picture_as_pdf 2023-09-15

MARTELLI HNOS S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Se da a publicidad por este medio y por un día, que por instrumento de fecha 30 de agosto de 2022 celebrado entre DANIEL ALBERTO MARTELLI DNI 18.441.480 en su carácter de CEDENTE y VANESA IVANA IVASCOV, argentina, mayor de edad, estado civil soltera, con domicilio en calle Avda Fuerza Aérea 3104 unidad 57, de la ciudad de Funes DNI 24.926.232, MARTELLI PRISCILA argentina, mayor de edad, estado civil soltera, con domicilio en calle Avda Fuerza Aérea 3104 unidad 57, de la ciudad de Funes, Provincia de Santa Fe DNI 45.341.251, MARTELLI ELIANO ADRIEL argentino, mayor de edad, estado civil soltero, con domicilio en calle Avda Fuerza Aérea 3104 unidad 57, de la ciudad de Funes, DNI 40.620.075 y MARTELLI GIULIANO XUAN, argentino, mayor de edad, estado civil soltero, con domicilio en calle Avda Fuerza Aérea 3104 unidad 57, de la ciudad de Funes, DNI 38.132.554 en calidad de CESIONARIOS convinieron en que el CEDENTE le transfiriera a los CESIONARIOS el 100% de su participación societaria en MARTELLI HNOS S.R.L. sociedad constituida conforme al contrato inscripto en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, en estatutos, al Tomo 151, folio 6002, N° 684, de fecha 16 de mayo 2000 en razón de dicha transferencia de cuotas, la sociedad ha quedado constituida con la siguiente composición social: El señor Mario MARTELLI 30.000 cuotas; la señora VANESA IVANA IVASCOV, 21.000; la señora MARTELLI PRISCILA, 3000 cuotas; el señor MARTELLI ELIANO ADRIEL, 3.000 y el señor MARTELLI GIULIANO XUAN, 3.000 cuotas. Que por actas de reunión de socios de fecha 15 y 24 de noviembre de 2022 los socios han resuelto la reconducción o prórroga del plazo social en 99 (noventa y Nueve años) a contar desde esta inscripción en el Registro Público de Comercio (RPC), aumento de capital social en la suma de Pesos Quinientos Mil ($ 500.000), lo que implica un nuevo capital social en la suma de Pesos Seiscientos Mil ($600.000)

la nueva redacción del contrato social, el nuevo domicilio social en calle CARBALLO LUIS CANDIDO 183 de la ciudad de Rosario y aceptación de la renuncia al cargo de Gerente del cedente Daniel Alberto Martelli y ratificación en el cargo del Sr. Mario Martelli, quedando la GERENCIA en consecuencia a cargo del SOCIO MARIO ESTEBAN MARTELLI, DNI 21.417.232. Atento la nueva composición social, el nuevo capital, el nuevo domicilio, el plazo social el contrato social ha quedado redactado de la siguiente forma: ARTICULADO COMPLETO DEL CONTRATO SOCIAL DE MARTELLI HNOS S.R.L. CON RECONDUCCIÓN. COMPOSICION SOCIAL. SEDE SOCIAL. GERENTE DESIGNADO. CAPITAL SOCIAL.

PRIMERA: Denominación: La sociedad se denominará MARTELLI HNOS S.R.L.

SEGUNDA: Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio legal y administrativo en la calle Av. Luis Cándido Carballo 171, de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, pudiendo trasladarlo (siempre que sea dentro de la misma jurisdicción; caso contrario requiere acuerdo de todos los socios) y establecer sucursales o agencias, locales de venta, y depósitos en cualquier lugar del país o del exterior.

TERCERA: Plazo: El término de duración de la sociedad será Noventa y Nueve (99) años, a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.

CUARTA: Objeto: El objeto de la sociedad será: COMERCIALES: dedicarse por cuenta propio o de terceros o asociada a terceros a la compra, venta, exportación e importación, consignación, distribución, representación, comisión, concesión y/o mandatos, explotación y/o concesión de franquicias referentes a automotores, motos, motonetas, camiones, acoplados, tractores, maquinarias agrícolas y vial en general y todo tipo de rodados, nuevos o usados, repuestos y accesorios para los mismos. Compraventa de artículos de motonáutica y/o elementos de navegación y de camping, fabricación y comercialización de artículos y materiales de pinturas sintéticas y asfálticas e impermeabilizantes de elementos complementarios. La sociedad tendrá plena capacidad jurídica para actuar y contratar según su objeto comercial. SERVICIOS: Servicio de post Venta total o parcial, importación exportación Automotor y sus repuestos. Service, reparaciones, mantenimiento, lavado, engrase, gomería de automotores, motos, motonetas, camiones, acoplados, tractores, maquinarias agrícolas y vial en general y todo tipo de rodados, nuevos o usados. Explotación en cualesquiera de sus formas contractuales de estaciones de servicio, comprendiendo como objeto principal la venta y/o distribución de todo tipo de combustibles, lubricantes y/o aditivos para los vehículos descriptos precedentemente y todo otro servicio afín anexo o conexo, relacionado con atención al cliente, bar, confitería y restaurante, autoservicio de compras, hotelería en todas sus clases, tales como hosterías, hospedajes, moteles, albergues transitorios, alquiler de habitaciones e inmuebles en general con o sin servicio de hotelería. Importación y exportación de vehículos automotores, motocicletas, bicicletas, triciclos, embarcaciones náuticas, sus repuestos y todo tipo de accesorios. Actividades de transporte, inmobiliarias y construcción. Intermediación, gestoría y mandataria de negocios, así como la explotación de estas actividades como complementarias, relacionadas y vinculadas directamente a las descriptas en este artículo. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato social.

QUINTA: Capital Social: El capital social se fija en la suma de Pesos Seiscientos Mil ($ 600.000,00) dividido en 60.000 cuotas de pesos diez ($10) cada una, que los socios suscriben El señor Mario MARTELLI 30.000 cuotas; la señora VANESA IVANA IVASCOV 21.000; la señora MARTELLI PRISCILA 3000 cuotas; el señor MARTELLI ELIANO ADRIEL 3.000 y el señor MARTELLI GIULIANO XUAN 3.000 cuotas, e integran de la siguiente manera y proporción: El señor Mario MARTELLI 6.250 cuotas de pesos 10 cada una o sea $ 62.500; la señora VANESA IVANA IVASCOV 4375 cuotas de Pesos 10 cada una, o sea la suma de $43.750; la señora MARTELLI PRISCILA 625 cuotas de pesos 10 cada una, o sea la suma de $ 6250; el señor MARTELLI ELIANO ADRIEL 625 cuotas de pesos 10 cada una, o sea la suma de $ 6250 y el señor MARTELLI GIULIANO XUAN 625 cuotas de pesos 10 cada una, o sea la suma de $ 6250. Los socios han integrado la suma de $125.000 (Pesos Ciento Veinticinco Mil) del capital suscripto en efectivo, y el resto de Pesos Trescientos Setenta y Cinco Mil ($375.000) lo integrarán dentro de los dos años de la fecha del presente contrato y en efectivo.

SEXTA: Administración, Dirección, Representación: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de los socios gerentes designándose en este acto al Sr. MARIO MARTELLI como socio gerente. Para obligarla firmará en forma individual precedido del cargo de Gerente. En el cumplimiento de sus funciones tendrán todas las facultades para poder actuar libre y ampliamente en todos los negocios sociales. A estos fines, los gerentes podrán comprar, gravar, vender y locar toda clase de bienes muebles o inmuebles; operar con todos los bancos oficiales y privados, realizar operaciones con entes autárquicos o empresa del Estado. Podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los mencionados en el art. 375 del Código civil y Comercial de la Nación, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros en operaciones ajenas al objeto societario.

SEPTIMA: Fiscalización Reunión De Socios. La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentarán en un libro especial rubricado, que será el libro de actas de la sociedad, detallando los puntos a considerar y firmado por todos los presentes. Las decisiones se adoptarán por las mayorías establecidas en el art. 160 de la Ley de sociedades comerciales 19.550. Podrá decidirse el establecimiento de un órgano de fiscalización según lo previsto en el art. 158 de la citada ley.

OCTAVA: Balance General Y Resultados. La sociedad cerrará su ejercicio el día 31 de diciembre de cada año, fecha en la cual se confeccionará un balance general, con sujeción a las normas legales y criterios técnicos usuales en materia administrativa y contable, que exponga la situación patrimonial a ese momento, como así también un estado de resultados del ejercicio. Una vez confeccionado el balance general, por intermedio de uno de sus gerentes, se convocará a reunión de socios, a fin de ponerlo a disposición de éstos para su conocimiento y consideración en la forma que prevé para dichas reuniones la cláusula séptima. Si por circunstancias imprevistas o falta de quórum, la reunión no pudiera realizarse, el balance se considerará automáticamente aprobado si, dentro de los 10 (diez) días corridos a contar desde la fecha fijada para la reunión de los socios, ni fuera objetado por la mayoría del capital social, objeciones que, en tal caso, deben efectuarse por escrito y fundadas. El balance deberá ser considerado dentro de los 120 días de cerrado el ejercicio y puesto a disposición de los socios con 15 días de anticipación. Si el ejercicio arroja ganancias, de éstas se considerará el 5% para la constitución de la “RESERVA LEGAL”, hasta que la misma alcance el 20% del capital social. Podrán constituirse además otras reservas facultativas que los socios decidan movilizables, dentro de los términos del art. 70 de la Ley de Sociedades comerciales y sus modificaciones. Salvo lo dispuesto por el art. 71 de la misma ley para el caso de existir arrastre de quebranto de años anteriores, el remante de ganancias se distribuirá entre los socios a prorrata de importes y tiempos de sus respectivas integraciones de capital, acreditándose en sus cuentas particulares. Si el ejercicio arrojare pérdidas, ésta se cargará a las reservas especiales y, defecto, a la reserva legal, en cuyo caso no se distribuirán ganancias futuras hasta su total reintegro. No contando esta última con suficiente saldo, el remanente se mantendrá en cuenta especial hasta que sea cubierto por futuras utilidades, teniendo presente al respecto lo dispuesto por el art. 71 de la Ley 19.550 y sus modificaciones.

NOVENA: Cesión De Cuotas: Las cesiones de cuotas entre los socios podrán celebrarse con la única limitación del mantenimiento de las proporciones de capital existentes entre los socios continuadores. Si algún socio desiste de la compra, los restantes podrán adquirir proporcionalmente sus cuotas. Las que se otorgarán a favor de terceros estarán sujetas a todas las condiciones establecidas por la Ley 19.550 y sus modificaciones en el art. 152 de la Ley 19.550. Las cuotas de capital no podrán ser cedidas o transferidas a terceros, sino con el consentimiento unánime de los socios. El socio que se propone ceder sus cuotas deberá comunicar por medio fehaciente tal circunstancia a sus consocios, quienes deberán notificar su decisión en un plazo no mayor a 30 días, vencido el cual se tendrá como autorizada la decisión y desistida su preferencia. En la comunicación que el socio cedente haga a sus consocios deberá indicar el nombre y apellido del interesado, monto de la cesión y forma de pago. A iguales condiciones, los socios tienen derecho de preferencia de compra. Se deberá dejar constancia en el libro de actas de la sociedad sobre la resolución que se hubiera adoptado y su posterior inscripción en el Registro Público de Comercio. Los futuros titulares de cuotas de capital por suscripción, cesión u otro concepto cualquiera, no adquirirán por ese solo hecho funciones gerenciales o de administración.

DECIMA: Fallecimiento o Incapacidad: En caso de fallecimiento, o por cualquier otra causa legal que importe el retiro o desvinculación de alguno de los socios, sus herederos o sucesores, podrán optar: a) por continuar en la sociedad en el lugar del socio fallecido, ausente, incapaz o eliminado. En este caso los herederos, sucesores o sus representantes legales, deberán unificar su personería y presentación en un solo y único representante frente a la sociedad, y en sus relaciones con la misma, quien no tendrá las facultades de los socios gerentes ni de los liquidadores; b) por retirarse de la sociedad percibiendo el valor proporcional de las cuotas del socio fallecido, ausente, incapaz o eh-minado, puedan tener con relación al balance general que se practicará a ha fecha del fallecimiento, declaración de ausencia, incapacidad o exclusión del socio. Este balance deberá ser confeccionado dentro de los 60 días de acaecida ha muerte o declaración de ausencia, incapacidad o eliminación del socio, con citación de los herederos, sucesores o representantes legales, a cuyos efectos deberán los mismos actuar bajo única y sola representación, unificando su personería. En el caso del apartado b) el importe resultante se abonará a los herederos o sucesores dentro en veinticuatro cuotas pagaderas, la primera de inmediato y las veintitrés restantes a partir de los sesenta días en veintitrés meses respectivamente, debiendo actualizarlas con el interés fijado por el Banco de la Nación Argentina, para préstamos de capital ajustables, no pudiendo pretender los herederos o sucesores participación alguna en las utilidades o beneficios sociales obtenidos con posterioridad ah día del fallecimiento, declaración de insania o exclusión. El representante de los herederos podrá ser socio o no, en caso de ser socio quedará sin efecto la prohibición establecida anteriormente de ser gerente o administrador de la sociedad. La decisión de los herederos deberá comunicarse por éstos a ha sociedad, en eh término de diez días de ocurrido eh fallecimiento, declaración de ausencia, incapacidad o exclusión, con nombramiento del representante frente a la sociedad. En defecto de esta comunicación se entenderá que deciden continuar en ha sociedad en has condiciones fijadas por éste artículo.

DECIMO PRIMERA: Disolución y Liquidación: La sociedad se disolverá por las causales de derecho establecidas en el art. 94 de la Ley 19.550 y sus modificatorias. En su caso la liquidación se practicará por los gerentes en ejercicio en ese momento, salvo que los socios, por las mayorías estipuladas en el punto séptimo decidan nombrar un liquidador, en cuyo caso lo harán dentro de los treinta días de haber entrado la sociedad en ese estado. Los liquidadores actuarán de acuerdo a lo establecido en los arts 101 a 102 de la ley de Sociedades comerciales, e instrucciones de los socios. Realizando el activo y cancelando el pasivo, el saldo tendrá el siguiente destino: a) se reembolsarán las cuotas de capital según su valor actualizado en moneda constante; b) el remanente se distribuirá entre los socios en proporción a la participación de cada uno en las ganancias.

DECIMO SEGUNDA: Diferencia entre los Socios: Cualquier duda o divergencia que se suscite entre los socios acerca de la interpretación del presente documento o entre ellos y sus herederos, legatarios y/o representantes legales del socio fallecido o incapacitado durante la vigencia del mismo o al tiempo de la disolución, liquidación o partición de la sociedad será sometida a la decisión de los Tribunales ordinarios de la ciudad de Rosario, cuya competencia se someten todos los socios, renunciando expresamente, a cualquier otro fuero o jurisdicción, incluso renuncian todos los socios al Fuero Federal, si pudiere corresponderles.

DECIMA TERCERA: Inscripción. Los señores abogados JUAN PEDRO RODENAS, JOSE IGNACIO TORNAMBE y ADRIAN DIAZ tienen poder amplio para realizar los trámites legales de constitución y de inscripción de la sociedad, pudiendo aceptar todas las modificaciones a este contrato, inclusive en la denominación social. Cualquier duda de interpretación de este instrumento se regirá por lo establecido en la Ley 19.550 y en las normas del Código de Comercio o del Código Civil.

Bajo las cláusulas que anteceden, dejan constituida los otorgantes la presente sociedad de Responsabilidad Limitada; y previa lectura y ratificación del presente documento, a cuyo fe estricto cumplimiento se obligan en forma legal, firman el mismo en cinco ejemplares de un mismo tenor y a un solo efectos, en el lugar y fecha más arriba indicados.

$ 700 506519 Set. 15

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MG FERRADAS SA


ESTATUTO


En la ciudad de Rafaela - Departamento Castellanos - Provincia de Santa Fe, En el expediente CUIJ Nº: 21-05396031-3 - Expte : 572/2023 Caratulado MG FERRADAS SA s/Constitución de sociedad, la Secretaria del Registro Publico de la Localidad de Rafaela hace saber, que mediante Instrumento de Fecha 10 de Agosto de 2023, el señor Matías Héctor Ferradas, DNI Nº: 35.222.517, Comerciante, nacido el 31/05/1990, Casado, C.U.I.T. Nº 20-35222517-8, correo electrónico matiferradasgmail.com , domiciliado en calle Luis Marsico - N° 2106 de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe; hábil para contratar; de nacionalidad argentina ; y el Sr. Gonzalo José Ferradás – DNI Nº: 36.055.244, Comerciante nacido el 09/05/1992, Casado, CUIT Nº: 20-36055244-7, correo electrónico gonzalojoseferradas@gmail.com, domiciliado en calle Los Cedros N° 1.722, de la ciudad de Rafaela, pcia. de Santa Fe; hábil para contratar, de nacionalidad argentina : resuelven dejar constituida una Sociedad anónima que se denominará MG Ferradas SA, la cual tendrá una duración de noventa y nueve años contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público. Su domicilio legal será en la ciudad de Rafaela, Santa Fe; Objeto Social: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros, o asociada a terceros, en cualquier punto de la República: a) Actividades recreativas de Padle, venta de insumos afines al Paddle, expendio de bebidas, comidas y souvenires. En los casos que por el tipo de actividad enunciada en el presente objeto social se requiera la concurrencia de profesionales matriculados con incumbencia en las áreas pertinentes, la sociedad realizará la contratación de los servicios profesionales conforme a las leyes en vigencia. La sociedad no realizará las actividades previstas en el artículo 299, inciso 4º de la ley 19.550. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. Capital Social: El Capital Social es de Pesos Ochocientos Mil ($ 800.000,00), representado por 8000 acciones, ordinarias, nominativas, no endosables, de cien Pesos ($ 100) cada una y con derecho a un voto por acción. Podrán asimismo emitirse acciones con derecho a dividendos, pero sin derecho a voto. Por otra parte y por resolución de la Asamblea General Ordinaria y conforme lo dispone el Art. 188 de la ley 19.550, el capital social puede elevarse en una o más oportunidades, hasta el quíntuplo de su monto, mediante emisión de acciones ordinarias nominativas, no endosables, con derecho a un voto por acción, o sin derecho a voto. La Asamblea solo podrá delegar en el Directorio, la facultad de realizar las emisiones de acciones en el tiempo que estime conveniente, como asimismo la determinación de la forma y condiciones de pago de las mismas. Administración y representación: La administración de la sociedad será dirigida por un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea entre un mínimo de uno y un máximo de tres miembros titulares. La asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo con el fin de llenar las vacantes que se produjeren, en el orden de su elección. Podrán ser reelectos indefinidamente y durarán tres ejercicios en sus funciones, entendiéndose prorrogados sus cargos hasta el día que sean designados sus reemplazantes por la Asamblea General Ordinaria, en los términos del artículo 234 de la ley 19.550. La Asamblea designará entre los directores electos en caso de un directorio plural, a un Presidente y a los Directores Titulares y Suplentes por tres ejercicios. Los directores estarán sujetos a todas las disposiciones legales sobre designación, atribuciones, responsabilidades y remoción, siempre respetando lo dispuesto en el art. 256 de la ley 19.550. Ningún director suplente podrá actuar como director titular sin la previa autorización expresa y escrita del Presidente manifestada en acta de directorio, la cual solo podrá omitirse en caso de fallecimiento, in capacidad o renuncia del Presidente. Primer Directorio: Se designa para integrar el primer Directorio a: Presidente: Matías Héctor Ferradas, DNI Nº: 35.222.517 (CUIT Nº: 20-35222517-8), correo electrónico matiferradas@gmail.com; Director Suplente: Gonzalo José Ferradás, DNI Nº: 36.055.244 (CUIT Nº 20-36055244-7), correo electrónico gonzalojoseferradas@gmail.com. El ejercicio social cierra el 31 de Diciembre de cada año. Se establece como domicilio de la sociedad el sito en calle Dimas Mateo N° 1.031 de la localidad de Rafaela, Dpto. Castellanos, Pcia. de Santa Fe, Argentina. El presente deberá publicarse por un día en el BOLETÍN OFICIAL (Art. 10 Inc. a, ley 19.550).

Rafaela, 07/09/2023. Julia Fascendini, secretaria.

$ 150 506467 Sep. 15

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MARMOLERIA MARRONE S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Cumplimentando las disposiciones del artículo 60 de la Ley 19.550 y modificatorias, se hace saber que por Asamblea General Ordinaria del 20 de abril de 2021, la sociedad designa al actual Directorio, distribuyéndose los cargos en Acta de Directorio N° 25 de fecha 22 de abril de 2021, con una duración de tres ejercicios, quedando el mismo compuesto de la siguiente manera: Presidente, Fabián Ariel Marrone, argentino, nacido el 01/04/1977, empresario, casado, D.N.I. Nº 25.942.566, C.U.I.T. Nº 20-25942566-3, con domicilio en Avda. América 2264 de la ciudad de Funes, provincia de Santa Fe Vicepresidente, Hernán Claudio Marrone, argentino, nacido el 26/04/1972, comerciante, casado, D.N.I. Nº 22.542.794, C.U.I.T. Nº 20-22542794-2, con domicilio en Amuchástegui 1103, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe; Directores Suplentes: Diego Antonio Marrone, argentino, nacido el 19/07/1978, comerciante, separado, D.N.I. Nº 26.973.391, C.U.I.T. Nº 20-26973391-9, con domicilio en Nicaragua 188, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe y Omar Andrés Marrone, argentino, nacido el 02/01/1970, comerciante, separado, D.N.I. Nº 21.415.626, C.U.I.T. Nº 20-21415626-2, con domicilio en Nicaragua 188, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe. Los directores establecen domicilio especial en Mendoza 2403, de Rosario, Provincia de Santa Fe.

$ 100 506522 Sep. 15

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PRS OBRAS SRL


CONTRATO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados PRS OBRAS SRL s/Constitución de sociedad; CUIJ Nº 21-05211724-8 de trámite por ante el Registro Público se hace saber: En la ciudad de Santa Fe, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe a los once días del mes de julio de dos mil veintitrés, reunidos el señor Pablo Raúl SCAREL argentino, Documento Nacional de Identidad N° 27,040.104, comerciante, CU1T N° 20-27040014-0, nacido el 5 de enero de 1979, casado en primeras nupcias con Roxana Hebe Estela Meurzet, domiciliado en calle Santiago del Estero N° 1545 de la ciudad de Santo Tome - Pcia de Santa Fe, Facundo Pablo Scarel, argentino, Documento Nacional de Identidad N° 45.058.395, estudiante, CUIT Nº 20-45058395-3, nacido el 4 de agosto de 2003, soltero, domiciliado en calle Santiago del Estero N° 1545 de la ciudad de Santo Tome - Pcia de Santa Fe y Camila Scarel, argentina, Documento Nacional de Identidad N° 42.183.148, estudiante, CUIT N° 27-42183148-9, nacida el 16 de noviembre de 1999, soltera, domiciliada en calle Buenos Aires N° 4011 de la ciudad de Santo Tome - Pcia de Santa Fe, convienen en constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada. Denominación: La sociedad girará bajo la denominación de PRS Obras S.R.L. Domicilio: Se establece domicilio en la ciudad de Santo Tome, Provincia de Santa Fe, pudiendo trasladarlo a cualquier punto del país como así también abrir sucursales en cualquier lugar de la República Argentina. Duración: El término de duración de la Sociedad será de diez años a contar de la fecha de inscripción en el Registro Público. Objeto: I) La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros -para lo cual podrá hacer uso de cualquier figura jurídica-, tanto en el país como en el exterior, en inmuebles propios de los socios, de la sociedad o de terceros, las siguientes actividades: a) Comercial: Mediante la compra, venta, comercialización, alquiler, distribución, consignación, comisión y representación, incluso por medios informáticos y/o de internet, de toda clase de artículos, frutos y/o productos nacionales o extranjeros, en el país o en el exterior. b) Importación y exportación: Mediante la importación y exportación de toda clase de materias primas, productos, subproductos, artículos, y mercaderías de origen industrial, agrícola, ganadero, forestal y mineral. c) Constructora: Mediante la construcción y/o refacción de inmuebles urbanos y/o rurales, de cualquier naturaleza, y sea de edificios, viviendas estructuras metálicas o de hormigón, caminos, puentes, desagües, redes eléctricas o sanitarias, inclusive sometidos a propiedad horizontal u otros derechos reales, urbanizaciones, obras civiles y todo tipo de obras de ingeniería y arquitectura, de carácter público o privado, y el proyecto y dirección de las mismas, por el sistema de compraventa al costo o constitución de consorcios de propietarios u otras modalidades de contratación permitidas por la ley. d) Fiduciaria. Actuar como fiduciario, de conformidad a las disposiciones del articulo 1673 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación y con arreglo a las demás disposiciones legales y reglamentarias que resultaren de aplicación, e) Servicios: Mediante la prestación de servicios de asesoramiento, consultoría, gestión y/o prestación de servicios relativos a los numerales anteriores, y especialmente sobre proyectos y asistencia en materia constructiva. f) Mandataria: Ejercer mandatos, representaciones, agencias y comisiones. En especial, podrá actuar como agente o mandataria para todo tipo de operaciones de la naturaleza indicada en los numerales anteriores. II) Sin perjuicio de que la sociedad participe en sociedades constituidas tanto en el país como en el extranjero o ejerza el control sobre las mismas, como actividad propia queda excluida toda intermediación en la oferte y demanda de recursos financieros reglamentada por leyes específicas, en particular por la Ley de Entidades Financieras N° 21.526 y/o sus modificatorias o cualesquiera otras en las que se requiera el concurso público. III) A los fines expuestos, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todos los actos que no sean expresamente prohibidos por las leyes o este contrato social. IV) Las actividades mencionadas anteriormente serán realizadas por la sociedad a través de personal idóneo en la materia que se contratará a esos efectos. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos contraer obligaciones y realizar todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Contrato Social. La Sociedad no tendrá por objeto ninguna de las actividades previstas por el art. 299 de la Ley General de Sociedades N° 19.550, T.O. 1984. Quedan también expresamente excluidas las actividades de intermediación en (a oferta y (a demanda de bienes y/o servicios ajenos y/o comprendidas en la normativa emanada de la Ley N° 13.154 de la Provincia de Santa Fe. Manifestación de los socios sobre continuación de explotación: Los socios manifiestan que, a los fines de la inscripción de la presente sociedad PRS Obras S.R.L. en los diferentes organismos públicos, nacionales, provinciales y municipales, a los efectos licitatorios, inscripciones o actualizaciones de capacidad ante los registros de contratistas, la presente sociedad se constituye como continuadora de la explotación personal que el socio Pablo Raúl Scarel realiza hasta el momento bajo el CUIT N° 20-27040014-0. Capital social: Se constituye en la suma de pesos cuatrocientos mil ($ 400.000) dividido en cuarenta mil cuotas de capital de diez pesos ($ 10) cada una, que han sido suscriptas en su totalidad por los socios en las siguientes proporciones: Pablo Raúl Scarel suscribe veinte mil (20.000) cuotas de capital de pesos diez ($ 10) cada una por un valor total de pesos doscientos mil ($ 200.000), Facundo Pablo Scarel suscribe diez mil(10.000) cuotas de capital de pesos diez ($ 10) cada una por un valor total de pesos cien mil ($ 100.000) y Camila Scarel suscribe diez mil (10.000) cuotas de capital de pesos diez ($ 10) cada una por un valor total de pesos cien mil ($ 100.000). El capital suscripto en este acto por los socios, es integrado por los mismos en efectivo, en un veinticinco por ciento en este momento, comprometiéndose a integrar el setenta y cinco por ciento restante en un plazo no mayor a dos años, en efectivo, a contar de la fecha del presente contrato. La administración y dirección de la Sociedad estará a cargo de un (1) gerente, el cual podrá ser socio o no. Podrán designarse uno o más suplentes. La sociedad cerrará su ejercicio el día 30 de junio de cada año. La sede social queda fijada en calle Santiago del Estero N° 1545 de la ciudad de Santo Tome, departamento La Capital, República Argentina. La administración de la sociedad estará a cargo del socio, Pablo Raúl Scarel, Documento Nacional de Identidad N° 27.040.104, quien revestirá el carácter de socio gerente. La socia Camila Scarel Documento Nacional de Identidad N° 42.183.148, será la socia gerente suplente. El socio gerente ejercerá la representación legal de la sociedad. La sociedad cerrará su ejercicio el día 30 de junio de cada año.

Santa Fe, 04 de septiembre de 2023. Dr. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 300 506516 Sep. 15

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PAMPACROPS S.R.L.


CONTRATO


1) Fecha del acto: 23.06.2023.

2) Datos de los socios: Guillermo Alfredo Wirsch, D.N.I. N° 26.322.982, de nacionalidad argentina, C.U.I.T. N° 20-26322982-8, domiciliado en calle Catamarca N° 363 de la ciudad de Villa Constitución, nacido el 30 de enero de 1978, casado en primeras nupcias con Leticia Cimino, de profesión Ingeniero Agrónomo y Damián Nicolás Carrillo, D.N.I. N° 32.606.080, de nacionalidad argentina, C.U.I.T. N° 20-32606080-2, domiciliado en calle Acevedo N° 63 bis de la ciudad de Villa Constitución, nacido el 17 de octubre de 1986, soltero, de profesión Ingeniero Agrónomo.

3) Domicilio y sede social: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Villa Constitución o donde en el futuro resuelvan trasladarlo, pudiendo establecer sucursales, agencias, representaciones o depósitos en cualquier parte del país o del extranjero.

4) Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto ya sea por cuenta propia, por cuenta de terceros o asociada a terceros las siguientes actividades: A) Actividad Agropecuaria: Multiplicación, difusión y comercialización de semillas o simientes. Explotación en todas sus formas de establecimientos agropecuarios agrícolas, ganaderos, frutícolas, forestales, de granjas, olivicultura y viñedos, cría de ganado de todo tipo y especie. Explotación de invernada y de cabañas para producción de animales de raza en sus diversas calidades. Prestar servicio de cosecha, labranzas, siembras y pulverización. Consultoría. B) Actividad Comercial: Compra-venta, importación, exportación, cesión, representación, mandato, comisión, transporte, distribución y comercialización en todas sus formas de fertilizantes, semillas, fitosanitarios, domisanitarios, maquinarias y productos agrícolas en general. C) Actividad Industrial: Producción, elaboración, acopio-, transformación y fraccionamiento de productos agrícola-ganaderos y sus derivados en general y especialmente de fertilizantes, semillas, fitosanitarios, nuevos cultivos y granos. Operaciones con plantas elaboradoras y refinería de esos productos. D) Construcción: construcción de inmuebles, para uso de vivienda u oficinas. La sociedad podrá contratar con el Estado nacional, Estados provinciales y/o municipales, presentarse en licitaciones públicas y privadas.

5) Plazo de duración: La sociedad tendrá una duración de 20 (veinte) años a partir de la inscripción en el Registro Público.

6) Capital Social: El capital social se fija en la suma de $ 2.500.000 (dos millones quinientos mil de pesos) dividido en 250 (doscientas cincuenta) cuotas de valor nominal $ 10.000 (diez mil pesos) cada una, suscripto e integrado por los socios en las siguientes proporciones: Guillermo Alfredo Wirsch suscribe 125 (ciento veinticinco) cuotas de capital de $ 10.000 (diez mil pesos) cada una, lo que hace un total de $ 1.250.000 (un millón doscientos cincuenta mil pesos) y Damián Nicolás Carrillo suscribe 125 (ciento veinticinco) cuotas de capital de $ 10.000 (diez mil pesos) cada una, lo que hace un total de $ 1.250.000 (un millón doscientos cincuenta mil pesos); integrando cada uno de los nombrados en este acto el veinticinco por ciento, en efectivo, de acuerdo al certificado de depósito que se acompaña, comprometiéndose a integrar el resto también en efectivo en un plazo no superior a dos años.

7) Administración y fiscalización: La administración, dirección y representación de la sociedad estará a cargo de uno o más gerentes, teniendo el uso de la firma social en forma exclusiva con el aditamento de socio gerente precedida de la denominación Pampacrops S.R.L. asumiendo la representación de la sociedad ante instituciones de cualquier naturaleza. Los gerentes durarán en su cargo 3 ejercicios, en el caso de ser socios deberán alternarse para ocupar el cargo, salvo acuerdo unánime de socios.

8) Cierre de ejercicio: La sociedad llevará su contabilidad en forma legal, cerrando su ejercicio el día 30 de junio de cada año, con sujeción a normas legales y criterios técnicos usuales en materia administrativa y contable, que exponga la situación patrimonial a ese momento, así como un estado de resultados del ejercicio.

Agosto de 2023.

$ 250 506538 Sep. 15

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QUIERO ENVASES S.R.L


CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación, a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaria Dra. María Julia Petracco y por Resolución de fecha 06 de Septiembre de 2023, e ordenó la publicación de edictos del contrato societario de: QUIERO ENVASES S.R.L.

Socios: DIEGO KLIMKEIT, de apellido materno Sager, argentino, de profesión Ingeniero Agrónomo, nacido el veintinueve de Mayo de mil novecientos noventa y dos, D.N.I. 35.645.033, CUIT N° 20-35645033-8, Soltero, domiciliado en zona rural Maggiolo, departamento General López, Provincia de Santa Fe; JULIETA KLIMKEIT de apellido materno Sager, argentina, profesión Ingeniera Agrónoma y Docente, nacida el veintiocho de Agosto de mil novecientos noventa, D.N.I. 35.078.635, CUIT N° 27-35078635-5, soltera, domiciliada en zona rural Maggiolo, departamento General López, Provincia de Santa Fe; y CAROLINA KLIMKEIT, de apellido materno Sager, argentina, profesión Docente, nacida el diecinueve de Enero de mil novecientos ochenta y cinco, D.N.I. 33.177.615, CUIT N° 27-33177615-2, casada en primeras nupcias con Ricardo Sebastián Sensolini, D.N.I 31.302.497, domiciliada en calle 25 de Mayo N° 2165 de la ciudad de Venado Tuerto, departamento General López, Provincia de Santa Fe.

Denominación: QUIERO ENVASES S.R.L.

Fecha de constitución: 24 de Mayo 2023.

Domicilio: Alvear N° 1551 de la ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López.

Término de Duración: 30 (Treinta) años desde su inscripción en el Registro Público.

Objeto: La sociedad tendrá por objeto: Dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero: la compra, venta, por mayor y menor, importación y exportación de artículos de bazar, del hogar, regalaría, adornos, decoración, tapicería, mantelería, ropa de blanco, marroquinería, relojería, mueblería, accesorios para el hogar, electrodomésticos, todo lo que haga al equipamiento integral y decoración del hogar, oficinas, espacio de trabajo y acordes. Venta online a través de internet y/o canales de distribución similares.

Capital: El capital social se fija en la suma de pesos cuatrocientos mil ($400.000,00), dividido en cuatrocientas (400) cuotas de Pesos MIL ($1.000,00).

Cierre de Ejercicio: El ejercicio social cierra el 30 de Junio de cada año.

Administración: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de uno o más Gerentes, socios o no, quienes tendrán facultades para comprometerla firmando en forma individual e indistinta cualquiera de ellos.

Gerentes: Ruth Susana Sager, D.N.I. N° 14.912.679, Diego Klimkeit, D.N.I. 35.645.033, Julieta Klimkeit, 35.078.635 y Carolina Klimkeit, 33.177.615

Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios.- En las deliberaciones por asuntos de la sociedad expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentarán en un libro especial rubricado, que será el Libro de actas de la sociedad, detallando los puntos a considerar. Las decisiones se adoptarán según las mayorías establecidas por el Art. 160 de la Ley 19.550. Venado Tuerto, Septiembre de 2023.

$ 160 506524 Set. 15

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SAN JUSTO S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los autos caratulados: SAN JUSTO S.A. s/Designación de Autoridades” (expediente N° 1768 año 2023, CUIJ 21-05211987-9) que se tramita por ante el Registro Público de Santa Fe se hace saber que: Por resolución de la Asamblea General Ordinaria unánime N° 86 de fecha 10 de Julio de 2.023 y según Acta de Directorio N° 378 de fecha 10 de Julio de 2023 se ha procedido a la designación de un nuevo Directorio, Siendo designados Directores titulares: Presidente: el Sr. Ingeniero Hernán Néstor Costa, DNI 6.308.320, CUIT 20-06.308.320-9, argentino, fecha de nacimiento 2910211948, Ingeniero Civil, casado, con domicilio en calle Batalla de Tucumán 2330 de San Justo, Vicepresidente: la Sra. Celia Beatriz Zilli de Costa DNI 5.682.4811 CUIT 27-05.682.481-8, argentina, fecha de nacimiento 12/02/1950, jubilada, casada, con domicilio en calle Batalla de Tucumán 2330 de San Justo y Director suplente: el Sr. Pablo Enrique Costa, DNI 24.081.573, CUIT 20-24.081.573-8, argentino fecha de nacimiento 17/10/1974, soltero, asesor en dirección y gestión empresarial con domicilio en calle San Martín de Balcarce 2354 de San Justo, todos con mandato por tres años en sus funciones. Lo que se publica a los efectos legales y por el término de ley. Santa Fe, 06 de Septiembre de 2.023. Jorge E. Freyre, Secretario. Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.

$ 60 506473 Set. 15

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SEGUI GROUP S.R.L.


CONTRATO


En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10 inciso a) de la Ley 19.550, se hace saber de la constitución social de SEGUI GROUP S.R.L. de acuerdo al siguiente detalle:

1) Datos personales de los socios: CARLOS ADRIAN MARTINEZ, argentino, comerciante, de estado civil casado, nacido el 15 de febrero de 1978, titular del DNI N° 26.877.348, 2026877348-8 domiciliado en calle Iriondo 4086 de Rosario, y CARLOS ALAN MARTINEZ, argentino, comerciante, nacido en fecha 12 de julio de 1998, de estado civil soltero, titular del DNI N° 41.343.055, 20-41.343.055-1, con domicilio en calle Iriondo 4086 de Rosario

2) Fecha del instrumento constitutivo: 31/03/2023.

3) Denominación social: SEGUI GROUP S.R.L.

4) Domicilio y sede social: Ov. Lagos 3395 de Rosario.

5) Objeto social: La sociedad tiene por objeto dedicarse a la venta, reparación y mantenimiento de artículos del hogar y equipos de refrigeración, venta de repuestos tanto de línea blanca como línea marrón, como asimismo todo lo relacionado a impresión 3D, venta de impresoras, accesorios, insumos y servicios de impresión 3D, comercialización de todo lo mencionado anteriormente al por menor y mayor, importación y exportación de toda clase de productos y subproductos de partes y piezas, relacionados al objeto principal.

6) Plazo de duración: 25 (veinticinco) años contados a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

7) Capital social: El capital social se fija en la suma de pesos un millón ($1.000.000), representado por mil (1.000) cuotas de pesos mil ($1000) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: CARLOS ADRIAN MARTINEZ, suscribe quinientas (500) cuotas de pesos mil ($1000) cada una, o sea, pesos quinientos mil ($500.000); y CARLOS ALAN MARTINEZ suscribe quinientas (500) cuotas de pesos mil ($1000) cada una, o sea, pesos quinientos mil ($500.000). Los socios integran el 25% (veinticinco por ciento) de los montos suscriptos en dinero efectivo en este acto, comprometiéndose a integrar el 75% (setenta y cinco por ciento) restante en el término máximo de dos años a contar de la fecha del presente instrumento.

8) Administración y fiscalización: La administración de la sociedad estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, quienes tendrán facultades de comprometerla actuando en forma indistinta, a tal fin se usarán sus propias firmas con el aditamento de “socio gerente” o “gerente”, según el caso, precedida de la denominación social, que estamparán en sello o de su puño y letra. La fiscalización queda a cargo de los señores socios de acuerdo a las disposiciones del artículo 55 de la Ley 19.550.

9) Representación legal: Corresponde a uno o más gerentes, socios o no, con uso de la firma social en forma indistinta, habiéndose designado a CARLOS ADRIAN MARTINEZ, y CARLOS ALAN MARTINEZ quienes actuarán de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula sexta del contrato social.

10) Fecha de cierre de ejercicio: el 31 de Diciembre de cada año.

$ 70 506560 Set. 15

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TYKEYRA S.R.L.


CONTRATO


Por disposición de la Señora Jueza Subrogante en lo Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría de la Dra. María Julia Petracco, se procede a realizar la siguiente publicación, conforme al art. 10 de la Ley N° 19.550 y según Resolución del día 06 de Setiembre de 2.023:

1) INTEGRANTES DE LA SOCIEDAD: MARCOS BALTASAR GUARNIERI, D.N.I. N° 28.775.445, CUIT N° 20-28775445-1, apellido materno Me Loughlin, argentino, productor agropecuario, casado en primeras nupcias con Melina Raschetti, nacido el 19 de Marzo de 1.982, domiciliado en Presbítero Secundino Sánchez Nº 850 de la localidad de Cafferata, Departamento General López, Provincia de Santa Fe CP.2643, MARIANO JOSE GUARNIERI, D.N.I. N° 33.327.522, CUIT N° 20-33327522-9, apellido materno Me Loughlin, argentino, productor agropecuario, casado en primeras nupcias con Florencia Paula Graciano, nacido el 31 de Octubre de 1987, domiciliado en Chile Nº 357 de la ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe C.P. 2600 y MATÍAS HORACIO GUARNIERI, D.N.I. N° 30.641.399, CUIT Nº 20-30641399-7, apellido materno Me Loughlin, argentino, productor agropecuario, casado en primeras nupcias con Marianela Bakota, nacido el 10 de Abril de 1.985, domiciliado en Presbítero Secundino Sánchez Nº 850 de la localidad de Cafferata, Departamento General López, Provincia de Santa Fe, CP. 2643.

2) FECHA INSTRUMENTO DE CONSTITUCIÓN: 15 de Agosto de 2.023.-

3) DENOMINACIÓN DE LA SOCIEDAD:” TYKEYRA S.R.L.” ———————-

4) DOMICILIO DE LA SOCIEDAD: Juan Bautista Cabral N° 85 de la localidad de San Francisco, Departamento General López, Provincia de Santa Fe, CP.2604.

5) OBJETO SOCIAL: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en campos propios y/o por arrendamiento o aparcería, a:1) Explotación agrícola, con producción de trigo, maíz. Soja, girasol y demás cereales y/u oleaginosas; 2) Explotación ganadera mediante cría engorde e invernada de hacienda vacuna; 3) Servicios de contratista rural; 4) Transporte automotor de todo tipo de mercaderías y/o cargas, excepto combustibles, dentro o fuera del territorio nacional, con móviles propios y/o de terceros, y/o asociada a terceros; 5) Industrialización de oleaginosas para la obtención de aceites y/o sub-productos para su comercialización, incluyendo la explotación de los mismos. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidas por las Leyes o por este Contrato.

6) PLAZO DE DURACIÓN: Cincuenta (50) años a partir de su inscripción en el Registro Público de Venado Tuerto.

7) CAPITAL: El Capital Social se fija en la suma de seiscientos mil pesos ($600.000.-) dividido en sesenta mil (60.000) cuotas de Capital de Diez pesos ($10.-) cada una, que los socios suscriben e integran en la siguiente forma y proporción: MARCOS BALTASAR GUARNIERI suscribe veinte mil (20.000) cuotas de Diez pesos ($10.-) cada una, por un total de doscientos mil pesos ($200.000.-) en proporción del Treinta y tres coma treinta y tres por ciento (33,33%) del total del Capital Social, integrando en este acto, en efectivo, el veinticinco por ciento (25%) que representan cincuenta mil pesos ($50.000.-), MARIANO JOSE GUARNIERI suscribe veinte mil (20.000) cuotas de Capital de Diez pesos ($10.-) cada una, por un total de doscientos mil pesos ($200.000.-) en proporción del Treinta y tres coma treinta y tres por ciento (33,33%) del total del Capital Social, integrando en este acto, en efectivo el Veinticinco por ciento (25%) que representan cincuenta mil pesos ($50.000.-) y MATÍAS HORACIO GUARNIERI suscribe veinte mil (20.000) cuotas de Diez pesos ($10.-) cada una, o sea un total de doscientos mil pesos ($200.000.-) en proporción del Treinta y tres coma treinta y tres por ciento (33,33%) del total del Capital Social, integrando en este acto, en efectivo, el veinticinco por ciento (25%) que representa cincuenta mil pesos ($50.000.-).- Todos los socios deberán integrar el restante Setenta y Cinco por ciento (75%) del Capital suscripto, que representa cuatrocientos cincuenta mil pesos ($450.000.-), dentro del año posterior a la inscripción de la sociedad en el Registro Público respectivo.

8) ORGANO DE ADMINISTRACION Y FISCALIZACION: La administración estará a cargo del señor MARCOS BALTASAR GUARNIERI, D.N.I. N° 28.775.445, CUIT Nº 20-28775445-1, quien reviste el cargo de SOCIO-GERENTE. La fiscalización será ejercida por todos los socios.

9) REPRESENTACION LEGAL: Estará a cargo del Socio-Gerente.

10) FECHA DE CIERRE DEL EJERCICIO: 31 de Julio de cada año.

11) CESION DE CUOTAS: Las mismas son de libre transmisibilidad, con prioridad a favor de los demás socios. En caso negativo, el socio podrá ofrecerlas a terceros. Las transferencias de cuotas a terceros se regirán por lo dispuesto en el Artículo 152 de la Ley 19.550. Venado Tuerto, 08 de Setiembre de 2.023.

$ 256 506533 Set. 15

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TECNO CONSULTING S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Se hace saber que, los accionistas de TECNO CONSULTING Sociedad Anónima, inscripta en Rosario, en Estatutos al Tomo 96, Fo1iol4838, Nro. 717 el 20/10/2015; han resuelto en Asamblea General Extraordinaria de fecha 30/11/2022 renovar el mandato de los actuales miembros del Directorio por tres ejercicios comerciales, designando como; Director Titular y Presidente del Directorio: Sr. Daniel Rizzo, argentino, casado, DNI N° 13.449.179, mayor de edad, comerciante, fecha de nacimiento: 07/11/1957 con domicilio en especial en Calle 9 Nro. 2778 de la ciudad de Granadero Baigorria, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe y como Director Suplente al Sr. Cristian Boggino, argentino, casado, DNI N° 33.043.247, mayor de edad, comerciante, fecha de nacimiento: 09/11/1987 con domicilio especial en Calle 9 Nro. 2778 de la ciudad de Granadero Baigorria, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe.

$ 50 506541 Set. 15

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VALENTI - RESQUIN S.R.L.


CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial, a cargo del Registro Público de Comercio, se ha dispuesto la publicación de la constitución de: VALENTI - RESQUIN S.R.L.: Datos de los Socios: LUIS MARIA VALENTI, de nacionalidad argentina, nacido el 01 de Mayo de 1964, de profesión técnico en computación y estado civil soltero, con domicilio en Bvard. Otoño número 335, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, titular del DNI número 16.935.121 y C.U.I.T 20-16935121-1 y MARCOS GONZALO RESQUIN, de nacionalidad argentina, nacido el 21 de Enero de 1985, de profesión técnico en computación y estado civil soltero, con domicilio en calle Alem, número 3723, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, titular del DNI número 31.352.546 y C.U.I.L 20-31352546-6, siendo ambos hábiles para contratar. Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio legal en Bvard. Otoño número 335, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. Duración: El término de duración se fija hasta el día 31 de diciembre de 2028. Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse a la prestación de: a) Servicios de mantenimiento de sistemas y equipos de computación y, b) Servicio de diseño, instalación y control de módulos y sistemas. Capital: El capital social se fija en la suma de pesos quinientos mil ($ 500.000,00) Administración, Dirección y Representación: Estará a cargo de ambos socios, Sres. Luis María Valenti y Marcos Gonzalo Resquín, quienes la asumen con el carácter de “socio gerente”, actuando en forma indistinta. Fiscalización: Estará a cargo de todos los socios quienes la ejercerán por si mismos. Ejercicio Económico: La sociedad cenará su ejercicio el día 31 de diciembre de cada año. Patrocinante: Dr. C.P Carlos F. Rodríguez. Lugar y Fecha del Instrumento de Constitución de la Sociedad: Rosario, 01 de setiembre de 2023.

$ 100 506550 Set. 15

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