picture_as_pdf 2023-05-03

JUZGADO LABORAL


Por Disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la Tercera Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: “VILLAREAL, DANIEL HERNAN c/ RAMIREZ, MARIA JULIA Y OTROS s/ Cobro De Pesos - Rubros Laborales” (expte. 21-04780699-9), se cita y emplaza a los herederos del Sr. Carlos Enrique Figueredo para que comparezcan a tomar intervención en los autos de referencia en el término de tres días, después de la última publicación, bajo apercibimientos de rebeldía. Se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 13 de abril de 2023.Carolina Helver, prosecretaria.

S/C 498666 May. 3 May. 5

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado Laboral de la Primera Nominación de la

Ciudad de Santa Fe, Capital, en autos caratulados: RIVERO, JULIO ANTONIO c/

CAUSAHABIENTES DEL SR. JUAN M VAZQUEZ s/ Consignación CUIJ 21-04779545-9 se ha ordenado Citar Por Edictos a los posibles herederos del causante JUAN MANUEL VAZQUEZ 26.614.329 a los fines comparezcan a los autos mencionados. El decreto que así lo ordena refiere: Santa Fe, 22 de Diciembre de 2022. Proveyendo escrito Cargo N° 21729: Hágase saber lo ordenado por el Ministerio Pupilar y por la Defensoría General N° 2. FDO: Santa Fe 23 de marzo de 2023.Dr Aníbal López, Secretario.

S/C 498704 May. 3 May. 5

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito del Trabajo, Segunda Nominación, Santa Fe; se ha dispuesto lo siguiente en los autos caratulados: Expte. CUIJ 21-04606645-3 (97/1996)- CENTURION, Nélida Raque y otra c/ MOSCONI, Lidia Cristina y otros s/ C.P.L.”, Cítese a los herederos de Mosconi, Lidia Cristina DNI 11.676.376-, por edictos a comparecer a estos autos a estar a derecho dentro de los tres días posteriores a la última publicación, bajo apercibimientos de rebeldía y de designación de ad-hoc. Notifíquese.- Firmado: Mariana Ramoneda, Jueza.- Diego J. Romero, Secretario.- Santa Fe,19 de Abril de 2023.

S/C 498680 May. 3 May. 5

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Por disposición de la Sra. Jueza de 1º Instancia en lo Laboral de la 5º Nominación de Santa Fe, Secretaría a cargo del autorizante, en los autos caratulados: “GALVAN, ERIKA GISELA c/ OCA LOGISTICA SA s/ Procedimientos Abreviados En General” CUIJ N° 21-04801066-8, se hace saber que se ha dictado el siguiente decreto: “Santa Fe, 16 de Marzo de 2023.- (...)Fecho, tratándose el presente de la muerte de un trabajador cítese y emplácese por Edictos a todos aquellos que se crean con derecho a percibir LA INDEMNIZACION PREVISTA EN EL ART. 248 DE LA LCT Y DEMAS RUBROS LABORALES PENDIENTES DE PAGO, DERIVADAS DE LA MUERTE DEL TRABAJADOR HUGO ANSELMO ROMERO, que se publicarán por tres días consecutivos en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibirán en el lugar que al efecto ha habilitado la Corte Suprema de Justicia de la Provincia en esos Juzgados, para que dentro del término de tres días después de la última publicación comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimientos de ley. Notifíquese.-Firmado: Dra. Cintia Porreca -Secretaria; Dra. Patricia De Petre -Jueza.

S/C 498609 May. 3 May. 5

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TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición del Tribunal Colegiado de Familia N° 5 en los autos Lencina María Ester C/Gauna, Sebastián Jesús S/Alimentos, Litis Expensas y Cuidado personal CUIJ Nº 21-10737307-9 se ha dispuesto lo siguiente: Santa Fe, 27 de Febrero de 2023... A fin de evitar futuras nulidades y a fin de garantizar el debido proceso, notifíquese al Sr. SEBASTIAN JESUS GAUNA, de todos los proveídos de la presente demanda mediante edictos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall del Tribunal, por el término y bajo apercibimientos de ley Notifíquese”, Firmado Dra. María Alejandra Gioda Secretaria Dr. Alejandro Marcos Azvalinsky Juez. OTRO DECRETO: SANTA FE, 10 de Noviembre de 2021 Previo a todo, acompañe foja cero, boleta de iniciación de juicio, sellado de la demanda, acredite la personería y vínculos invocados, y se proveerá lo que por derecho corresponda. Notifíquese.- DRA. MARIA ALEJANDRA GIODA Secretaria OTRO DECRETO: SANTA FE, 12 de Noviembre de 2021 Proveyendo conjuntamente escritos cargo N° 34473 (fs.5), N° 34474 (fs.6), y N° 34475 (fs.7): Agréguese. DRA. MARIA ALEJANDRA GIODA Secretaria OTRO DECRETO: SANTA FE, 26 de Noviembre de 2021 Proveyendo conjuntamente escritos cargo N° 35929 (fs. 9), N° 35931 (fs.10), N° 35932 (fs.11) y N° 35933 (fs.12): Agréguese. Cumplimentado que sea en su totalidad con lo dispuesto en fecha 10/11/2021 (fs.4), se proveerá lo que por derecho corresponda. Notifíquese.- DRA. MARIA ALEJANDRA GIODA Secretaria. OTRO DECRETO: SANTA FE, 30 de Noviembre de 2021 Hágase saber que ha sido designado Juez de Trámite el Dr. Alejandro Azvalinsky (art. 543 del C.P.C.C). Notifíquese.- DRA. MARIA ALEJANDRA GIODA DR. ALEJANDRO AZVALINSKY Secretaria Juez. OTRO DECRETO: SANTA FE, 30 de Noviembre de 2021 Agréguese. Habiéndose cumplimentado en su totalidad con lo requerido en fecha 10/11/2021 (fs.4), se provee escrito cargo N°33798 (1/3): Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado y en mérito al poder especial acompañado, acuérdesele la participación legal correspondiente. Téngase por promovida DEMANDA DE FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA PROVISORIA en los términos del Art. 544 del C.C.C. de la Sra. MARIA ESTER LENCINA progenitora- respecto de la hija menor de ambos MILAGROS AGOSTINA LENCINA GAUNA contra el Sr. SEBASTIAN JESUS GAUNA -progenitor-. Córrase traslado al demandado, por el término y bajo apercibimientos de ley. Ofíciese a MACIZO DEL DESEADO PERFORACIONES S.A., a los fines de acreditar la capacidad económica actual del demandado. Dese intervención al Defensor General N° 3. A lo demás, acreditada que sea la finalización del procedimiento de mediación prejudicial obligatoria, se proveerá lo que por derecho corresponda. (arg. Art. 130 del C.P.C.0 reformado por Ley 13151 y decreto 4688/2014. Hágase saber a las partes que no se llevará a cabo el impulso de oficio dispuesto por el art. 709 del C.C.C.N. atento la insuficiencia de recursos con que cuenta el Tribunal. Notifiquen los empleados: Bianco, Calabrese, Diburzi y/o Monti. Notifíquese. DRA. MARIA ALEJANDRA GIODA DR. ALEJANDRO AZVALINSKY Secretaria Juez. OTRO DECRETO: SANTA FE, 31 de Mayo de 2022 Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado y en mérito al poder especial acompañado, acuérdesele la participación legal correspondiente. Téngase por revocado todo otro poder otorgado con anterioridad. Hágase saber al Dr. MARCELO EDUARDO BRANCA. Acompañe boleta de iniciación de juicio y reponga el sellado del poder adjuntado. Notifíquese.- DRA. MARIA ALEJANDRA GIODA DR. ALEJANDRO AZVALINSKY Secretaria Juez. OTRO DECRETO: SANTA FE, 14 de Junio de 2022 Agréguese la boleta de iniciación de juicio y sellado del poder acompañado. Previo a todo, acredite notificación al Dr. Marcelo Branca, del proveído de fecha 31105/2022 (fs. 20) y se proveerá lo que por derecho corresponda. Notifíquese.- DRA. MARIA ALEJANDRA GIODA DR. ALEJANDRO AZVALINSKY Secretaria Juez. OTRO DECRETO: SANTA FE, 27 de Junio de 2022 Cumplimentado que sea con lo requerido en fecha 14/06/2022 (fs. 23), se proveerá lo que por derecho corresponda. Notifíquese.- DRA. MARIA ALEJANDRA GIODA Secretaria. OTRO DECRETO: SANTA FE, 06 de Julio de 2022 Agréguese y téngase por cumplimentado con lo requerido en fecha 14/06/2022 (fs.23). En consecuencia se provee escrito cargo N° 16128: Como lo solicita, líbrese oficio a AFIP a los fines de acreditar la capacidad económica de Sebastián Jesús Gauna. Autorizase al profesional a intervenir en el diligenciamiento del mismo. Acompañado que sea el oficio suscríbase porla Actuaría y remítase electrónicamente. Proveyendo escrito cargo W17081 (fs. 24): Téngase presente. A los fines notificatorios, no obstante las disposiciones de la Ley 22.172, autorizase la notificación conforme lo dispuesto por el articulo 66 del C.P.C.C. Sin perjuicio de ello, hágase saber que la validez de la notificación mediante pieza postal, quedará condicionada a la efectiva recepción por parte del destinatario de la cédula a librarse con constancia de las copias acompañadas. Asimismo, autorizase a la peticionante a intervenir en el diligenciamiento. Notifíquese.- DRA. MARIA ALEJANDRA GIODA DR. ALEJANDRO AZVALINSKY Secretaria Juez. OTRO DECRETO: SANTA FE, 03 de Agosto de 2022 Agréguese y hágase saber. Notifíquese.- DRA. MARIA ALEJANDRA GIODA Secretaria. OTRO DECRETO: SANTA FE, 12 de Agosto de 2022 Téngase presente. Previo a todo, acredite notificación al Sr. Sebastián Jesús Gauna, del proveído de fecha 30/11/2021 (fs. 18). Asimismo, cumpliméntese con la intervención al Defensor General Civil N 3, por Secretaria. Notifíquese.- DRA. MARIA ALEJANDRA GIODA DR. ALEJANDRO AZVALINSKY Secretaria Juez. OTRO DECRETO: SANTA FE, 23 de Agosto de 2022 Por recibido de la Defensoría General Civil Nº 3. Notifíquese.- DRA. MARIA ALEJANDRA GIODA Secretaria. OTRO DECRETO: SANTA FE, 12 de Octubre de 2022 Agréguese. Téngase presente lo manifestado. Al punto 1: Atento las constancias de autos, y el oficio diligenciado a la Cámara Nacional Electoral, donde surge que el último domicilio del Sr. Sebastián Gauna es CAMERON 1509, Puerto San Julián, Magallanes, Santa Cruz, notifíquese el proveído de fecha 30/11/2021 (fs.18), a dicho domicilio. Sin perjuicio de lo dispuesto precedentemente, autorizase a efectuar la mencionada notificación en el domicilio laboral del Sr. Gauna. Al punto II: Al recurso interpuesto, no ha lugar por extemporáneo (conf. art. 345 del C.P.C.C). Cumplimente con el oficio a Macizo del Deseado Perforaciones S.A, ordenado en el proveído de fecha 30/11/2021 (fs. 18). Notifíquese.- DRA. MARIA ALEJANDRA GIODA DR. ALEJANDRO AZVALINSKY Secretaria Juez. OTRO DECRETO: SANTA FE, 30 de Noviembre de 2022 Agréguese. Téngase presente. Siendo que en fecha 06/07/2022 se estipuló que la validez de la notificación mediante pieza postal quedaba condicionada a la efectiva recepción por parte del destinatario, y que según la documental adjuntada, la misma no fue recepcionada, a los fines notificatorios del demandado, líbrese Oficio Ley 22.172. A lo demás, oportunamente. Previo a todo, cumplimente con el oficio a la empleadora ordenado en el proveído de fecha 30/11/2021 y reiterado en fecha 12/10/2022. Notifíquese.- DRA. MARIA ALEJANDRA GIODA DR. ALEJANDRO MARCOS AZVALINSKY Secretaria Juez OTRO DECRETO: SANTA FE, 27 de Febrero de 2023 Téngase presente. Agréguese. Al punto II): Oportunamente y si correspondiere. A fin de evitar futuras nulidades y a fin de garantizar el debido proceso, notifíquese al Sr. SEBASTIAN JESUS GAUNA, de todos los proveídos de la presente demanda mediante edictos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall del Tribunal, por el término y bajo apercibimientos de ley. Al punto III): Líbrese oficio al Banco de la Nación Argentina, a los fines de que informe si el demandado posee cuentas en dicha entidad, autorizándose al profesional peticionante a intervenir en el diligenciarniento. A lo demás, oportunamente y si correspondiere. Notifíquese.- DRA. MARIA ALEJANDRA GIODA DR. ALEJANDRO MARCOS AZVALINSKY Secretaria Juez. Santa Fe 21 de marzo de 2023.

$ 300 498705 May. 3 May. 9

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Por disposición del Juez de Trámite, Dra. CLAUDIA BROWN, en los autos caratulados “SDNAF C/ RIOS, DAIANA ESTEFANIA Y OTROS s/ Control De Legalidad De Medidas Excepcionales Y Urgentes Ley 12.967- Resolucion Definitiva - 21-107533432” que tramitan ante el Tribunal Colegiado de Familia N° 5, Segunda Secretaría de Vulnerabilidad de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, a los fines de notificar al Sr. LOPEZ MARCELO ORLANDO, D.N.I. 35,650,507; con domicilio real desconocido, que se ha dispuesto lo siguiente: SANTA FE, 24 de Abril de 2023. Hágase saber que ha sido designada Juez de Trámite en la presente causa a la Dra. CLAUDIA BROWN (art. 543 del C.P.C.C.). Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, acuérdasele la participación legal correspondiente. Por promovida el presente CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL Y SU RESOLUCIÓN DEFINITIVA adoptada por la Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe, respecto de NAELA AGUSTINA RIOS, UZIEL JUAN VALENTIN RIOS, ELUNEY SOLANGE LOPEZ Y GONZALO NEHEMIAS RIOS. Agréguese la documental acompañada. En virtud de ello, cítase y emplázase a los progenitores DAIANA ESTEFANIA RIOS y MARCELO ORLANDO LOPEZ para que comparezcan a estar a derecho, se expidan sobre la medida definitiva propuesta y ofrezcan las pruebas de que intenten valerse en el término de diez días corridos, bajo apercibimiento de dictar sentencia sin más trámite. Al punto 3) Téngase presente la autorización concedida a los fines de efectuar la procuración. Atento la conexidad existente, únase por cuerda las presentes actuaciones a los autos SDNAF c/ RIOS, DAIANA ESTEFANIA Y OTROS s/ CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967” CUIJ 21-10749161-6; dejando debida constancia en el sistema informático. Dese intervención al Defensor General interviniente. Notifíquese por cédula. A los fines notificatorios de la Sra. Ríos, ofíciese al Juzgado de Circuito de Santo Tomé para el diligenciamiento de las cédulas a librar a su nombre. Atento el domicilio desconocido del Sr. López, procédase a notificar por edictos conforme lo normado por el art. 73 CPC. Atento la incontestación de lo solicitado a la SDNAF en el resuelvo del 3/02/23 de los autos unidos por cuerda, y a los fines de no dilatar aún mas el proceso, ofíciese al Colegio de Abogados de Santa Fe para que acompañe en el término de 48 horas terna de abogado de niños, niñas y adolescentes para designar abogado representante de los niños sujetos de protección (conf. Art. 10 y 13 inc. A Ley 13,923). Notifique la empleada: Revelli. Notifíquese.-. Fdo: DrA. CLAUDIA BROWN (Jueza) - Dra. María Paula Budini (Secretaria)“ Saluda Atentamente.- SANTA FE, 25 de abril de 2023.

S/C 498538 May. 3 May. 9

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décimo Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo de la Dra. ANA ROSA ALVAREZ, Secretaría a cargo de la Dra. SANDRA SILVINA ROMERO , sito en calle San Jerónimo 1.551, Planta Baja de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados “ENRIQUE ASEGUIN ,Cristina Gabriela s/ Quiebra” CUIJ N° 21-020195972, se hace saber la regulación de honorarios de los profesionales, la presentación del Informe y Proyecto de Distribución Final y que se ha dispuesto la publicación de Edictos durante Dos días (2) SIN CARGO , según lo normado por el art. 218 de la L.C.Q., a tales fines se transcribe parte de la Resolución que así lo dispone: “SANTA FE, 28/02/2.023 .VISTOS: estos caratulados:” ENRIQUE ASEGUIN , CRISTINA GABRIELA s/ Solicitud Propia Quiebra” (CUIJ 21-02019597-2), los que se tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación; y ; CONSIDERANDO: RESUELVO: 1. Regular en la suma de $383.569,01 los honorarios profesionales de la Síndica interviniente en autos, CPN Teresa Zulema Marín y en la suma de $164.386,72 los correspondientes al abogado de la fallida, Dr. Claudio Andrés Ferreyra. En caso de mora, los honorarios regulados devengarán un interés equivalente a la tasa activa que utiliza el Banco de la Nación Argentina. 3.-Regístrese. Hágase saber.; FIRMADO: DRA. SANDRA SILVINA ROMERO (SECRETARIA), DRA. ANA ROSA ALVAREZ (JUEZA)“ Otro Proveído: “Santa Fe, 18/04/2.023. Por presentado proyecto de distribución. Pónganse de manifiesto por el término de ley. Publíquense edictos. Notifiquese. DRA. SANDRA SILVINA ROMERO (SECRETARIA), Dra- ANA ROSA ALVAREZ (JUEZA). Publíquese Edictos por 2 días SIN CARGO - Santa Fe; de de 2023.

S/C 498612 May. 3 May. 4

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SAAVEDRA, LUIS ALBERTO s/ Solicitud Propia Quiebra CUIJ 21-01999499-3. Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe se ha dictado en autos “SAAVEDRA, Luis Alberto s/ Solicitud propia quiebra” CUIJ N° 21-01999499-3; AÑO 2018), la siguiente resolución: Santa Fe, 04 de Octubre de 2022 Teniendo a la vista los autos del epígrafe, para decidir la conclusión de la quiebra; y considerando Que examinados los autos, a fs.153 la Sindicatura dictamina que corresponde dictar la conclusión de la presente quiebra por pago total. En este sentido, examinado que no se registraron solicitudes de verificación del art. 36 (fs, 73), la regulación de honorarios (fs. 99), los proyectos de distribución final (fs. 105 y 145) con sus correspondientes aprobaciones (8.115 y 146), las planillas de pago obrantes en copias-a fs. 118, 122, 126, 146, 150 y 157 y habiéndose satisfecho en autos el total de los honorarios de los funcionarios falenciales, el total de los gastos del concurso y el total del pasivo concursal; estando glosadas en autos las conformidades de los organismos fiscalizadores respecto a los aportes efectuados por los funcionarios falenciales (y. fs.161, 163 y 164), es que corresponde declarar la conclusión de la quiebra por pago total de conformidad a lo dispuesto por el art. 228 de la Ley 24.522 ss. y cc., cesando por ende los efectos patrimoniales y personales respecto del fallido, previstos en la legislación concursal. Por ello, arts. 228 y 229 LCQ y demás normativa aplicable es que decido: Declarar finalizada la quiebra,- dando – por concluida la intervención del Síndico y disponiendo el cese de las restricciones impuestas al fallido por los arts.103, 107, 110, 114 y cc. L.C.Q. y el levantamiento de las inhibiciones oportunamente trabadas. Publíquense edictos y oportunamente líbrense los oficios que correspondan. Notifíquese. Fdo: Dr. Iván G. Di Chiazza: Juez.- Dra. Mariana Nelli: Secretaria. Maria J. Lusardi, prosecretaria.

S/C 498575 May. 3 May. 4

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El juzgado de primera instancia de distrito en lo civil y comercial de la 8ª nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Juez Iván Gustavo Di Chiazza, comunica por dos días que en los autos: CARRIZO OSCAR s/Solicitud propia quiebra; 21-02028524-6, se ha presentado informe final, proyecto de distribución de fondos y se regularon honorarios de los profesionales intervinientes en la suma de …$ 655.673,44 equivalente a un sueldo de Secretario de primera instancia, a distribuir en la siguiente proporción: 1º) $ 458.971,40 (pesos cuatrocientos cincuenta y ocho mil novecientos setenta y uno con cuarenta centavos) para la CPN Martín Marcos Rossi y 2°) $ 196.702,03 (ciento noventa y seis mil setecientos dos con tres centavos) (9,480782562 Jus), para la Dra. Maria Clara Talame… Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 25 de abril de 2023. Secretaria. Dra. Mariana Nelli, secretaria.

S/C 498571 May. 03 May. 04

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Dr. Iván Di Chiazza, Juez; Dra. Mariana Nelli, Secretaria Autorizante se hace saber que en los autos: BAK, CRISTIAN ADRIAN s/Solicitud propia quiebra; 21-02019251-5, se ha presentado informe final y proyecto de distribución de fondos, y se regularon honorarios de los profesionales intervinientes ... fíjense los honorarios totales en la suma de $ 395.213,58 equivalente a un sueldo de Secretario de primera instancia, a distribuir en la siguiente proporción: 1°) $ 276.649,51 (pesos doscientos setenta y seis mil seiscientos cuarenta y nueve con cincuenta y un centavo) para el CPN Rostagno Mario Alberto y 2°) $ 118.564,07 (ciento dieciocho mil quinientos sesenta y cuatro con siete centavos) (9,480783837 Jus), para el Dr. Berlanga Norberto Francisco... Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL... Santa Fe, 25 de abril de 2023. Secretaria. Dra. Mariana Nelli, secretaria.

S/C 498572 May. 03 May. 04

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Dr. Iván Di Chiazza, Juez; Dra. Mariana Nelli, Secretaria Autorizante se hace saber que en los autos: CASTILLO ERICA ANABELA s/Solicitud propia quiebra; 21-02026254-8, se ha presentado informe final y proyecto de distribución de fondos, y se regularon honorarios de los profesionales intervinientes …$ 655.673,44 equivalente a un sueldo de Secretario de primera instancia, a distribuir en la siguiente proporción: 1º) $ 458.971,40 (pesos cuatrocientos cincuenta y ocho mil novecientos setenta y uno con cuarenta centavos) para el CPN Rostagno Mario Alberto y 2º) $ 196.702,03 (ciento noventa y seis mil setecientos dos con tres centavos) (9,480782562 Jus), para el Dr. Andrés Héctor Roman… Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL... 25 de abril de 2023. Secretaria. Dra. Mariana Nelli, secretaria.

S/C 498574 May. 03 May. 04

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Dr. Iván Di Chiazza, Juez; Dra. Mariana Nelli, Secretaria Autorizante se hace saber que en los autos: MONTIEL CECILIA LIDIA s/Solicitud propia quiebra; 21-02029810-0, se ha presentado proyecto de distribución de fondos reformulado, y se regularon honorarios de los profesionales intervinientes en ...la suma de $ 655.673,44 equivalente a un sueldo de Secretario de primera instancia, a distribuir en la siguiente proporción: 1º) $ 458.971,40 (pesos cuatrocientos cincuenta y ocho mil novecientos setenta y uno con cuarenta centavos) para la CPN Pacheco Huber Ignacio Martín y 2°) $ 196.702,03 (ciento noventa y seis mil setecientos dos con tres centavos) (9,480782562 Jus), para la Dra. Maria Inés Maiorano... Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL... Santa Fe, 25 de abril de 2023. Secretaria. Dra. Mariana Nelli, secretaria.

S/C 498576 May. 03 May. 04

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe se ha dictado en autos VIVAS, SILVIA BEATRIZ s/Solicitud propia quiebra; (Expte. CUIJ N° 21-02038757-9 Año 2023), la siguiente resolución: Santa Fe, 25 de abril de 2023. ...vistos:... Resulta:... Considerando:... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Silvia Beatriz Vivas, DNI N° 17.722.449, con domicilio real /según manifiesta/ en calle Sarmiento N° 5628 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe y domicilio legal en calle Saavedra 2236 de esta Ciudad. 5- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido para que los entreguen al Síndico. 6- Intimar al fallido para que dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario falencial. A esos efectos, líbrese mandamiento al Señor Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (art. 177, inc. 2, LCQ). 7- Prohibir hacer pagos al fallido, reputándose ineficaces aquéllos que hiciera. 10- Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría B para el día 26 de abril de 2023 a las 10.00 horas. 11- Fijar el día 21/06/23 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24522). 12- Fijar el día 06/07123 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán formular por escrito las impugnaciones a las solicitudes formuladas. 13- Señalar el día 17/08/23 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito (art. 35 Ley 24522) y el 29/09123 para la presentación del Informe General (art. 39 Ley 24522). 17- Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe, de acuerdo a lo normado por el art. 89 de la ley 24522. Hágase saber, insértese, expídase copias para los autos principales y el legajo pertinente -art. 279 Ley 24522- líbrense los mandamientos, oficios y exhortos ordenados y practíquense comunicaciones a la Administración Provincial de Impuestos y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada Nº 195, punto 2º de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe del 10/11/86). Fdo Dr. Di Chiazza (Juez), Dra. Mariana Nelli (Secretaria). Santa Fe, 25 de abril de 2023.

S/C 498569 May. 03 May. 09

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe se ha dictado en autos MAZZA IVAN CARLOS ARIEL s/Solicitud propia quiebra; (Expte. CUIJ N° 21-02038544-5 año 2023), la siguiente resolución: Santa Fe, 25 de abril de 2023… vistos:... Resulta:... Considerando:... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Iván Carlos Ariel Mazza, DNI N° 27.967.393, con domicilio real en calle Jilguero s/n Varadero Sarsotti, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe y domicilio legal en calle 1ª Junta 2507 -Piso 3- Oficina 4, de esta Ciudad. 5- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido para que los entreguen al Síndico. 6- Intimar al fallido para que dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario falencial. A esos efectos, líbrese mandamiento al Señor Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (art. 177, inc. 2, LCQ). 7- Prohibir hacer pagos al fallido, reputándose ineficaces aquéllos que hiciera. 10- Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría B para el día 26 de Abril de 2023 a las 10.00 horas. 11- Fijar el día 21 de Junio de 2023 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24522). 12- Fijar el día 06 de Julio de 2023 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán formular por escrito las impugnaciones a las solicitudes formuladas. 13- Señalar el día 17 de Agosto de 2023 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito (art. 35 Ley 24522) y el 29 de Septiembre del 2023 para la presentación del Informe General (art. 39 Ley 24522).17- Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe, de acuerdo a lo normado por el art. 89 de la ley 24522. Hágase saber, insértese, expídase copias para los autos principales y el legajo pertinente -art. 279 Ley 24522- líbrense los mandamientos, oficios y exhortos ordenados y practíquense comunicaciones a la Administración Provincial de Impuestos y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada Nº 195, punto 2º de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe del 10/11/86). Fdo: Dr. Di Chiazza (Juez), Dra. Mariana Nelli (Secretaria). Santa Fe, 25 de Abril de 2023.

S/C 498568 May. 03 May. 09

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Por disposición la señora Jueza del Juzgado Civil y Comercial numero 100 de la Ciudad de Santa Fe, Capital, en autos caratulados: PONCE, SANTOS GABRIEL s/Quiebra (Legajo Original); 21-02008415-1, se ha ordenado comunicar que mediante sentencia de fecha 6/3/2023 inscripta bajo el Tomo: 43 Folio: 316 Resolución: 928 se ha producido la conclusión del proceso falencial de Santos Gabriel Ponce, DNI N° 22.901.979 El decreto que así lo ordena refiere: 6 de Marzo de 2023. Vistos... Considerando... Resuelvo: 1.- Dar por concluido el proceso falencial de Santos Gabriel Ponce, D.N.I. Nº 22.901.979, argentino, mayor de edad, empleado, con domicilio real en calle Lisandro de la Torre N° 4300, Primer Pasaje, Casa 38 y legal constituido en calle Necochea N° 3142, ambos de la ciudad de Santa Fe; ordenando el levantamiento de las interdicciones personales y patrimoniales del mismo, oficiándose a sus efectos a las distintas reparticiones. 2.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial, debiendo exhibirse en el hall central de estos Tribunales. Insértese. Hágase saber. Fdo María Ester Noé de Ferro, secretaria; María Romina Kilgelmann Secretaria, Jueza. Santa Fe, 13 de Marzo de 2023.

S/C 498701 May. 03 May. 04

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados PEREYRA, CRISTINA s/Quiebra; Expte. CUIJ N° 21-02021892-1, se ha presentado un proyecto de Distribución complementario y puesto el mismo de manifiesto. El proveído que lo ordena reza en su parte pertinente: Santa Fe, 25 de Abril de 2023. (...)De manifiesto el proyecto de distribución complementario. Notifíquese. Fdo: Juez a/c: Dra. Ana Rosa Alvarez, Secretaria: Dra. Viviana Naveda Marcó. Santa Fe, 26 de Abril de 2023.

S/C 498564 May. 03 May. 09

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Por disposición del la Señora Jueza del Juzgado Civil y Comercial número 10º de la Ciudad de Santa Fe, Capital, en autos caratulados: CAPIAQUI, ELIANA BELEN s/Quiebra; CUIJ Nº 21-02018951-4, se ha ordenado comunicar que mediante sentencia de fecha 20/03/2023 inscripta bajo el Tomo: 51 Folio: 417 Resolución: 96 se ha producido la conclusión del proceso falencial de Eliana Belén Capiaqui, D.N.I. Nº 34.267. El decreto que así lo ordena refiere: Santa Fe, 20 de Marzo de 2023 Vistos... Considerando: resuelvo: 1) Dar por concluido el proceso falencial de doña Eliana Belén Capiaqui, D.N.I. Nº 34.267.737, argentina, domiciliada realmente en calle Gregorio de La Madrid 3952 y legalmente en calle General Necochea N° 3142, ambos de la ciudad de Santa Fe, ordenando el levantamiento de las interdicciones personales y patrimoniales de la misma, oficiándose a sus efectos a las distintas reparticiones.2) Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL, debiendo exhibirse en el hall central de estos Tribunales. Insértese. Hágase saber. Fdo. Dra. Maria Ester Noe De Ferro, Dra. María Romina Kilgelmann; Secretaria, Jueza. Santa Fe, 27 de Marzo de 2023.

S/C 498700 May. 03 May. 09

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 6ª Nominación de Santa Fe Dr. Gabriel O. Abad, se hace saber que en autos caratulados: PLATTNER JOSE FRANCISCO s/Quiebra; CUIJ Nº 21-01995260-3, se ha presentado Informe Final y Proyecto de Distribución de Fondos y se pone de manifiesto el mismo por el término de ley. El decreto que así lo dispone expresa: Santa Fe, 21 de abril de 2023 ... Por presentado Informe Final y Proyecto de Distribución de Fondos. Notifíquese conforme art. 218 de la LCQ... Fdo.: Dra. Verónica G. Toloza —Secretaria; Dr. Gabriel O. Abad —Juez. Santa Fe, 26 de Abril de 2023. Dra. Natalia Gerard, prosecretaria.

S/C 498652 May. 03 May. 09

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Por disposición del Juez de 1ª Instancia de Distrito Civil y Comercial 7ª Nominación de Santa Fe en OJEDA DAIANA MICAELA GUADALUPE s/Solicitud de Propia Quiebra; 21-02038574-7 – Año 2023 Juzg. 1ª Inst. Civil y Comercial 7ª Nom. se publicarán, en el BOLETIN OFICIAL de conformidad con lo normado en la L.C.Q. N° 24522, por dos (2) días A los fines de notificar la designación de la Sindica CPN Llull Marcela Cristina , con domicilio Hipólito Irigoyen 2946,P1 8C y horarios de atención los martes y jueves de 8:00 a 12:00 hs. de acuerdo a la de Resolución Santa Fe, 25 de Abril de 2023... hágase saber que deberá publicar edictos comunicando la designación, dirección y horarios de atención. Fdo.: Dr. Lucio Alfredo Palacios, Juez. Dra. Romina Soledad Freyre, Secretaria. 20 de abril de 2023.

S/C 498631 May. 03 May. 09

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 17 de la ciudad de Coronda, en autos: YUNIS, SALOMON c/GIMENEZ DE YUNIS, CAROLINA y otros s/Usucapión (ordinario); CUIJ Nº 21-02014862-1-, se hace saber que se ha decretado lo siguiente: Coronda, 03 de diciembre de 2021... Por iniciada demanda de usucapión contra Carolina Giménez de Yunis y/o contra todos aquellos que se consideren con derecho sobre el inmueble objeto del presente. Imprímase al presente el trámite de juicio ordinario. Recábense los informes previstos por la ley 14.159 a la Dirección General de Catastro, oficiándose a sus efectos. Cítese a todos aquellos que se consideren con derecho sobre el inmueble denunciado y a Carolina Giménez de Yunis y/o sus herederos para que comparezcan a tomar intervención en la presente causa, bajo apercibimientos de ley, por edictos a publicarse en el BOLETÍN OFICIAL y diario El Litoral, los que se exhibirán en el lugar designado por la C.S.J. ... Notifíquese. Firmado: Dr. Gálvez: Juez a/c - Dr. Roulet: Secretario. Inmueble: una fracción de terreno ubicada en la Ciudad de Coronda, Departamento San Jerónimo, Provincia de Santa Fe, designado como Lote número uno del Plano Nº 24.297, ubicado en la manzana número treinta y ocho, con frente a Calle Mitre, y que mide: 13,00 metros en su costado Sud, sobre Calle Mitre; 1 13,00 metros en costado Norte; 21,27 metros en su costado Oeste y 21,17 metros en su costado Este, encerrando una superficie de 274,88 metros cuadrados. El domino consta inscripto bajo el n° 5.053, Folio 171, Tomo 108 Par, Departamento San Jerónimo del Registro General. Partida Inmobiliaria N° 11-05-00-148426/0002-8. Coronda, 2 de febrero de 2022. Juan Daniel Roulet, secretario.

$ 90 498540 May. 03 May. 05

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 3ª Nominación de Santa Fe, Secretaria a cargo de la autorizante, en los autos caratulados IZAGUIRRE, ROSANA GUADALUPE s/Concurso Preventivo; (CUIJ Nº 21-02016704-9) a los fines previstos por el art. 218 LCQ se ha presentado el informe y proyecto de distribución efectuado por la sindicatura. Asimismo, se hace saber la regulación de honorarios: Honorarios Sindicatura: pesos trescientos ochenta y tres mil quinientos sesenta y nueve ($ 383.569,00) (más 10% de aportes) Honorarios abogada de la concursada: pesos cinto sesenta y cuatro mil trescientos ochenta y seis con 72/100 ($ 164.386,72) (con más el 13%). Firmado: Dra. Viviana Marcó (Secretaria), Dra. Romina Kilgelmann (Jueza a/c). Santa Fe, 23 de febrero de 2023. Santa Fe, 24 de abril del año 2023. Dra. Marisa Wagner, prosecretaria.

S/C 498566 May. 03 May. 09

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia del Juzgado de Circuito N° 1 de la Ciudad de Santa Fe, cito en San Jerónimo N° 1411, en los autos caratulados VALLEJOS ANGEL HORACIO y otros c/PONTE AYLIN LARA s/Daños y perjuicios; (CUIJ N° 21-15795060-3) tramitados por ante el Juzgado antes mencionado, se citan y emplazan a estar a derecho por el término de tres (3) días y bajo apercibimientos de rebeldía en relación a la demanda entablada Sumaria de Daños y Perjuicios por la suma de $ 695.822,33 contra Ponte Aylin Lara D.N.I. N° 44.231.044 y/o contra quien resulte propietario, usufructuario, conductor y/o guardador y/o jurídicamente responsable del automóvil marca Chevrolet 5 10 dominio DMD 577. Asimismo, se hace saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario - Acta 48/2017 de fecha 5 de diciembre de 2017 de la Excma. Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe y lo dispuesto por los Acuerdos Ordinarios - Acta 8/2018 del 13 de marzo de 2018, 10/2018 del 27 de marzo de 2018 y 15/2018 del 8 de mayo de 2018 de la Excma. Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe. Por tanto, se hace saber que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la comparencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12851. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo: Dra. Silvina I. Díaz (Secretaria), Dr. Javier Fernando Deud (Juez). Santa Fe, 21 de abril de 2023.

S/C 498597 May. 03 May. 05

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En los autos caratulados: ARAGON, OSCAR MATIAS c/ROSSI, PABLO y otros s/Daños y perjuicios; (CUIJ Nº: 21-15795496-9), de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 2, Secretaría 1 de la ciudad de Santa Fe, provincia homónima se ha dispuesto lo siguiente: Santa Fe, 13 de Abril de 2023. No habiendo comparecido a estar a Derecho, declárase rebelde al demandado Pablo Exequiel Rossi. Para sorteo de Defensor de Oficio del mismo, fíjase audiencia para el día 02 de Mayo próximo a las 11:00 horas. Notifíquese por edictos que se publicarán dos (2) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Notifíquese. Fdo.: Dra. Gabriela Suárez (Secretaria); Dr. Héctor S.A. Canteros (Juez a/c). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 19 de abril del año dos mil veintitrés. Dra. Adriana Lorena Dávalos, prosecretaria.

$ 40 498531 May. 03 May. 05

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/OLIVERA, OSCAR ELPIDIO y otros s/Apremio municipal ley 5066; (CUIJ Nº 21-24394712-7), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 27 de marzo de 2023. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5066) contra Oscar Elpidio Olivera, Silvia Alejandra López y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble sito en calle Av. Falucho N° 1627 de la ciudad de San Jorge, identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-16644510161-5, por el cobro de la suma de $ 77.733,14 (pesos setenta y siete mil setecientos treinta y tres con catorce centavos), en concepto de Tasa por Servicio a la Propiedad, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de ocho días no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselos al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento al Sr. Oficial de Justicia que por turno corresponda de la ciudad de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad de los accionados, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 77.733,14 con más la suma de $ 38.866,57 (pesos treinta y ocho mil ochocientos sesenta y seis con cincuenta y siete centavos), presupuestados provisoriamente para intereses y costas, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguense los originales de Certificados de Deuda que se acompañan y adjúntese la restante documental en copia. Publíquense edictos, de conformidad con los previsto por la primera parte del art. 28 de la Ley N° 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el Oficial de Justicia y/o Notificador, observar el estricto cumplimiento del art. 63 del C.P.C.C. Notifíquese. Fdo.: Dra. Celia Patricia González Broin, Jueza; Dra. Daniela Tantera, Secretaria. En consecuencia queda/n ud/s. debidamente notificado/s del decreto que antecede. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. Daniela Tantera, Secretaria. Sastre, 11 de abril de 2023.

S/C 498517 May. 03 May. 05

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/RÍOS, CLAUDIO NORBERTO y otros s/Apremio municipal ley 5066; (CUIJ Nº 21-24394718-6), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 28 de marzo de 2023. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5066) contra Claudio Norberto Ríos, Cecilia Vanesa Jara, y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble sito en calle Pje. Hna. E. Bottaro N° 1623 de la ciudad de San Jorge, identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-16644510234-4, por el cobro de la suma de $ 66.478,39 (pesos sesenta y seis mil cuatrocientos setenta y ocho con treinta y nueve centavos), en concepto de Tasa por Servicio a la Propiedad, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de ocho días no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselos al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento al Sr. Oficial de Justicia que por turno corresponda de la ciudad de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad de los accionados, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 66.478,39 con más la suma de $ 33.239,19 (pesos treinta y tres mil doscientos treinta y nueve con diecinueve centavos), presupuestados provisoriamente para intereses y costas, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguense los originales de Certificados de Deuda que se acompañan y adjúntese la restante documental en copia. Publíquense edictos, de conformidad con los previsto por la primera parte del art. 28 de la Ley N° 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el Oficial de Justicia y/o Notificador, observar el estricto cumplimiento del art. 63 del C.P.C.C. Notifíquese. Fdo.: Dra. Celia Patricia González Broin, Jueza; Dra. Daniela Tantera, Secretaria. En consecuencia queda/n ud/s. debidamente notificado/s del decreto que antecede. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. Daniela Tantera, Secretaria. Sastre, 11 de abril de 2023.

S/C 498516 May. 03 May. 05

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/ MALTANERI, HERNÁN FEDERICO Y OTROS s/ Apremio Municipal LEY 5066” (CUIJ 21-24394726-7), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: “Sastre, 28 de marzo de 2023. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5066) contra HERNÁN FEDERICO MALTANERI, ALICIA LORENA BOLATTI, y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble sito en calle 1 Griffa N° 1559 de la ciudad de San Jorge, identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-16644510023-2, por el cobro de la suma de $73.134,48 (PESOS SETENTA Y TRES MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO CON CUARENTA Y OCHO CENTAVOS), en concepto de Tasa por Servicio a la Propiedad y Obra de Pavimento, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselos al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento al Sr Oficial de Justicia que por turno corresponda de la ciudad de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad de los accionados, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $73.134,48 con más la suma de $36.567,24 (PESOS TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y SIETE CON VEINTICUATRO CENTAVOS), presupuestados provisoriamente para intereses y costas, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguense los originales de Certificados de Deuda que se acompañan y adjúntese la restante documental en copia. Publíquense edictos, de conformidad con los previsto por la primera parte del art. 28 de la Ley N° 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el Oficial de Justicia y/o Notificador, observar el estricto cumplimiento del art. 63 del C. PC. C. Notifíquese.”. Fdo.: Dra. CELIA PATRICIA GONZALEZ BROIN, JUEZA, Dra. DANIELA TANTERA SECRETARIA. EN CONSECUENCIA QUEDA/N UD/S. DEBIDAMENTE NOTIFICADO/S DEL DECRETO QUE ANTECEDE. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado.- Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. DANIELA TANTERA SECRETARIA. Sastre.11 de abril de 2023.

S/C 498513 May. 3 May. 5

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/ CÁCERES, MARÍA SOLEDAD Y OTROS s/ Apremio Municipal LEY 5066” (CUIJ 21-24394730-5), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: “Sastre, 29 de marzo de 2023.- Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5066) contra MARÍA SOLEDAD CÁCERES, WALTER FABIÁN ESCOBAR, y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble sito en calle Pje. Hna. E. Bottaro N° 1618 de la ciudad de San Jorge, identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-16644510224-7, por el cobro de la suma de $62.265,94 (PESOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO CON NOVENTA Y CUATRO CENTAVOS), en concepto de Tasa por Servicio a la Propiedad, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselos al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento al Sr. Oficial de Justicia que por turno corresponda de la ciudad de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad de los accionados, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $62.265,94 con más la suma de $31.132,97 (PESOS TREINTA Y UN MIL CIENTO TREINTA Y DOS CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS), presupuestados provisoriamente para intereses y costas, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguense los originales de Certificados de Deuda que se acompañan y adjúntese la restante documental en copia. Publíquense edictos, de conformidad con los previsto por la primera parte del art. 28 de la Ley N° 5066, y notifíquese por cédula, debiendo el Oficial de Justicia y/o Notificador, observar el estricto cumplimiento del art. 63 del C.P.C.C. Notifíquese.”. Fdo.: Dra. CELIA PATRICIA GONZALEZ BROIN, JUEZA, Dra. DANIELA TANTERA SECRETARIA .EN CONSECUENCIA QUEDA/N UD/S. DEBIDAMENTE NOTIFICADO/S DEL DECRETO QUE ANTECEDE. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado.- Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. DANIELA TANTERA. SECRETARIA. Sastre.11 de abril de 2023.

S/C 498512 May. 3 May. 5

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/ CANALIS, DARIO MARCELO Y OTROS s/ Apremio Municipal LEY 5066” (CUIJ 21-24394713-5), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: “Sastre, 27 de marzo de 2023. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5066) contra DARÍO MARCELO CANALIS, MARÍA ALEJANDRA BARABUCCI, y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble sito en calle Pje. J. Hernández N° 1889 de la ciudad de San Jorge, identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-166446/0018-9, por el cobro de la suma de $137:154,61 (PESOS CIENTO TREINTA Y SIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO CON SESENTA Y UN CENTAVOS), en concepto de Tasa por Servicio a la Propiedad y Obra de Pavimento, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselos al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento al Sr. Oficial de Justicia que por turno corresponda de la ciudad de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad de los accionados, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $137.154,61 con más la suma de $68.577,30 (PESOS SESENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y SIETE CON TREINTA CENTAVOS), presupuestados provisoriamente para intereses y costas, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguense los originales de Certificados de Deuda que se acompañan y adjúntese la restante documental en copia. Publíquense edictos, de conformidad con los previsto por la primera parte del art. 28 de la Ley N° 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el Oficial de Justicia y/o Notificador, observar el estricto cumplimiento del art. 63 del C.P.C.C. Notifíquese.”. Fdo.: Dra. CELIA PATRICIA GONZALEZ BROIN, JUEZA, Dra. DANIELA TANTERA SECRETARIA. EN CONSECUENCIA QUEDA/N UD/S. DEBIDAMENTE NOTIFICADO/S DEL DECRETO QUE ANTECEDE .Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado.- Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. DANIELA TANTERA SECRETARIA. Sastre.11 de abril de 2023.

S/C 498520 May. 3 May. 5

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/ FERNÁNDEZ, GRACIELA BEATRIZ Y OTROS s/ Apremio Municipal LEY 5066” (CUIJ 21-24394708-9), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: “Sastre, 23 de marzo de 2023. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5066) contra GRACIELA BEATRIZ FERNÁNDEZ, JULIO CÉSAR MANSILLA, y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble sito en calle E. Bordabehere N° 1445 de la ciudad de San Jorge, identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-164249/0006-3, por el cobro de la suma de $77.984,28 (PESOS SETENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON VEINTIOCHO CENTAVOS), en concepto de Tasa por Servicio a la Propiedad y Obra de Cloacas, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselos al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento al Sr. Oficial de Justicia que por turno corresponda de la ciudad de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad de los accionados, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $77.984,28 con más la suma de $38.992,14 (PESOS TREINTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS CON CATORCE CENTAVOS), presupuestados provisoriamente para intereses y costas, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguense los originales de Certificados de Deuda que se acompañan y adjúntese la restante documental en copia. Publíquense edictos, de conformidad con los previsto por la primera parte del art. 28 de la Ley N° 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el Oficial de Justicia y/o Notificador, observar el estricto cumplimiento del art. 63 del C.P.C.C. Notifíquese.”. Fdo.: Dra. CELIA PATRICIA GONZALEZ BROIN, JUEZA, Dra. DANIELA TANTERA SECRETARIA. EN CONSECUENCIA QUEDA/N UD/S. DEBIDAMENTE NOTIFICADO/S DEL DECRETO QUE ANTECEDE .Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado.- Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. DANIELA TANTERA SECRETARIA. Sastre.

S/C 498521 May. 3 May. 5

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/ MANSILLA, MARIANO Y OTROS s/ Apremio Municipal LEY 5066” (CUIJ 21-24394714-3), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: “Sastre, 27 de marzo de 2023.- Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5066) contra MARIANO V. MANSILLA, LAURA BEATRIZ CONTRERA, y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble sito en calle A. Asteginao N° 1554 de la ciudad de San Jorge, identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-166491/0102-1, por el cobro de la suma de $72.397,53 (PESOS SETENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON CINCUENTA Y TRES CENTAVOS), en concepto de Tasa por Servicio a la Propiedad y Obra de Pavimento, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselos al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento al Sr. Oficial de Justicia que por turno corresponda de la ciudad de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad de los accionados, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $72.397,53 con más la suma de $36.198,76 (PESOS TREINTA Y SEIS MIL CIENTO NOVENTA Y OCHO CON SETENTA Y SEIS CENTAVOS), presupuestados provisoriamente para intereses y costas, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguense los originales de Certificados de Deuda que se acompañan y adjúntese la restante documental en copia. Publíquense edictos, de conformidad con los previsto por la primera parte del art. 28 de la Ley N° 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el Oficial de Justicia y/o Notificador, observar el estricto cumplimiento del art. 63 del C.PC.C. Notifíquese.”. Fdo.: Dra. CELIA PATRICIA GONZALEZ BROIN, JUEZA, Dra. DANIELA TANTERA SECRETARIA. EN CONSECUENCIA QUEDA/N UD/S. DEBIDAMENTE NOTIFICADO/S DEL DECRETO QUE ANTECEDE .Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado.- Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. DANIELA TANTERA SECRETARIA. Sastre. 11 de abril de 2023.

S/C 498522 May. 3 May. 5

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/ MIÑO, GLADYS ESTHER Y OTROS s/ Apremio Municipal LEY 5066” (CUIJ 21-21-24394719-4), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: “Sastre, 28 de marzo de 2023.- Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5066) contra GLADYS ESTHER MIÑO, OSCAR GARNERO, y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble sito en calle J Griffa N° 1541 de la ciudad de San Jorge, identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-16644510026-9, por el cobro de la suma de $58.126,04 (PESOS CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO VEINTISEIS CON CUATRO CENTAVOS), en concepto de Tasa por Servicio a la Propiedad y Obra de Pavimento, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselos al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento al Sr Oficial de Justicia que por turno corresponda de la ciudad de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad de los accionados, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $58.126,04 con más la suma de $29.063,02 (PESOS VEINTINUEVE MIL SESENTA Y TRES CON DOS CENTAVOS), presupuestados provisoriamente para intereses y costas, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguense los originales de Certificados de Deuda que se acompañan y adjúntese la restante documental en copia. Publíquense edictos, de conformidad con los previsto por la primera parte del art. 28 de la Ley N° 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el Oficial de Justicia y/o Notificador, observar el estricto cumplimiento del art. 63 del C.RC.C. Notifíquese.”. Fdo.: Dra. CELIA PATRICIA GONZALEZ BROIN, JUEZA, Dra. DANIELA TANTERA SECRETARIA. EN CONSECUENCIA QUEDA/N UD/S. DEBIDAMENTE NOTIFICADO/S DEL DECRETO QUE ANTECEDE. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado.- Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. DANIELA TANTERA SECRETARIA. Sastre. 11 de abril de 2023.

S/C 498524 May. 3 May. 5

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/TABORDA, CELIA FABIANA Y otros s/Apremio municipal ley 5066; (CUIJ Nº 21-24394715-1), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 27 de marzo de 2023. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5066) contra Celia Fabiana Taborda, Daniel Gustavo Donzino, y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble sito en calle Pje. J. Hernández N° 1975 de la ciudad de San Jorge, identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-166482/0011-8, por el cobro de la suma de $ 153.363,43 (pesos ciento cincuenta y tres mil trescientos sesenta y tres con cuarenta y tres centavos), en concepto de Tasa por Servicio a la Propiedad y Obra de Pavimento, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de ocho días no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímasela al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento al Sr. Oficial de Justicia que por turno corresponda de la ciudad de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad de los accionados, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $153.363,43 con más la suma de $ 76.681,71 (pesos setenta y seis mil seiscientos ochenta y uno con setenta y un centavos), presupuestados provisoriamente para intereses y costas, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguense los originales de Certificados de Deuda que se acompañan y adjúntese la restante documental en copia. Publíquense edictos, de conformidad con los previsto por la primera parte del art. 28 de la Ley N° 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el Oficial de Justicia y/o Notificador, observar el estricto cumplimiento del art. 63 del C.P.C.C. Notifíquese. Fdo.: Dra. Celia Patricia González Broin, Jueza; Dra. Daniela Tantera, Secretaria. En consecuencia queda/n ud/s. debidamente notificado/s del decreto que antecede. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. Daniela Tantera, Secretaria. Sastre, 11 de abril de 2023.

S/C 498525 May. 03 May. 05

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/GALETTO, CLEOMERIS ANITA ISABEL y otros s/Apremio municipal ley 5066; (CUIJ Nº 21-24394706-2), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 27 de marzo de 2023. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5066) contra Cleomeris Anita Isabel Galetto, Raúl Hermes Salvagno, y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble sito en calle Av. Falucho N° 1105 de la ciudad de San Jorge, identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-16482210031-0, por el cobro de la suma de $ 91.983,59 (PESOS noventa y un mil novecientos ochenta y tres con cincuenta y nueve centavos), en concepto de Tasa por Servicio a la Propiedad, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de ocho días no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselos al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento al Sr. Oficial de Justicia que por turno corresponda de la ciudad de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 91.983,59 con más la suma de $ 45.991,79 (pesos cuarenta y cinco mil novecientos noventa y uno con sesenta y nueve centavos), presupuestados provisoriamente para intereses y costas, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguense los originales de Certificados de Deuda que se acompañan y adjúntese la restante documental en copia. Publíquense edictos, de conformidad con los previsto por la primera parte del art. 28 de la Ley N° 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el Oficial de Justicia y/o Notificador, observar el estricto cumplimiento del art. 63 del C.P.C.C. Notifíquese. Fdo.: Dra. Celia Patricia González Broin, Jueza; Dra. Daniela Tantera, Secretaria. En consecuencia queda/n ud/s. debidamente notificado/s del decreto que antecede. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. Daniela Tantera, Secretaria. Sastre, 11 de abril de 2023.

S/C 498527 May. 03 May. 05

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/GAUCHAT, DELFINO PABLO y otros s/Apremio municipal ley 5066; (CUIJ Nº 21-24394705-4), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 27 de marzo de 2023. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5066) contra Delfino Pablo Gauchat, Zulmi Teresa Frigeri, y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble sito en calle Tucumán N° 2050 de la ciudad de San Jorge, identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-16408710018-2, por el cobro de la suma de $ 75.931,84 (pesos setenta y cinco mil novecientos treinta y uno con ochenta y cuatro centavos), en concepto de Tasa por Servicio a la Propiedad, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselos al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento al Sr Oficial de Justicia que por turno corresponda de la ciudad de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad de los accionados, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $75.931,84 con más la suma de $ 37.965,92 (pesos treinta y siete mil novecientos sesenta y cinco con noventa y dos centavos), presupuestados provisoriamente para intereses y costas, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguense los originales de Certificados de Deuda que se acompañan y adjúntese la restante documental en copia. Publíquense edictos, de conformidad con los previsto por la primera parte del art. 28 de la Ley N° 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el Oficial de Justicia y/o Notificador, observar el estricto cumplimiento del art. 63 del C.P.C.C. Notifíquese. Fdo.: Dra. Celia Patricia González Broin, Jueza; Dra. Daniela Tantera, Secretaria. En consecuencia queda/n ud/s. debidamente notificado/s del decreto que antecede. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. Daniela Tantera, Secretaria. Sastre, 11 de abril de 2023.

S/C 498529 May. 03 May. 05

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/GALETTO, EDUARDO J. y otros s/Apremio municipal; (CUIJ Nº 21-24394717-8), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 29 de marzo de 2023. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5066) contra Eduardo Jesus Galetto, Nora Inés Novero, y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble sito en calle Belgrano N° 1025 de la ciudad de San Jorge, identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-16581010001-5, por el cobro de la suma de $ 85.766,51 (pesos ochenta y cinco mil setecientos sesenta y seis con cincuenta y un centavos), en concepto de Tasa por Servicio a la Propiedad, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de ocho días no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselos al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento al Sr. Oficial de Justicia que por turno corresponda de la ciudad de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad de los accionados, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 85.766,51 con más la suma de $ 42.883,25 (pesos cuarenta y dos mil ochocientos ochenta y tres con veinticinco centavos), presupuestados provisoriamente para intereses y costas, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguense los originales de Certificados de Deuda que se acompañan y adjúntese la restante documental en copia. Publíquense edictos, de conformidad con los previsto por la primera parte del art. 28 de la Ley N° 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el Oficial de Justicia y/o Notificador, observar el estricto cumplimiento del art. 63 del C. PC. C. Notifíquese. Fdo.: Dra. Celia Patricia González Broin, Jueza; Dra. Daniela Tantera, Secretaria. En consecuencia queda/n ud/s. debidamente notificado/s del decreto que antecede. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. Daniela Tantera, Secretaria. Sastre, 11 de abril de 2023.

S/C 498530 May. 03 May. 05

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/GIORDANO ELDA M. ROSSA DE y otros s/Apremio municipal ley N° 5066; (CUIJ Nº 21-24394716-9), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 27 de marzo de 2023. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5066) contra Elda M. Rossa De Giordano, Andrés S. Giordano, y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble sito en calle Dorrego N° 1559 de la ciudad de San Jorge, identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-16450710001-1, por el cobro de la suma de $ 81.627,60 (pesos ochenta y un mil seiscientos veintisiete con sesenta centavos), en concepto de Tasa por Servicio a la Propiedad con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de ocho días no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselos al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento al Sr. Oficial de Justicia que por turno corresponda de la ciudad de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad de los accionados, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 81.627,60 con más la suma de $ 40.813,80 (pesos cuarenta mil ochocientos trece con ochenta centavos), presupuestados provisoriamente para intereses y costas, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguense los originales de Certificados de Deuda que se acompañan y adjúntese la restante documental en copia. Publíquense edictos, de conformidad con los previsto por la primera parte del art. 28 de la Ley N° 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el Oficial de Justicia y/o Notificador, observar el estricto cumplimiento del art. 63 del C.P.C.C. Notifíquese. Fdo.: Dra. Celia Patricia González Broin, Jueza; Dra. Daniela Tantera, Secretaria. En consecuencia queda/n ud/s. debidamente notificado/s del decreto que antecede. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. Daniela Tantera, Secretaria. Sastre, 11 de abril de 2023.

S/C 498532 May. 03 May. 05

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/BOTTINO, CARLOS ALBERTO y otros s/Apremio municipal ley 5066; (CUIJ Nº 21-24394704-6), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 27 de marzo de 2023. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5066) contra Carlos Alberto Bottino, Víctor Hugo Bottino, y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble sito en calle Rivadavia N° 505 de la ciudad de San Jorge, identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-16545710006-9, por el cobro de la suma de $ 79.775,61 (pesos setenta y nueve mil setecientos setenta y cinco con sesenta y un centavos), en concepto de Tasa por Servicio a la Propiedad, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de ocho días no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselos al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento al Sr. Oficial de Justicia que por turno corresponda de la ciudad de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad de los accionados, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 79.775,61 con más la suma de $ 39.887,80 (pesos treinta y nueve mil ochocientos ochenta y siete con ochenta centavos), presupuestados provisoriamente para intereses y costas, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley con las autorizaciones peticionadas. Agréguense los originales de Certificados de Deuda que se acompañan y adjúntese la restante documental en copia. Publíquense edictos, de conformidad con los previsto por la primera parte del art. 28 de la Ley N° 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el Oficial de Justicia y/o Notificador, observar el estricto cumplimiento del art. 63 del C.P.C.C. Notifíquese. Fdo.: Dra. Celia Patricia González Broin, Jueza; Dra. Daniela Tantera, Secretaria. En consecuencia queda/n ud/s. debidamente notificado/s del decreto que antecede. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. Daniela Tantera, Secretaria. Sastre, 11 de abril de 2023.

S/C 498533 May. 03 May. 05

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/HAYAS, JULIO CÉSAR y otros s/Apremio municipal; (CUIJ Nº 21-24394709-7), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 27 de marzo de 2023. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5066) contra Julio César Hayas, Mónica Lucía Salvagno, y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble sito en calle Corrientes N° 1205 de la ciudad de San Jorge, identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-16537210002-9, por el cobro de la suma de $ 75.023,59 (pesos setenta y cinco mil veintitrés con cincuenta y nueve centavos), en concepto de Tasa por Servicio a la Propiedad, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de ocho días no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselos al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento al Sr. Oficial de Justicia que por turno corresponda de la ciudad de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad de los accionados, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $75.023,59 con más la suma de $ 37.511,79 (pesos treinta y siete mil quinientos once con setenta y nueve centavos), presupuestados provisoriamente para intereses y costas, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguense los originales de Certificados de Deuda que se acompañan y adjúntese la restante documental en copia. Publíquense edictos, de conformidad con los previsto por la primera parte del art. 28 de la Ley N° 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el Oficial de Justicia y/o Notificador, observar el estricto cumplimiento del art. 63 del C.P.C.C. Notifíquese. Fdo.: Dra. Celia Patricia González Broin, Jueza; Dra. Daniela Tantera, Secretaria. En consecuencia queda/n ud/s. debidamente notificado/s del decreto que antecede. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. Daniela Tantera, Secretaria. Sastre, 11 de abril de 2023.

S/C 498535 May. 03 May. 05

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 19 de la ciudad de Esperanza, en los autos caratulados: GRAF, RAUL ALEJANDRO c/ESPINDOLA, LUCAS ELIAS JOAQUIN s/Juicios ejecutivos; 21-22699572-9 el señor Juez ha ordenado: Esperanza, 22 de Febrero de 2021.- Haciendo efectivo los apercibimientos decretados, declárese rebelde a la demandada. Notifíquese. Dra. Gabriela M. Torassa, Secretaria; Dr. Norberto A. Erni, Juez. Otro decreto: Esperanza, 22 de Diciembre de 2022. Atento lo manifestado, notifíquese por edictos como se solicita. Notifíquese. Dra. Gabriela M. Torassa, secretaria; Dr. Norberto A. Erni, Juez. Esperanza, 13 de febrero de 2023. Dr. Facundo M Tabernig, prosecretario.

$ 45 498528 May. 03 May. 05

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A los efectos de la inscripción como litigioso en el Registro de la Propiedad Inmueble, del bien inmueble sito en Pasillo de Calle A. Storni 1552 Lote 6 0 de la localidad de Recreo, Pcia. de Santa Fe inscripto bajo el Nro. 168053 folio 4504 Tomo 826 Departamento La Capital se publica por el término de Ley lo dispuesto en autos CAMPO, ALEJANDRO JOSE c/CURIGGIANO, SERGIO FERNANDO y otros s/Desalojo; (CUIJ Nº 21-15793502-7) en trámite por ante Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 3 de la ciudad de Santa Fe. Santa Fe, 04 de abril de 2022... Inscríbase como litigioso el inmueble objeto del juicio de desalojo. A sus efectos, ofíciese al Registro de la Propiedad Inmueble, con la autorización solicitada. Hágase saber tal circunstancia por edictos, que serán fijados en el lugar que al efecto ha habilitado la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, en el panel de este Juzgado, conforme Acordada del 07/02/1 996, Acta N° 3. Notifíquese. Fdo: Dra. Ileana Díaz (Secretaria), Dr. Héctor S.A. Canteros (Juez). Santa Fe, 12 de abril de 2023. Dra. Ma. Alejandra Galiano, prosecretaria.

$ 50 498688 May. 03 May. 05

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 18 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo (Prov. De Santa Fe), en los autos caratulados: TORRES, RICARDO ROQUE s/Sucesorio; (CUIJ Nº: 21-26189645-9), se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Ricardo Roque Torres, DNI N° 10.747.952, para que comparezcan a estar a derecho dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. San Justo, 02 de mayo de 2023. Dra. Cintia Daniela Lo Presti (prosecretaria).

$ 45 May. 03

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 18 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo, en autos caratulados BONFILS, MIGUEL ÁNGEL s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-26187917-1, se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Miguel Ángel Bonfils, D.N.I. Nro. 6.338.414, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de tribunales. Firmado: Dra. Leandro Carlos Buzzani, Secretario; Dra. Laura María Alessio, Jueza. Cintia D. Lo Presti, prosecretaria.

$ 45 May. 03

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios- Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 3ª Nominación de asta ciudad en autos caratulados: TARABORRELLI, MARIA REGINA GUADALUPE s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-02035557-0, año 2022, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Taraborrelll Maria Regina Guadalupe L.C. Nº 1.527.376, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 11.287. Santa Fe, Abril de 2023.

$ 45 May. 03

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios - Primer Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Santa Fe), en los Autos Caratulados: PEREZ, RICARDO MANUEL y otros s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-02038846-0; se cita, llama y emplaza a los herederos acreedores y legatarios de los causantes Sr. Ricardo Manuel Pérez, DNI Nº 6.201.829 y de la Sra. Maria Marta Martínez, DNI Nº 2.343.266; para que dentro del término y bajo los apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos de referencia. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, de de 2023. Dra. Claudia Sánchez.

$ 45 May. 03

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación) de la Ciudad de Santa Fe en Autos caratulados MASSERONI, DANIEL CARMELO s/Sucesorio (OPS); E. 21-02038932-7, se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Daniel Carmelo Masseroni, DNI Nº 14.402.552 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales, lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo: Lucio Alfredo Palacios (juez). Santa Fe, 13 de Abril de 2.023.

$ 45 May. 03

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe), en autos caratulados CHIALVO, NORBERTO JOSE s/Sucesorio; (Exp. CUIJ Nº 21-02038829-0) se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Norberto José Chialvo, D.N.I. Nº 6.227.178, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. (Dr. Iván Di Chiazza, Juez; Dra. Claudia Sánchez, Secretaria). Santa Fe, Abril de 2023.

$ 45 May. 03

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios, en autos caratulados: GIOVANINI, LUISA s/Sucesorio; (CUIJ Nº 21-02038176-8), Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante: Giovanini, Luisa, DNI Nº 6.312.679, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y conforme ley 11.287. Abril de 2023. Fdo.: Dra. Ana Rosa Alvarez.

$ 45 May. 03

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios(juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil. y Comercial de la Décimo Primera Nominación de Santa Fe), en autos caratulados: ‘GIMENEZ ROBERTO ISIDORO s/Sucesorio - CUIJ 2102038344-2 - 2023; se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de ROBERTO ISIDORO GIMENEZ, DNI Nº M 6197964 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo. Dra. Ana Rosa Alvarez - Juez.

$ 45 May. 3

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de Santa Fe), en los autos caratulados: “LOPEZ, HERMINDA s/Sucesorio” - CUIJ 21-02038705-7, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de HERMINDA LOPEZ, D.N.I.11.063.819, fallecida el 06/10/2013, con último domicilio en San Genaro, provincia de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Firmado: Dr. Iván Di Chiazza (Juez) SANTA FE, de 2023.

$ 45 May. 3

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación) en autos caratulados “ACEVEDO, ELSA CRISTINA s/ Declaratoria De Herederos” (CUIJ N° 21-02036327-1) se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Elsa Cristina Acevedo, D.N.I. 10.334.493, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. FDO Dra. Claudia Sánchez (Secretaria) Dra. Ana Rosa Alvarez (Jueza).

$ 45 May. 3

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, de la ciudad de Santa Fe) en los autos caratulados: Pfeiffer Miguel Angel y Otra S/Sucesorio Cuil ,21-02035311-9 se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Don Pfeiffer Miguel Angel DNI N°M 6.219.032 y de doña Tessa, Dora María , LC N° 3.599.357, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en el hall de Tribunales. Dra. Gisella Gatti - Secretaria. Santa Fe.

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios- Primera Circunscripción

Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de Santa Fe), en autos caratulados: “LLANES, HUMBERTO ENRIQUE s/ Sucesorio (O.P.S)“, CUIJ n° 21-02038793-6, se cita, llama, y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de don HUMBERTO ENRIQUE LLANES, DNI ENRIQUE LLANES, DNI 14.612.080, para que comparezcan a hacer valer sus derechos legales dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo.: Dra. Claudia Sánchez (Secretaria). Santa Fe, Abril de 2023.

$ 45 May. 3

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8va. Nominación de la ciudad de Santa Fe) en autos caratulados: “MANA, ENZO AGUSTIN JOSÉ s/ Sucesorio” CUIJ.: 2102039007-4 se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Enzo Agustín José MANA, DNI M 6.226.574, para que comparezcan hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo. Dr. Iván G. Di Chiazza - Juez. SANTA FE, de Abril de 2023

$ 45 May. 3

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación) en los autos caratulados: MANDATO, JOSÉ ALBERTO s/Sucesorio’ CUIJ 21.02037160-6, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de JOSÉ ALBERTO MANDATO DNI 6.254.780, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo: Dra. Claudia Sánchez (Secretaria).-

SANTA FE.

$ 45 May. 3

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación) en autos caratulados: “BERTTINI, ARNOLDO FRANCISCO s/Sucesorio” (CUIJ N° 2102038517-8), se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios del Sr. ARNOLDO FRANCISCO BERTTINI, con D.N.I. M 6.230.837, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa de 2023. (Fdo. Dr. DIEGO ALDAO, Juez).

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral N° 20 de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, Dra. Lilian Teresa Insaurralde, Secretaría a cargo de la Dra. Silvina Daniela Demboryniski; se ha dispuesto publicar el presente edicto cinco veces durante diez días; al efecto de hacer saber que en autos caratulados “VELAZQUEZ MARIA VICTORINA Y OTROS s/Sucesorio (CUIJ 21-26170321-9- AÑO 2022), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios del causante VELAZQUEZ MARIA VICTORINA, DNI N° 6.247.787 y WALESBERG RUBEN ISIDRO , DNI 10.063.562 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL, en las puertas del Juzgado y en un medio gráfico y radial de los de mayor difusión en el ámbito local. San Javier, .26 de abril Firmado: Dra. Lilian Insaurralde (Jueza) Dra. Silvina Demboryniski (Secretaria).

$ 45 May. 3

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral N° 20 de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de AYALA RAMON DARIO D.N.I. N° 10.783.941, para que comparezcan a este tribunal a hacer valer sus derechos en los autos caratulados “AYALA, RAMON DARIO s/Sucesorio” (CUIJ), Expte. CUIJ N° 21- 26110508-4, dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Publíquense edictos por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL y exhíbanse en el hall del Juzgado (Art. 2340 del CCCN). San 24 de Abril de 2023. Fdo. DRA. Demboryniski Silvina Daniela Secretaria.

$ 45 May. 3

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 18 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don ALBINO LUIS SAITA, D.N.I N° 6.322.555, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales.- Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en Hall del Juzgado, a los días 2 del mes de Marzo de 2023.Todo así ordenado en autos: “SAITA ALBINO LUIS s/Sucesorio” (CUIJ 21-26188972-9).Cintia D. Lo Presti, prosecretaria.

$ 45 May. 3

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Por disposición de la Oficina De Procesos Sucesorios - Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de SEGUNDA Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: “DOÑA, ANA MARÍA s/Sucesorio” CUIJ N° 21-02038355-8 año 2023, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de DOÑA, ANA MARÍA con DNI Nº 5.979.639 para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del termino y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica, a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo: Dra. Claudia B. Sánchez- Secretaria OPS.

$ 45 May. 3

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios- (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6ta Nominación, de la ciudad de Santa Fe), en los autos caratulados “Di LUZIO, MIGUEL ANGEL s/ Sucesorio, (OPS)- CUIJ 21-02038602-6” se cita, llama y emplazan a los herederos, acreedores y legatarios del causante SR. DI LUZIO MIGUEL ANGEL. Argentino, mayor de edad; casado, D.N.I. M 7.676.232, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Los que publicaran, a su efectos por el termino de ley en el BOLETÍN OFICIAL.- Fdo. Dr. Gabriel Abad (Juez).

$ 45 May. 3

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 7º Nominación de Santa Fe) en autos caratulados “RICCA JUAN EUGENIO s/ Sucesorio (CUIJ 21-02038270-5), se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de JUAN EUGENIO RICCA, D.N.I. N° 17.149.475, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por un (1) día. Firmante: DR. Lucio Alfredo Palacios (JUEZ). - Publíquese por un (1) día- Santa Fe, de Mayo de 2023.

$ 45 May. 3

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios- Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Decima Nominación de Santa Fe) en autos caratulados TREMMEL, SILVIO S/ SUCESORIO 21-02038735-9 Año 2023 se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Silvio TREMMEL, DNI: M4.085.003 para que comparezcan hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Firmado: DRA. MARÍA ROMINA KILGELMANN; Jueza.

$ 45 May. 03

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios – Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Octava Nominación), en autos caratulados: “LUNA, JORGE OMAR Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-02038662-9, año 2023, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña GODOY MIRTA TERESITA, LC Nº 6.706.346, y de don LUNA JORGE OMAR, DNI N.º 7.891.438, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales, lo que se publica en el Boletín Oficial. Fdo.: Dr. Di Chiaza –Juez.- Santa Fe, de abril de 2023.

$ 45 May. 03

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación – Santa Fe), en los autos caratulados: “ROSTAGNO, RUBEN OMAR BAUTISTA s/SUCESORIO” - CUIJ 21-02036821-4, se cita, se llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. RUBEN OMAR BAUTISTA ROSTAGNO, DNI 6.284.151, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos e en el Boletin Oficial. Santa fe, de abril de 2023. Fdo. Dra. CLAUDIA SANCHEZ. (SECRETARIA).-

$ 45 May. 03

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 19 de Esperanza, se cita, se llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de BRECHBUHL RUBEN EDUARDO DNI Nº 13.053.208 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales en autos caratulados “BRECHBUHL RUBEN EDUARDO S/ SUCESORIO” (CUIJ 21-26302066-6). Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y Hall de Tribunales.-

$ 45 May. 03

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios – Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 7ma Nominación de esta ciudad), en autos caratulados ZELLER, ELISABET FABIANA CEFERINA S/ SUCESORIO CUIJ 21-02034492-7, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante, ZELLER, ELISABET FABIANA CEFERINA, DNI Nº 21.412.222, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Santa Fe, de Agosto de 2022- FDO.: Dra. MARINA BORSOTTI Secretaria.

$ 45 May. 03

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios - Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 7º Nominación) , en los autos caratulados “ RACCA, RUBEN OSCAR S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS ”- Expte. CUIJ Nº 21-02039044-9, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RACCA RUBÉN OSCAR - DNI 6.253.589- con último domicilio en San Jerónimo 1543 de Coronda (Santa Fe), fallecido en 16/12/2022, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publicará a sus efectos en el Boletín Oficial. Fdo: Dr. Lucio A. Palacios (Juez).-

$ 45 May. 03

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POR DISPOSICIÓN DE LA OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS (JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO EN LO CIVIL Y COMENRCIAL DE LA SEGUNDA NOMINACIÓN DE LA CIUDAD DE SANTA FE), EN AUTOS CARATULADOS “ALE, STELLA MARIS S/ SUCESORIO” CUIJ N.º 21-02038475-9 SE CITA LLAMA Y EMPLAZA A LOS HEREDEROS, ACREEDORES Y LEGATARIOS DE STELLA MARIS ALE D.N.I. N.º F5.699.742, PARA QUE COMPAREZCAN A HACER VALER SUS DERECHOS DENTRO DEL TÉRMINO Y BAJO APERCIBIMIENTOS DE LEY. LO QUE SE PUBLICA A SUS EFECTOS EN EL BOLETÍN OFICIAL. Fdo. -Dr. PABLO CRISTIAN SILVESTRINI Secretario-

$ 45 May. 03

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Por disposición de la Señora Jueza de 1ª Instancia de Distrito nº 17 en lo Civil, Comercial y Laboral de Villa Ocampo (Santa Fe), se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de José Calasán ACUÑA D.N.I. n° 6.341.396, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimientos de ley en autos “Acuña, José Calasán s/ Sucesorio” C.U.I.J. n° 21-26325094-7. Villa Ocampo (Santa Fe), 02 de Mayo 2023

$ 45 May. 03

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios a cargo de la DRA. CLAUDIA SÁNCHEZ, Secretaria (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la PRIMERA Nominación de esta ciudad de Santa Fe) en los autos caratulados: “OJEDA, AURORA S/ SUCESORIO” (CUIJ Nº 21-02038343-4; Año 2023) se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de AURORA OJEDA, DNI Nº 13.163.419., para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento de ley. A sus efectos publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y exhibiéndose los mismos en el hall de Planta Baja de Tribunales de esta ciudad. Firmado: Dra. Gisela Gatti, Secretaria.

$ 45 May. 03

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios- Primera Circunscripción Judicial de Santa Fé (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de éstaciudad), en autos caratulados “GOBBO, HECTOR ROQUE S/SUCESORIO” Expte. CUIJ Nº 21-02038738-3, cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de HECTOR ROQUE GOBBO D.N.I. 6.249.407, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial.- Fdo. Dra. MARIN.- JUEZA.-

$ 45 May. 03

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SAN JORGE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 11, en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Jorge, en autos BESSO, ALBERTO FRANCISCO s/Quiebra; 21-26241889-5 (552/2009) de trámite por ante el Juzgado de mención, se hace saber que en los presentes autos se ha ordenado San Jorge, 13 de Febrero de 2023. Proveyendo escrito cargo N° 36869: Agréguense el informe de saldo acompañado. Por presentado proyecto de distribución complementario. Publíquense edictos de conformidad con lo dispuesto por el art. 218 de L.C.Q. Notifíquese. Dra. María De Los Milagros De La Torre, Dr. Daniel Marcelo Zoso; Secretaria, Juez. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL -Sin Cargo art. 273 inc. 8 ley 24.522. Fdo. Dra. María de los Milagros de la Torre, Secretaria. San Jorge 20/04/2023.

S/C 498672 May. 03 May. 04

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Por disposición del Juzgado de Distrito nº 11 , en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Jorge, en autos “ BAEZ , Martha Gladis s. Sucesorio “ – CUIJ 21-26265479-3 , se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores del causante MARTHA GLADIS BAEZ, DNI 03.385.566, para quecomparezcan a hacer valer sus derechos, en el término y bajo apercibimientos de ley.- Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial .- FDO: Dra. Ma. de los Milagros de la Torre, Secretaria.-

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 11, en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Jorge, en autos “BERGAMASCO, ARIEL EVELIO S/ SUCESORIO 21-26265389-4, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y acreedores del causante BERGAMASCO, ARIEL EVELIO, DNI Nº 16.932.477para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en el término bajo apercibimientos de ley., lo que se publica a sus efectos en el Boletín oficial. Fdo. Dra. MARIA DE LOS MILAGROS DE LA TORRE Dr. DANIEL MARCELO ZOSO, SECRETARIA JUEZ.

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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo Distrito Judicial Nº 11 de la ciudad de San Jorge, Provincia de Santa Fe, en los autos “BUCCINO, ALBERTO ARTURO S/ SUCESORIO, CUIJ 21-26265095-9” se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores del causante ALBERTO ARTURO BUCCINO, DNI Nro. M6.293.450, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Fdo.: María de los Milagros de la Torre (Secretaria).-

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CERES

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral, Secretaría a cargo de la Dra. Viviana Gorosito Palacios, de la ciudad de Ceres, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: "AGUIRRE BENJAMIN S/ SUCESORIO” (CUIJ Nº 21-17430267-4), cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, señor AGUIRRE BENJAMIN, D.N.I. Nº 11.761.358, fallecido el día 06 de Diciembre de 2022, en Zona Rural de Monte Oscuridad, Provincia de Santa Fe, con último domicilio sito en calle Zona Rural S/N, de la Colonia de Monte Oscuridad, Provincia de Santa Fe; para que comparezcan por ante éste Juzgado a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo apercibimientos de Ley. Se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y Puertas del Juzgado.- Ceres,02 de mayo de 2023.- Fdo.: Dra. Viviana Gorosito Palacios – SECRETARIA.-

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RAFAELA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


En los autos caratulados: GUTIERREZ, RAMONA MERCEDES c/CAMPO, MARIA ROSA LAURA Y otros s/Cobro de pesos - rubros laborales; CUIJ N° 21-23698513-7, que tramitan por ante el Juzgado de 1ª Instancia en lo Laboral de la 1ª Nominación de Rafaela, se ha ordenado la publicación del presente a los fines de citar y emplazar a los sucesores y/o herederos de Nidia Otilia Cravero para que en el término de 20, 15 y 12 días respectivamente, comparezcan a estar a derecho, contesten la demanda y ofrezcan la prueba de que intentan valerse, bajo apercibimientos de ley, conforme surge del siguiente decreto: Rafaela, 27 de Julio de 2022. 1) Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, en mérito al poder especial que acompaña, acuérdasele participación de ley. 2) Por iniciada demanda laboral de cobro de pesos contra Maria Rosa Laura Campo, Amelia Olga Campo, y/o sucesores de Nidia Otilda Cravero, por la suma estimada en pesos cinco millones seiscientos setenta y seis mil cuatrocientos noventa y cinco con 51/100 ($ 5.676.495,51) y/o lo que en más o en menos resulte de la prueba a producirse, con más intereses y/o actualizaciones y/o recomposiciones, costos u costas. Cítese y emplácese a la parte demandada para que en el término de 20, 15 y 12 días respectivamente comparezcan a estar a derecho, contesten la demanda y ofrezcan la prueba de que intente valerse, bajo apercibimientos de ley. 3) Por ofrecida prueba: Documental acompañada: Téngase presente. Glósese a autos las copias acompañadas. Procédase a su digitalización por Secretaría debiendo guardarse las copias que se obtengan en un archivo PDF que se vinculará con el cargo que se provee. Impóngase al peticionante la carga de controlar la correcta digitalización de la documental acompañada por su parte. A fin de liberar espacio físico del Juzgado y, de esa forma intentar optimizar el servicio de justicia, desígnese depositario judicial de la documental acompañada al apoderado y/o patrocinante de su presentante, quien deberá comparecer a aceptar el cargo, con las formalidades, en el término y bajo apercibimientos de ley. Asimismo deberá el depositario reintegrar la documental que se habrá de entregar a requerimiento de este órgano jurisdiccional. Documental en poder de la demandada: Téngase presente. Intímese a la parte demandada para que al contestar la demanda acompañe la documental indicada, bajo apercibimientos de ley. Confesional. Téngase presente. Resérvese en Secretaría el sobre cerrado acompañado que dice contener pliego de posiciones. Cítese a la parte demandada para que absuelvan posiciones en la audiencia de trámite que oportunamente se fijará, bajo apercibimientos de ley. Informativa (subsidiaria): Téngase presente para su oportunidad y si correspondiere. 4) Líbrese exhorto al Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial Segunda Nominación de Rafaela a los fines indicados y con las autorizaciones peticionadas. 5) Téngase presente las reservas formuladas. 6) A lo demás, oportunamente y de corresponder. Notifiquen indistintamente el Sr. Oficial de Justicia y/o empleados notificadores y/o empleados Eguiazu, Taverna, Fernández, Serpa y Carrivale. Notifíquese. Firmado: Lucas Marin (Juez)- M. Victoria Trossero (Secretaria). Asimismo, se intima a los pretensos sucesores y/o herederos de Nidia Otilia Cravero para que al momento de contestar la demanda, presenten en los autos de referencia, la siguiente documental obrante en su poder: 1) recibos de pago a la trabajadora Ramona Mercedes Gutiérrez desde el período enero 2020 hasta febrero de 2022 inclusive. 2) Registro del art. 6 inc. c) de la ley 11544, el que deberá contener los asientos de las horas extraordinarias cumplidas por la actora. 3) Libro Especial del art. 52 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, bajo apercibimientos del art. 55 LCT, el que debe expresar fecha real de ingreso y egreso de la trabajadora. 4) Telegrama laboral (formulario TCL 89980602) N° CD153905845, enviado por Ramona M. Gutiérrez el 7/2/22 y recibido por la empleadora Nidia Otilia Cravero; 5) telegrama laboral (formulario TCL 89980604) N° C13961383970 enviado por la señora Ramona M. Gutiérrez el 16/02/2022 y recibido por su empleadora Nidia O. Cravero. Se publica a todos los efectos legales por edictos en BOLETÍN OFICIAL y Sede Judicial. Fdo. Dr. Lucas Marin (Juez) - Dra. Maria Victoria Trossero (Secretaria). Rafaela, 25 de abril de 2023. Julia Eguiazu, prosecretaria.

S/C 498605 May. 03 May. 09

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Rafaela, en los autos caratulados: VAIRA MARIA JOSE c/MONGE PABLO ALEJANDRO s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-23969414-1, se notifica a Pablo Monge (DNI Nº 31.220.582) que se ha dictado sentencia en los autos citados: Rafaela, 25 de Febrero de 2022. Y vistos: (...) Resulta: (...) Considerando: (...) Resuelvo: 1. Llevar adelante la ejecución hasta que la acreedora se cobre íntegramente el monto reclamado, con más intereses conforme lo dicho en los considerandos desde la fecha del vencimiento del título y hasta la del efectivo pago y costas. 2. Regular los honorarios de la Dra. Angelina Nicola, teniendo en cuenta que, conforme a lo dispuesto por los arts. 4, 6, 7 inc. 20-b) y 8 de la ley 6767 -t.o. ley 12.851- resulta aplicable la cantidad de 1,38 unidades jus en la estimación de los aranceles en cuestión, equivalentes a la fecha a la suma de $ 12,402,38 los que en caso de mora y, a tenor de lo normado por el art. 32 del mismo cuerpo legal, devengarán un interés equivalente a la tasa activa que publica el Banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento de documentos a treinta días. Córrase vista a la Caja Forense, formúlense aportes de ley. Acredite en autos situación ante la A.F.I.P. 3.Requiérase a la actuaria que, para el caso de existir documental reservada en estos autos, proceda a incorporar la misma al expediente previo escaneo por el sistema óptico habilitado desde el SISFE. Archive e el original, expídase copia y hágase saber. Por lo que se publica el presento a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo.: Dra. Natalia Carinelli (Secretaria)- Dr. Dulio F. Hail (Juez). Mauro García, prosecretario.

$ 60 498553 May. 03

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Por disposición de la señora Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial Tercera Nominación de la ciudad de Rafaela, secretaria a cargo de la Dra. Verónica Carignano, en los autos caratulados: DHO, JESICA SOLEDAD y otros s/Cambio de apellido; CUIJ Nº 21-24202356-8” se ha dispuesto la Publicación del presente edicto por el plazo de una vez por mes durante el lapso de dos meses y en aplicación del art. 70 de C.C.C. Nación, en razón de que los señores Jesica Soledad Dho, DNI Nº 31.364.603y Carlos Alejandro Gómez Palmero, DNI Nº 34.143.979, ambos con domicilio en calle Domingo Perón s/n de la localidad de Lehmann, han iniciado trámite judicial tendiente a cambiar el apellido de sus hijas tomando en consideración que ha variado los datos filiatorios del padre, para que sean inscriptas como Jezabel Palmero Dho, DNI Nº 55.718.622 y Celeste Palmero Dho, DNI Nº 53.804.306. Lo que se publica a sus efectos en BOLETÍN OFICIAL y Diario La Opinión. Rafaela, 14 de Abril de 2023. Verónica Carignano, secretaria.

$ 50 498539 May. 03

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Laboral de la Primera Nominación de la ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe, cita y emplaza a los herederos y/o sucesores de la Sra. María Ellia Álvarez, con último domicilio en calle San Lorenzo N° 747 de la Ciudad de Rafaela, y fallecida el día 10.05.2021; a fin de que comparezcan a tomar la intervención que por derecho corresponda, con las formalidades y por el término y bajo apercibimiento de ley en los autos Caratulados “ Expte. 21-23698507-2 - AYBAR, Noemí. Gladys c/ ALVAREZ, María Ellia s/ Cobro De Pesos - Laboral”.- Fdo.: Dra. María Victoria Trossero (Secretaria) Dr. Lucas Marín (juez). Rafaela, de noviembre de 2022. A los efectos legales se publican edictos en el BOLETÍN OFICIAL y se fijan en el hall de estos tribunales, conforme lo dispuesto en el art. 67 del C.P.C. reformado por la ley 11.287. El presente trámite es de carácter Laboral, por lo que se encuentra Exento De Abonar cualquier tipo de arancel y/o sellados por estar así dispuesto en las leyes laborales (ART. 19 LEY 7945).

S/C 497934 May. 03 May. 05

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial, Tercera Nominación de la ciudad de Rafaela, en autos DEGIOVANNI JORGE OMAR S/ SUCESORIO CUIJ 21-24202873-9, se cita y emplaza a herederos, legatarios y acreedores de JORGE OMAR DEGIOVANNI, DNI M6.309.887, quien falleciera en fecha 25/10/2021 en la ciudad de Rafaela, para que en el plazo y bajo los apercibimientos de la ley comparezcan a hacer valer sus derechos. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín oficial y en Sede Judicial; conforme lo dispuesto en la ley 11.287 y acuerdo del 7/2/96 acta N°3.- Fdo. Dr. Guillermo Vales (Juez a/c) y Dra. Verónica Carignano (Secretaria). Rafaela, 3 de mayo de 2023.-

$ 45 May. 03

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la Ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe, en autos caratulados: “Expte. CUIJ N°21-24200987-5 IBAÑES, EUSEBIO JESÚS S/ SUCESORIO”, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, Sr. IBAÑES, EUSEBIO JESÚS, DNI: 05.935.039, con ultimo domicilio en calle Eloy Gaitan N°461, de la ciudad de Rafaela fallecido en fecha 06/11/2020, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley, lo que se publicará en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales, a sus efectos. Firmado: Natalia Carinelli. Abogada - Secretaria Rafaela, de mayo de 2023.

$ 45 May. 03

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la PrimeraNominación de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, en autos “GODOY SERGIO ADRIAN S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS – CUIJ Nº 21-24203279-6”, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante GODOY SERGIO ADRIAN, DNI N° 23.200.208, con último domicilio en Juan Garone y E. Barney S/N de la localidad de Presidente Roca, Provincia de Santa fe y cuyo fallecimiento ocurriese en fecha 20 de marzo de 2022 en la localidad de Presidente Roca, Provincia de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derecho dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a los efectos legales en el Boletín Oficial y en Sede Judicial, conforme Ley 11.287 y Acuerdo Ordinario Celebrado el día 07 de febrero de 1996. ORDENADO POR: “SANDRA INES CERLIANI – SECRETARIA - MATIAS RAUL COLON, Juez” Rafaela, 21/12/2022.

$ 45 May. 03

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Por Disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe, en autos “Expte. 21-24204556-1 BASTIA JOSE EDGARDO S/ SUCESORIO” se cita y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante BASTIA JOSE EDGARDO D.N.I N° M 6.351..611 con último domicilio en calle Remedios de Escaladas N° 335 de la ciudad de Rafaela provincia de Santa Fe, fallecido en fecha 15/08/2018 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimiento de ley, lo que se publicará en el BOLETIN OFICIAL a sus efectos. (art. 67 del C.P.C y C. modif. por Ley 11.289). Natalia Carinelli Abogada - Secretaria” Rafaela, de mayo de 2023.-

$ 45 May. 03

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RECONQUISTA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 4, de Reconquista (SE), en autos: MKF SOLUCIONES SRL c/ENRIQUE, WALTER JAVIER s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-23241056-3, se le hace saber al Sr. Walter Javier Enrique, DNI Nº 34.828.061, que se ha dictado el siguiente decreto: Reconquista, 30 de Marzo de 2022 Por presentado, por constituido domicilio y por parte. En el carácter que invoca se le acuerda la participación legal correspondiente. Por iniciado juicio ejecutivo tendiente a obtener el cobro de la suma de $ 50.401,40 más intereses y costas contra Walter Javier Enrique DNI Nº 34.828.061, con el domicilio que se tiene indicado por la parte actora. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de ley comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Trábese embargo provisorio sobre los haberes denunciados del accionado en proporción de ley y hasta cubrir el capital reclamado con más el 50 % presupuestado provisoriamente para responder a intereses y costas... Fdo.: Dra. María Cecilia Belfiori, Jueza; Dr. Marino Celli, Secretario. Otro Decreto: Reconquista, 23 de febrero de 2023. ... Procédase a notificar a la parte demandada por medio de la publicación de Edictos en el BOLETÍN OFICIAL... Notifíquese. Fdo.: Dra. María Cecilia Belfiori, Jueza; Dr. Marino Celli, Secretario. Art. 73 C.P.C.C.: Si el domicilio fuese desconocido o la persona incierta, el emplazamiento se efectuará por edictos, que se publicarán tres veces. El término vencerá cinco días después de la última publicación. Publíquese el presente ante el Boletín Oficial Tres (3) Veces. Reconquista, 08 de marzo de 2023. Dr. Marino Celli, secretario.

$ 150 498638 May. 03 May. 05

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 4, en lo Civil y Comercial de Reconquista (SF), en autos: COPETTI, MIGUEL ANGEL c/SILVAN ALEJANDRO DANIEL s/Ejecutivo; Expte. N° 653/2017, se le hace saber al Sr. Alejandro Daniel Silvan, DNI N° 31.210.762, cuyo domicilio se desconoce, que se ha dictado la siguiente resolución: Reconquista, 6 de Diciembre de 2022. Antecedentes:... Argumento:... Resuelvo: 1) Mandar llevar adelante la ejecución contra Alejandro Daniel Silvan DNI N° 31.210.762 con domicilio desconocido (notificación por Edictos), por el monto de pesos Siete mil Trescientos Cuarenta y Seis con 17/100 ($ 7.346,17) con más los intereses desde el 29 de agosto de 2017 y hasta su efectivo pago, conforme la tasa de 31 pactada en el documento. 2) Costas a la parte demandada.3) Practique liquidación conforme los argumentos. Al respecto se hace saber al profesional que deberá informar al momento de practicar la liquidación, el portal al que accedió a tales fines. De esta manera se evita que el juzgado imprima información que se encuentra disponible en el citado portal, a cuya información se accede fácilmente. 4) Regular los honorarios profesionales correspondientes a los abogados Marcos Gabriel Peralta y Emiliano Peralta, en forma conjunta y en proporción de ley, en 1 Unidad Jus que al momento de ésta regulación asciende a la suma de $ 14.449,12. En razón de la situación fiscal del primer profesional, sus honorarios llevarán IVA. Asimismo, y de conformidad a lo dispuesto por el art. 32 de la Ley 12.851, y lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe (Municipalidad de Santa Fe c/Bergagna, Edgardo s/Recuso de Inconstitucionalidad de fecha 01/08/2017, CUIJ Nº 21-00508159-6) el valor de la unidad jus regulada, quedará fijado definitivamente al momento de adquirir firmeza la presente regulación, no pudiendo actualizarse dicho valor a otro momento. El monto así fijado en pesos, se actualizará desde la mora conforme la tasa activa del B.N.A con más el 1% mensual conforme Acta Acuerdo N° 30/2021 de la Excma. Cámara de Apelaciones. Córrase vista a Caja Forense por Secretaría. Cumpliméntese en su caso con lo dispuesto en la resolución 689/99 AFIP-DGI. 5) Agréguese a autos con constancia actuarial el documento pagaré base de esta ejecución y la documental acompañada reservada en Secretaría. 6) Notifíquese por Secretaría mediante cédula electrónica al profesional. Notifíquese por Edictos a la demandada a cargo de la actora (art. 67 del CPCyC). Insértese el original, agréguese copia y hágase saber. Fdo. Dra. María Cecilia Belfiori, Jueza; Dr. Marino Celli, Secretario. Reconquista (SF), 15 de Diciembre de 2022.

$ 200 498636 May. 03 May. 05

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 4, en lo Civil y Comercial de Reconquista (SF), en autos: CREDIAR S.A. c/ Gallardo, Lisandro s/Ejecutivo; Expte. N° 773/2016, se le hace saber al Sr. Lisandro Gallardo, DNI N° 24.747.7666, cuyo domicilio se desconoce, que se ha dictado la siguiente resolución: Reconquista, 23 de Marzo de 2018. Autos y vistos: ... Considerando: ... Resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución contra de Lisandro Gallardo DNI N° 24.747.766 con domicilio en Zona Rural de Ballesteros, Córdoba- a fin de obtener la suma total de pesos nueve mil ochocientos sesenta y tres con 74/100 ($ 9.863,74) con más los compensatorios y punitorios, que se calcularán, conforme se expresara en los Considerandos. Las costas serán a cargo de la parte vencida. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta que el o los curiales presentados justifiquen su situación frente al AFIP. Insértese. Agréguese. Notifíquese. Fdo. Marino Celli, Secretario, Dra. María Cecilia Belfiori, Jueza. Reconquista (SF), 13 de diciembre de 2018.

$ 100 498637 May. 03 May. 05

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Por estar así ordenado en los autos caratulados: VENICA AMADO LAUREANO y/o suc y otros s/Prescripción adquisitiva; CUIJ Nº 21-25028127-4, de trámite por ante el Juzgado De Primera Instancia de Distrito N° 4 en lo Civil y Comercial - Primera Nominación—de la ciudad de Reconquista, Santa Fe, se notifica a Amado Laureano Venica y/o sus sucesores, Alejo Venica y/o sus sucesores, Celestino Venica y/o sus sucesores; Emilio Venica y/o sus sucesores; Antonio Domingo Venica y/o sus sucesores; Aníbal Roberto Venica y/o sus sucesores del siguiente decreto: Reconquista, 08 de Febrero de 2023. Agréguese la publicación de edictos acompañada, téngase presente. Haciendo efectivos los apercibimientos decretados, declárase rebelde a Venica Amado Laureno y/o Sucesores de Venica Amado Laureano y/o Venica Alejo y/o Sucesores de Venica Alejo y/o Venica Celestino y/o Sucesores de Venica Celestino y/o Venica Antonio Domingo y/o Sucesores de Venica Antonio Domingo y/o Veniga Aníbal Roberto y/o Sucesores de Venica Aníbal Roberto y/o Venica Emilio y/o Sucesores de Venica Emilio. Desígnase fecha de sorteo de Defensor de oficio para el día 27 de febrero de 2023 a las 08:00 hs ante la Oficina de Sorteos de Peritos, Martilleros y Síndicos de estos Tribunales (Circular 123/2017). Notifíquese por edictos (arts 77 y 78 CPCC). Paola Vanesa Buyatti, José María Zarza; Prosecretaria, Juez. Reconquista, 12 abril de 2023. Paola Milazzo, secretaria.

$ 250 498589 May. 03 May. 05

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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados AQUINO ESTER CATALINA s/Pedido de quiebra; CUIJ N° 21-25029366-3, ha dispuesto lo siguiente: Reconquista, 17 de Abril de 2023. Autos y vistos: Estos caratulados: AQUINO ESTER CATALINA s/Pedido de quiebra; CUIJ N° 21-25029366-3 de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial, Tercera Nominación, Distrito N° 4, y; Y Considerando: Que, ha aceptado el cargo el sindico designado CPN. Fabio Antonio Airasca (fs. 49). Habiéndose vencido las fechas fijadas por resolución de fecha 21/10/2022, corresponde proceder a la reprogramación de las mismas a fin de cumplir con los recaudos exigidos por el Art. 14, incisos 3 y 9 de la L.C.Q. Por ello, Resuelvo: 1- Cítese a todos los acreedores para que hasta el día 16 de mayo de 2023 presenten sus pedidos de verificación de créditos al Síndico, CPN Fabio Antonio Airasca, con domicilio en calle Mitre N° 1035 de Reconquista (SF). 2- Fíjase el día 21 de junio de 2023 para la presentación de los informes individuales. 3. Fijase el día 31 de julio de 2023 para la presentación del informe general. 4- Ordenar publicar edictos haciendo conocer lo aquí decidido en el BOLETÍN OFICIAL. Hágase saber, insértese el original y agréguese copia. Fdo.: Dr. Ramiro Avilé Crespo, Juez - Dra. Laura C. Cantero, Secretaria. Reconquista (SF), 17 de abril de 2023.

S/C 498685 May. 03 May. 09

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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados ALARCON CAROLINA ESTER s/Quiebra; CUIJ N° 21-25030157-7, ha dispuesto lo siguiente: Reconquista, 31 de Marzo de 2023. Autos y vistos. Estos caratulados ALARCON CAROLINA ESTER s/Quiebra; CUIJ N° 21-25030157-7, que se tramitan en este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, de los que: Considerando: Que, Carolina Ester Alarcón, argentina, DNI Nº 38.241.360, CUIT Nº 27-38241360-7, con domicilio real en calle Ituzaingó N° 1770 de la ciudad de Reconquista (SF), y con domicilio legal en calle Iriondo N° 716 de Reconquista (SF), por intermedio de sus apoderados Dr. Esteban Nicolás Cattaneo y Dr. Luis Bazán, solicita la declaración de su propia quiebra, aportando los datos ilustrativos de la cesación de pagos. La solicitud de quiebra efectuada por la peticionante, invocando su estado de cesación de pagos y la consiguiente imposibilidad de hacer frente a sus obligaciones. Que habiéndose cumplimentado con requisitos formales que señala el Art. 86 de la Ley de Concursos, requisitos cuya omisión no impide la declaración de quiebra y siendo que conforme lo confesado por la propia deudora se evidencia su crítica situación patrimonial, corresponde hacer lugar a lo solicitado y ordenar la apertura de la quiebra. Que, asimismo se solicita se disponga el cese de las retenciones que se efectúan sobre los haberes de la presentante ya sea los que se efectúan por códigos de descuentos y/o embargos y/o cualquier acreencia que no sea dispuesta por la ley sobre recibo de sueldo como así también por el sistema de cajero automático. Que si el deudor indica que se encuentra en cesación de pagos corresponde acoger su pretensión de declaración de la quiebra. Por todo ello, y de conformidad con las prescripciones del art. 82 ss y cc de la Ley 24522, Resuelvo: 1ro. Declarar la Quiebra de Carolina Ester Alarcón, argentina, DNI Nº 38.241.360, CUIT Nº 27-38241360-7, con domicilio real en calle Ituzaingó N° 1.770 de la ciudad de Reconquista (SF), y con domicilio legal en calle Iriondo N° 716 de Reconquista (SF). 2do. Líbrese oficio al Registro de Procesos Universales, al Registro General de la Propiedad de Santa Fe y al Registro del Automotor, a los fines de que tomes conocimiento de la quiebra, y de la inhibición de la fallida para disponer de sus bienes. 3ro. Hacer saber a la fallida que deberá hacer entrega de los bienes al Síndico, quien deberá inventariarlos, instrumentando acta de toda la actuación. 4to. Hágase saber la prohibición de efectuar pagos a la fallida y que en el caso de incumplirse tal prohibición serán considerados ineficaces. 5to. Hágase saber al Síndico que deberá interceptar y retener la correspondencia. Ofíciese al Correo Argentino a tales fines. 6to. Oficiar a la Policía Federal Argentina, a la Secretaría de Migraciones, a la Gendarmería Nacional, a los fines de comunicar la prohibición del fallido de abandonar el país sin autorización judicial. 7mo. Fijar el día 26 de abril de 2023, a las 09.00 hs, a los fines del sorteo de Síndico por ante la Oficina de Sorteos de Peritos, Martilleros y Síndicos de estos Tribunales (Circular Nº 123/2017), notifíquese al Consejo de Ciencias Económicas; fijar el 29 de mayo de 2023 como fecha hasta la cuál los acreedores deberán presentar pedidos de verificación al Síndico. Fijase el 26 de junio de 2023 la fecha hasta la cual el Síndico ha de poder presentar los informes individuales, y 04 de agosto de 2023 el informe General. 8vo. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL de conformidad con lo preceptuado en el art. 89 de la Ley 24.522. 9no. Se oficiará a la entidad bancaria Nuevo Banco de Santa Fe S.A. para que se abstenga de continuar efectuando débitos automáticos. 10mo. Líbrese oficio a los Juzgados en los que se tramitan causas en contra del fallido (salvo juicios de expropiación y los fundados en relaciones de familia) a los fines de solicitar su remisión a este Tribunal, se oficiará al Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe, que liquida los haberes del deudor, para que se abstenga de efectuar descuentos o retenciones a sus haberes, salvo los dispuestos por la ley, especialmente la retención por alimentos que deberá subsistir, y trabar embargo por un veinte por ciento de sus remuneraciones deducidos los descuentos de ley que se han de depositar en una cuenta para estos autos y a la orden del Tribunal, cuya apertura se hará mediante oficio a librarse al Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Sucursal Reconquista (SF). Hágase saber al profesional que deberá suscribir y diligenciar el oficio conforme lo establecido en el Acuerdo celebrado el día 10.03.22, Acta N° 6, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe la A 10.03.22 (Circular Nº 33/2022 de fecha 14/03/2022). Insértese el original, agréguese copia y hágase saber. Fdo.: Dr. Ramiro Avilé Crespo, Juez; Dra. Laura C. Cantero, Secretaria. Reconquista (SF), 31 de marzo de 2023.

S/C 498687 May. 03 May. 09

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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados ZALAZAR JUAN MANUEL s/Concurso preventivo; CUIJ N° 21-25027385-9 ha dispuesto lo siguiente: Reconquista, 08 de Marzo de 2023 Vistos: Estos caratulados: ZALAZAR JUAN MANUEL s/Concurso preventivo; CUIJ N° 21-25027385-9, de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación - Distrito N° 4, y; Considerando: Que el Sr. Horacio Raúl Germano ha presentado el informe final y proyecto de distribución; por lo que corresponde regular honorarios a dicho funcionario y a los apoderados de la Fallida de conformidad con lo dispuesto por el Art. 218 de la LCQ. Que, conforme se desprende de las constancias de Autos, en el presente solo existen fondos obtenidos del embargo de haberes sin subasta de bienes, con inexistencia de pasivo por cuanto ningún acreedor se presentó a verificar su crédito. En consecuencia, según las particularidades del presente proceso considero que, tal como ya se ha resuelto por tribunales provinciales y por el suscripto, a los fines de la regulación ha de tenerse presente por vía analógica lo dispuesto por el Art. 265 - Inc. 5 LCQ y 268 - Inc. 2 de la Ley, 24.522., considerando ajustado fijar la base regulatoria en un sueldo de secretario de primera instancia de esta jurisdicción (SORBELLINT, AYUSO MARCELA VERÓNICA s/Quiebra; Expte. Nº 327/2007 Juzg. 1ª Inst. CyC 4ª Nom Sta. Fe; GRIFFA, EVELIO BARTOLO y Ot. s/Quiebra; Expte. Nº 328/2006. Juzg. 1ª Inst. C.C y L San Cristóbal; ALMADA, ELSA LUJAN s/Quiebra; Expte. N° 417/2010, Juzg. Primera Inst. Civi y Com. 3ª Nom. Rqta.). Que, teniendo en cuenta que el sueldo de un secretario en nuestra Provincia a la fecha asciende a la suma de $547.955,74, y valuando la labor desplegada por los profesionales actuantes es que dicha suma se distribuirá de la siguiente manera: en un 70% en favor del Síndico, CPN Horacio Raúl Germano, lo cual asciende a $383.569,01 y el 30% restante a favor de los apoderados de la fallida, Dr. Esteban Nicolás Cattaneo y Dr. Luis Maximiliano Bazan, $ 164.386,72 equivalentes a 9,48 jus (valor de la unidad jus $ 17.338,94), disponiéndose a los fines del Art. 32 de la Ley 12.851 un interés conforme lo ordenado en Acta Acuerdo 30-2021 de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Reconquista sobre tasas de intereses moratorios a aplicar a partir del 17.08.2021 en los casos sometidos al tratamiento de este Tribunal. Que, también, corresponde ordenar que se cumplimente con el sellado especial de justicia que establece el Código Fiscal. Que por las razones expuestas y en concordancia con los Arts. 218, 292, 265 - Inc. 5), 268 y conc. LCQ, es que; Resuelvo: Tener presente el informe final y proyecto de distribución confeccionado por la Síndica. Regular los honorarios del CPN Horacio Raúl Germano y de los apoderados de la fallida, Dr. Esteban Nicolás Cattaneo y Dr. Luis Maximiliano Bazan, según lo estipulado en los Considerandos. Ordenar la publicación de ley mediante edictos. Dese vista de las regulaciones al Consejo Profesional de Ciencias Económicas y a la Caja Forense. Fecho, elévense a la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de esta ciudad, a los fines de su revisión (Art. 272, Ley 24.522). Procédase a efectuar el sellado de justicia, dándose intervención a la API. Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Fdo.: Dr. Ramiro Avilé Crespo, Juez – Dra. Laura C. Cantero, Secretaria. Reconquista (SF), 12 de abril de 2023.

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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados BOROVAC GUSTAVO DANIEL s/Quiebra; CUIJ N° 21-25023618-9, ha dictado la siguiente resolución: Reconquista, 14 de Abril de 2023 Autos y vistos: Estos caratulados: BOROVAC GUSTAVO DANIEL s/Quiebra; CUIJ N° 21-25023618-9, de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación - Distrito N° 4, y; Considerando: Que, a fs. 175 comparece el apoderado del fallido y solicita la rehabilitación del mismo. Que, a f. 176 se ordena correr vista a la Sindicatura de lo peticionado, quien contesta a f. 178, manifestando que ha transcurrido el plazo del Art. 236 LCQ, encontrándose el fallido en condiciones de que se dicte su rehabilitación. Que, en efecto debe darse la rehabilitación del fallido, la cual cesa de pleno derecho al año de la fecha de sentencia de quiebra (Art. 236 de la LCQ), debiendo cesar también las retenciones que se hacen sobre sus haberes. Por ello es que; Resuelvo: 1) Rehabilitar a Gustavo Daniel Borovac, argentino, mayor de edad, DNI N° 30.761.111, CUIL N° 20-30761111-3, domiciliado en Pje 114/116 N° 816 de la ciudad de Avellaneda (SF). 2) Proceder al levantamiento de las inhibiciones que pesan sobre el fallido, a tal efecto, líbrense los respectivos oficios. 3) Procédase al levantamiento de la interdicción para la salida del país, oficiándose a sus efectos. 4) Publíquense edictos. 5) Procédase al levantamiento del embargo que recae sobre los haberes de Gustavo Daniel Borovac, oficiándose a tales fines. Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Fdo.: Dr. Ramiro Avilé Crespo, Juez - Dra. Laura C. Cantero, Secretaria. Reconquista (SF), 14 de abril de 2023.

S/C 498679 May. 03 May. 09

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