picture_as_pdf 2023-05-12

TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición de Dr. Gustavo Antelo, Juez del Tribunal Colegiado de Familia de la Cuarta Nominación de Rosario, se ha dispuesto notificar a ENRIQUE MIGUEL GOROSITO, DNI 28.333.629 lo siguiente:” ROSARIO, 24 de Abril de 2023. Téngase por notificada Resolución Definitiva adoptada mediante Disposición Nro 21/2023. Agréguense las constancias acompañadas. Notifíquese a los progenitores de los niños Nicolás Isaías Gorosito, Kiara Mailén Fernandez, Marcos Manuel Fernández y Geraldine Diamela Fernández que se ha propuesto el cese de la medida con relación a Kiara, Marcos y Geraldine y que Nicolás acceda a una tutela en favor de la Sra. Clarivel Yolanda Moyano, haciéndose saber que cuentan con un plazo de 10 días desde la notificación del presente para oponerse y ofrecer prueba, bajo apercibimiento de receptar, si correspondiere, la propuesta efectuada. Por recibidas copias del Legajo Administrativo. De las mismas, fórmese pieza separada unida a los presentes. Notifíquese. “Fdo Dr. Gustavo Antelo (Juez), Dra. Barbieri (Secretaria).

S/C 499330 May. 12 May. 16

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Por disposición de Dr. Gustavo Antelo, Juez del Tribunal Colegiado de Familia de la Cuarta Nominación de Rosario, se ha dispuesto notificar a YANINA BEATRIZ SOTELO, DNI 33.678.719 lo siguiente: “ROSARIO, 24 de Abril de 2023. Téngase por notificada Resolución Definitiva adoptada mediante Disposición Nro 21/2023. Agréguense las constancias acompañadas. Notifíquese a los progenitores de los niños Nicolás Isaías Gorosito, Kiara Maitén Fernández, Marcos Manuel Fernández y Geraldine Diamela Fernandez que se ha propuesto el cese de la medida con relación a Kiara, Marcos y Geraldine y que Nicolás acceda a una tutela en favor de la Sra. Clarivel Yolanda Moyano, haciéndose saber que cuentan con un plazo de 10 días desde la notificación del presente para oponerse y ofrecer prueba, bajo apercibimiento de receptar, si correspondiere, la propuesta efectuada. Por recibidas copias del Legajo Administrativo. De las mismas, fórmese pieza separada unida a los presentes. Notifíquese. “Fdo Dr. Gustavo Antelo (Juez), Dra. Barbieri (Secretaria).

S/C 499328 May. 12 May. 16

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Por disposición del Tribunal Colegiado de Familia de la 3ra. Nominación de Rosario, se ha dictado la siguiente Resolución N° 3946: “Rosario, 02 de Noviembre de 2022: Y VISTOS Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: Aclarar el decisorio N° 3299 del 23 de septiembre del 2022 de fs. 52/53 en cuanto a que la fecha correcta de disolución del régimen de comunidad de ganancias es el año 1976 y no 1676 como erróneamente se consignó. Insértese y hágase saber AUTOS: ARELLANO MARIA ANGELICA c/ GARAY FORD JORGE LUIS s/ Divorcio, CUIJ Nº-10865655-4.- Fdo.: Dra. María José Campanella, Jueza, Dr. Sergio Luis Fuster, Secretario.

$ 40 499335 May. 12 May. 16

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Por disposición del Tribunal Colegiado de Familia de la 3ra. Nominación de Rosario, se ha dictado la siguiente Resolución N° 3300: “Rosario, 23 de Septiembre de 2022: VISTOS: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVO: Regular los honorarios de la Dra. María Julia Galán en la suma de $46.237,18.-, equivalente a la cantidad de 3,19 Jus. Dichas sumas deberán ser canceladas dentro del plazo de 30 días corridos desde su notificación. Firme que estuviere esta resolución, ya no procederá la actualización mediante el mecanismo del artículo 32 de la ley 6767 y sus modificatorias (Unidad Jus), devengando, a partir de la mora, un interés equivalente a la Tasa Activa para operaciones de descuento de documentos del Banco Santa Fe S.A. sumada. (artículos 767, 768 y 772 del Código Civil y Comercial de la Nación). Vista a Caja Forense. Insértese y hágase saber.-“ AUTOS: ALLANO MARIA ANGELICA c/ GARAY FORD JORGE LUIS s/ Divorcio, CUIJ 21-10865655-4.- Fdo.: Dra. María José Campanella, Jueza, Dr. Sergio Luis Fuster, Secretario.

$ 40 499334 May. 12 May. 16

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Por disposición del Tribunal Colegiado de Familia de la 3ra. Nominación de Rosario, se ha dictado la siguiente Resolución N° 3299: “Rosario, 23 de Septiembre de 2022: Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO QUE: ... RESUELVO: 1) Declarar el divorcio de los cónyuges MARIA ANGELICA ARELLANO (DNI 6.378.533) y JORGE LUIS GARAY FORD (D.N.I. Nº 5.077.872) 2) Declarar disuelto el régimen de comunidad de ganancias al día 4 de febrero de 1676. 3) Costas por su orden. 4) Tener presente lo expuesto con relación a los efectos del divorcio. 5) Hacer saber que los honorarios serán regulados en auto separado. 6) Firme que quede la presente y cumplidos en su caso íntegramente con las obligaciones del art. 34 de la Ley 6767, líbrense los despachos al Registro Civil. 7) Insértese y hágase saber.-“ AUTOS: ARELLANO MARIA ANGELICA c/ GARAY FORD JORGE LUIS s/ Divorcio, CUIJ N° 2110865655-4.- Fdo.: Dra. María José Campanella, Juez Dr. Sergio Luis Fuster, Secretario.

$ 40 499333 May. 12 May. 16

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposicion del juzgado de primera instancia en lo civil y comercial 3 de Rosario y en autos RIOJA, MARIA JIMENA C/ GARAY, RAMONA ROSA Y OTROS S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA 21-02909833-3 se hace saber que se dicto lo siguiente: N° 692 Rosario 12 de Diciembre de 2022: FALLO: 1.) Hacer lugar a la demanda y, en consecuencia, declarando adquirido por usucapión a favor de María Jimena Rioja, desde el 01 de septiembre de 2002, el inmueble situado en la ciudad de Rosario, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe, ubicado en la sección catastral 09 manzana 215, parcela 23 según SCIT, calle Alsina n° 1135, y cuya descripción según plano n° 106.542/81 es la siguiente: Lote 1: se encuentra ubicado en calle Alsina, entre la calle San Juan y el Pasaje Marcos Paz, a los 21,68 m. de esta última hacia el Norte, compuesto de 9,39 m. de frente al Oeste, por 20,35 m. de fondo, encerrando una superficie total de 191,0865 m2, lindando por su frente al Oeste, con calle Alsina; por el Este, con el lote n° 2, por el Sur, con Pedro Carmelo Di Pietro; y por el Norte con el lote N° 3, todos del mismo plano citado; y la mitad indivisa de un lote de terreno designado como Lote tres, ubicado en calle Alsina, entre calle San Juan y Pasaje Marcos Paz, a los 32,13 m. de San Juan hacia el Sur, compuesto de 1,43 . de frente al Oeste, por 20,35 m. de fondo, lo que encierra una superficie total de 29,1005 m2, lindando por su frente al Oeste, con calle Alsina, por el Este con el lote n° 2, por el Sur con el lote n° 1; y por el Norte en parte con Pablo Diedrich y en parte con Mario Rocca, todos del mismo plano citado. Los dominios se encuentran inscriptos en el Registro General al Tomo 188 A, Folio 592 N°61391, y al Tomo 104, Folio 16 N°417, respectivamente. Partida correspondiente API N° 16-03-09-284476/0001-7. 2.) Imponer las costas a la demandada, sin perjuicio de lo precisado sobre los honorarios del defensor de oficio. 3.) Diferir la regulación de honorarios de los profesionales actuantes hasta tanto acompañen copia actualizada de su situación ante A.F.I.P. y se acredite la cuantía del pleito. Insértese y hágase saber. DR. FEDERICO LEMA DR. EZEQUIEL ZABALE.

$ 40 499382 May. 12 May. 16

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La Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9 Nominación de Rosario informa que en los Autos: “GUERBEROFF, LILIANA EDIT s/ Pedido De Quiebra - 21-02967653-1 (137/2023), por Resolución N° 271 de fecha 09/05/2023 se ha declarado la QUIEBRA de LILIANA EDIT GUERBEROFF, DNI 14.367.764 con domicilio real en calle Presidente Roca Nro 317- Piso 8 y domicilio legal en calle Mendoza Nro 1349- Piso 9- Depto E, ambos de la ciudad de Rosario. Queda prohibido hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. Se ordena a la fallida entregar al síndico sus bienes (con la única excepción de los excluidos del desapoderamiento) y a los terceros hacer lo mismo con los bienes de aquélla. El nombre del síndico y las fechas para la presentación de solicitudes de verificación y para los informes individuales y general se harán saber por otro edicto. Publíquese por 5 días en el BOLETÍN OFICIAL. Dra. Verónica A. Accinelli, Secretaria. Rosario.

S/C 499361 May. 12 May. 18

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Y VISTOS: Los presentes caratulados “Mastriano Fernando Marcelo s/Pedido de quiebra” Expte. Nro. 653/2022 CUIJ N° 21-02965053-2, en trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4ta. Nominación de Rosario, en los que en fecha 25 de abril de 2023 la Sindicatura acepta el cargo, constancias obrantes en autos y normas pertinentes.- RESUELVO: 1º) Disponiendo el día 22 de junio de 2023 como fecha hasta la cual los acreedores del concursado deberán presentar sus pedidos de verificación a la Sra. Sindico actuante CPN ELENA INÉS JOVÉ, con domicilio constituido en calle MITRE 846 40 PISO OF. 406 de Rosario, cuyos días y horarios de atención son de lunes a viernes de 11 a 18hs. Se hace saber que deberá cumplimentarse con la Resolución General Nro. 830/00 de AFIP, en cuanto exige a los acreedores la aportación de los siguientes datos: CUIT o CUIL; Inscripción en el impuesto a las ganancias o en el régimen simplificado para pequeños contribuyentes (Monotributo); Concepto por el cual solicita la verificación de acuerdo con las categorías previstas en el anexo II de la resolución general de AFIP 830/2000, y en caso de corresponder a más de uno de tales conceptos, el monto pretendido respecto de cada uno; La existencia de retenciones de impuesto a las ganancias correspondientes a las operaciones por las que solicita verificación, debiendo, en este último caso, adjuntar el comprobante de retención o impresión del detalle informado por la AFIP en el servicio “mis retenciones”, aclarando a que operación corresponde; Concepto por el cual solicita verificación no sujeto a retención de acuerdo con las categorías previstas en el anexo III de la resolución general de AFIP 830/2000, y en caso de corresponder a más de uno de tales conceptos, el monto pretendidos respecto de cada uno; Si el pago se realizare mediante transferencia bancaria, deberá aportar la CBU de la cuenta bancaria de destino. Toda la información deberá ser aportada cumplimiento con la fórmula establecida por el art. 28 dec. 1397/1979. 2º) Fíjase el día 17 de agosto de 2023 como fecha para Ea presentación del Informe Individual.3º) Fíjase el día 29 de septiembre de 2023. como fecha para la presentación del Informe General. 4º) Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL. Insértese, dése copia y hágase saber.

S/C 499195 May. 12 May. 18

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La Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la 3ra. Nominación de Rosario, en los autos caratulados: “CARRO, MARIA NATALIA c/ HEREDEROS DE LUNA, RAMON Y OTROS s/ Usucapión” cuij 2112641506-8, ha dictado la siguiente providencia: ROSARIO, 28 de Abril de 2023 Agréguese. Informándose verbalmente por Secretaría en este acto que no han comparecido a estar a Derecho los herederos de los codemandados fallecidos Sres. RAMON LUNA DNI 2.842.575 y ANGELA EULOGIA DERUDI DNI 5.561 .868, decláraselos rebeldes. Notifíquese por edictos que se publicarán dos (2)días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Al sorteo de Defensor de Oficio, oportunamente. Fdo.: Dra. Ana Belén Cura (Secretaria), Dra. Cecilia A. Camaño (Jueza).

$ 40 499309 May. 12 May. 16

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 4° de la ciudad de Rosario se hace saber que dentro de los caratulados “Drovandi Miguel Angel s/Concurso Preventivo - hoy quiebra” Expte. Nro. 725/2004 CUIJ N° 21-01151470-4, por resolución N° 1585 de fecha 05/06/2017 se ha dispuesto la conclusión de la presente quiebra por avenimiento. Rosario. Daniela Jaime, secretaria.

S/C 499196 May. 12 May. 15


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Por disposición del Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la l7ma. Nominación de Rosario, se ha dictado el siguiente decreto notificando al Sr. Angel Ramón Rito Ayala: Rosario, 2 de Febrero de 2023. Agréguese la publicación de edictos acompañada. No habiendo comparecido la parte demandada Ayala Angel Ramón Rito a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, decláresela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Firmado: Dra. M. Amalia Lantermo (Secretaria), Dra. María Silvia Beduino (Jueza). Autos caratulados: BLAS OSCAR MARTINUCCI E HIJOS S.A. c/AYALA, ANGEL RAMON RITO s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-02861990-9. Rosario, 11 de Abril de 2023.

$ 40 499211 May. 12 May. 16

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito y Comercial de la 12da. Nominación de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, en autos: FDA S.R.L. c/AGROPECUARIA LAS COLORADAS S.R.L. s/Demanda Ejecutiva, CUIJ 21-12628385-4, se hace saber, que se transcriben los decretos pertinentes a los fines de la notificación de la demanda: Rosario, 14 de Febrero de 2020. Por recibidos. Hágase saber que los presentes radicarán ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 12da. Nominación de la ciudad de Rosario. Por presentado, con domicilio legal constituido y con patrocinio letrado. Agréguese la Boleta Colegial acompañada. Désele la participación que por derecho le corresponde. Por iniciada la acción que expresa. Cítese y emplácese a estar a derecho a la parte demandada por el término y bajo los apercibimientos de ley. Imprímase a los presentes el trámite del juicio ejecutivo (artículo 442 y ss. del CPCC). Resérvese en Secretaría la documental acompañada. Notifíquese por cédula. Dr. Fabián e. Daniel bellizia Juez - Dra. Agustina Filippini Secretaria - Otro decreto: Rosario, 03 de Marzo de 2022. Publíquense edictos a los fines de la notificación. Dra. Agustina Filippini -Secretaria. A dichos efectos, se publica por el término legal en el BOLETÍN OFICIAL y en la Sede Judicial respectiva. Rosario, de 2022. Elisabet Carla Felippeti, Secretaria Subr.

$ 60 499212 May. 12 May. 16

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Circuito de Ejecución Civil N° 1 de Rosario, en autos: RODRIGUEZ MARCELO F. c/MASTRANTUONI MARCELA s/Ejecutivo, CUIJ 21-13916670-9, se hace saber que se dictó el siguiente Auto: N° 593 - Rosario, 27 de Abril de 2023. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... FALLO: Ordenando llevar adelante la ejecución contra los bienes de Mastrantuoni, Marcela hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por $76.140.- Atento que el título que se ejecuta en los presentes no fija un índice o porcentaje en concepto de tasa de interés y las facultades conferidas a la suscripta por el art. 768 inc. c) y 771 del Código Civil y Comercial a la suma condenada a pagar deberá adicionársele una tasa de interés igual a la tasa activa sumada promedio mensual vencida que cobra el Nuevo Banco de Santa Fe en operaciones de descuento de documentos a 30 días, desde el vencimiento de la obligación y hasta su pago efectivo. Costas a la parte demandada (art. 251 CPCC). Difiérase la regulación de honorarios hasta la confección de la respectiva planilla. Insértese y hágase saber. Fdo: Dra. Mariana Paula Martínez (Juez). Dra. Silvina López Pereyra (Secretaria).

$ 40 499199 May. 12 May. 16

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Por disposición del Juez Dr. Eduardo Arichuluaga, en autos tramitados por ante el Juzgado de 1ra Instancia de Circuito de la 2da. Nom. de Rosario, caratulados: LANESE BENJAMIN c/AVILA AMALIA MARIA y Otra s/Cobro de pesos”, CUIJ 21-12280024-2, se ha ordenado citar por edictos a todos los herederos y/o sucesores del Sr. Claudio Gabriel Allegra, titular del DNI 18.074.384, a fin de notificarlos del presente juicio y para que comparezcan a estar a derecho, por sí o por apoderado, dentro del término de cinco días de la última publicación de edictos, bajo apercibimientos de ley. Se ordena la publicación por 3 días en el BOLETIN OFICIAL de la Prov. de Santa Fe Rosario, 21 de Diciembre de 2022. Dr. Javier M. Chena, Secretario.

$ 40 499352 May. 12 May. 16

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Por disposición del Juez de Circuito Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar y emplazar a estar a derecho por el término y bajo apercibimiento de ley a los Sres. Roque Tangreda, C.I. 512,687 y Angela Marchetti en Autos caratulados: CAGGIANO ANGEL y Otros c/TANGREDA ROQUE y Otros s/Otras diligencias, CUIJ 21-02952183-9, atento decreto que se transcribe a continuación: Rosario, 28 de Marzo de 2023. Téngase presente la aclaración formulada con respecto a la codemandada Angela Marchetti. Informando verbalmente la Actuaria que no han comparecido a estar a derecho los herederos de los demandados fallecidos Roque Tangreda y Angela Marchetti, decláreselos rebeldes. Notifíquese por edictos. Dra. Ana Belén Cura (Secretaria) - Dra. Cecilia A. Camaño (Jueza). Rosario, 18 de Abril de 2023. Dra. María Luz Mure, Prosecretaria.

$ 40 499266 May. 12 May. 16

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Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzg. de 1ra. Instancia de Circuito N° 2 Sec.1, Localidad: Rosario, Dr. Eduardo H. Arichuluaga, dentro de los autos caratulados: ROSSO Y FERRO, LISANDRO c/GONZALEZ, MARIN JAVIER (Seguro Metal) s/Daños y perjuicios” CUIJ N° 21-12637516-3.- se ha resuelto lo siguiente: “Rosario, 02 de Diciembre de 2021. Por presentado y domicilio constituido, por parte en el carácter invocado y acreditado en autos. Por deducido Juicio Sumario de Daños y Perjuicios, con Declaración Jurada (art. 333 CPCCSF’). Emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho dentro del término de 3 (tres) días, bajo apercibimiento de rebeldía. Cítese en garantía a la compañía de seguros denunciada con los alcances del art. 118, Ley 17.418. Certifíquense las fotocopias acompañadas (art. 35 CPCCSF). En caso de resultar necesarios a fin de conocer el actual domicilio del demandado, líbrense oficios requiriéndose informes al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral o al Registro Público de Comercio, según corresponda. En los demás oficios que el profesional estime necesarios para averiguar el domicilio del demandado, deberá diligenciarlos por la vía prevista por el art. 25, inc. a, CPCC, transcribiendo nombre completo, número y tipo de documento de identidad y último domicilio conocido del demandado. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario - Acta 48/2017 de fecha 5 de diciembre de 2017 y lo dispuesto por los Acuerdos Ordinarios - Acta 8/2018 del 13 de Marzo de 2018 y 10/2018 del 27 de Marzo de 2018 de la Excma. Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe. Por tanto, se hace saber que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la comparecencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la Ley 12851. Notifíquese por cédula, debiendo el Sr. Oficial notificador observar el estricto cumplimiento del art. 63 CPCC. Fdo.: Dr. Eduardo H. Arichuluaga (Juez) - Dr. Javier Matías Chena (Secretario). Por lo expuesto se publican los presentes edictos a los fines de notificar al demandado Sr. Martín Javier González a comparecer a estar a derecho en el término de cinco días hábiles a contar desde la ultima publicación de los presentes edictos, días dentro de los autos caratulados: Rosso y Ferro, Lisandro c/González, Marín Javier (Seguro Metal) s/Daños y perjuicios, CUIJ N° 21-12637516-3, de trámite ante el Juzg. de 1ra. Instancia de Circuito N° 2 Sec.1, Localidad: Rosario. Dr. Javier M. Chena, Secretario. Rosario, 14 de Octubre de 2022.

$ 60 499265 May. 12 May. 16

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Rosario, a cargo del Dr. Ricardo A. Ruiz (Juez); Secretaría del Dr. Arturo Audano, en autos: ZORRILLA, MIGUEL A. y Otra s/Concurso Preventivo – CUIJ 21-00733104-2, ha dictado lo siguiente: Resolución Nº 78. Rosario, 7 de Marzo de 2023. Y Vistos:… Considerando:… Resuelvo: 1) Disponer la conclusión de la quiebra de Miguel Angel Luis Zorrilla, L.E. 6.060.363, y de María Liliana Mora, DNI 10.177.343, cesando todos los efectos patrimoniales y personales en lo términos del artículo 231 último párrafo de la Ley de Concurso y Quiebras. 2) Ofíciese al Registro General de la Propiedad a efectos del levantamiento de la inhibición general de bienes de la deudora. 3) Ofíciese al Registro de Procesos Concursales comunicando la presente resolución. 4 Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL. Insértese y hágase saber. Fdo.: Dr. Ricardo A. Ruiz (Juez) y Dr. Arturo Audano (Secretario).

S/C 499268 May. 12 May. 16

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 12º Nominación de Rosario, DR. FABIAN BELLIZIA, notifica al Sr. MAIER, MARIO JUAN, DNI N° 34.524.540, lo declarado en autos: CFN S.A. c/ MAIER, MARIO JUAN s/ Ejecutivo (CUIJ N° 21-02949119-1): ROSARIO, 04 de Noviembre de 2021. Por presentado, en el carácter invocado a mérito del poder acompañado y domicilio legal constituido. Désele al compareciente la participación legal que por derecho le corresponda. Por iniciada la acción que expresa. Imprímase a los presentes el trámite del juicio EJECUTIVO (artículo 442 y ss. del CPCC). Cítese y emplácese a estar a derecho a la parte demandada por el término y bajo los apercibimientos de ley. Resérvese en Secretaría la documental acompañada. II) Trabar embargo sobre los haberes que percibe el demandado MAIER MARIO JUAN como empleado de la firma HIPER REPUESTO SRL, tomando como base el importe de las remuneraciones que excedieren el Salario Mínimo Vital, en la proporción de ley que corresponda de conformidad a lo normado por el Decreto 484/87 hasta cubrir la suma reclamada de $64509,57.-, con más el 30% estimado provisoriamente para intereses y costas, deberán ser depositados a la orden del Juzgado y para estos autos en el Banco Municipal de Rosario -sucursal Colegio de Abogados- librándose los despachos pertinentes. Insértese y hágase saber. DRA. AGUSTINA FILIPPINI Secretario DR. FABIAN E. DANIEL BELLIZIA Juez. ROSARIO, 07 de Febrero de 2022 Téngase presente el nuevo domicilio laboral del demandado denunciado, notifíquese en el mismo con la prevención que solo surtirá efectos si es recibida por el destinatario u persona que diga conocerlo y hacerse responsable de la entrega de la misiva. DRA. AGUSTINA FILIPPINI Secretario DR. FABIAN E. DANIEL BELLIZIA Juez.

$ 40 499262 May. 12 May. 16

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 42 Nominación de Rosario, DR. SILVIA A. CICUTO Juez , notifica al Sr. PERCONTI, NORMA ETHEL, DNI Nº 5.310.911, lo declarado en autos: CFN S.A. c/ PERCONTI, NORMA ETHEL s/ Ejecutivo ( CUIJ Nº 21-02943370-1): N° 879 Rosario, FECHA 23/06/2021. Por presentada, con domicilio ad-litem constituido y en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado en copias certificadas. Por iniciada la acción que expresa. Imprímase a la misma el trámite Ejecutivo. Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho dentro del término de 03 días y bajo los apercibimientos de ley. Trábese embargo sobre bienes libres que posea la demandada hasta cubrir la suma de $59.571,05.- con más la de $17.871,31.- estimada provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento a sus efectos. Resérvese en Secretaría el sobre acompañado. Insértese y hágase saber. DRA. DANIELA A. JAIME Secretaria Dra. SILVIA A. CICUTO Juez

$ 40 499269 May. 12 May. 16

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 5º Nominación de Rosario, DR. Lucrecia Mantello, notifica al Sr. CORDOBA, MARIA DEL CARMEN, DNI Nº 16.976.600, lo declarado en autos: CFN S.A. c/ CORDOBA, MARIA DEL CARMEN s/ Ejecutivo (CUIJ Nº 2102919971-7): Rosario, 30 de agosto de 2019.- Por presentado, en el carácter invocado y con domicilio legal constituido. Por iniciada la acción que expresa la que tramitará por la vía del juicio EJECUTIVO. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de tres días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Trábese el embargo solicitado sobre bienes libres que deberá denunciar en autos, hasta cubrir la suma de $69.670,08.- con más la de $23.000.-, estimada provisoriamente para intereses y costas, librándose a sus efectos los recaudos de ley. Líbrese el despacho correspondiente, previo pago del impuesto de sellos art. 19 inc. 7 L.I.A. Resérvese en Secretaria la documental acompañada. Martes y Viernes para notificaciones en la Oficina. Acredite inscripción de AFIP debidamente actualizada Notifíquese. DR. Lucrecia Mantello (Juez), DRA. Silvina Rubulotta (Sec.)Rosario 13/02/2023.

$ 40 499279 May. 12 May. 16

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2º Nominación de Rosario, DR. LUCIANO ALBERTO BALLARINI, notifica al Sr. VALLEJOS, JUANA DIONILDA (DNI N° 12.820.876) lo declarado en autos: CFN S.A. c/ VALLEJOS, JUANA DIONILDA s/ Ejecutivo CUIJ N° 21-13912799-1): Nro.: 526 Rosario, 2810312023. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... FALLO: 1-Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de VALLEJOS, JUANA DIONILDA; y hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $46.189,64 (Cuarenta y seis mil ciento ochenta y nueve pesos con 64/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas.—- II-Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC).—- - III-Regular los honorarios del/la Dna. KNAFEL, ROXANNA NOEMI - CUIT -27213070164-I.V.A. INSCRIPTO- en la suma de $22.020,45 equivalentes a 1,27 JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 ley nro. 6.767 t.o. ley 12.851), más I.V.A., si correspondiere. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Intimase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (AFIP) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente notifíquese a la Caja Forense mediante correo electrónico que enviará el/la profesional a mesadeentradascajaforense.com. Insértese y notifíquese.—Dra. MARIA ELVIRA LONGHI -Secretaria- Juzgado la, Inst. Ejecución Civil de Circuito 2a. Nom. - Rosario Dr. LUCIANO BALLARINI -Juez- Juzgado 1a, Inst. Ejecución Civil de Circuito 2a. Nom. - Rosario.

$ 40 499271 May. 12 May. 16

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, DR. MARCELO CARLOS MAURICIO QUAGLIA, notifica al Sr. GAMARRA, AGUSTIN ISMAEL, DNI N° 33.525.484, lo declarado en autos: CFN S.A. c/ GAMARRA, AGUSTIN ISMAEL s/ Ejecutivo (CUIJ N° 21-02839821-9): N° 1213. Rosario, 18/11/2022. Y VISTOS Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: Regular los honorarios profesionales de la Dra. Roxanna Noemí Knafel en la suma de $14.449,12 equivalente a 1 Jus. Dichas sumas deberán ser canceladas dentro de/ plazo de 5 días corridos desde su notificación. Firme que estuviere esta resolución, ya no procederá la actualización mediante el mecanismo del artículo 32 de la Ley 6767 y sus modificatorias (Unidad Jus), devengando, a partir de la mora, un interés equivalente a la Taso Activa para operaciones de descuento de documentos del Banco de Santa Fe S.A. capitalizada (artículo 767, 768 y 772 del Código Civil y Comercial de la Nación). Vista a Caja Forense. Insértese y hágase saber.” FIRMADO: Dr. MARCELO QUAGLIA (Juez), Dra. Ma. KARINA ARRECHE (Secretaría Subrogante) Rosario, 10/03/23.

$ 40 499273 May. 12 May. 16

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 3a Nominación de Rosario, DRA. VERONICA GOTLIEB, notifica al Sr. CASCO, ALFREDO MARCOS, DNI N° 28.874.374, lo declarado en autos: CFN S.A. c/ CASCO, ALFREDO MARCOS s/ Ejecutivo (CUIJ N° 21-02909709-4): “N° 140. ROSARIO, 15/03/2023. ANTECEDENTES:... FUNDAMENTOS.... RESUELVO: 1) Mandar a llevar adelante la ejecución contra el demandado, hasta tanto la actora se haga íntegro cobro de $40.367,97.- con más los intereses indicados en los considerandos precedentes e IVA si correspondiere. 2) Imponer las costas a la demandada vencida (art. 251 CPCC). 3) Diferir la regulación de honorarios al momento de quedar firme la liquidación correspondiente. Insértese y hágase saber.” Firmado: Dra. Verónica Gotlieb (Jueza), Dr. Lucas Menossi (Secretario).

$ 40 499275 May. 12 May. 16

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El Sr. juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2a Nominación de Rosario, DRA. MONICA KLEBCAR, notifica al Sr. LOPEZ, OSVALDO AGUSTIN, DNI N° 16.153.221, lo declarado en autos: CFN S.A. c/ LOPEZ, OSVALDO AGUSTIN s/ Ejecutivo (CUIJ N° 21-02909035-9): ROSARIO, FECHA 03/11/2022. Cargo 14994/22: Por practicada planilla, póngasela de manifiesto por el término de ley. Notifíquese. Atento el embargo ordenado por auto n°3106/18 (fs. 14), trábese embargo sobre los haberes y/o cualquier tipo de remuneración que perciba el demandado de su empleador “VRG LINHAS AEREAS S/A GRUPO GO” hasta cubrir la suma de $329.125,II- por todo concepto. Para el caso que no supere el doble del salario mínimo vital mensual, se efectivizará hasta el 10% del importe en que exceda este último; y en el caso en que la remuneración supere el doble del salario mínimo vital mensual el 20% del importe que exceda este último; debiéndose depositar mensualmente las sumas resultantes en la cuenta abierta al efecto en el Banco Municipal de Rosario - Caja de Abogados, situado en calle Montevideo 2076 a nombre de este Juzgado y para estos autos. Previa reposición del sellado, líbrese oficio al empleador... DRA. MARIANELA GODOY Secretaria DRA. MONICA KLEBCAR Jueza. Dra. Cecilia Vaquero, prosecretaria.

$ 40 499277 May. 12 May. 16

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ FLORENTIN RICARDO A s/Apremio municipal; CUIJ Nº 21-22767341-6 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 708. Arroyo Seco, 17/05/2022. Vista: la demanda incoada en los autos individualizados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 32.347,62 en concepto de capital, con más la suma de $ 16.173,00 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- Firmado: Dra. Mariana Sabina Cattani, Secretaria; Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias al Sr. Florentin Ricardo y/o sucesor/es y/o propietario/s y/o titular/es de dominio y/o poseedor/es a titulo de dueño del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 0006122-00, Lote 002a Manzana 003 Ruta 01. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 26 de Abril de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 499286 May. 12 May. 16

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/LANDRIEL HECTOR s/Apremio municipal; CUIJ Nº 21-22767340-8 se ha dictado lo siguiente: N° 1564. Arroyo Seco, 14/10/2022. Vista: la demanda incoada en los autos individualizados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 7.958,36 en concepto de capital, con más la suma de $ 7.958,36 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- Firmado: Dra. Mariana Sabina Cattani, Secretaria; Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincia¡ 5066 y modificatorias al Sr. Landriel Héctor y/o sucesor/es y/o propietario/s y/o titular/es de dominio y/o poseedor/es a titulo de dueño del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 0004135-00, lote 012 manzana 001 ruta 01. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 26 de Abril de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 499285 May. 12 May. 16

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/LAZARTE JUAN CARLOS s/Apremio municipal; CUIJ Nº 21-22767216-9 se ha dictado lo siguiente: N° 733. Arroyo Seco, 17/05/2022. Vista: la demanda incoada en los autos individualizados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 13.973,54 en concepto de capital, con más la suma de $ 13.973,54 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Mariana Sabina Cattani, Secretaria; Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sentido se íntima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias al Sr. Lazarte Juan Carlos y/o sucesor/es y/o propietario/s y/o titular/es de dominio y/o poseedor/es a titulo de dueño del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 0004129-00, lote 014A manzana 071 ruta 00. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 26 de Abril de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 499284 May. 12 May. 16

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/AGÜERO Y/O ROJAS ADRIANA s/Apremio municipal; CUIJ Nº 21-22767263-0 se ha dictado lo siguiente: N° 1159. Arroyo Seco, 03/08/2022. Vista: la demanda incoada en los autos individualizados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 12.664,94 en concepto de capital, con más la suma de $ 12.664,94 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- Firmado: Dra. Mariana Sabina Cattani, Secretaria; Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a la Sra. Adriana Rojas y/o Aguero y/o sucesor/es y/o propietario/s y/o titular/es de dominio y/o poseedor/es a titulo de dueño del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 0007129-00, lote 044 manzana 002 ruta 20. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 26 de Abril de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 499282 May. 12 May. 16

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/LANDUCCI ALBERTO s/Apremio municipal; CUIJ Nº 21-22767323-8 se ha dictado lo siguiente: N° 701.Arroyo Seco, 16/05/2022. Vista: la demanda incoada en los autos individualizados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 28.339,15 en concepto de capital, con más la suma de $ 14.169,00 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- Firmado: Dra. Mariana Sabina Cattani, Secretaria; Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias al Sr. Landucci Alberto y/o sucesor/es y/o propietario/s y/o titular/es de dominio y/o poseedor/es a titulo de dueño del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 0005924-00, lote 004C manzana a ruta 06. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 27 de Abril de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 499281 May. 12 May. 16

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/DONATO MATEO s/Apremio municipal; CUIJ Nº 21-22767189-8 se ha dictado lo siguiente: N° 1178.Arroyo Seco, 3/08/2022. Vista: la demanda incoada en los autos individualizados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 50.545,52 en concepto de capital, con más la suma de $ 25.272,76 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Mariana Sabina Cattani, Secretaria; Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias al Sr. Donato Mateo y/o sucesor/es y/o propietario/s y/o titular/es de dominio y/o poseedor/es a titulo de dueño del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 0002184-00, lote 001 manzana 002 ruta 30. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 27 de Abril de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 499280 May. 12 May. 16

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/GALANTE NICOLAS s/Apremio municipal; CUIJ Nº 21-22767294-0 se ha dictado lo siguiente: N° 1161. Arroyo Seco, 03/08/2022. Vista: la demanda incoada en los autos individualizados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 31.813,44 en concepto de capital, con más la suma de $ 15.906,72 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- Firmado: Dra. Mariana Sabina Cattani, Secretaria; Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias al Sr. Galante Nicolás y/o sucesor/es y/o propietario/s y/o titular/es de dominio y/o poseedor/es a titulo de dueño del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 000278700, lote 001 manzana B ruta 12. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 27 de Abril de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 499278 May. 12 May. 16

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/SANTORRE SALVADOR s/Apremio municipal; CUIJ Nº 21-22767325-4 se ha dictado lo siguiente: N° 1162. Arroyo Seco, 03/08/2022. Vista: la demanda incoada en los autos individualizados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 67.619,67 en concepto de capital, con más la suma de $ 33.809,83 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- Firmado: Dra. Mariana Sabina Cattani, Secretaria; Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias al Sr. Santorre Salvador y/o sucesor/es y/o propietario/s y/o titular/es de dominio y/o poseedor/es a titulo de dueño del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 000123700, lote 009 manzana A ruta 06. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 27 de Abril de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 499276 May. 12 May. 16

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/LEÓN Y/O GIMENEZ NORA s/Apremio municipal; CUIJ Nº 21-22767197-9 se ha dictado lo siguiente: N° 1106. Arroyo Seco, 02/08/2022. Vista: la demanda incoada en los autos individualizados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 27.273,66 en concepto de capital, con más la suma de $ 13.636,83 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Mariana Sabina Cattani, Secretaria; Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos M art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a la Sra. Giménez Nora y/o sucesor/es y/o propietario/s y/o titular/es de dominio y/o poseedor/es a titulo de dueño del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco Bajo la partida 0006548-00, lote 002 manzana 007 ruta 21. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 27 de Abril de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 499274 May. 12 May. 16

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MARTÍNEZ NATALIO s/Apremio municipal; CUIJ Nº 21-22767354-8 se ha dictado lo siguiente: N° 1563.Arroyo Seco, 14/10/2022. Vista: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 41.257,51 en concepto de capital, con más la suma de $ 20.628,00 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Mariana Sabina Cattani, Secretaria; Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias al Sr. Martínez Natalio y/o sucesor/es y/o propietario/s y/o titular/es de dominio y/o poseedor/es a titulo de dueño del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 000221800, lote 009 manzana H ruta 02. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 27 de Abril de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 499272 May. 12 May. 16

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ROMAGNOLI Y/O MATTEO MARCELO M s/Apremio municipal; CUIJ Nº 21-22767295-9 se ha dictado lo siguiente: N° 692. Arroyo Seco, 16/05/2022. Vista: la demanda incoada en los autos individualizados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 34.611,85 en concepto de capital, con más la suma de $ 17.305,00 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Mariana Sabina Cattani, Secretaria; Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos M art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias al Sr. Romagnoli y/o Matteo Marcelo M y/o sucesor/es y/o propietario/s y/o titular/es de dominio y/o poseedor/es a titulo de dueño del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco BAJO la partida 0007074-00, lote 042 manzana 001 ruta 20. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 27 de Abril de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 499267 May. 12 May. 16

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ROSSETTI HORACIO s/Apremio Municipal; CUIJ Nº 21-22767262-2 se ha dictado lo siguiente: N° 696. Arroyo Seco, 16/05/2022. Vista: la demanda incoada en los autos individualizados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 44.910,36 en concepto de capital, con más la suma de $ 22.455,00 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Mariana Sabina Cattani, Secretaria; Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos M art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias al Sr. Rossetti Horacio y/o sucesor/es y/o propietario/s y/o titular/es de dominio y/o poseedor/es a titulo de dueño del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 0004067-02, lote 008A manzana 066 ruta 00. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 27 de Abril de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 499264 May. 12 May. 16

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/SANTAMARIA ANGEL s/Apremio municipal; CUIJ Nº 21-22767316-5 se ha dictado lo siguiente: N° 703. Arroyo Seco, 16/05/2022. Vista: la demanda incoada en los autos individualizados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 14.699,19 en concepto de capital, con más la suma de $ 7.349,00 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Mariana Sabina Cattani, Secretaria; Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias al Sr. Santamaria Angel y/o sucesor/es y/o propietario/s y/o titular/es de dominio y/o poseedor/es a titulo de dueño del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 000642002, lote 008 manzana 002 ruta 40. (art.28 ley 5066). Secretaria, 27 de Abril de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 499287 May. 12 May. 16

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/LANDRIEL HECTOR s/Apremio municipal; CUIJ Nº 21-22767353-9 se ha dictado lo siguiente: N° 1576. Arroyo Seco, 14/10/2022. Vista: la demanda incoada en los autos individualizados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 17.099,03 en concepto de capital, con más la suma de $ 8.549,00 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Mariana Sabina Cattani, Secretaria; Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias al Sr. Landriel Héctor y/o sucesor/es y/o propietario/s y/o titular/es de dominio y/o poseedor/es a titulo de dueño del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 000437200, lote 022 manzana 003 ruta 01. (art. 28 ley 5066). Secretaria, 27 de Abril de 2023. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 499288 May. 12 May. 16

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ SCAGLIONE CAYETANO s/ Apremio Municipal CUIJ 21-22767321-1 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1297. Arroyo Seco, 26/08/2022.VISTA la demanda incoada en los autos individualizados supra. RESUELVO 1. Agregar Boleta Unica de Iniciación de Juicio que en copia digitalizada acompaña. Admitir la demanda y, en consecuencia, darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos, 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC, 38), 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. S. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 33.709,10 en concepto de capital, con más la suma de $ 16.854,55, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, 15066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embaro se halla peticionado sobre un bien inmueble- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L 5066). 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. FIRMADO: DRA. MARIANA SABINA CATTANI, SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO, JUEZ. .En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias al Sr. SCAGLIONE CAYETANO y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0000853-00, LOTE 006 MANZANA B RUTA 09.-,. (art.28 ley 5066). Secretaria,26 de abril de 2023.

S/C 499290 May. 12 May. 16

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ FRANZE ROXANA Y/O BARTON DELIA s/ Apremio Municipal CUIJ 2122767202-9 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N°1105. Arroyo Seco, 02/08/2022.VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.lmprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 34.237,81.- en concepto de capital, con más la suma de $ 17.118,00.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- FIRMADO: DRA. MARIANA SABINA CATTANI, SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO, JUEZ..En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a la Sra. FRANZE ROXANA y/o BARTON DELIA y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0007035-00, LOTE 003 MANZANA 001 RUTA 20.-,. (art.28 ley 5066). Secretaria,26 de abril de 2023.

S/C 499291 May. 12 May. 16

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ DE POMPA RAFAEL s/ Apremio Municipal CUIJ 21-22767324-6 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N°1308. Arroyo Seco, 29/08/2022.VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; S. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 51.474,77.- en concepto de capital, con más la suma de $ 15.442,43.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- FIRMADO: DRA. MARIANA SABINA CATTANI, SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO, JUEZ..En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias al Sr. DE POMPA RAFAEL y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 000066500, LOTE 007 MANZANA A RUTA 06.-,. (art.28 ley 5066). Secretaria,26 de abril de 2023.

S/C 499292 May. 12 May. 16

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ COLANGELO ANTONIO s/ Apremio Municipal CUIJ 21-22767347-5 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N°1292. Arroyo Seco, 26/08/2022.VISTA la demanda incoada en los autos individualizados supra. RESUELVO 1. Agregar Boleta Unica de Iniciación de Juicio que en copia digitalizada acompaña. Admitir la demanda y, en consecuencia, darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos, 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC, 38), 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. S. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 17.674,39 en concepto de capital, con más la suma de $ 17.674, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, 15066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L 5066). 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. FIRMADO: DRA. MARIANA SABINA CATTANI, SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO, JUEZ..En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias al Sr. COLANGELO ANTONIO y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 0006463-00, LOTE 001A MANZANA B RUTA 34 art. 28 Ley. 5066. Secretaria,26 de abril de 2023.

S/C 499293 May. 12 May. 16

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ CIPOLLONE LEONEL s/ Apremio Municipal 21-22767270-3 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 694. Arroyo Seco, 16/05/2022. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; S. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 27.869,29.- en concepto de capital, con más la suma de $ 13.934,00.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, 15066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, 1-5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- FIRMADO: DRA. MARIANA SABINA CAITANI, SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO, JUEZ..En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias al Sr. CIPOLLONE LEONEL y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 000510702, LOTE 011A MANZANA 034 RUTA 00.-,. (art.28 ley 5066). - Secretaria, 26 de abril de 2023.

S/C 499294 May. 12 May. 16

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ COOPERATIVA Y/O SOTO s/ Apremio Municipal CUIJ 21-22767184-7 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1172. Arroyo Seco, 03/08/2022.VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; S. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 13.197,21.- en concepto de capital, con más la suma de $ 13.197,21.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, 15066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- FIRMADO: DRA. MARIANA SABINA CATTANI, SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO, JUEZ..En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a la Sra. SOTO TERESA y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 000740200, LOTE 063 MANZANA 004 RUTA 20.-,. (art.28 ley 5066). Secretaria, 26 de abril de 2023.

S/C 499295 May. 12 May. 16

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ QUÍRICONI VIRGINIA s/ Apremio Municipal CUIJ 21-22767188-9 SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N° 1092. Arroyo Seco, 29/07/2022.VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; S. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 38.471,72.- en concepto de capital, con más la suma de $ 19.235,00.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- FIRMADO: DRA. MARIANA SABINA CATTANI, SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO, JUEZ..En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos M art.7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a la Sra. QUIRICONI VIRGINIA y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA PARTIDA 000113900, LOTE 018 MANZANA 048 RUTA 00.-,. (art.28 ley 5066). Secretaria,26 de abril de 2023.

S/C 499296 May. 12 May. 16

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Por disposición del juzgado de primera instancia de distrito en lo civil y comercial, de 14ª nominación de la ciudad de Rosario a cargo del señor juez Dr. Marcelo Quaglia secretaria subrogante Dra. Marta Karina Arreche en los autos CARESTIA CAYETANA ANGELA s/Declaratoria de herederos; CUIJ N° 21-01561752-4, Expte. N° 1019/2012 ha ordenado citar y emplazar a los herederos de Jose Paterno para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicaran tres veces en BOLETÍN OFICIAL, venciendo el termino cinco días después de la ultima publicación, bajo apercibimiento de ley (art. 597 CPCCSF). Rosario, 10 de mayo de 2023. Dr. Marcelo Quaglia, Juez - Dra. Marta Karina, secretaria subrogante.

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 14 Nom., de la ciudad de Rosario, se ha ordenado: Fecho, emplácese por edictos: a los herederos de la mencionada para que comparezcan a estar a derecho por el término de ley. En consecuencia, se hace saber que se ha ordenado citar y emplazar a los herederos de NELIDA ROSALÍA MARTINEZ, DNI 1.365.874, para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETÍN OFICIAL, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimientos de ley. AUTOS: PRIETO JOVITA Y OTROS s/Declaratoria De Herederos-Sucesión; Expte. CUIJ Nº 21-01536154-6. Firmado: Dra. Masía Karina Arreche (secretaria subrogante) Dr. Marcelo Carlos Mauricio Quaglia, (juez). Rosario, 17 de febrero de 2023. Rosario, de mayo 2023. Firmado: Dra. María Karina Arreche (secretaria subrogante).

$ 45 May. 12

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Por disposición de/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 18a. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante FRANCISCO ATILIO PEDEMONTE (D.N.I.. 6.029.134) y de FRANCISCA DEMASI (DNI 93.879.645) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “PEDEMONTE, FRANCISCO ATILIO Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 18 - 21-02967443-1” . Rosario, .-

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante KHAZRIK, LIDIA (DNI 5.448.996) y PEDRO FRANCISCO CELEBRONI (DNI 6.040.538), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “KHAZRIK, LIDIA Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-02968313-9) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 May. 12

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Por disposición de la Sra. Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes, Sr. ORLANDO FLORENTINO ACOSTA, D.N.I. 6.047.269 y la Sra. MONICA GRACIELA VESCO, D.N.I. 6.246.865, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “ACOSTA, ORLANDO FLORENTINO Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ NRO.21-02967296-9).

$ 45 May. 12

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Por disposición de/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 18a. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JUAN CARLOS BAEZ (D.N.I.. 6.051.926) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “BAEZ, JUAN CARLOS S/ SUCESORIO - C Y C 18 - 21-02967786-4'” . Rosario, .-

$ 45 May. 12

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante CAMPELLO, JOSEFA CARMEN (DNI 6.246.450), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “CAMPELLO, JOSEFA CARMEN S/ SUCESORIO” (CUIJ 21-02964254-8) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 May. 12

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante LARIO, DANIEL (DNI 6.078.101), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “LARIO, DANIEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-02964253-9) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 May. 12

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante GONZALEZ, FELIX (DNI 5.762.963), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “GONZALEZ, FELIX S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-02966594-7) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 May. 12

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante CORIA, ADO ADRIAN (DNI 6.301.255), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “CORIA, ADO ADRIAN S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-02967783-9) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 May. 12

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Por disposición de/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 18a. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RAUL ALBERTO MORALES (D.N.I.. 6.076.192) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “MORALES, RAUL ALBERTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS - C Y C 18 - 21-02968063-6'” . Rosario, .-

$ 45 May. 12

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante GAVINELLI, JUAN EGIDIO (LE 5.995.716), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “GAVINELLI, JUAN EGIDIO S/ SUCESORIO” (CUIJ 21-02967776-7) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 May. 12

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Por disposición de/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 1a. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante INES EDITH LUCIANO (D.N.I.. 3.581.574) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “LUCIANO, INES EDITH S/ SUCESORIO - C Y C 1 - 21-02967767-8'” .Rosario, .-

$ 45 May. 12

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Por disposición de/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 1a. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JORGE ALBERTO TOLOSA (D.N.I.. 8.412.281) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “'TOLOSA, JORGE ALBERTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS - 21-02964158-4'” .Rosario, .-

$ 45 May. 12

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante SANCHEZ, HECTOR ENRIQUE (DNI 10.864.106), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “SANCHEZ, HECTOR ENRIQUE S/ SUCESORIO” (CUIJ 21-02964967-4) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante LOSADA, SILVIA CRISTINA (DNI 13.788.884), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “LOSADA, SILVIA CRISTINA S/ SUCESORIO” (CUIJ 21-02960153-1) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 May. 12

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Por disposición de/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 1a. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ALEJANDRO ALBERTO MARTINEZ (D.N.I.. 14.704.499) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “MARTINEZ, ALEJANDRO ALBERTO S/ SUCESORIO - C Y C 1 - 21-02968181-0'” .Rosario, .-

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Luis Alfredo Elizalde (DNI 6.058.232) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: ELIZALDE, LUIS ALFREDO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS – 21-02950775-6.-

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante HERNAN EDGARDO ROMERO (D.N.I. 31.021.199), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “ROMERO, HERNAN EDGARDO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-02966293-9) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. FDO: PROSECRETARIA

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante VIVIANA EDITH GRILLO (D.N.I. 16.336.640), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “GRILLO, VIVIANA EDITH S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-02967251-9) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. FDO: PROSECRETARIA

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ADRIANA NOEMI VIVIANI (D.N.I. 14.685.352), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “VIVIANI, ADRIANA NOEMI S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-02962550-3) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. FDO: PROSECRETARIA

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos lo que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante OSCAR FELIX ORELLANO (DNI 6.177.714) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “ORELLANO, OSCAR FELIX S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-02964796-5 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: PROSECRETARIA.

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos lo que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ARNALDO SALVADOR PANEBIANCO (DNI 6.039.489) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “PANEBIANCO, ARNALDO SALVADOR S/ SUCESORIO - C Y C 6” CUIJ 21-02968231-0 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: PROSECRETARIA.

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos lo que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JORGE RUBEN FERNANDEZ (DNI 10.189.388) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “FERNANDEZ, JORGE RUBEN S/ SUCESORIO - C Y C 6-” CUIJ 21-02968759-2 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: PROSECRETARIA.

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos lo que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante PEDRA PEGORARO (DNI 2.793.573) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “PEGORARO, PEDRA S/ SUCESORIO - C Y C 6” CUIJ 21-02967699-9 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: PROSECRETARIA

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JESÚS RUBEN CAMILLATO (D.N.I. 11.619.478), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “CAMILLATO JESUS RUBEN S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-02967214-5) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. FDO: PROSECRETARIA

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes FROILAN MARIN (D.N.I. 2.837.415) y TEOLINDA ESILDA SALINAS (D.N.I. 5.504.400), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “MARIN, FROILAN Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-02963779-9) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. FDO: PROSECRETARIA

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante NORBERTO FELIX RODRIGUEZ (D.N.I. 14.913.809), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “RODRIGUEZ NORBERTO FELIX S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-02964611-9) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. FDO: PROSECRETARIA

$ 45 May. 12

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante VAZQUEZ, EVANGELINO (D.N.I. 12.694.957), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “VAZQUEZ, EVANGELINO S/ SUCESORIO - C Y C 10” (CUIJ N° 21-02968817-3), de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. FDO Prosecretaria

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ELVA MERCEDES OJEDA (DNI 11.271.488) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “OJEDA, ELVA MERCEDES S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-02968230-2). Fdo..DRA. Vanina C. Grande – Secretaria.-"

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante María Delicia Acosta (DNI 2.385.764) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: ACOSTA, MARÍA DELICIA S/ SUCESORIO – 21-02966708-7.-

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 5ta Nominación de la Ciudad de Rosario – Provincia de Santa Fe), en autos caratulados “SAURO DE FERRARO JOSEFA LUISA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS Expte CUIJ Nro. 21-01206353-6, , se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de JOSEFA LUISA SAURO D.N.I. Nº 5.521.482, , para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Firmado: Dra. Silvina Rubulotta (Secretaria)

$ 45 May. 12

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Por disposición de/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 1a. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante LAURA MARTA FASSONI (D.N.I.. 11.273.502) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “FASSONI, LAURA MARTA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS - C Y C 1 – 21-02969153-0”. Rosario.-

$ 45 May. 12

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ra Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 15ª Nominación de Rosario, Dr. Carlos E. CARDIERNO, en loa autos caratulados SOBRIN, JOSE Y OTROS S/ SUCESORIO Cuij 21-02877772-5 Nro. Expediente: 219/2017, de conformidad con lo ordenado en el art. 2340 C.C.C., Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes Don: José SOBRIN DNI 2.164.235 y de Doña: Josefa AGUILAR CI 797152, el comprobante de pago se encuentra acompañado a fojas 84

$ 45 May. 12

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Por disposición de/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 1a. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RAMON SANTA CRUZ (D.N.I.. 5.988.263) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “SANTA CRUZ, RAMON S/ SUCESORIO - 21-02965901-7” .Rosario, .-

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ALICIA BEATRIZ MONTES (DNI 11.927.943 ) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “MONTES, ALICIA BEATRIZ S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-02966724-9). Fdo..DRA. Vanina C. Grande – Secretaria.-"

$ 45 May. 12

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Por disposición de/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 1a. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MARINO SEPTIMIO MESCHINI (D.N.I.. 2.304.046) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “MESCHINI, MARINO SEPTIMIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS - C Y C 1 – 21-02968973-0”. Rosario,.-

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ESTEBAN INGRAO (DNI 93.774.456) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “INGRAO, ESTEBAN S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N°21-02967016-9). Fdo..DRA. Vanina C. Grande – Secretaria.-"

$ 45 May. 12

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CASILDA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2° Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Castelli Norberto Fernando, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: CASTELLI NORBERTO FERNANDO s/Declaratoria de herederos; Expte. Nº 152/2023 21-25863067-7. Fdo. Dra. Sandra González, Secretaria.

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2° Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes Angela Traverso y Pelegrino Ferrari y/o Pelegrino Santiago David Ferrari, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: FERRARI PELEGRINO SD y Otros s/Declaratoria de herederos; Expte. N° 365/2010 - 21-25821956-9. Fdo. Dra. Sandra González - Secretaria.

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2° Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Mettifogo Miguel Angel, DNI N° 6.135.534, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta cijas. Autos caratulados: METTIFOGO MIGUEL ANGEL s/Sucesorio; Expte. N° 91/2023 21-25862963-6. Fdo. Dra. Sandra González, Secretaria.

$ 45 May. 12

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CAÑADA DE GOMEZ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Jueza del Juzgado de 1ra. Inst. de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nom. de Cañada de Gómez, a cargo de la Dra. María Laura Aguaya, se hace saber que en los autos caratulados: LAVATELLI CRISTINA LAURA c/CASTELLANO NELSON ANTONIO y Ots. s/Filiación Extramatrimonial” (CUIJ 21-23679910-4) se ha dispuesto lo siguiente: “Cañada de Gómez, 13 de Abril de 2023. Con los autos a la vista en el día de la fecha se agrega el escrito cargo nro. 142/23, 1456/23, 1719/23 1720/23 y se provee: Advirtiéndose en esta acto que no está debidamente trabada la litis corresponde ordenar el presente trámite: Revócase el decreto de fecha 23.12.2022. Atento que constan notificados por edictos a los sucesores del Sr. José Luis Lavatelli y que estos no se han presentado conforme las constancias de autos, declárelos rebeldes prosiguiendo el juicio adelante sin dárseles representación. De conformidad a lo dispuesto, desígnase a los fines del sorteo de Defensor la audiencia del día lunes 05 de junio de 2023 a las 8:00 horas. A los escritos cargo nro.142/23, 1456/23, téngase presente para su oportunidad. Al escrito cargo nro. 1719/23 y 1720/23: acompañe la boleta colegial pertinente (Art. 5 Ley 10.244). Notifíquese por edictos según disposiciones de autos. Dr. Mariano Jesús Navarro (Secretario). Dra. María Laura Aguaya (Juez). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL.

$ 157,50 499304 May. 12 May. 16

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SAN LORENZO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sr. Juez en Suplencia del Juzgado ira. Instancia de Circuito del Distrito Judicial N° 12 de la ciudad de San Lorenzo, cita en calle San Carlos 846 de esta misma ciudad, y dentro de los autos caratulados AQUINO, JESICA NOELIA s/Información Sumar (CUIJ Nº 21-23401936-5) se ha ordenado citar y emplazar a los herederos de Daniel Alejandro Benaglio, DNI 24.987.209 y/o a toda persona que se considere con derechos sobre el presente a comparecer a la audiencia testimonial designada, publicándose edictos en la forma ordinaria (art. 73 CPCC). El decreto que fija fecha de audiencia testimonial dice en su parte pertinente: “San Lorenzo, 13 de Abril de 2023 [...] Desígnase nueva fecha de audiencia testimonial del día 02/06/2023 a las 11:00 y 11:15 horas a fin de que los testigos ofrecidos Diez Betina Natali y Ullua Nadia, comparezcan a fin de responder a tenor del pliego que deberá acompañarse a la audiencia respectiva. Notifíquese por cédula electrónica a los domicilios procesales y mediante cédula soporte papel a los domicilios reales de los testigos con transcripción del art. 203 CPCC y 243 del CP. Fdo. Dra. Jimena Muñoz, Secretaría subrogante; Dr. Sebastián José Rupil, Juez en suplencia”. Lo que se publica a sus efectos legales en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe.

$ 52,50 499219 May. 12 May. 16

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Por disposición del Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial 2da. Nominación de la localidad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, Dra. Stella Maris Bertune, Secretaría a cargo de la Dra. Melisa V. Peretti, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Alfredo Hugo Alvarez, DNI N° 6.057.406, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: ALVAREZ ALFREDO HUGO s/Sucesorio; (CUIJ N° 21-25442237-9).

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Emilia López, D.N.I. Nº F. 3.931.867, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: IBAÑEZ MAXIMO SEBASTIAN y Otros s/Declaratoria de herederos; (CUIJ 21-2542334-0). Fdo.: Dr. Alejandro Marcos Andino - Juez – Dra. Luz M. Gamst - Secretaria.

$ 45 May. 12

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Por disposición de la Jueza de Distrito en la Civil y Comercial de la ira Nominación de la ciudad de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Bernardis Horacio Americo, DNI Nº 13.231.583 para que comparezcan a estar a derecho por el termino de 10 días, dentro de los autos caratulados BERNARDIS HORACIO AMERICO s/Sucesorio; Expte. CUIJ Nº 21-25442435-5 que se publica a sus efectos en los Estrados de Tribunales y en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley. Fdo: Dra. Gamst (Secretaria). San Lorenzo, de 2023.

$ 45 May. 12

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Por disposición de Sr. Juez de 1ª Instancia del Distrito Judicial N° 12, en lo Civil y Comercial, de la 2ª Nominación, de la ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe: se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores legatarios y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Sr. Ariel German Antonelli, a fin de que comparezcan a hacer valer sus derechos, por el terminó y bajo los apercibimientos de ley. San Lorenzo (S.F.), mayo de 2023. Firmado: Dra. Melisa V. Peretti, secretaria.

$ 45 May. 12

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la ……… Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don EMILIO ALFREDO ÑAÑEZ Y CLEMENTINA NÉLIDA CARABAJAL para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de Ley. San Lorenzo. Dra. Luz Maria Gamst, secretaria.

$ 45 May. 12

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don SILVERIO RAMOS REYES y doña ANASTACIA APARICIO para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de Ley. San Lorenzo. Dra. Luz Maria Gamst, secretaria.

$ 45 May. 12

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don EMILIO ALFREDO ÑAÑEZ y doña NÉLIDA CLEMENTINA CARABAJAL para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de Ley. San Lorenzo. Dra. Luz Maria Gamst, secretaria.

$ 45 May. 12

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don BERNABE MARCELO GARCILAZO para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de Ley. San Lorenzo. Dra. Luz Maria Gamst, secretaria.

$ 45 May. 12

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don ROGELIO DENHUD MORELLO para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de Ley. San Lorenzo. Dra. Luz Maria Gamst, secretaria.

$ 45 May. 12

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don MORANTE PEDRO ANGEL TOMAS para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de Ley. San Lorenzo. Dra. Luz Maria Gamst, secretaria.

$ 45 May. 12

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don OMAR EUGENIO CASADEI para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de Ley. San Lorenzo. Dra. Luz Maria Gamst, secretaria.

$ 45 May. 12

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de doña MARIA ALEJANDRA CASADO para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de Ley. San Lorenzo. Dra. Luz Maria Gamst, secretaria.

$ 45 May. 12

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de doña BARBAGALLO TERESA RAMONA para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de Ley. San Lorenzo. Dra. Melisa Peretti, secretaria.

$ 45 May. 12

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don RUBEN NORBERTO MOROSIN para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de Ley. San Lorenzo. Dra. Melisa Peretti, secretaria.

$ 45 May. 12

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don ANTONIO DIEZ para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de Ley. San Lorenzo. Dra. Melisa Peretti, secretaria.

$ 45 May. 12

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don PONCE HORACIO OSCAR para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de Ley. San Lorenzo. Dra. Melisa Peretti, secretaria.

$ 45 May. 12

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de doña MARCELA LOBATO para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de Ley. San Lorenzo. Dra. Melisa Peretti, secretaria.

$ 45 May. 12

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de doña MIRIAM RAMONA KEONIS para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de Ley. San Lorenzo. Dra. Melisa Peretti, secretaria.

$ 45 May. 12

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don PICCHIO LISANDRO GABRIEL para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de Ley. San Lorenzo. Dra. Melisa Peretti, secretaria.

$ 45 May. 12

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, Dr. Alejandro Marcos Andino, Secretaría de la autorizante, se cita, llama y emplaza a los herederos del causante JORGE HUMBERTO ARIAS, y a todo el que tenga algún interés legítimo, para que COMPAREZCA A ESTAR A DERECHO por el término y bajo apercibimiento de ley. Todo dentro de los caratulados “ARIAS JORGE HUMBERTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”, CUIJ 21-25442122-4. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los Estrados del Tribunal por el término de 10 días hábiles.

$ 45 May. 12

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VILLA CONSTITUCION

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DE TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 14 de Familia de Villa Constitución Dr. Oscar Davini, Secretaria de la Dra. Romina Isa Pavia, dentro de los autos caratulados: RETAMAR, ALICIA GRACIELA c/RETAMAR RAMÓN s/Impugnación de Estado - Filiación” CUIJ N° 21-23861647-3, se cita a los herederos de Don Ramón Retamar, DNI 05.937.451 por cinco días de la última publicación para que comparezcan a este tribunal a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de declararlos en Rebeldía. Publíquense los edictos citatorios por 3 días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código citado. Secretaria. Villa Constitución, Abril del 2023. Romina L. Isa Pavia, Secretaria Subr.

$ 33 499366 May. 12 May. 16

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Por disposición de la Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 14 en lo Civil y Comercial de la 2º Nominación de Villa Constitución, dentro de los autos caratulados “GRECCO, ROSA y Otros s/ Sucesorio, CUIJ: 21-25655917-7, se cita y emplaza a los herederos y/o acreedores y/o legatarios de “LAUDANI, CAYETANO”, por treinta días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Secretaría, Villa Constitución, de de 2023. Dario, Malgeri, Secretario.   

$ 45 May. 12

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Por disposición de la Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 14 en lo Civil y Comercial de la 2º Nominación de Villa Constitución, dentro de los autos caratulados “BRANDI, ROGELIO UBALDO s/ Sucesorio, CUIJ: 21-25658162-8, se cita y emplaza a los herederos y/o acreedores y/o legatarios de “BRANDI, ROGELIO UBALDO”, por treinta días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Secretaría, Villa Constitución, de de 2023. Dario, Malgeri, Secretario.   

$ 45 May. 12

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 14 Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Villa Constitución (Santa Fe), en los autos caratulados: “PINASCO NELLY ZULEMA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-25658409-0,  se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y/o quienes se consideren con el derecho a los bienes dejados por el fallecimiento del causante Doña NELLY ZULEMA PINASCO para que comparezcan por 30 (treinta) días a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquese edicto por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL y en el transparente habilitado a tal efecto. Villa Constitución, 11 de Mayo de 2023. Firmado: Dra. Águeda M. Orsaria (Juez), Dr. Alejandro Danino (Secretario).-

$ 45 May. 12

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MELINCUÉ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juzgado de Distrito N° E en lo Civil, Comercial y Laboral con asiento en Melincué se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores de Pedro José Pallanzona, D.N.I. N° 8.108.398 y para que hagan valer sus derechos en término y forma. Autos caratulados: SCONFIENLA CARLOS ALBERTO - BRACCO ANA M s/Sucesiones; CUIJ Nº 21-26470866-1. Melincué, 08 de mayo 2.023. Fdo. Analía Irrázabal, secretaria.

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juzgado de Distrito N° 8 en lo Civil, Comercial y Laboral con asiento en Melincué se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores de Gladys Noemí Mazalan, D.N.I. N° 4.666.220, y para que hagan valer sus derechos en término y forma. Autos caratulados: MAZALAN GLSDYS NOEMI s/Sucesiones; CUIJ Nº 21-26472082-3. Melincué, 08 de mayo 2.023. Fdo. Analía Irrázabal, secretaria.

$ 45 May. 12

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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nro. 8 de Melincué, cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la Sra. ANA ESTHER DI FILIPPI, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta (30) días. Publíquese por un (1) día. Melincué, 08 de mayo de 2023. Fdo. Analía Irrázabal, secretaria.

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juzgado de Distrito N° 8 en lo Civil, Comercial y Laboral con asiento en Melincué se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores de Virginia Vergara, D.N.I. N° 12.375.640, y para que hagan valer sus derechos en término y forma. Autos caratulados: VERGARA VIRGINIA s/Sucesiones; CUIJ 21-26472311-3. Melincué, Mayo 2.023. Fdo. Dra. Analía M. Irrazábal, Secretaria.

$ 45 May. 12

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VENADO TUERTO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 3 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, Dr. Gabriel Carlini, Secretaría a cargo del Dr. A. Walter Bournot, dentro de los autos caratulados: BANCO DE GALICIA y BUENOS AIRES SAU c/LOPEZ, JUAN PABLO s/Demanda Ejecutiva, CUIJ N° 21-24616252-9, se hace saber que en los autos de referencia se ha dispuesto notificar al Sr. Juan Pablo López, D.N.I. N° 30.802.796, el siguiente decreto que se transcribe: Venado Tuerto, 13 de Abril de 2023. Proveyendo escrito cargo N° 4618/2023: Agréguese. Téngase presente lo manifestado. Informando en este acto el Actuario que la parte demandada no compareció a estar a derecho pese a encontrarse debidamente notificada, declárasela rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Fdo.: Dr. Gabriel Carlini, Juez - Dr. A. Walter Bournot, Secretario. Venado Tuerto, 25 de Abril de 2023.

$ 150 499260 May. 12 May. 16

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Por Disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito de Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso, Secretaría de la Dra. Luciana Parenti, en autos caratulados: VILCHEZ WALTER EZEQUIEL c/BARD C. ENRIQUE J. y Otros s/Usucapión, CUIJ 21-24437161-9 (Expte. 702/2017) se ordena notificar el decreto de fecha 22/11/2017 que expresa: Venado Tuerto, 22 de Noviembre de 2017. Certifíquese copia de boleto de compraventa acompañado y reintégrese original a la letrada. Agréguese documental acompañada. Habiéndose cumplimentado con lo requerido, se provee: Por presentado, domiciliado y parte con patrocinio letrado. Por iniciada la presente acción de prescripción adquisitiva. Cítese al demandado y/o sucesores y/o herederos para que dentro del término de ley comparezcan a hacer valer sus derechos. Cítese a la Provincia de Santa Fe (fiscalía de Estado) y a la Municipalidad de Venado Tuerto en la persona del Intendente, para que comparezcan y manifiesten si existe interés fiscal comprometido en el plazo de 20 días hábiles, haciéndole saber que no existe tal interés si no se pronuncian al respecto, debiendo acompañarse a dicha notificación la identificación catastral del inmueble que se pretende usucapir. Fecho, conjuntamente con el traslado de la demanda se procederá a la anotación de Litis en relación al inmueble objeto del presente, de conformidad a lo normado por el art. 1905 del CCC. Asimismo se hace saber al presentante que el impuesto de sellos grava el acto de adquisición en si, por tanto en su oportunidad deberá reponerse el 20% sobre el avalúo referido, art. 16 inc. a) acápite 1ro. Ley impositiva. Recábese informe previo. A lo demás, oportunamente. Notifiquen empleados notificadores. Notifíquese. Firmado Dra. Andrea Chaparro, Secretaria. El inmueble de que se trata se describe como “Lote de terreno situado en Venado Tuerto, Departamento General López, de la Provincia de Santa Fe, ubicado en la Chacra Número CUARENTA Y TRES, parte de la Manzana ONCE o sea el lote CUATRO en el plano confeccionado por el Agrimensor D´Amelio, e inscripto en el Servicio de Catastro e Información territorial con el N° 62.902 del año 1970, ubicado en calle Corrientes N° 985 entre calles 12 y 125 de la ciudad de Venado Tuerto, compuesto de 10 ms. De frente por 29.15 metros de fondo. Encierra una superficie total de 291,15 metros cuadrados en el dominio consta Inscripto en el Registro de la Propiedad Rosario al Tomo 12 Folio 608 vta N° 24114, Departamento General López. Venado Tuerto, 4 de Mayo de 2023. Dra. Luciana P. Parenti, Secretaria Subrogante.

$ 170 499257 May. 12 May. 18

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El Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Venado Tuerto, Dr. Gabriel A. Carlini, Secretaria del Dr. Walter A. Bournot, hace un llamado a: Eduardo Daniel Sachetta, Barra e Hijos SRL, Agro Edera S.A., Agustín Cuenca, Nextel Argentina S.R.L., Hugo Ramón Bertinetti, Nuevo Banco Industrial de Azul S.A., todos ellos acreedores verificados de Santa mes Meat S.R.L., para que en el término y bajo apercibimiento de ley comparezcan a este tribunal a manifestar si han tenido por satisfechos sus créditos y formulan oposición a la declaración de cumplimiento del acuerdo homologado. Autos: SANTA INES MEAT S.R.L. s/Concurso Preventivo (CUIJ 21-24451213-2). Venado Tuerto, Mayo de 2023. Dr. Gabriel A. Carlini, Secretaria de A. Walter Bournot.

$ 33 499301 May. 12 May. 16

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Por disposición de la Señora Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 3 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto, Dra. Maria Celeste Rosso, Juez. Secretaria de la Dra. Luciana Parenti, dentro de los autos caratulados QUERO, ELDO Y OTROS s/Sucesorio; (CUIJ Nº 21-24618983-5) se ha dispuesto emplazar a herederos, acreedores y legatarios de: ELDO QUERO quien era argentino, DNI Nº 6.126.1238, nacido el día 5/08/1938 en Santa Fe, hijo de Gregorio Quero y de Sofía Barroso, casado en primeras nupcias de Doña Susana Inés Cruceño, con último domicilio en calle Sarmiento N° 1625 de Venado Tuerto, Pcia. de Santa Fe, quien falleciera por enfermedad en Venado Tuerto, en fecha 01/06/2022, y de SUSANA INES CRUCEÑO, quien era argentina, DNI N° F4.632.244, nacida el día 15/07/1943 en Santa Fe, hija de Abelino Cruceño y de Antonia Ayala, casada en primeras nupcias con Eldo Quero, con ultimo domicilio en calle Sarmiento Nº 1625 de Venado Tuerto, Pcia de Santa Fe, quien falleciera por enfermedad en Venado Tuerto, en fecha 07/O1/2023, para que comparezcan por ante este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro del término de ley. VENADO TUERTO, de 2023.Luciana Parenti, secretaria subrogante.

$ 45 May. 12

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación, ciudad de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. Maria Celeste Rosso (Juez), Dra. Luciana Paola Parenti (Secretaria), se cita, llama y emplaza por término de ley, a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. Jaime, Héctor Rubén, DNI 11.851.030, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos dentro de los autos caratulados: JAIME, HECTOR RUBEN s/DECLARATORIA DE HEREDEROS – CUIJ Nº 21-24619623-8. Venado Tuerto. Fdo.: Dra. María Celeste Rosso, Juez – Dra. Luciana Paola Parenti, Secretaria. Venado Tuerto, 9 de Mayo de 2023.

$ 45 May. 12

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, Dr. Gabriel A. Carlini, Secretaría a cargo del suscripto, dentro de los autos caratulados: - “TEJEDA, DELIA MATILDE s/. SUCESORIO” (CUIJ: 21-24616307-0), se llama a herederos, acreedores y legatarios de DELIA MATILDE TEJEDA- D.N.I. N ° 2.073.783, por el término de ley, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos.

$ 45 May. 12

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Alejandro H. Lanata, Secretaría de la Dra. Analía Mónica Irrazabal, en los autos caratulados “SAN MIGUEL ROBERTO S/ SUCESIONES-INSC. TARDIAS- SUMARIAS-VOLUNT.” CUIJ N° 21-26469985-9” se cita, llama y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes de la herencia dejados por el causante, Sr. ROBERTO SAN MIGUEL, DNI N° 6.122.994, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, lo que se publica por 5 (cinco) días, a los efectos legales. Venado Tuerto, de Marzo de 2023.

$ 45 May. 12

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