JUZGADO LABORAL
Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Distrito Judicial N° 1 de Primera Instancia en lo Laboral de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita a quienes sean herederos de la Sra. SANCHEZ LILA, DNI N 3.730.516, para que dentro del término de cinco (5) días después de la última publicación comparezcan a estar a derecho en los autos: MENDOZA MARIANA MARIA c/SANCHEZ LILA s/Cobro de pesos - Rubros laborales; CUIJ N° 21-04789073-7, de trámite por ante este Juzgado ut supra mencionado, bajo apercibimientos de ley, todo de acuerdo al decreto de fecha 15 de febrero de 2023. Santa Fe, 12 de Julio de 2023. Fdo.: Dr. Candioti, Juez; Dr. López, Secretario.
$ 50 503511 Jul. 31 Ago. 2
__________________________________________
Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la Segunda Nominación, Distrito Judicial Nº 1 de la ciudad de Santa Fe, se cita y emplaza a los herederos del Sr. Paoletti, Marcelo Rodolfo, DNI 18.413.641, a que comparezcan a tomar la intervención que por derecho les corresponda, en el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL conforme a lo dispuesto en el art. 45 CPL y 597 del CPCyC; corresponde a los autos caratulados: PAOLETTI, MARCELO RODOLFO c/PREVENCIÓN ART S.A. s/Accidentes y/o Enfermedades del trabajo; (CUIJ 21-04789462-7). Santa Fe, Junio de 2023. Fdo: Diego J. Romero, Secretario.
$ 50 503337 Jul. 31 Ago. 2
__________________________________________
Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito del Trabajo Cuarta Nominación, Santa Fe, en autos caratulados: Expte. CUIJ N° 21-04657200-6, (576/2008)- ALONSO, GUSTAVO GABRIEL c/INCO S.R.L. y/u Ot. s/C.P.L., se hace saber lo siguiente: Santa Fe, 7 de Junio de 2023. AUTOS Y VISTOS:... RESULTA... CONSIDERANDO:... FALLO: a. Admitir parcialmente la demanda. En consecuencia, ordenar que INCO INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES S.R.L. (CUIT N° 30-70954126-5) abone al señor Gustavo Gabriel Alonso (CUIL N° 20-23925235-5) la suma que resulte de la liquidación a practicar conforme a las pautas establecidas en los considerando precedentes, a cuyos fines se otorga un plazo de diez (10) días. Notifíquese en el domicilio real y por edictos. b. Imponer las costas según lo previsto en el art. 101 del C.P.L a la demandada. c. Diferir la regulación de honorarios al momento en que se determine la base regulatoria y previa acreditación de la situación fiscal de los profesionales intervinientes, Regístrese el original. Expídase copia y hágase saber. Firmado: Dra. María Victoria Acosta, Jueza; Dra. Silvina P. Melchiori, Secretaria.
S/C 503387 Jul. 31 Ago. 2
__________________________________________
TRIBUNAL COLEGIADO
Por disposición del Juez Trámite, Dr. Fernando Gaztiazoro, en los autos caratulados “SDNAF C/ORTIZ AURORA BEATRIZ Y OTROS S/MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL (RESOLUCIÓN DEFINITIVA)” CUIJ: 21-10750537-4, tramitados ante el Tribunal Colegiado de Familia N.º 3, Primera Secretaría, de la ciudad de Santa Fe, hágase saber al Sr. Exequiel Alberto Barros, D.N.I. Nº 37.284.282, con domicilio actual desconocido, que se ha dispuesto lo siguiente: “SANTA FE, 06/07/2023. VISTOS:...RESULTA:...Y CONSIDERANDO:...RESUELVO: 1) Declarar el estado de adoptabilidad del niño Ian Jairo Ismael Barros y solicitar la remisión de legajos al RUAGA a fin de otorgarle la guarda pertinente a la familia que correspondiere, conforme resolución definitiva de la Medida de Protección Excepcional dictada por la Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, registrada bajo el N° 000136 de fecha 12.12.2022. Protocolícese, agréguese copia, notifíquese a la Defensoría General actuante, notifíquese por cédula el presente de acuerdo a lo establecido por el Art. 66 ley 12.967 encomendándose la realización de dichas diligencias al organismo compareciente. Requerir a la Secretaria de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia que al momento de oficiar al RUAGA acompañe la documentación requerida por el Decreto Provincial N° 5170/2016. Oportunamente, archívese.-Fdo.: Dra. Silvina Loza -Secretaria-; Dr. Fernando A. Gastiazoro -Juez-. Santa Fe, 14 de julio de 2023.-
S/C 40164 Jul. 31 Ag. 02
__________________________________________
Por disposición del Juez Trámite, Dr. Fernando Gaztiazoro, en los autos caratulados “SDNAF C/ ORTIZ AURORA BEATRIZ Y OTROS S/ MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL (RESOLUCIÓN DEFINITIVA)” CUIJ: 21-10750537-4, tramitados ante el Tribunal Colegiado de Familia N.º 3, Primera Secretaría, de la ciudad de Santa Fe, hágase saber al Sra. Aurora Beatriz Ortiz, D.N.I. Nº 41.288.357, con domicilio actual desconocido, que se ha dispuesto lo siguiente: “SANTA FE, 06/07/2023. VISTOS:...RESULTA:...Y CONSIDERANDO:...RESUELVO: 1) Declarar el estado de adoptabilidad del niño Ian Jairo Ismael Barros y solicitar la remisión de legajos al RUAGA a fin de otorgarle la guarda pertinente a la familia que correspondiere, conforme resolución definitiva de la Medida de Protección Excepcional dictada por la Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, registrada bajo el N° 000136 de fecha 12.12.2022. Protocolícese, agréguese copia, notifíquese a la Defensoría General actuante, notifíquese por cédula el presente de acuerdo a lo establecido por el Art. 66 ley 12.967 encomendándose la realización de dichas diligencias al organismo compareciente. Requerir a la Secretaria de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia que al momento de oficiar al RUAGA acompañe la documentación requerida por el Decreto Provincial N° 5170/2016. Oportunamente, archívese.-Fdo.: Dra. Silvina Loza -Secretaria-; Dr. Fernando A. Gastiazoro -Juez- Santa Fe, 14 de julio de 2023.-
S/C 40164 Jul. 31 Ag. 02
__________________________________________
Por disposición de la Señora Jueza de Trámite Dra. Nerina C. Gastaldi del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual N° 1 Primera Secretaría de esta ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: RODRIGUEZ, JONATÁN MARCELO c/ROMERO, SERGIO EZEQUIEL s/Daños y perjuicios; CUIJ 21-12154372-6, se ha dispuesto lo siguiente: Declárese rebelde al Sr. Romero Sergio Exequiel y désele por decaído el derecho a contestar la demanda. Santa Fe, 5 de Junio de 2023. Marcela González, Secretaria.
$ 50 503539 Jul. 31 Ago. 2
__________________________________________
Por disposición del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 1, Primera Secretaría de la Ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: LAMANNA, JORGEA RIEL c/MAURI GERARDO ARIEL y Otros s/Daños y prejuicios; CUIJ Nº 21-12158191-1, se hace saber al Sr. BARRETA, ALBERTO AUGUSTO, DNI 20.078.086, que deberá estará derecho y a contestarla demanda y la citación en el término de 20 días, bajo apercibimientos de ley. El Decreto que así lo dispone: Santa Fe, 7 de Julio de 2023. Proveyendo escrito cargo Nº 10961/23: Agréguese el oficio. Atento lo manifestado y constancias de autos, a los fines de que se proceda a emplazar a estar a derecho al demandado Alberto Augusto Barreta, publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales, por el término y bajo apercibimientos de ley. Autorízase al Dr. Luis Sebastián Piagentini y/o a quien este designe a intervenir en el diligenciamiento Proveyendo escrito cargo Nº 11015/23: Agréguese. Notifíquese. Dra. Marcela González, Secretaria; Dr. Cristian Werlen, Juez.
$ 50 503395 Jul. 31 Ago. 2
__________________________________________
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nº 1, se hace saber que en los autos: GONZALEZ, EMILIANO ARIEL s/Pedido de quiebra; CUIJ 21-02036509-6, se ha dispuesto: Prorrogar los plazos establecidos en la resolución de fecha 29 de Noviembre de 2022 y fijar el día 03/10/2023 para la presentación de las solicitudes de verificación de créditos y los títulos pertinentes a la Sindicatura, el día 01/11/2023 las observaciones a los créditos, los informes individual y general, los días 13/12/2023 y 07/02/2022, respectivamente. Hacer saber que el CPN Carlos Alberto Sara, fija su domicilio a los efectos legales en calle Juan de Garay 2855 y atenderá a los Sres. Acreedores los días hábiles en el horario de 16 a 20hs. (...). Firmado: Gabriel O. Abad - Juez; Dra. Verónica G. Toloza, Secretaria. Dra. Natalia Gerard, Prosecretaria.
S/C 503369 Jul. 31 Ago. 4
__________________________________________
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 1, en lo Civil y Comercial, de la Octava Nominación, de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: CAPIAQUI, YOLANDA ISABEL s/Quiebra; CUIJ N° 21-02040160-2, ha sido designado sindico el C.P.N. Néstor Eduardo Amut, inscripto en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas bajo la matrícula N° 3824, constituyendo domicilio en calle Corrientes 3521 de Santa Fe, con atención al público de 17 a 20 hs. Santa Fe, de 2023. María José Lusardi, Prosecretaria.
S/C 503394 Jul. 31 Ago. 1
__________________________________________
EL Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de Santa Fe, hace saber que en los autos caratulados: ROSALES, RODRIGO MARCELO s/Quiebra; (CUIJ N° 21-02017442-8), se ha presentado el Informe Final y Proyecto de distribución de fondos previstos por el art. 218 LCyQ, regulándose los honorarios de los profesionales intervinientes: Sindicatura Eduardo P. Diedic $ 383.59.02 y Apoderado del fallido $ 164.386.72. Lo que se publica a los fines dispuestos en la norma mencionada.
S/C 503413 Jul. 31 Ago. 1
__________________________________________
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación, a cargo del Dr. Gabriel Abad (Juez) y Secretaría a cargo de la Dra. Verónica Gisela Toloza (Secretaria), sito en calle San Jerónimo N° 1551 de la ciudad de Santa Fe, conforme a lo dispuesto en el Arts. N° 274 in fine de la Ley 24.522 (L.C.Q.) se hace saber, que en los autos caratulados: CATANIA, JORGE CARLOS s/Solicitud Propia Quiebra; Expte. CUIJ 21-02037874-0, se ha dispuesto prorrogar los plazos para que los acreedores puedan presentar sus pedidos de verificación de créditos. A tal efecto la Sindicatura fija los días y horario de atención para los lunes y miércoles de 08:00 a 12:00 horas, en el domicilio declarado Pasaje Koch N° 1057 Dto. 2 Santa Fe o mediante correo electrónico a las direcciones inaudi2009@hotmail.com o al valienterodriguez@yahoo.com.ar o al o a rodriguez@hotmail.com. Por tal motivo se ha dispuesto la publicación de edictos y a tal fin se transcribe la parte pertinente del auto que así lo ordena: “...TA FE, 14 de Marzo de 2023. AUTOS Y VISTOS... CONSIDERANDO... RESUELVO:... 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q. en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. Difiérase su publicación hasta la aceptación del cargo del Síndico, encomendando al mismo la publicación dentro del plazo de 24hs. desde su aceptación. OTRO RESUELVO... ta Fe, 30 de Junio de 2023. AUTOS Y VISTOS... CONSIDERANDO... RESUELVO:... Prorrogar los plazos establecidos en la resolución de fecha 29 de diciembre de 2020 y fijar el día 18/08/2023 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al síndico CPN Jorge Omar Ninfi con domicilio a los efectos legales en calle Pasaje Koch N° 1057 Dpto. 2 de esta ciudad, correo electrónico: inaudi2009@hotmail.com y o_a_rodriguez@hotmail.com, teléfonos: 0342-4195396; 342 5463647; 0341 4381166 y 341 3867058. Fijar el día 03/09/2023 como fecha hasta la cual se pueden presentar las observaciones a los créditos, los informes individual y general, los días 03/10/2021 y 21/11/2023, respectivamente. Insértese, agréguese y hágase saber. Dra. Verónica G. Toloza, Secretaria; Dr. Gabriel O. Abad, Juez. Dra. Natalia Gerard, Prosecretaria.
S/C 503400 Jul. 31 Ago. 1
__________________________________________
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación, a cargo del Dr. Gabriel Abad (Juez) y Secretaría a cargo de la Dra. Verónica Gisela Toloza (Secretaria), sito en calle San Jerónimo N° 1551 de la ciudad de Santa Fe, se hace saber, que en los autos caratulados: PANIZZA, LEONARDO WALTER s/Solicitud Propia Quiebra; CUIJ 21-02033013-6, con fecha 23/06/2022 ha procedido a aceptar el cargo para el que fuera oportunamente designado, el CPN Jorge Omar Ninfi Mat. Prof. N° 4392 para que se desempeñe en carácter de Sindico en estos autos. A los efectos pertinentes, la Sindicatura fija los días y horario de atención para los lunes y miércoles de 08:00 a 12:00 horas, en el domicilio declarado Pasaje Koch N° 1057 Dto. 2 Santa Fe o mediante correo electrónico a las direcciones inaudi2009@hotmail.com o al o a rodriguez@hotmail.com o al valienterodriguez@yahoo.com.ar. Por tal motivo se ha dispuesto la publicación de edictos y a tal fin se transcribe la parte pertinente del decreto que así lo ordena: “...ta Fe, 21 de junio de 2022. Proveyendo escrito cargo N° 6580/21: Téngase presente la aceptación al cargo para el que fuera oportunamente designado en autos. Hágase saber que el CPN Jorge Omar Ninfi, fija su domicilio a los efectos legales en calle Pasaje Koch N° 1057, Dpto. 2 de esta ciudad de Santa Fe, email: inaudi2009@hotmail.com y o_a_rodriguez@hotmail.com; tel. de contacto: 0342 4195396; 342 5463647; 0341 4381166 y 341 3867058. Téngase presentes las autorizaciones concedidas. Requiérase a la Sindicatura especifique horario de atención a los acreedores. Fecho, publíquense edictos. Notifíquese. Santa Fe, 10 de Julio de 2023. Dra. Natalia Gerard, Prosecretaria.
S/C 503398 Jul. 31 Ago. 1
__________________________________________
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación, a cargo del Dr. Gabriel Abad (Juez) y Secretaría a cargo de la Dra. Verónica Gisela Toloza (Secretaria), sito en calle San Jerónimo N° 1551 de la ciudad de Santa Fe, conforme a lo dispuesto en el Arts. N° 274 in fine de la Ley 24.522 (L. C. Q.) se hace saber, que en los autos caratulados: RAMOS, BRIAN s/Solicitud Propia Quiebra; Expte. CUIJ N° 21-02035372-1, se ha dispuesto prorrogar los plazos para que los acreedores puedan presentar sus pedidos de verificación de créditos. A tal efecto la Sindicatura fija los días y horario de atención para los lunes y miércoles de 08:00 a 12:00 horas, en el domicilio declarado Pasaje Koch N° 1057 Dto. 2 Santa Fe o mediante correo electrónico a las direcciones inaudi2009@hotmail.com o al valiente rodriguez@yahoo.com.ar. Por tal motivo se ha dispuesto la publicación de edictos y a tal fin se transcribe la parte pertinente que así lo ordena: “...ta Fe, 23 de Mayo de 2023. AUTOS Y VISTOS... CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Prorrogar el plazo para la presentación de los pedidos de verificación para el día 19/07/2023 y fijar los días 28/09/2023 y 23/11/2023 para la presentación de los informes individual y general respectivamente. Insértese, agréguese y hágase saber. Dra. Verónica Gisela Toloza - Dr. Gabriel Abad. Dra. Natalia Gerard, Prosecretaria.
S/C 503396 Jul. 31 Ago. 1
__________________________________________
Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación del Distrito Judicial Nº 1, se hace saber que en los autos: BERLI, SILVINA MARIA ROSA s/Pedido de Quiebra; (Expte. CUIJ 21-02039581-5), se ha dispuesto en la resolución de fecha 06/07/2023: 1) Declarar la quiebra de la Sra. Silvina María Rosa Berli, argentina, mayor de edad, D.N.I. 22.261.397, domiciliada realmente en calle Gravileas y Los Timbués, Colastiné Norte, Provincia de Santa Fe, y con domicilio legal en calle Regimiento 12 de Infantería 970, de esta ciudad; 2) Ordenar a la fallida y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia de la primera. Intimar a la deudora para: a) que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 3) Ordenar la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12°). Disponer la interceptación de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522; 4) Fijar la audiencia del sorteo del Síndico el 12 de Julio de 2023 a las 10 hs, a realizarse en la Oficina de sorteo de peritos, martilleros y síndicos dependiente de la Secretaría de Presidencia Secretaría de Presidencia de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, conforme el procedimiento establecido en la Acordada de la Corte de fecha 05/12/2017; 5) Fijar hasta el día 25 de Septiembre de 2023 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria; 6) Fijar los días: 25 de Octubre de 2023 para que la Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones; el 12 de Diciembre de 2023 para la presentación de los informes individuales; y el 07 de Febrero de 2024 para la presentación del informe general; Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Ofíciese. Notifíquese. Firmado: Dra. Mercedes Dellamonica, Secretaria; Dr. Diego Raúl Aldao, Juez.
S/C 503426 Jul. 31 Ago. 4
__________________________________________
Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación del Distrito Judicial Nº 1, se hace saber que en los autos: SANCHEZ, VICTOR ALFREDO s/Quiebra; (Expte. CUIJ 21-02039682-9), se ha dispuesto en la resolución de fecha 06/07/2023: 1) Declarar la quiebra del Sr. Víctor Alfredo Sánchez, argentino, mayor de edad, D.N.I. 26.594.107, domiciliado realmente en calle Pasaje 38 N° 3907, de la localidad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe, y con domicilio legal en calle 25 de Mayo 2126 Piso 2do. Oficinas “A” y “B”, de esta ciudad; 2) Ordenar a la fallida y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia de la primera. Intimar a la deudora para: a) que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 3) Ordenar la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12°). Disponer la interceptación de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522; 4) Fijar la audiencia del sorteo del Síndico el 12 de Julio de 2023 a las 10 hs, a realizarse en la Oficina de sorteo de peritos, martilleros y síndicos dependiente de la Secretaría de Presidencia Secretaría de Presidencia de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, conforme el procedimiento establecido en la Acordada de la Corte de fecha 05/12/2017; 5) Fijar hasta el día 25 de Septiembre de 2023 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria; 6) Fijar los días: 25 de Octubre de 2023 para que la Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones; el 12 de Diciembre de 2023 para la presentación de los informes individuales; y el 07 de Febrero de 2024 para la presentación del informe general; Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Ofíciese. Notifíquese. Firmado: Dra. Mercedes Dellamónica, Secretaria; Dr. Diego Raúl Aldao, Juez.
S/C 503424 Jul. 31 Ago. 4
__________________________________________
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia del Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de Santa Fe, se hace saber que dentro de los autos caratulados: CARDOSI, CARLOS DANIEL s/Quiebra; CUIJ 21-02033798-9, se ha presentado el Informe Final y Proyecto de Distribución readecuados a la regulación de honorarios. El decreto que ordena esta publicación expresa: Santa Fe, 07 de Julio de 2023. Por presentado por la Sindicatura el Informe Final y Proyecto de Distribución de fondos que prescribe el art. 218 de la L.C.Q. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL, debiendo exhibirse en el hall central de Planta Baja de estos Tribunales. Notifíquese. Fdo. Dra. María Romina Kilgelmann, (Jueza); Dra. María Ester Noé de Ferro, (Secretaria).Santa Fe, 12 de Julio de 2023.
S/C 503436 Jul. 31 Ago. 1
__________________________________________
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: GONZALEZ, MAXIMILIANO JESUS s/Pedido de Quiebra; CUIJ N° 21-02030164-0, se ha presentado el Proyecto de Distribución e Informe Final y se han regulado los honorarios a los profesionales intervinientes. La providencia que así lo dispone expresa: Santa Fe, 02 de Junio de 2023. AUTOS Y VISTOS:... CONSIDERANDO:... RESUELVO:... Fijar los honorarios totales en la suma de $ 655.673,44 a distribuir de la siguiente manera: 70% para la Sindicatura, lo que alcanza la suma de $ 458.971,40 para el CPN Rossi, Martín Marcos y 30% para el apoderado del fallido, esto es, la suma de $ 196.702,03 (9,48 jus) para la Dra. Wuethrich, Marcela Susana. Insértese, expídase copia y hágase saber. Notifíquese. Fdo. Dr. Diego Raúl Aldao, (Juez); Dra. Mercedes Dellamónica, (Secretaria). Otro decreto dice: Santa Fe, 02 de Junio de 2023. Por presentado informe final y proyecto de distribución. De manifiesto el mismo por el término de ley. Procédase a notificar conforme lo establecen el arts. 218 de la Ley 24522. Notifíquese. Fdo. Dr. Diego Raúl Aldao, (Juez); Dra. Mercedes Dellamónica, (Secretaria). Santa Fe, 07 de Junio de 2023. Dra. Alina Prado, prosecretaria.
S/C 503435 Jul. 31 Ago. 1
__________________________________________
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: GAINZA, DAIANA AINELEN s/Pedido de Quiebra; CUIJ N° 21-02023475-7, se ha presentado el Proyecto de Distribución e Informe Final Complementario. La providencia que así lo dispone expresa: Santa Fe, 26 de Junio de 2023. Por presentado informe final y proyecto de distribución complementario. De manifiesto el mismo por el término de ley. Procédase a notificar conforme lo establece el art. 218 de la Ley 24.522. Notifíquese. Fdo. Dr. Diego Raúl Aldao, (Juez); Dra. Mercedes Dellamónica, (Secretaria). Santa Fe, 10 de Julio de 2023.Dra. Alina Prado, prosecretaria.
S/C 503424 Jul. 31 Ago. 1
__________________________________________
Por disposición del Secretario del Juzgado de Primera Instancia del Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Santa Fe, se hace saber que dentro de los autos caratulados: FRANCO, CARLOS MAXIMILIANO s/Solicitud Propia Quiebra; CUIJ 21-02039875-8, a Contadora Pública Nacional D´AMICO, GRACIELA MONICA, D.N.I. N° 14.538.303, Matrícula N° 9285, aceptó el cargo de Síndica para el que fue designada y constituyó domicilio a todos los efectos en calle Irigoyen Freyre N° 2347 Piso 2 Dpto “B”, Santa Fe, T.E. 0342 4121838 - 155168275, con días y horarios de atención de lunes a viernes de 9 a 13 hs. y de 16 a 20 hs. Asimismo se ha dispuesto que los acreedores que presenten pedidos de verificación de créditos a la Sindicatura, podrán hacerlo de manera presencial como no presencial. En este sentido se podrán efectuar los pedidos mediante el envío de la solicitud y documentación por vía digital al correo cpngmdamico@hotmail.com. El decreto que ordena esta publicación expresa: Santa Fe, 04 de Julio de 2023. Téngase por aceptado al cargo para el que fuera designada en autos. Hágase saber que la CPN Graciela Mónica D´Amico fija su domicilio a los efectos legales en calle Irigoyen Freyre N° 2347 piso 2 dpto “B” y atenderá a los Sres. Acreedores los días hábiles en el horario de 9 a 13 y 16 a 20 hs. Téngase presente el correo electrónico denunciado cpngmdamico@hotmail.com. Publíquense edictos de lo ordenado en la presente a fin de dar a conocer el Síndico de autos. Notifíquese. Fdo: Dr. Gabriel Abad (Juez); Dra. Verónica Gisela Toloza, (Secretaria). Santa Fe, 13 de Julio de 2023.Dra. Natalia Gerard, prosecretaria.
S/C 503431 Jul. 31 Ago. 4
__________________________________________
Por disposición del Sr. Juez a cargo de 1ra. Instancia del Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, en los autos caratulados: Soperez, Fabio Juan Miguel s/Solicitud Propia Quiebra; Expte. CUIJ N° 21-02040425-3, Año 2023, se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 11/7/23; Declarar la quiebra de Fabio Juan Miguel Soperez, argentino, mayor de edad, empleado, DNI 35.749.647, apellido materno Vega, con domicilio real en calle Los Pinos 2870 de la ciudad de San José del Rincón y constituyendo domicilio legal en Avenida Freyre 1757, Piso 1 Dpto. 1 de esta ciudad. 5) Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de ser ineficaces. 8) Designar al síndico a sortearse para que realice el inventario de los bienes del fallido en el término de 30 días. 10) Fijar el día 24 de agosto de 2023 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al síndico. Fdo. Dr. Néstor Tosolini, Secretario; Dr. José Ignacio Lizasoain, Juez. Santa Fe, 11 de Julio de 2023.
S/C 503323 Jul. 31 Ago. 1
__________________________________________
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo de la Dra. María Romina Kilgelmann, Secretaría a cargo de la Dra. María Ester Noé de Ferro, sito en calle San Jerónimo 1551, hace saber que en los autos: PAVÓN, RICARDO DANIEL s/Solicitud propia quiebra; CUIJ 21-02040455-5; en fecha 11 de Julio 2023, se ha procedido a declarar, a su propio pedido, la quiebra de Ricardo Daniel Pavón, de apellido materno Troncoso, DNI N° 20.779.798, argentino, mayor de edad, empleada, domiciliado realmente en calle Pasaje Puerto San Carlos Nº 4188, Barrio Favaloro, de la ciudad de Santa Fe y con domicilio ad litem constituido en 25 de Mayo 2126, 2do piso, Of. A y B de la ciudad de Santa Fe. Asimismo se ha dispuesto la incautación de la totalidad de los bienes y papeles en poder del deudor y terceros; prohibir a los terceros hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de resultar ineficaces; intimar al fallido para que haga entrega de toda la documental que obrare en su poder y establecer que los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes hasta el 26 de Septiembre de 2023 inclusive. Secretaría, 11 de Julio de 2023. María Ester Noé de Ferro, Secretaria.
S/C 503318 Jul. 31 Ago. 4
__________________________________________
Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación Dr. Iván Di Chiazza, Secretaría a cargo de la Dra. Ma. Romina Botto, se ha dispuesto publicar el siguiente edicto en los autos: SESMA, DIEGO ANDRES s/Solicitud propia quiebra; CUIJ N° 21-01984289-1, haciendo saber que le ha presentado por la Sindicatura el proyecto de distribución complementario. Santa Fe, a los 03 días del mes de julio de dos mil veintitrés. Santa Fe, 6 de Julio de 2023. Dra. Georgina Benzo, Prosecretaria.
S/C 503327 Jul. 31 Ago. 1
__________________________________________
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados Expte. N° CUIJ 21-02002916-9, CARDOZO, FLORENCIA DANIELA s/Solicitud propia quiebra, se ha ordenado la publicación de edictos por el término de 2 días en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe conforme lo dispone el artículo 218 de la Ley N° 24.522, haciendo conocer la presentación del Informe Final y Proyecto de Distribución. A tal fin, se transcriben la resolución y el proveído que lo ordenan: Santa Fe, 30 de junio de 2023 Agréguese. Por presentado Informe Final y Proyecto de Distribución Final. De manifiesto por el término de ley el proyecto de distribución efectuado por Sindicatura. Atento a lo provisto por el art. 218 LCQJ publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Notifíquese. Dra. Ma. Romina Botto (Secretaria) Dr. Iván Di Chiazza (Juez a/c). Santa Fe, 10 de Julio de 2023.
S/C 503334 Jul. 31 Ago. 1
__________________________________________
Autos: LEGUIZA, RAMONA LILIANA s/Quiebra; (CUIJ Nº 21-02022714-9) de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia homónima. Con relación a lo dispuesto por el artículo 218 de la Ley 24.522, por medio del presente se pone en conocimiento de todos los interesados que se ha procedido a la presentación del Proyecto de Distribución final en los autos de referencia. Asimismo, se hace saber la regulación de honorarios: Honorarios Sindicatura: pesos cuatrocientos cincuenta y ocho mil novecientos setenta y uno con cuarenta y un centavos ($ 458.971,41) (más 10% aportes); Honorarios abogado del fallido: pesos ciento noventa y seis mil setecientos dos con tres centavos ($ 196.702,03) (más 13% de aportes). Santa Fe, 10 de Julio de 2023. Dra. Viviana Naveda Marcó, Secretaria.
S/C 503335 Jul. 31 Ago. 1
__________________________________________
Autos: GALVAN, JOSE LUIS s/Quiebra; (CUIJ N° 21-02014748-9) de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia homónima. Con relación a lo dispuesto por el artículo 218 de la Ley 24.522, por medio del presente se pone en conocimiento de todos los interesados que se ha procedido a la presentación del Proyecto de Distribución final en los autos de referencia. Asimismo, se hace saber la regulación de honorarios: Honorarios Sindicatura: pesos doscientos setenta y seis mil seiscientos cuarenta y nueve con cincuenta centavos ($ 276.649,50) (más 10% aportes); Honorarios abogado del fallido: pesos ciento dieciocho mil quinientos sesenta y cuatro con siete centavos ($ 118.564,07) (más 13% de aportes). Santa Fe, 10 de Julio de 2023. Romina S. Freyre, Secretaria.
S/C 503336 Jul. 31 Ago. 1
__________________________________________
Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos: ORELLANA, MIGUEL ANTONIO s/Solicitud propia quiebra; (CUIJ 21-02039824-5), se ha dispuesto: Santa Fe, 11/07/23; RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de MIGUEL ANTONIO ORELLANA, D.N.I. 32.886.490, apellido materno Orellana, soltera, con domicilio real en Pasaje Mitre 4319 de la ciudad de Santa Fe y legal en calle Amenabar 3066, Depto. 1 de la ciudad de Santa Fe, ambos de la provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 12 de julio de 2023 a las 10.00 hs. 13) Fijar el día 24 de agosto de 2023 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. 14) Fijar el día 9 de septiembre de 2023 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 05 de octubre de 2023 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito acompañando legajos en soporte papel y en archivo PDF para su publicación en el sistema informático; y el día 23 de noviembre de 2023 para la presentación del Informe General. Sin previo pago (art. 89 - 3er. párrafo Ley 24.522). Fdo. Dr. Pablo Cristian Silvestrini (Secretario) - Dr. Carlos F. Marcolín (Juez). Santa Fe, 12 de Julio de 2023.
S/C 503324 Jul. 31 Ago. 4
__________________________________________
Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos: PORFIRI, GUSTAVO JAVIER s/Pedido de quiebra; (CUIJ 21-02037243-2), se ha dispuesto lo siguiente: Santa Fe, 27 de junio de 2023. AUTOS Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de Gustavo Javier Porfiri, D.N.I. 27.040.004, domiciliado realmente en calle Iriondo Nº 2554 de la ciudad de Santo Tomé y legalmente en calle Juan José Paso N° 3334, Departamento N° 3 de la ciudad de Santa Fe. 12) Fijar el día 14/09/2023, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. Hágase saber que atento a la situación de emergencia, como a la creciente incorporación de TICs dentro de los procesos judiciales, se podrá realizar la verificación de créditos en forma presencial como no presencial. A estos últimos fines la Sindicatura deberá publicar edictos notificando la posibilidad de que los pedidos se pudieran efectuar mediante el envío de solicitud y documentación por vía digital al correo denunciado por la propia Sindicatura. Además la Sindicatura deberá notificar por carta material o por correo electrónico a cada uno de los acreedores denunciados por el fallido. La Sindicatura deberá presentar al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13) Fijar el día 13/10/2023 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos, las que podrán hacerse por vía presencial o electrónica en el correo denunciado a dichos fines. 14) Señalar el día 30/11/2023 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 04/03/2024, para la presentación del Informe General. Santa Fe, 5 de julio de 2023. Proveyendo escrito cargo N° 6664/23: Téngase presente la aceptación al cargo para el que fuera oportunamente designada en autos. Hágase saber que la CPN Mónica Irma Bressan, mail: monicabressan@gurfinkel.com.ar fija su domicilio a los efectos legales en calle Juan José Paso 3248 y atenderá a los Sres. Acreedores de lunes a viernes de 9 a 16 horas. Firmado: Dra. Verónica Gisela Toloza (Secretaria); Dr. Gabriel Abad, (Juez). La Síndica designada es la CPN Mónica Bressan, con domicilio constituido en Avenida Juan José Paso 3248 de la ciudad de Santa Fe, fijando días y horarios de atención de lunes a viernes de 9.00 hs. a 16.00 hs. Su teléfono es 341 2413997 y su correo, nioiicabrssiin@giirfjnkLcom.ar. Dra. Natalia Gerard, Prosecretaria.
S/C 503333 Jul. 31 Ago. 1
__________________________________________
Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, Dra. María Romina Kilgelmann, se hace saber que en los autos BOISSY, VALERIA GISELA s/Quiebra; CUIJ 21-02016211-9, se han regulado los honorarios profesionales y se ha ordenado poner de manifiesto el Informe Final y Proyecto de Distribución practicado por la Sindicatura. Como recaudo se transcribe el auto regulatorio y el decreto que textualmente dicen en su parte pertinente: Tomo: 52, Folio: 143 Resolución: 258. Santa Fe, 26 de Junio de 2023. Vistos:... Considerando:... Resuelvo: Regular los honorarios de la C.P.N Cristian Escobar en la suma de $ 594.381. Regular los honorarios de la Dra. Luciana Stessens en la suma de $ 40.000 (ius=1,48) y al Dr. José Alberto Escher en la suma de $ 214.735 (ius= 7,99). Insértese, y hágase saber. Fdo. Dra. María Romina Kilgelmann, Jueza; Dra. Maria Ester Noe de Ferro, Secretaria. Otro: Santa Fe, 05 de Julio de 2023. Por presentado por Sindicatura el informe final y proyecto de distribución que prescribe el Art. 218 de la LCQ. Publíquense edictos por dos días en el BOLETÍN OFICIAL debiendo exhibirse en el hall Central de Plata baja de estos Tribunales. Notifíquese. Fdo.: Dra. María Romina Kilgelmann, Juez; Dra. María Este Noé de Ferro, Secretaria. Santa Fe, 7 de Julio de 2023.
S/C 503504 Jul. 31 Ago. 1
__________________________________________
Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la Ciudad de Santa Fe (San Jerónimo Nº 1551 Planta Baja), se hace saber que en los autos caratulados: BORDIGA SILVINA ANDREA s/Solicitud de propia quiebra; (CUIJ N° 21-02029251-9), se ha presentado el informe final, proyecto de distribución y se han regulado los siguientes honorarios: Sindico C.P.N. Mariano Hugo Izquierdo $ 458.971,41; Dra. Beatriz Viviana Bude $ 196.702,03. Lo que se publica a los fines establecidos en el art. 218 de la Ley 24.522. Santa Fe, 12 de Julio de 2023. Sin Cargo. Dos días. Fdo. Dr. Iván Di Chiazza (Juez a/c); Dra. Ma. Romina Botto, (Secretaria). Dra. Georgina Benzo, Prosecretaria.
S/C 503459 Jul. 31 Ago. 1
__________________________________________
Autos: GARCIA, OLGA BEATRIZ s/Quiebra; (CUIJ 21-02032362-8), de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia homónima. Con relación a lo dispuesto por el artículo 218 de la Ley 24.522, por medio del presente se pone en conocimiento de todos los interesados que se ha procedido a la presentación de la readecuación del Informe Final y Proyecto de Distribución en los autos de referencia. Asimismo, se hace saber la regulación de honorarios: Honorarios síndico: pesos cuatrocientos dieciséis mil sesenta y siete ($ 416.067) (más 10% de aportes); Honorarios patrocinante de la sindicatura: pesos ciento setenta y ocho mil trescientos catorce ($ 178.314) (más el 13% de aportes); Honorarios patrocinante de la fallida: pesos doscientos cincuenta y cuatro mil setecientos treinta y cinco ($ 254.735) (más el 13% de aportes). Santa Fe, 13 de Julio de 2023. María Ester Noé de Ferro, Secretaria.
S/C 503478 Jul. 31 Ago. 1
__________________________________________
Por disposición del Juez de 1ra. Instancia de Distrito Civil y Comercial 7ma. Nominación de Santa Fe ESTELA NOEMI BORSOTTI s/Solicitud propia quiebra; CUIJ 21-02007029-0, se publicarán edictos en el BOLETÍN OFICIAL de conformidad con lo normado en la L.C.Q. N° 24.522, por dos (2) días. A los fines de notificar la conclusión del proceso de quiebra. La medida ha sido dispuesta Santa Fe 7 de Julio de 2023, RESUELVO: 1. Declarar la conclusión de la quiebra de Estela Noemí Borsotti, DNI N° 20.167.063, de apellido Battauz, con los efectos de los artículos 227 y 228 de la Ley N° 24.522 y su modificatoria Ley N° 26.684, dando por concluida la intervención de la Sindicatura. 2. Estando acreditados los aportes de los profesionales intervinientes con las conformidades de Caja Forense y Consejo Profesional de Ciencias Económicas, disponer el levantamiento de las medidas cautelares ordenadas, librándose los oficios pertinentes a los fines de la comunicación y toma de razón, así como de la finalización de este proceso concursal. 3. También, previo cumplimiento de lo anterior, ordenar la publicación por dos días de esta resolución mediante edictos en el BOLETÍN OFICIAL y oficiar al Registro de Procesos Concursales a sus efectos. Encomiéndase a la Sindicatura su diligenciamiento. Regístrese, hágase saber y agréguese copia al legajo que establece el art. 279 de LCQ. Fdo. Dra. Romina Soledad Freyre, Secretaria. Dr. Lucio Alfredo Palacios, Juez. Santa Fe, 10 de Julio de 2023.
S/C 503463 Jul. 31 Ago. 1
__________________________________________
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la cuidad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados LEONES ALVAREZ, JUAN DAVID s/Quiebra; CUIJ N° 21-01984183-6, se ha ordenado la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por dos días haciendo saber que en autos se dispuesto la conclusión de la quiebra por haber transcurrido el plazo de dos años desde la resolución de la clausura por distribución final sin que se reabra el procedimiento del Sr. Juan David Leones Alvarez, DNI 36.758.881. Para mayor recaudo se transcribe la resolución que así lo ordena: Santa Fe 07 de Julio de 2023. RESUELVO: 1. Declarar concluída la quiebra de Juan David Leones Alvarez, disponiendo el cese de las medidas cautelares anotadas, oficiándose a sus efectos. 2. Publicar la presente sentencia en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley. 3. Dar por concluida la intervención del Síndico. 4. Comunicar la presente resolución al Registro de Procesos Concursales, oficiándose a sus efectos. Regístrese, hágase saber. Firmado: Dr. Lucio A. Palacios-Juez; Dra. Romina Soledad Freyre, Secretaria. Santa Fe, 11 de Julio de 2023.
S/C 503499 Jul. 31 Ago. 1
__________________________________________
Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos: ALCAYDE, MATIAS LIONEL s/Solicitud propia quiebra; (CUIJ 21-02039976-4), se ha dispuesto lo siguiente: Santa Fe, 16 de junio de 2023. AUTOS Y VISTOS... CONSIDERANDO... RESUELVO: 10) Declarar la quiebra de Matías Lionel Alcayde, de apellido materno “Molina”, DNI Nº 30.165.862, argentino, mayor de edad, domiciliado realmente en calle Santa Fe Nº 9966 y legalmente en calle Moreno Nº 2407, ambos de la ciudad de Santa Fe. 10°) Fijar el día 14.08.2023 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11°) Designar el 22.09.2023 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos o el día hábil inmediato posterior si resultare feriado y la del 03.11.2023 o el día hábil inmediato posterior si resultare feriado para que presente el informe general. Firmado: Dr. Lucio Alfredo Palacios (Juez) - Dra. Romina Soledad Freyre (Secretaria). La Síndica designada es la CPN Liliana Ester Taccetta, con domicilio constituido en Avenida Juan José Paso 3248 de la ciudad de Santa Fe, fijando días y horarios de atención de lunes a viernes de 9.00 hs. a 16.00 hs. Su teléfono es 341 2413997 y su correo, lilianataccettagurfinkel.com.ar. Dra. Romina Soledad Freyre, Secretaria. Santa Fe, 11 de Julio de 2023.
S/C 503525 Jul. 31 Ago. 1
__________________________________________
Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Dr. Iván Di Chiazza, Juez; Dra. María José Lusardi, Prosecretaria Autorizante se hace saber que en los autos: ARZADUM EDUARDO ALCIDES s/Solicitud propia quiebra; CUIJ 21-02039425-8, ha sido designado el Síndico PACHECO HUBER, IGNACIO MARTIN, D.N.I. N° 27.117.219, Matrícula N° 14.317-01, Ley 8.738, con domicilio en calle Entre Ríos 3433, con horario de atención al público de 8:00 a 12:00 y de 16:30 a 20:30 hs. de conformidad con los normado por la Ley N° 24.522 y Mod, con turno previo al teléfono 342154-236748 o 342-154-424883, pudiendo recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico: estudio.pacheco.talame.amador@gmail.com y por transferencia bancaria para lo cual denuncio mi CBU para un eventual depósito de los aranceles de ley: Caja de Ahorro N° 599070855600 - CBU: 3300599525990708556004 - Alias: POSTRE.BLANCO.PASADO de mi titularidad. Santa Fe, 12 de Julio de 2023. Dra. María José Lusardi, Prosecretaria.
S/C 503526 Jul. 31 Ago. 1
__________________________________________
Por disposición de la Sra. Jueza en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de Santa Fe, se ha dictado en autos CANDIA, SELVA MARINA s/Pedido de quiebras; CUIJ Nº 21-02019120-9, con fecha 3 de Julio de 2023, la siguiente resolución: De manifiesto por el término de ley el proyecto de distribución efectuado por Sindicatura. Atento a lo provisto por el art. 218 LCQ, publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Notifíquese. Fdo. Dra. Georgina Benzo, Prosecretaria. Santa Fe, 11 de Julio de 2023.
$ 1 503423 Jul. 31 Ago. 1
__________________________________________
Por disposición del Sr. Juez del Juzgado en lo Civil y Comercial y de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados ALTAMIRANO NICOLAS DAVID s/Pedido de quiebra; CUIJ 21-02027333-7, se ha dispuesto publicar el presente a fin de hacer saber lo decretado por V.S. Para mayor recaudo se transcribe el decreto que así lo ordena. Santa Fe, 14 de Julio de 2023. De manifiesto por el término de ley el informe y proyecto de distribución final obrante a fs. 196/197. Publíquense edictos de conformidad con lo dispuesto por el art. 218 de la LCQ. Notifíquese. Fdo. Dra. Maria José Lusardi, Prosecretaria. Santa Fe, Julio de 2023.
$ 1 503519 Jul. 31 Ago. 1
__________________________________________
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe, Dra. Ana Rosa Alvarez, Juez a/c - Dra. María A. Pacor Alonso, Secretaria, se hace saber que en los autos: TABORDA PAOLA JESICA s/Solicitud propia quiebra; CUIJ 21-02023502-8. Santa Fe, 11 de julio de 2023. Téngase por presentado el proyecto de distribución final. Póngase de manifiesto por el término de ley. Publíquense edictos. Notifíquese. Otro Decreto, Santa Fe 08 de julio de 2023. Resuelvo: Fijar los honorarios totales en la suma de $ 547.955,74 equivalente a un sueldo de secretario de 1ra. Instancia, a distribuirse de la siguiente proporción: a) $ 383.569,74 para la sindicatura de autos CPN Claudio Aníbal Seveso; b) para los Dres. Gastón Nicolás Redondo en la proporción de $ 131.509,38 y para la Dra. Fabiana Gisela Sosa Fanoni en la suma de $ 32.877,34, apoderados de la Fallida. Vista al Consejo Profesional de Ciencias Económicas y a la caja Forense. Dra. María Alfonsina Pacor Alonso, Secretaria; Dra. María Romina Kilgelmann, Jueza a/c.
$ 1 503509 Jul. 31 Ago. 1
__________________________________________
Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, Dra. María Romina Kilgelmann, se hace saber que en los autos: VIVIANI, MARÍA LAURA s/Quiebra, CUIJ 21-02031254-5, se han regulado los honorarios profesionales y se ha ordenado poner de manifiesto el Informe Final y Proyecto de Distribución practicado por la Sindicatura. Como recaudo se transcribe el auto regulatorio y el decreto que textualmente dicen en su parte pertinente: Tomo: 52, Folio: 170, Resolución: 280; Santa Fe, 04 de Julio de 2023. Vistos:... Considerando:... Resuelvo: Regular los honorarios del C.P.N. Cristian Daniel Escobar en la suma de $ 594.381. Regular los honorarios del Dr. Esteban N. Cattaneo, en la suma de $ 254.735 (ius=9,48). Fdo. Dra. María Romina Kilgelmann, Jueza; Dra. María Ester Noe de Ferro, Secretaria. Otro: Santa Fe, 13 de Julio de 2023 Agréguese la documental acompañada. Por presentado por la Sindicatura el Informe Final y Proyecto de Distribución de fondos que prescribe el art. 218 L.C.Q. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL, debiendo exhibirse en el hall Central de Planta Baja de estos Tribunales. Notifíquese. Fdo. Dra. María Romina Kilgelmann, Jueza; Dra. María Ester Noé de Ferro, Secretaria. Santa Fe, 14 de Julio de 2023.
$ 1 503523 Jul. 31 Ago. 1
__________________________________________
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, Dra. Ana Rosa Alvarez - Jueza - Dra. Sandra Silvina Romero -Secretaria, se hace saber que en los autos: Expte. N° CUIJ 21-02013503-1; LEIVA, NORBERTO RICARDO s/Solicitud propia Quiebra, en trámite por ante este Juzgado, se ha presentado el Informe Final y el Proyecto de Distribución por parte de la Sindicatura, el que se pone de manifiesto a sus efectos por el término de ley - Art. 218 Ley 24.522. Para mayor recaudo se transcribe la parte pertinente al Decreto que así lo dispone, y que dice: Santa Fe, 13/07/2023, Visto... Considerando..., Resuelvo... Por Presentado Proyecto de Distribución..., Pónganse de manifiesto por el término de ley, Publíquense edicto. Notifíquese. Otro: Santa Fe, 30/06/2023. Regular en la suma de $ 594.381,28 los honorarios profesionales del Sindico interviniente en autos CPN Raúl Juan Kuchen, y en la suma de $ 254.734,83, los correspondientes al abogado del fallido, Dr. Rafael Gastón Lazzarini. Regístrese, hágase saber. Dra. Ana Rosa Alvarez, Jueza; Dra. Sandra Silvina Romero, Secretaria.
$ 11 503512 Jul. 31 Ago. 1
__________________________________________
Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados: BAUCERO, DANIEL ESPIRO s/Solicitud Propia Quiebra; (CUIJ 21-02038230-6) tramitados por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, de los que: Santa Fe, 07 de Julio de 2023. AUTOS Y VISTOS: Estos autos caratulados BAUCERO, DANIEL ESPIRO s/Solicitud Propia Quiebra; (CUIJ 21-02038230-6) tramitados por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, de los que RESULTA: Que la peticionante, mediante apoderado, solicita la declaración de su propia quiebra a tenor de lo dispuesto por los art. 77 ss. y cc. de la ley 24.522, encontrándose comprendido en el art. 3 de la misma. Manifiesta es empleado del Ministerio de Seguridad de la Provincia. Expresa que, a raíz de dificultades económicas, se vio en la necesidad de recurrir a la obtención de créditos y ayuda económica brindados por bancos y financieras, lo cual ha generado un mayor endeudamiento debido a los altos intereses, usurarios que se aplica a dichos créditos. Agrega que atento a dichas dificultades económicas ha contraído deudas que generaron intereses por el atraso en los pagos lo que la han llevado a un estado de cesación de pagos. Es por ello que realiza el presente pedido. A fs. 4/13 realiza un detalle del activo y del pasivo y nómina de acreedores, y CONSIDERANDO: 1- Que el peticionante solicita la declaración de su propia quiebra, posibilidad que brinda el ordenamiento concursal (art. 77 inc. 3° y 86 de la Ley 24.522). 2- Que en orden a decidir si concurre el presupuesto objetivo de la quiebra, esto es, el estado de cesación de pagos, puede decirse que la presentación del deudor demandando su propia quiebra implica confesión judicial del estado de impotencia patrimonial, y ese reconocimiento judicial- art. 79 inc. 1º- reviste la máxima eficacia probatoria sobre la existencia de la insolvencia, ya que, como lo ha señalado la doctrina, la mejor prueba de la cesación de pagos es la confesión del deudor, de modo que frente a ese hecho revelador poco margen queda al juzgador por indagar en torno a la configuración de la insolvencia (conf. C.C.C. Rosario, Sala 1°, 28/7/97, Zeus T 46 J-60), por todo lo cual el suscripto entiende que, el estado de crisis financiero- económico del peticionante permite acceder al pedido de solicitud de apertura de la quiebra. Por todo lo expuesto y de conformidad a los normado por los arts. 1, 2, 77, 78, 79, 86, 88, 89, 103, 106, 107, 109, 110, 114, 132, 177, 178, 200, 203, 288, 289 siguientes y concordantes de la Ley 24.522 y norma legales que rigen en la materia; RESUELVO: 1- Declarar la quiebra de DANIEL ESPIRO BAUCERO, argentino, DNI N° 25.113.926, soltero, empleado del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, CUIL 20-25113926-2, apellido materno CANO, domiciliado según dice en calle Pedro Vitori N° 4283 1 6 Mariano Comas de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle 3 de Febrero N° 2761 Oficina 6 “Casa del Foro” de esta ciudad de Santa Fe- 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9.- Ordénase el cese de las retenciones de los códigos de descuento, con excepción de los de ley y los de Seguridad Social, de causa anterior a la declaración de la quiebra. Procédase a oficiar a sus fines y trábese embargo, en proporción de ley, sobre los haberes de la fallida, debiendo depositarse las sumas retenidas en una cuenta a abrirse a al orden del Juzgado y para estos autos en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Agencia Tribunales-. A cuyo fin se comunicará por Secretaria para que se proceda a la apertura de la cuenta judicial. Ofíciese a la empleadora. 10- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 11- Designar el día miércoles 12 de julio de 2023 a las 10:00hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese a la Excma Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe. 12- Fijar el día lunes 16 de agosto de 2023 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24.522). 13- Señalar el día miércoles 20 de septiembre de 2023 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el día viernes 20 de octubre de 2023 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 14- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la ley 24.522. 15- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 ley 3.456) y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Fdo.: Kilgelmann (Juez a/cargo) - Pacor Alonso (Secretaria). OTRO DECRETO: SANTA FE, 14 de Julio de 2023. Proveyendo escrito cargo N° 6883: Habiéndose realizado el sorteo correspondiente a un Sindico que intervendrá en autos, ha sido sorteado el Síndico CPN ROBERTO EDUARDO MANGINI, domiciliada en calle Talcahuano N° 7675, a quien se designa en tal carácter, debiendo comparecer a aceptar el cargo en cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifiquese. Fdo. Alvarez (Juez a/cargo) - Pacor Alonso (Secretaria).
S/C 503530 Jul.31 Ago. 4
__________________________________________
Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados: ALVAREZ, LUCAS DANIEL s/Solicitud Propia Quiebra; (CUIJ 21-02040065-7) tramitados por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1, en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, de los que: Santa Fe, 12 de Julio de 2023. AUTOS Y VISTOS: Estos autos caratulados: ALVAREZ, LUCAS DANIEL s/Solicitud Propia Quiebra; (CUIJ 21-02040065-7) tramitados por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, de los que RESULTA: Que la peticionante, mediante apoderado, solicita la declaración de su propia quiebra a tenor de lo dispuesto por los art. 77 ss. y cc. de la Ley 24.522, encontrándose comprendido en el art. 3 de la misma. Manifiesta es empleado del Ministerio de Salud de la Provincia. Expresa que, a raíz de dificultades económicas, se vio en la necesidad de recurrir a la obtención de créditos y ayuda económica brindados por bancos y financieras, lo cual ha generado un mayor endeudamiento debido a los altos intereses, usurarios que se aplica a dichos créditos. Agrega que atento a dichas dificultades económicas ha contraído deudas que generaron intereses por el atraso en los pagos lo que la han llevado a un estado de cesación de pagos. Es por ello que realiza el presente pedido. A fs. 4/8 realiza un detalle del activo y del pasivo y nómina de acreedores, y CONSIDERANDO: 1- Que el peticionante solicita la declaración de su propia quiebra, posibilidad que brinda el ordenamiento concursal (art. 77 inc. 3° y 86 de la Ley 24.522). 2- Que en orden a decidir si concurre el presupuesto objetivo de la quiebra, esto es, el estado de cesación de pagos, puede decirse que la presentación del deudor demandando su propia quiebra implica confesión judicial del estado de impotencia patrimonial, y ese reconocimiento judicial- art. 79 inc. 1º- reviste la máxima eficacia probatoria sobre la existencia de la insolvencia, ya que, como lo ha señalado la doctrina, la mejor prueba de la cesación de pagos es la confesión del deudor, de modo que frente a ese hecho revelador poco margen queda al juzgador por indagar en torno a la configuración de la insolvencia (conf. C.C.C. Rosario, Sala 1, 28/7/97, Zeus T 46 J-60), por todo lo cual el suscripto entiende que, el estado de crisis financiero- económico del peticionante permite acceder al pedido de solicitud de apertura de la quiebra. Por todo lo expuesto y de conformidad a los normado por los arts. 1, 2, 77, 78, 79, 86, 88, 89, 103, 106, 107, 109, 110, 114, 132, 177, 178, 200, 203. 288, 289 siguientes y concordantes de la Ley 24.522 y norma legales que rigen en la materia; RESUELVO: 1- Declarar la quiebra de Lucas Daniel Alvarez, argentino, DNI N° 35.448.123, empleado del Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe, apellido materno ALVAREZ, domiciliado según dice en calle Quintana N° 1778 de esta ciudad de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle Necochea N° 3142 de esta ciudad de Santa Fe. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9.- Ordénase el cese de las retenciones de los códigos de descuento, con excepción de los de ley y los de Seguridad Social, de causa anterior a la declaración de la quiebra. Procédase a oficiar a sus fines y trábese embargo, en proporción de ley, sobre los haberes de la fallida, debiendo depositarse las sumas retenidas en una cuenta a abrirse a al orden del Juzgado y para estos autos en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Agencia Tribunales-. A cuyo fin se comunicará por Secretaria para que se proceda a la apertura de la cuenta judicial. Ofíciese a la empleadora. 10- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 11- Designar el día miércoles 12 de julio de 2023 a las 10:00hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese a la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe. 12- Fijar el día lunes 16 de agosto de 2023 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 Ley 24.522). 13- Señalar el día miércoles 20 de septiembre de 2023 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 Ley 24.522) y designar el día viernes 20 de octubre de 2023 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 14- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la Ley 24.522. 15- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 ley 3.456) y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Fdo. Alvarez (Juez a/cargo) - Pacor Alonso (Secretaria). OTRO DECRETO: Santa Fe, 14 de Julio de 2023. Proveyendo escrito cargo N° 6882. Habiéndose realizado el sorteo correspondiente a un Sindico que intervendrá en autos, ha sido sorteado la Síndico Cpn Alicia Nelida Alvarez, domiciliada en calle Pasaje Koch N° 1057 -Dpto 2-, a quien se designa en tal carácter, debiendo comparecer a aceptar el cargo en cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo. Alvarez (Juez a/cargo) - Pacor Alonso (Secretaria).
S/C 503529 Jul. 31 Ago. 4
__________________________________________
Por disposición de la Señora Jueza de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: VIDAL, LEONARDO EXEQUIEL s/Solicitud Propia Quiebra; (Expte. CUIJ N° 21-02040368-0), se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 14 de Julio de 2023; VISTOS:... CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra de Leonardo Exequiel Vidal, DNI 34.299.354, argentino, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en San José 1020 P.B. de esta ciudad de Santa Fe y legal en calle Hipólito Irigoyen 2423 de esta ciudad de Santa Fe. 3) Disponer como fecha para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuará como Síndico el día miércoles 02 de Agosto de 2023 a las 10 horas. 5) Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de ser éstos ineficaces. 10) Fijar el día 17 de Septiembre de 2023 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el día 30 de Octubre de 2023 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 11 de Diciembre de 2023 para que presente el informe general. 13) Disponer la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el art. 89 de la Ley 24.522, computándose el plazo que tiene la deudora para ello desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio. Fdo. Ana Rosa Alvarez Jueza Sandra S. Romero, Secretaria. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y de acuerdo a la Ley 11.827, en el lugar habilitado por la CSJP en el Palacio de Tribunales. Santa Fe, 14 de Julio de 2023.Dra. Sandra S. Romero, Secretaria.
S/C 503527 Jul. 31 Ago. 4
__________________________________________
Por así estar dispuesto en los autos FOSSA JUAN BAUTISTA c/LOPEZ, JUAN IGNACIO s/Pedido de Quiebra - 21-02030707-9, el Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dr. Gabriel Adad, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 12 de Julio de 2023. AUTOS Y VISTOS:...; CONSIDERANDO:...; RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de López Juan Ignacio, DNI 43.847.744, argentino, comerciante, de apellido materno “Bravo” comerciante con domicilio real en Jorge Newbery N° 538 de la ciudad de Galvez y legal en J.P. López N° 770 Dpto. 6 de la ciudad de Santa Fe, ambos Provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario previsto por el inc. 10) del Art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el punto 13). 10) Diferir el modo de realización de los bienes del fallido para luego de realizada la incautación de los mismos. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 12/07/23 a las 11.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 12) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido, la que comprenderá en su caso la clausura del establecimiento del mismo, de sus oficinas y demás lugares en que se hallen sus bienes y documentos; y la posterior entrega de los bienes al Síndico con las formalidades del inc. 2° del art. 177 de la L.C. A sus efectos líbrese oficio al Juzgado de Circuito N° 20. Habilítense los días y horas que fueren menester. 13) Fijar el día 14/09/2023, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 14) Fijar el día 29/09/23 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 31/10/23 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 18/12/23 para la presentación del Informe General. 16) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra el fallido a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 17) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 18) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 19) Ofíciese al Consejo de Profesionales en Ciencias Económicas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Fdo: Dr. Gabriel Abad: Juez A/C. Dra. Viviana Naveda Marcó: Secretaria. Conste: Que en el sorteo de Síndico realizado el día 13 de julio de 2023 para estos autos, resultó sorteado Síndico el C.P.N. Esteban Güesta Rivas con domicilio en calle Francia N° 1978 de esta ciudad. Dra. Viviana Naveda Marcó, Secretaria.
S/C 503540 Jul. 31 Ago. 4
__________________________________________
Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Santa Fe, en autos: KREIG, WILDO OMAR c/LETOL SOC. COMANDITA PORTADOR Y OTROS s/Prescripción Adquisitiva - CUIJ 21-00730370-7, se cita, llama y emplaza a LETOL SOCIEDAD EN COMANDITA AL PORTADOR y/o SANTA ANGELA SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES AL PORTADOR y/o IRMA LILA SALVATELLI DE GRILLI y/o ALBERTO DANIEL SALVATELLI y/o contra quien jurídicamente corresponda por el plazo de ley y conforme art. 597 CPCC, a estar a derecho y tomar la intervención que les corresponda bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 72, 76 y ss., CPCC). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y conforme lo normado en la Ley Provincial N° 11.287. Santa Fe, 28 de Junio de 2023. Fdo. Dr. Carlos Federico Marcolin (Juez) - Dr. Pablo Cristian Silvestre, (Secretario).
$ 50 503293 Jul. 31 Ago. 2
__________________________________________
El Juzgado de 1° Instancia de Circuito N° 36 de Avellaneda - Provincia de Santa Fe-, Secretaria a cargo del Dr. Cristian Mudry, notifica a Alan Gastón Fernández, demandado en autos: FAST CRED S.A. c/FERNANDEZ, ALAN GASTON s/Ejecutivo; CUIJ 21-23334976-0 la siguiente providencia: Avellaneda, 12 de Junio de 2023. Haciendo efectivo el apercibimiento decretado, declárese rebelde al demandado. Notifíquese por edictos en el BOLETÍN OFICIAL y puertas del juzgado conforme lo dispuesto por los arts. 77 y 67 del CPC. Firmado: Cristian Mudry - Secretario; Dra. Maria Cecilia Belfiori, Jueza a/c. Avellaneda, 13 de junio de 2023.
$ 45 503350 Jul. 31 Ago. 2
__________________________________________
Por disposición de la Sra. Jueza en autos caratulados: PAREDES, FACUNDO HECTOR c/VENDO TU AUTO S.A.S. y Otros s/Demanda de Derecho de Consumo; CUIJ N° 21-02036917-2, que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10ma. Nominación ciudad de Santa Fe, se cita y emplaza a comparecer a estar a derecho y tomar la intervención que le corresponda al Sr. Alexis Guarda y la firma “Vendo tu Auto”, bajo apercibimientos de ley, los decretos que así lo ordenan de transcriben a continuación: Santa Fe, 1 de diciembre de 2022. Por presentados, acéptase el domicilio procesal constituido y el carácter invocado, conforme al poder obrante en autos. Por iniciada formal Demanda que tramitará según las normas del proceso ordinario (arts 398 del CPCC). Cítese y emplácese a Bizzotto Paola Fernanda, Guarda Alexis Leonel, Figuerero Héctor Andrés, Vaca Federico Alejandro y Vendo Tu Auto S.A.S. por el plazo de ley para que dentro del mismo comparezcan a estar a derecho y tomar la intervención que le corresponda bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 72, 76 y ss., CPCC). Dése intervención al Sr. Fiscal (art. 52 ley 24.240) y al Colegio de Escribanos (art. 34 Ley 6868). Al pedido de secuestro no ha lugar atento al tipo de proceso de que se trata y el estado de las actuaciones. En caso de resultar necesarios a fin de conocer el actual domicilio del demandado, líbrense oficios requiriéndose informes al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral o al Registro Público de Comercio, según corresponda. En los demás oficios que el profesional estime necesarios para averiguar el domicilio del demandado, deberá diligenciarlos por la vía prevista por el art. 25, inc. a, CPCC, transcribiendo nombre completo, número y tipo de documento de identidad y último domicilio conocido del demandado. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario - Acta 48/2017 de fecha 5 de diciembre de 2017 de la Excma. Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe. Por tanto, se hace saber que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la comparencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12851. Notifíquese por cédula, debiendo el Sr. Oficial notificador observar el estricto cumplimiento del art. 63 CPCC. Fdo: Dr. José Ignacio Lizasoain (Juez) - Dr. Néstor Tosolini (Secretario). OTRO DECRETO: Santa Fe, 10 de Julio de 2023 Atento a lo solicitado, notifíquese al Sr. Alexis Guarda y a la firma “Vendo tu auto” por edictos a publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley y exhíbanse los mismos en el hall de Planta Baja de estos Tribunales, bajo apercibimientos de ley. (..). Notifíquese. Fdo. Dra. María Ester Noe de Ferro, Secretaria - Dra. María Romina Kilgelmann (Jueza). Santa Fe, 12 de Julio de 2023.
$ 150 503326 Jul. 31 Ago. 2
__________________________________________
Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Circuito Nº 2 Primera Secretaria de la ciudad de Santa Fe, sito en calle San Jerónimo 1411, en los autos caratulados: OTERO, MARIA CRISTINA c/ALEGRE, BONIFACIO s/Juicios Sumarios; (CUIJ 21-15794009-8), se ha dispuesto lo siguiente: Santa Fe, 31 de marzo de 2022. Estando acreditado el fallecimiento del demandado Bonifacio Alegre -único titular registral fs. 73- (conforme partida de defunción a fs. 81) y no existiendo proceso sucesorio abierto a su nombre (vid informe del Registro de Procesos Universales obrante a fs. 91/92), cítese y emplácese por Edictos a los herederos de Bonifacio Alegre por el plazo de ley para que dentro del mismo comparezcan a estar a derecho bajo apercibimientos de rebeldía. A sus efectos se publicarán edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley y se exhibirán en el hall central de la Planta Baja de Tribunales (art. 597 CPCC). En la publicación deberá constar la ubicación del inmueble como así también los datos registrales, del inmueble a usucapir. Hágase saber al profesional que deberá notificar el presente decreto y el de fecha 18/10/2021 a fs. 76. Notifíquese. Fdo. Canteros: Juez a/c. Suárez: Secretaria. Santa Fe, 18 de octubre de 2021. Por iniciada demanda de Prescripción Adquisitiva contra Bonifacio Alegre que tramitará según las normas del proceso ordinario (arts. 398y ss. del CPCC). Cítese y emplácese por el término de tres días para que dentro del mismo comparezcan a estar a derecho y tomar la intervención que le corresponda bajo, apercibimiento de rebeldía (arts. 72, 76 y ss., CPCC). Asimismo cítese y emplácese a la Provincia de Santa Fe y a la Municipalidad de Santa Fe, para que dentro del término de ley manifiesten si existe interés fiscal comprometido. Previo a todo trámite, previa fianza con justificación de solvencia que en legal forma se constituirá en autos a fin de garantizar eventuales daños y perjuicios, y que si aquélla fuere personal deberán cubrirse los requisitos del C.C. y C. procédase a inscribir la anotación de Litis sobre el inmueble que se pretende usucapir, oficiándose al Registro General, atento a lo normado por el art. 1.905 CCCN. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario - Acta 48/2017 de fecha 5 de diciembre de 2017 de la Excma. Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe. Por tanto, se hace saber que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuitos o fuerza mayor y la comparencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12851. A fin de evitar futuras nulidades, resulta menester indagar si el titular registral Bonifacio Alegre es persona fallecida y su último domicilio conocido. A sus efectos, ofíciese al Registro Civil y Capacidad de las Personas. En caso de no tratarse de persona fallecida, se deberá oficiar a la Cámara Electoral Nacional, a la Secretaría Electoral Nacional, a la ANSES a fin de que informen su último domicilio conocido y a la Oficina de Procesos Sucesorios a fin de que informe si hay sucesorio iniciado a nombre de Bonifacio Alegre. Reponga sellado de demanda por 300 MT. Notifíquese. Fdo. Canteros: Juez a/c. Suárez: Secretaria. El inmueble a usucapir se ubica en calle 25 de mayo 7848 y/o pasaje Concejal Páez 2491 (antes pasaje público) de la ciudad de Santa Fe; Partida Api N° 10.11.05-127472/0001-2; datos registrales: Tomo 346P; Folio 3587; Número 26492; año 1974 del departamento La Capital. Sección: Dominios. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL de conformidad con lo dispuesto en la Ley 11.287 y para ser exhibido en el hall de Tribunales en el lugar dispuesto por la Corte Suprema de Justicia. Santa Fe, 04 de Julio de 2023. Dra. Adriana Lorena Dávalos, Prosecretaria.
$250 503305 Jul. 31 Ago. 2
__________________________________________
Por disposición de la Señora Juez del Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 20 de la ciudad de Gálvez, en los autos caratulados: ARAGNO ARIEL GERMAN c/COMUNA DE COLONIA BELGRANO s/Juicios Sumarios - Prescripción Adquisitiva; CUIJ 21-22845541-2 que tramitan por ante dicho Juzgado se ha dictado el siguiente proveído: Gálvez, 11 de Julio de 2023. Proveyendo escrito cargo N° 1364/2023: Agréguense los informes acompañados y téngase presente lo manifestado. Asimismo, agréguese el reclamo administrativo -ordenanza N° 17/2023- acompañado, cumplimentando con lo requerido. Téngase ampliada Demanda por usucapión, la que tramitará por vía sumaria, contra la Comuna de Colonia Belgrano. Cítese y emplácese a la parte accionada para que comparezca a estar a derecho en el término y bajo apercibimiento de Ley. Cítese a la Provincia de Santa Fe para que comparezcan si hubiera interés fiscal comprometido. Notifíquese por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall del Juzgado (Ley 11287) por el término y bajo apercibimiento de Ley. Procédase a la corrección de la carátula, tómese razón por ante Mesa de Entradas y en el sistema informático. Notifíquese. Firmado: Dra. Powell (Juez) Dra. Breuza (Prosecretaria). Lo que se publica a sus efectos por el término y bajo apercibimientos de ley. Gálvez, 12 de Julio de 2023.Dra. Mónica E. Saliva, secretaria.
$ 60 503385 Jul. 31 Ago. 2
__________________________________________
Por disposición de la Señora Juez del Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 20 de la ciudad de Gálvez, en los autos caratulados: SILVESTRINI DE ARAGNO RAQUEL ANGELA DOMINGA c/COMUNA DE COLONIA BELGRANO s/Prescripción Adquisitiva; CUIJ 21-22844988-9 que tramitan por ante dicho Juzgado se ha dictado el siguiente proveído: Gálvez, 11 de Julio de 2023. Proveyendo escrito cargo N° 1767/2023: Agréguense los informes acompañados y téngase presente lo manifestado. Asimismo, agréguese el reclamo administrativo -ordenanza N° 15/2023- acompañado, cumplimentando con lo requerido. Téngase ampliada Demanda por Usucapión, la que tramitará por vía sumaria, contra la Comuna de Colonia Belgrano. Cítese y emplácese a la parte accionada para que comparezca a estar a derecho en el término y bajo apercibimiento de Ley. Cítese a la Provincia de Santa Fe para que comparezcan si hubiera interés fiscal comprometido. Notifíquese por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall del Juzgado (Ley 11287) por el término y bajo apercibimiento de Ley. Procédase a la corrección de la carátula, tómese razón por ante Mesa de Entradas y en el sistema informático. Notifíquese. Firmado: Dra. Powell (Juez) Dra. Breuza (Prosecretaria). Lo que se publica a sus efectos por el término y bajo apercibimientos de ley. Gálvez, 13 de Julio de 2023.Dra. Mónica E. Saliva, Secretaria.
$ 60 503384 Jul. 31 Ago. 2
__________________________________________
Por disposición de la Dra. Lilián M. T. Insaurralde, Jueza de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 20 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: FERNÁNDEZ, OSCAR ALCIDES s/Quiebras; (CUIJ 21-26170372-3), por resolución de fecha 11 de abril de 2023 se ha resuelto: ( ... ) 1) Declarar la quiebra (arts.288 y 289, ley 24.522) del Señor Oscar Alcides Fernández, DNI N° 24.350.030, CUIL 20-24350030-4, argentino, divorciado, mayor de edad, empleado del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe; domiciliado realmente en calle s/n, Zona Urbana - Colonia La Brava, Departamento San Javier y constituyendo domicilio procesal en calle Nicasio Oroño N° 23545 de esta ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe. (...) 3) Ordenar al fallido, como así también a terceros para que, en el término de 48 horas de su designación, entreguen al Síndico todos los bienes de pertenencia del primero. Intimar a la deudora para: a) que entregue a la Sindicatura dentro de las 24 hs de que aquél acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad (Art.88 inc.4 LCQ); b) Intimar al fallido para que, en el término de diez días contados a partir de la presente resolución, de cumplimento a lo dispuesto por el art. 86 de la Ley 24.522. 4) Prohibir hacer pagos a la fallida, los que de realizarse se reputarán ineficaces; excepto los que se realicen en concepto de salarios con las especificaciones del párrafo 16) de la presente (Art.88 inc 5 LCQ). (...) 9) Fijar hasta el día ... inclusive (o el día hábil inmediato posterior) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al Sindico, en la forma establecida en los arts. 32 y 200 L.C.Q. Fdo: Insaurralde, Lilián - Jueza; Demboryniski, Silvina - Secretaria. Otra Resolución: San Javier, 13 de Julio de 2023. AUTOS Y VISTOS:... RESULTA:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Fijar hasta el día jueves 7 de septiembre de 2023 inclusive o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes a la Sindica, en la forma establecida en el art. 200 y 32 de la L.C.Q. II) Señalar entre los días viernes 8 de septiembre de 2023 hasta el lunes 25 de septiembre de 2023 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado), el Período de Observación e Impugnaciones (Art. 34 y 200). III) Para que el Síndico presente al Juzgado un Informe Individual (Art. 35 L.C.Q.) de cada solicitud de verificación en particular, señálese el día viernes 03 de noviembre de 2023 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) y para que presente el Informe General (Art. 39 L.C.Q.), el día viernes 15 de diciembre de 2023 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado), haciéndole saber explícitamente que antes de la fecha de presentación de los informes individuales deberán estar debidamente diligenciados Todos Los Oficios Requeridos, como así también deberá encontrarse acreditado el diligenciamiento del Mandamiento de Incautación y Desapoderamiento y las notificaciones a los acreedores denunciados por la propia fallida. IV) Ordenar las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento de lo dispuesto por el art. 103 de la Ley 24.522, haciéndose saber que conforme dicha disposición la fallida no podrá ausentarse del país hasta la presentación del informe general, el cual deberá cumplimentarse el viernes 15 de diciembre de 2023 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado). Sin perjuicio de ello, la suscripta se reserva la facultad que le confiere el mencionado artículo, de extender tal prohibición hasta seis meses más. A tales fines, ofíciese a la Policía Federal, Oficinas de Migraciones del Ministerio del Interior y autoridades de control de fronteras (Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina), cuyo diligenciamiento deberá acreditarse dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente. V) Publíquense los edictos de ley con las nuevas fechas, en la forma dispuesta. Hágase saber que, dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente, deberá acreditarse la publicación de edictos por el término de ley, en el BOLETÍN OFICIAL y hall de este Juzgado y se procederá a publicarlos en un medio gráfico (acompañando ejemplar de la publicación en idénticas condiciones que el BOLETÍN OFICIAL) y radial (con factura detallando fechas y horarios de publicación) debiendo optar por los de mayor difusión en el ámbito local (art. 89 LCQ.). Asimismo, y como forma complementaria de la publicación de edictos el Síndico deberá acreditar la notificación a los acreedores denunciados por la fallida, por medio fehaciente a su elección; ello a los fines de morigerar el peligro de la notificación automática y compatibilizar una más acelerada y económica tramitación de la causa con el Derecho de Defensa. (Algunos Principios Procesales Concursales, por Ricardo Prono). La publicación de edictos contemplada por el artículo 89 de la ley concursal es necesaria a los fines de oponer la quiebra erga omnes y tiene carácter de emplazamiento, para que los acreedores se presenten a verificar sus créditos. VI) Insértese el original, agréguese copia y hágase saber. Fdo: Insaurralde, Lilián - Jueza; Demboryniski, Silvina - Secretaria. El Síndico designado es el CPN Víctor Hugo Fabrizio, DNI N° 11.226.332, quien constituye domicilio a los fines del presente proceso falencial en calle Nicasio Oroño N° 1750 de la ciudad de San Javier, fijando días y horarios de atención de lunes a viernes de 9.00 a 12.00 y de 17.00 a 20.00 horas. Lo que se publica a los efectos legales y por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL, medio gráfico, radial espacio destinado a tal fin. Dra. Silvina Demboryniski, Secretaria.
S/C 503362 Jul. 31 Ago. 4
__________________________________________
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de San Javier, se hace saber que en los autos caratulados: ROMERO, NATALIA MARÍA DEL VALLE s/Quiebra; CUIJ 21-26168061-8, se ha presentado el Proyecto de Distribución e Informe Final readecuado a la regulación de honorarios. El decreto que así lo dispone expresa: San Javier, 12 de Mayo de 2023... 1) Agréguese Informe de Saldo Bancario y planilla de movimientos de cuenta judicial, que acompaña. Téngase presente. II) Agréguese Informe Final y Proyecto de Distribución Final reformulado de conformidad con los honorarios regulados a fs. 154 y 155. De manifiesto por el término de ley. III) Hágase saber a los acreedores que dentro del término de diez (10) días podrán realizar las observaciones correspondientes. Suscríbanse por secretaría los edictos acompañados y publíquense en el BOLETÍN OFICIAL conforme Ley 11.287 (Art. 218 LCQ). Notifíquese por cédulas (art. 219 LCQ), si correspondiere. IV) A lo demás: oportunamente. Notifíquese. Fdo. Dra. Laura María Alessio (Jueza a cargo); Dra. Silvina D. Demboryniski (Secretaria). San Javier, 22 de Mayo de 2023.
S/C 503416 Jul. 31 Ago. 4
__________________________________________
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la 5ta. Nominación de la ciudad de Santa Fe en autos caratulados: NEGRETE, JOSE LUIS s/Cancelación de acciones; (21-02034973-2), se hace saber se han iniciado medidas atento lo dispuesto por el art. 89 de la Ley 5.965 promovidas por José Luis Negrete y tendientes a la cancelación de 14.000 (catorce mil) acciones que van desde el Nº 4.395.001 al 4.409.000 clase “A” identificadas según Título N° 133, con derecho a cinco (5) votos por acción y la cancelación de 3500 (tres mil quinientas) acciones que van desde el N° 4.384.501 al Nº 4.388.000 clase “A” identificadas según Título N° 250 con derecho a cinco (5) votos por acción de las que integran el capital social del MERCADO DE PRODUCTORES Y ABASTECEDORES DE FRUTAS, VERDURAS Y HORTALIZAS DE SANTA FE S.A. Lo que se publica a los efectos legales en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 14 de Julio de 2023. Dra. Alina Prado, Prosecretaria.
$ 150 503449 Jul. 31 Ago. 2
__________________________________________
Por disposición de la Sr. Juez, Dr. Hernán G. Gálvez, titular del Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 28 de la Ciudad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe, Secretaría única a cargo de la firmante, en autos caratulados: ANDRIERI, ROSA BEATRIZ y STRINA, JULIO CESAR c/NEWBERY S.R.L. y/o QRJR s/Usucapión (Juicio Ordinario); (CUIJ N° 21-02032546-9), se cita, llama y emplazo a Newbery S.R.L. y/o a los que se consideren con derecho sobre el inmueble silo en calle Avenida de la Bandera N° 1945, Zona Nº 1, Manzana N° 43, lote N° 15 de la ciudad de Sauce Viejo, Provincia de Santa Fe, para que comparezcan a éste Juzgado a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento de ley. Santo Tomé, 23 de mayo de 2023. Dra. María Alejandra Serrano, Secretaria.
$ 50 503541 Jul. 31 Ago. 2
__________________________________________
Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Circuito 25 de la ciudad de San Genaro, en autos caratulados SIMI REGINO c/COLMAN DE GÓMEZ, NIEVES y Otros s/Prescripción Adquisitiva; (21-23440478-1), se notifica a las codemandadas Nieves Colman de Gómez y Ramona Gómez de Berto, lo siguiente: San Genaro, 03 de Febrero de 2023. Téngase a la compareciente por presentada, domiciliada y en el carácter invocado. Acuérdesele la participación que por derecho le corresponde, en mérito al poder especial acompañado. Por promovida demanda ordinaria de Prescripción Adquisitiva contra Nieves Colman de Gómez y/o Ramona Gómez de Berto, a quienes se cita y emplaza para que comparezcan a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de ley. Previo a la citación de Nieves Colman de Gómez y de Ramona Gómez de Berto, y de conformidad a la copia de la documental presentada, se deberá oficiar al Registro de Procesos sucesorios a fin de recabar información acerca de si existen procesos sucesorios iniciados a nombre de las mismas. Notifíquese al Estado Nacional, Provincial y Municipal, a fin de que manifiesten si tienen interés fiscal comprometido. Agréguese a autos la prueba documental que en copia acompaña. Constitúyase al presentante como depositario judicial de la totalidad de la documentación que en copia acompaña y también de la que dice acompañar y no lo hace, debiendo presentar los originales de la misma ante esta sede judicial cuando le sean requeridos. Téngase presente la prueba ofrecida para su oportunidad. Acompañe informe de estado de dominio actualizado. Atento que la competencia cuantitativa de los tribunales intervinientes debe determinase en principio a través de parámetros consignados en el avalúo fiscal, acompañe impuesto inmobiliario del inmueble, objeto de esta demanda. Notifíquese por cédula. Notifíquese. Fdo.: Dra. Mariana E. Laborde, secretaria; Dr. Rodolfo Baldani, Juez. San Genaro, 09 de febrero de 2023. Téngase presente. Agréguese las partidas de impuesto inmobiliario acompañadas. Cómo lo solicita, ofíciese a la Junta Nacional Electoral a fin que informe sobre los datos personales (último domicilio registrado, DNI, fecha y lugar de nacimiento, entre otros) de las demandadas Nieves Colman de Gómez y Ramona Gómez de Berto, previo control por secretaría. Notifíquese. Abónese el impuestos de sellos acompañado. Notifíquese. Fdo.: Dra. Mariana E. Laborde, Secretaria; Dr. Rodolfo Baldani, Juez. San Genaro, 16 de junio de 2023. Como lo solicita, notifíquese a las demandadas por edicto (art. 77 del CPCC). Notifíquese. Fdo.: Dra. Mariana E. Laborde, secretaria; Dr. Rodolfo Baldani, juez. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Juzgado de Circuito 25 de la ciudad de San Genaro. A los días del mes de Junio de 2023. Dra. Mariana E. Laborde, Secretaria.
$ 100 503472 Jul. 31 Ago. 2
__________________________________________
Por disposición de la Dra. Lilián M. T. Insaurralde, Jueza de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 20 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: RAMÍREZ, PAMELA MARÍA s/Quiebras; (CUIJ 21-26170362-6), por resolución de fecha 11 de abril de 2023 se ha resuelto: (...) 1) Declarar la quiebra (arts. 288 y 289, Ley 24.522) de la Señora Pamela María Ramírez, DNI N° 35.748.212, CUIL 27-35748212-3, argentina, soltera, mayor de edad, empleada del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe; con domicilio real -según manifiesta a fs. 54- sito en calle Silvestre Begnis N° 2674 y domicilio legal en calle Nicasio Oroño N° 2354, ambos domicilios en la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe. (...) 3) Ordenar a la fallida, como así también a terceros para que, en el término de 48 horas de su designación, entreguen al Síndico todos los bienes de pertenencia del primero. Intimar a la deudora para: a) que entregue a la Sindicatura dentro de las 24 hs de que aquél acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad (Art. 88 inc. 4 LCQ); b) Intimar a la fallida para que, en el término de diez días contados a partir de la presente resolución, de cumplimento a lo dispuesto por el art. 86 de la Ley 24.522. 4) Prohibir hacer pagos a la fallida, los que de realizarse se reputarán ineficaces; excepto los que se realicen en concepto de salarios con las especificaciones del párrafo 16) de la presente (Art. 88 inc 5 LCQ). (...) 9) Fijar hasta el día... inclusive (o el día hábil inmediato posterior) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al Sindico, en la forma establecida en los arts. 32 y 200 L.C.Q. Fdo.: Insaurralde, Lilián - Jueza; Demboryniski, Silvina - Secretaria. Otra Resolución: San Javier, 12 de Julio de 2023. AUTOS Y VISTOS:... RESULTA:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Fijar hasta el día jueves 7 de septiembre de 2023 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes a la Sindica, en la forma establecida en el art. 200 y 32 de la L.C.Q. II) Señalar entre los días viernes 8 de septiembre de 2023 hasta el lunes 25 de septiembre de 2023 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado), el Período de Observación e Impugnaciones (Art. 34 y 200). III) Para que el Síndico presente al Juzgado un Informe Individual (Art. 35 L.C.Q.) de cada solicitud de verificación en particular, señálese el día viernes 03 de noviembre de 2023 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) y para que presente el Informe General (Art. 39 L.C.Q.), el día viernes 15 de diciembre de 2023 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado), haciéndole saber explícitamente que antes de la fecha de presentación de los informes individuales deberán estar debidamente diligenciados TODOS LOS OFICIOS REQUERIDOS, como así también deberá encontrarse acreditado el diligenciamiento del Mandamiento de Incautación y Desapoderamiento y las notificaciones a los acreedores denunciados por la propia fallida. IV) Ordenar las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento de lo dispuesto por el art. 103 de la Ley 24.522, haciéndose saber que conforme dicha disposición la fallida no podrá ausentarse del país hasta la presentación del informe general, el cual deberá cumplimentarse el viernes 15 de diciembre de 2023 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado). Sin perjuicio de ello, la suscripta se reserva la facultad que le confiere el mencionado artículo, de extender tal prohibición hasta seis meses más. A tales fines, ofíciese a la Policía Federal, Oficinas de Migraciones del Ministerio del Interior y autoridades de control de fronteras (Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina), cuyo diligenciamiento deberá acreditarse dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente. V) Publíquense los edictos de ley con las nuevas fechas, en la forma dispuesta. Hágase saber que, dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente, deberá acreditarse la publicación de edictos por el término de ley, en el BOLETÍN OFICIAL y hall de este Juzgado y se procederá a publicarlos en un medio gráfico (acompañando ejemplar de la publicación en idénticas condiciones que el BOLETÍN OFICIAL) y radial (con factura detallando fechas y horarios de publicación) debiendo optar por los de mayor difusión en el ámbito local (art. 89 LCQ.). Asimismo, y como forma complementaria de la publicación de edictos el Síndico deberá acreditar la notificación a los acreedores denunciados por la fallida, por medio fehaciente a su elección; ello a los fines de morigerar el peligro de la notificación automática y compatibilizar una más acelerada y económica tramitación de la causa con el Derecho de Defensa. (Algunos Principios Procesales Concursales, por Ricardo Prono). La publicación de edictos contemplada por el artículo 89 de la Ley Concursal es necesaria a los fines de oponer la quiebra erga omnes y tiene carácter de emplazamiento, para que los acreedores se presenten a verificar sus créditos. VI) Insértese el original, agréguese copia y hágase saber. Fdo: Insaurralde, Lilián - Jueza; Demboryniski, Silvina - Secretaria. El Síndico designado es el CPN Gabriel Alberto Aguirre Mauri, quien constituye domicilio a los fines del presente proceso falencial en calle General López esquina Lavalle de la ciudad de San Javier, fijando días y horarios de atención de lunes a viernes de 9.00 a 12.00 y de 17.00 a 20.00 horas. Lo que se publica a los efectos legales y por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL, medio gráfico, radial y espacio destinado a tal fin. Dra. Silvina Demboryniski, Secretaria.
S/C 503363 Jul. 31 Ago. 4
__________________________________________
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 26 de la ciudad de San Javier, Pcia. de Santa Fe y en los autos caratulados: CARUBINI, FERNANDO LUIS c/FAENAS SANTAMARIA S.R.L. y Otros s/Juicio Sumario; CUIJ N° 21-02018420-2, se ha ordenado la notificación por edictos a publicarse en el Boletín Oficial conforme al art. 77 del C.P.C.C. a TOMÁS CAMPIGOTTO y LUIS ALBERTO CAMPIGOTTO de lo siguiente (parte pertinente): San Javier, 06 de febrero de 2023. No habiendo comparecido a estar a derecho LUIS ALBERTO CAMPIGOTTO y TOMÁS CAMPIGOTTO, decláraselos rebeldes. Siga el proceso sin dárseles representación (art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial de Santa Fe. Fdo. Dra. Claudia Yaccuzzi - Jueza A/C - Dra. Ivana Beltramino, Secretaria. San Javier, 04 de Julio de 2023.
$ 50 503514 Jul. 31 Ago. 2
__________________________________________
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Distrito Civil Comercial y Laboral de San Justo, Dra. Laura Maria Alessio, Secretaría a cargo de SUSANA CAROLINA CARLETTI, se ha dispuesto en autos TRUCHET MERY y Otros c/BOTTO CARLOS y/SUCESORES y Otros s/Pretensiones posesorias y de despojo 21-02027200-4, citar a los demandados y a quienes se consideren con derecho reales conforme al decreto que se transcribe: San Justo, de Junio de 2023. Proveyendo escrito cargo N° 8743 (fs. 52): Téngase presente y por cumplimentado el proveído de fecha 11/05/2023 (fs. 51). Proveyendo escrito cargo N° 9477 (fs. 9): Por presentados, domiciliados y en el carácter invocado, acuérdaseles la participación legal correspondiente. Por iniciada demanda de prescripción adquisitiva a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, contra CARLOS LEONARDO BOTTO y/o sus herederos y/o JUAN CARLOS APPENDINO y/o contra quien resulte titular dominial y/o se considere con derechos sobre dos fracciones de terreno, identificados como lotes N° 4 y N° 7, registrados con las partidas 06-11-00-030066/0269 y 06-11-00-030066/0270 respectivamente, a quienes se citará y emplazará a comparecer a estar a derecho en el término y bajo apercibimientos de ley. Recábense los informes previstos por la Ley 14.159 al Registro General, oficiándose a sus efectos. Asimismo, cítese a la Provincia de Santa Fe y a la Municipalidad de San Justo, para que dentro del término de ley comparezcan a tomar la intervención que estimen correspondiente en estos autos. Inscríbase como litigioso el inmueble denunciado, siempre que fuere de titularidad de los demandados. A tales fines, ofíciese al Registro General de la Propiedad. Téngase presente la prueba ofrecida para su oportunidad. Notifiquen: Furlani, Germán, Lazzarino, Lo Presti, Rodríguez Hortt y/o el Oficial Notificador. Notifíquese. Dra. Susana Carolina Carletti Dra. Laura M. Alessio Secretaria Jueza. San Justo, de Julio de 2023. Agréguense. Téngase presente lo manifestado, atento ello y constancias de autos, a los fines de la notificación a los demandados, publíquense edictos conforme lo dispuesto en el art. 73 del CPCC. Como lo solicita y de corresponder, por Secretaria. Notifíquese. Dra. Susana Carolina Carletti - Dra. Laura M. Alessio Secretaria - Jueza. San Justo, 12 Julio de 2023. Cintia D. Lo Presti, Prosecretaria.
$ 60 503445 Jul. 31 Ago. 2
__________________________________________
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 17 de la ciudad de Coronda, en autos: RIVA, MARIA ESTHER s/Prescripción Adquisitiva, CUIJ 21-22803968-0, se cita y emplaza a todos las personas que se creyeren con derechos a los bienes de Ramón Argentino Segovia y/o sus herederos y/o todos aquellos que se consideren con derechos sobre el inmueble a usucapir (art. 24 inc. a - Ley 14.159), descripto en autos para que hagan valer sus derechos por el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo.: Dr. Hernán Gálvez (Juez a/c); Dr. Roulet (Secretario). Coronda, 5 de Junio de 2023.
$ 50 503454 Jul. 31 Ago. 2
__________________________________________
El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial, Laboral y de Familia de San Javier, a cargo de la Dra. Lilián Insaurralde, comunica por dos días que en los autos: FORT, RUBEN DARIO s/Quiebras, 21-26169329-9, se han regulado los del Síndico CPN Ignacio Martín Pacheco Huber, en la suma de $ 549.381,28 y de la apoderada del fallido Dra. Rocío Scozzina, en la suma de $ 254.734,84 y se ha presentado informe final y proyecto de publica distribución. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por dos días. San Javier, de 2023. Secretaria.
$ 1 503496 Jul. 31 Ago. 1
__________________________________________
El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial, Laboral y de Familia de San Javier, a cargo de la Dra. Lilián Insaurralde, comunica por dos días que en los autos: LOPEZ ERICA SOFIA s/Quiebras; CUIJ 21-26169389-2, se han regulado los del Síndico CPN Ignacio Martín Pacheco Huber en la suma de $ 549.381,28 y de la apoderada del fallido Dra. Rocío Scozzina, en la suma de $ 254.734,84 y se ha presentado informe final y proyecto de distribución reformulado Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por dos días. San Javier, de 2023. Secretaria.
$ 1 503498 Jul. 31 Ago. 1
__________________________________________
Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Ciudad de Esperanza, se cita, llama y emplaza, a los herederos, acreedores y legatarios de Doña Monserrat Norma Beatriz Documento Nº 17.786.350, fecha de fallecimiento 30 de Agosto de 2021, en los autos caratulados: MONSERRAT NORMA BEATRIZ s/Sucesorio; CUIJ 21-26303070-9, que se tramita por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Ciudad de Esperanza. Fdo. Dra. Borsotti (Secretaria). Esperanza, Julio de 2023.
$ 45 Jul. 31
__________________________________________
Por disposición de la Sra. Jueza de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral N° 19 Esperanza se hace saber que en los Autos: UNICOS MUEBLES SC s/Quiebra; Expte. 1393/2012, se ha dispuesto: Esperanza, 17 de Mayo de 2.019. Téngase por manifestado por el Síndico C.P.N. Rostagno. Téngase por presentados el Informe Final y Proyecto de Distribución, los que se agregan. Publíquense edictos por el término de la ley (Art. 218 LCQ). Notifíquese. Fdo. Dra. Gisela Gatti, Secretaria. Dra. Ana Rosa Alvarez, Jueza a/c. Esperanza, 7 de Julio de 2023. Dra. Marina Alejandra Borsotti, Secretaria.
S/C 503405 Jul. 31 Ago. 1
__________________________________________
Por disposición del señor Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil Comercial y Laboral de la ciudad de Esperanza, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Galoppo Nilo Abel, D.N.I. N° 7.890.144, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL Autos Caratulados: GALOPPO, NILO ABEL s/Sucesorio; CUIJ N° 21-26303512-4. Esperanza, Julio de 2023, Secretaria a cargo de la Dra. Marina Borsotti.
$ 45 Jul. 31
__________________________________________
Por disposición del Juzgado de Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Nro. 20, en autos caratulados: PAEZ JAVIER FERNANDO c/MONCHAMP MIREYA OLIMPIA EDEL y Ots. s/Usucapión, 21-22845662-1, se ha ordenado notificar a los herederos de la Sra. Mireya Olimpia Edel Monchamp, DNI Nro. 02.837.154 el dictado del siguiente decreto: Gálvez, 04 de Julio de 2023. Proveyendo escrito cargo n° 16451/2023. Atento las constancias de autos y lo solicitado, fíjese fecha de sorteo de defensor de ausentes para el día 18/08/2023 a las 11:00 horas. Notifíquese. Fdo. Dra. Candela Powell (Jueza) y Dra. Mónica Elizabeth Saliva (Secretaria). Gálvez, 6 de Julo de 2023.
$99 503693 Jul. 31 Ago. 2
__________________________________________
Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Décima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, Pcia de Santa Fe, en los autos caratulados: ARAGON ELBA BEATRIZ s/Sucesorio; CUIJ N° 21-01054396-4, Nº Expediente: 643/2012 y su acumulado: NARVAEZ, ADRIÁN ALBERTO s/Suc., CUIJ N° 21-02026775-2 y NARVAEZ LUIS ALBERTO s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-02030864-5, se cita se llama y emplaza a los herederos, legatarios y/o acreedores do los causantes Don Luis Alberto Narváez, DNI N° M 6,246199 y de don Adrián Alberto Narvaez, DNI N° 2.583.531. Para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Dra. María Ester Noé de Ferro, Secretaria. Santa Fe, 12 de Julio de 2023.
$ 45 Jul. 31
__________________________________________
Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Onceava Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: BROTTO, JULIO OSVALDO s/Declaratoria de herederos; CUIJ N° 21-02039223-9, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. Julio Osvaldo Brotto, DNI N° 11.541.600, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, Julio de 2023. Fdo.: Dra. Ana Rosa Alvarez (Jueza).
$ 45 Jul. 31
__________________________________________
Por disposición de la Dra. Claudia Sánchez (Secretaria), firmante del decreto, encargada de la Oficina de Procesos Sucesorios, dependiente del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe, Primera Circunscripción, de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: MONSSON, MARCELO ELDO s/Sucesorio, CUIJ N° 21-02039652-8, que radican en el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de Distrito de la Sexta Nominación, ciudad de Santa Fe, se cita y llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don Marcelo Eldo Monsson (DNI N° 17.876.714), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, Julio de 2023.
$ 45 Jul. 31
__________________________________________
Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de la ciudad de Santa Fe), en autos caratulados: LEGUIZAMON, NILDA MABEL s/Sucesorio; 21-02037764-7, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Nilda Mabel, Leguizamon, D.N.I. N° 4.105.099, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Firmado Dra.: Gisela Gatti (Secretaria).
$ 45 Jul. 31
__________________________________________
Por disposición de La Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9na. Nominación de la ciudad de Santa Fe) en autos caratulados NAGEL, SANTIAGO ADOLFO s/Sucesorio; (CUIJ Nº 21-02040041-9) se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Santiago Adolfo Nagel, DNI Nº 6.276.602, para que comparezcan a hacer valer sus; derechos dentro del término y unjo apercibimientos Legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo.: Dr. José Ignacio Lizasoain, Juez. Santa Fe, Junio de 2023.
$ 45 Jul. 31
__________________________________________
Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorio Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11ª Nominación de Santa Fe, en autos caratulados: LORENZATTI, MIRTHA MABEL s/Declaratoria de herederos; 21-02038546-1, año 2023, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de la Sra. Lorenzatti, Mirtha Mabel DNI N° F 3.988.246; para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo Dra. Ana Rosa Alvarez, Juez. Santa Fe, 2023.
$ 45 Jul. 31
__________________________________________
Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios Juzgado 1ra. Inst. Civil y Comercial 7ma. Nominación de la Ciudad de Santa Fe, en autos caratulados “TOMATIS, FELICITAS IRENE S/ SUCESORIO” CUIJ: 21-02027770-7 se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores ylegatarios de TOMATIS FELICITAS IRENE titular del D.N.I: 4.577.169 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Firma: DRA. MARINA BORSOTTI, secretaria. DR. LUCIO ALFREDO PALACIO – Juez.
$ 45 Jul. 31
__________________________________________
or disposición de la Señora Juez de Primera Instancia de Distrito N° 17 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe; se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios del causante Don JUAN ANDRES SALAZAR, L.E. Nro. 2.487.453, para que, dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos: “SALAZAR JUAN ANDRES S/ SUCESORIO” (CUIJ: 21-26325230-3), lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Hall del Juzgado. Fdo.: Dra. María Isabel Arroyo (Jueza); Dra. Marta Migueletto (Secretaria) Villa Ocampo, 31 de julio de 2023.-
$ 45 Jul. 31
__________________________________________
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, Distrito N° 17, de la ciudad de Villa Ocampo (Sta. Fe), se cita, llama y emplaza a todos los que se crean con derecho a la sucesión de don MARIO ANDRES DELTIN sean herederos, acreedores y/o legatarios, para que en el término de ley comparezcan a hacer valer sus derechos. en autos DELTIN, MARIO ANDRES s/ SUCESORIO, Cuij 21-26316244-4.- Fdo: Dr. Marta Migueletto (Secretaria); Dra. María Isabel Arroyo (Juez). Villa Ocampo, 31/07/2023.
$ 45 Jul. 31
__________________________________________
Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 3° Nominación de Santa Fe) en autos caratulados “PISTONE, ONELIA DEL PILAR S/ SUCESIÓN” (Expte. CUIJ N° 21-02040537- 3Año 2023) se cita, se llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Doña Pistone Onelia del Pilar, LC N° 04.376.826, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y Hall de Tribunales. (FDO. DRA. GISELA GATTISECRETARIA) Santa Fe,…………………………2023.
$ 45 Jul. 31
__________________________________________
Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 10ma Nominación de la Ciudad de Santa Fe), en autos caratulados “ACOSTA, ELBA MARIA S/ SUCESORIO” CUIJ N° 21-02038637-9, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de ACOSTA ELBA MARIA, D.N.I. N° 10.912.891, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Firmado: Dra. MARÍA ROMINA KILGELMANN Jueza.
$ 45 Jul. 31
__________________________________________
TOSTADO
__________________________________________
JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juzgado de Dist. en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Tostado, Provincia de Santa Fe, sito en Calle San Martín 1653 de la ciudad de Tostado, en autos: AGUIRRE DARDO SINFOROSO s/Concurso Preventivo CUIJ N° 21-26213698-9, se abrió el concurso preventivo de Dardo Sinforoso Aguirre, DNI 18.646.332 con domicilio en Maipu 1940 de la ciudad de Tostado; pudiendo los acreedores verificar ante el síndico José Octavio Cibils, en el domicilio de San Martín 1801 de la ciudad de la ciudad de Tostado, de lunes a viernes de 9 a 12 y 17 a 20hs. hasta el día 11/09/2023.Marcela A. Barrera, secretaria.
S/C 503594 Jul. 31 Ago. 4
__________________________________________
Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito N° 15 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Tostado (Sta. Fe) Secretaría Única a cargo de la Dra. Marcela A. Barrera, hace saber que en los autos caratulados: "Expte. CUIJ Nro. 21-26213822-1- SUAREZ, Angel Esteban S/SUCESORIO", se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos. Lo que se publica en el Boletín Oficial y espacio destinado a tal fin. Tostado, 31 de julio de 2023.
$ 45 Jul. 31
__________________________________________
SAN JORGE
__________________________________________
JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de la Instancia, Distrito N° 11 en lo Civil, Comercial y Laboral de la Ciudad de San Jorge, Cítese y emplácese por edictos (Que se publicaran sin cargo por tres días consecutivos en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia y el termino para comparecer vencerá tres días después de la última publicación) a los herederos y/o legatarios del Sr. Pedro Alberto Giacone, DNI N° 5.269.503, a comparecer a estar a derecho, bajo apercibimientos de ley (cgr. Art. 45 C.P.L.) en los autos: GALLARDO CARRIZO, MARIANELA c/FERNANDEZ, DANIEL ALBERTO y Otros s/Laboral - CUIJ N° 21-26259097-3. Dr. Julián David Tailleur Secretario. San Jorge, 26 de Junio de 2023.
S/C 503410 Jul. 31 Ago. 2
__________________________________________
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Jorge, Distrito nº 11 dentro de los autos caratulados: “RODRIGUEZ, RAMON ANACLETO s/ SUCESORIO – CUIJ 21-26265415-7” se cita, llama y emplaza a los acreedores, legatarios, sucesores y herederos de Don RAMON ANACLETO RODRIGUEZ DNI Nro. 06.207.757 para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término de ley y bajo apercibimientos respectivos.- Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial de la ciudad de Santa Fe.- Firmado: Dra. María M. De La Torre – Secretaria.
$ 45 Jul. 31
__________________________________________
CERES
__________________________________________
JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Distrito N° 10 de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral -Secretaría única- de esta ciudad de Ceres, dictada en autos: DEPIANTE GRACIELA DEL CARMEN c/MANSILLA CLAUDIA ANDREA Y OTROS s/Daños y Perjuicios; CUIJ 21-17427037-3, se dispuso notificar mediante publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL -durante dos días- a los Herederos de la Sra. Claudia Andrea Mansilla, D.N.I. 21.418.413, fallecida en la ciudad de Morteros (Córdoba) el día 16 de Enero de 2020, del siguiente decreto: Ceres, Téngase presente. Habiéndose citado a los herederos de la Sra. Claudia Andrea Mansilla (fs. 108), decláreselos rebeldes por falta de presentación en juicio (citación a fs. 114/115). Notifíquese conforme el Art. 77 del C.P.C. y C. Notifíquese. Firmado: Dra. Viviana Gorosito Palacios, Secretaria; Dr. Jorge A. Da Silva Catela, Juez. A tales efectos se publica este edicto en el BOLETÍN OFICIAL. Ceres, 6 de Julio de 2023.
$ 105 503447 Jul. 31 Ago. 1
__________________________________________
SAN CRISTOBAL
__________________________________________
JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez - a cargo -de la Primera Instancia de Distrito N° lo en lo Civil - Comercial y del Trabajo de la ciudad de San Cristóbal, provincia de Santa Fe, Dr. Jorge Alberto Da Silva Catela - Secretaría a cargo de la Dra. Cecilia V. Tovar, en los autos caratulados: AROSIO, Rol Dino y Otra c/SANTOLINI, JOSÉ LUIS y Otra s/Usucapión (Ordinario); (Expte N° 175 - Año: 2018) - CUIJ N° 21926138437-7 - se ha dispuesto lo siguiente: San Cristóbal, 02 de Mayo de 2018. Por presentadas, domiciliadas y en el carácter invocado, en mérito a los poderes especiales acompañados, acuérdeseles la participación que por derecho corresponda. Por iniciada demanda de Prescripción Adquisitiva - trámite juicio ordinario - contra José Luis Santolini y Adriana Lidia Cavagna de Santolini y/o sus sucesores y/o sus herederos y/o quién resulte propietario y/o quienes se consideren con derechos sobre el inmueble litigioso. Agréguese documental acompañada y resérvese en Secretaría sobre con documental acompañado. Cítese y emplácese a José Luis Santolini y Adriana Lidia Cavagna de Santolini y/o sus sucesores y/o herederos y/o quién resulte propietario y/o quienes se consideren con derechos sobre el inmueble litigioso, para que comparezcan a estar a derecho dentro del término de diez (10) días y bajo apercibimientos de ley. Cítese y emplácese a la Provincia de Santa Fe y a la Comuna de Jacinto L. Arauz para que comparezcan a estar a derecho en el término de veinte días y bajo apercibimientos de ley si hubiere interés fiscal comprometido. A sus efectos, ofíciese como lo solicitan, autorizando a las peticionantes y/o a quienes designen a intervenir en el diligenciamiento. En virtud de lo ordenado por el art. 1905 del C.C. y C., con el objeto de preservar el estado de derecho o hecho de la cosa litigiosa, dar conocimiento a los terceros de la existencia del presente proceso y de esa forma, evitar la realización de actos que alteren la situación planteada en autos e influyan en el resultado del presente proceso, previa reposición ordénese la anotación de litis del inmueble inscripto al T° 209 - F° 1542 - N° 98.032, Tómese razón de la medida en el Registro General de la Propiedad. A sus efectos ofíciese. Reponga sellado de ley conforme liquidación actuarial practicada seguidamente. Notifíquese. Fdo. Dr. Ricardo Ruíz Díaz (secretario); Dra. Graciela V. Gutscher (Juez).; San Cristóbal, 02 de Agosto de 2019. Téngase presente los nuevos domicilios denunciados, procédase a notificar a la Sra. Adriana Lidia Cavagna en el mismo. Y encontrándose fallecido el codemandado José Luis Santolini según lo informado por la Cámara Nacional Electoral a fs. 41 cítese y emplácese a sus sucesores y/o herederos, para que comparezcan a estar a derecho dentro del término y bajo apercibimientos de ley, mediante edictos a publicarse en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia de Santa Fe conforme lo establece el art. 597 CPCC en los términos del art. 73 CPCC, debiendo los interesados comparecer a estar a derecho, dentro de los cinco primeros días después de la última publicación, bajo apercibimientos de ley. Sin perjuicio de ello notifíquese por cédula al domicilio denunciado del causante. Pasen cédulas acompañadas a Secretaria para su suscripción. Notifíquese. Fdo. Dr. Leandro O. Buzzani (secretario); Dra. Graciela V. Gutscher (juez). San Cristóbal, 11 de Mayo de 2023. Agréguese constancias acompañadas. Requiérase informe actualizado a la Cámara Nacional Electoral respecto al
domicilio de la demandada Adriana Lidia Santolini y agréguese, Atento a lo informado, notifíquesela mediante edictos a publicarse conforme art. 73, CPCC. Notifíquese. Fdo. Dra. Cecilia V. Tovar (Secretaria); Dr. Jorge Da Silva Catela (Juez a/c). Lo que se publica a los efectos legales por el término y bajo apercibimientos de ley. San Cristóbal, de Junio de 2023. Fdo. Dra. Cecilia V. Tovar (secretaria).
$ 200 503294 Jul. 31 Ago. 2
__________________________________________
VERA
__________________________________________
JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
El señor Juez de Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 13 en lo Civil, Comercial y Laboral, Segunda Nominación de Vera, Provincia de Santa Fe, Dr. Juan Manuel Rodrigo, cita a los sucesorios de Elidio David Dalia Fontana, DNI 33.109.421, en autos: CHAPERO, FIAMA SOLEDAD y Otros c/INGARAMO, HERNAN EDUARDO y Otros s/Daños y Perjuicios; 21-25277573-8, por el término de ley, para que comparezcan a estar a derecho. Vera, 10 de julio de 2023. Dra. Beatriz Deiber de Fabbro, secretaria.
$ 33 503313 Jul. 31 Ago. 4
__________________________________________
Por disposición de la Sr. Juez de Primera instancia del Distrito Judicial N° 13 en lo Civil Comercial y Laboral, 2da. Nominación de Vera (SF), en autos: SEJAS o CEJAS, BASILIANA s/Sucesorio; CUIJ N° 21-25277792-7, se cita y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y/o a quienes se consideren con derecho a la herencia de Basiliana Sejas o Cejas, DNI N° 6.462.011, para que dentro del término de ley comparezcan a hacerlos valer. Vera, 14 de Julio de 2023.
$ 45 Jul. 31
__________________________________________
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 13 en lo Civil, Comercial y Laboral de la Segunda Nominación de Vera (S. Fe), se cita, llama y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes de la herencia del causante Doña Celina Garnica, L.C. N° 6.754.603, en autos: MEILER JOSE y Otros s/Declaratoria de herederos, CUIJ 21-25277456-1, para que comparezcan a hacer valer sus derechos lo que se publica a sus efectos. Vera (SF), 13 de Julio de 2.023. Dra. Beatriz Deiber de Fabbro, Secretaria.
$ 45 Jul. 31
__________________________________________
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 13 en lo Civil, Comercial y Laboral de la Segunda Nominación de Vera (SF), se cita, llama y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes de la herencia del causante Don José Meiler, CI N° 31.703, en autos: MEILER JOSE y Otros s/Declaratoria de herederos, CUIJ 21-25277456-1, para que comparezcan a hacer valer sus derechos lo que se publica a sus efectos, Vera (SF), 13 de Julio de 2.023.Dra. Beatriz Deiber de Fabro, Secretaria.
$ 45 Jul. 31
__________________________________________
RAFAELA
__________________________________________
JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 5 de Familia de la ciudad de Rafaela, se notifica y emplaza al Sr. Saavedra, Elvio Leonardo, DNI 33.296.338, progenitor de Saavedra, Thiago; DNI 50.790.103, Fecha de nacimiento: 24/10/2011; Saavedra, Urna, DNI 52.754.543, Fecha de Nacimiento: 8/12/2012; y Saavedra, Lola, DNI 55.304.585, Fecha de Nacimiento: 16/01/2016, para que se notifique del decreto dictado en los autos caratulados SAAVEDRA THIAGO y Otros s/Control de Legalidad de Medidas Excepcionales y Urgentes Ley 12.967; CUIJ 21-47895225-5, de trámite por ante el Juzgado de Familia de Rafaela, que a continuación se transcribe: Rafaela, 9 de Junio de 2023. Proveyendo escritos cargos N° 11531, 11563, 11566 y 11567: Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, acuérdasele participación de ley. Por solicitado Control de legalidad de la Medida de Protección Excepcional de Derechos y Solicitud de Notificación en relación al niño Thiago Saavedra y las niñas Urna Saavedra y Lola Saavedra respecto de sus progenitores Valeria Guadalupe Marcón y Elvio Saavedra. Agréguese a autos la documental que en copia simple se adjunta. Previo a todo trámite, acompañe partidas de nacimiento a fin de acreditar los vínculos que se invocan. Dése intervención a la Asesora de Menores. Hágase saber que el impulso y el libramiento de cédulas, oficios y todo otro acto tendiente al dictado de la resolución se encuentra a cargo de la Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia y/o de los profesionales intervinientes que tengan interés legítimo. Acredite la notificación al Sr. Elvio Saavedra de la Disposición Administrativa 038/2023. Notifíquese. Fdo: Dra. Liza Báscolo Ocampo -Jueza- Dra. Daniela G. Piazzo - Secretaria. A tal fin, se procede a publicar de forma gratuita los presentes en el BOLETIN OFICIAL y en se conforme Ley 11.287. Rafaela, 04 de julio de 2023.
S/C 40139 Jul. 31 Ago, 2
__________________________________________
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nro. 5 de Familia de la ciudad de Rafaela, se notifica a la Sra. Micaela Soledad Soria, DNI 37872371, progenitora de Nicolás Ezequiel Olmos, DNI 51.203.167, fecha de nacimiento: 15/07/2011, para que se notifique de la resolución dictada dentro de los autos caratulados: OLMOS NICOLAS EZEQUIEL s/Control De Legalidad De Medidas Excepcionales y Urgentes Ley 12.967 CUIJ 21-236285794, la que a continuación se transcriben: Rafaela, 30 de Junio de 2023. Y VISTOS-. Estos caratulados: CUIJ 21-23628579-8 - Olmos, Nicolás Ezequiel c/Control de legalidad de medidas excepcionales y urgentes Ley 12.967, en trámite por ante este Juzgado de los que RESULTA (...) CONSIDERANDO Y RESUELVO: 1) Resolver en forma definitiva las medidas de protección de Nicolás Ezequíel Olmos, DNI 51.203.167, nacido el día 15 de Junio de 2011, declarando su estado de adoptabilidad. II) Oficiar al Ruaga a fin de que proponga en término de diez días una familia que se encuentre en condiciones de adoptar a Nicolás Ezequiel Olmos, debiendo remitir a este Juzgado los antecedentes necesarios para su evaluación, previo requerimiento a la Secretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia de un informe integral y actualizado de la situación del niño, en el término de 5 días, librándose, los despachos respectivos a tal fin. III) Archivar el original, expedir copia y hacer saber. Fdo: Daniela Piazzo, Secretaria - Liza Báscolo Ocampo, Jueza. A tal fin, se procede a publicar de forma gratuita los presentes en el BOLETIN OFICIAL y en se conforme Ley 11.287. Rafaela, 04 de Julio de 2023.
S/C 40138 Jul. 31 Ago. 2
__________________________________________
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nro. 5 de Familia de la ciudad de Rafaela, se notifica y emplaza a la Sra. Tamara Manen Scheffar, DNI 35.637.345, progenitora de Almará Manen Ardiles, DNI 49.448.850, fecha de nacimiento: 28/03/2009, para que se notifique de las resoluciones dictadas, dentro de los autos caratulados ARDILES AIMARA MARLEN s/ Control De Legalidad De Medidas Excepcionales y Urgentes Ley 12.967 - CUIJ 21-23632264-2, de trámite por ante el Juzgado de Familia de Rafaela, la que a continuación se transcribe: Rafaela, 29 de junio de 2023. Y VISTOS: Estos caratulados: Expte. CUIJ N° 21-23632264-2 Ardiles, Almará Marlen s/Control de Legalidad de Medidas Excepcionales y Urgentes Ley 12967 en trámite por ante este Juzgado, de los que, RESULTA: (...) CONSIDERANDO.- (...) RESUELVO: 1) Legalizar la prórroga de la medida excepcional, consistente en la separación temporal de la convivencia del adolescente Almará Marlen Ardiles, respecto de sus progenitores Tamara Marlén Scheffar y Juan Sebastián Ardiles y su alojamiento para cuidado y protección en el ámbito de acogimiento familiar alternativo- modalidad familia de la comunidad.- Notificar, expedir copia y hacer saber. Fdo. Daniela G. Piazzo Secretaria Liza Báscolo Ocampo Jueza. A tal fin, se procede a publicar de forma gratuita los presentes en el BOLETIN OFICIAL y en se conforme Ley 11.287. Rafaela, 05 de Julio de 2023. Daniela G. Piazzo, Secretaria.
S/C 40137 Jul. 31 Ago. 2
__________________________________________
Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2° Nominación de la ciudad de Rafaela (Santa Fe), en los autos caratulados: Expte. CARAVARIO MARIA DEL CARMEN y Otros c/PALMERO, RICARDO ANTONIO y Otros s/Daños y Perjuicios - CUIJ: 21-24200802-9, se notifica por edicto al Sr. Eugenio Torricelli, DNI 27.563.213, con domicilio actual desconocido, del inicio de la Demanda Ordinaria de daños y perjuicios contra Ricardo Antonio Palmero, Eugenio Torricelli y La Caja Seguros S.A.,por la suma de $660.243,20 y/o la que surja de las pruebas y/o estimación judicial con más intereses y costas, citándoselo y emplazándoselo por el término de veinte días para que comparezca a estar a derecho, bajo apercibimientos de ley. Fdo.: Dra. Natalia Carinelli, Secretaria. Rafaela, 7 de Junio de 2023.
$ 50 5003638 Jul. 31
__________________________________________
Autos: DIAZ, AGOSTINA ANTONELA s/Quiebra; (CUIJ 21-24194595-9) de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe. Con relación a lo dispuesto por el artículo 218 de la Ley 24.522, por medio del presente se pone en conocimiento de todos los interesados que se ha procedido a la presentación del Proyecto de Distribución final en los autos de referencia. Asimismo, se hace saber la regulación de honorarios: Honorarios Sindicatura: pesos noventa y un mil ($ 91.000) (más 10% de aportes); Honorarios abogado del fallido: pesos treinta y nueve mil ($ 39.000) (más 13% de aportes); Tasa de justicia, pesos tres mil ochocientos nueve con veintiséis centavos ($ 3.809,26). Se hace saber que Acreedores con Privilegio Especial: No existen; Acreedores con Privilegio General: No existen; Acreedores quirografarios: No existen. Distribución de fondos: Total de fondos depositados: pesos ciento cuarenta y siete mil novecientos setenta y nueve con veintinueve centavos ($ 147.979,29). Gastos de conservación del art. 240 LCQ: pesos ciento cuarenta y siete mil novecientos setenta y nueve con veintiséis centavos ($ 147.979,26). Total: tres centavos ($ 0,03). Rafaela, 7 de Julio de 2023. Delfina B. Nasetta, Prosecretaria.
S/C 503566 Jul. 31 Ago. 4
__________________________________________
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación con asiento en Rafaela, en los autos caratulados: GARROTE MARCOS JAVIER s/Quiebra; (Expte. CUIJ 21-24203666-9); tramitada por ante este Juzgado, S.S. ha ordenado la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 89 de la ley 24522, haciendo saber que en fecha 07 de julio de 2023 mediante resolución N° 397 Folio N° 174 Tomo N° 49 Año 2023 se ha dispuesto: Declarar la quiebra de Marcos Javier Garrote, D.N.I. 27.491.295, con domicilio real en calle Joaquín Dopazo Nº 259 de Rafaela y procesal en calle Ernesto Salva Nº 794 de Rafaela. Ordenar se anote la quiebra e inhabilitación y la inhibición general de bienes en los registros correspondientes, oficiándose. Comunicar la presente declaración de quiebra a la Administración Provincial de Impuestos. Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquella. Ordenar se intercepte la correspondencia y se entregue al Síndico. Prohibir a la fallida ausentarse del país conforme lo dispuesto por el art.103 LCQ, oficiándose a quien corresponda. Ordenar la realización de los bienes de la fallida por el Síndico, disponiendo que la enajenación esté a cargo de un martillero a designarse por sorteo. Fijar el día 07-09-2023 hasta el cual se pueden presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico. Fijar asimismo, el día 22-09-2023 para que Sindicatura presente un juego de copia de las impugnaciones, quedando establecidas como fechas para la presentación por la Sindicatura de los informes individuales el día 26-10-2023 y del informe general el día 15-12-2023. Librar mandamiento al Sr. Oficial de Justicia o funcionario que por jurisdicción corresponda al domicilio del fallido y de ubicación de los bienes para que realice el inventario de los bienes. Atento a lo dispuesto por el art. 177 de la L.C. y a los fines de proceder a la inmediata incautación de los bienes y papeles de la fallida que pudieren corresponder, desígnase a la Sindicatura, quien queda facultada a allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública en caso necesario y debida moderación. Ordenar la retención de la porción embargable del haber del fallido. Exhortar a los juzgados de Primera Instancia de estos tribunales a los fines del cumplimiento del art. 132 de la LCQ. Ordenar la transferencia de las sumas declaradas como activo a la cuenta judicial a abrirse, librándose exhortos a los respectivos juzgados en los que se hubieren depositado. Datos de la Sindicatura: es ejercida por la C.P.N. Juan Carlos Pugliese, quien ha fijado domicilio de atención al público en calle Av. Santa Fe Nº 302 Piso 2 de la ciudad de Rafaela, de lunes a viernes de 09:00 hs a 18:00 horas. Secretaría, 13/07/2023. No repone art. 89 - 3er. párrafo Ley 24522).Natalia Carinelli, Secretaria.
S/C 503382 Jul. 31 Ago. 4
__________________________________________
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 5 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Rafaela, en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ALASSIA ALBINO AGUSTIN y Otros s/Apremio Fiscal Municipal - CUIJ 21-24196681-7, se cita y emplaza a los herederos y/ legatarios de Alassia Albino Agustín, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley atento lo dispuesto por el art. 597 del CPCC de la Provincia de Santa Fe. Notifíquese. Fdo. Natalia Carinelli Secretaria; Matías Colón, Juez. Rafaela, 12 de Julio de 2023. Por lo que se publica el presente sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456.Mauro García, Prosecretario.
S/C 503538 Jul. 31 Ago. 2
__________________________________________
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 5 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Rafaela, en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/PANSA JOSE MARTIN y Otros s/Apremio Fiscal Municipal - CUIJ 21-24196622-1, se cita de remate a la parte demandada Sres. José Martín Pansa, DNI 21.650.587 y Ignacio Savoini, DNI 36.055.101, para que en el término de 8 días opongan excepción legítima, bajo apercibimientos de llevar adelante la ejecución si aún no lo hicieren (art. 7 y 28 Ley 5066). Aplíquese la duplicidad de términos prevista en el art. 5 de la Ley Provincial 7234. Notifíquese. Fdo. Natalia Carinelli, Secretaria; Duilio M. Francisco Hail, Juez. Rafaela, 12 de Julio de 2023. Sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Mauro García, Prosecretario.
S/C 503537 Jul. 31 Ago. 2
__________________________________________
Por disposicion del Sr. Juez de Primera Instancia del Juzgado Civil y Comercial de la 2da Nominacion de la ciudad de Rafaela, Santa Fe, se cita llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de Don Jorge Omar Grosso Doc. Ident. Nro. 11.777.431, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del termino y bajo los apercibimientos de ley en los autos caratulados: GROSSO, JORGE OMAR s/Sucesorio.CUIJ Nro 21-26265789-9. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL.
$ 45 Jul. 31
__________________________________________
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito N.º 5 en lo Civil y Comercial de la 4ta. Nominación de la ciudad de Rafaela (Sta. Fe), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de ESPINEL LILIANA HAYDEE, D.N.I. Nº 6.131.356, fallecida en Pilar (Sta. Fe) el 14 de Septiembre de 2022, con último domicilio en calle Benefactores Nº 1159 - Pilar, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales en autos “ESPINEL LILIANA HAYDEE S/SUCESORIO”- CUIJ 21-24204650-9 – Año 2023. Fdo. Dra. Agostina Silvestre, Secretaria; Dr. Guillermo Vales, Juez. - Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL de conformidad con lo dispuesto en art. 592 y 67 mod. Ley 11.287 C.P.C.- Rafaela, 31 de Julio de 2023.-
$ 45 Jul. 31
__________________________________________
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia Civil y Comercial – Cuarta Nominación- de la ciudad de Rafaela, y en los autos caratulados “LESCANO OMAR ANIBAL S/ SUCESORIO – CUIJ 21-24204663-0” se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. OMAR ANIBAL LESCANO, D.N.I. N° 6.258.575, fallecido el día 29 de septiembre de 2022 en la Ciudad de Sunchales, Provincia de Santa Fe, con último domicilio en calle Alem 1307 de la ciudad de Sunchales, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término de ley y bajo apercibimientos respectivos. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL de la ciudad de Santa Fe y en sede judicial Fdo. Guillermo A. Vales (Juez - Abogado) - Agostina Silvestre (Secretaria – Abogada ). Rafaela, 31/07/2023.
$ 45 Jul. 31
__________________________________________
RECONQUISTA
__________________________________________
JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados: ORDOÑEZ, LEANDRO CRISANTO s/Concurso Preventivo, CUIJ N° 21-25030372-3, ha dispuesto lo siguiente: Reconquista, 08 de junio de 2023. Y VISTOS: Estos autos caratulados ORDOÑEZ, LEANDRO CRISANTO s/Concurso Preventivo; CUIJ N° 21-25030372-3 de trámite ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación, Distrito Judicial N° 49 y, RESULTA:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Declarar la apertura del Concurso Preventivo de Leandro Crisanto Ordóñez argentino, empleado, DNI 35.772.358 con domicilio real en zona rural de Fortín Olmos de la ciudad de Reconquista (SF) y con domicilio legal en calle Iriondo N° 716 de la ciudad de Reconquista (SF) 2) Fijar la audiencia del día 28 de Junio de 2023 a las 09:00 hs para sorteo de Síndico, por ante la Oficina de Sorteos Informáticos. A tal fin, ofíciese por Secretaría y comuníquese al Colegio de Ciencias Económicas. 3) Fijar el 11 de agosto de 2023 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar pedidos de verificación al Síndico. 4) Publíquense edictos en la forma prescripta en los art. 27 y 28 de la Ley de Concursos y Quiebras en el BOLETÍN OFICIAL y diario Edición 4 de esta ciudad, una vez efectuada la designación del Síndico. 5) Fíjase el 15 de setiembre de 2023 como fecha hasta la cual el Síndico ha de poder presentar los informes individuales, y el 18 de octubre de 2023 para la presentación del informe General, y fijase para el 14 de febrero de 2024 la audiencia informativa (art. 45 párr. 5to Ley 24522) audiencia que se ha de celebrar en este Juzgado a las 11:00 hs. Se hace saber que el periodo de exclusividad vencerá el 19 de febrero de 2024. 6) ofíciese al Registro de Procesos Universales a los fines de la inscripción de la apertura del concurso y asimismo para que informe la existencia de procesos universales correspondientes al concursado. 7) ordenar se comunique la apertura de este concurso a la Policía Federal, Migraciones, a la Administración Provincial de Impuestos a los fines del art. 23 del Código Fiscal. 8) Decretar la inhibición general de bienes de la concursada para disponer y gravar bienes registrables, a sus efectos ofíciese al Registro General de la Provincia de Santa Fe y al Registro Nacional de la Propiedad del Automotor autorizando al profesional interviniente al diligenciamiento. 9) Requerir de los jueces ante quienes se tramitan juicios de contenido patrimonial contra la concursada, con las excepciones legales, su remisión a este Juzgado, y declarar que en virtud de lo preceptuado en el art. 21 de la Ley 24522 la suspensión del trámite de los juicios de contenido patrimonial contra el concursado por causa o título anterior a su presentación. 10) Intimar a la deudora a depositar en autos dentro del término de tres días la suma de $ 7.000, para abonar gastos de correspondencia, bajo apercibimientos de ley, sumas que deberán ser depositadas en una cuenta judicial a abrirse para estos autos y a la orden de este Juzgado en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Sucursal Reconquista (SF). Hágase saber a los profesionales que deberán suscribir y diligenciar el oficio conforme lo establecido en el Acuerdo celebrado el día 10.03.22. Acta N° 6, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe (Circular N°33/2022 de fecha 14/03/2022). 11) Hacer saber al concursado que no puede viajar al exterior sin previa comunicación al Juez del Concurso, haciendo saber el plazo de la ausencia, el que no podrá ser superior a cuarenta (40) días corridos. En caso de ausencia por plazos mayores deberá requerir autorización judicial (art. 25 LCQ). En caso de ausencia por plazos mayores deberá requerir autorización judicial (art. 25 LCQ.). 12) Oficiar al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe y al Nuevo Banco de Santa Fe S.A. haciéndole saber que deben cesar las retenciones que se efectúan sobre los haberes de la concursada ya sea los que se efectúan por recibo de sueldo como por el sistema de cajero automático. Autorizándose a los profesionales intervinientes en su diligenciamiento. 13) Notificaciones según art. 26 LCQ. Insértese el original, agréguese copia y hágase saber. Fdo. Dr. Ramiro Avilé Crespo, Juez - Dra. Laura C. Cantero, Secretaria. OTRA RESOLUCIÓN: Reconquista, 09 de junio de 2023. AUTOS Y VISTOS: Estos caratulados: ORDOÑEZ, LEANDRO CRISANTO s/Concurso Preventivo; CUIJ N° 21-25030372-3, de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación - Distrito N° 4, de los que; RESULTA: Que, por un error de tipeo involuntario en la Resolución de fecha 08 de junio de 2023, protocolizada al Folio N° 409, Autos N° 376, Tomo 30, en el Resuelvo se consignó el domicilio real del concursado en zona rural de Fortín Olmos de la ciudad de Reconquista (SF), cuando debía ser solo en Zona Rural de Fortín Olmos (Sta. Fe) y se fijó fecha del vencimiento del período de exclusividad (art. 45 Ley 24522) el día 19 de febrero de 2024, cuando debía ser el día 21 de Febrero de 2024, ya que se fijó fecha para la audiencia informativa el día 14 de febrero de 2024, no cumpliéndose con el plazo establecido en el art. 45, Ley 24522. CONSIDERANDO: Que, atento a lo advertido, a constancias de Autos y a lo dispuesto por el Art. 248 del CPCC. Por ello, es que; RESUELVO: Aclarar la Resolución de fecha 08 de junio de 2023, protocolizada al Folio N° 409, Autos N° 376, Tomo 30, dejándose establecido que el domicilio real de Leandro Crisanto Ordoñez es en Zona Rural de Fortín Olmos (Sta. Fe) y la fecha de vencimiento del período de exclusividad es el día 21 de febrero de 2024 y no lo que por error se consignó. Ordenar publicar edictos haciendo conocer lo aquí decidido en el BOLETÍN OFICIAL y un diario local. Hágase saber, insértese el original y agréguese copia. Fdo. Dr. Ramiro Avilé Crespo, Juez; Dra. Laura C. Cantero, secretaria. Reconquista (SF), 21 de Junio de 2023.
$ 1300 503422 Jul. 31 Ago. 4
__________________________________________
El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados: DELLAROSA BETIANA VANESA s/Quiebra; CUIJ N° 21-25023388-1, ha dispuesto lo siguiente: Reconquista, 13 de Junio de 2023 AUTOS VISTOS: Estos caratulados: DELLAROSA BETIANA VANESA s/Quiebra; CUIJ N° 21-25023388-1, de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación - Distrito N° 49 y; CONSIDERANDO: RESUELVO: 1) Rehabilitar a Betiana Vanesa Dellarosa, argentina, mayor de edad, DNI N° 26.002.649, CUIL N° 2726002649-1, domiciliada en Agrupada 1 Dpto. 1 Planta Baja B° Pucará de esta ciudad. 2) Proceder al levantamiento de las inhabilitaciones personales que pesan sobre la fallida, a tal efecto, líbrense los respectivos oficios. 3) Procédase al levantamiento de la interdicción para la salida del país, oficiándose a sus efectos. 4) Publíquense edictos. 5) Procédase al levantamiento del embargo que recae sobre los haberes de Betiana Vanesa Dellarosa DNI N° 26.002.649, oficiándose a tales fines. Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Fdo. Dr. Ramiro Avilé Crespo, Juez - Dra. Laura C. Cantero, Secretaria. Reconquista (SF), 13 de Junio de 2023. Laura C. Cantero, Secretaria.
S/C 503417 Jul. 31 Ago. 4
__________________________________________
El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados: SEGOVIA JORGE RENE s/Quiebra; Expte. N° 656/2017 CUIJ N° 21-24960275-9, ha dispuesto lo siguiente: Reconquista, 09 de Mayo de 2023. Por presentado informe final y proyecto de distribución. Pónganse los mismos de manifiesto por el término de ley. Publíquense edictos. Notifíquese. Fdo. Dr. Ramiro Avilé Crespo, Juez - Dra. Laura C. Cantero, Secretaria. Reconquista (SF), 19 de Mayo de 2023.
S/C 503419 Jul. 31 Ago. 4
__________________________________________
El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados: CORONEL MILENA BEATRIZ s/Quiebra; CUIJ N° 21-25022724-5, ha dispuesto lo siguiente: Reconquista, 28 de Junio de 2023 AUTOS VISTOS: Estos caratulados: CORONEL MILENA BEATRIZ s/Quiebra; CUIJ N° 21-25022724-5, de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación - Distrito N° 45 y; CONSIDERANDO: Que, a fs. 149 comparece el apoderado de la fallida y solicita la rehabilitación de la misma y el cese sobre la cautelar que pesa sobre sus haberes. Que a f. 150 se ordena correr vista a la Sindicatura de lo peticionado, quien contesta a f. 156. manifestando que no posee objeciones a lo requerido por el apoderado de la fallida. Así, transcurrido el plazo del Art. 236 LCQ, la fallida se encuentra en condiciones de que se dicte su rehabilitación y el cese de los descuentos que pesan sobre sus haberes. Que, en efecto debe darse la rehabilitación de la fallida, la cual cesa de pleno derecho al año de la fecha de sentencia de quiebra (Art. 236 de la LCQ), debiendo cesar también las retenciones que se hacen sobre sus haberes. Por ello es que; RESUELVO: 1) Rehabilitar a Milena Beatriz Coronel, argentina, mayor de edad, DNI N° 31.627.881, CUIL N° 27-31627881-2, domiciliada en calle Freyre N° 89 de esta ciudad. 2) Proceder al levantamiento de las inhabilitaciones personales que pesan sobre la fallida, a tal efecto, líbrense los respectivos oficios. 3) Procédase al levantamiento de la interdicción para la salida del país, oficiándose a sus efectos. 4) Publíquense edictos. 5) Procédase al levantamiento del embargo que recae sobre los haberes de Milena Beatriz Coronel DNI N° 31.627.881, oficiándose a tales fines. Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Fdo. Dr. Ramiro Avilé crespo, Juez; Dra. Laura C. Cantero, Secretaria. Reconquista (SF), 28 de Junio de 2023.
S/C 503420 Jul. 31 Ago. 4
__________________________________________
Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados: MOLINA, NORA BEATRIZ s/Quiebra; (CUIJ 21-25020425-3), que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito N° 4 de la Primera Nominación de Reconquista (Santa Fe), Secretaria de la autorizante Dra. Paola Milazzo, se hace saber por 2 (dos) días, publicándose en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, que se ha presentado la readecuación del proyecto de distribución, con inclusión de los honorarios y crédito verificado actualizados. Asimismo que la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil Comercial y Laboral ha regulado los honorarios de la Sindicatura en la suma de $ 114.000, y los del apoderado de la fallida en $ 50.000, los que fueron actualizados desde la fecha de regulación hasta la fecha de pago con la Tasa Activa en pesos de Cartera General Nominal Anual Vencida (T.N.A. 30 días) del Banco de la Nación Argentina. A continuación se transcribe el decreto que así lo ordena: Reconquista, 28 de Junio de 2023. Agréguese el informe de saldo en cuenta bancaria y los cálculos de intereses acompañados. Por presentada readecuación del proyecto de distribución, con inclusión de honorarios y crédito verificado actualizados. Pónganse el mismo de manifiesto en la Oficina por el término de ley. Publíquense edictos por dos días en el BOLETÍN OFICIAL. Confeccione proyecto para su consideración y rúbrica por la Actuaria. Notifíquese. Fdo. Dr. Fabián Lorenzini, Juez a/c. Dra. Paola Milazzo, Secretaria. Reconquista (Santa Fe). Paola C. Milazzo, Secretaria.
S/C 503421 Jul. 31 Ago. 4
__________________________________________
Por estar así ordenado en los autos caratulados: PASSARINO STELLA MARIS c/MODENA RICARDO y Otros s/Medida Previa Ordinario; (CUIJ 21-25029245-4), de trámite por ante el Juzgado De Primera Instancia de Distrito N° 4 en lo Civil y Comercial - Segunda Nominación - de la ciudad de Reconquista, Santa Fe, se notifica a VINCENZA PINZA de PAVÓN y/o sus sucesores, y a Ricardo Modena y/o sus sucesores de los siguientes decretos: Reconquista, 27 de julio de 2022. Por presentados, domiciliados, en el carácter que invocan, acuérdaseles la intervención que por derecho corresponda. Por promovidas medidas preparatorias de juicio contra Vincenza Pinza de Pavón y/o sus sucesores y/o Ricardo Modena y/o sus sucesores. A la informativa solicitada en punto 1.1., a lo solicitado no ha lugar. Respecto los puntos 1.2. y 1.3., ofíciese como lo solicita autorizándose a los propuestos a su diligenciamiento. Téngase presente la documental presentada. Notifíquese. Fdo: Dr. Fabián Lorenzini, Juez. Dr. José Boaglio, Secretario. Otro Decreto: Reconquista, 05 de Junio de 2023. Cítese y emplácese a los demandados Vincenza Pinza de Pavón y/o sus sucesores y/o Ricardo Modena y/o sus sucesores y/o a quienes se consideren con derecho, publíquense edictos de ley conforme art. 67 C.P.C. Notifíquese. Fdo. Dr. Fabián Lorenzini, Juez. Dr. Diego Escudero, Secretario. Lo que se publica a sus efectos por el término de ley. Reconquista, 30 de Julio de 2023. Fdo.: Dr. Diego Escudero, Secretario.
$ 300 503331 Jul. 31 Ago. 2
__________________________________________
El Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito N° 4 Civil y Comercial - Segunda Nominación, de la Ciudad Reconquista - Provincia de Santa Fe, Secretaría a cargo del Dr. Diego Escudero, notifica a Daniel Alejandro Rojas, DNI N° 32.191.058, demandado en autos: FAST CRED S.A. c/ROJAS DANIEL ALEJANDRO s/Juicio Ejecutivo; (CUIJ N° 21-25029359-0) la siguiente resolución dictada en autos: Reconquista, 26 de Junio de 2021; Autos y Vistos:... Considerando:... Resuelvo: Ordenar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte actora se haga íntegro cobro del capital reclamado, con más los intereses pactados, I.V.A., gastos y costas. Regular honorarios oportunamente. Hágase, saber, insértese y agréguese copia. Fdo. Dr. Diego Escudero, Secretario; Dr. Fabián Lorenzini, Juez; lo que se publica a sus efectos por el término de ley. Reconquista, 3 de Julio de 2023. Fdo: Dr. Diego Escudero, Secretario.
$ 52,50 503347 Jul. 31 Ago. 2
__________________________________________
El Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito N° 4 en lo Civil y Comercial Tercera Nominación, de Reconquista - Provincia de Santa Fe, notifica a Maira Gisela Lovey, DNI N° 36.196.874, demandado en autos FAST CRED S.A. c/LOVEY MAIRA GISELA s/Juicio Ejecutivo; CUIJ N° 21-25026848-0, de la siguiente resolución: Reconquista, 14 de Junio de 2023; Autos y Vistos: Estos caratulados: FAST CRED S.A. c/LOVEY MAIRA GISELA s/Juicio Ejecutivo; CUIJ N° 21-25026848-0, de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación - Distrito N° 4, de los que: Resulta:... Considerando:... Resuelvo: Ordenar se lleve adelante la ejecución contra Maira Gisela Lovey, D.N.I. N° 36.196.874, hasta que la parte actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más los intereses pactados, IVA sobre intereses, gastos y costas del proceso. Regular honorarios oportunamente. Hágase saber, insértese y agréguese copia. Fdo. Ramiro Avilé Crespo, Juez - Laura C. Cantero, Secretaria. Reconquista (SF), 21 de Junio de 2023. Laura C. Cantero, Secretaria.
$ 52,50 503348 Jul. 31 Ago. 2
__________________________________________
El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados: ALARCON CAROLINA ESTER s/Quiebra; CUIJ N° 21-25030157-7, ha dispuesto lo siguiente: Reconquista, 11 de Mayo de 2023; Téngase presente el acta de sorteo acompañada. Designase Síndico en la presente causa, al CPN Jorge F. Ghiano, a quien se citará para que dentro del término y con las formalidades de ley comparezca a aceptar el cargo. Notifíquese. Fdo. Dr. Ramiro Avilé Crespo, Juez - Dra. Laura C. Cantero, Secretaria. Otro Decreto: Reconquista, 19 de Mayo de 2023; Proveyendo el cargo N° 4982: agréguese y téngase presente la publicación de edicto acompañada. Proveyendo el cargo N° 5166: téngase presente la aceptación del cargo de Síndico para estos autos por parte del CPN Jorge Francisco Ghiano. Proveyendo el cargo N° 5080: agréguese oficio diligenciado. Notifíquese. Fdo. Ramiro Avilé Crespo, Juez - Dra. Laura C. Cantero, Secretaria. Reconquista (SF), 15 de Junio de 2023.
S/C 503506 Jul. 31 Ag. 4
__________________________________________
Por orden del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 4 en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de la ciudad de Reconquista (Santa Fe), en autos: CAPELETTI, ROCIO CELESTE s/Quiebra; (CUIJ 21-25029755-3), se hace saber que se ha procedido al sorteo de Síndico para actuar en estos autos, quien ha aceptado el cargo y ha solicitado prórroga de las fechas originalmente fijadas para este proceso, las que se dan a conocer, según el siguiente decreto: Reconquista, 27 de Junio de 2023. Proveyendo cargos 2769 y 6067: Téngase presente lo manifestado. Fíjase el día 29 de septiembre del 2023 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar pedidos de verificación al síndico. Fíjase el 07 de noviembre del 2023 la fecha en que deberá el síndico presentar los informes individuales. Fíjase 14 de diciembre la fecha en que deberá presentar el síndico el informe general. Publíquense edictos de ley. Notifíquese. Fdo. Dr. Fabián S. Lorenzini, Juez; Dr. Diego Escudero, Secretario. Síndica designada: CPN María Elena de los Milagros Sabater, domicilio legal Patricio Diez N° 858 de la ciudad de Reconquista, donde atenderá a los acreedores de lunes a viernes de 9:00 a 12:00 hs. y de 17 a 19 hs. mail de cortesía: mesabater@hotmail.com. Cel. 342-4085265. Reconquista, 12 de Julio de 2023. Fdo: Dr. Diego Escudero, Secretario.
S/C 503505 Jul. 31 Ago. 4
__________________________________________
Se hace saber que en los autos caratulados: CACERES DEMETRIA ERMELINA c/RUFANACH GUILLERMO GUSTAVO y Otros s/Prescripción Adquisitiva; (CUIJ N° 21-25028959-3), de tramite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 4 en lo Civil y Comercial -Segunda Nominación- de la ciudad de Reconquista (Santa Fe), Juzgado del Dr. Fabián Silvano Lorenzini, Juez; y Secretaría a cargo del Dr. Diego Escudero, Secretario, se ha decretado lo siguiente: Reconquista, 13 de Junio de 2022. Agréguese y téngase presente. Por presentada, domiciliada, en el carácter que invoca, acuérdasele la intervención que por derecho corresponda. Por promovida demanda de usucapión contra Guillermo Gustavo Rufanacht y/o Silvana Andrea Rufanacht y/o QRJR. Cítese y emplácese a los demandados y a quienes se consideren con derecho al bien a usucapir, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley comparezcan a estar a derecho. Notifíquese en el domicilio denunciado y publíquense edictos de ley conforme art. 67 C.P.C. Cítese a la Provincia de Santa Fe y a la Municipalidad de Reconquista (SF), para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley comparezcan a tomar la intervención que les pudiere corresponder y manifiesten si tienen interés legítimo en esta causa. A los fines del debido contralor del sellado, córrase vista a API. Previo a todo trámite acompañe plano e informe de dominio. Notifíquese. Notifiquen: Empleados del Juzgado. Fdo.: Dr. Fabián Lorenzini, Juez; José Boaglio, Secretario. Reconquista, 3 de Julio de 2023. Fdo. Dr. Diego Escudero, Secretario.
$ 250 503727 Jul. 31 Ago. 2
__________________________________________