picture_as_pdf 2023-06-26

MINISTERIO DE ECONOMÍA

MINISTERIODE EDUCACIÓN


RESOLUCIÓN N.º 299 ME

RESOLUCIÓN N.º 0621 MED


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 21 JUN 2023


VISTO:

EI expediente N° 00321-0000531-3 del Registro del Sistema de Información de Expedientes mediante el cual se gestiona el llamado correspondiente a la Licitación Pública Nacional N° 15/2023 para la “Construcción del edificio del Jardín de Infantes Nº 40 de la localidad de San Cristóbal, Departamento San Cristóbal y;

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Conjunta N° 153 (ME) y N° 0526 (MEdu) de fecha 22/03/2023 se aprobó el Documento de Licitación y se estableció como fecha de apertura de la Licitación LPN N° 15/2023 el día 18 de abril de 2023 o el primer día hábil siguiente si aquél no lo fuera, a las 12 hs. para el Acto de Apertura de las Ofertas en la Sala de Reuniones del Ministerio de Economía, sito en Avenida Arturo Illia 1151 - 6to Piso de la Ciudad de Santa Fe — Provincia de Santa Fe - República Argentina.

Que se efectuaron publicaciones en el Boletín Oficial de la Provincia y en medios de prensa provincial, nacional y en la página web de la provincia de Santa Fe;

Que en fecha 18 de abril de 2023, se realizó el “Acto de Apertura de Ofertas”, recibiéndose una (1) oferta tal cual lo indicado en el Acta de Apertura correspondiente, y que pertenece a: PANETTO MARIANO MIGUEL por la suma de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 55/100 ($ 349.697.953,55).

Que la comisión Evaluadora de Ofertas según consta en el Acta N° 1 de fecha 1 de junio de 2023, se abocó a efectuar la revisión general de la documentación que conforma el Sobre Nº 1 de la única oferta presentada, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo ARTICULO Nº 24: DETALLE DE LA DOCUMENTACION A PRESENTAR del PCByC y en función de ello se confeccionó el ANEXO I – “Documentación Presentada”, que forma parte del acta N° 1 y en segundo lugar, se procedió a la evaluación de los antecedentes del oferente PANETTO MARIANO MIGUEL, para ello fue necesario requerir información complementaria por medio de la nota N° 106 de fecha 24 de abril de 2023;

Que conforme lo establecido en el PCByC, en el Artículo 25, la Comisión Evaluadora examinó los antecedentes del oferente, resultando que el oferente PANETTO MARIANO MIGUEL, cumple con los requisitos exigidos;

Que en virtud de ello y en relación al Planilla de Cotización y Computo Métrico presentada en la oferta, se detectó que se cotizan los Items 19.2. Sistema Multi Split Inverter, 19.3. Sistema Split Minverter y 19.4 Equipos de ventilación con recuperación de calor, no incluidos en el pliego licitatorio de la licitación que nos ocupa y cuyo importe asciende a Pesos Veintidós Millones Novecientos Cuarenta y Dos Mil Doscientos Cinco ($ 22.942.205.-), por lo cual la Comisión Evaluadora solicitó a la empresa oferente mediante nota N° 137 de fecha 23 de abril de 2023 que se ratifique el monto final de su oferta, cuyo importe asciende, al descontar los mencionados ítems de Pesos Trescientos Veintiséis Millones Setecientos Cincuenta y Cinco Mil Setecientos Cuarenta y Ocho con Cincuenta y Cinco Centavos ($ 326.755.748,55), dicho requerimiento fue cumplimentado por el oferente en fecha 24 de abril de 2023;

Que como resultado de todo lo actuado, la Comisión Evaluadora de Ofertas mediante Acta N° 1 de fecha 1 de junio de 2023 recomienda adjudicar la licitación a la oferente: PANETTO MARIANO MIGUEL, por la suma de Pesos Trescientos Veintiséis Millones Setecientos Cincuenta y Cinco Mil Setecientos Cuarenta y Ocho con Cincuenta y Cinco Centavos ($ 326.755.748,55);

Que se cuenta con crédito presupuestario específico para afrontar el presente gasto;

Que el Área legal de la Unidad de Gestión tomo intervención en el marco de su competencia aconsejando la continuidad del trámite;

Que el Secretario de Coordinación de Proyectos del Ministerio de Economía y el Secretario de Administración del Ministerio de Educación Escolar consideran pertinente la presente gestión y aconsejan la prosecución del trámite;

Que siendo las obras que se licitan por el presenta acto administrativo, de incumbencia específica del Ministerio de Educación y del Ministerio de Economía, en el marco de lo establecido por el Decreto N° 4174/2015 de economía procedimental, resulta procedente exclusivamente la comunicación formal del presente llamado a licitación al Señor Ministro de Gestión Pública para su conocimiento, en su carácter de integrante de la Coordinación General de la Unidad de Gestión;

Que la presente gestión se encuadra en los alcances de la Ley Nº 5188 de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe y sus correspondientes modificatorios, la Ley N°14054 de endeudamiento, y el Decreto N° 0246/2021 de creación de la Unidad de Gestión;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y

EL MINISTRO DE EDUCACION

EN SU CARÁCTER DE COORDINADORES GENERALES

DE LA UNIDAD DE GESTIÓN – DECRETO 0246/2021

RESUELVEN:

ARTICULO 1º: Adjudíquese la obra para la ““Construcción del edificio del Jardín de Infantes Nº 40 de la localidad de San Cristóbal, Departamento San Cristóbal a la OFERTA Nº 1 correspondiente a la firma PANETTO MARIANO MIGUEL (CUIT 20-28947173-2), con domicilio en 4 de enero 6250 de la ciudad de Santa Fe, por la suma de PESOS TRESCIENTOS VEINTISÉIS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 326.755.748,55).

ARTICULO 2º: Suscríbase el Contrato de Obra Pública con la Oferente PANETTO MARIANO MIGUEL, previa constitución de la correspondiente Garantía de Contrato, en un todo de acuerdo a lo requerido en el Documento Licitatorio.

ARTICULO 3º: Impútese el gasto al Presupuesto vigente en el Carácter 1 – Administración Central, Jurisdicción 36 – Ministerio de Economía, SAF 08 – Programa de Saneamiento Financiero y Desarrollo Económico de las Provincias Argentinas, Programa 20, Subprograma 08 – Inclusión Digital y Transformación Educativa “Santa Fe + Conectada”, Proyecto Específico 2 – Fortalecimiento y Modernización de la Infraestructura del Sistema Educativo Provincial, Obra 51 – Construcción y ampliación de edificios escolares, Finalidad 3, Función 4, Fuente de Financiamiento 111 - Tesoro Provincial, Inciso 6 – Activos Financieros, Partida Principal 8 – Incremento de Activos, por la suma de PESOS CINCO MILLONES DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL NOVENTA Y UNO CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 5.228.091,98), Inciso 4 – Bienes de Uso, Partida Principal 2 – Construcciones, por la suma de PESOS DIECINUEVE MILLONES SEISCIENTOS CINCO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON NOVENTA Y UN CENTAVOS ($ 19.605.344,91) y Fuente de Financiamiento 846 - Santa Fe + Conectada – CAF – Ley N° 14.054, Inciso 6 – Activos Financieros, Partida Principal 8 – Incremento de Activos, por la suma de PESOS VEINTE MILLONES NOVECIENTOS DOCE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE CON NOVENTA Y UN CENTAVOS ($ 20.912.367,91), Inciso 4 – Bienes de Uso, Partida Principal 2 – Construcciones, por la suma de PESOS SETENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIÚN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 78.421.379.65), cifras previstas invertir en el presente ejercicio.

ARTICULO 4º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

S/C 39960 Jun. 26 Jun. 28

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MINISTERIO DE LA PRODUCCION,

CIENCIA Y TECNOLOGIA


NOTIFICACION


Por el presente se hace saber a la señora Karina Elisabet CARRANZA que en los autos caratulados: CARRANZA Karina Elisabet 37976/19 - Unidad Dominio NCQ575, se ha dictado la Resolución N° 275 del 8 de Julio de 2022, la cual en su parte pertinente establece: “Visto el Expediente N° 01804-0016707-4 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO... Por ello... EL SECRETARIO DE TRANSPORTE DEL MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA RESUELVE: Aplíquese la señora Karina Elisabet CARRANZA, con domicilio en calle Pasaje en Condominio 4230 de la localidad de Santa Fe, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, una multa de Trescientas Unidades Fijas (300 UF), por infracción al artículo 76 de la Ley N° 13169, según Acta de Infracción y/o Emplazamiento N° 37976 de fecha 4/12/19.- ARTICULO 2º.- Establézcase que el importe de la sanción impuesta deberá ser depositado en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Cuenta Oficial N° 599 002 93483/02 “Rec. D.G. Transp. Mm. Infra.”, en el plazo perentorio de diez (10) días hábiles, bajo apercibimiento de girar los antecedentes a Fiscalía de Estado para gestionar su cobro judicial. ARTICULO 2º.- Regístrese, comuníquese y archívese. Firmado: Dr. Osvaldo O. MILATELLO - Secretario de Transporte del Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología.- En virtud de lo establecido en el artículo 490 del Decreto N° 4174/15, córrase traslado a los interesados por el plazo de cinco días. Atentamente.

S/C 39977 Jun. 26 Jun. 27

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NOTIFICACION


Por el presente se hace saber a la empresa EXPRESO ARITO S.A., que en los autos caratulados: “DGFYSA REF. ACTA DE INFRACCIÓN N° 38285” - Ref. Acta de Infracción Unidad mt. , se ha dictado la Resolución del Secretario de Transporte N° 215 de fecha 23 de mayo 2022, la cual en su parte pertinente establece: Visto el Expediente N° 01802-0021163-6 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO:... Por ello... “...EL SECRETARIO DE TRANSPORTE DEL MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA RESUELVE: ARTÍCULO 1º Aplíquese a la Empresa Expreso Arito S.A., con domicilio en calle Mitre N° 1220 de la localidad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe, una multa de $ 2.781 (PESOS DOS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y UNO) por infracción al artículo 2º de la Ley N° 2499, según el Acta de Infracción y/o Emplazamiento N° 38285 de fecha 20/02/2019.- ARTICULO 2°.- Establézcase que el importe de la sanción impuesta deberá ser depositado en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Cuenta Oficial N° 599 002 93483/02 “Rec. DG. Transp. Mm. Infra.” en el plazo perentorio de diez (10) días hábiles, bajo apercibimiento de girar los antecedentes a Fiscalía de Estado para gestionar su cobro judicial.- ARTICULO 3º.- Regístrese, comuníquese y archívese.- Firmado: Dr. Osvaldo O. MIATELLO - Secretario de Transporte del Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología.- Por dudas y consultas, comunicarse vía e-mail a fiscalizacion@santafe.gov.ar.- Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley N° 12071, le asiste el derecho a interponer recurso en los términos del artículo 42º y siguientes del Decreto N° 4174/15. Dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

S/C 39976 Jun. 26 Jun. 27

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NOTIFICACION


Por el presente se hace saber a la empresa QUATTRO S.R.L., que en los autos caratulados: “QUATTRO S.R.L. 37680/2020 UNIDAD DOMINIO HJZ13”-, se ha dictado la Resolución del Secretario de Transporte Nº 202 de fecha 17 de diciembre de 2021, la cual en su parte pertinente establece: Visto el Expediente N° 01804-0016723-6 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDOS.... Por ello... “...EL SECRETARIO DE TRANSPORTE DEL MINISTERIO DE PRODUCCION, CIENCIA Y TECNOLOGIA RESUELVE: ARTÍCULO 1°- Aplíquese a la Empresa Quattro S.R.L., con domicilio en calle Patricio Kirck N° 88 de la localidad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe una multa de Trescientas Unidades Fijas (300 UF) por infracción al artículo 76 de la Ley N° 13169, según el Acta de Infracción y/o Emplazamiento N° 37680 de fecha 31/10/2019.- ARTÍCULO 2º.- Establézcase que el importe de la sanción impuesta deberá ser depositado en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Cuenta Oficial N° 599 002 93483/02 “Rec. DG. Transp. Mm. Infra.” en el plazo perentorio de diez (10) días hábiles, bajo apercibimiento de girar los antecedentes a Fiscalía de Estado para gestionar su cobro judicial.- ARTICULO 3°.- Regístrese, comuníquese y archívese.- Firmado: Dr. Osvaldo O. MIATELLO - Secretario de Transporte del Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología.-“ Por dudas y consultas, comunicarse vía e-mail a fiscalizacion@santafe.gov.ar.- Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley N° 12071, le asiste el derecho a interponer recurso en los términos del artículo 42º y siguientes del Decreto N° 4174/15, dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

S/C 39975 Jun. 26 Jun. 27

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NOTIFICACION


Por el presente se hace saber al señor ZANELLA BRUNO, que en los autos caratulados: “ZANELLA BRUNO ACTA DE INFRACCIÓN 39662”— , se ha dictado la Resolución del Secretario de Transporte N° 183 de fecha 17 de mayo 2022, la cual en su parte pertinente establece: Visto el Expediente N° 00702-0000107-1 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO: .... Por ello... “...EL SECRETARIO DE TRANSPORTE DEL MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA RESUELVE: ARTÍCULO 1º- Aplíquese al señor Bruno Gustavo ZANELLA, con domicilio en calle Rioja N° 1887 de la localidad de Fray Luis Beltrán, Departamento San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, una multa de Trescientas Unidades Fijas (300 UF) por infracción al artículo 76 de la Ley N° 13169, según el Acta de Infracción y/o Emplazamiento N° 39662 de fecha 04/06/2021.- ARTICULO 2º.- Establézcase que el importe de la sanción impuesta deberá ser depositado en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Cuenta Oficial N° 599 002 93483/02 “Rec. DG. Transp. Mm. Infra.” en el plazo perentorio de diez (10) días hábiles, bajo apercibimiento de girar los antecedentes a Fiscalía de Estado para gestionar su cobro judicial. ARTICULO 3°.- Regístrese, comuníquese y archívese. Firmado: Dr. Osvaldo O. MIATELLO - Secretario de Transporte del Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología.-“ Por dudas y consultas, comunicarse vía e-mail a fiscalización@santafe.gov.ar.- Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley N° 12071, le asiste el derecho a interponer recurso en los términos del artículo 42º y siguientes del Decreto N° 4174/15, dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

S/C 39974 Jun. 26 Jun. 27

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NOTIFICACION


Por el presente se hace saber a la señora ANA DOMINGA DEMARTIN, que en los autos caratulados: “DEMARTIN ANA DOMINGA 39011/2019 UNIDAD DOMINIO DVP 627”, se ha dictado la Resolución del Secretario de Transporte N° 280 de fecha 29 de diciembre de 2021, la cual en su parte pertinente establece: Visto el Expediente N° 01804-0016824-6 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO:.... Por ello... “...EL SECRETARIO DE TRANSPORTE DEL MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA RESUELVE: ARTÍCULO 1°-Aplíquese a la señora Ana Dominga Demartin, con domicilio en calle Mitre N° 1147 de la localidad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, una multa de 300 UF (Trescientas Unidades Fijas) por infracción al artículo 76 de la Ley N° 13169, según el Acta de Infracción y/o Emplazamiento N° 39011 de fecha 17/10/2019.- ARTICULO 2º.- Establézcase que el importe de la sanción impuesta deberá ser depositado en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Cuenta Oficial N° 599 002 93483/02 “Rec. DG. Transp. Mm. Infra.” en el plazo perentorio de diez (10) días hábiles, bajo apercibimiento de girar los antecedentes a Fiscalía de Estado para gestionar su cobro judicial.- ARTICULO 3º.- Regístrese, comuníquese y archívese.- Firmado: Dr. Osvaldo O. MIATELLO - Secretario de Transporte del Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología.-“ Por dudas y consultas comunicarse vía e-mail a fiscalización@santafe.gov.ar. Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley N° 12071, le asiste el derecho a interponer recurso en los términos del artículo 42º y siguientes del Decreto N° 4174/15, dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

S/C 39973 Jun. 26 Jun. 27

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NOTIFICACION


Por el presente se hace saber a la empresa TENSOLAC S.A., que en los autos caratulados: “TENSOLAC S.A. / ACTA 38998 - Ref. Acta de Infracción Unidad mt. Dom A13612CO”, se ha dictado la Resolución del Secretario de Transporte N° 029 de fecha 02 de febrero de 2022, la cual en su parte pertinente establece: Visto el Expediente N° 01802- 0022020-9 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO:.... Por ello... “...EL SECRETARIO DE TRANSPORTE DEL MINISTERIO DE PRODUCCION, CIENCIA Y TECNOLOGÍA RESUELVE: ARTÍCULO 1°- Aplíquese a la Empresa Tensolac S.A., con domicilio en calle Santos Dumont N° 2484 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, una multa de 300 UF (Trescientas Unidades Fijas) por infracción al artículo 76 de la Ley N° 13169, según el Acta de Infracción y/o Emplazamiento N° 38998 de fecha 02/08/2019.- ARTICULO 2º.- Establézcase que el importe de la sanción impuesta deberá ser depositado en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Cuenta Oficial N° 599 002 93483/02 “Rec. DG. Transp. Mm. Infra.” en el plazo perentorio de diez (10) días hábiles, bajo apercibimiento de girar los antecedentes a Fiscalía de Estado para gestionar su cobro judicial.- ARTICULO 3º.- Regístrese, comuníquese y archívese.- Firmado: Dr. Osvaldo O. MIATELLO - Secretario de Transporte del Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología. Por dudas y consultas, comunicarse vía e-mail a fiscalización@santafe.gov.ar.- Además se hace saber que conforme lo dispuesto por ley N° 12071, le asiste el derecho a interponer recurso en los términos del articulo 42 y siguiente del decreto N° 4174/15, dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

S/C 39972 Jun. 26 Jun. 27

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MINISTERIO DE GOBIERNO,

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS


RESOLUCIÓN N.º 0073


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional", 23/06/2023


VISTO:

El Expediente Nº 02001-0066518-9 del registro del Sistema de Información de Expedientes -MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, en virtud del cual se dictó la Resolución Nº 0069/2023 y la comunicación nro. 139 del 21/06/2023 del Sr. Fiscal Dr. Miguel MORENO; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Nº 0069/2023 se establecieron las bases y condiciones, y la fecha, horario y lugar de la subasta pública a realizarse por la Agencia Provincial de Registro, Administración y Destino de Bienes y Derechos Patrimoniales (APRAD);

Que posteriormente se recepcionó comunicación nro. 139 del 21/06/2023 del Dr. Miguel MORENO, Fiscal Área Económica de la Agencia de Criminalidad Organizada y Delitos Complejos del Ministerio Público de la Acusación de la Segunda Circunscripción, por la cual se hace saber que dentro del CUIJ Nº 21-08705419-2 caratulado: “Laborde, Alfredo Héctor s/ Estafa”, respecto del vehículo Tipo automóvil, Marca TRIUMPH, Modelo TR3, color verde, dominio FBJ 582, Nº Motor no visible, Nº Chasis TS 16964 existen pretensiones de restitución pendientes de resolución, motivo por el cual no puede estar sujeto a subasta anticipada;

Que, en virtud de la cita comunicación y en cumplimiento de la misma, resulta procedente el retiro del Lote Nº 10 de la subasta pública referida;

Que, asimismo, por razones operativas y de logística, se hace necesario modificar el lugar de realización de la subasta pública, reduciendo por razones de capacidad el cupo de ACREDITADOS que podrán participar de la misma;

Que la presente Resolución se emite de conformidad a las previsiones de la Ley N° 13.579 y su Decreto Reglamentario N° 0276/2018 y modificatorios;

POR ELLO:

EL TITULAR DE LA AGENCIA PROVINCIAL DE REGISTRO,

ADMINISTRACIÓN Y DESTINO DE BIENES Y

DERECHOS PATRIMONIALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Exclúyase de la SUBASTA PÚBLICA el lote identificado en el ANEXO de la Resolución 0069/2023 como Lote 10, vehículo Tipo automóvil, Marca TRIUMPH, Modelo TR3, color verde, Nº Motor no visible, Nº Chasis TS 16964, en virtud de la comunicación nro. 139 del 21/06/2023 conforme los considerandos precedentes.

ARTÍCULO 2º: Modifícase el art. 3º de la Resolución Nº 0069 de fecha 13/06/2023,

el que quedará redactado de la siguiente manera:

ARTICULO 3°: Fecha, horario y lugar de subasta. La subasta pública se llevará a cabo el día 4 de Julio de 2023 a partir de las 14 hs. en el Colegio de Martilleros de la Segunda Circunscripción sito en calle Moreno Nº 1546 de la ciudad de Rosario. Se deja constancia que respecto del aforo permitido conforme la capacidad del establecimiento, el cupo de ACREDITADOS que podrán participar de la subasta, previa inscripción vía Web, será de cuatrocientas (400) personas”.

ARTÍCULO 3°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

S/C 39970 Jun. 26 Jun. 28

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TRIBUNAL DE CUENTAS


EDICTO


Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber al Ex Sub-Director de la dirección General de Servicio Penitenciario Sr. Alcides Horacio Del Pozo y a la Habilitada Sra. Ester R. Aguiar, que en autos caratulados: Expediente Nro. 00901-0106987-1 -TCP-SIE S/ Resolución de S.II Nro. 0627 de fecha 02/05/2023, referida a la rendición de la partida transferida en concepto de “Gastos de Funcionamiento Marzo 2017”, descargados en el Balance de Movimiento de Fondos del MINISTERIO DE SEGURIDAD, correspondiente al período Enero a Marzo de 2021, la cuál en su parte pertinente establece: “VISTO:... CONSIDERANDO:.,,RESUELVE: Artículo 1°: Aprobar la cuenta por la suma de $ 57.205,00 (pesos cincuenta y siete mil doscientos cinco), emplazada por Resolución S.II N.º 0316/22 y consignada en el Artículo 3º de la Resolución S.II N.º 0258/22, de tratamiento del Balance de Movimiento de Fondos referido al 1er. Trimestre 2021, del Ministerio de Seguridad. Artículo 2°: Formular cargo al Sub-Director de la Dirección General Servicio Penitenciario, Sr. Alcides H. del Pozo, y a la Habilitada, Sra. Ester R. Aguiar, por la suma total de $ 65.034,04 (pesos sesenta y cinco mil treinta y cuatro con cuatro centavos), según lo establecido en la Resolución Nº 0048/03 TCP, modificada por Resolución R Nº 10 de fecha 01/03/2016 y conforme surge del siguiente detalle:

IMPORTE OBSERVADO ...$ 20.509,00

MÁS INTERESES ....$ 44.525,04

(desde el 08/05/2017, fecha en que debió rendir cuentas, hasta la fecha en que la Sala resuelve formular el cargo 18/04/2023 Fecha de tasa de interés considerada)

IMPORTE POR EL QUE SE FORMULA EL CARGO. $ 65.034,04

Artículo 3°: Intimar a los responsables para que, dentro de los treinta (30) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente resolución, procedan a reintegrar el importe correspondiente al cargo formulado en el artículo precedente, bajo apercibimiento de dar intervención a Fiscalía de Estado conforme a lo dispuesto por el artículo 224º de la Ley de Administración, Eficiencia y Control del Estado. Dicho importe deberá depositarse en la Cuenta Oficial Nº 599-0009001/04 – Nuevo Banco de Santa Fe S.A. - CBU N.º 3300599515990009001042 - CUIT 30-67461985-1- Superior Gobierno de Santa Fe – Rentas Generales y comunicarse a este Tribunal de Cuentas la realización del mismo mediante remisión de la respectiva constancia bancaria. Artículo 4º: Hacer saber, de conformidad a la Ley Nº 12071, que: “Contra los fallos y resoluciones dictados por las Salas en los Juicios de Cuentas y Responsabilidad, procederá el Recurso de Revocatoria ante la Sala que dictó la resolución y de Apelación ante el Tribunal de Cuentas en Acuerdo Plenario, los que deben interponerse dentro de los diez (10) días de notificada la resolución impugnada y fundamentarse en el mismo acto.” (artículo 238º de la Ley Nº 12.510, reglamentado por este Tribunal de Cuentas mediante Resolución Nº 006/06 y su modificatoria Resolución R Nº 13 de fecha 05/05/2016). Artículo 5º: Regístrese, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del plazo acordado.

Fdo.: CPN Oscar M. Biagioni – Presidente, Dr. Lisandro Mariano Villar – Vocal, CPN Maria del Carmen Crescimanno – Vocal, CPN Claudia E. Aragno – Secretaria Sala II.”.

S/C 39969 Jun. 26 Jun. 28

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