JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
MARTA LUCIA PORTILLO
Por orden Juez 1ª. Inst. Distrito C. y C. 11ª Nom., Rosario, el Sec. suscribiente hace saber que en caratulados: “CHEVROLET S.A. c/ OTROS (D.N.I. 30.324.195) (D.N.I.12.562.689) (D.N.I. 36.681.205) s/ EJECUCION PRENDARIA”, CUIJ 21-02929182-6 se ha dispuesto que la martillera Marta Lucía Portillo (mat. 1306-P-117) (C.U.I.T. 23-05629357-4) venda en pública subasta al último y mejor postor el día 19 de Abril de 2023 a las 14:30 horas en el Colegio de Martilleros, Moreno 1546, Ros., el siguiente vehículo: El automotor usado marca CHEVROLET, tipo SEDAN 5 PUERTAS, modelo ONIX JOY 5P 1.4 N LS MT, motor marca CHEVROLET Nº GFK106570, chasis marca CHEVROLET Nº 9BGKL48T0JG327432, Año 2018, DOMINIO AC 483 MY.- Del informe del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor surge que consta inscripto el dominio a nombre del codeudor en un 100%, prenda por $ 226.016,54.- inscripta con fecha 12/03/2018, perteneciente a los autos que ejecutan; no registrando embargo ni inhibiciones.- Precio: Se deja constancia que el rodado saldrá a la venta con una base de $ 2.400.000.- y de no haber postores por la misma, se sacará con una retasa de un 25% menos de la base. La venta se efectuará al mejor postor, debiendo abonar quien resulta comprador al contado la totalidad del precio ofertado en efectivo y/o cheque certificado.- Comisión: Asimismo, el comprador deberá abonar en el acto el 10% en efectivo o cheque certificado, en carácter de comisión de ley del martillero. Pago: El pago será en todos los casos en efectivo y/o cheque certificado. Asimismo se aclara que si se adopta la opción efectivo, sólo será viable hasta un tope de $ 30.000.- Todo ello de acuerdo con lo dispuesto con la comunicación “A” 5147 del BCRA, debiendo transferir /depositar el saldo del precio, dentro de las 48 hs hábiles posteriores a la subasta, en la cuenta judicial que deberá abrirse para estos autos y a la orden de SS, en el Banco Municipal de Rosario, Sucursal 80 Caja de Abogados, acompañar a autos la constancia del mismo, bajo los apercibimientos del art. 498 del CPCCSF, todo ello de acuerdo con lo dispuesto con la comunicación “A” 5147 del BCRA. Entrega del automotor: Una vez cumplimentado en tiempo y forma el total del precio de venta y la comisión del martillero se procederá a la entrega del automotor al adquirente, con la expresa prohibición de circular hasta tanto se realice la transferencia de dominio a su favor. Estado de conservación: El bien saldrá a la venta en el estado en que se encuentra no admitiéndose reclamos posteriores a la subasta. Impuestos, servicios y gravámenes: Los gastos totales de transferencia, impuestos, patentes y/o multas que se adeudaren serán a cargo del comprador, como asimismo el retiro y traslado son a cargo del adquirente, IVA –si correspondiere- estará incluido en el precio de venta, debiendo el adquirente acreditar en el acto del remate, su condición frente al tributo, con comprobante emitido por el AFIP y su correspondiente DNI. Luego del remate no se aceptará reclamo alguno por insuficiencia de documentos y/o fallas de funcionamiento. Se autoriza la realización de gastos solicitados, todo con noticia de partes y oportuna documentada rendición de cuentas. Exhibición del automotor: El bien será exhibido los dos días anteriores a la subasta de 11 a 13 hs en calle Ameghino 1271 de Rosario.- Compra en comisión. Cesión. Compensación: Queda totalmente prohibida la compra en comisión, o la ulterior cesión de los derechos y/o acciones emergentes. Asimismo, el oferente adjudicatario no podrá compensar créditos con eventuales acreencias y/o deudas de la actora. Para el caso de que el ejecutante adquiera la cosa subastada, sólo estará obligado a consignar el excedente del precio de compra sobre su respectivo crédito, con la salvedad de las cautelares preferentes y costas del proceso. Publicidad: Se deberá publicar en un diario de amplia circulación en la ciudad. Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales en el transparente habilitado a tal efecto en la forma prescripta por el art. 67 del CPCC, reformado por la ley Provincial 11.287, por el término y bajo lo apercibimientos de ley. Gravámenes: Efectúense las comunicaciones del art. 506 y art. 488 del CPCC, librándose los despachos pertinentes con la debida antelación, debiendo acompañarse las constancias del diligenciamiento antes de la subasta, bajo apercibimientos de suspenderse la misma a costa del martillero, ello sin perjuicio de lo dispuesto por el art. 503 del CPCC. Notificaciones: Notifíquese el presente por cédula a las partes en el domicilio real y legal, al titular del dominio e interesados, sin perjuicio de la publicidad adicional que se propone y se autoriza. Condiciones generales: Respecto de los títulos de dominio del automotor, estese al acta de secuestro que se encuentra agregado en el expediente, no siendo admisible planteo alguno por falta o insuficiencia de los mismos en el acto de remate o con posterioridad.- Rosario, 31 de Marzo de 2023.- Fdo. Dr. Sergio A. González -Secretario
$ 750 496972 Abr. 03 Abr. 05
__________________________________________