REGISTRADA BAJO EL Nº 14192
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Modificase el artículo 2 de la Ley N° 12.639, el que queda redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 2º.- El Inmueble referido en el artículo anterior será destinado para establecer la sede del “Espacio Cultural Museo de las Mujeres Santafesinas”, dependiente del Ministerio de Cultura y del Ministerio de Igualdad, Género y Diversidad de la Provincia.”
ARTÍCULO 2- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.
PABLO GUSTAVO FARIAS
PRESIDENTE
CÁMARA DE DIPUTADOS
DRA. ALEJANDRA S. RODENAS
PRESIDENTA
CÁMARA DE SENADORES
LIC. GUSTAVO PUCCINI
SECRETARIO PARLAMENTARIO
CÁMARA DE DIPUTADOS
DR. RAFAEL E. GUTIÉRREZ
SECRETARIO LEGISLATIVO
CÁMARA DE SENADORES
DECRETO Nº 0718
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 14 ABR 2023
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede N° 14.192 efectuada por la H. Legislatura;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el BOLETÍN OFICIAL, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.
PEROTTI
Jorge Raúl Llonch
Abog. Maria Florencia Marinaro
39404
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