031474-2, en trámite ante el Juzgado de Distrito, Civil y Comercial, Tercera Nominación de Santa Fe, se cita y emplaza a Letol Sociedad en Comandita por Acciones al portador y/o Santa Angela Sociedad en Comandita por Acciones al portador y/o Emilio José Marconetti y Rosa María Garello; Alberto Daniel Salvatelli e Irma Salvatelli y/o sus sucesores, a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley. El presente, se publicará a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley y se exhibirá en el hall de estos Tribunales. Santa Fe, 07 de septiembre de 2023. Dra. Marisa Wagner, prosecretaria.

$ 40 506789 Sep. 15 Sep. 19

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: CARNEIRO, MIGUEL C/EUSEBI, LUCIA ISABEL y otros s/Escrituración; CUIJ Nº: 21-02034089-1 se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Don Sergio Alfredo Eusebi, DNI Nº 17.285.027, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley, conforme lo establecido por el art. 597 CPCC. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dr. Pablo Cristian Silvestrini (Secretario) Dr. Carlos F. Marcolin (Juez). Santa Fe, 08 de septiembre de 2023.

$ 40 506685 Sep. 15 Sep. 19

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/VILLAREAL CARLOS s/Apremio Municipal Ley 5066 (CUIJ 21-24395045-4), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: “Sastre, 17 de agosto de 2023. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovido APREMIO (Ley N° 5066) contra CARLOS VILLARREAL y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-1660005/0000-1; por el cobro de la suma de $ 88.274,38, en concepto de tasa de servicios, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 88.2 74,38, con más la suma de $ 44.137,19, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Aplíquese la duplicidad de términos previsto en el Art. 5 de la Ley N° 7234. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley N° 5066. Notifiquen Mussano y/o Bonfanti. Notifíquese. Fdo.: Dra. Celia Patricia González Broin, Jueza, Dra. Daniela Tántera, Secretaria. En consecuencia queda/n ud/s. debidamente notificado/s del decreto que antecede. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término ley. Dra. Daniela Tántera Secretaria. Sastre, 6 de Septiembre de 2023.

S/C 506722 Set. 15 Set. 19

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/TESTORE MABEL CRISTINA y Otro s/Apremio Municipal Ley 5066 (CUIJ 21-24395051-9), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: “Sastre, 17 de agosto de 2023. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovido apremio (Ley N° 5066) contra Horacio Jose Huens y Mabel Cristina Testore y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-164992/0005-7; por el cobro de la suma de $ 106.354,73, en concepto de tasa de servicios y obra de pavimento, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si friere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 106.354,73, con más la suma de $ 53.177,36, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Aplíquese la duplicidad de términos previsto en el Art. 5 de la Ley N° 7234. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 lis. Y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley N° 5066. Notifiquen Mussano y/o Bonfanti. Notifíquese. Fdo.: Dra. Celia Patricia González Broin, Jueza, Dra. Daniela Tántera, Secretaria. En consecuencia queda/n ud/s. debidamente notificado/s del decreto que antecede. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. Daniela Tántera, Secretaria. Sastre, 6 de Septiembre de 2023.

S/C 506721 Set. 15 Set. 19

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/MANSILLA LUCIANO y Otra s/Apremio Municipal Ley 5066 (CUIJ 21-24395047-0), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: “Sastre, 17 de agosto de 2023. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovido APREMIO (Ley N° 5066) contra LUCIANO MANSILLA y MARIA NAZARIA SORDIAN y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble identificado con la partida de impuesto inmobiliario N°120800-166511/0032-6; por el cobro de la suma de $ 101.328,71, en concepto de tasa de servicios y obra de pavimento, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50 % que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 101.328,71, con más la suma de $50.664,35, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Aplíquese la duplicidad de términos previsto en el Art. 5 de la Ley N° 7234. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. Y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley N° 5066. Notifiquen Mussano y/o Bonfanti. Notifíquese. Fdo.: Dra. Celia Patricia González Broin, Jueza, Dra. Daniela Tántera, Secretaria. En consecuencia queda/n ud/s. debidamente notificado/s del decreto que antecede. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. Daniela Tántera, Secretaria. Sastre, 6 de Septiembre de 2023

S/C 506719 Set. 15 Set. 19

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/CARRERA RAMONA BEATRIZ y Otro s/Apremio Municipal Ley 5066 (CUIJ 21-24395050-0), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: “Sastre, 17 de agosto de 2023. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovido APREMIO (Ley N° 5066) contra RAMONA BEATRIZ CARRERA Y CARLOS MARIO GROENDJIK y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-166511/0033-5; por el cobro de la suma de $ 111.015,10, en concepto de tasa de servicios y obra de pavimento, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 111.015, 10, con más la suma de $ 55.507,55, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Aplíquese la duplicidad de términos previsto en el Art. 5 de la Ley N° 7234. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 lis. Y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley N° 5066. Notifiquen Mussano y/o Bonfanti. Notifíquese. Fdo.: Dra. Celia Patricia González Broin, Jueza, Dra. Daniela Tántera, Secretaria. En consecuencia queda/n ud/s. debidamente notificado/s del decreto que antecede. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. Daniela Tántera, Secretaria. Sastre, 6 de Septiembre de 2023.

S/C 506723 Set. 15 Set. 19

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/SANTESTEBAN HUNTER MARIANA s/Apremio Municipal Ley 5066 (CUIJ 21-24395049-7), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 17 de agosto de 2023. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovido APREMIO (Ley N° 5066) contra MARIANA SANTESTEBAN HUNTER y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-165963/0019-9; por el cobro de la suma de $ 92.470,72, en concepto de tasa de servicios, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50 % que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 92.470,72, con más la suma de $46.235,36, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Aplíquese la duplicidad de términos previsto en el Art. 5 de la Ley N° 7234. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley N° 5066. Notifiquen Mussano y/o Bonfanti. Notifíquese.”. Fdo.: Dra. CELIA PATRICIA GONZALEZ BROIN, JUEZA; Dra. DANIELA TANTERA, SECRETARIA. En consecuencia queda/n ud/s. debidamente notificado/s del decreto que antecede. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. Daniela Tántera Secretaria. Sastre, 6 de Septiembre de 2023.

S/C 506717 Set. 15 Set. 19

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/VALDEZ MIGUEL ANGEL s/Apremio Municipal Ley 5066 (CUIJ 21-24395052-7), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 17 de agosto de 2023. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovido APREMIO (Ley N° 5066) contra MIGUEL ANGEL VALDEZ y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-164916/0004-8; por el cobro de la suma de $ 96.931,19, en concepto de tasa de servicios, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50 % que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 96.931,19, con más la suma de $ 48.465,59, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Aplíquese la duplicidad de términos previsto en el Art. 5 de la Ley N° 7234. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley N° 5066. Notifiquen Mussano y/o Bonfanti. Notifíquese. Fdo.: Dra. Celia Patricia González Broin, Jueza, Dra. Daniela Tántera, Secretaria. En consecuencia queda/n ud/s. debidamente notificado/s del decreto que antecede. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. Daniela Tántera Secretaria. Sastre, 6 de Septiembre de 2023. Daniela M. Tántera, Secretaria.

S/C 506716 Set. 15 Set. 19

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/BRAVIN ROMINA FABIOLA y Otra s/Apremio Municipal Ley 5066 (CUIJ 21-24395052-7), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: “Sastre, 17 de agosto de 2023. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovido APREMIO (Ley N° 5066) contra VANESA BRAVIN y ROMINA FABIOLA BRAVIN y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble identificado con la partida de impuesta inmobiliario N° 120800-16548910001-3; por el cobro de la suma de $ 94.205,36, en concepto de tasa de servicios, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 94.205,36, con más la suma de $ 47.102,68, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Aplíquese la duplicidad de términos previsto en el Art. 5 de la Ley N° 7234. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 lis. Y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley N° 5066. Notifiquen Mussano y/o Bonfanti. Notifíquese. Fdo.: Dra. Celia Patricia González Broin, Jueza, Dra. Daniela Tántera, Secretaria. En consecuencia queda/n ud/s. debidamente notificado/s del decreto que antecede. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. Daniela Tántera, Secretaria. Sastre, 5 de Septiembre de 2023.

S/C 506715 Set. 15 Set. 19

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/CALCIA MARIO JAVIER s/Apremio municipal ley 5066; (CUIJ Nº 21-24395044-6), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 17 de agosto de 2023. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovido Apremio (Ley N° 5066) contra Mario Javier Calcia y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-166266/0013-2; por el cobro de la suma de $ 91.190,14, en concepto de tasa de servicios y obra de pavimento, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50 % que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 96.931,19, con más la suma de $ 45.595,07, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Aplíquese la duplicidad de términos previsto en el Art. 5 de la Ley N° 7234. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. Y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley N° 5066 Notifiquen Mussano y/o Bonfanti. Notifíquese. Y Sastre, 01 de Septiembre de 2023. Advertido, que se consignaron erróneamente los montos de la cautelar solicitada, corríjanse los mismos. En consecuencia, trábese embargo en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 91.190,14, con más la suma de $ 45.595,07, que se estiman provisoriamente para intereses y costas, manteniéndose subsistente en todo lo demás el proveído que antecede. Notifíquese. Fdo.: Dra. Celia Patricia González Broin, Jueza; Dra. Daniela Tantera, Secretaria. En consecuencia queda/n ud/s. debidamente notificado/s del decreto que antecede. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. Daniela Tantera, Secretaria. Sastre, 11 de septiembre de 2023.

S/C 506714 Sep. 15 Sep. 19

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE BRIZUELA HUMBERTO y otro s/Apremio municipal ley 5066; (CUIJ Nº 21-24395048-9), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 17 de agosto de 2023. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovido Apremio (Ley N° 5066) contra Humberto Brizuela y Rene Candido Brizuela y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-165021/0005-3; por el cobro de la suma de $ 151.891, 10, en concepto de tasa de servicios y obra de pavimento, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50 % que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 151.891,10, con más la suma de $ 75.945,55, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Aplíquese la duplicidad de términos previsto en el Art. 5 de la Ley N° 7234. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. Y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley N° 5066. Notifiquen Mussano y/o Bonfanti. Notifíquese. Fdo.: Dra. Celia Patricia González Broin, Jueza; Dra. Daniela Tantera, Secretaria. En consecuencia queda/n ud/s. debidamente notificado/s del decreto que antecede. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. Daniela Tantera, Secretaria. Sastre, 11 de septiembre de 2023.

S/C 506712 Sep. 15 Sep. 19

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/QUINTANA SERGIO s/Apremio municipal ley 5066; (CUIJ Nº 21-24395016-0), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 10 de agosto de 2023. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al Poder Especial que se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida apremio municipal contra Sergio Quintana y/o contra quien resultare heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble identificado con la Partida de Impuesto Inmobiliario N° 12-08-00164895/9013-0, por el cobro de la suma de $ 88.674,13, en concepto de Tasa Retributiva de Servicios y Obra de Pavimento, con más intereses y costas. Cítese de remate al accionado, con prevención que si dentro del plazo de ocho días no opone excepción legítima se ordenará llevar adelante la ejecución. Intímeselo al pago del capital reclamado, con más el 50 % que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento al Sr. Oficial de Justicia en turno de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 88.674,13, con más la suma de $ 44.337,06, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y las autorizaciones solicitadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia y en el horario de 7:15 a 12:45 hs. Y/o a requerimiento del juzgado. Publíquense edictos, de conformidad a lo previsto por la segunda parte del Art. 132 del CF; y notifíquese por cédula, debiendo el Oficial de Justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del CPCC. Notifíquese Fdo.: Dra. Celia Patricia González Broin, Jueza; Dra. Daniela Tantera, Secretaria. En consecuencia queda/n ud/s. debidamente notificado/s del decreto que antecede. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. Daniela Tantera, Secretaria. Sastre, 25 de agosto de 2023.

S/C 506711 Sep. 15 Sep. 19

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia del Juzgado de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Esperanza, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados ARANDA DORA ISABEL y otros c/ZAGO MARCOS EZEQUIEL y otros s/Daños y perjuicios; (CUIJ Nº 21-12104161-5) que no habiendo comparecido en autos, se declare rebeldes a los herederos de Reutemann Carlos Alberto, DNI Nº 17.812.035. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en el Hall de Tribunales de la ciudad de Esperanza (art. 67 del C.P.C.C. mod. Por ley 11.287). Para mayor recaudo, se transcribe —en su parte pertinente- el decreto que ordena la medida: Esperanza, 14 de Marzo de 2023 Haciendo efectivos los apercibimientos de ley declárase rebelde a Marcos Ezequiel Zago, y a los herederos del Co demandado del Sr. Reuteman. Notifíquese por cédulas y por edictos respectivamente. Notifíquese. Dra. Marina Borsotti, Dra. Virginia Ingaramo; Secretaria, Jueza. 28 de marzo de 2023.

$ 50 506733 Sep. 15 Sep. 19

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Por disposición de la Dra. Laura María Alessio, Jueza de Primera Instancia a cargo del Distrito Judicial N° 20 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: FERNÁNDEZ, LILIANA INÉS s/Quiebras; (CUIJ Nº 21-26169541-0), por resolución de fecha 22 de abril de 2023 se ha resuelto: (...) 1) Declarar la quiebra (arts.288 y 289, ley 24.522) de la Señora Liliana Inés Fernández, argentina, soltera, mayor de edad, empleada del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe; con domicilio real y legal en calle Núñez y Burges N° 1.408 de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe. (...) 3) Ordenar a la fallida, como así también a terceros para que, en el término de 48 horas de su designación, entreguen al Síndico todos los bienes de pertenencia del primero. Intimar a la deudora para: a) que entregue a la Sindicatura dentro de las 24 hs de que aquél acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad (Art. 88 inc.4 LCQ); b) Intimar a la fallida para que, en el término de diez días contados a partir de la presente resolución, de cumplimento a lo dispuesto por el art. 86 de la Ley 24.522. 4). Prohibir hacer pagos a la fallida, los que de realizarse se reputarán ineficaces; excepto los que se realicen en concepto de salarios con las especificaciones del párrafo 16) de la presente (Art.88 inc 5 LCQ). (...) 9) Fijar hasta el día ... inclusive (o el día hábil inmediato posterior) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al Sindico, en la forma establecida en los arts. 32 y 200 L.C.Q. Fdo: Insaurralde, Lilian - jueza; Demboryniski, Silvina - Secretaria. Otra resolución: San Javier, 11 de septiembre de 2023. Autos y vistos:... Resulta:... Considerando:... Resuelvo: I) Para que el Síndico presente el Informe General (Art. 39 L.C.Q.), señalar el día viernes 3 de noviembre de 2023 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado), haciéndole saber explícitamente que antes de la fecha de presentación del referido informe general deberán estar debidamente diligenciados todos los oficios requeridos, como así también deberá encontrarse acreditado el diligencia miento del Mandamiento de Incautación y Desapoderamiento y las notificaciones a los acreedores denunciados por la propia fallida. II) Ordenar las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento de lo dispuesto por el art. 103 de la Ley 24.522, haciéndose saber que conforme dicha disposición la fallida no podrá ausentarse del país hasta la presentación del informe general, el cual deberá cumplimentarse el viernes 3 de noviembre de 2023 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado). Sin perjuicio de ello, la suscripta se reserva la facultad que le confiere el mencionado artículo, de extender tal prohibición hasta seis meses más. A tales fines, ofíciese a la Policía Federal, Oficinas de Migraciones del Ministerio del Interior y autoridades de control de fronteras (Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina), cuyo diligenciamiento deberá acreditarse dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente. III) Publíquense los edictos de ley con la nueva fecha, en la forma dispuesta. Hágase saber que, dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente, deberá acreditarse la publicación de edictos por el término de ley, en el BOLETÍN OFICIAL, debiendo acompañar ejemplar de la publicación. IV) Insértese el original, agréguese copia y hágase saber. La Sindica designada en autos es la CPN Mónica Guadalupe González, con domicilio constituido en calle 25 de Mayo N° 1231 de la ciudad de San Javier, quien ha fijado días y horarios de atención, los días lunes a viernes de 16.00 a 20.00 hs. Lo que se publica a los efectos legales y por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL, medio gráfico, radial y espacio destinado a tal fin. Dra. Silvina Demboryniski, secretaria.

S/C 506699 Sep. 15 Sep. 21

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia del Distrito Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo, Provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Tanner Salvador Marcelino – DNI Nº M 7.873.957 — Autos Caratulados TANNER SALVADOR MARCELINO s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-26190261-0, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibe edicto en el Palacio de Tribunales según acordada del 07/02/1996. San Justo, 15 de septiembre de 2023. Cintia D. Lo Presti, prosecretaria

$ 45 Sep. 15

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Por estar dispuesto por el Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de esta ciudad; en los autos caratulados: CORONEL, AGAPITO s/Declaratoria de herederos; CUIJ Nº 21-00886719-5 y su acumulado CORONEL, AGAPITO y otros s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-01990240-1 se cita, llama y emplaza a los herederos de Agapito Coronel DNI N° 1.640.081 y de Esther Rodríguez DNI N° 6.115.318 - para que comparezcan en los autos referidos, bajo apercibimientos de ley. Santa Fe, 1 de Noviembre de 2017. Dr. Diego Raúl Aldao (Juez); Dra. Alicia Isabel Roteta (Secretaria). 15 de septiembre de 2023. Dra. Alina Prado, prosecretaria.

$ 45 Sep. 15

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación, de la ciudad de Santa Fe), en autos caratulados: DA RÚ, MARTA INES s/Sucesorio (OPS); Expte. CUIJ Nº 21-02041603-0 Año 2023, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios y todos aquellos que se consideren con derecho a la herencia de doña Harta Inés Da Rú, D.N.I. Nº 06.706.230, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Firmado: Dra. María Romina Kilgelmann (Jueza).

$ 45 Sep. 15

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe) en autos IMHOFF, DANILO MIGUEL s/Declaratoria de herederos; CUIJ Nº 21-02039411-8, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante Danilo Miguel Imhoff, DNI Nº M6.222.293, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo. Dra. Gisela Gatti (Secretaria) Dr. José Ignacio Lizasoain (Juez). Santa Fe, Septiembre de 2023.

$ 45 Sep. 15

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación, Secretaria Única de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados FONTANA, AROLDO ABEL s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-00908029-2, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. Fontana, Aroldo Abel, L.E. N° 7.880.469, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de Tribunales conforme lo resuelto por la C.S.J.S.F. en el Acuerdo Ordinario celebrado el 07/02/96 Acta N° 3. Santa Fe, 14 de Septiembre de 2023. Dra. Natalia Gerard, prosecretaria.

$ 45 Sep. 15

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y comercial de la Cuarta Nominación, ciudad de Santa Fe), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante doña: Maria Cristina Lainatti, D.N.I. Nº 10.450.724, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezca a hacer valer sus derechos en los autos: LAINATTI, MARÍA CRISTINA s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-02041010-5. Publíquense edictos de conformidad con lo dispuesto en la Ley 11.287 y cumpliméntese con lo resuelto en el Acuerdo Ordinario celebrado el 7/2/96 Acta N° 3 Lo que se publica a sus efectos en el BOLETINI OFICIAL y exhibiéndose en el hall de planta baja de Tribunales. Fdo.: Dr. Carlos Marcolin, Juez. Santa Fe, 2023. Secretaría.

$ 45 Sep. 15

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios de la Primera Circunscripción Judicial (Juzgado de Primera Instancia en lo civil y comercial 5ª Nominación, de la ciudad de Santa Fe, Pcia. de Santa Fe), en los autos caratulados: GIMENEZ, DANIEL ALFREDO s/Declaratoria de herederos; (CUIJ Nº 21-02039056-2); se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante: Daniel Alfredo Giménez, D.N.I. N° 8.280.814; para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajó apercibimiento legales, en los autos: GIMENEZ, DANIEL ALFREDO s/Declaratoria de herederos; CUIJ Nº 21-02039056-2, Año: 2023. Lo que se publica a los efectos en el BOLETÍN OFICIAL y se exhiben en las puertas del Juzgado. Dr. Diego Aldao, Juez. Santa Fe, julio de 2023.

$ 45 Sep. 15

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de esta Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe), en los autos caratulados: "ACEVEDO, HERMINIA DEL CARMEN S/ SUCESORIO, CUIJ 21-02033203-1 " se cita, se llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores de la Sra ACEVEDO, HERMINIA DEL CARMEN DNI 6.136.869 , para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo apercibimientos de ley. A sus efectos publíquese edictos en el BOLETÍN OFICIAL y exhibiéndose en el Hall de Planta Baja de Tribunales de esta ciudad. Santa Fe de la Vera Cruz, de Septiembre de 2023. FDO: Dra Maria Romina Kilgelmann(jueza) Dra Gisela Gatti (Secretaria)

$ 45 Sep. 15

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral de Distrito N° 17, Villa Ocampo (SF), se cita, llama y emplaza, a los herederos, acreedores y legatarios de don EFREN ALCIDES GRILL DNI N° 12.067.663, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados: “GRILL, EFREN ALCIDES S/SUCESORIO” – CUIJ N° 21-26325408-9, dentro del término y bajo los apercibimientos de ley.- Villa Ocampo, 14/09/2023

$ 45 Sep. 15

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Por disposición de la Señora Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 17 en lo Civil, Comercial y Laboral de Villa Ocampo, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de ANTONIO ROBERTO TORANZO para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el juicio sucesorio: “TORANZO, ANTONIO ROBERTO s/ SUCESORIO” CUIJ 21-26325472-1 de trámite por ante el mencionado Juzgado, dentro del término y bajo apercibimientos de ley.- Villa Ocampo, 14 de septiembre de 2023.-

$ 45 Sep. 15

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios – Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe- (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1º Nominación), en autos: “GRASSI, EDUARDO SEBASTIAN S/ SUCESORIO” CUIJ N° 21-02041307-4 se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Eduardo Sebastián Grassi, DNI. 6.245.078, que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento de ley. Lo que publica a susefectos en el Boletín Oficial.- Firmado: Dr. IVÁN G. DI CHIAZZA

$ 45 Sep. 15

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Por disposición de la Señora Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 17 en lo Civil, Comercial y Laboral de Villa Ocampo, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de SERGIO LUIS GÓMEZ para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el juicio sucesorio: “GOMEZ, SERGIO LUIS s/ SUCESORIO” CUIJ 21-26325387-3 de trámite por ante el mencionado Juzgado, dentro del término y bajo apercibimientos de ley.- Villa Ocampo,14 de septiembre de 2023.-

$ 45 Sep. 15

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Por disposición de la Señora Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 17 en lo Civil, Comercial y Laboral de Villa Ocampo, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de AURELIO COLAUTTI y EMILIA ROSA ESCALANTE para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el juicio sucesorio: “COLAUTTI, AURELIO s/ SUCESORIO” CUIJ 21-26325294-9 de trámite por ante el mencionado Juzgado, dentro del término y bajo apercibimientos de ley.- Villa Ocampo, 14 de septiembre de 2023.-

$ 45 Sep. 15

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe), en autos caratulados “TION, EDERLIDA GRACIELA S/ SUCESORIO”, CUIJ 21-02041384-8, se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de EDERLIDA GRACIELA TION, DNI F 5.733.595, para que comparezcan a hacerlos valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Firmado. DR. JOSÉ IGNACIO LIZASOAIN Juez.

$ 45 Sep. 15

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Por disposición de la Señora Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 17 en lo Civil, Comercial y Laboral de Villa Ocampo, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de ROSA ELISA DUARTE para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el juicio sucesorio: “DUARTE, ROSA ELISA s/ SUCESORIO” CUIJ 21-26324818-7 de trámite por ante el mencionado Juzgado, dentro del término y bajo apercibimientos de ley.- Villa Ocampo,14 de septiembre de 2023

$ 45 Sep. 15

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Por disposicion de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6ta Nominación de esta Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe Santa Fé, en autos caratulados BAEZ, JUAN CARLOS S/ SUCESORIO 21-02038357-4 SE cita y emplaza a todos los herederos , acreedores y legatarios de BAEZ, JUAN CARLOS DNI 8.025.532 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del termino y bajo apercibimeitnos legales . Lo que se publica a sus efectos en el Boletin Oficial. DR. GABRIEL ABAD Juez

$ 45 Sep. 15

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TOSTADO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito Nro. 15 en lo Civil, Comercial y Laboral de la Ciudad de Tostado, en los autos caratulados: “GONZALEZ, OLGA S/ SUCESORIO – CUIJ 21-26213615-6”, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante Doña Olga González para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro el del término y bajo los apercibimientos de ley en los autos indicados. Tostado, 15 de septiembre de 2023.

$ 45 Sep. 15

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SAN JORGE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados GONZÁLEZ PAOLA ANDREA s/Quiebra; Expte. N° 21-26257322-9, que se tramita por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 11 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Jorge, se hace saber a los señores acreedores que se ha puesto de manifiesto el Proyecto de Distribución presentado por la Sindicatura conforme a lo previsto en el Art. 218 de la Ley 24.522 (LCQ). Firmado: Dr. Daniel Marcelo Zoso, Juez; Dra. María de los Milagros de la Torre, Secretaria.

S/C 506756 Sep. 15 Sep. 18

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 11, en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Jorge, en autos `ADROVER CATALINA MILADY S/ SUCESORIO – 21-26265141-7', se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores de la causante CATALINA MILADY ADROVER, D.N.I. N.º 03.386.807, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Fdo. Dra. MARÍA DE LOS MILAGROS DE LA TORRE. Secretario.

$ 45 Sep. 15

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SAN CRISTÓBAL

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito de Familia de la ciudad de San Cristóbal, se notifica y emplaza al Sr. Emanuel HEREÑÚ, DNI 33.469.784, progenitor de Valentín Daniel HEREÑÚ, DNI 51.414.251, fecha de nacimiento: 15/08/2011, para que se notifique de los decretos dictados dentro de los autos caratulados SECRETARÍA DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA S/ CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967” – CUIJ 21-23805555-2, de trámite por ante el Juzgado de Familia de San Cristóbal, los que a continuación se transcriben: “San Cristóbal, 29 de Diciembre de 2021 Proveyendo escritos cargos N° 6426/2021 (fs. 29), 6427/2021 (fs. 32), 6428/2021 (fs. 36): Habiendo cumplimentado con lo dispuesto en el proveido de fecha 21/12/2021 (fs. 11), provéase escrito inicial cargo N° 6263/2021 (fs. 1/10): Por iniciada DEMANDA DE CONTROL DE LEGALIDAD y SOLICITUD DE NOTIFICACIÓN de la MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL DE DERECHO que tiene por sujetos de protección a los niños VALENTIN DANIEL HEREÑÚ DNI N° 51.414.251, fecha de nacimiento: 15/08/2011, y FACUNDO DAVID BERTOLOTTI DNI N° 57.873.320, fecha de nacimiento: 08/08/2019, respecto de su progenitora en ejercicio de la responsabilidad parental, Sra. Juliana Daniela Bertolotti DNI N° 26.258.327, con domicilio denunciado en zona rural de la localidad de Villa Trinidad, pcia de Santa Fe y el Sr. Emanuel Hereñú DNI N° 33.469.784 (progenitor de Valentín Daniel Hereñú), con domicilio denunciado en zona suburbana de la localidad de Río Hondo, provincia de Córdoba, cuyo objeto es el alojamiento de los hermanos para su cuidado y protección, en el ámbito de acogimiento familiar alternativo, modalidad familia ampliada. (…) Fdo: Dra. Marisa Mónica Malvestiti –Juez- Dra. Vanina Montero –Secretaria.” Otro decreto: “San Cristóbal, 06 de Junio de 2022 Proveyendo escrito cargo N° 2762/2022 (fs. 63) y 2761/2022 (fs. 64): Téngase presente. Agréguese a autos las cédulas sin diligenciar que acompaña. De lo solicitado, impóngase la presentante de la Acordada 02/2022 (Fecha: 13/05/2022) que establece “mecanismos para recibir cédulas a diligenciar y su proceso de devolución”. Notifíquese.- Advertido en este estado que por un error involuntario no se proveyó en su totalidad el escrito cargo N° 682/2022 (fs. 48/51), provéase: Por iniciada DEMANDA DE CONTROL DE LEGALIDAD y SOLICITUD DE NOTIFICACIÓN DE LA PRÓRROGA DE MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL DE DERECHOS (Disposición Administrativa N° 008/2022, fecha 17/02/2022) que tiene por sujetos de protección a los niños VALENTIN DANIEL HEREÑÚ DNI N° 51.414.251, fecha de nacimiento: 15/08/2011, y FACUNDO DAVID BERTOLOTTI DNI N° 57.873.320, fecha de nacimiento: 08/08/2019, respecto de su progenitora en ejercicio de la responsabilidad parental, Sra. Juliana Daniela Bertolotti DNI N° 26.258.327, con domicilio denunciado en Entre Ríos Norte N° 454 de la localidad de Humberto, pcia de Santa Fe y el Sr. Emanuel Hereñú DNI N° 33.469.784 (progenitor de Valentín Daniel Hereñú), con domicilio denunciado en Estancia Rancho Chico de la localidad de Río Hondo, provincia de Córdoba, cuyo objeto es el alojamiento de los hermanos para su cuidado y protección, en el ámbito de acogimiento familiar alternativo, modalidad familia ampliada. Dése intervención al Sr. Defensor General. Sin perjuicio de lo expuesto, teniendo en cuenta el plan de acción dispuesto en la nueva Disposición Administrativa y conforme lo manifestado por la progenitora de Facundo (fs. 39 vta.), que el padre biológico del niño sería el Sr. Daniel Fratti, indiquen qué medidas han adoptado en relación a estas manifestaciones. A más de ello, previo a continuar el trámite, y a los fines de cumplimentar con lo normado por los arts. 61, 65 y cc de la Ley N° 12.967 y Decreto Reg. N° 619/2010, acredite la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia Delegación Oeste la notificación de la Disposición N° 043/2021, 008/2022, el proveído de fecha 29.12.2021 y el presente proveído a la progenitora, a los abuelos maternos (con domicilio en zona rural s/n de Villa Trinidad) y al progenitor de Valentín Hereñú, a la Sra. Emilia Hereñú (tía paterna,quien aloja donde reside actualmente el niño Valentín Herenú) y a la Sra. Claudia Burgos (tía abuela, que aloja al niño Facundo Bertolotti). Líbrense los despachos que fueren menester. Notifíquese electrónicamente con firma digital. Notifíquese.- Fdo: Dra. Marisa Mónica Malvestiti –Juez- Dra. Vanina Montero –Secretaria” Otro decreto: “San Cristóbal, 05 de Agosto de 2022 Proveyendo escrito cargo N° 3826/2022 (fs. 75) y 3825/2022 (fs. 80): Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, acuérdesele la participación legal que corresponda. Por iniciada DEMANDA DE CONTROL DE LEGALIDAD de la RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL DE DERECHO (Disposición Administrativa N° 030/2022, fecha 07/07/2022) que tiene por sujetos de protección a los niños VALENTIN DANIEL HEREÑÚ DNI N° 51.414.251, fecha de nacimiento: 15/08/2011, y FACUNDO DAVID BERTOLOTTI DNI N° 57.873.320, fecha de nacimiento: 08/08/2019, respecto de su progenitora en ejercicio de la responsabilidad parental, Sra. Juliana Daniela Bertolotti DNI N° 36.258.327, con domicilio denunciado en Entre Ríos Norte N° 423 de la localidad de Humberto Primo, pcia de Santa Fe y el Sr. Emanuel Hereñú DNI N° 33.469.784 (progenitor de Valentín Daniel Hereñú), con domicilio denunciado en Estancia Rancho Chico de la localidad de Termas de Río Hondo, provincia de Córdoba, de conformidad a lo dispuesto por el art. 51 de la Ley N° 12.967 y su respectivo Decreto Reglamentario N° 615/10 Dése intervención al Sr. Defensor General. Sin perjuicio de lo expuesto, teniendo en cuenta el plan de acción dispuesto en la Disposición Administrativa 008/22 y conforme lo manifestado por la progenitora de Facundo (fs. 39 vta.), que el padre biológico del niño Facundo sería el Sr. Daniel Fratti, indiquen qué medidas han adoptado en relación a estas manifestaciones. A más de ello, previo a continuar el trámite, y a los fines de cumplimentar con lo normado por los arts. 61, 65 y cc de la Ley N° 12.967 y Decreto Reg. N° 619/2010, acredite la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia Delegación Oeste la notificación de la Disposición N° 043/2021, 008/2022, 030/2022 (fs 72/75), el proveído de fecha 29.12.2021 y 06.06.2022 (fs. 65) y el presente proveído a la progenitora, a los abuelos maternos (con domicilio en zona rural s/n de Villa Trinidad) y al progenitor de Valentín Hereñú, a la Sra. Emilia Hereñú (tía paterna,quien aloja donde reside actualmente el niño Valentín Herenú) y a la Sra. Claudia Burgos (tía abuela, que aloja al niño Facundo Bertolotti). A la solicitud de otorgamiento de la tutela y/o figura jurídica que corresponda de Valentín Daniel Herenú a su tía paterna, Sra. Emilia Ruth Herenú con domicilio sito en calle J.M. Paz N° 216 de la localdidad de Ucacha, provincia de Córdoba y de Facundo David Bertolotti , a la Sra. Claudia Analía Burgos, domiciliada en calle Saverio Sabino s/n Villa Deportiva CATJ, de la localidad de Totoras, provincia de Santa Fe, oportunamente. Notifíquese electrónicamente con firma digital a la Secretaría de Niñez el presente proveído y el de fecha 06.06.2022 (fs. 65). Líbrense los despachos que fueren menester. Notifíquese.- Fdo: Dra. Marisa Mónica Malvestiti –Juez- Dra. Vanina Montero –Secretaria”. Otro decreto: “San Cristóbal, 12 de Diciembre de 2022. Proveyendo escritos cargos N° 6579/2022 (fs. 97), 6580/2022 (fs. 104), 6581/2022 (fs. 104 vto.), 6581/2022 (fs. 111 vto.), 6576/2022 (fs. 112) y 6582/2022 (fs. 113): Téngase presente lo manifestado. Agréguense a autos las cédulas que en copia digitalizada acompaña. En relación a la notificación al Sr. Emanuel Hereñú (progenitor de Valentín Daniel Herenú), previamente procédase conforme lo normado por la Ley Provincial N° 12.967 (art. 61), solicitando la colaboración de la autoridad policial correspondiente. De no lograr diligenciarse la notificación por ese medio, publícanse Edictos a tales fines. Téngase presente lo manifestado en relación al Daniel Fratti (progenitor alegado según manifestaciones vertidas por la madre del niño Facundo Bertolotti). Atento a la aceptación de cargo (fs. 89), impóngase la Dra. Battagliotti de las presentes actuaciones. Fecho, notificado que fuere el Sr. Emanuel Hereñú de la Disposiciones Administrativas conforme la providencia de fecha 05.08.2022 (fs. 81), pasen autos para resolver. Notifíquese.- Fdo: Dra. Marisa Mónica Malvestiti –Juez- Dra. Vanina Montero –Secretaria” A tal fin, se procede a publicar de forma gratuita los presentes en el BOLETIN OFICIAL y en se conforme Ley 11.287. San Cristóbal, de mayo de 2023.-

S/C 40693 Sep. 15 Sep. 19

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito de Familia de la ciudad de San Cristóbal, se notifica y emplaza al Sr. Emanuel HEREÑÚ, DNI 33.469.784, progenitor de Valentín Daniel HEREÑÚ, DNI 51.414.251, fecha de nacimiento: 15/08/2011, para que se notifique de las Disposiciones Administrativas adoptadas por la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia – Delegación Oeste, cuyo control de legalidad tramita en autos caratulados SECRETARÍA DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA S/ CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967” – CUIJ 21-23805555-2, de trámite por ante el Juzgado de Familia de San Cristóbal, los que a continuación se transcriben: “Rafaela, 08/11/2021, DISPOSICION Nº 043/2021 – VISTO: …. CONSIDERANDO: …. DISPONGO: Artículo 1º: ADOPTAR LA MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL DE DERECHOS que tiene por sujeto de protección a Valentín Daniel HEREÑÚ, DNI 51.414.251, fecha de nacimiento: 15/08/2011, y Facundo David BERTOLOTTI, DNI 57.873. 320, fecha de nacimiento: 08/08/2019, respecto de su progenitora en ejercicio de la responsabilidad parental, Sra. Juliana Daniela BERTOLOTTI, DNI 26.258.327, domiciliada en zona rural de la localidad de Villa Trinidad (Santa Fe), y Sr. Emanuel HEREÑÚ, DNI 33.469.784, progenitor de Valentín Daniel Hereñú, domiciliado en zona suburbana de la localidad de Río Hondo, provincia de Santiago del Estero; cuyo objeto es el alojamiento de los hermanos, para su cuidado y protección, en el ámbito de acogimiento familiar alternativo, modalidad familia ampliada, todo ello de conformidad a lo dispuesto por el art. 51 Ley 12.967 y su respectivo Decreto Reglamentario Nº 615/10;Artículo 2º: La medida de protección excepcional de derechos se establece por el plazo de noventa (90) días, durante el transcurso del cual intervendrán los profesionales del Equipo Interdisciplinario de la Delegación Oeste; Artículo 3°: El Área Legal de esta Delegación Oeste de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia de la Pcia. De Santa Fe, indicará el procedimiento destinado a la notificación de la Medida de Protección Excepcional de Derechos, y del desarrollo del expediente judicial de control de legalidad de la misma por ante el órgano jurisdiccional competente; Artículo 4º: Otórguese el trámite correspondiente; regístrese, notifíquese a las partes interesadas y archívese.- Fdo: Lic. Jorgelina Donati, Coordinadora de la Delegación Oeste - SNAyF“ Otra Disposición Administrativa: “Rafaela, 17/02/2022, DISPOSICION Nº 008/2022 – VISTO: …. CONSIDERANDO: …. DISPONGO: Artículo 1º: PRORROGAR LA MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL DE DERECHOS que tiene por sujeto de protección a Valentín Daniel HEREÑÚ, DNI 51.414.251, fecha de nacimiento: 15/08/2011, y Facundo David BERTOLOTTI, DNI 57.873. 320, fecha de nacimiento: 08/08/2019, respecto de su progenitora en ejercicio de la responsabilidad parental, Sra. Juliana Daniela BERTOLOTTI, DNI 26.258.327, actualmente domiciliada en calle Entre Ríos Norte Nro. 454 de la localidad de Humberto Primo (Santa Fe), y Sr. Emanuel HEREÑÚ, DNI 33.469.784, progenitor de Valentín Daniel Hereñú, domiciliado en Estancia Rancho Chico de la localidad de Termas de Río Hondo, provincia de Santiago del Estero; cuyo objeto es el alojamiento de los hermanos, para su cuidado y protección, en el ámbito de acogimiento familiar alternativo, modalidad familia ampliada, todo ello de conformidad a lo dispuesto por el art. 51 Ley 12.967 y su respectivo Decreto Reglamentario Nº 615/10; Artículo 2º: La prórroga de la medida de protección excepcional de derechos se establece por el plazo de noventa (90) días, durante el transcurso del cual intervendrán los profesionales del Equipo Interdisciplinario de la Delegación Oeste; Artículo 3°: El Área Legal de esta Delegación Oeste de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia de la Pcia. De Santa Fe, indicará el procedimiento destinado a la notificación de la prórroga de la Medida de Protección Excepcional de Derechos, y del desarrollo del expediente judicial de control de legalidad de la misma por ante el órgano jurisdiccional competente; Artículo 4º: Otórguese el trámite correspondiente; regístrese, notifíquese a las partes interesadas y archívese.-Fdo: Lic. Jorgelina Donati, Coordinadora de la Delegación Oeste - SNAyF“ Otra Disposición Administrativa: “Rafaela, 07/07/2022, DISPOSICION Nº 030/2022 – VISTO: …. CONSIDERANDO: …. DISPONGO: Artículo 1º: RESOLVER DEFINITIVAMENTE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL DE DERECHOS que tiene por sujeto de protección a Valentín Daniel HEREÑÚ, DNI 51.414.251, fecha de nacimiento: 15/08/2011, y Facundo David BERTOLOTTI, DNI 57.873. 320, fecha de nacimiento: 08/08/2019, respecto de su progenitora en ejercicio de la responsabilidad parental, Sra. Juliana Daniela BERTOLOTTI, DNI 26.258.327, domiciliada en calle Entre Ríos Nro. 423 de la localidad de Humberto Primo (Santa Fe), y Sr. Emanuel HEREÑÚ, DNI 33.469.784, progenitor de Valentín Daniel Hereñú, domiciliado en Estancia Rancho Chico de la localidad de Termas de Río Hondo, provincia de Santiago del Estero; de conformidad a lo dispuesto por el art. 51 Ley 12.967 y su respectivo Decreto Reglamentario Nº 615/10; con el objetivo de garantizar los derechos personalísimos de la niña y su interés superior, consagrado en nuestra Constitución Nacional; Artículo 2º: Sugerir al órgano judicial que otorgue la tutela y/o la figura jurídica que corresponda de Valentín Daniel HEREÑÚ, DNI 51.414.251, fecha de nacimiento: 15/08/2011 a su tía paterna Sra. Emilia Ruth HEREÑÚ, DNI 33.122.912, domiciliada en calle J. M. Paz Nro. 216 de la localidad de Ucacha, provincia de Córdoba; y la tutela y/o la figura jurídica que corresponda de Facundo David BERTOLOTTI, DNI 57.873. 320, fecha de nacimiento: 08/08/2019, a Sra. Claudia Analía BURGOS, DNI 20.076.021, domiciliada en calle Saverio Sabino S/N, Villa Deportiva CATJ, de la localidad de Totoras, provincia de Santa Fe; Artículo 3°: El Área Legal de esta Delegación Oeste de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia de la Pcia. De Santa Fe, indicará el procedimiento destinado a la notificación de la resolución definitiva de la Medida de Protección Excepcional de Derechos, y del desarrollo del expediente judicial de control de legalidad de la misma por ante el órgano jurisdiccional competente; Artículo 4º: Otórguese el trámite correspondiente; regístrese, notifíquese a las partes interesadas y archívese.-Fdo: Lic. Jorgelina Donati, Coordinadora de la Delegación Oeste - SNAyF” A tal fin, se procede a publicar de forma gratuita los presentes en el BOLETIN OFICIAL y en se conforme Ley 11.287. San Cristóbal, de mayo de 2023.-

S/C 40692 Sep. 15 Sep. 19

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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral Secretaría Única de la ciudad de San Cristóbal, con domicilio en Avda. Trabajadores Ferroviarios N° 1233 de la ciudad de San Cristóbal, Pcia. de Santa Fe, en autos caratulados ARMELINO, WILMA GLADYS s/Declaratoria de herederos; CUIJ N° 21-26140549-8, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho de doña Wilma Gladys Armelino, DNI N° 04.589.010, fallecida el 01 de Noviembre de 2022, y domiciliada en calle 1º de Mayo sin de la localidad de Soledad, Dpto. San Cristóbal, Provincia de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Para mayor recaudo se transcribe parte pertinente del decreto que así lo ordena: San Cristóbal, 10 de Agosto de 2023. ... Estando acreditado el fallecimiento de Wilma Gladys Armelino, con el acta de defunción acompañada, declárase abierto su juicio de declaratoria de herederos. Diligenciado que fuere el oficio al Registro de Procesos Universales, dispóngase la Publicación de Edictos en el BOLETÍN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de ley, (art. 2340 CCyC), citando a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante para que comparezcan a hacer valer sus derechos. Notifíquese. Fdo. Dra. Cecilia Tovar, Secretaria. Dr. Jorge Alberto Da Silva Catela, Juez a/c. San Cristóbal, Septiembre de 2023.

$ 45 Sep. 15

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VERA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia de Familia de Vera, Sección Única, Distrito Judicial Nº 13 (SF), Secretaría del Dr. Jorge Tessutto, se cita, llama y emplaza a los herederos y/o sucesores de Don Rubén Pascual Zunini en autos: BARBONA, GONZALO GERMAN c/ZUNINI, RUBEN s/Reclamación de filiación; CUIJ Nº 21-23638177-0, para que comparezcan por ante este Juzgado por el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Puertas del Juzgado. En Vera el... de Septiembre del 2023. Dr. Jorge Tessutto (Secretario).

$ 99 506792 Sep. 15 Sep. 19

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Por disposición de la Dra Jorgelina Yedro (Juez) y de la Dra. Margarita Savant (Secretaria) del Juzgado de Primera Instancia del Distrito 13 Civil, Comercial y Laboral, Primera Nominación, de la ciudad de Vera (Santa Fe), en autos ALEGRE, PETRONILA FRANCISCA y otros c/GARCILAZO, ESTEBAN s/Medidas cautelares y preparatorias-civil; (CUIJ N° 21-25277848-6), se dispuso lo siguiente: Vera, 06 de Julio de 2023. Por promovidas medidas preparatorias de juicio ordinario de Usucapión contra Esteban Gardilazo y/o sus herederos con domicilio desconocido ... Fdo.: Dra. Margarita Savant (Secretaria), Dra. Jorgelina Yedro (Jueza). Mediante el presente se cita y emplaza al Sr. Esteban Garcilazo y/o sus heredero, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales, lo que se publica a su efectos en el BOLETIN OFICIAL y Puertas del Juzgado. Vera, 23 de agosto de 2023. Dra. Margarita Savant, secretaria.

$ 99 506635 Sep. 15 Sep. 19

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La Señora Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Primera Nominación de Distrito Nº 13 de la ciudad de Vera, Santa Fe cita, llama y emplaza a los herederos acreedores y legatarios y a todos los que tengan derecho para que comparezcan al Juicio Sucesorio de Ana Nilda Martínez D.N.I. N° 16.389.022 en los autos caratulados: MARTÍNEZ, ANA NILDA s/Declaratoria de herederos; (CUIJ Nº 21-25277569-9), bajo apercibimientos legales y dentro del término de ley. Fdo. Dra. Jorgelina Yedro, Jueza. Dra. Margarita Savant, Secretaria. Vera, 14 de septiembre de 2023.

$ 45 Sep. 15

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La Señora Jueza de Primera Instancia en lo Civil. Comercial y Laboral de la Primera Nominación de Distrito N° 13 de la ciudad de Vera, Santa Fe, cita, llama y emplaza a los herederos acreedores y legatarios y a todos los que tengan derecho, para que comparezcan al Juicio Sucesorio de Norma Beatriz Martínez D.N.I. N° 10.427.954, en los autos caratulados: MARTÍNEZ, NORMA BEATRIZ s/Declaratoria de herederos; (CUIJ Nº 21-25277570-3), bajo apercibimientos legales y dentro del término de ley. Fdo. Dra. Jorgelina Yedro, Jueza. Dra. Margarita Savant, Secretaria. Vera, 14 de septiembre de 2023.

$ 45 Sep. 15

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RAFAELA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 5 en lo Laboral de la Primera Nominación de la ciudad de Rafaela, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y a todos lo que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, Camerlo Julio César, D.N.I. N° 21.947.055, fallecido el 26/11/2022 y con último domicilio en Echeverría N° 1947 de Rafaela, Santa Fe para que en el término de 30 días y bajo apercibimientos de ley comparezcan a hacer valer sus derechos, a sus efectos se publican edictos en el Boletín Oficial y en Sede Judicial por el término de ley en los autos caratulados: CUIJ N° 21-23694622-0; CAMERLO, JULIO CÉSAR c/ASOCIART ART SA s/Accidente y/o enfermedades del trabajo, iniciado por el Dr. Diego A. Kurganoff. Dr. Lucas Mann- Juez-; Dra. M. Victoria Trossero - Secretaria-. Rafaela, 10 de Agosto de 2023. Julia Eguiazu, prosecretaria.

$ 50 506787 Sep. 15 Sep. 21

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 5 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Rafaela, en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/GASTRO-NOR S.R.L. s/Apremio fiscal municipal; CUIJ Nº 21-23967838-3 Expte. Nº 148/2017, se cita de remate a la parte demandada Gastro-Nor S.R.L. CUIT Nº 30-71143126-4, para que en el término de 8 días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de llevar adelante la ejecución si aún no lo hiciere (art. 7 y 28 Ley 5066). Aplíquese la duplicidad de términos prevista en el art. 5 de la ley provincial 7234. Notifíquese. Fdo.: Natalia Carinelli - Secretaria; Ana Laura Mendoza - Juez. Rafaela, 08 de mayo de 2023. Por lo que se publica el presente sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Mauro García, prosecretaria.

S/C 506613 Sep. 15

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 5 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Rafaela, en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ANESA DE ADORATTI OFELIA s/Apremio fiscal municipal; CUIJ Nº 21-24197702-9”, se cita y emplaza a los herederos y/ legatarios de Ofelia Anesa De Adoratti DNI Nº 2.083.097, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley atento lo dispuesto por el art. 597 del CPCC de la Provincia de Santa Fe. Notifíquese. Fdo.: Natalia Carinelli - Secretaria. Rafaela, 01 de septiembre de 2023. Por lo que se publica el presente sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Mauro García, prosecretaria.

S/C 506614 Sep. 15

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 5 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Rafaela, en los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ALFONSO CESAR EDUARDO s/Apremio Fiscal Municipal - CUIJ 21-16505797-7, se cita de remate a la parte demandada Sr. Alfonso Cesar Eduardo, DNI 34.074.774, para que en el término de 8 días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de llevar adelante la ejecución si aún no lo hiciere (art. 7 y 28 Ley 5066). Aplíquese la duplicidad de términos prevista en el art. 5 de la Ley Provincial 7234. Notifíquese. Fdo.: Natalia Carinelli - Secretaria. Rafaela, 1 de Septiembre de 2023. Por lo que se publica el presente sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Mauro García, Prosecretario.

S/C 506616 Set. 15

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 5 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Rafaela, en los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ALCE DISTRIBUCIONES S.R.L. s/Apremio Fiscal Municipal - CUIJ 21-24195978-0, se cita de remate a la parte demandada Alce Distribuciones S.R.L. CUIT 33-71125091-9, para que en el término de 8 días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de llevar adelante la ejecución si aún no lo hiciere (art. 7 y 28 Ley 5066). Aplíquese la duplicidad de términos prevista en el art. 5 de la Ley Provincial 7234. Notifíquese. Fdo.: Natalia Carinelli - Secretaria. Rafaela, 1 de Septiembre de 2023. Por lo que se publica el presente sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Mauro García, Prosecretario.

S/C 506618 Set. 15

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la SEGUNDA Nominación de Rafaela, en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/BONINO CARLOS F s/Apremio Fiscal Municipal - CUIJ 21-24200063-0, se cita de remate a la parte demandada Sr. Carlos Francisco Bonino, DNI 13.224.679, para que en el término de 8 días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de llevar adelante la ejecución si aún no lo hiciere (art. 7 y 28 Ley 5066). Aplíquese la duplicidad de términos prevista en el art. 5 de la Ley Provincial 7234. Notifíquese. Rafaela, 1 de Septiembre de 2023. Por lo que se publica el presente sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Mauro García, Prosecretario.

S/C 506619 Set. 15

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Rafaela, en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/CASTILLO FABRICIO ANDRES s/Apremio Fiscal Municipal - CUIJ 21-24188749-6, se cita de remate a la parte demandada Sr. Fabricio Andrés Castillo DNI 32.898.910, para que en el término de 8 días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de llevar adelante la ejecución si aún no lo hiciere (art. 7 y 28 Ley 5066). Aplíquese la duplicidad de términos prevista en el art. 5 de la Ley Provincial 7234. Notifíquese. Fdo.: Natalia Carinelli - Secretaria. Rafaela, 01 de Septiembre de 2023. Por lo que se publica el presente sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Mauro García, Prosecretario.

S/C 506620 Set. 15

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 5 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Rafaela, en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/VIOTTI DIETRE DANIEL ENRIQUE s/Apremio Fiscal Municipal - CUIJ 21-23966197-9, Expte. 1850/2015, se cita de remate a la parte demandada Sr. Viotti Dietre Daniel Enrique, DNI 20.144.562, para que en el término de 8 días oponga excepción legítima, bajo apercibimiento de llevar adelante la ejecución si aún no lo hicieren (art. 7 y 28 Ley 5066). Aplíquese la duplicidad de términos prevista en el art. 5 de la Ley Provincial 7234. Notifíquese. Fdo.: Natalia Carinelli, Secretaria; Duilio M. Francisco Hail - Juez. Rafaela, 12 de Mayo de 2023. Por lo que se publica el presente SIN CARGO de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Mauro García, Prosecretario.

S/C 506621 Set. 15

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 5 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Rafaela, en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/RIOS RODOLFO AGUSTIN s/Apremio Fiscal Municipal - CUIJ 21-23965826-9, Expte. 1479/2015, se cita y emplaza a los herederos y legatarios de Ríos Rodolfo Agustín, DNI 7.649.083, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley atento lo dispuesto por el art. 597 del CPCC de la Provincia de Santa Fe. Notifíquese. Fdo.: Sandra Inés Cerliani - Secretaria; Matías Raúl Colón - Juez. Rafaela, 23 de Agosto de 2023. Por lo que se publica el presente sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Sandra Cerliani, Secretaria.

S/C 506612 Set. 15

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 5 de la ciudad de Rafaela. Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/CARRIZZO NICOLAS y CARRIZO FERNANDO NORBERTO s/Apremios, CUIJ N° 21-16508433-8, se hace saber al demandado/a. Sr/Sra. Carrizzo Nicolás y Carrizo Fernando Norberto, para que dentro del término de 8 (ocho) días comparezca y oponga excepción legítima, bajo apercibimiento de llevar adelante ejecución. Firmado: Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley N° 5066 y sin cargo de acuerdo por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 7 de Agosto de 2023. Gustavo Mié, Secretario.

S/C 506611 Set. 15 Set. 19

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/WALKER SILVESTRE ANDRES s/Apremios, CUIJ N° 21-16510458-4, se hace saber al demandado/a, Sr/Sra. Walker Silvestre Andrés, para que dentro del término de 8 (ocho) días comparezca y oponga excepción legítima, bajo apercibimiento de llevar adelante ejecución. Firmado: Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley N° 5066 y sin cargo de acuerdo por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 4 de Agosto de 2023. Dr. Rodrigo M. Succo, Prosecretario.

S/C 506610 Set. 15 Set. 19

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Por disposición del Juez de Primera instancia de Circuito Nº 5 de la ciudad de Rafaela, Secretarla a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ZALAZAR FABIO ANTONIO s/Apremios, CUIJ N° 21-16522175-0, se hace saber al demandado/a, Sr/Sra. Zalazar Fabio Antonio, para que dentro del término de 8 (ocho) días comparezca y oponga excepción legítima, halo apercibimiento de llevar adelante ejecución. Firmado: Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley N° 5066 y sin cargo de acuerdo por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 15 de Agosto de 2023. Gustavo Mié, Secretario.

S/C 506603 Set. 15 Set. 19

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaria a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/AGUIRRE AROLDO DARIO s/Apremios, CUIJ N° 21-16523302-3 se hace saber al demandado/a, Sr/Sra. Aguirre Aroldo Darío, para que dentro del término de 8 (ocho) días comparezca y oponga excepción legítima, bajo apercibimiento de llevar adelante ejecución. Firmado: Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley N° 5066 y sin cargo de acuerdo por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 15 de Junio de 2023. Gustavo Mié, Secretario.

S/C 506604 Set. 15 Set. 19

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 21-16506425-6; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/OLIVA LUIS FERNANDO s/Apremio, se cita por el presente al demandado para que dentro del término de 8 (ocho) días comparezca y oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de mandar llevar adelante la ejecución sin más trámite. Firmado: Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 06 de julio de 2023. Gustavo Mié, secretario.

S/C 506605 Sep. 15 Sep. 19

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 2795/2016; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/LEANDRI MARCOS GABRIEL s/Apremio, se cita por el presente al demandado para que dentro del término de 8 (ocho) días comparezca y oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de mandar llevar adelante la ejecución sin más trámite. Firmado: Diego Genesio (Juez), Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 06 de julio de 2023. Gustavo Mié, secretario.

S/C 506608 Sep. 15 Sep. 19

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 2714/2016; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/BOOS ANGEL JOSE s/Apremio, se cita por el presente al demandado para que dentro del término de 8 (ocho) días comparezca y oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de mandar llevar adelante la ejecución sin más trámite. Firmado: Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 06 de julio de 2023. Gustavo Mié, secretario.

S/C 506609 Sep. 15 Sep. 19

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaria a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ZANOTTI VICTOR RAMON s/Apremios; CUIJ N° 21-16492332-8 se hace saber al demandado/a, Sr/Sra. Zanotti Víctor Ramón para que dentro del término de 8 (ocho) días comparezca y oponga excepción legítima, bajo apercibimiento de llevar adelante ejecución. Firmado: Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 11 de julio de 2023. Gustavo Mié, secretario.

S/C 506600 Sep. 15 Sep. 19

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 5 de la ciudad de Rafaela, Sec. retarla a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/SEGARRA CESAR CARLOS s/Apremios; CUIJ N° 21-16521985-3 se hace saber al demandado/a, Sr/Sra. Segarra Cesar Carlos para que dentro del término de 8 (ocho) días comparezca y oponga excepción legítima, bajo apercibimiento de llevar adelante ejecución. Firmado: Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 08 de agosto de 2023. Gustavo Mié, secretario.

S/C 506599 Sep. 15 Sep. 19

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados Expte. N° 21-16519147-9; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ACHTAR EDGARDO MANUEL s/Apremio, se cita por el presente al demandado Achtar Edgardo Manuel para que dentro del término de 8 (ocho) días comparezca y oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de mandar llevar adelante la ejecución. Firmado: Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 05 de mayo de 2023. Dr. Rodrigo M. Succo, prosecretario.

S/C 506598 Sep. 15 Sep. 19

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados Expte. N° 21-16520132-6; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/BUSTOS VICTOR EDUARDO s/Apremio, se cita por el presente al demandado Bustos Víctor Eduardo para que dentro del término de 8 (ocho) días comparezca y oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de mandar llevar adelante la ejecución. Firmado: Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 05 de abril de 2023. Gustavo Mié, secretario.

S/C 506597 Sep. 15 Sep. 19

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados Expte. N° 21-16511606-9; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/BO EMANUEL FACUNDO s/Apremio, se cita por el presente al demandado Bo Emanuel Facundo para que dentro del término de 8 (ocho) días comparezca y oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de mandar llevar adelante la ejecución. Firmado: Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 11 de mayo de 2023. Gustavo Mié, secretario.

S/C 506596 Sep. 15 Sep. 19

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Por disposición del Juez de Primera instancia de Circuito Nº 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaria a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/AGUILAR FLORENCIA MICAELA s/Apremios; CUIJ N° 21-16523314-7 se hace saber al demandado/a, Sr/Sra. Aguilar Florencia Micaela para que dentro del término de 8 (ocho) días comparezca y oponga excepción legítima, bajo apercibimiento de llevar adelante ejecución. Firmado: Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 15 de junio de 2023. Gustavo Mié, secretario.

S/C 506601 Sep. 15 Sep. 19

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Por disposición de Juez de Primera instancia de Circuito Nº 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaria a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/PORTA MELISA ANDREA s/Apremios; CUIJ N° 21-16522106-8 se hace saber al demandado/a, Sr/Sra. Porta Melisa Andrea para que dentro del término de 8 (ocho) días comparezca y oponga excepción legítima, bajo apercibimiento de llevar adelante ejecución. Firmado: Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 15 de junio de 2023. Gustavo Mié, secretario.

S/C 506602 Sep. 15 Sep. 19

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Por disposición del Señor Juez de Primera instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados Expte. N° 21-16511602-7; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/COSTAMAGNA GONZALO EMANUEL s/Apremio, se cita por el presente al demandado Costamagna Gonzalo Emanuel para que dentro del término de 8 (ocho) días comparezca y oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de mandar llevar adelante la ejecución. Firmado: Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 11 de mayo de 2023. Gustavo Mié, secretario.

S/C 506595 Sep. 15 Sep. 19

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Por disposición del Juzgado en lo Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de la Ciudad de Rafaela, en autos caratulados “PAUTASSO, ENRIQUE JESUS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (21-24205258-4) se cita se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de ENRIQUE JESUS PAUTASSO DNI Nº 7.872.540, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales. Fdo- Verónica Carignano Abogada – Secretaria. Rafaela, 14 de septiembre de 2023.-

$ 45 Sep. 15

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POR DISPOSICION DEL SEÑOR JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO Nº 5 CIVIL Y COMERCIAL DE LA 3ERA. NOMINACION DE LA CIUDAD DE RAFAELA, EN LOS AUTOS CARATULADOS "GONZALEZ CIRO ISIDORO Y OTROS S/ SUCESORIO, Expediente CUIJ 21-24204636-3 " SE CITA, LLAMA Y EMPLAZA A LOS HEREDEROS , ACREEDORES Y TODOS LOS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO A LOS BIENES DEJADOS POR LOS CAUSANTES CIRO ISIDORO GONZALEZ , Doc. nro. M 6195295 Y NELLY MONCADA , Doc. nro. F2799724, AMBOS CON ULTIMO DOMICILIO EN NICASIO OROÑO Nro. 547 DE RAFAELA , FALLECIDOS EN FECHA 03/03/2013 Y 26/04/2022 RESPECTIVAMENTE, BAJO APERCIBIMIENTOS DE LEY, LOS QUE SE PUBLICAN EN EL BOLETIN OFICIAL Y EN EL HALL DE TRIBUNALES .FDO.: Dra. Verónica Carignano, Secretária; Dra. Ana Laura Mendoza, Jueza.- RAFAELA, 14 de SEPTIEMBRE DE 2023

$ 45 Sep. 15

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RECONQUISTA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


En los autos caratulados BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/VALLEJOS PABLO ALEJANDRO s/Demanda ordinaria; CUIJ Nº: 21-25030329-4, que se tramita por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito 4 Civil y Comercial Primera Nominación de Reconquista (SF), a cargo del Dr. Ramiro Avile Crespo, Secretaría de la Dra. Paola Milazzo, se ha ordenado declarar la rebeldía del Sr. Pablo Alejandro Vallejos, DNI Nº 26.931.968, CUIT N° 20-26931968-3, de estado civil soltero, de nacionalidad argentino, con domicilio en calle Osvaldo Brunetto N° 515 de la ciudad de Calchaquí (SF). Reconquista, 06 de septiembre de 2023. Paola M. Milazzo, secretaria.

$ 200 506689 Sep. 15 Sep. 19

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial de la ciudad de Reconquista (SF), Primera Nominación, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores del Sr. LONGHI EDGARDO LUIS DNI 20192197para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley en autos: “LONGHI EDGARDO LUIS S/ SUCESORIO" CUIJ 21-25030669-2 Firmado: DRA.PAOLA C. MILAZZO- Dr. RAMIRO AVILE CRESPOJ/C .-secretaria Juez .- Reconquista, 14 de septiembre de 2023.

$ 45 Sep. 15

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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados “BRUCCIERI, FELIPE OSCAR S/ SUCESORIO” CUIJ N° 21-25030505-9, llama, cita y emplaza a los herederos, legatarios y/o acreedores que se consideren con derechos a los bienes de la herencia dejada por el Sr. FELIPE OSCAR BRUCCIERI, DNI N° M5.397.663 para que dentro del término y bajo los apercibimientos de ley se presenten a hacerlos valer. Reconquista, 15 de Septiembre de 2023.-

$ 45 Sep. 15

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