VERA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
POR
EDUARDO ALBERTO ROMERO
Por orden señor Juez Primera Instancia Distrito Civil, Comercial y Lab.1era.Nominación Vera, el secretario suscribiente hace saber que en autos caratulados: VILLASBOAS, NELLY DEL SALVADOR C/ VILLASBOAS, TITO ARMANDO Y OTROS S/ DIVISION DE CONDOMINIO “ ( CUIJ 21-25202175-9), se ha dispuesto que el martillero Eduardo Alberto Romero, (Mat. 723-R-50), venda en pública subasta al último y mejor postor en las Puertas/Hall de ingreso de los Tribunales de la ciudad de Vera, el día 28 de Agosto de 2023 a las 11.00 hs. los. siguientes inmuebles: 1°) “Una fracción de campo con todo lo clavado, plantado , edificado y adherido al suelo, ubicado en Colonia EspÍn, Distrito Vera ,Depto. Vera, Prov. de Santa Fe, la que se designa con la letra “ B” en el plano de mensura y subdivisión confeccionado por el Ing. Carlos A. García Vázquez, y registrado en el Departamento Topográfico de la provincia bajo el n° 113.274, según el cual consta de Trescientos veinte metros, con veinte centímetros en sus costados Norte y Sur por Un mil novecientos ochenta y cuatro metros diez centímetros en su costado Oeste y Un mil novecientos ochenta y cuatro metros veinte centímetros en su costado Este, siendo sus ángulos internos Nord-Este de 90°, Nord-Oeste y Sud-Oeste de 90 00 30” y Sud-Este de 89° 59 00”, encerrando una superficie total de sesenta y tres hectáreas, cincuentidos áreas, noventiocho centiáreas y sesentiun decímetros cuadrados ( 63,529861 Has), lindando al Norte con Tito Armando Villasboas, al Sur camino público en medio con Luis M.Buyatti, al Este con la fracción de campo que se adjudicara en esa misma partición a Tito Armando Villasboas y Nelly Villasboas y al Oeste con el lote A de este mismo plano adjudicado a Nelly, Peregrina Angélica e Ilda Hortensia Villasboas” y 2°) Una fracción de campo, con todo lo clavado, edificado y adherido al suelo, ubicada en Colonia Espín, Distrito Vera, Departamento Vera, Provincia de Santa Fe, compuesta de una superficie total de Trescientos treinta hectáreas, veintisiete áreas, dieciséis centiáreas y ochocientos ochenta y tres milímetros cuadrados que se encierran en un paralelogramo rectangular, que mide: mil seiscientos cincuenta metros con noventinueve mil ciento trece cien milímetros, en sus lados Norte y Sur por dos mil metros con cuatro mil cuatrocientos cuarenticinco cien milímetros en sus lados Este y Oeste y que linda al Norte parte con Ramón Eduardo Villasboas y el resto hacia el Oeste con Tito Armando Villasboas, al Este con Héctor Lucio Villasboas y al Oeste con el lote “ B” del plano 113.274 adjudicado en esta partición a Tito Armando y Nelly Villasboas y al sur con Lorenzo Seghezzol y Señora” y cuyo dominio consta inscripto en el Registro General de la Propiedad de Santa Fe, al Tomo 161 Folio 345 Número 14026 Depto. Vera no registrándose, embargos, hipotecas ni inhibiciones.- En el supuesto de que el día fijado resultare inhábil y/o por razones de fuerza mayor no se pudiere realizar la subasta, la misma se efectuará el día inmediato posterior hábil a la misma hora y en el mismo lugar. Dichos inmuebles se venderán en block, con la base de $ 43.561.028,14.- y de no haber postores por dicha base seguidamente con la retasa del 25% ( $ 32.685.771.-) y de persistir la falta de postores seguidamente con una tercera y última base equivalente al 50% de la base original ( $ 21.790.514,07.-). De no haber oferentes por esta última base, se retirará de la venta.- Adjudicado el bien quien resultare comprador deberá abonar en el acto de remate, el 10% del precio de su compra y como a cuenta de la misma, con más el 3% de comisión de ley, todo en dinero efectivo, cheque certificado o cancelatorio, debiendo cancelar el saldo, una vez aprobada la subasta, mediante transferencia bancaria a una cuenta judicial que oportunamente se abrirá en Nuevo Banco de Santa Fe S.A.-Sucursal VERA- para estos autos y de este Juzgado.- Si no se depositara el saldo en el plazo acordado, se dará por decaído el derecho a su adjudicación, siendo responsable de los perjuicios que provoque, con pérdida de la abonado a cuenta del precio. Serán a cargo del comprador los impuestos, tasas, contribución de mejoras o servicios que gravan al inmueble a partir de la fecha de remate, Si el adjudicatario compra en comisión, deberá denunciar su comitente para su constancia en el acto de la subasta, y éste último deberá aceptar la compra, formalmente en el término de cinco días de la fecha de remate, bajo apercibimiento de tener al comisionado como adquirente. Se hace saber al que resulte adquirente, que deberá conformarse con los títulos y demás constancias de autos y que luego del remate no será admisible reclamación alguna por insuficiencia de ellos ( art. 494 C.P.C.C.S.F.). Previo a inscribirse se actualizará el informe al Registro General a los efectos del art. 506 del C,P.C.C.S.F) si correspondiere. Publíquense edictos por el término de ley en el Boletín Oficial y puertas del Juzgado. Las constancias de publicación se acreditarán por Secretaria dos días antes de la fecha prevista para la subasta. Autorízase la publicidad solicitada con cargo de oportuna rendición de cuentas. Practique el acreedor liquidación del crédito y gastos, bajo apercibimientos de tener por válida la última liquidación aprobada a los fines del art. 495 del CPCCSF. Hágase saber que la fecha de exhibición del inmueble serán los días 25.26.y 27 de Agosto de 2023, de 11 a 13 hs. previo contacto con el martillero. Notifíquese por cédula en el domicilio real de los demandados. Todo lo que se hace saber a los efectos legales, en Vera, a 16 de Agosto de 2023. Dra.Margarita Savant( Secretaria).-
$ 750 504875 Ag. 17 Ag. 22
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