picture_as_pdf 2023-08-14

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y

EL MINISTRO DE EDUCACION


RESOLUCIÓN Nº 451 ME

RESOLUCIÓN Nº 1033 MED


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 09/08/2023


VISTO:

EI expediente N° 00321-0000527-6 del Registro del Sistema de Información de Expedientes mediante el cual se gestiona el llamado a Licitación Pública Nacional N° 12/2023 para la “Construcción del edificio Escuela Primaria N° 36 de la localidad de Monte Vera, Departamento La Capital” y;

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Conjunta N° 156 (ME) y N° 0529 (MEdu) de fecha 22/03/2023 se aprobó el Documento de Licitación y se estableció como fecha de apertura de la Licitación LPN N° 12/2023 el día 13 de Abril de 2023 o el primer día hábil siguiente si aquél no lo fuera, a las 12 hs. para el Acto de Apertura de las Ofertas en la Sala de Reuniones del Ministerio de Economía, sito en Avenida Arturo Illia 1151 - 6to Piso de la Ciudad de Santa Fe — Provincia de Santa Fe - República Argentina.

Que se efectuaron publicaciones en el Boletín Oficial de la Provincia y en medios de prensa provincial, nacional, en medios de comunicación electrónica internacional, y en la página web de la provincia de Santa Fe;

Que en fecha 13/04/2023, a las 12:13 hs. se realizó el “Acto de Apertura de Ofertas”, recibiéndose dos (2) ofertas tal cual lo indicado en el Acta de Apertura correspondiente, y que pertenece a: Oferta N° 1: EFE CONSTRUCCIONES S.R.L. por Pesos Setecientos Catorce Millones con 00/1 00 ($ 714.000.000,00) y Oferta N° 2: AUGE S.R.L., por Pesos Ochocientos Treinta y Tres Millones Quinientos Sesenta y Cinco Mil Seiscientos Cuatro con 44/100 ($ 833.565 .604,44);

Que la comisión Evaluadora de Ofertas según consta en el Acta N° 1 de fecha 31/07/23, se abocó a efectuar la revisión general de la documentación que conforman los Sobres Nº 1 de las ofertas presentadas, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo ARTICULO Nº 24: DETALLE DE LA DOCUMENTACION A PRESENTAR del PCByC y en función de ello se confeccionó el ANEXO I – “Documentación Presentada”, que forma parte de la presente acta N° 1 de la mencionada Comisión y en segundo lugar, procedió a efectuar una evaluación pormenorizada de los requisitos formales indicados en el Artículo 24 del PCByC, para lo cual requirió información complementaria a las oferentes EFE Construcciones SRL y AUGE SRL.

Que la oferente EFE Construcciones SRL presenta la documentación requerida por esta Comisión Evaluadora de Ofertas, mientras la oferente AUGE SRL, no presenta documentación alguna, no subsanando en consecuencia las omisiones en la presentación de la oferta por lo cual la Comisión Evaluadora procede a rechazar la misma en virtud del Artículo 24.3) APERTURA DE LOS SOBRES del PCByC;

Que conforme lo establecido en el PCByC, en el artículo 25 PUNTO 2, 3 y 4, la Comisión Evaluadora procedió a la evaluación de los antecedentes técnicos, empresariales y Económicos Financieros, en función de ello se confeccionó el Anexo II “Planilla de Evaluación Sobre N° 1, que forma parte de la presente, resultando de ello que la oferente EFE Construcciones S.R.L. cumple con los requisitos exigidos;

Que posteriormente esta Comisión de Evaluación de Ofertas, procedió a analizar la documentación de los Sobres Nº 2 - Ofertas Económicas presentadas, en base a lo establecido en el Pliego Complementario de Bases y Condiciones - PCByC - Artículo 25 Punto 5 Evaluación de la Oferta Económica.

Que como resultado de todo lo actuado, la Comisión Evaluadora de Ofertas mediante Acta N° 1 de fecha 31/07/23 recomienda adjudicar la licitación a la siguiente oferente: EFE CONSTRUCCIONES S.R.L por Pesos Setecientos Catorce Millones con 00/100 ($ 714.000.000,00);

Que se cuenta con crédito presupuestario específico para afrontar el presente gasto;

Que la Subdirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Coordinación de Proyectos tomo intervención en el marco de su competencia aconsejando la continuidad del trámite;

Que el Secretario de Coordinación de Proyectos del Ministerio de Economía y el Ministro de Educación consideran pertinente la presente gestión y aconsejan la prosecución del trámite;

Que siendo las obras que se licitan por el presenta acto administrativo, de incumbencia específica del Ministerio de Educación y del Ministerio de Economía, en el marco de lo establecido por el Decreto N° 4174/2015 de economía procedimental, resulta procedente exclusivamente la comunicación formal del presente llamado a licitación al Señor Ministro de Gestión Pública para su conocimiento, en su carácter de integrante de la Coordinación General de la Unidad de Gestión;

Que la presente gestión se encuadra en los alcances de la Ley Nº 5188 de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe y sus correspondientes modificatorios, la Ley N°14054 de endeudamiento, y el Decreto N° 0246/2021 de creación de la Unidad de Gestión;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y

EL MINISTRO DE EDUCACION

EN SU CARÁCTER DE COORDINADORES GENERALES

DE LA UNIDAD DE GESTIÓN – DECRETO 0246/2021

RESUELVEN:

ARTICULO 1º: Adjudíquese la obra para la ejecución de la “Construcción del edificio Escuela Primaria N° 36 de la localidad de Monte Vera, Departamento La Capital a la OFERTA Nº 1 correspondiente a la firma EFE CONSTRUCCIONES S.R.L, domiciliada en Suipacha 2175, Piso 1, Of.1 - Santa Fe por la suma de Pesos Setecientos Catorce Millones con 00/100 ($ 714.000.000,00).

ARTICULO 2º: Suscríbanse el Contrato de Obra Pública con la Oferente EFE CONSTRUCCIONES S.R.L, previa constitución de la correspondiente Garantía de Contrato, en un todo de acuerdo a lo requerido en el Documento Licitatorio.

ARTICULO 3°: Restitúyanse las Garantías de Oferta a las empresas oferentes, según lo estipulado en el Documento Licitatorio.

ARTICULO 4º: Impútese el gasto al Presupuesto vigente en el Carácter 1 - Administración Central, Jurisdicción 36 – Ministerio de Economía, SAF 08 – Programa de Saneamiento Financiero y Desarrollo Económico de las Provincias Argentinas, Programa 20, Subprograma 08 – Inclusión Digital y Transformación Educativa “Santa Fe + Conectada”, Proyecto Específico 2 – Fortalecimiento y Modernización de la Infraestructura del Sistema Educativo Provincial, Obra 51 – Construcción y ampliación de edificios escolares, Finalidad 3, Función 4, Fuente de Financiamiento 111 - Tesoro Provincial, Inciso 6 – Activos Financieros, Partida Principal 8 – Incremento de Activo por la suma de PESOS ONCE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MIL ($ 11.424.000,00), Inciso 4 – Bienes de Uso, Partida Principal 2 - Construcciones por la suma de PESOS VEINTIOCHO MILLONES QUINIENTOS SESENTA MIL ($ 28.560.000,00), y Fuente de Financiamiento 846 - Santa Fe + Conectada – CAF – Ley N° 14.054, Inciso 6 – Activos Financieros, Partida Principal 8 – Incremento de Activo por la suma de PESOS CUARENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL ($ 45.696.000,00), Inciso 4 – Bienes de Uso, Partida Principal 2 - Construcciones por la suma de PESOS CIENTO CATORCE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL ($ 114.240.000,00), cifras previstas invertir en el presente ejercicio.

ARTICULO 5º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

S/C 40355 Ag. 14 Ag. 16

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MINISTERIO DE GOBIERNO,

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS


RESOLUCIÓN N° 0033


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 20 JUL 2023

VISTO:

El expediente N° 02001-0066270-2 del Registro del Sistema de Información de Expedientes- MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS- mediante el cual se gestiona la inscripción y matriculación de postulantes en el Registro de Mediadores/as y Comediadores/as Prejudiciales de la Provincia de Santa Fe pertenecientes a la Circunscripción Rafaela, Año 2023 y;

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto N° 1747/11, se reglamenta la Ley N° 13.151 de Mediación y sus modificatorios 4688/14 y 184/19;

Que, por Resolución N° 0002/23 del Subsecretario de Acceso a la Justicia se convoca a inscripción en el Registro de Mediadores y Comediadores de la Provincia de Santa Fe para las circunscripciones de Santa Fe, Rosario, Venado Tuerto, Rafaela y Reconquista, estableciendo asimismo el procedimiento a tal fin;

Que, los y las postulantes que se detallan en el Anexo Único que forma parte de la presente, solicitan su inscripción en el sitio web www.santafe.gov.ar/mediación y presentan toda la documentación requerida en la Agencia de Gestión de Mediación perteneciente a su domicilio, para su inscripción en el Registro de Mediadores y Comediadores de la Provincia de Santa Fe en carácter de mediadores y mediadoras en las distintas sedes de Mediación, comprendidas en las circunscripciones de Santa Fe, Rosario, Venado Tuerto, Rafaela y Reconquista;

Que, asimismo constituyen domicilio a fin de realizar las mediaciones en Oficinas de Mediación o en Centros de Mediación, habilitados a tal fin;

Que, las y los solicitantes han cumplido, de conformidad a los informes de los estamentos técnicos de ésta Subsecretaría de Acceso a la Justicia con los requisitos exigidos por la Ley N° 13.151, el Anexo 1 del Decreto N° 1747/11, modificado por Decreto 4688/2014 y 184/19 y las Resoluciones N° 0413/11 y 0002/23;

Que la presente se dicta de conformidad a lo previsto en los artículos 2 y 3 del Anexo I del Decreto N° 1747/11;

Que la presente se dicta en uso de las facultades consecuentes de lo establecido en el Decreto N° 0214/19 y la estructura orgánica funcional del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE ACCESO A LA JUSTICIA

RESUELVE:

ARTICULO 1º: Inscríbase a los/as mediadores/as que se detallan en el Anexo

Único que forma parte de la presente, en el Registro de Mediadores y Comediadores Prejudiciales de la Provincia de Santa Fe, bajo los números de matrícula y en las sedes de mediación, a los efectos de lo dispuesto en la Ley N° 13.151 y la normativa vigente en la materia.

ARTÍCULO 2°: Otórguese a los mismos las credenciales correspondientes y agréguese la documentación presentada al legajo personal de cada matriculado.

ARTICULO 36: Regístrese, comuníquese, publíquese, vuelvan a la Subsecretaría de Acceso a la Justicia y archívese.


ANEXO ÚNICO

BENDER, GISELA BELEN, DNI N° 31.385.355, sede Rafaela, Matricula N° 2092.

BORK, FLORENCIA, DNI N° 35.953.211, sede Rafaela, Matrícula N° 2097.

CANESIN, MARIA DE LOS MILAGROS, DNI N° 26.869.988, sede San Cristóbal, Matrícula N° 2098.

CORTESE, CAMILA, DNI N° 36.302.971, sede Rafaela, Matricula N° 2099.

FIORITO, ANABELA, DNI N° 29.294.889, sede Sunchales, Matricula N° 2100.

LANFRANCO, FLORENCIA SOFIA, DNI N° 39.365.647, sede Rafaela, Matrícula N°

2101.

LORENZATTI, MELINA BEATRIZ, DNI N° 30.301.587, sede San Jorge, Matrícula N° 2102.

MONTICONE, YANINA PAOLA, DNI N° 37.831.462, sede Rafaela, Matrícula N° 2103.

QUIROS, RITA LORENA, DNI N° 29.927.424, sede Ceres, Matricula N° 2104.

TOMASINI, LAURA LORENA, DNI N° 27.345.124, sede Rafaela, Matrícula N° 2105.

VINCIGUERRA, ROCIO BELEN, DNI N° 34.526.017, sede Rafaela, Matrícula Nº 2106.

S/C 40353 Ago. 14 Ago. 16

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RESOLUCIÓN N° 0034


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 20 JUL 2023

VISTO:

El Expediente 02004-0007850-2 del Registro de Información de Expedientes -MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS- mediante el cual se gestiona la inscripción y matriculación de postulantes en el Registro de Mediadores/as y Comediadores/as Prejudiciales de la Provincia de Santa Fe pertenecientes a Circunscripción Rosario Año 2023; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto N° 1747/11, se reglamenta la Ley N° 13.151 de Mediación y sus modificatorios N° 4688/14 y N° 184/19;

Que por Resolución N° 2/23 del Subsecretario de Acceso a la Justicia se convoca a inscripción en el Registro de Mediadores y Comediadores de la Provincia de Santa Fe para Santa Fe, Rosado, Venado Tuerto, Rafaela y Reconquista, estableciendo asimismo el procedimiento a tal fin;

Que los y las postulantes que se detallan en el Anexo Único que forma parte de la presente, solicitan su inscripción en el sitio web www.santafe.qov.ar/mediación y presentan toda la documentación requerida en la Agencia de Gestión de Mediación -perteneciente a su domicilio- para su inscripción en el Registro de Mediadores y Comediadores de la Provincia de Santa Fe en carácter de Mediadores/as o Comediadores/as;

Que asimismo constituyen domicilio a fin de realizar las mediaciones en Oficinas de Mediación o en Centros de Mediación, habilitados a tal fin;

Que las y los solicitantes han cumplido, de conformidad a los informes de los estamentos técnicos de ésta Subsecretaria de Acceso a la Justicia, con los requisitos exigidos por la Ley Nº 13151, el Anexo I del Decreto N° 1747/11, modificado por Decreto Nº 4688/2014 y N° 184/19 y las Resoluciones N° 0413/11 y Nº 0002/23;

Que en consecuencia, corresponde se inscriban en el Registro de Mediadores y Comediadores de la Provincia de Santa Fe, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 2 y 3 del Anexo I del Decreto N° 1747/11;

Que la presente se dicta en uso de las facultades consecuentes de lo establecido en el Decreto N° 0214/19 y la estructura orgánica funcional del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE ACCESO A LA JUSTICIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° Inscríbase a los MEDIADORES/AS y COMEDIADORES/AS en el Registro de Mediadores/as y Comediadores/as Prejudiciales de la Provincia de Santa Fe, Circunscripción Rosario bajo los números de matrícula que se detallan en el ANEXO ÚNICO y que forma parte de la presente, a los efectos de lo dispuesto en la Ley N° 13.151 y la normativa vigente en la materia.

ARTICULO 2°: Otórguese a los mismos las credenciales correspondientes y agréguese la documentación presentada al legajo personal de cada matriculado.

ARTÍCULO 3º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.


ANEXO ÚNICO

1. ARANDA Camila, DNI 34.937.790, MATRÍCULA 2107.

2. ARIAS Santana Romina Julieta DNI 29.926.218, MATRÍCULA 2108.

3. ASPECHE Natalia Haydee, DNI 25.171.868, MATRÍCULA 2109.

4. BOTTARO Daniela Paula DNI 14.287.954, MATRÍCULA 2110.

5. BOVO Antonela Femada, DNI 33.070.055, MATRÍCULA 2111.

6. CAGRANDI Claudia., DNI 16.881.019, MATRÍCULA 2112.

7. CAMMARATA Ana Rebeca, DNI 33.270.107, MATRÍCULA 2113.

8. CAPELLA Lorena Soledad, DNI 23.049685, MATRÍCULA 2114.

9. CAPULA Diego Daniel, DNI 27.697.108, MATRÍCULA 2115.

10. CARLETTI Luisina, DNI 36.053.777, MATRÍCULA 2116.

11. CARLEVARO Fabiana Andrea, DNI 20.189.956, MATRÍCULA 2117.

12. CASALS Celina, DNI 32.055.863, MATRÍCULA 2118.

13. CAVALLERO Juliana, DNI 38.290.859, MATRÍCULA 2119.

14. DALL’AVA Geraldine, DNI 36.269.284, MATRÍCULA 2120.

15. DE LUCA Verónica Mariel, DNI 30.688.571, MATRÍCULA 2121.

16. DODI Natalia Paola, DNI 31.302.540, MATRÍCULA 2122.

17. ELLERT Ingrid María DNI 31.681.986, MATRÍCULA 2123.

18. FERNANDEZ Paula Andrea, DNI 24.396.876, MATRICULA.2124.

19. FERREYRA Veronica Rita, DNI 22.889.555, MATRÍCULA 2125.

20. FORLINI Marcela Viviana, DNI 30.528.534, MATRÍCULA 2126.

21. FORNERIS Franca, DNI 36.005.852, MATRÍCULA 2127.

22. FRULLA Lorena, DNI 29.556.332, MATRÍCULA 2128.

23. GAHN Marina, DNI 26.066.496, MATRÍCULA 2129.

24. GALLI Martina, DÑ1 33.961.687, MATRÍCULA 2130.

25. GAMBACURTA Melina Nair, DNI 36.657.399, MATRÍCULA 2131.

26. GARCIA Marcelo Andrés, DNI 32.968.369 MATRÍCULA2132.

27. GOMEZ Ddebora Ayelén, DNI 34.083.292, MATRÍCULA 2133.

28. GUTIERREZ Ramón Fortunato, DNI 28.968.430, MATRÍCULA 2134.

29. HALLBERG Patricia, DNI 14.392.708, MATRÍCULA 2135.

30. HUICI ESTREBOU Marta Victoria DNI 25.735.693, MATRÍCULA 2170.

31. INGARAMO Mariela Adriana, DNI 20.141.177, MATRÍCULA 2136.

32. JUAREZ Carta Lujan, ONI 28.821.718, MATRÍCULA 2137.

33. LEDESMA NAVARRO María Diana, DNI 30.074.114, MATRÍCULA 2138.

34. LIBRICI Marcelo Esteban, DNI 21497.563, MATRÍCULA 2139

35. LOMBARDI Jaquelina, DNI 35.654.318, MATRÍCULA 2140.

36. MARCOS Lorena Carolina, DNI 23.242.889, MATRÍCULA 2141.

37. MARKS BARBARA Virginia, DM 28.138.515, MATRÍCULA 2142.

38. MARTINEZ Leandro Esteban, DM 30.688.551, MATRÍCULA 2143.

39. MAZZOLI Franco, DNI 37.574.925, MATRÍCULA 2144.

40. MEDINA María Soledad, DNI 28.363.376, MATRÍCULA 2145.

41. MILAN Marisol, DNI 26.644.243, MATRÍCULA 2146.

42. MIOTTI Eliana Elma, DNI 33.069.481, MATRÍCULA 2147.

43. MUÑOZ Andra Alejandra, DNI 22.908.673, MATRÍCULA 2148.

44. PERALTA Lorena, DNI 26.681.641, MATRÍCULA 2149.

45. PEREZ Ezequiel Nicolás, DNI 27.538.676, MATRÍCULA 2150.

46. PEREZ LINDO Cynthia Araceli, DNI 38.261.679, MATRÍCULA 2151.

47. PERTUSATI Andrea Belen, DNI 34.527.631, MATRÍCULA 2152.

48. PIERABELLA Flavia Marcela, DNI 23.228.631, MATRÍCULA 2153.

49. PITTARO Virginia Lorena, DNI 28.576.143, MATRÍCULA 2154.

50. PORFIRI Lucio, DNI 28.499.930, MATRÍCULA 2155.

51. PRAINO Eleonora, DNI 26.538.798, MATRÍCULA 2156.

52. PUERTAS Cecilia Estefanía, DNI 30.560.533, MATRÍCULA 2172.

53. REYNOSO Silvana Edith, DNI 17.603.934, MATRÍCULA 2157.

54. RIVA MATTIUSSI Agustina, DNI 37.471.512, MATRÍCULA 2158.

55. RIZZOTTO Patricia Marta, DNI 20.461180, MATRÍCULA 2.159.

58. RODRIGUEZ EULALIA Beatriz, DNI 22.908.813, MATRÍCULA 2160.

57. SCLOSA María Laura, DNI 22.889.426, MATRÍCULA 2161.

58. SCRIFIGNANO Francisco José Maria, DNI 36.506.070, MATRÍCULA 2171.

59. SELLIEZ Marcos Javier, DNI 33.620.039, MATRÍCULA 2162.

60. SEYRAL Micaela, DNI 26.373.540, MATRÍCULA 2163.

61. STERN Claudia Nasira, DNI 16.486.589, MATRÍCULA 2164.

62. STRAZIUSO Andrea Alejandra, DNI 21.414.842, MATRÍCULA 2165.

63. TALLEDO José Maña Javier, DNI 12.522.594, MATRÍCULA 2166.

64. URIBE ECHENIQUE Estrella Alejandra, DNI 32.295.054, MATRÍCULA 2167.

65. VILLANUEVA Maria Celina, DNI 32.650.466, MATRÍCULA 2168.

66. VOLENTIERA María Verónica, DNI 23.892.514, MATRÍCULA 2169.

S/C 40354 Ago. 14 Ago. 16

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SUBSECRETARIA DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES


RESOLUCIÓN Nº 401


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”, 10/08/2023


VISTO:

Los informes elevados por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la inscripción de una (01) firma como nueva proveedora y la renovación de antecedentes de otra en el Registro de Beneficiarios para Compras Menores y Excepciones; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Resolución SCYGB N.º 686/22, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 0063/19;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro de Beneficiarios para Compras Menores y Excepciones de la Provincia de Santa Fe, por el término de treinta y seis (36) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: KIDYBA SUSANA CUIT N.º 27-14257968-0.

ARTÍCULO 2: Renuévase en el Registro de Beneficiarios para Compras Menores y Excepciones de la Provincia de Santa Fe, por el término de treinta y seis (36) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA C UIT N.º 30-70857483-6.

ARTÍCULO 3: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 40360 Ag. 14 Ag. 15

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RESOLUCIÓN Nº 0400


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”, 10/08/2023


VISTO:

Los informes elevados por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la inscripción de dos (2) firmas como nuevas proveedoras y la renovación de antecedentes de otras; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Resolución SCyGB Nº 133/20, quedando debidamente encuadrada en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 0063/19.;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: CATTANEO VICTOR HUGO CUIT N° 20-10972250-3.

ARTÍCULO 2: Inscríbase en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de doce (12) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: TRI-VIAL TECH S.A. CUIT N° 30-71229715-4.

ARTÍCULO 3: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: ARGENTAL SAIC CUIT N° 30-50256682-9.

ARTÍCULO 4: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 40367 Ag. 14 Ag. 15

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TRIBUNAL DE CUENTAS


EDICTO


Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber a los Herederos y/o sucesores del Ex Director de la Jefatura de Policía Unidad Regional V – Ministerio de Seguridad, Fabián E. Forni DNI Nº 16.401.037, que en autos caratulados: Expediente Nro. 00901-0112995-5 – TCP-SIE S/ Resolución de S.II Nro. 0202 de fecha 03/03/2023, referida a la rendición de cuentas en concepto de Racionamiento Noviembre 2018, descargados en el Balance de Movimiento de Fondos del MINISTERIO DE SEGURIDAD, correspondiente al período Enero a Marzo de 2022, la cuál en su parte pertinente establece: “VISTO:... CONSIDERANDO: , RESUELVE: Artículo 1º: Emplazar a los responsables para que dentro del término de 15 (quince) días hábiles a contar desde la fecha de recepción de la presente, contesten por escrito los reparos formulados acompañando documentos y probanzas suficientes, bajo apercibimiento de dictar resolución definitiva formulando el cargo con más sus intereses los que serán calculados conforme lo establecido por la Resolución Nº 48/03 TCP y modificatoria Resolución R Nº 10/16 TCP y oportunamente ejecutarlo. Artículo 2do.: Regístrese, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del término acordado” Fdo.: CPN Oscar M. Biagioni – Presidente / CPN María del Carmen Crescimanno – Vocal / Dr. Lisandro Mariano Villar - Vocal / CPN Claudia E. Aragno – Secretaria Sala II”. Asimismo, se los cita por 5 días hábiles, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos.

S/C 40357 Ag. 14 Ag. 18

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EDICTO


Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber a los Herederos y/o sucesores del Ex Director de la Jefatura de Policía Unidad Regional V – Ministerio de Seguridad, Fabián E. Forni DNI Nº 16.401.037, que en autos caratulados: Expediente Nro. 00901-0112976-0-TCP-SIE S/ Resolución de S.II Nro. 0196 de fecha 03/03/2023, referida a la rendición de cuentas en concepto de Racionamiento Enero 2019, descargados en el Balance de Movimiento de Fondos del MINISTERIO DE SEGURIDAD, correspondiente al período Enero a Marzo de 2022, la cuál en su parte pertinente establece: “VISTO:... CONSIDERANDO: , RESUELVE: Artículo 1º: Emplazar a los responsables para que dentro del término de 15 (quince) días hábiles a contar desde la fecha de recepción de la presente, contesten por escrito los reparos formulados acompañando documentos y probanzas suficientes, bajo apercibimiento de dictar resolución definitiva formulando el cargo con más sus intereses los que serán calculados conforme lo establecido por la Resolución Nº 48/03 TCP y modificatoria Resolución R Nº 10/16 TCP y oportunamente ejecutarlo. Artículo 2do.: Regístrese, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del término acordado” Fdo.: CPN Oscar M. Biagioni – Presidente / CPN María del Carmen Crescimanno – Vocal / Dr. Lisandro Mariano Villar - Vocal / CPN Claudia E. Aragno – Secretaria Sala II”. Asimismo, se los cita por 5 días hábiles, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos.

S/C 40356 Ag. 14 Ag. 18

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EDICTO


Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber a los Herederos y/o sucesores del Ex Director de la Jefatura de Policía Unidad Regional V – Ministerio de Seguridad, Fabián E. Forni DNI Nº 16.401.037, que en autos caratulados: Expediente Nro. 00901-0107680-4 – TCP-SIE S/ Resolución de S.II Nro. 0537 de fecha 06/07/2022, referida a la rendición de cuentas en concepto de Racionamiento Seotiembre 2017, descargados en el Balance de Movimiento de Fondos del MINISTERIO DE SEGURIDAD, correspondiente al período Abril a Junio de 2021, la cuál en su parte pertinente establece: “VISTO:... CONSIDERANDO: , RESUELVE: Artículo 1º: Emplazar a los responsables para que dentro del término de 15 (quince) días hábiles a contar desde la fecha de recepción de la presente, contesten por escrito los reparos formulados acompañando documentos y probanzas suficientes, bajo apercibimiento de dictar resolución definitiva formulando el cargo con más sus intereses los que serán calculados conforme lo establecido por la Resolución Nº 48/03 TCP y modificatoria Resolución R Nº 10/16 TCP y oportunamente ejecutarlo. Artículo 2do.: Regístrese, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del término acordado” Fdo.: CPN Oscar M. Biagioni – Presidente / CPN María del Carmen Crescimanno – Vocal / Dr. Lisandro Mariano Villar - Vocal / CPN Claudia E. Aragno – Secretaria Sala II”. Asimismo, se los cita por 5 días hábiles, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos.

S/C 40358 Ag. 14 Ag. 18

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EDICTO


Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber a la ASOCIACIÓN CIVIL DIGNIDAD Y VIDA SANA, Presidente: Sr. Ricardo Ruiz Díaz – Tesorera: Sra. María Celeste Ortega y Secretaria: Sra. Miriam Leguizamón, que en autos caratulados: Expediente Nro. 00901-0118655-8 -TCP-SIE S/ Resolución de S.II Nro. 0772 de fecha 02/06/2023, referida al Balance de Movimiento de Fondos de PODER EJECUTIVO – GOBERNACIÓN , correspondiente al período Octubre a Diciembre de 2022, la cuál en su parte pertinente establece: “VISTO:... CONSIDERANDO: , RESUELVE: Artículo 1º: Emplazar a los responsables para que dentro del término de 15 (quince) días hábiles a contar desde la fecha de recepción de la presente, contesten por escrito los reparos formulados acompañando documentos y probanzas suficientes, bajo apercibimiento de dictar resolución definitiva formulando el cargo con más sus intereses los que serán calculados conforme lo establecido por la Resolución Nº 48/03 TCP y modificatoria Resolución R Nº 10/16 TCP y oportunamente ejecutarlo. Artículo 2do.: Regístrese, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del término acordado” Fdo.: CPN Oscar M. Biagioni – Presidente / CPN María del Carmen Crescimanno – Vocal / Dr. Lisandro Mariano Villar - Vocal / CPN Claudia E. Aragno – Secretaria Sala II”.

S/C 40361 Ag. 14 Ag. 16

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ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL

DE IMPUESTOS


RESOLUCIÓN Nº GRAL 12/2023


SANTA FE “Cuna de la Constitución Nacional”, 14 JUNIO 2023


VISTO:

El expediente Nº 13301-0328790-7 del registro del Sistema de Información de Expedientes y la Resolución General Nº 14/2008 – API; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la citada resolución se estableció el instituto de la “feria fiscal” para la Provincia de Santa Fe, definiéndose en el artículo 1º inc. b), que esta Administración Provincial fijará el período en función a la feria judicial que para la estación invernal establezca cada año el Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe;

Que el receso judicial de la estación invernal para el corriente año, fue establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Provincia, en Acuerdo Ordinario – Acta Nº 15 celebrado en fecha 23/05/2022 desde el día 17 de julio de 2023 hasta el día 30 de julio de 2023 inclusive;

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 19, 21 y cc. del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias);

Que la Dirección General Técnica y Jurídica de la Administración Provincial de Impuestos ha emitido el Dictamen Nº 277/2023 de fs. 5, no encontrando observaciones de índole legal que formular;

POR ELLO:

EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL

DE LA ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º - Establécese que la Feria Fiscal para la estación invernal del corriente año quedará comprendida entre los días 17 al 30 de julio de 2023, ambas fechas incluidas.

ARTÍCULO 2º - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese por Newsletter Institucional a través de la Dirección General de Coordinación General y posteriormente archívese.

Firma: Dr. MARTIN G. AVALOS

ADMINISTRADOR PROVINCIAL

Administración Provincial de Impuestos

S/C 40364 Ag. 14

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