picture_as_pdf 2023-08-04

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

ADRIAN MARCELO HUERTA


Por disposición Señor Juez Primera Instancia Circuito Ejecución 2° Nominación. Rosario, autos: “CONSORCIO DE COPROPIETARIOS DEL EDIFICIO CLIMACO I c/Otro S/Juicio Ejecutivo”, 21-13911426-1, (Demandado DNI N° 4.578.079), Martillero Adrián Marcelo Huerta (C.U.I.T. N° 20178189116), venderá en pública subasta, el día 15 de AGOSTO de 2023, a las 15 hs., en el Colegio Martilleros de Rosario, sita en calle Moreno 1546, Rosario, siguiente inmueble: “Consorcio de Copropietarios Edificio Climaco 1”, sito calle Salta N° 1215 y Mitre N° 224; Rosario, Provincia de Santa Fe, entre la calles Mitre y Entre Ríos y calle Mitre entre Salta y Catamarca, a los 15.76 m. de calle Mitre hacia el Oeste y a los 93,97 m. de calle Catamarca hacia el Norte. Inscripto en el Departamento Topográfico de la Provincia bajo el N° 89722/76. A saber: La Unidad U-DIEZ (U- 10), Parcela I-DIEZ (I-10), Cochera CINCO (Nº 5) del edificio denominado “Climaco 1”, de Rosario, situado en la calle Salta N° 1215 y Mitre N° 224, con la parte proporcional proindivisa del terreno y bienes comunes que le corresponden. Está situada en la planta subsuelo con entrada por la puerta común de calle Salta N° 1215 y demarcado su perímetro con una línea de pintura en el piso y las paredes. Tiene una superficie de propiedad exclusiva de 11,47 m2 y de 6,82 m2 de bienes comunes que le corresponden, siendo su superficie total 18,29 m2 y su valor proporcional en relación al conjunto del inmueble 0,57%. Dominio Inscripto al Tomo 430, Folio 39, Nro. 146957, Departamento ROSARIO - PH. Informa Registro General Rosario: Dominio consta a nombre del demandado. Hipotecas e Inhibiciones: no posee. Embargos: 1/Al T° 13IE, Fº 928, Nº 209361 de fecha 15/05/23, monto $141.603,20, por los autos que se ejecutan. 1/Al T° 13IE, F° 1022, N° 247246 de fecha 15/05/23, monto $ 43.382,62, en autos Climaco 1 Consorcio Edificio c/Otro s/Ejecutivo, Cuij 21-13025983-6, que tramitan por ante el Juzgado Ejecución Civil, Nominación 1°. El inmueble saldrá a la venta con la BASE de $1.500.000.-, para el supuesto de no existir postores por la misma se sacará de inmediato en 2da. subasta con la RETASA del 25% en la base, o sea $1.125.000 y de persistir la falta de oferentes, se sacará a la venta en 3° y ULTIMA SUBASTA, con la base equivalente al 20% de la base, o sea $300.000 y de no registrarse postores por la misma, se retirará de la venta. Sale a la venta en el estado de ocupación en que se encuentra, de acuerdo a la constatación practicada sobre el mismo y constancias obrantes en autos. El que resulte comprador, deberá abonar el 10% del precio de compra en el acto de subasta con más el 3% de comisión al suscripto, en efectivo, cheque certificado ó cheque cancelatorio; todo ello de acuerdo con lo dispuesto por la comunicación “A”5147 del BCRA., pudiendo integrarse el 10% de la compra con la siguiente modalidad: hasta la suma de $30.000.- en dinero efectivo, pesos, en el acto de subasta, el saldo restante para completar el 10%, deberá ser abonado por el comprador dentro de los dos días hábiles posteriores a la subasta, mediante transferencia interbancaria a la cuenta judicial abierta para éstos autos; con pérdida total de lo abonado en el caso que así no lo hiciere. El saldo del precio de compra, deberá ser depositado dentro de los cinco días de notificada la aprobación de la subasta, en el Banco Municipal de Rosario - Sucursal N° 80 Caja de Abogados, a la orden de éste Juzgado actuante y para éstos autos, y bajo los apercibimientos del art.497 del CPCC. En caso de incumplirse dicha disposición se hacer saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP. En el plazo de cinco días posteriores a la celebración de la subasta el martillero deberá tramitar el oficio al Registro General, con copia certificada del acta de remate a fin de que se tome razón de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente. Se hace saber asimismo que los títulos del inmueble se encuentran agregados a autos, no siendo admisible planteo alguno por falta o insuficiencia de los mismos en el acto de remate o con posterioridad. Efectúense las comunicaciones del art. 506 y del art. 488 del CPCC, librándose los despachos pertinentes con la debida antelación, debiendo acompañarse las constancias del diligenciamiento antes de la subasta, bajo apercibimientos de suspenderse la misma a costa del martillero, ello sin perjuicio de lo dispuesto por el art. 503 del CPCC. Los impuestos, tasas, contribuciones y/o cualquier otro gravamen que pesen sobre el bien inmueble adeudados (nacionales, provinciales, municipales o comunales), IVA si correspondiere y gastos, como asimismo los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta. También serán a cargo del comprador los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso y cualquier otro impuesto, sellado, tasa que por cualquier concepto grave el acto de subasta, el inmueble o la transferencia. Entre los impuestos a cargo del comprador se incluye, entre otros que corresponda, los siguientes: Impuesto nacional a la transferencia de inmuebles de personas físicas y sucesiones indivisas (ley 23.905) o ganancias, impuesto provincial sobre los ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación (artículo 125 inc. f. Código Fiscal). Las expensas devengadas hasta el momento de la subasta, con excepción de los que aquí se ejecutan, que no puedan ser satisfechas con el precio obtenido serán a cargo del adquirente debiendo el martillero informar su cuantía según surja de autos y al momento de celebrar el acto. El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, consecuentemente se excluye en autos la opción prevista en el artículo 505 2º párrafo del CPCC. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL en la forma prescripta por el art. 67 del CPCC reformado por la ley Provincial 11.287, tres veces en cinco días, a lo menos. No se mencionará en ellos el nombre del ejecutado. Notifíquese por cédula a las partes en el domicilio real y legal, al titular del dominio e interesados. Hágase saber que los títulos de propiedad se encuentran en Secretaria de éste Tribunal para ser examinados por los interesados, no admitiéndose después de la subasta reclamación alguna por insuficiencia. Se informa cuenta del Banco Municipal de Rosario, Sucursal 80 - Caja Abogados, CBU 0650080103000524189828, Cuenta: 52418982. Más informes al Martillero al Tel. 0341-155-311386. Se hace saber a efectos legales. Secretaría, Rosario. 31 de julio de 2023.Dra. Maria Elvira Longhi, secretaria.

$ 1.500 503916 Ago. 4 Ago. 8

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POR

LAURA ELVIRA BUZEY


Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia Distrito Civil y Comercial de la Décimo Tercera Nominación de Rosario, en autos “ROBERTO CICCIOLI Y ASOCIADOS S.R.L. s/ INCIDENTE DE REALIZACION DE BIENES” Expte.1448/06, C.U.I.J. 21-01515221-1; la perito Enajenadora LAURA ELVIRA BUZEY (Mat. 1340-B-125), venderá en pública subasta en la Sala de Remates del Colegio de Martilleros de Rosario sito en calle Moreno N° 1546 de Rosario, el día 17 de Agosto de 2023 a las 14.00 horas, o el día hábil siguiente de resultar inhábil o feriado el propuesto, el inmueble perteneciente a la fallida ubicado en esta ciudad de Rosario, designado como unidad 5, polígono cero cinco (00-05), destinado únicamente a vivienda, ubicado en planta baja, con ingreso por el N° 1644/8 block 3 de calle Santiago entre Montevideo y Avenida Pellegrini. Tiene una superficie exclusiva de 19,26 m², una superficie común de 7,43 m² y 1,58 % es el valor proporcional respecto del conjunto. Informa el Registro General: dominio inscripto en el folio real matrícula N° 16-28417/5 Departamento Rosario. Inhibición inscripta a Tomo 12 Letra IC Folio 902 de fecha 04/12/2002, sin monto, ordenada por este juzgado y para estos caratulados mediante Oficio 5038/2002. Una inscripción litigiosa de fecha 10/03/2023 en autos “LEDESMA JUAN CARLOS y Otros c/ ROBERTO CICCIOLI Y ASOCIADOS SRL s/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA” – CUIJ 21-02965421-9 ordenada por este Juzgado. El inmueble saldrá a la venta con la base de $ 8.600.000.- en el estado de ocupación en que se encuentre según constancia de autos. Seguidamente si no hubiere postores se ofrecerá con una base de $6.450.000.- y si tampoco hubiere postores con una última base de $ 4.300.000.- Los gastos por impuestos, tasas, contribuciones y demás conceptos que adeude el inmueble, son a cargo exclusivo del comprador desde la fecha de quiebra, así como los gastos e impuestos de transferencia, e IVA si correspondiere. Además los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta, como así también los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. Entre los impuestos a cargo del comprador inclúyese, entre otros que corresponda, impuesto provincial sobre los ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación. En el supuesto de comprar en comisión se deberá indicar los datos de identificación del comitente. Quien resulte comprador deberá abonar el 10% del precio de compra en el acto de subasta, con más el 3% de comisión, todo al martillero, en pesos, cheque certificado o cheque cancelatorio. Dado que la suma ut supra mencionada supera el valor de $ 30.000.- el comprador deberá abonar el mencionado 10% del precio de compra en el acto de subasta, con la siguiente modalidad: hasta la suma de $30.000.- en dinero en efectivo, pesos, en el acto de subasta. El saldo restante para completar el 10% deberá ser abonado por el comprador dentro de los dos días hábiles posteriores a la subasta mediante transferencia bancaria a la cuenta judicial abierta para estos autos con pérdida total de lo abonado en el caso que así no lo hiciere. El saldo de precio deberá ser depositado dentro de los cinco días de notificada la aprobación de la subasta, debiendo abonarse por el retraso, en concepto de intereses, la tasa activa promedio mensual que percibe el Banco Santa Fe SA, desde la fecha de la subasta hasta su efectivo pago, todo sin perjuicio de la aplicación en su caso del art. 497 CPCC y si intimado no efectúa el pago, se dejará sin efecto la venta, dejándose constancia que respecto del saldo de precio deberá asimismo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5212 del BCRA por lo cual de superar el importe de $ 30.000.- deberá realizarse por transferencia bancaria. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicado por este Tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP. Previo a la aprobación de las cuentas de gastos, se oficiará al Registro General, con copia certificada del acta de remate a fin de que se tome razón de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente, la que se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes y asimismo, cumplimentarse con la información expresada en el párrafo anterior de ser menester. A los fines de obtener el título, el adquirente deberá acudir a escribano público, quedando excluidas, por lo tanto, las otras opciones previstas en el art. 505 CPCC. Toda cesión de los derechos y acciones que emerjan de la subasta, deberá efectuarse por escritura pública. Hágase saber que previo a la transferencia deberán estar abonados los impuestos que gravan el acto de subasta, así como las tasas y contribuciones y demás conceptos que adeude el inmueble. Edictos de ley en el Boletín Oficial por cinco días hábiles (arts. 492 CPCC y 208 LCQ). El expediente y los títulos de propiedad se encuentran en Secretaría de este Tribunal para ser examinados por los interesados, no admitiéndose después de la subasta reclamación alguna. Se fijan como días de exhibición del inmueble los dos días hábiles anteriores a la fecha de realización de la subasta (15 y 16 de Agosto) en el horario de 11.30 a 12.30 horas. Fdo. Dr. LUCAS MENOSSI (Secretario) en Rosario, 01 de Agosto de 2023.

S/C 504005 Ago. 04 Ago. 10

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San Lorenzo

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POR

MARCELO ROLDAN


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de San Lorenzo, la Secretaría que suscribe, hace saber que en los autos caratulados “MUNICIPALIDAD PTO SAN MARTIN C/ OTRO S/ APREMIOS FISCALES MUNICIPALES – CUIJ 21-25438045-5, se ha dispuesto que el Mart. MARCELO ROLDAN remate en pública subasta el día Miércoles 09 de Agosto de 2023 a las 10:00 hs., de resultar inhábil y/o por razones de fuerza mayor se realizará el día inmediato posterior hábil a la misma hora y en el mismo lugar, en las puertas del Juzgado Comunitario para Pequeñas Causas de la localidad de Puerto General San Martin sobre “Dos lotes de terreno, situados en distrito Puerto San Martín, departamento San Lorenzo, de esta provincia, los que de acuerdo al plano de subdivisión archivado bajo el número 62511/1970 son los designados como lotes 14 y 15 de la manzana C. LOTE 14: Se encuentra ubicado a los 11 metros de la esquina formada por dos caminos públicos sin nombre, hacia el Norte y mide 11 m de frente al Oeste, por dónde linda con el camino público sin nombre, por 30 metros de fondo en su lado Norte dónde linda con el lote 15, y Sur donde linda con el lote 13, estando constituido su contrafrente al Este que linda con parte del lote 12, de 11 m. Encierra una superficie total de 330 m2. Lote 15: Ubicado a los 22 metros de la esquina formada por dos caminos públicos sin nombre hacia el Norte. Mide 11 m de frente al Oeste por dónde linda con camino público sin nombre, con un contrafrente al Este de igual medida, por donde linda con parte el lote 12. 30 m de fondo y su lado Norte y Sur lindando el primero con el lote 16 y el segundo con el lote 14 precedentemente deslindado. Encierra una superficie de 330 m2. Su dominio Constan inscriptos al tomo 187 folio 342 número 191.582 departamento San Lorenzo, en el estado de ocupación que consta en autos (Ocupados) Informa el Registro General: EMBARGOS: 1) Lote 14 -Anotado al Tomo 129 E, Folio 727, Numero 148432 del 02-10-2020 en presentes autos y Juzgado por $ 209.141,04. 2) Lote 15 -Anotado al Tomo 129 E, Folio 728, Numero 148434 del 02-10-2020 en presentes autos y Juzgado por $ 209.141,04. HIPOTECAS: No posee. INHIBICIONES: No posee. Saldrán a la venta cada uno de ellos con la base de $2.000.000.-, para el caso de no haber postores con una retasa del 50% ($1.000.000.-) y de persistir la falta de oferentes saldrá con la última base de $400.000.-. Quién/es resulte/n comparadores abonara/n en el acto de remate la suma de $30.000.- a cuenta del 10% del importe total de la compra más la comisión de ley del martillero (3%) en dinero efectivo y/o cheque certificado. Los impuestos adeudados serán informados por el martillero en el acto de remate. Hágase saber a los interesados que en el supuesto de comprar en comisión se deberá indicar los datos del comitente. El saldo de precio deberá ser depositado dentro de 5 días de aprobada la subasta en el Nuevo Banco de Santa Fe-sucursal san Lorenzo- a la orden de este Juzgado y para estos autos y si intimado no se efectuare el pago, se dejará sin efecto la misma. Hágase saber a los ocupantes de inmueble que deberá permitir el acceso a los posibles adquirentes los días hábiles anteriores a la subasta en el horario de 11a 13hs. Publíquense los edictos de ley en el Boletín Oficial y Estrados del Tribunal. Notifíquese por cédula a los mismos y al demandado en autos.- Los gastos por impuestos, tasas y contribuciones que adeudara el inmueble se deducirán del producido de la subasta, siendo a cargo del comprador los gastos de impuestos de transferencia e Iva, si correspondiera, gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia, como así también los que pudieran resultar de nuevas mensuras, regularizaciones de planos y/o medianeras en su caso. Hágase saber a los interesados que a los fines del pago del saldo de precio deberá observarse la COMUNICACIÓN “A“ 5147 inc. 5-8-3 bajo la denominación “Depósito y otras acreditaciones” que dispone que la acreditación de los importes correspondientes a las causas judiciales ordenadas por los juzgados intervinientes se realizará mediante transferencias electrónicas desde cuentas a la vista abiertas en entidades financieras o a través de cualquier otro medio de pago distinto al efectivo cuando se trate de importes superiores a $30.000 y preferentemente por esos medios, cuando se trate de depósitos menores o iguales a dicho monto...” Las copias y los títulos obrantes en autos están a disposición de los interesados para ser examinados por Secretaría, haciéndose saber que no se aceptarán reclamos por insuficiencia o falta de ellos posteriores al remate (art. 494 inc. 2 y 3 CPCSF). La publicación en el Boletín Oficial se realizará SIN CARGO. Secretaría, Julio ……… de 2023.

S/C 503895 Ag. 04 Ag. 08

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