picture_as_pdf 2023-06-13

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

JUAN PEDRO DE LA SALLE


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Distrito Civil y Comercial Decimoquinta Nominación Rosario (Juzgado vacante), por orden del Dr. Fernando E. Mecoli, Juez en suplencia, Secretaría autorizante hace saber en autos ‘CONSORCIO EDIFICIO CALLE ALVEAR 916 c/ OTRO s/ JUICIO EJECUTIVO POR COBRO DE EXPENSAS’, CUIJ 21-02956357-5, se ha dispuesto que el Martillero Juan Pedro de La Salle, Mat. 990-D-51, CUIT 20-10330877-2, venda en pública subasta el día 22 de Junio de 2.023, a las 13:30 horas, o día hábil siguiente de resultar feriado el propuesto, en la Sala de Remates del Colegio de Martilleros, el siguiente inmueble: “Departamento en propiedad horizontal ubicado en calle Alvear 916, entre las calles Rioja y San Luis, de esta ciudad de Rosario, designado como Unidad 02-02, Parcela 02-02, destinado a vivienda, compuesto de living comedor, dos dormitorios, entrada, paso, office, cocina, baño, lavadero, dormitorio y baño de servicio, y terraza, con una superficie de 94,22 m2, y un valor equivalente al 6,16% del conjunto”.- Informa el Registro General Rosario: Dominio inscrito al T° 1303, F° 226, N° 085968, Rosario, PH, Reg. Gral. Rosario, a nombre del demandado (DNI 21.958.749). No Informa Hipotecas ni Inhibiciones s/t/r. Informa Embargo al T° 131 E, F° 930, N° 210076, de fecha 07/07/2022, por $ 347.864,15, por orden autos y Juzgado del presente trámite.- El bien saldrá a la venta con la base de $ 19.900.000, con retasa del 25 % y ÚLTIMA BASE del 20%, debiendo el comprador abonar en el acto de remate el 10% a cuenta de precio, más el 3% de comisión al martillero y/o comisión mínima 1,6 JUS, en dinero efectivo y/o cheque certificado. Por razones de seguridad y practicidad, los compradores deberán abonar en el acto de remate la suma de $30.000, a cuenta del 10% del precio alcanzado, más la comisión al martillero, en dinero efectivo y/o cheque certificado. El importe de la diferencia para completar el 10% del precio obtenido, deberá abonarse dentro de los dos días hábiles posteriores a la subasta, en Banco Municipal de Rosario sucursal Caja de Abogados, a la orden de este Juzgado y para estos autos; bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de perder la suma entregada. Si dicho importe llegara a superar la suma de $30.000, deberá realizarse por transferencia interbancaria. El 3% en concepto de comisión de Ley al Martillero, en dinero en efectivo al momento de la subasta. El saldo deberá ser abonado una vez aprobada la subasta, bajo apercibimientos de ley, sin perjuicio por la aplicación en su caso, de lo normado por el artículo 497 del C.P.C.C. Previo a la aprobación de la subasta deberá oficiarse al Registro General, con copia certificada del acta de subasta a fin de que se tome razón de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente. Hágase saber que no se admitirá pujas inferiores a $ 100.000 Sólo se admitirá la compra “en comisión” cuando se denunciare nombre, domicilio y n° de documento del comitente en el acta de remate. Publíquese edictos por el término de ley en el Boletín Oficial. Las deudas que el inmueble posea en concepto de tasas e impuestos, serán íntegramente a cargo del comprador, juntamente con contribuciones de mejoras, honorarios profesionales y gastos de escrituración e IVA si correspondiere. Además los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta, como así también los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. El inmueble saldrá a la venta en el estado de ocupación que consta en autos. El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, consecuentemente se excluye en autos la opción prevista en el artículo 505 2º párrafo del CPCC.- Copias de títulos agregados en autos a disposición de los interesados, en Secretaría, no admitiéndose reclamos por falta o insuficiencia de los mismos una vez realizada la subasta.- Todo lo que se hace saber a los efectos legales que por derecho hubiere lugar.- Secretaría, 30 de Mayo de 2023. Dra. Ma. Eugenia Sapei, Secretaria.- Dra. Lorena Andrea González, Secretaria en suplencia.-

$670 501344 Jun. 13 Jun. 15

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