picture_as_pdf 2023-04-19

REGISTRADA BAJO EL Nº 14192


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY


ARTÍCULO 1.- Modificase el artículo 2 de la Ley N° 12.639, el que queda redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 2º.- El Inmueble referido en el artículo anterior será destinado para establecer la sede del “Espacio Cultural Museo de las Mujeres Santafesinas”, dependiente del Ministerio de Cultura y del Ministerio de Igualdad, Género y Diversidad de la Provincia.”

ARTÍCULO 2- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.

PABLO GUSTAVO FARIAS

PRESIDENTE

CÁMARA DE DIPUTADOS

DRA. ALEJANDRA S. RODENAS

PRESIDENTA

CÁMARA DE SENADORES

LIC. GUSTAVO PUCCINI

SECRETARIO PARLAMENTARIO

CÁMARA DE DIPUTADOS

DR. RAFAEL E. GUTIÉRREZ

SECRETARIO LEGISLATIVO

CÁMARA DE SENADORES


DECRETO Nº 0718


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 14 ABR 2023


VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede N° 14.192 efectuada por la H. Legislatura;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el BOLETÍN OFICIAL, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.

PEROTTI

Jorge Raúl Llonch

Abog. Maria Florencia Marinaro

39404

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