picture_as_pdf 2023-05-09

CAMARA DE APELACION


Por disposición de la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la ciudad de Rosario, en autos caratulados: BORSELLI, GERARDO RUBÉN Y OTRO c/BOSCH, ELISA MARÍA s/Usucapión - Legajo de Copias” (Expte. N° 21-01274437-1), se hace saber que se ha ordenado citar a los herederos de Antonio Zizzamia, titular del D.N.I. N° 6.004.257 por edictos, en la forma ordinaria, para que comparezcan a estar a derecho, con la prevención que si no comparecieran en término, se nombrará un curador con los alcances del art. 597 del cuerpo legal citado. Firmado: Dra. Jessica M. Cinalli, Jueza de Cámara; Dra. Sabrina Campbell, Secretaria. Ana Barthaburu, prosecretaria.

$ 40 499047 May. 9 May. 11

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Por disposición de la Sala II de la Cámara de Apelaciones civil y comercial de

Rosario y en autos: ORTU, OLGA BEATRIZ c/ JUANES, ROBERTO HERMINIO - Sucesores- s/ Prescripción Adquisitiva’ Expte N° 326/2022, CUIJ 21-02925697-4 se hace saber que se dictó la siguiente sentencia N° 63. Rosario 31.03.23: RESUELVE: 1) Rechazar el recurso de apelación interpuesto. 2) Cargar las costas de ambas instancia a la demandada (art. 251, CPCC), las que serán soportadas provisoriamente por la actora. 3) Regular los honorarios de segunda instancia en el 50% de los que correspondieren a la sede de origen. Insértese, agréguese copia y hágase saber. Dr. Oscar R. Puccinelli, Dr. Gerardo F. Muñoz, Dra. María De Los Milagros Lotti, Dr. Alfredo R. Farías. Ana Barthaburu, prosecretaria.

$ 40 498927 May. 9 May. 11

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Por disposición de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, Sala III y en autos “RAGUSA, PABLO ALBERTO c/ TROVATO, MARCELO HORACIO s/ Daños Y Perjuicios” (Cuij. N° 21-02862444-9). se hace saber que se ha dictado lo siguiente, “Por recibido. Téngase presente lo informado. Cítese y emplácese a los herederos del Sr. Ragusa Pato Alberto D.N.I. 8.617.069 a los fines de comparecer a estar a derecho, por término y bajo los apercibimientos de ley. Publíquense los edictos de ley en el BOLETÍN OFICIAL (art. 597 CPCC). Rosario, 28 de Octubre de 2022. Dra. ANAPAULA ÁLVAREZ BARTHABURU, Prosecretaria.

$ 40 498910 May. 9 May. 11

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JUZGADO LABORAL


Por disposición de la Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la 5ta. Nominación de Rosario, se ha dispuesto: Atento constancias de autos y lo peticionado, procédase -en los términos del art. 45 de la ley 7.945- a citar por edictos al codemandado Angel David Merlo (D.N.I. N° 13.077.171) a los efectos de que comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Tales edictos se publicarán por tres días consecutivos en el Boletín Oficial y en el hall central de estos tribunales (art. 67 del CPCC, última parte), venciendo el término para comparecer tres días después de la última publicación. Todo bajo apercibimiento que en caso de incomparecencia se designará un defensor ad-hoc. Autos caratulados: “MAESTRI JUAN JOSE CEFERINO c/ SERVICIO INTEGRAL DEL VIDRIO S.R.L. Y OTROS s/ Indemnización” (EXPTE. 65/2021 CULI N° 21-04179442-6). Edo. Dra. BRISIGUELLI (JUEZA). DRA. SPIZIRRI (Secretaria). Rosario, diciembre de 2022, Dra. Analía Gailucci, prosecretaria.

$ 40 498912 May. 9 May. 11

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito Laboral de la 4ta. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a Sucesores Y Herederos de Natividad Concepción Sánchez (DNI Nº 23.074.702) por cinco veces en diez días a fin de que se presenten en autos “Valenzuela Carlos Alberto c/ Productores De Frutas Argentinas Cooperativa De Seguros Limitada s/ Accidentes Y/O Enfermedades Del Trabajo”. Expte. Nº 973/2020 - Cuij 21-04171141-5.Dra. Natalia Pagan Serra, secretaria.

S/C 499004 May. 9 May. 15

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Por disposición del Juzgado de 1ra Instancia en lo Laboral de la 3ra Nom. de Rosario, Provincia de Santa Fe, se ha ordenado citar y emplazar a los herederos del Sr. Claudio Rubén Barria, titular del DNI 16.627.859, a estar a derecho, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes. Autos caratulados: “HIDRAULICA C&C SRL c/ BARRIA CLAUDIO RUBEN s/ Consignación” CUIJ 21-04206677-7. Fdo. Dr. Luciano Ezequiel Lioy (Prosecretario). Rosario, 12 de Abril de 2023.- Se transcribe el decreto que así lo ordena: Rosario, 16 de marzo de 2023-Habiéndose acreditado el fallecimiento de la actora con la partida de defunción que acompaña y se agrega: Cítese y emplácese a los herederos mediante edictos, conforme lo prescripto por el art. 45 del C.P.L., bajo apercibimientos de ley. Su publicación se hará en el Boletín Oficial, por 3 días consecutivos; el término de esta carga vencerá, 3 días después de su última publicación. Asimismo notifíquese por cédula en el domicilio real del causante. Fdo. Dr. Luciano Ezequiel Lioy (Prosecretario), Dra. María Silvia Albertti (Jueza).Dra. Analia Galucci, secretaria subrogante.

$ 40 499039 May. 9 May. 11

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Dentro de los autos caratulados “STRANO LEANDRO c/ LA SEGUNDA ART SA s/ ACCIDENTES Y/O ENFERMEDADES DEL TRABAJO” CUIJ 21-04140167-9 Nro. Expediente: 6312019, que tramita por ante el Juzgado Laboral N° 9 de La ciudad de Rosario, se ha ordenado mediante decreto de fecha 07 de mayo de 2019, mediante el cual se cita en los términos del art. 305 del C.P,C.C. -denuncia de Litis a “DANIEL ALBERTO BANEGA”: ‘Rosario, 07 de Mayo de 2019- Por presentado y en el carácter invocado, a mérito del poder acompañado que se agrega. Acéptale el domicilio ad litem constituido. Désele la participación que por derecho corresponda. Atento que la procura agregada es copia simple, sírvase el profesional acompañar poder en debida forma en el término de tres días. Por contestada demanda y ofrecida prueba de su parte, si en tiempo y forma estuviere, téngase presente. Del pedido de aplicación del art. 730 CcyC, traslado. Proveyendo las pruebas adelantadas previstas por el art. 47 inc.”f” CPL (modificado por Ley 13039 ) y una vez firme el presente decreto que las ordena, dentro del plazo de tres días: a la pericial médica -que será la única a realizarse en autos, sin perjuicio de las ampliaciones o aclaraciones que pudieran solicitarse en el momento procesal oportuno-: ofíciese a la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Laboral a los fines del sorteo del perito correspondiente. ‘A la instrumental/informativa: ofíciese. Cítese en los términos del art. 305 del C.P.C.C. -denuncia de litis- a “DANIEL ALBERTO BANEGA” por el término de 10 días y con la única finalidad de evitar en el supuesto pleito futuro que pueda entablarse la deducción por su parte de la excepción de negligente o defectuosa defensa, por lo tanto carece de las facultades procesales propias de las partes, a saber: contestar demanda, ofrecer prueba, ofrecer prueba suplementaria en la audiencia de trámite, entre otras. Al pedido de exención de presentación de documental no ha lugar por improcedente. Téngase presente la reserva de recursos formulada. Previo a la designación de las audiencias del art. 51 y 56 del CPL, aficiese al Registro de Accidentes y Enfermedades Ocupacionales (conf. Acta N° 41 del 2611012006 Excma. CSJ). Agréguese la boleta acompañada. Notifíquese por cédula.-“ Firmado: Dr, Gustavo A. Burgio (Juez).-Gustavo Miguez, secretario.

S/C 498905 May. 9 May. 11

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TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual 6ta. de Rosario y en autos: LAPORTA LEONARDO NICOLAS c/MENDOZA JOSE LUIS y Otros s/Daños y perjuicios, Expte. Nro. 21-00205071-1, a cargo del Dr. Aguirre, Juez; Dra. Gordillo, Secretaria, se hace saber que se cita y emplaza al Sr. Mendoza José Luis (DNI 27.055.843) a los fines de comparecer a estar a derecho en el término de 20 días. Se transcribe decretos de fecha 10/03/2023:...”Rosario, 10 de Marzo de 2022 Atento lo solicitado y constancias en autos, notifíquese al demandado Mendoza José Luis a comparecer a estar a derecho por medio de edictos los que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69 73 y 548 del C.P.C. Fdo: Dra. Valeria Bartolomé (Prosecretaria) - Dr. Ignacio V. Aguirre (Juez).

$ 40 499013 May. 9 May. 11

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Por disposición de la Dra. Jueza, Dra. Igarzabal, del Trib. Coleg. Resp. Extracontractual - 1ra. Nom. de Rosario, Dra. Chaparro, Secretaría dentro de los autos caratulados: LEDESMA, BEATRIZ c/GONZALEZ, JAVIER JONATHAN y Otros s/Daños y perjuicios (Expte. Nº 21-11880402-0), se ha dispuesto: Rosario, 08 de Febrero de 2022. Téngase presente lo manifestado y hágase saber. Atento lo solicitado y constancias en autos, notifíquese a la codemandada Leonor Martha Illanes a comparecer a estar a derecho por medio de edictos los que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69 73 y 548 del C.P.C. Practíquese la notificación ordenada conjuntamente con el primer decreto de trámite. A las constancias adjuntadas para la firma, acompañadas que fueran en forma conforme lo aquí ordenado. Dra. Chaparro (Secretaria); Igarzabal (Jueza) - Rosario, 30 de Diciembre de 2020. Habiendo cumplimentado con lo ordenado, se provee: por presentada, domiciliada y por parte a mérito del poder especial que se acompaña y agrega. Acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Agréguese la boleta colegial acompañada. Por iniciada la acción de daños que expresa. Cítese y emplácese a JAVIER HONATHAN GONZALEZ, LEONOR MARTHA ILLANES y la citada en garantía RIO URUGUAY COOP. DE SEGUROS LTDA. para que comparezcan a estar a derecho y contesten la demanda dentro del término de veinte días. Por ofrecida prueba, téngase presente. Téngase presente la reservas formuladas. Concédase a la actora el beneficio de litigar sin gastos en los términos del Art. 333 CPCC a tenor de la declaración jurada de pobreza acompañada. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos de Responsabilidad Civil Extracontractual, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe, en el marco de colaboración suscripto con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación , por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación establecido por Acordada Nro 7 de fecha 07/03/2019. En dicho marco, téngase presente que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la incomparecencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la Ley 12851 (ley de aranceles profesionales). Líbrense los oficios al MPA, al Policlínico San Martín, a los fines solicitados. Hágase saber a las partes que en su primera presentación deberán informar su mail, teléfono celular y whatsapp. Hágase saber que en oportunidad de celebrarse la Audiencia de Vista de Causa, deberá acompañar: a) el original de la demanda o escrito ratificatorio de la misma; b) originales del poder especial, declaración jurada de pobreza, boleta inicial; c) sobres con la documental original de la oportunamente ofrecida. En caso de haberse ofrecido pliego cerrado de posiciones / testimonial / confesional, deberá acompañar el mismo en el término de tres días vía correo electrónico o concurrir personalmente al Tribunal en el horario de 08:00 a 13:00 hs. Notifíquese el presente decreto con copia de demanda y de la documental adjuntada. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá consultar a quien lo atienda, los vecinos, si el mismo se domicilia allí, y sólo en caso afirmativo procederá a practicar la notificación. Secretario: Dr. Miranda; Jueza de trámite: Dra. Susana Igarzábal.

$ 100 499000 May. 9 May. 11

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Por disposición del Tribunal Colegiado de Familia 5 de Rosario, y en los autos caratulados: LOZANO MARIA ALEJANDRA c/SAYAL RAUL s/Apremio, 21-11377667-3, se hace saber al Sr. Raúl Fernando Sayal, DNI 25.750.628, que se dicto lo siguiente: Rosario, 29/11/2022. Nº 4069. Y Vistos... Y Considerando...: Resuelvo: 1) Ordenar seguir adelante la ejecución hasta tanto la actora se haga íntegro cobro de la suma reclamada, desde la mora hasta el momento del efectivo pago aplicándose a los presentes una tasa de interés igual al 12% anual. 2) Costas al vencido.3) Regular los honorarios de la Dra. María Alejandra Lozano en la suma de pesos catorce mil cuatrocientos cuarenta y nueve c/12/100 ($14.449,12) (1 JUS). Notifíquese a Caja Forense. Los honorarios regulados deberán ser cancelados dentro de los treinta días corridos contados a partir de la fecha de notificación del presente. En caso de mora atento el dictado de la ley 27423 posterior al precedente “Municipalidad de Santa Fe c/Bergagna Edgardo s/Recurso de Inconstitucionalidad” Expte. 578/11 del 01/08/2017, dictado por la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, que evidentemente ha excepcionado los honorarios de los abogados entre otros, tanto de la prohibición de indexar de los arts. 7 y 10 Ley 23928 modificado por Ley 25561, como del mecanismo de conversión de las deudas de valor en deudas de dinero del art. 772 C.C. y C, creando un régimen especial. La Ley 27423 ideó un mecanismo similar al del art. 32 Ley 6767 y modificatorias, llamando a la unidad de medida de los honorarios UMA (Unidad de Medida Arancelaria), y en ambos casos es un porcentaje del sueldo de un Juez. Conforme el art. 51 Ley 27423, con un contenido análogo al art. 32 Ley 6767, los honorarios contemplados en ambas layes cuentan con un régimen especial, que impone la cancelación con el pago de las unidades de medida contempladas en la ley, con independencia del momento en que la regulación adquiera firmeza. Si bien la Ley 27423 esta dirigida a las actuaciones en la justicia nacional federal y como lo ha señalado la Corte en el precedente citado, las provincias conservan la facultad de dictar sus propias leyes arancelarias, es evidente que siendo la Ley 27423 dictada por el Congreso Nacional que también sancionó las leyes 23928, 25561 y 26994, es claro que creó un régimen especial para los honorarios y en razón del principio de igualdad (art. 16 de la C.N) se concluye que las limitaciones a la actualización monetaria de la Ley 23928 y la posible interpretación del art 772 C.0 y C no son aplicables en esta materia en todo el país. Por tanto se admitirá bajo esa argumentación admitiéndose la actualización en cuanto al equivalente a la misma unidad JUS aplicando sobre ella una tasa activa equivalente al 12% anual desde la fecha de la mora y hasta el efectivo pago, todo ello conforme al antecedente “PRIASCO STELLA MARI c/PIERRI PABLO FACUNDO s/Rendición de cuentas, Expte N° 268/2015) Auto N° 43 del 18/03/2019 de la Cámara de Apelación en el Civil y Comercial de Rosario Sala 4ta. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Agustina Sueiras Munuce. Dra. Milca Bojanich. Rosario, 5 de Abril de 2023.

$ 60 499003 May. 9 Mat. 11

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Por disposición de la Señora Jueza a cargo del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual N° 1 de Rosario, Dra. Mariana Silvia Varela, dentro de los caratulados: RIVEROS CABAÑAS, OSCAR y Otros c/PEITI, FABIO s/Daños y Perjuicios, CUIJ N° 21-11880484-5 - Nro. Expediente: 953/2020, se ha resuelto lo siguiente: “Rosario, 20/09/2022. Resolución Nº 1522. Y Vistos: Los autos caratulados: RIVEROS CABAÑAS, OSCAR y Otros c/PEITI, FABIO s/Daños perjuicios, (Expte. Nº 953/20), lo solicitado y constancias de autos; Resuelvo: No habiendo comparecido a estar a derecho el demandado Peiti Fabio, decláraselo rebelde y désele por decaído su derecho dejado de usar. Notifíquese el presente por edictos y por cédula a la contraria.- Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Mariana Silvia Varela (Jueza) - Dra. Andrea G. Chaparro (Secretaria). Por lo expuesto, se publican los presentes edictos a los fines de notificar al demandado Sr. Fabio Peiti, D.N.I. N° 20.408.849.- su rebeldía y que los autos caratulados: RIVEROS CABAÑAS, OSCAR y Otros c/PEITI, FABIO s/Daños y perjuicios” CUIJ N° 21-11880484-5 - Nro. Expediente: 953/2020 de trámite ante el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual N° 1 de Rosario continuaran sin su representación. Dra. Netri, Secretaria.

$ 40 499002 May. 9 May. 11

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Por disposición del Señor Juez del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la 2da. Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: CANTERO, BRISA AYELEN y Otros c/ANTONIO, JORGE CESAR y Otros s/Daños y perjuicios, Expte. 21-11887959-4 (916/2022), se ha dictado: Rosario, 15 de Marzo de 2023. Atento lo solicitado y constancias en autos, cítese al codemandado Antonio, Jorge Cesar y Falcon Rocío Soledad a comparecer a estar a derecho por medio de edictos los que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69 73 y 548 del C.P.C. Juez de trámite: Entrocasi. Rosario, 18 de Abril de 2023. Christian Marcelo Bitetti, Secretario.

$ 40 498915 May. 9 May. 11

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El Señor Juez de Primera Instancia de Tribunal Colegiado Instancia Única Civil de Familia 5º Nominación de la ciudad de Rosario, dentro de los autos caratulados: BOUZAS CINTHIA s/Privación de la responsabilidad parental, CUIJ 21-11392771-9, se notifica por este medio a Andrea Patricia Vázquez Castro del primer decreto de trámite: Rosario, 18 de Agosto de 2022. Por adecuada demanda. Procédase a la recaratulación de los presentes obrados. Se provee: por presentadas, domiciliadas, en el carácter invocado, con patrocinio letrado. Por iniciada la acción que expresa. Juez de trámite: Dr. Ricardo Dutto. Imprímase trámite sumarísimo. Tramítese de conformidad al art. 413 del C.P.C.S.F. Téngase presente la prueba ofrecida. Unáse por cuerda a los autos conexos CUIJ n° 21-11335790-5 y 21-11354850-6. Dése intervención al Sr. Defensor General. Cítese a la progenitora para que en el término de 10 días conteste demanda y ofrezca prueba bajo apercibimientos de ley. Atento el desconocimiento del paradero de Andrea Patricia Vázquez Castro (progenitora biológica), ofíciese al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral a los fines de que informen el último domicilio conocido de la misma, haciéndole saber que la nombrada no posee DNI y/o se desconoce el mismo. Acompañe acta de defunción del Sr. Bouzas García Ramón. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL tres veces, sin cargo alguno, atento el patrocinio letrado de la Defensoría General Civil N° 2, Autos: BOUZAS CINTHIA s/Privación de la responsabilidad parental, CUIJ 21-11392771-9. Rosario. Dra. María Cecilia Naveira, Secretaria.

S/C 498920 May. 9 May. 11

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Por disposición del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual, Segunda Nominación - Secretaria Uno de Rosario y en autos: BELARDINELLI, JUAN PABLO c/BOGGIANO, ANDRES ESTEBAN s/Daños y perjuicios, Expte. 70/2022, CUIJ: 21-11885609-8, se hace saber que se dictó lo siguiente: Rosario, Atento lo solicitado cítese por edictos al Sr. Boggiano Andrés Esteban para que comparezca a estar a derecho por si o por apoderado, dentro del término de tres días y bajo apercibimientos de ley, publicándose los mismos en el diario BOLETÍN OFICIAL y en el hall Central del Palacio de Tribunales Provinciales de Rosario. Fdo.: Dra. Mayra Ibañez, Dra. Jorgelina Entrocasi.

$ 40 498918 May. 9 May. 11

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Por disposición de la Dra. María José Campanella, Jueza del Tribunal Colegiado de Familia N° 3 de Rosario, se ha dispuesto notificar por edictos a Jésica Ayala (D.N.I. 34.891.116) la sentencia dictada dentro de los autos caratulados AYALA GUSTAVO s/Control de legalidad de medidas excepcionales y urgentes Ley 12.967 - 21-24829492-9, que a continuación se transcribe: N° 1102/2023. Rosario, 26 de Abril de 2023. Y VISTOS... RESUELVO: 1. Tener por ratificada definitivamente la medida de protección excepcional oportunamente dispuesta con relación a Gustavo Benjamín Ayala (ampliación de la propuesta de la Disposición N° 50/21 de fecha 15 de Abril de 2021), ordenando al Organismo Administrativo que acredite en autos la incorporación del adolescente en el Programa de Autonomía Progresiva, informando además quién será su referente adulto, conforme lo dispuesto en los considerandos. 2) Privar de la responsabilidad parental a la Sra. JESICA AYALA (D.N.I. N° 34.891.116) en atención a lo dispuesto por el art. 700 inc. b) del C.C. Y C.N. 3) Notifíquese a la Dirección Provincial dependiente de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia. 4) Notifíquese al Defensor General. Insértese y hágase saber. Autos caratulados” AYALA GUSTAVO BENJAMIN s/Control de legalidad de medidas excepcionales y urgentes Ley 12.967, CUIJ: N° 21-24829492-9. Fdo. Dra. María José Campanella (Jueza) – Dra. Gabriela Ríos Artacho (Secretaria).

S/C 498958 May. 9 May. 11

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Por disposición del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la 1ra. Nominación de la ciudad de Rosario, dentro de los autos caratulados: BENZAQUEN, SERGIO MARTIN y Otros c/VAZQUEZ, SERGIO LUIS y Otros s/Daños y perjuicios, CUIJ 21-11885772-8, se ha ordenado notificar el decreto de fecha 4 de Abril de 2023. Rosario, 03 de Abril de 2023. Agréguese la copia de la cédula, cuyo original deberá acompañar en oportunidad de celebrarse la audiencia de vista de causa. Atento lo solicitado y constancias en autos, emplácese al demandado Vázquez, Sergio Luis a comparecer a estar a derecho por medio de edictos, los que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69 73 y 548 del C.P.C.. Dra. Alejandra Messina - Dra. Mariana Silvia Varela, Prosecretaria Jueza. Dra. Chaparro, Secretaria. Rosario, 28 de Abril de 2023.

$ 40 498981 May. 9 May. 11

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Por disposición del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la 1ra. Nominación de la ciudad de Rosario, dentro de los autos caratulados: GRAF, BARBARA PAMELA c/ANNUNZIATA, ALFREDO ARIEL y Otros s/Daños y perjuicios, 21-11877522-5 Trib. Coleg. Resp. Extracontractual - 1ra. Nom.), se ha ordenado notificar: Nr Rosario. Y VISTOS: Los autos caratulados: GRAF, BARBARA PAMELA c/ANNUNZIATA, ALFREDO ARIEL y Otros s/Daños y perjuicios (Expte. Nº 1813/19), lo solicitado y constancias de autos; RESUELVO: No habiendo comparecido a estar a derecho el demandado Annunziata, Alfredo Ariel, decláraselo rebelde y désele por decaído su derecho dejado de usar. Notifíquese el presente por edictos y por cédula a la contraria. Dra. Chaparro – Dra. Varela. Dra. María Florencia Netri, Secretaria.

$ 40 498994 May. 9 May. 11

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Por disposición del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de 1ra. Nominación de Rosario, Jueza de trámite designada Dra. SUSANA IGARZABAL, dentro de los autos caratulados: ARIAS, MIGUEL ANGEL c/AROCHA, EMETERIO y Otros s/Daños y perjuicios, CUIJ 21-11889085-7, se ha dispuesto citar emplazar al Sr. AROCHA EMETERIO, DNI 23.526.264, a los fines de comparecer a estar a derecho y contestar demanda en el término de 20 días. A continuación se transcriben los decretos pertinentes: “Rosario, 06 de Diciembre de 2022. Por presentado, domiciliado y por parte a mérito del poder especial que se acompaña y agrega. Acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Agréguese la boleta colegial acompañada. Por iniciada la acción de daños que expresa. Cítese y emplácese a Arocha Emeterio y la citada en garantía TRIUNFO COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA para que comparezcan a estar a derecho y contesten la demanda dentro del término de veinte días. Por ofrecida prueba, téngase presente. Téngase presente la reservas formuladas. Concédase al actor el beneficio de litigar sin gastos en los términos del Art. 333 CPCC a tenor de la declaración jurada de pobreza acompañada. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos de Responsabilidad Civil Extracontractual, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe, en el marco de colaboración suscripto con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación establecido por Acordada Nro. 7 de fecha 07/03/2019. En dicho marco, téngase presente que las audiencias sólo se Suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la incomparecencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la Ley 12851 (ley de aranceles profesionales). Líbrense los oficios al Hospital Español, al RNPA, a los fines solicitados. Hágase saber a las partes que en su primera presentación deberán informar su mail, teléfono celular y whatsapp. Hágase saber que en oportunidad de celebrarse la Audiencia de Vista de Causa, deberá acompañar: a) el original de la demanda o escrito ratificatorio de la misma; b) originales de/poder especial y sellado de/mismo, declaración jurada de pobreza, boleta inicial c) sobres con la documental original de la oportunamente ofrecida. En caso de haberse ofrecido documental fundante, pliego cerrado de posiciones / testimonial / confesional, deberá acompañar el mismo en el término de tres días vía correo electrónico o concurrir personalmente al Tribunal en el horario de 07:15 a 12:45 lis. Notifíquese el presente decreto con copia de demanda y de la documental adjuntada. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá consultar a quien lo atienda, los vecinos, si el mismo se domicilia allí, y sólo en caso afirmativo procederá a practicar la notificación. Jueza de trámite. Dra. Susana Igarzábal. Firma: Dra. Susana Igarzábal (Jueza); Dra. Maria Florencia Netri (Secretaria Subrogante) - Rosario,—— Y Otro: 03 de Abril de 2023. A tenso lo solicitado y constancias de autos, notifíquese al demandado Emeterio Arocha (DNI 23.526.264) mediante edictos, los cuales se publicarán por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibirán en el hall de P.B. de Tribunales conforme lo dispuesto por el art. 73 CFCCSF. Hágase saber que en el cuerpo del edicto deberá hacerse saber al demandado que se lo cita y emplaza a los fines de comparecer a estar a derecho en el término de 20 (veinte) días y que deberá transcribirse en el mismo el decreto de fecha 6 de diciembre de 2022 (fs. 22) y el presente proveído. Firma: Dra. Susana Igarzábal (Jueza); Dra. Eliana C. Gutiérrez White (Secretaria). Dra. María Florencia Netri, Secretaria.

S/C 498907 May. 9 May. 10

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Por disposición del Tribunal Colegiado de Familia Nº 7 y en autos: CINGOLANI, ALEJANDRA MARIA BELEN c/GONZALEZ, FABIAN EDUARDO s/Alimentos 21-11357174-5, se hace saber lo siguiente: Rosario, — de Marzo de 2023. Agréguese la constancia acompañada. Por denunciado incumplimiento de la cuota alimentaría. Intímese al Sr. Fabián Eduardo González al estricto cumplimiento de la cuota alimentaría establecida por resolución Nº 4.063 por las partes en fechas 22 de noviembre de 2019 bajo apercibimiento de ley. Dra. Mariela Penno, Secretaria – Dra. Gabriela Topino, Jueza en suplencia.

$ 40 498911 May. 9 May. 11

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Juzgado Vacante de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 15ta. Nominación de Rosario, se hace saber que en los autos caratulados: BOCANEGRA, CARLOS ANTONIO s/Concurso Preventivo - 21-02938545-6 (33/2021), por Resolución N° 289 de fecha 02/05/23 se ha dispuesto declarar la quiebra de Bocanegra, Carlos Antonio, DNI N° 11.271.940, fijándose el día 08/08/23, como fecha hasta la cual los acreedores posteriores al concurso preventivo y anteriores a la declaración de quiebra, podrán presentar sus pedidos de verificaciones de créditos ante la Sindicatura; el día 19/09/23, para que la sindicatura presente el informe individual; el día 02/11/23, para que la sindicatura presente el informe general. Asimismo se hace saber que el síndico interviniente en autos es la CPN Tamara Natalia Ianni, con domicilio legal en calle Zeballos N° 2071 de Rosario, y horario de atención de lunes a viernes, de 10 a 16 hs. Fdo.: Dr. Ezequiel Zabale (Juez Vacante), Ma. Eugenia Sapei, Secretaria.

S/C 498937 May. 9 May. 15

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 11arn Nominación de Rosario, se hace saber que en los autos caratulados: CHAIA HNOS. S.R.L. s/Pedido de quiebra, CUIJ N° 21-01416923-4, la Sindicatura designada mediante Escrito Cargo N° 606/2023 de fecha 09/02/2023 reformuló el Informe Final y Proyecto de Distribución oportunamente presentado. Dra. Mondini, Prosecretaria.

S/C 499054 May. 9 May. 10

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 15ta. Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Ricardo Ruiz (Juez en Suplencia), en los autos caratulados: VAZQUEZ, WALTER ARIEL c/BALLEJOS, MARÍA y Otros s/Usucapión (Expte. CUIJ 21-01602311-3), se notifica por este medio a los herederos del Sr. Oscar Castillo, casado en primeras nupcias con la Sra. María del Socorro Ballejos; para que comparezcan en los presentes, bajo los apercibimientos establecidos en el art. 597 del CPCCSF. Rosario, Abril de 2023. Fdo.: Dra. María Eugenia Sapei (Secretaria).

$ 40 498908 May. 9 May. 11

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El Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de Rosario, hace saber que en los caratulados: ARGAIZ, ISABEL JORGELINA s/Concurso Preventivo – Quiebra, CUIJ 21-02940301-2, en trámite por ante este Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de Rosario, hace saber que sentencia Nro. 273 de fecha 30.3.2023, se ha dispuesto: Declarar la quiebra de Isabel Jorgelina Ramona Argaiz, DNI 23.586.243, con domicilio en calle Tucumán N° 2359, de Rosario, Pcia. De Santa Fe... Fijar el día 15.5.2023 hasta el cual los acreedores deben presentar sus pedidos de verificación al síndico C.P. Sebastián Risso, con domicilio en calle Cochabamba 462 de la ciudad de Rosario. Horario de atención: lunes a viernes de 14:00 lis. a 18:00 hs... El día 1.7.2023 para la presentación por el síndico del informe individual de créditos con las exigencias determinadas en el art. 35, 2do. párr. L.C.Q... Fijar el día 15.8.2023 para la presentación del informe general por el síndico. 6) Mantener la inhibición de la fallida en los Registros correspondientes y ordenar el embargo de haberes librando el oficio respectivo con las formalidades de ley. Intimar a la fallida para que en el término de 24 hs. entregue al Síndico la documentación relacionada a su actividad. Declarar la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. Intimar a la fallida y a los terceros para que entreguen al Síndico los bienes de aquel... Desapoderar a la fallida de los bienes de su propiedad existentes a la fecha de declaración de ésta quiebra y de los que adquiera hasta su rehabilitación (arts. 107 ss. y concds. L.C.Q.). Proceder a la incautación de los bienes y papeles de la fallida, poniéndose en posesión de los mismos al Síndico, librándose los despachos pertinentes (arts. 177/79 y conc. L.C.Q.)... Ordenar la intercepción de la correspondencia epistolar, oficiándose a esos efectos, haciéndole saber al Síndico que debe cumplimentar lo dispuesto en el art. 114 L.C.Q... Procédase a la realización de la totalidad de los bienes que componen el activo de la deudora en la forma que se establecerá oportunamente. Fdo. Dra. Lorena A. González (Secretaria) - Dr. Nicolás Villanueva (Juez en suplencia). Dra. Dulce Sofia Rossi, Prosecretaria.

S/C 499011 May. 9 May. 15

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Ejecución de Circuito de la 1ra. Nominación de Rosario, dentro de los autos: MUNICIPALIDAD DE ROSARIO c/INTEGRAL GOURMET S.R.L. s/Apremios fiscales municipalidad local, CUIJ N° 21-13920368-9, se ha dictado lo siguiente: Rosario, 3 de octubre de 2022. Por presentada, con domicilio constituido y en el carácter indicado a mérito del poder invocado. Por promovida demanda de apremio (Ley nro. 5.066). Cítese de remate a la parte demandada para que en el término de ocho días oponga excepción legítima bajo apercibimiento de llevar adelante la ejecución. Trábese embargo en bienes de la parte demandada por el capital reclamado con más un 50% estimados provisoriamente para intereses y costas. Téngase presente la designación de Notificador/a ad hoc si hubiera/n sido propuesto/s. Dese al presente la TRAMITACION DIGITAL prevista en el Acuerdo del Acta 38 de fecha 26/10/2021, Punto 10 de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe. La documental fundante en original permanecerá en poder de la parte actora a la que se designa por el presente como depositaria judicial de la misma (art. 261 y 263 Código Penal), debiendo presentarla sólo en caso de serle requerido. Las futuras cédulas de notificación que se diligencien serán incorporadas también digitalmente por la representación de la parte actora, quedando el original en su poder como depositaria judicial de la misma (art. 261 y 263 Código Penal), debiendo presentarla sólo en caso de serle requerido. Los oficios, o mandamientos para la firma deberán ser remitidos al Juzgado digitalmente mediante Autoconsulta Sisfe. Si requieren firma ológrafa de Secretaría y/o Juez/a, el Juzgado los imprimirá, firmará y pondrá a su disposición en Mesa de Entradas para su retiro por el término de noventa días (art. 94 C.P.C.C.). Se hace saber a la PARTE DEMANDADA que podrá presentarse en autos, tomar conocimiento de la demanda y documental incorporada y realizar la presentación que estime a su derecho, de manera rápida y en línea mediante AUTOCONSULTA WEB DE SISFE y utilizar la opción “Primera Vinculación”. Ver instructivo:http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=6021 - En caso de IMPOSIBILIDAD, podrá solicitar el expediente en soporte papel en Mesa de Entradas del Juzgado. Aplíquese la duplicidad de términos, incluido el de caducidad, en beneficio de todas las partes intervinientes (art. 5, Ley Nro. 7234, modif., según Ley 9040). Notifíquese por cédula bajo firma de profesional (art. 25 C.P.C.C.). Rosario, 22 Marzo de 2023. Dra. María Elvira Longhi, Secretaria.

S/C 498903 May. 9 May. 11

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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Rosario - Dr. Ezequiel M. Zabale, Secretaría del autorizante, se ha dispuesto notificar a Ovidio Faustino García y/o sus herederos y/o quien resulte en definitiva titular registral y/o a quienes detenten la propiedad y/o quienes se consideren con derecho respecto del inmueble ubicado en calle Alvear N° 1335 de Rosario (Dominio Inscripto en el Registro General de Rosario al Tomo 54 - Folio 79 - N° 81160 - Departamento Rosario - PH) que se los ha declarado rebeldes atento no haber comparecido a estar a derecho en el término de ley, en los autos caratulados: ZIMARO, NIDIA MAGDALENA y Otros c/GARCIA, OVIDIO FAUSTINO s/Prescripción Adquisitiva, CUIJ: 21-02884506-2). A sus efectos se transcribe el decreto por el que se ordena el presente. “Rosario, 12 de diciembre de 2022. No habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edicto. Dr. Federico Lema, Secretario - Dr. Ezequiel M. Zabale, Juez. Secretaría, Rosario, 20 de Abril de 2023.

$ 40 499009 May. 9 May. 11

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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la 1º Nom. de la ciudad de Rosario hace saber a EL ESPINILLO, Industrial, Comercial Financiera y de Mandato que en los autos caratulados sucesores de SANCHEZ, RUBEN DARIO c/EL ESPINILLO SAICFYM s/Otras Diligencias - 21-12628009-9, ha dispuesto lo sgte: “Rosario, 01 de Febrero de 2023. Agréguese la constancia acompañada. Sin perjuicio de lo dispuesto por el art. 152 de CCyC, emplácese a la sociedad demandada EL ESPINILLO S.A. por edictos para que comparezca a estar a Derecho dentro M término de cinco (5) días de la última publicación, bajo apercibimiento de declararla en rebeldía. Publíquense los edictos citatorios por tres (3) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Notifíquese conjuntamente con el primer decreto de trámite (cfr. fs. 65)“. Fdo. Dr. González, Juez. Dra. Kabichian, Secretaria. Y “ROSARIO, 24 de Agosto de 2022 Por presentada, en el carácter invocado a mérito del poder en copia acompañado. Désele la participación que en Derecho corresponde. Por iniciada formal Demanda de prescripción adquisitiva, que tramitará según las normas del 408 y sig. del C.P.C.C.S.F.. Cítese y emplácese a EL ESPINILLO S.A. por el plazo de 20 (veinte) días para que dentro del mismo comparezca a estar a derecho y tomar la intervención que le corresponda bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 72, 76 y ss., C.P.C.C.S.F.). Notifiquen los empleados del Juzgado indistintamente. En caso de resultar necesario a fin de conocer el actual domicilio del demandado, líbrense oficios requiriéndose informes al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral o al Registro Público de Comercio, según corresponda. En los demás oficios que el profesional estime necesarios para averiguar el domicilio del demandado, deberá diligenciarlos por la vía prevista por el art. 25, inc. a, CPCC, transcribiendo nombre completo, número y tipo de documento de identidad y último domicilio conocido del demandado.- Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario - Acta 48/2017 de fecha 5 de diciembre de 2017 de la Excma. Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe. Por tanto, se hace saber que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la comparencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la Ley 12851. Notifíquese por cédula y/u oficio, debiendo el Sr. Oficial notificador y/o el juez comunitario que correspondiere observar el estricto cumplimiento del art. 63 C.P.C.C.S.F.- Se hace saber expresamente a las partes que, cumpliendo con los términos del Acuerdo Ordinario N° 7 punto 11 de fecha 07/03/19 modificado por el Acuerdo Ordinario N° 11 punto 18 de fecha 20/03/19 dictadas por la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, a partir del 30/04/19 -y/o de la fecha en que en definitiva se ponga en vigencia el sistema- las notificaciones que efectúa este Tribunal se realizarán mediante cédula electrónica con firma digital. A tal efecto, los usuarios se obligan a ingresar periódicamente al sistema de consulta de expedientes online del Poder Judicial, quedando notificados de toda providencia desde el día en que la cédula judicial firmada digitalmente quede disponible y visible para su destinatario en el sistema, independientemente de que el profesional ingrese o no al mismo. Fdo. Dr. González, Juez. Dra. Felipetti, Secretaria Subrogante. Rosario, 29 de Marzo de 2023. Dra. Rosa Inés Kaminsky, Prosecretaria Suplente.

$ 100 499012 May. 9 May. 11

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial 15ta. Nominación de Rosario, vacante, en los autos caratulados: BACHELLA, ANA CAROLINA y Otros c/BLASCO, JUAN s/Usucapión, Expte. Nº 309/17; CUIJ 21-02879180-9, ha dictado Resolución: “Nº 234. Rosario, 18 de Abril de 2023. Y VISTOS:… Y CONSIDERANDO:… RESUELVO: 1) Hacer lugar a la demanda interpuesta y, en consecuencia, declarar operada la prescripción adquisitiva a favor de las actoras Ana Carolina Bachella y Paula Florencia Bachella, respecto del inmueble deslindado en la presente, que se describe como ubicado en calle Agrelo 1034, Rosario, compuesto por: “la tercera parte indivisa sujeta a indivisión forzosa, de un lote de terreno, destinado a pasaje, situado en esta ciudad, señalado con el número TRES, en el plano de subdivisión registrado bajo el numero veinticinco mil doscientos treinta y uno, del año mil novecientos sesenta, ubicado en la calle Agrelo, entre las de Gurruchaga y Maciel, a los noventa y cuatro metros setenta y tres centímetros de la esquina de esta última hacia el Sur, compuesto de un metro setenta y cinco centímetros de frente al Oeste por treinta y un metros sesenta y cinco centímetros de fondo, lo que forma una superficie de cincuenta y cinco metros tres mil ochocientos setenta y cinco centímetros cuadrados, y linda: por su frente al Oeste con la calle Agrelo, al Norte, con don Benjamín Tamburini, hoy don José Yadanza, por el Este con parte del lote dos y al sur don el lote uno. SEGUNDO, un lote de terreno señalado con el número DOS, en el plano mencionado, situado en la ciudad de Rosario, dentro de la manzana formada por las calles Agrelo al Oeste, Gurruchaga al Sur y Maciel al Norte, a los treinta y un metros sesenta y cinco centímetros de la línea de edificación de la calle Agrelo hacia el Este, compuesto de doce metros treinta centímetros en sus lados Norte y Sur, ocho metros setenta y nueve centímetros de fondo en el lado Oeste y ocho metros setenta y nueve centímetros también de fondo en el lado Este, según títulos ocho metros sesenta y dos centímetros lo que forma una superficie de ciento ocho metros mil ciento setenta centímetros cuadrados y linda: al Oeste en parte con el lote tres descripto, y el resto con el lote uno, por el Norte, con don Benjamín Tamburini, hoy don José Yadanza, al Este con Alvarado y Puccio, hoy liberio del Riego y por el Sur con Andrés Mansilla, hoy doña Lucia de Puli. Así escritura n° 205, de fecha 7/07/1972, Inscripta al T° 345, F° 153, Nº 150825, Dpto. Rosario. (26/07/72) y un lote de terreno baldío ubicado en esta ciudad, designado con la letra “B-1”, en el plano archivado bajo el numero setenta mil trescientos setenta y ocho, del corriente año, situado en el interior de la manzana, formada por las calles Agrelo, Maciel, J. C. Paz y Gurruchaga, distando su vértice Sud-Oeste, a los treinta y cuatro metros setenta y seis centímetros de la calle Gurruchaga hacia el Norte y a los treinta y dos metros ocho centímetros de la calle Agrelo hacia el Este, de forma irregular se compone: de ocho metros cuarenta y siete centímetros en su costado Norte; lindando con el vendedor; ocho metros sesenta y dos centímetros en su costado Este, lindando con Iriberio del Río; once metros noventa y tres centímetros en su lado Sur, lindando con Santiago Medici, hoy el comprador; siendo quebrado su costado Oeste, el que parte del extremo oeste del lado Norte y en dirección al Sur, midiendo en su primer tramo, siete metros sesenta centímetros, a su terminación y hacia el Oeste, parte el segundo tramo que mide tres metros cuarenta y seis centímetros; de su extremo y nuevamente en dirección al Oeste, el tercer y último tramo que mide un metro, lindando por estos rumbos con el lote “B-2”, del plano citado. Corresponde a la Escritura N° 332 de fecha 30/10/1972, Dominio inscripto al T° 347, F° 436, N° 180.019, Dpto. Rosario”, desde fecha 10 de Septiembre de 2011, fijando tal día como fecha en la cual se ha cumplido el plazo de prescripción y, por lo tanto, se produjo la adquisición del derecho real respectivo a favor de quien, previo cumplimiento de los recaudos de ley, se le otorgará el título definitivo; 2) Costas a la actora; 3) Acreditado que fuere la situación fiscal de los profesionales intervinientes se regularán honorarios; 4) Notifíquese la presente por edictos por dos días en el BOLETÍN OFICIAL en la forma prescripta por el art. 67 del C.P.C.C. modificado por Ley Pcial. Nº 11.287. Insértese, agréguese copia y hágase saber. Fdo.: Dr. Mauro R. Bonato. (Juez en suplencia) Dra. Eugenia Sapei (Secretaria).

$ 60 499008 May. 9 May. 11

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Por disposición del Sr. Juez del Juzg. 1ra. Inst. Civil y Comercial de la 9na. Nom. a cargo de la Dra. María Fabiana Genesio, Secretaria del Autorizante, se hace saber que dentro de los autos caratulados: SAN MARTINO, GUSTAVO GABRIEL c/FLORES, DIEGO HEBER y Otros s/Juicio Ejecutivo, CUIJ 21-02930933-4, en fecha 1/10/2020, se ha ordenado citar y emplazar a la demandada. Pablo Lucas Flores (DNI 37.903.321), a fin que comparezca a estar a derecho dentro del término de 10 días, bajo apercibimientos de ser declarado rebelde, citándose por edictos conforme lo normado por el art. 67 y 73 del CPCC. Asimismo, se ordena embargo. Publicándose tres veces venciendo el término cinco días después de la última publicación. Rosario, 9 de Febrero de 2023. Dra. Verónica A. Accinelli, Secretaria.

$ 40 499014 May. 9 May. 11

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La Sra. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito de la 2 Nominación de Rosario, en la causa: BANCO MUNICIPAL DE ROSARIO c/SANCHEZ, RUBÉN ALBERTO s/Demanda Ejecutiva; Expte. Nº 197/2019, ha dispuesto notificar al demandado Rubén Alberto Sánchez DNI Nº: 24.720.494, los siguientes autos decretos, que se transcriben seguidamente: N° 683 Rosario, 5/04/2019. Y vistos: Los presentes caratulados BANCO MUNICIPAL DE ROSARIO c/SANCHEZ RUBEN ALBERTO s/Demanda ejecutiva; CUIJ Nº 21-02913375-9. Expte. Nº 197/2019: Y considerando: las constancias de autos Resuelvo: Por presentado con domicilio legal constituido, en el carácter invocado a mérito de los poderes generales acompañado que deberá certificar. Désele la participación correspondiente. Por iniciada la acción ejecutiva que se expresa. Cítese y emplácese al demandado para que comparezca a estar a derecho por el plazo de 10 días bajo apercibimientos de ley. Resérvese en secretaría la documental acompañada. Notifíquese por cédula haciéndole saber al Oficial Notificador que deberá informar si el demandado vive allí y sólo en caso afirmativo proceder a practicar la notificación. Trábese embargo sobre los haberes y/o cualquier tipo de remuneración que perciba el demandado de su empleador Andrés Junco S.R.L. por la suma de $ 152.500 por todo concepto. Para el caso que no supere el doble del salario mínimo vital mensual, se efectivizará hasta el 10% del importe en que exceda este último; y en el caso en que la remuneración supere el doble del salario mínimo vital mensual el 20% del importe que exceda este último: debiéndose depositar mensualmente las sumas resultantes en la cuenta abierta al efecto en el Banco Municipal de Rosario - Caja de Ahogados, situado en calle Montevideo 2076 a nombre de este Juzgado y para estos autos. Líbrese oficio al empleador y hágase saber que deberá depositar el importe retenido en cuenta judicial del Banco Municipal de Rosario sucursal Caja de Ahogados. Insértese y hágase saber. (Expte. N° 197/2019). Fdo.: Dra. Klebcar (Juez) - Dra. Godoy (Secretaria). Rosario. 22/9/21. Cargo 12093/21: No habiendo comparecido el demandado Sánchez, Rubén Alberto a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificado (cédula fs 34) y vencido el término para hacerlo, decláreselo rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese. Fdo.: Dra. Klebcar (Juez) - Dra. Godoy (Secretaria). Rosario. 2/2/22. Cargo 111/22: Por denunciado nuevo domicilio de la demandada, téngase presente. Atento el nuevo domicilio denunciado, cítese y emplácese a la demandada para que comparezca a estar a derecho por el plazo de 20 días bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula lev 22.172. Fdo.: Dra. Klebcar (Juez) - Dra. (Secretaria en suplencia). Rosario. 6/02/23. Cargo 92/23: Atento lo solicitado y las constancias de autos, cítese al demandado por edictos debiendo ser el mismo publicado tanto en el BOLETÍN OFICIAL de Santa Fe como en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires por el plazo de 3 días. Fdo.: Dra. Klebcar (Juez) - Dra. (Secretaria en suplencia). Rosario, Marzo de 2023. Fdo.: Dra. Godoy (Secretaria). Dra. Cecilia Vaquero, prosecretaria.

$ 40 499001 May. 09 May. 11

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El Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Segunda Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Eduardo Horacio Arrichuluaga, dentro de los autos caratulados CACCIOLA, MERCEDES INÉS c/CARDOSO, BENICIO y otros s/Usucapión; CUIJ Nº 21-02912570-5, se ha dispuesto citar y emplazar por edictos a la parte demandada Sres. Benicio Cardoso y su cónyuge la Sra. Catalina Erramuspe, titulares registrales, y sus sucesores Sres. Linor Cardoso, Apilonario Cardoso, Olga Gladis Cardoso, Lorenza Nelli Cardoso y Amalia Mercedes Cardoso, firmantes del boleto de compraventa, sobre el terreno que se encuentra ubicado en la calle Edison 544 de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, para que comparezcan a estar a derecho dentro del término de tres días, bajo apercibimiento de rebeldía. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de tribunales por el término de tres días. Rosario 12 de abril de 2023. Firmado Dr. Javier Matías Chena, Secretario. 18 de abril de 2023.

$ 40 499005 May. 09 May. 11

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la l Nominación - Rosario, dentro de autos caratulados VELOSOZ, MARIA ANTONIA c/VILLARREAL, NERIZ MARIA INES s/Otras diligencias; (C.U.I.J. N° 21-02954534-8), se hace saber a los herederos de la Sra. Neriz María. Inés Villarreal que se ha dictado lo siguiente: Rosario, 21 de Marzo de 2023. Informándose que los herederos de Neriz Maria Inés Villarreal no han comparecido a estar a Derecho, decláresela rebelde. Siga el proceso sin dársele representación (art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial). Firme que se encontrara el presente, procédase al sorteo de Defensor de Oficio del mismo librándose oficio confirma digital de la actuaria. Notifíquese por edictos que se publicarán dos (2) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Fdo.: Dr. Daniel Humberto González, Juez; Dra. Gabriela M. Kabichian, Secretaria.

$ 40 499006 May. 09 May. 11

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 17ª Nominación de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, a cargo de la Dra. Maria Silvia Beduino (Jueza), secretaría de la Dra. M. Amalia Lantermo, en autos caratulados PESCE, LUCIANO c/TIERRA DE SUEÑOS SRL s/Juicios ordinarios; CUIJ N° 21-02928720-9, se notifica: Rosario, 8 de abril de 2022. Agréguese la publicación de edictos acompañada. No habiendo comparecido la parte demandada -Tierra De Sueños SRL- a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Líbrese oficio a, la Excma. Cámara de Apelaciones a los fines del sorteo de un Defensor de oficio (cfrme. art. 78 CPCC). Notifíquese por edictos. Fdo. Dr. M. Amalia Lantermo (Secretaria); Dra. Maria Silvina Beduino (Jueza). El presente edicto deberá publicarse por el término de cinco (5) días. Rosario, 25 de noviembre de 2022. Dr. Hernán Aguzzi, prosecretario.

$ 40 499007 May. 09 May. 11

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1@ Instancia en lo Civil y Comercial 52 Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Lucrecia Mantello (Jueza), Secretaria del Autorizante, se hace saber que dentro de los autos caratulados: PAGANO PROPIEDADES SRL c/MUSA, OSVALDO RAUL ITALO -Sucesores- s/Juicio ejecutivo; CUIJ Nº 21-02943895-9, en fecha 21 de abril de 2023 se dispuso que: No habiendo comparecido la parte demandada (sucesores de Osvaldo Raúl Italo Musa y Sucesores de Nelly María Inghels) a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, decláresela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos y por cédula -en el domicilio del demandado denunciado en el escrito de demanda-. Hágase saber al oficial Notificador que deberá cumplimentar correctamente el art. 63 C.P.C.C., y a los fines de preservar el derecho de defensa en caso de no encontrara al requerido deberá preguntar a los habitantes del domicilio, o -en caso de no encontrar a nadie- a los vecinos si el destinatario efectivamente vive en el lugar dejando constancia de haber realizado tal diligencia y las respuestas obtenidas. 2) Notifíquese por edictos el decreto de fecha 17/05/2022 (fs. 118). 3) Cumpla el Dr. Ignacio Villegas Torra con la ley 10.244. 4) Intímese al actor a acompañar la totalidad de la documental ofrecida en original para ser reservada en Secretaría. Fdo. Silvina L. Rubulotta (Secretaria); Lucrecia Mantello (Jueza). Asimismo V.S. en los autos en cuestión se dispuso en fecha 26 de abril del 2023 que, advirtiendo que la rebeldía ordenada en fecha 18/11/2021 (fs. 102) refiere únicamente a María del Lujan Musa, heredera de Osvaldo Musa, cuyo domicilio fue denunciado en autos, revóquese parcialmente el decreto de fecha 21/04/2023 en cuanto dispone Notifíquese (...) por cédula en el domicilio del demandado denunciado en el escrito de demanda-. Hágase saber al oficial Notificador que deberá cumplimentar correctamente el art. 63 C.P.C.C., y a los fines de preservar el derecho de defensa en caso de no encontrara al requerido deberá preguntar a los habitantes del domicilio, o -en caso de no encontrar a nadie- a los vecinos si el destinatario efectivamente vive en el lugar dejando constancia de haber realizado tal diligencia y las respuestas obtenidas. A la revocatoria requerida respecto de la declaración de rebeldía y notificación por edictos a los eventuales herederos -exceptuando a la sra. María del Lujan Musa- conforme art. 597 CPCCSF, los cuales fueron citados a comparecer mediante decreto de fecha 18/11/2021 (fs. 102, notificados por edicto obrante a fs. 120, adjuntos al escrito cargo N° 6044/2022), y cuyos eventuales derechos han sido preservados por el defensor de oficio designado en autos, no ha lugar. Asimismo, no ha lugar a la revocatoria requerida en la parte de la providencia que ordena notificar por edictos el decreto de fecha 17/05/2022 (fs. 118), ya que a la referida fecha los eventuales herederos no habían sido declarado rebeldes. Fdo. Silvina L. Rubulotta (Secretaria); Lucrecia Mantello (Jueza). Asimismo V.S. en los autos de referencia en fecha 17 de mayo de 2022 ordenó lo siguiente: Por ampliada la demanda, en los términos que expresa. Notifíquese por cédula. Dra. Silvina Rubulotta (Secretaria subrogante) Dra. Lucrecia Mantello (Jueza). Fdo Juez y Secretario. Rosario, 03/05/2023.

$ 100 499025 May. 09 May. 11

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Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia Civil y Comercial N° 10 de Rosario, Dr. Mauro Bonato, dentro de los autos: SOMASCHINI, ALFREDO J. c/MOTOS ANTONIO D s/Juicio ejecutivo; CUIJ Nº 21-02877407-6, se notifica a Antonio Daniel Motos DNI Nº 17.045.909 que se ha dictado el siguiente decreto: Rosario, 29 de Julio de 2022. Agréguense constancias acompañadas. No habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación… Fdo. Dr. Mauro R. Bonato - Juez; Dra. Marianela Maulion - Secretaria. Dra. Lina Tognarelli, prosecretaria.

$ 40 499026 May. 09 May. 11

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18ª Nominación de Rosario, dentro de los caratulados: CONSORCIO DE PROPIETARIOS EDIFICIO MORENO 1720/24/28 c/GARCIA, IRENE ROSA s/Juicio Ejecutivo; CUIJ Nº: 21-13913961-2, se ha dispuesto citar a los herederos de García, Irene Rosa, DNI Nº 2.982.492, por el término de tres días, a comparecer a estar a derecho en los presentes, bajo apercibimientos de rebeldía. 03 de Mayo de 2023. Dra. Melisa Lobay, prosecretaria.

$ 40 499062 May. 09 May. 11

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar y emplazar a los herederos del demandado López Antonio Manuel DNI 6.019.648 para que comparezcan a estar derecho dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Publíquense edictos por el término de ley. Autos caratulados NOCHERETTE ELSA ANTONIA C/LOPEZ ANTONIO MANUEL s/Prescripción adquisitiva; CUIJ Nº 21-01366679-9. Fdo. Dra. Maria Fabiana Genesio (Juez). Verónica Accinelli (Secretaria). Rosario, 20 de Abril de 2023.

$ 40 498917 May. 09 May. 11

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Por disposición de Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial de la 10ª Nominación de Rosario, en los autos caratulados CARDELLA RUBEN ALDO y otros c/MENDEZ y ALVAREZ, DICTINO y otros s/Escrituración; 21-02913265-5, se ha dispuesto cítese por edictos a los herederos de Dolores López Barrinaga a fin que comparezcan a estar a derecho dentro del término de tres días de la última publicación, bajo apercibimientos de ser declarado rebelde, conforme lo normado por el art. 67 y 73 del CPCC. Fdo: Dr. bonato, Juez; Dra. Maulion, secretaria.

$ 40 498919 May. 09 May. 11

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante SACKS MIGUEL (DNI 5.911.353), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “SACKS, MIGUEL Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-02884243-8) de trámite ante el Juzgado.

$ 45 May. 09

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante CASTRO MARIA TERESA (DNI 2.311.535), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “SACKS, MIGUEL Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-02884243-8) de trámite ante el Juzgado.

$ 45 May. 09

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Rosa Isabel Moran (DNI 10.875.022) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: MORAN, ROSA ISABEL S/ SUCESORIO – 21-02958243-9.-

$ 45 May. 09

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 9° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante MAGLIARELLO, BEATRIZ LILIANA (D.N.I. 10.986.343), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “MAGLIARELLO, BEATRIZ LILIANA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 9” (CUIJ N° 21-02967482-2), de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 May. 09

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 5° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante LIDIA NOEMI GONZALEZ D.N.I. 10.629.695 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “GONZALEZ, LIDIA NOEMI S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-02965114-8). Fdo. Dra. Maria Belen Moran, Secretaria.

$ 45 May. 09

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 5° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JOSE LUIS GARCIA D.N.I. 13.692.782 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “GARCIA JOSE LUIS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-02959962-6). Fdo. Dra. Maria Belen Moran, Secretaria.

$ 45 May. 09

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 5° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante NORA ALICIA BOZZINI D.N.I. 1.447.857 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “BOZZINI BACIGALUPPO, NORA ALICIA S/ SUCESIÓN TESTAMENTARIA” (CUIJ N° 21-02964962-3). Fdo. Dra. Maria Belen Moran, Secretaria.

$ 45 May. 09

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 5° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante DOMINGA MUÑOZ D.N.I. 1.499.965 y MARCOS RUFINO MARTINEZ D.N.I. 5.899.091 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “MARTINEZ, MARCOS RUFINO Y OTROS S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-02951495-7). Fdo. Dra. Maria Belen Moran, Secretaria.

$ 45 May. 09

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 5° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante NORA ALICIA BOZZINI D.N.I. 1.447.857 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “BOZZINI BACIGALUPPO, NORA ALICIA S/ SUCESIÓN TESTAMENTARIA” (CUIJ N° 21-02964962-3). Fdo. Dra. Maria Belen Moran, Secretaria.

$ 45 May. 09

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 4° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MIGUEL ANGEL CILLA D.N.I. 5.522.864 y DORA ESTHER TASSINI D.N.I. 4.252.171 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “CILLA, MIGUEL ANGEL Y OTROS S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-02964479-6). Fdo. Dra. Vanina Carla Grande, Secretaria.

$ 45 May. 09

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Por disposición de/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 18a. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JUAN CARLOS BOVO (D.N.I.. 6.065.891) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “BOVO, JUAN CARLOS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS - C Y C 18 - 21-02968861-0'” . Rosario .-

$ 45 May. 09

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante GIOLITO, LUIS EMILIO (DNI 14.016.753), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “GIOLITO, LUIS EMILIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-02967986-7) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 May. 09

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante MONTENEGRO, MIGUEL ANGEL (DNI 6.001.326), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “MONTENEGRO, MIGUEL ANGEL S/ SUCESORIO” (CUIJ 21-02968147-0) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 May. 09

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MARCELO ANTONIO RAMON BONI (DNI 11.756.692) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “BONI, MARCELO ANTONIO RAMON S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS.” (CUIJ N°21-02951506-6). Fdo..DRA. Vanina C. Grande – Secretaria.-"

$ 45 May. 09

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes Roberto Adolfo Rodriguez (DNI 5.985.559) y Rosa Esther Ardanza (DNI 2.314.696) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: RODRIGUEZ, ROBERTO ADOLFO Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS – 21-02965460-0.-

$ 45 May. 09

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante POCHIOLA ODILIA EMILSE (DNI 2.680.756) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “POCHIOLA, ODILIA EMILSE S/ SUCESORIO” CUIJ (21-02963844-3). Fdo.DRA. María Alejandra Crespo – Secretaria Subrogante.-"

$ 45 May. 09

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante GINETTA MARCOVECCHIO (DNI 93.640.888) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “MARCOVECCHIO, GINETTA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-02966955-1). Fdo.DRA. María Alejandra Crespo – Secretaria Subrogante.-"

$ 45 May. 09

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Firmat

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Civil, Comercial y laboral Nº 16 de la Ciudad de Firmat, a cargo de la Dra. Laura Barco, Juez, Secretaria del Dr. Darío Loto, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante: CAGNASSI, NELSO EDUARDO para que hagan valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley en los autos caratulados: “CAGNASSI, NELSO EDUARDO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ; 21-26422413-3). Lo que se publica a sus efectos en el boletín oficial.- Firmat, ...-

$ 45 May. 09

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CAÑADA DE GÓMEZ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial N° 6 en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nominación de Cañada de Gómez, a cargo de la Dra. Maria Laura Aguaya, Juez y del Dr. Mariano Jesús Navarro, Secretario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y lo demás personas que se consideren con derecho a los bienes dejados por CACERES MARIO HECTOR para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro de los autos caratulados “CACERES MARIO HECTOR S/ SUCESORIO” CUIJ: 21-26027448-9 por el término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL Y estrados del Tribunal. Cañada de Gómez, 10 de ABRIL de 2023. Fdo. Dr. Mariano Jesús Navarro – Secretario.- Quedan Uds. Debidamente notificados que se citan para que comparezcan a hacer valer sus derechos como herederos, acreedores y/o legatarios de CACERES, MARIO HECTOR.-

$ 45 May. 09

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SAN LORENZO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de San Lorenzo, dentro de los autos caratulados: “ BENVENUTTI, HUGO DANTE YOELE s/ DECL. DE HEREDEROS “ - CUIJ Nº 21 - 25442584 - 9, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don HUGO DANTE YOELE BENVENUTTI, titular del D.N.I. Nº 6.168.117 y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la Causante, mediante edictos que se publicarán por CINCO ( 5 ) VECES en DIEZ (10) DÍAS y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en HALL de TRIBUNALES.- Fdo.: Dra.: LUZ MARIA GAMST - Secretaria.-

$ 45 May. 09

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VILLA CONSTITUCIÓN

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N°. 14 en lo Civil y Comercial de la 2 Nominación de Villa Constitución, dentro de los autos caratulados "PIGNANI ELSA S/ SUCESIÓN " CUIJ 21-25657893-7 se citan a los herederos, acreedores y/o legatarios de ELSA PIGNANI por treinta días para que comparezcan a este, hacer valer sus derechos. SECRETARIA de mayo de 2023

$ 45 May. 09

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación de Villa Constitución se ha ordenado citar a los herederos acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante RICCHEZZE TERESITA MAGDALENA, DNI 4.620.987 para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "RICCHEZZE TERESITA MAGDALENA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS)- Expte CUIJ 21-25658304-3. Fdo. Dr Alejandro Danino (Secretario).-

$ 45 May. 09

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N ° 14 en lo Civil y Comercial de la 1 Nominación de Villa Constitución, dentro de los autos caratulados "DEMASI.SILVINA BEATRIZ S/ SUCESION" CUIJ 21-25658374-4, se cita a los herederos, acreedores y/o legatarios de SILVINA BEATRIZ DEMASI por treinta días para que comparezcan ante este tribunal a hacer valer sus derechos. SECRETARIA, 8 de mayo de 2023

$ 45 May. 09

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La Sra jueza de primera instancia de Distrito en lo civil, comercial y laboral de la 1° nominacion de Villa Constitucion, Dra AGUEDA ORSARIA – Secretaria del Dr. Alejandro Danino, dentro de los caratulados “LOPEZ ISABEL Y OTRO s. SUCESORIO” CUIJ 21-25658296-9; Se llama y cita a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes LOPEZ ISABEL Y ARIAS JOSE MARIA, por el termino de 30 dias para que hagan valer sus derechos (art 2340 C.C) Villa Constitucion abril de 2023

$ 45 May. 09

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RUFINO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo de Distrito Nº 9 de Rufino Dr. Luis Alberto Cignoli; el Actuario que suscribe cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y a todos cuanto se consideren con derecho sobre los bienes de la herencia de DOÑA ORFILIA DOMINGA VASCHETTO, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Firmado: Dr. Luis Alberto Cignoli (Juez) - Dr. Jorge Andrés Espinoza (Secretario).

$ 45 May. 09

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Por disposición de Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y del Trabajo de la Ciudad de Rufino, Secretaria del autorizante, se cita, llama y emplaza a los Herederos, acreedores y legatarios de ROVACIO CATALINA MARIA, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del termino y bajo los apercibimientos de Ley.

$ 45 May. 09

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VENADO TUERTO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, 2da. Nom., Venado Tuerto, a cargo de la Dr. Gabriel Alberto Carlini, Secretaría Dr. Alejandro Walter Bournot, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don RODRIGUEZ JUAN ERNESTO, D.N.I M6.074.875 fallecido el día 20 de mayo de 2022, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término de la ley. Conste.- (Expte. Cuij. N° 21-24619990-3).-

$ 45 May. 09

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Venado Tuerto a cargo del Dr. Gabriel Carlini (Juez), Secretaría del Dr. Walter Bournot, se cita y se emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de Doña/Don LIDER ZABALA SUAREZ DNI Nº 94.024.455 para que en el término de Ley comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de Ley. - Autos: “LIDER ZABALA SUAREZ S/ SUCESORIO CUIJ Nº 21-24619838-9” Venado Tuerto, Santa Fe. -FDO: Dr. Gabriel A. Carlini JUEZ – Dr. Bournot Alejandro Walter SECRETARIO. -

$ 45 May. 09

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Venado Tuerto, de la Segunda Nominación a cargo del Dr. GABRIEL CARLINI – Juez - Secretaría del Dr. WALTER BOURNOT, llama y emplaza a los herederos y/o acreedores y/o legatarios de Don JOSE MARÍA GALLO, D.N.I. N° 6.140.335, argentino, para que en el término de ley comparezca a este tribunal a hacer valer sus derechos. Autos: “GALLO, JOSE MARÍA s/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-24618447-7). Venado Tuerto, de Mayo de 2023.- Secretaría del Dr. A. Walter Bournot.- 

$ 45 May. 09

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Gabriel Carlini, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña Clide Inés Caparroz, para que comparezcan a éste tribunal a hacer valer sus derechos dentro del término de diez días, bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Venado Tuerto, de mayo de 2023. Dr. Walter Bournot, Secretario.

$ 45 May. 09

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